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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEComún T8

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Título del test:
Común T8

Descripción:
Comúnes

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
23/03/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 85
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Tendrán la consideración de órganos administrativos: las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que no tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter facultativo las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que no tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter facultativo las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo.
. Respecto a los órganos administrativos (señala la incorrecta): corresponde a cada Administración Pública delimitar, en su respectivo ámbito competencial, las unidades administrativas que configuran los órganos administrativos propios de las especialidades derivadas de su organización en ningún caso podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes la creación de un nuevo órgano sólo tendrá lugar previa comprobación de que no existe otro en la misma Administración Pública que desarrolle igual función sobre el mismo territorio y población todas son correctas.
La creación de cualquier órgano administrativo exigirá, al menos, el cumplimiento de (señala la incorrecta): denominación y establecimiento de sus recursos humanos necesarios determinación de su forma de integración en la Administración Pública de que se trate y su dependencia jerárquica delimitación de sus funciones y competencias dotación de los créditos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.
Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante: circulares reglamentos internos instrucciones y órdenes de servicio disposiciones de carácter general.
Las instrucciones y órdenes de servicio se publicarán en el boletín oficial que corresponda, sin perjuicio de su difusión de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno cuando: una disposición específica así lo establezca se estime conveniente por razón de los destinatarios se estime conveniente por razón de los efectos que puedan producirse todas son correctas.
Sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria en que se pueda incurrir, el incumplimiento de las instrucciones u órdenes de servicio: no afecta por sí solo a la validez de los actos dictados por los órganos administrativos supone la invalidez de los actos dictados por los órganos administrativos supone la nulidad de los actos dictados por los órganos administrativos supone la anulabilidad de los actos dictados por los órganos administrativos.
La Administración consultiva podrá articularse: mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional con respecto a la Administración activa a través de los servicios de la Administración activa que prestan asistencia jurídica a y b son correctas a y b son incorrectas.
En caso de que la Administración consultiva se articule a través de los servicios de la Administración activa, dichos servicios no podrán: estar sujetos a dependencia jerárquica, ya sea orgánica o funcional recibir instrucciones o directrices recibir cualquier clase de indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones o producido los actos objeto de consulta todas son correctas.
La competencia es: renunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación renunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, incluso los casos de delegación o avocación irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, incluso los casos de delegación o avocación irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación.
La delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia: suponen alteración de la titularidad de la competencia y de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén no suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén no suponen alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén suponen alteración de la titularidad de la competencia, pero no de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.
La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos: podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente independientes de aquéllos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes o independientesde aquéllos no podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a: los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio los órganos superiores competentes por razón de la materia los órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio los órganos inferiores competentes por razón de la materia.
Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en: otros órganos de la misma Administración, siempre que sean jerárquicamente dependientes los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas a y b son correctas a y b son incorrectas.
La delegación de competencias: deberá ser aprobada previamente en el ámbito de la Administración General del Estado, por el órgano máximo de dirección y en el caso de los Organismos públicos o Entidades vinculados o dependientes, por el órgano ministerial de quien dependa el órgano delegante deberá ser aprobada previamente en el ámbito de la Administración General del Estado, por el órgano ministerial de quien dependa el órgano delegante y en el caso de los Organismos públicos o Entidades vinculados o dependientes, por el órgano máximo de dirección en el ámbito de la Administración General del Estado no necesitará ser aprobada previamente, en el caso de los Organismos públicos o Entidades vinculados o dependientes deberá ser aprobada por el órgano máximo de dirección en el ámbito de la Administración General del Estado y en el caso de los Organismos públicos o Entidades vinculados o dependientes, deberá ser aprobada previamente por el órgano máximo de dirección.
Respecto a la delegación de competencias cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente: será necesaria la aprobación previa del superior común si ambos pertenecen al mismo Ministerio será necesaria la aprobación previa del órgano superior de quien dependa el órgano delegado, si el delegante y el delegado pertenecen a diferentes Ministerios a y b son correctas no será necesario aprobación previa.
Cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión, los órganos de la Administración General del Estado podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en: cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público sus Organismos públicos y Entidades vinculados o dependientes sus entidades de derecho privado vinculadas o dependientes ninguna es correcta.
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a (señala la incorrecta): los asuntos que se refieran a relaciones con la Jefatura del Estado, la Presidencia del Gobierno de la Nación, las Cortes Generales, las Presidencias de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas la adopción de disposiciones de carácter especial la resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso las materias en que así se determine por norma con rango de Ley.
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta: las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el tablón de anuncios del ayuntamiento de la Administración delegante las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el portal web de la Administración delegante las delegaciones de competencias y su revocación no precisan publicarse para su validez.
