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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDERECHO ADVO 2 ACTUALIZADOS L39 Y 40/15 TEMA 12

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Título del test:
DERECHO ADVO 2 ACTUALIZADOS L39 Y 40/15 TEMA 12

Descripción:
Tema 12 (3ª entrega y ultima )

Autor:
AVATAR
CLOEN


Fecha de Creación:
16/01/2017

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
El recurso contencioso administrativo en su modalidad de procedimiento abreviado: )Se iniciará por escrito de interposición )Se iniciará por demanda. )Ambas respuestas son correctas. .
El recurso de suplica en el contencioso-administrativo se interpone ante: )El Tribunal Supremo )Ante el mismo órgano que ha dictado la resolución y que él mismo resuelve. )Ante el Tribunal jurisdiccional de nivel superior al que dictó la resolución. .
-El recurso d e apelación: Debe articularse sobre los documentos que se usaron en el primer juicio, no sobre un nuevo material documental. Debe articularse sobre los documentos que se usaron en el primer juicio, y puede tener en cuenta nuevo material documental. Han de poder reproducirse los planteamientos para que una nueva instancia judicial los examine.
El recurso de apelación contra sentencias tiene efectos suspensivos sobre la ejecución de la sentencia, lo que no es obstáculo para que el Juez, su libre albedrío, adopte las medidas cautelares para asegurar la ejecución de la sentencia suspensivos sobre la ejecución de la sentencia, lo que no es obstáculo a que en cualquier momento a instancia de parte interesada, el juez pueda adoptar medidas cautelares para asegurar la ejecución de la sentencia. )En ningún caso puede tener efectos suspensivos sobre la sentencia . .
En el proceso contencioso administrativo (art. 129.1) Los interesados sólo podrán solicitar en su escrito de demanda la adopción de las medidas aseguren la efectividad de la sentencia Como regla general, los interesados podrán solicitar en cualquier estado del proceso la adopción de cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia Los interesados sólo podrán solicitar en el escrito de interposición la adopción de las medidas que aseguren la efectividad de la sentencia .
En los supuestos de inactividad administrativa y de vía de hecho, la Ley prescribe en relación con las medidas cautelares que Se adoptará la medida salvo que se aprecie con evidencia que no se dan las situaciones previstas en la norma o la medida ocasione una perturbación grave de los intereses generales o de tercero No se adopte la medida cautelar salvo que el interesado pueda probar un daño o perjuicio cuantificable Se adoptará la medida salvo que existan indicios de que la ejecución de la medida puede causar una perturbación grave de los intereses generales o de tercero .
El recurso contencioso administrativo dirigido contra una disposición general, acto, inactividad o vía de hecho, cuando no existen terceros interesados (art. 45.5) Deberá iniciarse por escrito de interposición Deberá iniciarse mediante demanda Podrá iniciarse mediante demanda.
En el procedimiento contencioso administrativo en primera o única instancia, la contestación a la demanda debe formularse en el plazo de Treinta días Veinte días Quince días .
La reconvención es posible plantearla en el ámbito de la jurisdicción contencioso administrativa? Sí No Depende del objeto del proceso .
En los procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias por razón del sexo, corresponde ………………… , probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad, pudiendo el órgano judicial, a instancia de parte, recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes Al demandado Al demandante A la Administración.
La apertura del período probatorio en el proceso contencioso administrativo se condiciona a una valoración judicial que ha de versar sobre dos circunstancias Que exista disconformidad en los hechos y que éstos fueran de trascendencia para la resolución del pleito Que haya conformidad en los hechos pero no en la cuantía del pleito Que exista disconformidad en los hechos que no sea manifiestamente relevante.
El trámite de la vistaen el proceso contencioso-administrativoconsiste en que Las partes de forma sucinta toman la palabra y exponen sus alegaciones Las partes presentan por escrito en diez días alegaciones sucintas acerca de los hechos, la prueba practicada y los fundamentos jurídicos en que basan sus pretensiones El Tribunal declara el pleito concluso para sentencia .
La terminación del procedimiento contencioso administrativo puede producirse por Por prescripción, sentencia, desistimiento del actor y por allanamiento del demandado Por sentencia, desistimiento del actor, por allanamiento del demandado, por reconocimiento en vía administrativa de las pretensiones del demandante o por conciliación judicial Por prescripción, por sentencia, desistimiento del actor, por allanamiento del demandado, por reconocimiento en vía administrativa de las pretensiones del demandante o por conciliación judicial .
El desistimiento en el proceso contencioso-administrativo, a diferencia del allanamiento es Un comportamiento procesal del demandado, normalmente la Administración, que acepta mediante una manifestación de voluntad las pretensiones del actor Es el acto según el cual el juez, de oficio, o a solicitud de parte, una vez formuladas la demanda y contestación, somete a la consideración de las partes el reconocimiento de los hechos o documentos para alcanzar un acuerdo Consiste en una declaración de voluntad del actor por la que abandona la acción ejercitada en el proceso.
El recurso de apelación contra sentencias(art. 83) Tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia Carece de efectos suspensivos Es admisible en un solo efecto .
La casación ordinaria se admite (art. 86.1) Contra las sentencias dictadas en única instancia, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y por las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, salvo excepciones Siempre y en todo caso contra las sentencias dictadas en única instancia, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y por las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo Contra las sentencias dictadas en segunda instancia, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y por las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, salvo excepciones .
El recurso contra sentencias de lo contencioso administrativo que se ciñe solamente a pleitos en los que respecto a los mismos litigantes u otros diferentes en idéntica situación y, en mérito a hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales, se hubiere llegado a pronunciamientos distintos, se denomina (art. 96.1) Recurso de casación en interés de la ley Recurso ordinario de casación Recurso de casación por unificación de doctrina.
El motivo según el cual “habiéndose dictado sentencia en virtud de prueba testifical, fuesen los testigos condenados por falso testimonio, dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia” es un motivo propio del (art. 102.1) Recurso de casación en interés de ley Recurso de casación por unificación de doctrina Recurso extraordinario de revisión.
Si la sentencia del proceso contencioso administrativo consiste en la anulación del acto impugnado, el juez o Tribunal dispondrá, a instancia de parte (art. 107) La publicación en diario oficial de la disposición general en el plazo de diez días a contar desde la firmeza de la sentencia La inscripción del fallo en los registros públicos a que hubiere tenido acceso el acto anulado, así como su publicación Ejecutar la sentencia a través de sus propios medios o requiriendo la colaboración de las autoridades y agentes de la Administración condenada.
La extensión a terceros de los efectos de una sentencia firme si versa sobre materia tributaria o de personal al servicio de las Administraciones públicas exige, entre otros requisitos que (art. 110) Los interesados se hayan personado en el proceso como tales Los interesados se encuentren en idéntica situación jurídica que los favorecidos por el fallo Los interesados no hayan sido parte de un proceso similar .
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