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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEt4

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Título del test:
t4

Descripción:
ttester adateretst

Autor:
AVATAR
aadaterster


Fecha de Creación:
25/02/2016

Categoría:
Animación

Número preguntas: 14
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Temario:
La Constitución se fundamenta: en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la soberanía de las nacionalidades y Comunidades de municipios que la integran y la solidaridad entre todas ellas (art. 2). en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y diputaciones provinciales que la integran y la solidaridad entre todas ellas (art. 2). en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, la solidaridad , igualdad, y soberanía entre todas ellas (art. 2). en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas (art. 2). .
2) De la organización territorial del Estado se encarga: la Constitución en el Título VII (arts. 137 a 158). El nuevo sistema que se instaura se basa en una potenciación máxima del principio de autonomía que da como resultado una descentralización de todos los poderes. la Constitución en el Título VI (arts. 137 a 158). El nuevo sistema que se instaura se basa en una potenciación máxima del principio de autonomía que da como resultado una descentralización de todos los poderes. la Constitución en el Título VIII (arts. 137 a 158). El nuevo sistema que se instaura se basa en una potenciación máxima del principio de autonomía que da como resultado una descentralización de todos los poderes. la Constitución en el Título V (arts. 137 a 158). El nuevo sistema que se instaura se basa en una potenciación máxima del principio de autonomía que da como resultado una descentralización de todos los poderes. .
3) El reconocimiento constitucional del derecho a la autonomía: se circunscribe sólo a las nacionalidades y regiones no se circunscribe sólo a las nacionalidades y regiones, sino que se extiende también a los municipios. no se circunscribe sólo a las nacionalidades y regiones, sino que se extiende también a las provincias. no se circunscribe sólo a las nacionalidades y regiones, sino que se extiende también a los municipios y provincias. .
4) ¿Qué artículo establece que “el Estado se organiza territorialmente en Municipios, en Provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan y Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses? a)art. 137 b)art. 138 c)art. 139 d)art. 130.
5) Autonomía es: la potestad que, dentro del Estado, gozan los municipios, provincias, nacionalidades y regiones para regir intereses propios de su vida exterior, mediante normas y órganos de gobierno propios. la potestad que, dentro del Estado, gozan los municipios, provincias, nacionalidades y regiones para regir intereses propios de su vida interior, mediante normas y órganos de gobierno propios. la potestad que, fuera del Estado, gozan los municipios, provincias, nacionalidades y regiones para regir intereses propios de su vida exterior, mediante normas y órganos de gobierno propios. la potestad que, fuera del Estado, gozan los municipios, provincias, nacionalidades y regiones para regir intereses propios de su vida interior, mediante normas y órganos de gobierno propios. .
6) Ahora bien, la autonomía hace referencia: a un poder ilimitado y autonomía es soberanía, dado que cada organización territorial es una parte del todo (el Estado); en ningún caso, el principio de autonomía puede oponerse al de unidad (de la Nación), sino que es precisamente dentro de éste donde alcanza su verdadero sentido. a un poder limitado y autonomía no es soberanía, dado que cada organización territorial es una parte del todo (el Estado); en todo caso, el principio de autonomía puede oponerse al de unidad (de la Nación), sino que es precisamente dentro de éste donde alcanza su verdadero sentido. a un poder limitado y autonomía no es soberanía, dado que cada organización territorial es una parte del todo (el Estado); en ningún caso, el principio de autonomía puede oponerse al de unidad (de la Nación), sino que es precisamente dentro de éste donde alcanza su verdadero sentido. a un poder ilimitado y autonomía es soberanía, dado que cada organización territorial es una parte del todo (el Estado); en todo caso, el principio de autonomía puede oponerse al de unidad (de la Nación), sino que es precisamente dentro de éste donde alcanza su verdadero .
7) La Constitución de 1978 viene a marcar un nuevo camino en la organización territorial del Estado: la posibilidad de conformar autogobiernos por parte de las regiones y nacionalidades que integran España, introduciendo elementos de descentralización administrativa del Estado. Esta posibilidad de crear nuevas Administraciones Públicas con personalidad jurídica propia ha representado un cambio decisivo, que ha dado lugar al nacimiento de un nuevo esquema de distribución territorial del poder y de las competencias: el Estado de las Autonomías. Son varios los principios inspiradores de este mecanismo de distribución de competencias: el principio de unidad del Estado, la igualdad de derechos de los ciudadanos, el principio de autonomía, el principio de solidaridad y otros que completan la organización del sistema como los de colaboración, cooperación y coordinación, que hacen posible la coherencia de las relaciones institucionales de los mismos niveles de gobierno. la posibilidad de conformar autogobiernos por parte de las regiones y nacionalidades que integran España, introduciendo elementos de descentralización administrativa del Estado. Esta posibilidad de crear nuevas Administraciones Públicas con personalidad jurídica propia ha representado un cambio decisivo, que ha dado lugar al nacimiento de un nuevo esquema de distribución territorial del poder y de las competencias: el Estado de las Autonomías. Son varios los principios inspiradores de este mecanismo de distribución de competencias: el principio de unidad del Estado, la igualdad de derechos de los ciudadanos, el principio de autonomía, el principio de solidaridad y otros que completan la organización del sistema como los de colaboración, cooperación y coordinación, que hacen posible la coherencia de las relaciones interinstitucionales de los distintos niveles de gobierno. la posibilidad de conformar autogobiernos por parte de las regiones y nacionalidades que integran España, introduciendo elementos de descentralización administrativa del Estado. Esta posibilidad de crear nuevas Administraciones Públicas con personalidad jurídica propia ha representado un cambio decisivo, que ha dado lugar al nacimiento de un nuevo esquema de distribución territorial del poder y de las competencias: el Estado de las Autonomías. Son varios los principios inspiradores de este mecanismo de distribución de competencias: el principio de unidad del Estado, la igualdad de derechos de los ciudadanos, el principio de autonomía, el