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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEA COMPETENCIAS

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Título del test:
EA COMPETENCIAS

Descripción:
competencias EAPV

Autor:
kuka
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
18/01/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 55
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Temario:
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Demarcaciones territoriales municipales sin prejuicio de las facultades correpondientes a los territorios históricos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 37 del presente estatuto Medio ambiente y ecología Legislación penitenciaria.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno dentro de las normas del presente estatuto Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Legislación electoral interior que afecte al Parlamento Vasco, juntas Generales y diputaciones forales, en los términos previstos por el presente estatuto y sin prejuicio de las factultades correspondientes a los TH de acuerdo con lo dipuesto en el art 38 del presente estatuto. Ordenación del sector pesquero del PV Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Regimen local y estatuto de los funcionarios del País Vasco y de su administración local, sin perjuicio de lo establecido en el art 149.1.18 de la CE ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Conservación, modificación y desarrollo del derecho civil foral y especial, escrito o consuetudinario propio de los TH que integran el PV y la fijación del ámbito territorial de su vigencia. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Normas procesales y de procedimientos administrativos y económico admvos que se deriven de las especialidades del derecho sustantivo y de la organización propia del PV Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. ferias internacionales celebradas en el país vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Bienes de dominio público y patrimoniales cuya titularidad corresponda a la CA así como las servidumbre públicas en materias de sus competencias Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. sector público estatal en el ámbito territorial de la CAPV, la que tendrá pariticpación en los casos y actividades que proceda.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Montes, aprovechamiento forestal y servicios forestales, vías pecuarias y pastos, sin perjuicio de lo dispuesto en el art 149.1.23 de la CE reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el estado no se reserve su gestión directa.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación grl de la economía Medio ambiente y ecología Ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro de la comunidad autónoma, aunque discurran sobre las infraestructuras de titularidad estatal a que hace referencia el número 21 del apartado 1 del artículo 149 de la CE, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el estado.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, caza y pesca fluvial y lacuestre. Ordenación del sector pesquero del PV Salvamento marítimo y vertidos industriales y contamienantes de las aguas territoriales del EStado correspondientes al litoral vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos cuando las aguas discurran íntegramente dentro del país vasco, instalaciones de producción distribución y transporte de energía cuando este transporte no salga de este territorio y su aprovechamiento no afecte a otra provincia o comunidad. Aguas minerales, termales y subterráneas. Sin perjuicio del art. 149.1. 25 de la CE Medio ambiente y ecología Legislación penitenciaria.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Asistencia Social Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Fundaciones y Asociaciones de catacter docente, cultural, artístico, benéfico, asistencial y similares en tanto desarrollen su actividad principalmente en el PV Ordenación del sector pesquero del PV Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Organización, regimen y funcionamiento de las instituciones y establecimientos de protección y tutela de menores, penitenciarios y de reinserción social, conforme a la legislación general en materia civil, penal y penitenciaria. ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Ordenación farmacéutica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.16 de la CE e higiene, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 18 del presente estatuto. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Investigación científica y técnica en coordinación con el estado Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. ferias internacionales celebradas en el país vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Cultura, sin perjucio de lo dispuesto en el artículo 149,2 de la CE Medio ambiente y ecología sector público estatal en el ámbito territorial de la CAPV, la que tendrá pariticpación en los casos y actividades que proceda.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico asumiendo la CAPV el cumplimiento de las normas y obligaciones que establezca el estado para la defensa de dicho patrimonio contra la exportación y la expoliación. Ordenación del sector pesquero del PV Puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el estado no se reserve su gestión directa.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Instituciones de fomento y enseñanza de las bellas artes. Artesanía. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro de la comunidad autónoma, aunque discurran sobre las infraestructuras de titularidad estatal a que hace referencia el número 21 del apartado 1 del artículo 149 de la CE, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el estado.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Archivos, bibliotecas y museos que no sean de titularidad estatal Medio ambiente y ecología Salvamento marítimo y vertidos industriales y contamienantes de las aguas territoriales del EStado correspondientes al litoral vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Cámaras agrarias, de la propiedad, cofradias de pescadores, camaras de comercio, industria y navegación sin perjucio de la competencia del estado en materia de comercio exterior. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación penitenciaria.