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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEC2 estabilización auxiliar administrativo scs

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Título del test:
C2 estabilización auxiliar administrativo scs

Descripción:
C2-parte 3

Autor:
lau
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Fecha de Creación:
16/04/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 25
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Temario:
El régimen general de situaciones del personal estatutario fijo, según el artículo 62 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, comprende las siguientes: Servicios especiales. Servicios bajo otro régimen jurídico. Suspensión de funciones. Todas son situaciones del personal estatutario.
Según el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, cuando el personal estatutario preste los servicios correspondientes a su nombramiento como tal, o cuando desempeñe funciones de gestión clínica, cualquiera que sea el servicio de salud, institución o centro en el que se encuentre destinado, así como cuando desempeñe puesto de trabajo de las relaciones de puestos de las Administraciones públicas abierto al personal estatutario, se hallará en: Servicios bajo otro régimen jurídico. Servicios específicos. Servicio activo. Servicios especiales.
Según el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, procederá declarar al personal estatutario en excedencia por prestación de servicios en el sector público: Cuando hayan obtenido la oportuna autorización de compatibilidad para prestar servicios en otra categoría de personal estatutario, como funcionario o como personal laboral, en cualquiera de las Administraciones públicas. Cuando presten servicios en organismos públicos y no les corresponda quedar en otra situación. El personal estatutario excedente por prestación de servicios en el sector público devengará retribuciones, y el tiempo de permanencia en esta situación no les será reconocido a efectos de trienios y carrera profesional, en su caso, cuando reingresen al servicio pasivo. La excedencia por prestación de servicios en el sector público no está comprendida entre las situaciones del personal estatutario.
En relación a la excedencia voluntaria por interés particular recogida en el artículo 67 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre: Deberá solicitar la excedencia voluntaria por interés particular quién esté sometido a un expediente disciplinario. Para obtener el pase a esta situación será preciso haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones públicas durante los tres años inmediatamente anteriores. El tiempo mínimo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria será de tres años. La concesión de la excedencia voluntaria por interés particular quedará subordinada a las necesidades del servicio, debiendo motivarse, en su caso su denegación.
Según el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el personal declarado en la situación de suspensión firme: Conserva durante el tiempo de permanencia en la misma el ejercicio de sus funciones y de todos los derechos inherentes a su condición. La suspensión firme se impondrá exclusivamente en virtud de sentencia dictada en causa criminal. La suspensión firme determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de seis meses. El personal declarado en la situación de suspensión firme de funciones podrá prestar servicios en otra Administración pública.
Según el artículo 68 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud la suspensión firme por sanción disciplinaria no podrá exceder de: Seis años. Seis meses Seis semanas. Tres años.
Según el artículo 20 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, la adquisición de la condición de personal estatutario fijo se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos (señalar la incorrecta) Superación de las pruebas de selección. Nombramiento conferido por el órgano competente. Incorporación, previo incumplimiento de los requisitos formales en cada caso establecidos, a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo indeterminado en la convocatoria. Incorporación, previo cumplimiento de los requisitos formales en cada caso establecidos, a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo determinado en la convocatoria.
Según se regula en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, no es causa de extinción de la condición de personal estatutario fijo: La jubilación. La renuncia. La pérdida de la nacionalidad tomada en consideración para el nombramiento. La Incapacidad temporal.
Según se regula en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, la renuncia a la condición de personal estatutario tiene el carácter de acto voluntario y deberá ser solicitada por el interesado con una antelación mínima de: 15 días a la fecha en que se desee hacer efectiva. 1 mes a la fecha en que se desee hacer efectiva. 2 meses a la fecha en que se desee hacer efectiva. 1 semana a la fecha en que se desee hacer efectiva.
Según se regula en el artículo 24 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, la sanción de separación del servicio: La sanción disciplinaria de separación del servicio, de carácter provisional, supone la pérdida de la condición de personal estatutario. La sanción disciplinaria de separación del servicio, cuando adquiera carácter firme, nunca puede suponer la pérdida de la condición de personal estatutario. La sanción disciplinaria de separación del servicio, cuando adquiera carácter firme, supone la pérdida de la condición de personal estatutario. Ninguna es correcta.