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta: las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegado salvo autorización expresa de una Ley, podrán delegarse las competencias que se ejerzan por delegación la delegación una vez que el órgano delegante la haya conferido no será revocable el acuerdo de delegación de aquellas competencias atribuidas a órganos colegiados, para cuyo ejercicio se requiera un quórum o mayoría especial, deberá adoptarse observando, en todo caso, dicho quórum o mayoría.
Respecto a la delegación de competencias: no constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un procedimiento la circunstancia de que la norma reguladora del mismo prevea, como trámite preceptivo, la emisión de un dictamen o informe podrá delegarse la competencia para resolver un procedimiento una vez que en el correspondiente procedimiento se haya emitido un dictamen o informe preceptivo acerca del mismo a y b son correctas a y b son incorrectas.
Cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda: ordinariamente a sus órganos administrativos dependientes por delegación a sus órganos administrativos dependientes ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes ninguna es correcta.
En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por: los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio el órgano delegante el órgano delegante y cualquier otro que se encuentre en el mismo nivel jerárquico ninguna es correcta.
La avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento, si los hubiere: simultáneamente a la resolución final que se dicte con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte simultáneamente o con posterioridad a la resolución final que se dicte con posterioridad a la resolución final que se dicte.
Contra el acuerdo de avocación: podrá imponerse recurso de alzada podrá imponerse recurso potestativo de reposición no cabrá recurso, ni podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.
La realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, a otros órganos o Entidades de Derecho Público de: la misma Administración, siempre que entre sus competencias no estén esas actividades la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias no estén esas actividades la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades distinta Administración, siempre que entre sus competencias no estén esas actividades.
Las encomiendas de gestión: en todo caso, podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público como regla general, podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público excepcionalmente, podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público.
La encomienda de gestión: supone cesión de la titularidad de la competencia y de los elementos sustantivos de su ejercicio supone cesión de la titularidad de la competencia, aunque no de los elementos sustantivos de su ejercicio no supone cesión de la titularidad de la competencia, pero sí de los elementos sustantivos de su ejercicio no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera más de un órgano inferior competente por razón de materia y territorio, la facultad para instruir y resolver los expedientes corresponderá a: cualquiera de ellos el órgano que determine el superior jerárquico común de estos el superior jerárquico común de estos ninguna es correcta.
. No suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén: la delegación de competencias, la avocación, la delegación de firma y la suplencia la avocación, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia la delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia la delegación de competencias, la avocación, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia.
Respecto a la encomienda de gestión, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda, será responsabilidad de: el órgano o Entidad encomendada el órgano o Entidad encomendante cualquiera de los anteriores ninguno de los anteriores.
Respecto a los datos de carácter personal a los que se pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión: la Entidad u órgano encomendante tendrá la condición de responsable del fichero o tratamiento la Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento la Entidad u órgano encomendante tendrá la condición de encargado del tratamiento la Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de responsable del fichero o tratamiento.
Respecto a la formalización de las encomiendas de gestión: cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos administrativos o Entidades de Derecho Público pertenecientes a la misma Administración deberá formalizarse por acuerdo expreso de los órganos o Entidades de Derecho Público intervinientes y, en su defecto, en los términos que establezca su normativa propia en todo caso, el instrumento de formalización de la encomienda de gestión y su resolución deberá ser publicada, para su eficacia, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendado cada Administración podrá regular los requisitos necesarios para la validez de tales acuerdos que incluirán, al menos, expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada todas son correctas.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones la formalización: se realizará mediante firma del correspondiente convenio entre ellas deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante en el supuesto de la gestión ordinaria de los servicios de las Comunidades Autónomas por las Diputaciones Provinciales o en su caso Cabildos o Consejos insulares se regirá por la legislación de Régimen Local todas son correctas.
Dentro de los límites señalados en el artículo 9, los titulares de los órganos administrativos podrán delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan: en materias de su competencia, que ostenten por atribución en materias que no sean de su competencia, que ostenten por atribución en materias que no sean de su competencia, que ostenten, bien por atribución, bien por delegación de competencias en materias de su competencia, que ostenten, bien por atribución, bien por delegación de competencias.
Respecto a la delegación de firma no es correcto: no alterará la competencia del órgano delegante para su validez deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración delegante en las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar esta circunstancia y la autoridad de procedencia ninguna es correcta.
Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente: en los supuestos de vacante o ausencia en los supuestos de enfermedad en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación todas son correctas.
Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente: en la forma que disponga cada Administración Pública en la forma que se dispone en la presente Ley en la forma que se disponga reglamentariamente ninguna es correcta.
