Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEanita la mas guapa

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
anita la mas guapa

Descripción:
derecho 1

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
15/01/2024

Categoría:
Personal

Número preguntas: 30
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
En caso de nacimiento prematuro que requiera hospitalización después del parto La madre, o en su defecto el padre, tendrá derecho a dos días o cuatro en caso de desplazamiento Ambas respuestas son correctas Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse durante una hora y a reducir su jornada en dos horas con reducción proporcional de salario. .
A partir de la STC 93/2008, el despido de una trabajadora embarazada. Solo puede ser calificado como nulo Puede ser calificado como procedente, improcedente o nulo Solo puede ser calificado como procedente o nulo .
Para tener derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor es necesario haber cotizado: 180 días en los últimos 5 años o 360 días a lo largo de su vida laboral, para los mayores de 26 años. 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de su vida laboral, para los mayores de 26 años. 180 días en los últimos 5 años o 360 días a lo largo de su vida laboral, para los mayores de 28 años. .
El riesgo durante la lactancia natural Tiene naturaleza de contingencia asistencial Tiene naturaleza de contingencia profesional Tiene naturaleza de contingencia común. .
El subsidio de incapacidad temporal estará a cargo del empresario: Ambas respuestas son correctas Desde el día cuarto al decimoquinto de la baja, ambos inclusive, en todo caso. En caso de accidente de trabajo, corresponde al empresario únicamente el pago del salario íntegro correspondiente al día de la baja. .
Podrá solicitarse una reducción de jornada por guarda legal, hasta: Que el menor tenga 8 años Que el menor tenga 6 años. Que el menor tenga 12 años.
La suspensión por nacimiento, para el progenitor distinto a la madre biológica, tiene una extensión de: 16 semanas a partir de 2021, ampliable en un día por hijo a partir del segundo. 5 semanas, ampliable en dos semanas por hijo a partir del segundo. 16 semanas a partir de 2021, ampliable en una semana por hijo a partir del segundo. .
El tipo aplicable a la Base Reguladora correspondiente para la prestación por incapacidad temporal será: 60% desde el cuarto día hasta el vigésimo, inclusive, y 75% en adelante, en caso de enfermedad profesional 60% desde el cuarto día hasta el vigésimo, inclusive, y el 75% en adelante, en caso de enfermedad común. 75% desde el cuarto día, en caso de accidente de trabajo.
Constitucionalmente, el derecho a la salud Tiene carácter de derecho fundamental Tiene carácter de principio informador. Debe ser desarrollado por Ley Orgánica.
La excedencia por cuido de menores: Contiene reserva de puesto de trabajo Requiere una antigüedad en la empresa de un año para su disfrute. Contiene un derecho preferente al reintegro del trabajador. .
La primera obligación (cronológica) del empresario en relación con el riesgo durante el embarazo: Será la adaptación de las condiciones de trabajo a la circunstancia del embarazo. Será la evaluación del riesgo especifico de cada puesto de trabajo para la trabajadora y el feto. Será la suspensión del contrato de la trabajadora embarazada. .
La prestación no contributiva de maternidad: Equivale al 100% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples Equivale al 100% de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes. Equivale al 100% de Incapacidad Temporal por Contingencias propias.
La suspensión por riesgo durante el embarazo: Se encuadra dentro de las obligaciones de prevención de riesgos laborales. Ambas respuestas son correctas. Será un derecho individual de los trabajadores, hombres y mujeres, pudiendo limitarse su disfrute a uno de ellos. .
Para poder disfrutar del subsidio de incapacidad temporal es necesario tener cotizados: 180 dias dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al hecho causante. 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante. 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al hecho causante, en caso de accidente o enfermedad profesional.
El subsidio por incapacidad temporal se extinguirá: Cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado. Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación. Por fallecimiento .
La Reducción de jornada de un 50% por cuidado de menores afectados por cáncer: Tiene naturaleza de contingencia asistencial Tiene naturaleza de contingencia común Tiene naturaleza de contingencia profesional .