Según se regula en el artículo 26 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, procederá la prórroga en el servicio activo del personal estatutario: De oficio, cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten seis años o menos de cotización para causar pensión de jubilación. A instancia del interesado, cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten seis años o menos de cotización para causar pensión de jubilación. De oficio, cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten ocho años o menos de cotización para causar pensión de jubilación. A instancia del interesado, cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten ocho años o menos de cotización para causar pensión de jubilación.
Según se establece en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, no es causa de pérdida de la condición de personal estatutario fijo: La incapacidad permanente total para la profesión habitual. La incapacidad absoluta para todo trabajo. La gran invalidez. Ninguna es correcta.
Según se regula en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, se producirá la recuperación de la condición de personal estatutario fijo: En ningún caso se puede recuperar la condición de personal estatutario fijo, salvo por superación de las pruebas de selección de un nuevo proceso selectivo. Cuando se revisa la incapacidad temporal. En el caso de pérdida de la condición de personal estatutario como consecuencia de pérdida de la nacionalidad, el interesado podrá recuperar dicha condición con una declaración responsable. Procederá también la recuperación de la condición de personal estatutario cuando se hubiera perdido como consecuencia de incapacidad, si ésta es revisada conforme a las normas reguladoras del Régimen General de la Seguridad Social.
Según se regula en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, la provisión de plazas del personal estatutario se regirá por los siguientes principios básicos: Igualdad, mérito, incapacidad y publicidad en la selección, promoción y movilidad del personal de los servicios de salud. Planificación deficiente de las necesidades de recursos y programación cada 5 años de las convocatorias. Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones sanitarias públicas. Movilidad del personal en el conjunto del Sistema Internacional de Salud.
Según se regula en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, las convocatorias de selección y sus bases vinculan a: Exclusivamente a los tribunales encargados de juzgar las pruebas. A los tribunales encargados de juzgar las pruebas, pero también a la Administración. Vinculan a la Administración, a los tribunales encargados de juzgar las pruebas y a quienes participen en las mismas No vinculan a los participantes.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la selección de personal estatutario fijo se efectuará: La selección del personal estatutario fijo se efectuará siempre por concurso-oposición. Cuando las peculiaridades de las tareas específicas a desarrollar o el nivel de cualificación requerida así lo aconsejen, la selección podrá realizarse por el sistema de concurso. Cuando las peculiaridades de las tareas específicas a desarrollar o el nivel de cualificación requerida así lo aconsejen, la selección no podrá realizarse por el sistema de concurso. Ninguna es correcta.
La carrera profesional recogida en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Supondrá el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual prestan servicios. Supondrá el derecho de los profesionales a progresar, de forma colectiva, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual prestan servicios. Supondrá el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos fijados por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud. Es un concepto retributivo integrado en las retribuciones básicas del personal estatutario.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, no es una retribución básica: El sueldo. El complemento de destino. Las pagas extraordinarias. Los trienios.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, es una retribución complementaria del personal estatutario: El complemento específico El complemento de productividad. El complemento de atención continuada. Todas son correctas.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el complemento específico retribuye: Las condiciones particulares de algunos puestos en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad. El nivel del puesto que se desempeña. Al personal para atender a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada. El grado alcanzado en la carrera profesional cuando tal sistema de desarrollo profesional se haya implantado en la correspondiente categoría.
El objeto de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según su artículo 1 es: Regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, excluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Regular los requisitos legislativos y formales de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, excluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y excluyendo el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas.
La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene carácter supletorio para: Las Corporaciones de Derecho Público. El sector público institucional Las Entidades que integran la Administración Local. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
Una persona física que promueve un procedimiento administrativo como titular de un derecho, tiene según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la consideración de: Ciudadano Representante. Beneficiario. Interesado.
De acuerdo con el art. 13 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de algunos derechos, entre los que se encuentra: A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. Todas son correctas.
Según el art. 14.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas: Deberá mantenerse por un plazo mínimo de 5 meses Podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. Deberá mantenerse por un plazo mínimo de 1 año. Deberá mantenerse por un plazo mínimo de 6 meses.
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