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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Penal I - Primer Parcial - Tema 1 - UNED

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Título del test:
Derecho Penal I - Primer Parcial - Tema 1 - UNED

Descripción:
Compendio de preguntas

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
03/09/2022

Categoría:
UNED

Número preguntas: 45
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Temario:
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta en relación con el fundamento y fines de la pena? Las teorías unitarias de la pena justifican su imposición tanto en motivos retributivos como preventivos Las teorías relativas o utilitarias sitúan el fundamento y fines de la pena en la evitación de futuros delitos Las teorías absolutas mantienen que el único fundamento de la pena es la prevención general Kant y Hegel defendían teorías absolutas de la pena.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta en relación con las medidas de seguridad? Se imponen atendiendo exclusivamente a la peligrosidad criminal del delincuente. su único fin es la prevención especial En la actualidad las medidas de seguridad predelictuales no se contemplan en Derecho Penal español En la regulación española se prevén medidas de seguridad solo para inimputables y semiimputables.
¿Cuál de los siguientes NO es un bien jurídico supraindividual? La administración de justicia La salud pública La Seguridad del Estado El interés del Estado en el control de los flujos migratorios.
¿En que elemento del delito se analiza la concurrencia o ausencia de causas de justificación? La antijuricidad La culpabilidad La punibilidad La tipicidad .
A Joaquín le imponen una sanción penal y otra disciplinaria por unos mismos hechos. ¿Cuándo resulta esto compatible con el principio ne bis in idem según el Tribunal Constitucional En ningún caso ya que ese principio se vulnera siempre que se impone dos sanciones al mismo sujeto por el mismo hecho Cuando el fundamento de la sanción penal y de la disciplinaria es diferente Cuando la sanción penal y la disciplinaria tienen el mismo fundamento Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Al portador del bien jurídico lesionado o puesto en peligro se le denomina: Sujeto activo del delito Perjudicado por el delito Responsable civil del delito Sujeto pasivo del delito.
Antes de preguntarnos por la culpabilidad hemos tenido que haber establecido La existencia de una conducta, su tipicidad y su antijuricidad La existencia de una conducta, su tipicidad y su punibilidad La existencia de una conducta, su tipicidad y su imputabilidad La existencia de una conducta, su antijuricidad y su imputabilidad.
Complete la frase: desde una perspectiva material el Derecho penal es un sector del ordenamiento jurídico cuyo objeto es: La protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a cualquier forma de agresión. La protección de los bienes jurídicos fundamentales del individuo y la sociedad frente a las formas más graves de agresión. La protección de la seguridad colectiva y el orden público. La protección de las normas más relevantes del ordenamiento jurídico.
Cuando hablamos de la reprochabilidad personal de la conducta antijurídica, nos referimos a: La tipicidad La antijuricidad La culpabilidad La punibilidad.
Desde una perspectiva formal el Derecho penal: Es un sector del ordenamiento jurídico constituido por un conjunto de disposiciones legales que asocian a delitos y estados peligrosos, como supuestos de hecho, penas y medidas de seguridad, como consecuencias jurídicas. Es un sector del ordenamiento jurídico cuyo objeto es la protección de los bienes jurídicos fundamentales del individuo y de la sociedad frente a las formas más graves de agresión. Se identifica con el Derecho penal subjetivo y como tal gira en torno a la legitimidad del poder punitivo del Estado. Consiste en el derecho del Estado a penar y a establecer normas penales.
El/los fin/es de las medidas de seguridad es/son: La retribución, la prevención especial y la prevención general. Solo la retribución. Solo la prevención especial Solo la prevención general.
La "Salud Pública" como bien que supone una anticipación de la protección de los bienes jurídicos individuales, es un bien jurídico: Individual Colectivo Supraindividual Supracolectivo.
La conducta humana como primer elemento del concepto del delito puede manifestarse como Dolo e imprudencia Acción u omisión Resultado material o resultado de peligro Mera actividad o resultado.
La idea de que la pena ha de ser proporcional al delito cometido se relaciona con la: Retribución Prevención general negativa Prevención especial negativa Intimidación.
La idea de que la pena ha de ser proporcional al delito cometido. Es propia del pensamiento preventivo Es propia del pensamiento retributivo Es ajena a todos los modelos de fundamentación de las penas Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