Si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por: quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa quien designe el órgano administrativo inmediato inferior de quien dependa cualquier titular del mismo órgano administrativo cualquier titular del órgano administrativo inmediato inferior de quien dependa.
La suplencia: implicará alteración de la competencia y para su validez no será necesaria su publicación no implicará alteración de la competencia y para su validez no será necesaria su publicación implicará alteración de la competencia y para su validez deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezcan los titulares de los órganos administrativos no implicará alteración de la competencia y para su validez deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezcan los titulares de los órganos administrativos.
En el ámbito de la Administración General del Estado, la designación de suplente podrá efectuarse: en los reales decretos de estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales en los estatutos de sus Organismos públicos y Entidades vinculados o dependientes por el órgano competente para el nombramiento del titular, bien en el propio acto de nombramiento, bien en otro posterior cuando se produzca el supuesto que dé lugar a la suplencia todas son correctas.
En las resoluciones y actos que se dicten mediante suplencia (señala la incorrecta): se hará constar esta circunstancia se especificará el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan se especificará quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia se especificará la duración de la suplencia.
Respecto a las decisiones sobre competencia es correcto: el órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, sin necesidad de notificar esta circunstancia a los interesados los interesados que sean parte en el procedimiento podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente los interesados no podrán dirigirse al órgano que estimen competente para que requiera de inhibición al que esté conociendo del asunto los conflictos de atribuciones sólo podrán suscitarse entre órganos de una misma Administración relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que no haya finalizado el procedimiento administrativo.
Se realizará mediante acuerdo motivado: la avocación la delegación de firma la suplencia la encomienda de gestión.
No es correcto respecto a los órganos colegiados: el régimen jurídico de los órganos colegiados se ajustará a las normas contenidas en la presente Ley, sin perjuicio de las peculiaridades organizativas de las Administraciones Públicas en que se integran el acuerdo de creación y las normas de funcionamiento de los órganos colegiados que dicten resoluciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros deberán ser publicados en el Boletín o Diario Oficial de la Administración Pública en que se integran las Administraciones no podrán publicar el acuerdo de creación y las normas de funcionamiento en otros medios de difusión cuando se trate de un órgano colegiado en que participen organizaciones representativas de intereses sociales, la publicidad se realizará por la Administración a quien corresponda la Presidencia.
Los órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas en que participen organizaciones representativas de intereses sociales, así como aquellos compuestos por representaciones de distintas Administraciones Públicas: que cuenten con participación de organizaciones representativas de intereses sociales, podrán establecer o completar sus propias normas de funcionamiento que no cuenten con participación de organizaciones representativas de intereses sociales, podrán establecer o completar sus propias normas de funcionamiento que cuenten o no con participación de organizaciones representativas de intereses sociales, podrán establecer o completar sus propias normas de funcionamiento. ninguna es correcta.
Los órganos colegiados a que se refiere la pregunta anterior quedarán integrados en la Administración Pública que corresponda, aunque sin participar en la estructura jerárquica de ésta, salvo que: así lo establezcan sus normas de creación se desprenda de sus funciones se desprenda de la propia naturaleza del órgano colegiado todas son correctas.
Los órganos colegiados tendrán un Secretario que (señala la incorrecta): podrá ser un miembro del propio órgano podrá ser una persona al servicio de la Administración Pública correspondiente podrá ser una persona ajena a la Administración Pública correspondiente ninguna es correcta.
No corresponderá al Secretario: velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano colegiado fijar el orden del día certificar las actuaciones del órgano colegiado garantizar que los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos son respetadas.
Salvo que su reglamento interno recoja expresa y excepcionalmente lo contrario, todos los órganos colegiados: se podrán constituir, convocar y celebrar sus sesiones adoptar acuerdos remitir actas tanto de forma presencial como a distancia todas son correctas.
En las sesiones que celebren los órganos colegiados a distancia, sus miembros podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando se asegure por medios electrónicos (señala la incorrecta): la identidad de los miembros o personas que los suplan el contenido de sus manifestaciones y el momento en que éstas se producen la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real o diferido la disponibilidad de los medios durante la sesión.
Se considerará incluido entre los medios electrónicos válidos para que los órganos colegiados celebren sesiones a distancia (señala la incorrecta): el correo electrónico el portal web del departamento competente las audioconferencias las videoconferencias.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia: presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan y de más de la de la mitad de sus miembros presencial, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan y de más de la de la mitad de sus miembros presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan y la de la mitad, al menos, de sus miembros presencial, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
Cuando estuvieran reunidos, de manera presencial o a distancia, el Secretario y todos los miembros del órgano colegiado, o en su caso las personas que les suplan, éstos podrán constituirse válidamente como órgano colegiado para la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos sin necesidad de convocatoria previa cuando así lo decidan: : la mitad de sus miembros dos tercios de sus miembros tres quintos de sus miembros todos sus miembros.
