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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELos Contratos en el Sector Público.

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Título del test:
Los Contratos en el Sector Público.

Descripción:
Real Decreto Legislativo 3/2011 14 de Noviembre

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
22/03/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 50
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Temario:
El Texto Refundido de Contratos del Sector Público, quedó promulgado mediante: El Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre. El Real Decreto 3/2011 de 14 de Noviembre. El Real Decreto Legislativo 3/2011 de 12 de Noviembre. El Real Decreto 3/2011 de 14 de Noviembre.
El objeto y finalidad del TRLC, es regular la contratación del sector público: Garantizar, que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos. La regulación del régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos, en atención a los fines institucionales de carácter público que a través de los mismos se tratan de realizar. Asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control de gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. Todas son correctas.
El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, en su artículo 1 "objeto y finalidad", nos dice que asegura: En conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control de gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. En conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control de gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más satisfactoria. Que se ajuste a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos. Que se ajuste a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos y no discriminación e igualdad de oportunidades entre los candidatos.
El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, en su artículo 1 "objeto y finalidad", nos dice que garantiza: Que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso de las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos. Que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso de las licitaciones, publicidad y transparencia de los proceso, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos. Que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso de las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre las empresas. Que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso de las licitaciones, publicidad y transparencia de los proceso, y no discriminación e igualdad de trato entre las empresas.
El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, en su artículo 1 "objeto y finalidad", nos dice que igualmente es objeto: La regulación del régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos, en atención a los fines institucionales de carácter público que a través de los mismos se tratan de realizar. La regulación del régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento, subrogación y extinción de los contratos administrativos, en atención a los fines institucionales de carácter público que a través de los mismos se tratan de realizar. La regulación del régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos, en atención a los fines institucionales de carácter público y privado que a través de los mismos se tratan de realizar. Regular la contratación del sector público y privado.
Dentro del sector público, y a los efectos de TRLC, tendrán la consideración de Administraciones Públicas los siguientes entes, organismos y entidades: (Indique el incorrecto) Las Consejerías, los Ministerios y las Entidades Locales. Las entidades gestoras y los Servicios comunes de la Seguridad Social. Que se financien mayoritariamente con ingresos, cualquiera que sea su naturaleza, obtenidos como contrapartida a la entrega de bienes o a la prestación de servicios. Las entidades de derecho público vinculadas a una o varias Administraciones Públicas o dependientes de las mismas que su actividad principal no consista en la producción de régimen de mercado de bienes y servicios destinados al consumo individual o colectivo.
Se considerarán poderes adjudicadores, a efectos de esta Ley de contratación, los siguientes entes, organismos y entidades: Las Administraciones Públicas. Los Organismo autónomos, que no sean Administración Pública, que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador, financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia Las Entidades con personalidad jurídica propia, que no sean Administración Pública, que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador, financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia Todas son correctas.
Son contratos del sector Público y en consecuencia, sometidos al TRLC en la forma previstos en el texto legal: Los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes, organismos y entidades incluidos en su ámbito subjetivo de aplicación. Los contratos de suministro relativos a actividades directas de los organismos de derecho público dependientes de las Administraciones públicas cuya actividad tenga carácter comercial, industrial, financiero o análogo, si los bienes sobre los que versan han sido adquiridos con el propósito de devolverlos, con o sin transformación, al tráfico jurídico patrimonial, de acuerdo con sus fines peculiares, siempre que tales organismos actúen en ejercicio de competencias específicas a ellos atribuidas por la Ley. Los contratos por los que un ente, organismo o entidad del sector público se obligue a entregar bienes o derechos o prestar algún servicio, sin perjuicio de que el adquirente de los bienes o el receptor de los servicios, si es una entidad del sector público sujeta a esta Ley, deba ajustarse a sus prescripciones para la celebración del correspondiente contrato. Todas son correctas.
