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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELa actividad de las administraciones públicas.

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Título del test:
La actividad de las administraciones públicas.

Descripción:
Ley 39/2015

Autor:
jmrando
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Fecha de Creación:
01/04/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 20
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Temario:
De la actividad de las Administraciones Públicas, se regula en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: En el título II En el título III En el título I En el título IV.
Conforme al artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas, señale la respuesta correcta: cualquier persona es titular de los derechos que se regulan en el artículo 13 de la LPAC. sólo los interesados en un procedimiento administrativo pueden ser titulares de los derechos regulados en el artículo 13 de la LPAC. Quienes de conformidad con el artículo 3 de la LPAC, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los derechos regulados en el artículo 13 de la LPAC. Quienes de conformidad con el artículo 4 de la LPAC, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los derechos regulados en el artículo 13 de la LPAC.
Entre los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas, regulados en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se encuentra: A la obtención y utilización de datos de carácter personal A exigir respeto y deferencia de las Administraciones Públicas y autoridades, ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con cualquier persona física o jurídica A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración.
El derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas se regula en: El artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El artículo 15 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. El artículo 14 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: (señale la respuesta incorrecta) Las personas jurídicas. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Las entidades con personalidad jurídica. Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
¿Cómo podrán las Administraciones establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios? Reglamentariamente. Por Ley. Por acuerdo del órgano competente. Por convenio.
En relación con la Lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado: Será la que determine la Administración. El interesado, en todo caso, puede elegir la lengua con la que relacionarse. En todo caso, será el castellano. Será el castellano.
Según dispone el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua: El procedimiento se tramitará en la lengua que determine la Administración competente. El procedimiento se tramitará en todo caso, en castellano. El procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. El procedimiento se tramitará en castellano, así como los documentos o testimonios que requieran los interesados.
¿En qué casos la Administración Pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos? Cuando deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. En todo tipo de procedimientos que deban surtir efecto en territorio español. En todos aquéllos casos en que lo estime conveniente la Administración Pública. No será precisa la traducción, en ningún caso.
En materia de Registros, según se regula en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señale la respuesta incorrecta: Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General, en el que únicamente se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos. Los Organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración podrán disponer de su propio registro electrónico plenamente interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General de la Administración de la que depende. En la sede electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo. Las disposiciones de creación de los registros electrónicos se publicarán en el diario oficial correspondiente y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la sede electrónica de acceso al registro.
¿En qué sitios se podrán presentar los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas? En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, según dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, según dispone el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. siempre en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan. En las oficinas de asistencia en materia de registros, en todo caso.
En relación con los Registros, el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación. Las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos. Las Administraciones Públicas podrán, de manera voluntaria, hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos. Se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación, en cuyo caso será supletoria de esta última.
Los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita: Garantizar la integridad del documento. Garantizar la autenticidad, del documento, así como su consulta en el plazo de 10 años desde su emisión. Garantizar la autenticidad, integridad y conservación del documento, así como su consulta con independencia del tiempo transcurrido desde su emisión. Garantizar la fidelidad del documento, así como su consulta con independencia del tiempo transcurrido desde su emisión.
En materia de colaboración de las personas, conforme se regula en el artículo 18 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Las personas colaborarán con la Administración, en todo caso, para el desarrollo de actos de investigación. Cuando las inspecciones requieran la entrada en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran autorización del titular, será necesario obtener una previa autorización judicial. Los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él, no tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante. Los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante.
¿en qué casos será obligatoria la comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, ya sea presencialmente o por medios electrónicos? Cuando así esté previsto reglamentariamente. Cuando así esté previsto en una norma con rango de ley. Cuando así esté previsto por una norma del derecho de la Unión europea. Cuando así lo decida la Administración actuante.
En cuanto a la obligación de resolver a que está sujeta la administración en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación, señale la opción correcta: En todos los casos, la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como de desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables. En los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables. En los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.
El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa: Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento, nunca siendo inferior a 6 meses. Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento, nunca siendo inferior a 3 meses. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Este plazo no podrá exceder de tres meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.
El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender, entre otros casos: Cuando deba requerirse a un interesado para la subsanación de deficiencias, por un plazo máximo de 15 días. Cuando deba obtenerse un pronunciamiento previo y preceptivo de un órgano de la Unión Europea, por el tiempo que sea necesario. Cuando deban realizarse pruebas técnicas o análisis contradictorios o dirimentes propuestos por los interesados, durante un plazo de 3 meses. Cuando exista un procedimiento no finalizado en el ámbito de la Unión Europea que condicione directamente el contenido de la resolución de que se trate, desde que se tenga constancia de su existencia, lo que deberá ser comunicado a los interesados, hasta que se resuelva, lo que también habrá de ser notificado.
¿En qué casos se podrá llevar a cabo la tramitación de urgencia, conforme a lo recogido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas? En todo caso, cuando lo solicite motivadamente el interesado. Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se podrán eliminar ciertos trámites establecidos para el procedimiento ordinario. Cuando razones de interés general lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
En los casos en que se acuerde la ampliación de los plazos establecidos en los procedimientos, dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. En casos excepcionales, podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la Administración podrá acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación podrán producirse en cualquier momento del procedimiento.
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