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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Civil I.2: Familia

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Título del test:
Derecho Civil I.2: Familia

Descripción:
Tema 5: La nulidad del matrimonio

Autor:
Alumna UNED
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Fecha de Creación:
04/04/2024

Categoría:
UNED

Número preguntas: 16
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Temario:
Seleccione la afirmación CORRECTA: No es causa de nulidad el miedo grave. Es nulo el matrimonio contraído por coacción. El matrimonio contraído por error en las cualidades personales determinantes de la prestación del consentimiento es causa de divorcio.
El matrimonio contraído por parientes colaterales de cuarto grado es nulo: Verdadero. Falso.
La declaración de nulidad del matrimonio no tiene efectos retroactivos, solo ex nunc: Verdadero. Falso.
Seleccione la afirmación CORRECTA: La validez del matrimonio queda afectada, en todo caso, por la incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre. La incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre, no invalida el matrimonio si ejercieran sus funciones públicamente. La incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre, no invalida el matrimonio siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe y aquellos ejercieran sus funciones públicamente.
La disolución del matrimonio por divorcio es un supuesto de nulidad matrimonial: Verdadero. Falso.
El matrimonio contraído sin la intervención del Juez de Paz, Alcalde o Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario ante quien deba celebrarse siempre es nulo: Verdadero. Falso.
La incompetencia o falta de nombramiento legitimo del Juez de Paz, alcalde, concejal, Secretario judicial; Notario o funcionario que lo autorice no determina la nulidad del matrimonio siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe y aquellos ejercieran sus funciones públicamente: Verdadero. Falso.
El matrimonio nulo puede ser susceptible de convalidación: Verdadero. Falso.
El matrimonio nulo no es susceptible de convalidación en ningún caso: Verdadero. Falso.
En los supuestos de dispensa matrimonial, esa dispensa tendrá efectos retroactivos: Verdadero. Falso.
En los supuestos de vicios en el consentimiento a la hora de contraer matrimonio, cabe la convalidación del matrimonio celebrado: Verdadero. Falso.
Si la causa de nulidad del matrimonio es la falta de edad, el Ministerio Fiscal es, mientras el contrayente sea menor, el único facultado para instar la acción de nulidad: Verdadero. Falso.
Seleccione la afirmación CORRECTA: La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos de buena fe. La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos y del contrayente o contrayentes de buena fe. La declaración de nulidad del matrimonio invalida todos sus efectos, tanto respecto de los hijos como de los contrayentes.
En el matrimonio putativo: Se mantienen los efectos producidos hasta la declaración de nulidad respecto al cónyuge o cónyuges de buena fe. Si existen hijos, hay que reiterar el reconocimiento de filiación. Una vez declarada la nulidad, el cónyuge de buena fe tiene derecho a percibir alimentos del otro cónyuge y, además, no pierde los derechos sucesorios respecto al otro.
En caso de matrimonio putativo, la declaración de nulidad invalida todos los efectos producidos entre los cónyuges desde la celebración del matrimonio, aunque sean de buena fe: Verdadero. Falso.
Los hijos extramatrimoniales no tienen iguales derechos que los matrimoniales respecto a sus progenitores: Verdadero. Falso.
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