¿Cuáles de los siguientes contratos celebrados por una Administración Pública NO tienen carácter administrativo? Los contratos de obras suscritos para la demolición y derribo de edificios y otras estructuras. De concesión de obra pública para la la construcción de autopistas, calles, carreteras y otras vías de circulación de vehículos y peatones. De servicios de transporte por via terrestre incluidos los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería Los contratos de servicios que tengan por objeto la creación e interpretación artística y literaria.
El Contrato en cuya virtud una Administración Pública o una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, encomienda a una persona, natural o jurídica, la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia por la Administración o Mutua encomendante, se denomina: De Gestión de Servicios Públicos. De Gestión de Servicios. De Gestión de Suministros. Contratos de Colaboración.
Según establece la normativa de Contratos del Sector Público, un Contrato de concesión de obras públicas: El contrato, que se ejecutará en todo caso a riesgo y ventura del contratista. El contrato podrá prever que el concesionario efectué las actuaciones ambientales relacionadas con las mismas que en ellos se prevean. El contrato podrá prever que el concesionario esté obligado a proyectar, ejecutar, conservar, reponer y reparar aquellas obras que sean accesorias o estén vinculadas con la principal y que sean necesarias para que ésta cumpla la finalidad determinante de su construcción y que permitan su mejor funcionamiento y explotación, Todas son correctas.
Los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles, según establece la normativa reguladora de contratos Públicos, son contratos: Contratos de suministro. Contratos de suministro para la adquisición. Contratos mixtos. Contratos de servicios.
En todo caso, se consideran contratos de suministros: (Indique la incorrecta) Aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Los contratos de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida, que se considerarán contratos de servicios. Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características peculiares fijadas previamente por la entidad contratante, aun cuando ésta se obligue a aportar, total o parcialmente, los materiales precisos. Todas son correctas.
En todo caso, se consideran contratos de suministros: (Indique la incorrecta) Aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos. Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características peculiares fijadas previamente por la entidad contratante, aun cuando ésta se obligue a aportar, total o parcialmente, los materiales precisos. Todas son correctas.
Según se establece la normativa reguladora de contratación del sector público, en su articulo 11, de las siguientes actuaciones NO se podrán celebrar con contratos de Colaboración entre el sector público y el sector privado: La gestión integral del mantenimiento de instalaciones complejas. La construcción, instalación o transformación de obras, equipos, sistemas, y productos o bienes complejos, así como su mantenimiento, actualización o renovación, su explotación o su gestión. La fabricación de bienes y la prestación de servicios que incorporen tecnología específicamente desarrollada con el propósito de aportar soluciones más avanzadas y económicamente más ventajosas que las existentes en el mercado. Las actividades de construcción que se especialicen en un aspecto común a diferentes tipos de estructura y que requieran aptitudes o materiales específicos.
Cuando un contrato contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase se atenderá en todo caso, para la determinación de las normas que deban observarse en su adjudicación, al carácter de la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico, se denomina: Contrato Mixto. Contrato Complejo. Contrato Compuesto. Contrato variado.
La contraprestación a percibir por el contratista colaborador consistirá en un precio que se satisfará durante toda la duración del contrato, y que podrá estar vinculado al cumplimiento de determinados objetivos de rendimiento. ¿De que tipo de contrato se trataría? De colaboración entre el sector público y el sector privado. Mixto. Servicios. De obras.
Aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro, se denominan: Contratos de servicios. Contratos de Gestión de Servicios Públicos. Contratos Mixtos. Contratos de Colaboración entre el sector público y el sector privado.
Según se establece en la normativa reguladora de la contratación en el sector público: Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales no podrán realizar el contrato de Gestión de servicios públicos respecto a la gestión de la prestación de asistencia sanitaria Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, sin opción de compra, de productos o bienes muebles. El contratista puede asumir, en los términos previstos en el contrato de Colaboración entre el sector público y el sector privado, la dirección de las obras que sean necesarias, así como realizar, total o parcialmente, los proyectos para su ejecución y contratar los servicios precisos. El contrato de concesión de obras públicas no podrá prever que el concesionario esté obligado a proyectar, ejecutar, conservar, reponer y reparar aquellas obras que sean accesorias o estén vinculadas con la principal.