La prevención general positiva o ejemplar: Pretende reforzar en la conciencia de los ciudadanos la idea de la vigencia de las normas y de las valoraciones jurídicas que subyacen a las mismas como mejor forma de garantizar su respeto. Está centrada en la persona del condenado: se trata de que este no vuelva a delinquir. Se centra en la necesidad de compensar el mal causado con la comisión del delito. Está asociada a la idea de los efectos intimidatorios que pueda tener la amenaza de la pena en los ciudadanos.
La relación en la que se encuentran los distintos elementos del concepto analítico del delito puede definirse como: Una relación completamente arbitraria. Una relación aleatoria. Relación lógica de carácter secuencial. Una relación meramente gramatical.
La salud pública es un bien jurídico: individual Colectivo Supraindividual Particular.
La teoría de la pena de la que parte, según el texto básico recomendado, el sistema penal español es una teoría: Absoluta Relativa Unitaria Preventivo-general negativa.
Las infracciones que regula el vigente CP se clasifican en: Delitos y faltas Delitos graves, delitos menos graves y faltas Delitos muy graves, delitos menos graves y delitos leves Delitos graves, delitos menos graves y delitos leves.
Las teorías absolutas de la pena mantienen que: El único fundamento de la imposición de la pena es la retribución El fundamento de la pena es la evitación de futuros delitos. Su fundamento radica tanto en motivos retributivos como preventivos. El único fundamento de la pena es la resocialización del delincuente.
Las teorías sobre el fundamento y fines de la pena mayoritarias en la Ciencia del Derecho Penal español son las: Absolutas Relativas Unitarias Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Los bienes jurídicos "vida humana independiente", interés del Estado en el control de los flujos migratorios y "seguridad vial" pertenecen respectivamente a las siguientes categorías: Individuales, colectivos y supraindividuales. Colectivos, supraindividuales e individuales. Individuales, supraindividuales y colectivos. Supraindividuales, colectivos e individuales.
Los bienes jurídicos que suponen una anticipación a la tradicional protección otorgada a los bienes jurídicos individuales se denominan: Bienes jurídicos colectivos Bienes jurídicos individuales Bienes jurídicos supraindividuales Bienes jurídicos antecessoris.
Nuestro Código Penal define literalmente el delito como: Las acciones penadas por la ley b) Las acciones y omisiones penadas por la ley. Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley. Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes, antijurídicas y culpables penadas por la Ley.
Nuestro vigente Código Penal clasifica las infracciones penales en: Delitos graves, delitos menos graves y faltas. Delitos graves, delitos menos graves y delitos leves. Delitos graves y delitos leves. Delitos graves y delitos menos graves.
Para que una acción típica, antijurídica y culpable sea efectivamente constitutiva de un delito es necesario que la misma sea: Ilícita. Punible. Reprochable. Perseguible.
Para referirnos a la finalidad de la pena de reforzar en la conciencia de los ciudadanos la idea de la vigencia de las normas y de las valoraciones jurídicas que subyacen a las mismas como la mejor forma de garantizar su respeto, usamos la expresión: Prevención especial positiva. Prevención general positiva. Retribución. Resocialización.
Quienes afirman que la retribución por el delito cometido es el único fundamento de la pena, mantienen: Una teoría absoluta de la pena. Teoría utilitaria de la pena. Teoría relativa de la pena. Teoría mixta de la pena.
Según el texto básico recomendado, los bienes jurídicos se clasifican en: individuales y supraindividuales individuales y colectivos Individuales, colectivos y supraindividuales Personales e impersonales.
Según el texto recomendado, en relación con la tipicidad como categoría del delito, es fundamental no confundir el tipo de lo injusto con: El tipo de la punibilidad. La figura de delito o figura delictiva. El tipo de antijuricidad. El tipo de culpabilidad.
Según la CE las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas a: La reparación del mal causado a la víctima, esto es, a la prevención general La reparación del mal causado a la víctima, esto es, a la prevención especial La reeducación y reinserción del delincuente, esto es, a la prevención general La reeducación y reinserción del delincuente, esto es, a la prevención especial.
Según se expone en el texto básico, de un bien jurídico cuya existencia no se entiende de modo autónomo o independiente, sino como anticipación a la protección otorgada a los bienes jurídicos individuales, decimos que tiene carácter: Individual Supraindividual Colectiva Mixta.