Respecto a las convocatorias de los órganos colegiados no es correcto: los órganos colegiados podrán establecer el régimen propio de convocatorias, si éste no está previsto por sus normas de funcionamiento el régimen propio de convocatorias podrá prever una segunda convocatoria y especificar para ésta el número de miembros necesarios para constituir válidamente el órgano en todo caso, las convocatorias serán remitidas a los miembros del órgano colegiado a través de medios electrónicos en las convocatorias se hará constar el orden del día junto con la documentación necesaria para su deliberación cuando sea posible, las condiciones en las que se va a celebrar la sesión, el sistema de conexión y, en su caso, los lugares en que estén disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión.
No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que: asista la mayoría de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de todos los presentes asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de todos ellos asista la mayoría de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría de los presentes asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
En los órganos colegiados los acuerdos serán adoptados por: mayoría de votos mayoría de dos tercios la unanimidad de los miembros presentes la unanimidad de sus miembros.
Cuando en los órganos colegiados se asista a distancia los acuerdos se entenderán adoptados: donde esté ubicada la presidencia y, en su defecto, en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado y, en su defecto, donde esté ubicada la presidencia donde esté ubicado el Secretario y, en su defecto, en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado y, en su defecto, donde esté ubicado el Secretario.
Los miembros del órgano quedarán exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse de los acuerdos cuando: voten a favor voten a favor o se abstengan voten en contra o se abstengan ninguna es correcta.
Quienes acrediten la titularidad de: un interés legítimo podrán dirigirse al Secretario de un órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos un derecho subjetivo podrán dirigirse al Presidente de un órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos un derecho subjetivo podrán dirigirse al Secretario de un órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos un interés legítimo podrán dirigirse al Presidente de un órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos.
La certificación será expedida: por medios electrónicos, salvo que el interesado manifieste expresamente lo contrario y no tenga obligación de relacionarse con las Administraciones por esta vía por medios no electrónicos, salvo que el interesado manifieste expresamente lo contrario y no tenga obligación de relacionarse con las Administraciones por esta vía en todo caso por medios electrónicos en todo caso por medios no electrónicos.
De cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta por: el Presidente el Secretario el miembro de menor edad del órgano colegiado el miembro de mayor edad del órgano colegiado.
De cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta en la que se especificará necesariamente (señala la incorrecta): los asistentes y el orden del día de la reunión las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado los puntos principales y secundarios de las deliberaciones el contenido de los acuerdos adoptados.
Las sesiones que celebre el órgano colegiado: podrán grabarse no podrán grabarse deberán grabarse ninguna es correcta.
El acta de cada sesión: deberá aprobarse en la misma reunión deberá aprobarse en la siguiente reunión podrá aprobarse en la misma reunión o en la inmediata siguiente podrá aprobarse en la misma reunión o en las dos inmediatas siguientes.
El Secretario elaborará el acta con el visto bueno del Presidente y lo remitirá a través de medios electrónicos, a los miembros del órgano colegiado, quienes podrán manifestar: por medios electrónicos o no electrónicos su conformidad o reparos al texto, a efectos de su aprobación, considerándose, en caso afirmativo, aprobada en la misma reunión por medios electrónicos o no electrónicos su conformidad o reparos al texto, a efectos de su aprobación, considerándose, en caso afirmativo, aprobada en la misma o en la siguiente reunión por los mismos medios su conformidad o reparos al texto, a efectos de su aprobación, considerándose, en caso afirmativo, aprobada en la misma o en la siguiente reunión por los mismos medios su conformidad o reparos al texto, a efectos de su aprobación, considerándose, en caso afirmativo, aprobada en la misma reunión.
Podrán grabarse las sesiones que celebre el órgano colegiado. El fichero resultante de la grabación, junto con la certificación expedida por el Secretario de la autenticidad e integridad del mismo, y cuantos documentos en soporte electrónico se utilizasen como documentos de la sesión: podrán acompañar al acta de las sesiones, haciendo constar en ella los puntos principales de las deliberaciones deberán acompañar al acta de las sesiones, sin necesidad de hacer constar en ella los puntos principales de las deliberaciones podrán acompañar al acta de las sesiones, sin necesidad de hacer constar en ella los puntos principales de las deliberaciones deberán acompañar al acta de las sesiones, haciendo constar en ella los puntos principales de las deliberaciones.