Se consideran sujetos a regulación armonizada, cualquiera que sea su valor estimado, el contrato siguiente: Indique el correcto. Los que tengan por objeto la compra, el desarrollo, la producción o la coproducción de programas destinados a la radiodifusión, por parte de los organismos de radiodifusión, así como los relativos al tiempo de radiodifusión. Los de investigación y desarrollo remunerados íntegramente por el órgano de contratación, siempre que sus resultados no se reserven para su utilización exclusiva por éste en el ejercicio de su actividad propia. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras y los contratos de concesión de obras públicas cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.205.000 euros. Ninguna es correcta.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras y los contratos de concesión de obras públicas cuyo valor estimado sea igual o superior a: 5.225.000 euros. 209.000 euros. 135.000 euros. 1.000.000 euros.
Los contratos de suministros, estarán sujetos a una regulación armonizada, cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, cuando sobrepase una cantidad igual o superior a: 135.000 euros. 209.000 euros. 5.225.000 euros. 125.000 euros.
Los contratos de suministros estarán sujetos a la regulación armonizada, distintos a contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social o por razón de su objeto, cuyo valor estimado sea igual o superior a la siguiente cantidad: 135.000 euros. 209.000 euros. 5.225.000 euros. 125.000 euros.
Los contratos de servicios, estarán sujetos a una regulación armonizada, cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, cuando sobrepase una cantidad igual o superior a: 209.000 euros. 135.000 euros. 5.225.000 euros. 125.000 euros.
Los contratos de servicios estarán sujetos a la regulación armonizada, distintos a contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social o por razón de su objeto, cuyo valor estimado sea igual o superior a la siguiente cantidad: 135.000 euros. 209.000 euros 5.225.000 euros 125.000 euros.
Los contratos de Gestión de servicios, con determinadas condiciones, los órganos de contratación estarán sujetos a una regulación armonizada, cuando sobrepase una cantidad igual o superior a: 5.225.000 euros. 135.000 euros. 209.000 euros 5227.000 euros.
En su artículo 17 el Real Decreto Legislativo 3/2011 del 14 de Noviembre, nos dice que son contratos de obras que tenga por objeto ingeniería civil vinculados a un contrato de obras subvencionados estarán sujetos a una regulación armonizada: Que sean subvencionados, de forma directa y en más de un 60 por 100 de su importe, por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores y que su valor estimado sea igual o superior a 5.225.000 euros. . Que sean subvencionados, de forma directa o indirecta y en más de un 50 por 100 de su importe, por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores y que su valor estimado sea igual o superior a 5.225.000 euros. . Que sean subvencionados, de forma directa y en más de un 50 por 100 de su importe, por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores y que su valor estimado sea igual o superior a 5.225.000 euros. Que sean subvencionados, de forma directa o indirecta y en más de un 60 por 100 de su importe, por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores.
Serán contratos subvencionados sujetos a una Regulación Armonizada (SARA), siempre que pertenezcan a: Contratos de obras que tenga por objeto actividades de ingeniería civil, o la construcción de hospitales, centros deportivos, recreativos o de ocio, edificios escolares o universitarios y edificios de uso administrativo, siempre que su valor estimado sea igual o superior a 5.225.000 euros. Contratos de servicios vinculados a un contrato de obras, cuyo valor estimado sea igual o superior a 135.000 euros. Contratos de suministros vinculados a un contrato de obras, cuyo valor estimado sea igual o superior a 209.000 euros. Todas son correctas.
De los siguientes tipos de contratos, podrán no ser subvencionados de forma directa por poderes adjudicadores: Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil (puentes, túneles, etc.) por un importe de 5.335.000 euros. Construcción de autopistas, carreteras, campos de aterrizaje, vías férreas y centros deportivos por un importe de 5.225.001 euros. Servicios de mantenimiento y reparación de edificios y obras singulares de ingeniería civil por un importe de 204.000 euros. Servicios de mantenimiento y reparación de instalaciones urbanas de tuberías, redes de energía y de comunicaciones por un importe superior a 229.000 euros.