principio de solidaridad y otros que completan la organización del sistema como los de colaboración, cooperación y coordinación, que hacen posible la coherencia de las relaciones institucionales de los distintos niveles de gobierno. la posibilidad de conformar autogobiernos por parte de las regiones y nacionalidades que integran España, introduciendo elementos de descentralización administrativa del Estado. Esta posibilidad de crear nuevas Administraciones Públicas con personalidad jurídica propia ha representado un cambio decisivo, que ha dado lugar al nacimiento de un nuevo esquema de distribución territorial del poder y de las competencias: el Estado de las Autonomías. Son varios los principios inspiradores de este mecanismo de distribución de competencias: el principio de unidad del Estado, la igualdad de derechos de los ciudadanos, el principio de autonomía, el principio de solidaridad y otros que completan la organización del sistema como los de colaboración, cooperación y coordinación, que hacen posible la coherencia de las relaciones interinstitucionales de los mismos niveles de gobierno. .
8) Principio de unidad del Estado. (señalala correcta) Las Comunidades Autónomas forman parte de la organización territorial del municipio. Las Comunidades Autónomas forman parte de la organización territorial de la provincia. Las Comunidades Autónomas forman parte de la organización territorial de las regiones. Las Comunidades Autónomas forman parte de la organización territorial del Estado. .
9) Principio de igualdad: (señala la correcta) En primer lugar una igualdad tanto económica como social: Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales (art. 138.2 CE). Y en segundo lugar, una igualdad jurídica: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español (art. 139 CE). )En primer lugar una igualdad tanto económica como social: Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales (art. 137.2 CE). Y en segundo lugar, una igualdad jurídica: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español (art. 136 CE). En primer lugar una igualdad tanto económica como social: Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales (art. 134.2 CE). Y en segundo lugar, una igualdad jurídica: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español (art. 135 CE). En primer lugar una igualdad tanto económica como social: Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales (art. 132.2 CE). Y en segundo lugar, una igualdad jurídica: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español (art. 131 CE). .
10) Principio de autonomía:( señala la correcta): Se reconoce la autonomía de las Comunidades Autónomas para la gestión de sus respectivos intereses. Y las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de descentralización con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. Se reconoce la autonomía de las Comunidades Autónomas para la gestión de sus respectivos intereses. Y las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de eficacia con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. Se reconoce la autonomía de las Comunidades Autónomas para la gestión de sus respectivos intereses. Y las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. Se reconoce la autonomía de las Comunidades Autónomas para la gestión de sus respectivos intereses. Y las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de desconcentración con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. .
11) Principio de solidaridad: (señala la correcta) a) Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 137 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 3 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales, en su caso. b)Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 132 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 4 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso. c)Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 138 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso. d)Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 131 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 5 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales, en su caso. Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 137 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 3 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales, en su caso. Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 132 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 4 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso. Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 138 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso. Otro principio que inspira la organización territorial del Estado es el principio de solidaridad, y según establece en el art. 131 “El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 5 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales, en su caso. .
12) En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el art. 2 CE, pueden constituirse en Comunidades Autónomas, según dispone el artículo 143 CE: (Señala la incorrecta) Las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes. Los territorios insulares. Las mancomunidades de municipios Las provincias con entidad regional histórica .
13) Las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: Señala la incorrecta: Constituir Comunidades Autónomas en Diputaciones Provinciales. Autorizar la constitución de una Comunidad Autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143 (las vistas más arriba). Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales en el proceso autonómico. .
14) La constitución: consagra procedimientos para el acceso a la autonomía que dan lugar a diversos niveles competenciales: la vía común que desde el inicio, además de asumir las competencias de este artículo, permite a la autonomía acceder a las del art. 148.1 y la vía especial, que permite asumir como límite las competencias del art. 149 consagra procedimientos para el acceso a la autonomía que dan lugar a diversos niveles competenciales: la vía común que permite asumir como límite las competencias del art. 148.1 y la vía especial, que desde el inicio, además de asumir las competencias de este artículo, permite a la autonomía acceder a las del art. 149. consagra procedimientos para el acceso a la autonomía que dan lugar a diversos niveles competenciales: la vía común que desde el inicio, además de asumir las competencias de este artículo, permite a la autonomía acceder a las del art. 145.1 y la vía especial, que permite asumir como límite las competencias del art. 146 consagra procedimientos para el acceso a la autonomía que dan lugar a diversos niveles competenciales: la vía común que permite asumir como límite las competencias del art. 145.1 y la vía especial, que desde el inicio, además de asumir las competencias de este artículo, permite a la autonomía acceder a las del art. 146. .
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