La Administración General del Estado actúa y se organiza de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 3, así como los de: desconcentración funcional y descentralización funcional y territorial descentralización territorial y desconcentración funcional y territorial descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial desconcentración territorial y descentralización funcional y territorial.
Las competencias en materia de organización administrativa, régimen de personal, procedimientos e inspección de servicios, no atribuidas específicamente conforme a una Ley a ningún otro órgano de la Administración General del Estado, ni al Gobierno, corresponderán a: el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el Consejo de Estado el Congreso las Cortes Generales.
Salvo las excepciones previstas por esta Ley, la organización de la Administración General del Estado responde a los principios de: división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas gestión territorial integrada en Departamentos ministeriales y de división funcional en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas división funcional en Delegaciones del Gobierno y de gestión territorial integrada en Departamentos ministeriales en las Comunidades Autónomas gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno y de división funcional en Departamentos ministeriales en las Comunidades Autónomas.
La Administración General del Estado comprende (señala la incorrecta): la Organización Central, que integra los Ministerios y los servicios comunes la Organización Territorial la Organización sectorial la Administración General del Estado en el exterior.
En la organización central son órganos superiores: los Subsecretarios y los Secretarios generales los Ministros y los Secretarios generales técnicos los Secretarios de Estado y los Directores generales los Ministros y los Secretarios de Estado.
En la organización central no son órganos directivos: los Subsecretarios y Secretarios generales los Secretarios generales técnicos y Directores generales los Secretarios de Estado los Subdirectores generales.
En la organización territorial de la Administración General del Estado son órganos directivos: los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas los Subdelegados del Gobierno en las provincias los Subdelegados del Gobierno en las entidades locales a y b son correctas.
En la organización territorial de la Administración General del Estado los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tendrán rango de: Subsecretario Subdirector general Secretario de Estado ninguna es correcta.
En la organización territorial de la Administración General del Estado los Subdelegados del Gobierno en las provincias los cuales tendrán nivel de: Subsecretario Subdirector general Secretario de Estado ninguna es correcta.
En la Administración General del Estado en el exterior son órganos directivos: los Ministros y los Secretarios de Estado los Subsecretarios y Secretarios generales los embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales los Directores generales.
Tienen la condición de alto cargo: los órganos superiores los órganos superiores y directivos los órganos superiores y directivos, excepto los Subdirectores generales y asimilados los órganos superiores y directivos, excepto los Secretarios generales y asimilados.
Todos los órganos de la Administración General del Estado que no sean órgano superior o directivo se encuentran bajo la dependencia o dirección de: un órgano superior un órgano directivo un órgano superior o directivo ninguna es correcta.
Los estatutos de los Organismos públicos determinarán sus respectivos: órganos superiores órganos directivos órganos superiores y directivos ninguna es correcta.
Señala la correcta: corresponde a los órganos superiores establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y a los órganos directivos su desarrollo y ejecución corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y su desarrollo y ejecución a los órganos superiores corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y su desarrollo y ejecución a los órganos directivos corresponde a los órganos directivos establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y a los órganos superiores su desarrollo y ejecución.
Sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, los titulares de los órganos superiores y directivos son nombrados, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, en la forma establecida en esta Ley, siendo de aplicación al desempeño de sus funciones: la responsabilidad profesional, personal y directa por la gestión desarrollada la sujeción al control y evaluación de la gestión por el órgano superior o directivo competente, sin perjuicio del control establecido por la Ley General Presupuestaria a y b son correctas a y b son incorrectas.
Los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas son: los órganos administrativos las entidades dependientes las unidades administrativas los servicios comunes.
Las unidades administrativas comprenden puestos de trabajo o dotaciones de plantilla: vinculados funcionalmente por razón de sus cometidos y orgánicamente por una jefatura común vinculados orgánicamente por razón de sus cometidos y funcionalmente por una jefatura común vinculados funcionalmente por razón de su territorio y orgánicamente por una jefatura común vinculados orgánicamente por razón de su territorio y funcionalmente por una jefatura común.
Respecto a las unidades administrativas: pueden existir unidades administrativas complejas, que agrupen dos o más unidades mayores los jefes de las unidades administrativas son responsables del correcto funcionamiento de la unidad y de la adecuada ejecución de las tareas asignadas a la misma las unidades administrativas se establecen mediante las relaciones de puestos de trabajo, que se aprobarán de acuerdo con su regulación específica, y no se integran en ningún órgano determinado ninguna es correcta.
Las unidades administrativas se establecen mediante: relaciones de puestos de trabajo, que se aprobarán de acuerdo con su regulación de específica se integran en un determinado órgano ambas respuestas son correctas ambas respuestas son incorrectas.
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