Tendrán la consideración de contratos del sector públicos según el artículo 19 del TRLC, los: Contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministro, y servicios, así como los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministro, contratos de sanidad y servicios, así como los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministro, creación artística/literaria y servicios, así como los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Ninguna es correcta por si misma.
¿Que órgano sera el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos? Jurisdicción Contencioso-administrativa. Jurisdicción Civil Jurisdicción Social La Propia Administración.
Con respecto Artículo 22 Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación, de las siguientes cuestiones indique la incorrecta: Los entes, organismos y entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales La naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación. Los entes, organismos y entidades del sector público velarán por la eficiencia y el mantenimiento de los términos acordados en la ejecución de los procesos de contratación pública, favorecerán la agilización de trámites, valorarán la innovación y la incorporación de alta tecnología como aspectos positivos en los procedimientos de contratación pública y promoverán la participación de la pequeña y mediana empresa y el acceso sin coste a la información, en los términos previstos en la presente Ley. Todas son correctas.
La naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerla: Deben ser indeterminadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes y después de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación. Deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes y después de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación. Deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación. Ninguna es correcta.
Sin perjuicio de las normas especiales aplicables a determinados contratos, la duración de los contratos del sector público deberá establecerse teniendo en cuenta: La naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas. La naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter anualmente a concurrencia la realización de las mismas. La naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter trimestralmente a concurrencia la realización de las mismas. La naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter semestralmente a concurrencia la realización de las mismas.
Según el artículo 23, plazo de duración de los contratos, los contratos menores: No podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. No podrán tener una duración superior a dos años ni ser objeto de prórroga. No podrán tener una duración superior a un años y podrá ser objeto de prórroga una sola vez. No podrán tener una duración superior a dos años y podrá ser objeto de prórroga una sola vez.
Según el artículo 23, plazo de duración de los contratos, de las siguientes cuestiones indique la correcta con respecto a las prorrogas de los contratos: La prórroga se acordara por el órgano de contratación y el empresario. En ningún caso la prórroga será obligatoria para el empresario. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los períodos de prórroga. Todas son correctas.
Con respecto a los contratos de gestión de servicios públicos, no podrá tener carácter perpetuo o indefinido, fijandose necesariamente en el PCAP su duración y la de las prórrogas, que en el caso de contratos que comprendan la ejecución de obras y la explotación de servicio público no podrá ser superior el periodo a: En el caso que la explotación sea el mercado o lonja central mayorista de artículos alimenticios gestionados por sociedad de economía mista municipal, podrá ser hasta 60 años incluyendo las prorrogas 50 años incluyendo las prorrogas. Las dos anteriores son correctas. 50 años sin incluir las prorrogas.
Con respecto a los contratos de gestión de servicios públicos, no podrá tener carácter perpetuo o indefinido, fijandose necesariamente en el PCAP su duración y la de las prórrogas, que en el caso de contratos que comprendan la explotación de servicio público, no relacionado con la prestación de servicios sanitarios no podrá ser superior el periodo a: 50 años incluyendo las prorrogas. 25 años incluyendo las prorrogas. 25 años sin incluir las prorrogas. 50 años sin incluir las prorrogas.
Con respecto a los contratos de gestión de servicios públicos, no podrá tener carácter perpetuo o indefinido, fijandose necesariamente en el PCAP su duración y la de las prórrogas, que en el caso de contratos que comprendan la explotación de servicio público, cuyo objeto consista en la prestación de servicios sanitarios, no podrá ser superior el periodo a: 10 años incluyendo las prorrogas. 10 años sin incluir las prorrogas. 25 años incluyendo las prorrogas. 25 años sin incluir las prorrogas.
Los contratos de servicios sociales y otros específicos, estarán sujetos a una regulación armonizada, cuando sobrepase una cantidad igual o superior a: 700.000 euros 750.000 euros 135.000 euros 209.000 euros.
Según se establece en el artículo numero 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, "Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación", de las siguientes cuestiones, indique la incorrecta. Los entes, organismos y entidades del sector público velarán por la eficiencia y el mantenimiento de los términos acordados en la ejecución de los procesos de contratación pública. Favorecerán la agilización de trámites. Valorarán la innovación y la incorporación de alta tecnología como aspectos positivos en los procedimientos de contratación pública. Promoverán la participación de la pequeña y media empresa y el acceso con coste a la información, en los términos previstos en la presente Ley.
Si se trata de un contrato de servicios, no podrá tener un plazo de vigencia superior a: 4 años, y no podrá preverse en el mismo contrato su prorroga. 6 años, y no podrá preverse en el mismo contrato su prorroga. 4 años, si bien podrá preverse en el mimos contrato su prorroga. 6 años, si bien podrá preverse en el mimos contrato su prorroga.
Se entenderá por precio de los contratos: Cualquier retribución o contraprestación económica del contrato, bien sean abonadas por la Administración o por los usuarios. El valor estimado por el órgano de contratación en el momento de iniciar el expediente, ase sobre la cual se dilucidará si está sujeto a una regulación armonizada o no, si es posible acudir a un procedimiento negociado o no, etc... Cualquier retribución o contraprestación económica del contrato, bien sean abonadas por la Administración o por los empresarios. El valor estimado por el órgano de contratación en el momento de iniciar el expediente, ase sobre la cual se dilucidará si está sujeto a una regulación armonizada, si es posible acudir a un procedimiento negociado o no, etc...
Solo pueden ser revisados los contratos de: Obra, en los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas y en aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a cinco años. Obra, en los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas y en aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a seis años. Obra, en los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, Servicios y en aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a cinco años. Obra, Gestión de servicios públicos, en los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas y en aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a seis años.
La revisión periódica y predeterminada de precios en los contratos del sector público se puede producir, cuando el contrato se hubiese ejecutado, al menos, en el: 20 por 100 de su importe y hubiesen transcurrido dos años desde su formalización. 20 por 100 de su importe y hubiesen transcurrido cuatro años desde su formalización. 30 por 100 de su importe y hubiesen transcurrido dos años desde su formalización. No se puede revisar, salvo se hubiese previsto expresamente en los pliegos o pactado en el contrato.
Con respecto a las exigencias de las garantías, los que presenten las ofertas económicamente más ventajosas en las licitaciones de los contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un: 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA. 5 por 100 del importe de adjudicación, incluido el IVA. 10 por 100 del importe de adjudicación, incluido el IVA. 10 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA.
En atención a las circunstancias concurrentes en cada contrato, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores la constitución de una garantía que responda del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del mismo: Que no podrá ser mayor al 3% del presupuesto, excluido el IVA. Que podrá ser mayor al 3% del presupuesto, excluido el IVA. Que podrá ser mayor al 3% del presupuesto, excluido el IVA. Que no podrá ser mayor al 5% del presupuesto, excluido el IVA.
Salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación se solvencia económica y financiera de acreditación de la solvencia técnica y profesional para: Los contratos de obra cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros. Los contratos de obra cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 45.000 euros. Los contratos de obra cuyo valor estimado no exceda de 90.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros. Los contratos de obra cuyo valor estimado no exceda de 90.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 45.000 euros.
Será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las Administraciones Públicas, para los contratos de obras cuyo valor estimado sea: Igual o superior a 500.000 euros. Igual o superior a 100.000 euros. Superior a 500.000 euros. Superior a 100.000 euros.
Para los contratos no sujetos al requisito de clasificación y no exentos del requisito de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional, cuando los pliegos no concreten los criterios: Si la duración es inferior a un año: El volumen anual de negocios referido al mayor de los últimos ejercicios concluidos será mayor de 1,5 veces al valor estimado del contrato. Si la duración es superior a un año: El volumen anual de negocios referido al mayor de los últimos ejercicios concluidos será mayor de 1,5 veces al valor estimado del contrato. Si la duración es inferior a un año: El volumen anual de negocios referido al mayor de los últimos ejercicios concluidos será mayor de 1,5 veces al valor anual media del contrato. Ninguna es correcta.
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