Según se expone en el texto básico, en atención a sus elementos fundamentales podemos definir el delito como: Una conducta antijurídica y punible Una conducta culpable y punible Una conducta típica, antijurídica, culpable y punible Una conducta típica y punible.
Según se expone en el texto básico, la determinacion del ambito de lo delictivo depende de las concepciones imperantes en una sociedad. Dichas concepciones son de carácter: Jurídico, político, ético-social y económico. Exclusivamente jurídico. c) exclusivamente político. Político y económico.
Según se expone en el texto básico, los dos principios básicos en la fundamentación de las penas son: La prevención general y la prevención especial. La retribución positiva y negativa. La prevención general positiva y la prevención general negativa. La retribución y la prevención.
Según se expone en el texto básico, los elementos del delito se encuentran entre si en una relación: Arbitraria de carácter racional. Lógica de carácter secuencial. Formal de carácter excluyente. Funcional de carácter social.
Señale cual de las siguientes afirmaciones es correcta según el texto básico recomendado: La concurrencia de una causa de justificación hace que la conducta siga siendo típica pero no sea antijurídica. La concurrencia de una causa de justificación hace que una conducta no sea típica. La concurrencia de una causa de justificación hace que una conducta sea típica y antijurídica pero no culpable. La concurrencia de una causa de justificación hace posible la imposición de una medida de seguridad al autor de la conducta típica.
Señale cual de las siguientes afirmaciones es incorrecta: El bien jurídico se defiende como todo bien, situación o relación deseados y protegidos por el Derecho. El vigente código penal solo protege bienes jurídicos individuales y colectivos Los bienes jurídicos no son privativos de los ciudadanos sino que pertenecen al derecho El portador del bien jurídico puede ser tanto el individuo como la sociedad.
Señale cuál es la definición correcta en relación con el concepto analítico del delito: Delito es la acción u omisión antijurídica, tipica, culpable y punible Delito es la acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible Delito es la acción u omisión punible, típica, antijurídica, y culpable Delito es la acción u omisión culpable, típica, antijurídica y punible.
Señale de entre las siguientes la frase INCORRECTA: La prevención especial incluye tanto la mera intimidación, como la rehabilitación y reinserción social e incluso la inocuización La prevención general negativa pretende reforzar en la conciencia de los ciudadanos la idea de la vigencia de las normas La retribución está ligada a la idea de que la pena ha de ser proporcional al delito cometido Mientras que la prevención general se dirige a la comunidad, la prevención especial está centrada en la persona del condenado: se trata de que este no vuelva a delinquir.
Señale de los siguientes cuál es el orden correcto del análisis de los elementos del delito: Acción u omisión, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. Acción u omisión, antijuricidad, tipicidad, culpabilidad y punibilidad. Acción u omisión, tipicidad, culpabilidad, antijuricidad y punibilidad. d) acción u omisión, punibilidad, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
Señale la afirmación INCORRECTA: Hasta su reforma por LO 1/2015, de 30 de marzo, nuestro código penal diferenciaba dos grandes grupos de infracciones penales: delitos y faltas, distinguiendo dentro del primero entre delitos graves y menos graves. La regulación vigente, tras la LO 1/2015, de 30 de marzo, ha suprimido el libro III del código, faltas y sus penas. En la actualidad nuestro código penal solo contempla dos categorías de infracciones penales: los delitos graves y los delitos menos graves. d) según la regulación vigente son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve.
Señale la afirmación INCORRECTA: La reciente supresión de las faltas en nuestro código penal ha supuesto la despenalización de las mismas, que ahora serán impunes. Mientras que antes se excluía expresamente la punición de la tentativa para las faltas – salvo para las faltas contra las personas y el patrimonio-, ahora se pena con carácter general la tentativa de los delitos leves – siempre que la estructura típica lo permita-. Bastantes de las antiguas faltas han sido transformadas en delitos leves y algunas otras incluso en delitos menos graves. En función de la gravedad de las penas que les son aplicables se distinguen en nuestro CP vigente tres categorías de infracciones penales.
Tras la reforma del CP realizada por la LO 1/2015, la libertad condicional se define por el legislador como: Un supuesto de sustitución de las penas privativas de libertad. Un supuesto de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. Una etapa o grado de cumplimiento de las penas privativas de libertad. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
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