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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE6

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Título del test:
6

Descripción:
8562145793

Autor:
e
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Fecha de Creación:
20/06/2023

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 31
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Temario:
2 Las situaciones de discapacidad se califican en grados según el alcance de las mismas porcentajes según el alcance de las mismas.
2 El grado de discapacidad resultante se expresará en porcentaje fracción.
4 el porcentaje obtenido en la evaluación de las deficiencias, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presente la persona, se modificará, en su caso, con la adición de la puntuación obtenida en el baremo de Factores Contextuales/Barreras Ambientales, siendo el máximo de puntos posibles de 24 25.
4 la puntuación obtenida en el baremo de Factores Contextuales/Barreras Ambientales modifica por adición el «grado de discapacidad ajustado» (GDA), sin poder cambiar de clase el «grado de discapacidad ajustado» (GDA), pudiendo cambiar de clase.
4 la puntuación obtenida en el baremo de Factores Contextuales/Barreras Ambientales modifica por adición el «grado de discapacidad ajustado» (GDA), sin poder cambiar de clase el «grado final de discapacidad » (GFD), sin poder cambiar de clase.
4 órgano colegiado de la Administración General del Estado , creado con carácter permanente, como instrumento de coordinación y consulta entre las distintas Administraciones Públicas competentes en la materia y a los efectos de garantizar la uniformidad en los criterios de aplicación de los baremos en todo el territorio del Estado Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad Observatorio de la Valoración del Grado de Discapacidad .
5 Corresponderá a los órganos competentes de las comunidades autónomas Todas son correctas El reconocimiento y revisión de grado de discapacidad El reconocimiento de la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria, así como de la dificultad para utilizar transportes públicos colectivos Aquellas otras funciones relativas a la evaluación y orientación de situaciones de discapacidad .
7 Los dictámenes correspondientes para el reconocimiento de grado de discapacidad serán emitidos por equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad equipos de trabajadores/as sociales.
7 Los equipos multiprofesionales deberán contar en su composición, en todo caso, con profesionales del área sanitaria y con profesionales del área social, con titulación mínima de grado universitario o equivalente con profesionales del área sanitaria, con titulación mínima de grado universitario o equivalente.
7 Serán funciones de los equipos multiprofesionales Todas son correctas Efectuar la valoración de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, así como, en su caso, la revisión Determinar la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria Determinar si existen dificultades de movilidad Proponer si el grado de discapacidad es permanente o tiene que ser revisado, y el plazo .
8 La evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado se efectuará previo examen de la persona interesada, por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad con un examen posterior de la persona interesada, por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
8 El proceso de evaluación se realizará en condiciones de accesibilidad universal, incluidos los ajustes razonables en condiciones de accesibilidad universal, excluidos los ajustes razonables .
8 En ell proceso de evaluación la persona solicitante podrá estar acompañada por una persona de su confianza durante el proceso no podrá estar acompañada .
8 el órgano competente para resolver, de oficio o a instancia de la persona interesada, podrá acordar que el equipo multiprofesional realice la valoración por medios no presenciales o telemáticos Cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen En ningún caso.
8 el dictamen propuesta es emitido por El equipo multiprofesional El titular de la Consejería con competencias en discapacidad.
9 La resolución sobre el reconocimiento de grado de discapacidad se dictará y notificará en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
9 La resolución sobre el reconocimiento de grado de discapacidad se dictará y notificará en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha del dictamen propuesta.
9 el dictamen propuesta se notificará junto con la resolución se notificará si el solicitante hace una petición expresa.
9 El reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde la fecha de solicitud y tendrá validez en todo el territorio del Estado desde la fecha de la resolución y tendrá validez en todo el territorio del Estado.
9 El reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde la fecha de solicitud y tendrá validez en todo el territorio del Estado desde la fecha de solicitud y tendrá validez en la Comunidad Autónoma donde fue emitido.
9 En la resolución deberá figurar necesariamente la fecha en que puede tener lugar la revisión figurará la fecha en que puede tener lugar la revisión en caso de que así lo solicite el interesado.
10 La tramitación por vía de urgencia implicará que los plazos establecidos para la realización de los trámites del procedimiento reducirán su duración a la mitad a un tercio.
11 La Administración competente emitirá la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad que será válida en todo el territorio del Estado en la Comunidad Autónoma donde fuese emitida.
12 El grado de discapacidad será objeto de revisión siempre que se prevea una modificación de las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento, y en todo caso, en la fecha de revisión prevista en la resolución en todo caso, en la fecha de revisión prevista en el reglamento.
12 El grado de discapacidad será revisable De oficio por las Administraciones competentes, y A instancia de la persona interesada A instancia de la persona interesada.
12 la persona interesada podrá solicitar la revisión del grado de discapacidad Cuando hubieran transcurrido al menos 2 años desde la fecha de la resolución Cuando hubieran transcurrido al menos 3 años desde la fecha de la resolución.
12 la persona interesada podrá solicitar la revisión del grado de discapacidad Cuando hubieran transcurrido al menos 2 años desde la fecha de la resolución, y excepcionalmente cuando se acredite que se han producido cambios sustanciales en las circunstancias Cuando hubieran transcurrido al menos 2 años desde la fecha de la resolución, exclusivamente.
12 Los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes podrán rectificarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte en la fecha de revisión prevista en la resolución, de oficio o a instancia de parte.
12 Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución se suspenderá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.
disp adicional el tipo o los tipos de deficiencia o deficiencias que determinan el grado de discapacidad reconocida se certificará por la Administración competente emtiendo un certificado en el plazo máximo de 15 días naturales siguientes al de la presentación de la solicitud en el plazo máximo de 10 días naturales siguientes al de la presentación de la solicitud.
disp adicional el tipo o los tipos de deficiencia o deficiencias que determinan el grado de discapacidad reconocida se certificará por la Administración competente emtiendo un certificado en el plazo máximo de 15 días naturales siguientes al de la presentación de la solicitud en el plazo máximo de 15 días hábiles siguientes al de la presentación de la solicitud.
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