El Complemento por maternidad en la pensión de contributiva de jubilación: Tiene naturaleza jurídica de pensión publica contributiva Tiene naturaleza de acción positiva Ambas respuestas son correctas.
El permiso de adopción o acogimiento: No permite disfrute anticipado del hecho causante en ningún caso Ambas respuestas son correctas Tendrá una duración de 16 semanas a partir de 2021 para cada progenitor. .
La extinción del contrato durante el periodo de incapacidad temporal será: Improcedente. Procedente, en caso de que se acrediten las ausencias justificadas al trabajo en los términos de la extinción por causas objetivas. Nulo por vulneración de Derechos Fundamentales. .
El permiso de lactancia. Constituye un derecho individual de las personas trabajadoras. Podría disfrutarse hasta que el menor cumpla 7 meses. Puede acumularse en jornadas completas a voluntad del trabajador. .
La suspensión por riesgo durante el embarazo Se mantendrán durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora embarazada, con un máximo de 6 semanas Se mantendrá durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora embarazada, con un máximo de 2 semanas Se mantendrá durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora embarazada.
La suspensión por riesgo durante la lactancia natural Se mantendrá durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora del menor, reincorporada tras su descanso por nacimiento, hasta tanto el menor cumpla 12 meses Se mantendrá durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora del menor, reincorporada tras su descanso por nacimiento Se mantendrá durante el periodo necesario para la protección de la seguridad y salud de la trabajadora del menor, reincorporada tras su descanso por nacimiento, hasta tanto el menor cumpla 9 meses.
La situación de necesidad protegida por la prestación por riesgo durante el embarazo deriva de: Una previa suspensión del contrato por no ser posible el cambio a un puesto de trabajo que no tenga riesgo para la salud de la trabajadora Una enfermedad común que complica el embarazo La baja obligatoria de una trabajadora por problemas en el embarazo, que no puede ser cubierta ni con la prestación por incapacidad temporal ni con la prestación por nacimiento.
La prestación por riesgo durante la lactancia natural la gestionará: Siempre el INSS El INSS correspondiendo el pago delegado a la empresa El INSS o la MUTUA, según corresponda.
A fecha de hoy, en caso de maternidad biológica, el otro progenitor, que no es madre biológica tiene derecho a un periodo de suspensión por nacimiento de: 12 semanas, de los cuales los 4 primeros, deberá disfrutarlas de forma interrumpida inmediatamente tras el parto 8 semanas, de los cuales los 2 primeras, deberá disfrutarlas de forma interrumpida inmediatamente tras el parto 16 semanas, de los cuales los 6 primeras, deberá disfrutarlas de forma interrumpida inmediatamente tras el parto.
El permiso por adopción o acogimiento No permite disfrute anticipado del hecho causante en ningún caso Tendrá una duración de 16 semanas a partir de 2021 para cada progenitor Ambas respuestas son correctas.
La suspensión por nacimiento, para el progenitor distinto a la madre biológica, tiene una extensión de 16 semanas a partir de 2021, ampliable en un día por hijo a partir del segundo 5 semanas, ampliable en 2 semanas por hijo a partir del segundo 16 semanas a partir de 2021, ampliable en 1 semana por hijo a partir del segundo .
Para que un padre disfrute del periodo propio de suspensión por nacimiento de hijo: La madre deberá haber optado por el disfrute compartido de suspensión Es un derecho individual del padre que no requiere de la opción materna Solo podrá disfrutarlo en caso de fallecimiento de la madre.
La prestación económica por corresponsabilidad en el cuidado del lactante responde a la siguiente situación protegida: Suspensión de la relación laboral de los progenitores en el periodo comprendido entre los 9 y 12 meses del menor Reducción de la jornada de trabajo de los progenitores en el periodo comprendido entre los 9 y los 12 meses del menor Reducción de la jornada de trabajo de los progenitores en el periodo comprendido entre los 9 meses y 12 años del menor.
En caso de maternidad biológica, el descanso por nacimiento del menor, podrá disfrutarse: A tiempo completo o parcial desde el primer día y hasta que el menor tenga 9 meses Obligatoriamente a tiempo completo toda su duración y hasta que el menor tenga 12 meses A tiempo completo o parcial, dependiendo de la naturaleza del descanso y hasta tanto el menor tenga 12 meses.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso