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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESED Penal II tema 26

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Título del test:
D Penal II tema 26

Descripción:
delitos contra la seguridad vial

Autor:
Mr.Stone13
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Fecha de Creación:
19/03/2024

Categoría:
UNED

Número preguntas: 25
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Temario:
1. En los delitos contra la seguridad vial será condenado. (Señale la incorrecta) en que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas el conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión administrativa el que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.
2. La negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia: no permite la sanción simultánea de los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad vial del art. 379 CP, por impedirlo el principio "non bis in idem" no permite la sanción simultánea de los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad vial del art. 379 CP, por tratarse de un supuesto de concurso de normas es posible la sanción simultánea de los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad vial del art. 379 CP y como un delito de desobediencia del art. 383 CP no permite la sanción simultánea de los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad vial del art. 379 CP al desconocerse el grado de consumo de alcohol ingerido.
3. El sujeto A conduce un turismo con una tasa de alcohol en aire aspirado superior a 0.60 miligramos por litro y, a causa de ello, invade la calzada contraria colisionando con una motocicleta cuyo conductor circulaba correctamente y fallece a causa del accidente. Señale cual de las siguientes cuestiones es la correcta. estamos ante un concurso medial entre un delito contra la seguridad vial y otro de homicidio imprudente se trata de un concurso real de delitos a sancionar con arreglo al art. 73 CP se trata de un concurso de leyes en el que con arreglo al art. 382 CP, se castigará tan solo el precepto penal más grave, aplicando la pena en su mitad superior se trata de un concurso de leyes en el que, según el art. 8.1º CP el precepto especial se aplica con preferencia al general.
4. ¿Comete delito quien conduce un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y con una tasa de alcohol en aire espirado de 0.70 miligramos por litro? no, porque el art. 379 CP exige además la puesta en peligro de la vida o integridad física de las personas no, porque el art. 379 CP exige además superar la velocidad de 60 Km/h en vía urbana sí, sin más requisitos sí, siempre que además se supere una tasa de alcohol en sangre de 1´2 gr/litro.
5. "El conductor que se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los arts. anteriores será castigado con las penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años. ¿qué le falta a este enunciado para que sea el del art. 383 CP? que el conductor haya sido requerido por un agente de la autoridad que el conductor presente síntomas de estar bajo influencia de drogas tóxicas que el conductor se comporte de modo violento o intimidatorio no falta nada y coincide exactamente con dicho precepto.
6. ¿Cuándo comete delito quien conduce un ciclomotor de manera claramente peligrosa? a) cuando lo hace sin carné de conducir b) cuando se aprecia temeridad manifiesta en su conducción c) cuando pone en peligro concreto la vida o la integridad de las personas b) y c), pero no necesariamente a).
7. ¿Qué entiende el CP como "temeridad manifiesta" y "concreto peligro para la vida o integridad de las personas" en los delitos contra la seguridad del tráfico? a) la conducción con un exceso de velocidad de 60 km/h en vía urbana que da lugar a un accidente b) la conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas cuando la tasa supera 0.60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado o los 1.2 gramos de alcohol por litro de sangre c) la conducción con un exceso de velocidad de 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana cuando concurren b) y c), sin necesidad de a).
8. Un camión que transporta numerosos troncos para la producción maderera colisiona con una valla de protección de la calzada. Sobre la calzada quedan algunos troncos que se han desprendido con el choque. Por temor a complicaciones con la Policía, el conductor -que no ha sufrido ninguna lesión- se ausenta del lugar del accidente ¿Comete delito? sí, contra la seguridad del tráfico sí, porque origina un grave riesgo para la circulación expresamente previsto en el 385 CP no, puesto que los troncos no se pueden considerar entre las sustancias deslizantes o inflamables de las que habla el CP no, puesto que no se ha dañado la señalización de la vía.
9. El CP sanciona a quien conduce sin permiso o licencia verdadero, pues tipifica la conducción en casos de pérdida de puntos verdadero, pues tipifica la conducción sin haber tenido nunca licencia verdadero, pues tipifica la conducción tras haber sido privado judicialmente de licencia verdadero, pues tipifica todas las anteriores y además la conducción con permiso carente de licencia.
10. La conducción de vehículos a motor y ciclomotores, con consciente desprecio por la vida de los demás, constituye infracción penal verdadero, pues se prevé entre las faltas contra las personas verdadero, pues constituye un delito especialmente previsto, agravado verdadero, pues da lugar a un concurso de delitos con el delito de lesiones u homicidio imprudentes ninguna de las anteriores.
11. Un conductor colisiona con un árbol. No sufre ningún daño personal. A la vista de que no acude la Policía ni los servicios de socorro, ni transita ningún otro conductor, decide abandonar el lugar, sin retirar su vehículo, que al colisionar ha dejado sobre la calzada todo el combustible. ¿Comete delito? sí, si con ello crea un grave riesgo para la circulación sí, si la colisión fue, al menos, imprudente sí, pero solo si la conducción previa fue temeraria sí, pero solo si existió dolo al conducir.
12. ¿Qué prevé el CP hacer con el vehículo de motor o el ciclomotor utilizados en los delitos contra la seguridad vial? se prevé que se consideren afectos al pago de la responsabilidad civil en algún caso se prevé que se consideren instrumento del delito en casos de conducción bajo la influencia del alcohol se prevé queden retenidos al menos 6 horas no se prevé nada.
13. En los delitos contra la seguridad vial previstos en los arts. 379, 383, 384 y 385, el Juez o Tribunal en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho podrán... suspender la pena rebajar en un grado la pena de prisión imponer la pena en su mitad inferior rebajar en uno o dos grados la pena de prisión.
14. ¿Cuál de los siguientes no es un delito contra la seguridad vial? negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia pérdida total de los puntos asignados legalmente conducir un vehículo de motor sin haber obtenido nunca el permiso colocar en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
16. En el delito contra la seguridad vial, cuando además del riesgo prevenido se genere un resultado lesivo, se sancionarán: separadamente la s infracciones de riesgo y la de resultado, independientemente de la gravedad de éste cuando el resultado sea constitutivo de delito se impondrá la pena prevista para la infracción de resultado solo por la infracción más gravemente penada, cualquiera que sea la gravedad del resultado se sancionarán ambos delitos, aunque según las reglas previstas para el concurso ideal.
17. En el delito contra la seguridad vial sancionado en el CP, se considerará que existe temeridad manifiesta: en los casos de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas y con exceso de velocidad respecto de los límites establecidos en los casos de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas con tasas de alcohol en sangre que superen los limites establecidos en los casos de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas con altas tasas de alcohol y con un exceso desproporcionado de velocidad respecto de los límites establecidos en los casos de conducción con un exceso manifiesto y desproporcionado de velocidad respecto de los límites establecidos.
18. Miguel Ángel es condenado a una pena de 3 años de privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores y le pregunta a su abogado si tendrá que sacarse otra vez el permiso de conducir para poder ir a trabajar en su coche una vez transcurran esos tres años y esté cumplida la condena. ¿Qué tendría que responderle su abogado para informarle correctamente? que sí es necesario que vuelva a sacarse el permiso de conducir que no es necesario que vuelva a sacarse el permiso de conducir que la pena le afecta en mayor medida de lo que Miguel Ángel cree porque supone la privación definitiva del permiso de conducir, de manera que no podrá volver a sacarse el permiso nunca más que la pena afecta en menor medida de lo que Miguel Ángel cree porque solo supone la retirada del permiso de conducir, de manera que puede seguir conduciendo su coche incluso durante el cumplimiento de la condena, siempre que se cumplan determinadas condiciones.
19. Indique que afirmación es correcta en el delito contra la seguridad vial el sujeto pasivo es la sociedad el sujeto activo en la mayoría de los casos es el conductor; en el caso de grave riesgo para la circulación cualquier persona, y en los casos de vehículos de autoescuela con doble mando el profesor se trata de un delito doloso todas son correctas.
20. En el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás (conductor suicida) en el aspecto subjetivo existe dolo eventual de producir muerte o lesión se trata de un delito de propia mano donde el autor solo puede ser la persona que conduce el vehículo y, en el caso de mediar una apuesta, la persona con quien ésta se realiza puede ser considerada autor el tipo excluye la posibilidad de que pueda actuarse con dolo directo de causar la muerte; en tal caso, existe un concurso de leyes y lo que procedería aplicar es el tipo de homicidio o asesinato todas son correctas.
21. El que con manifiesto desprecio a la vida de los demás conduzca un vehículo de motor con temeridad manifiesta poniendo en concreto peligro la vida y la integridad de las personas, y causando a consecuencia de ello lesiones constitutivas de delito a un peatón: los Jueces o Tribunales apreciarán tan solo la infracción más gravemente penada, condenando en todo caso al resarcimiento de la responsabilidad civil que se haya originado el resultado lesivo, cualquiera que sea su gravedad, deberá entenderse consumido por el delito contra la seguridad vial cometido, debiendo imponerse únicamente la pena correspondiente a éste último deberá apreciarse un concurso ideal de delitos, pero la no remisión expresa a las reglas del art. 77 CP impide la aplicación de las reglas del mismo. Apreciándose tan solo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando en todo caso al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado deberá apreciarse un concurso ideal de delitos, y la pena será la resultante de la aplicación de las reglas del art. 77 CP y condenando en todo caso al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.
22. El art. 380 CP castiga la conducción... solo si la temeridad es manifiesta si es peligrosa para la vida o la integridad de las personas en todo caso siempre que produzca un resultado lesivo para la vida o para la integridad de las personas ninguna es correcta.
23. si es como consecuencia de los hechos previstos en el art. 379 CP se produce un delito de lesiones... se castiga el delito de lesiones aplicando la pena en su mitad superior se aprecia la infracción más gravemente penada que se aplica en su mitad superior se aprecian ambas infracciones y se castiga la más gravemente penada con la pena superior en grado se aprecian ambas infracciones y se castiga la más gravemente penada que será castigada con la pena en su mitad superior salvo si la pena acumulada de ambos delitos (contra la seguridad del tráfico y lesiones) resultare inferior a aquella.
26. NO es cierto que con la reforma del CP que... el que conduce un vehículo a motor sin carnet comete un delito un peatón puede cometer el delito previsto en el art. 385 CP la autoridad o funcionario que comete cualquiera de los delitos previstos en este capítulo puede ser sancionado con la pena de inhabilitación absoluta ninguna es correcta.
27. El art. 379 CP no castiga al que... conduce un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de sustancias psicotrópicas conduce un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas conduce un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de un estado pasional conduce un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxica.
28. ¿Cuál de estas conductas no podrá constituir nunca un delito castigado en la jurisdicción penal? la sustracción de un CD musical dentro de un centro comercial la conducción de un vehículo sin seguro obligatorio el abandono de una jeringuilla en un parque infantil dejar suelto a un perro de la raza rottweiler.
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