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Colegios profesionales y ejercicio de las profesioens tituladas, sin prejuicio de lo dispuesto en los art 36 y 139 de la CE. Nombramiento de notarios de acuerdo con las leyes del estado. Ordenación del sector pesquero del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Cooperativas mutualidades no integradas en la Seguridad Social y pósitos, conforme a la legislación general en materia mercantil ordenación del crédito, banca o seguros Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Sector público propio del PV n cuanto no esté afecectado por otras normas de este estatuto. ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del país vasco de acuerdo con la ordenación general de la economía. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Instituciones de crédito corporativo, público y territorial y cajas de ahorro en el marco de las bases que sobre ordenación del crédito y la banca dicte el estado y de la política monetaria general. Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. ferias internacionales celebradas en el país vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Comercio inerior, sin perjuicicio de la política general de precios, la libre circulación de bienes en el Th del estado y de la legislación sobre la defensa de la competencia. Ferias y mercados interiores. Denominación de origen y publicidad en colaboración con el estado. Medio ambiente y ecología sector público estatal en el ámbito territorial de la CAPV, la que tendrá pariticpación en los casos y actividades que proceda.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Defensa del consumidor y usuario en los términos del apartado anterior. Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. Puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el estado no se reserve su gestión directa.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Establecimiento y regulación de las bolsas de comercio y demás cenros de contratación de mercancías, de valores conforme a la legislación general reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro de la comunidad autónoma, aunque discurran sobre las infraestructuras de titularidad estatal a que hace referencia el número 21 del apartado 1 del artículo 149 de la CE, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el estado.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Industria, con exclusión de la instalación, ampliación y traslado de las infustrias sujetas a normas especiales por razones de seguridad, interés militar y sanitario y aquellas que precisen de legislación específica para estas funciones y las que requieran de contratos previos de transferencia de tecnología extranjera. En la reestructuración de sectores industriales, corresponde al PV el desarrollo y ejecución de los planes establecidos por el estado. Medio ambiente y ecología Salvamento marítimo y vertidos industriales y contamienantes de las aguas territoriales del EStado correspondientes al litoral vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Ordenación del territorio y litoral, urbanismo y vivienda. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación penitenciaria.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Ferrocarriles, transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable, puertos, helipuerteos, aeropuertos y servicio meterologico del país vasco, sin perjuicio de lo dispuesto en el art 149.1.20 de la CE. Centros de contratación de terminales de carga en materia de transportes. Ordenación del sector pesquero del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general o cuya realización no afecte a otros territorios. ordenación del crédito, banca o seguros Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: En materia de carreteras y caminos, además de las competencias contenidas en el aptdo 5,nº 1 art 148 de la CE, las DF de los th conservarán integramente el régimen jurídico y competencias que ostentan o que, en su caso, hayan de recobrar a tenor del art 3 de este estatuto. ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Casinos, apuestas y juegos, con excepción de las apustas mutuas deportivas benéficas reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Turismo y deporte. Ocio y esparcimiento. ordenación del crédito, banca o seguros ferias internacionales celebradas en el país vasco.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Estadística del PV para sus propios fines y competencias. Ordenación del sector pesquero del PV sector público estatal en el ámbito territorial de la CAPV, la que tendrá pariticpación en los casos y actividades que proceda.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Espectáculos Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el estado no se reserve su gestión directa.
La CAPV tiene competencia exclusiva en: Desarrollo comunitario. Condición femenina. Política infantil, juvenil y de la tercera edad. Medio ambiente y ecología Salvamento marítimo y vertidos industriales y contamienantes de las aguas territoriales del EStado correspondientes al litoral vasco.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Demarcaciones territoriales municipales sin prejuicio de las facultades correpondientes a los territorios históricos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 37 del presente estatuto Medio ambiente y ecología Legislación penitenciaria.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno dentro de las normas del presente estatuto Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Legislación electoral interior que afecte al Parlamento Vasco, juntas Generales y diputaciones forales, en los términos previstos por el presente estatuto y sin prejuicio de las factultades correspondientes a los TH de acuerdo con lo dipuesto en el art 38 del presente estatuto. Ordenación del sector pesquero del PV Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Regimen local y estatuto de los funcionarios del País Vasco y de su administración local, sin perjuicio de lo establecido en el art 149.1.18 de la CE ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Conservación, modificación y desarrollo del derecho civil foral y especial, escrito o consuetudinario propio de los TH que integran el PV y la fijación del ámbito territorial de su vigencia. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
Corresponde a la CAPV el desarrollo legislativo y la ejecucuón dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Normas procesales y de procedimientos administrativos y económico admvos que se deriven de las especialidades del derecho sustantivo y de la organización propia del PV Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. ferias internacionales celebradas en el país vasco.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Demarcaciones territoriales municipales sin prejuicio de las facultades correpondientes a los territorios históricos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 37 del presente estatuto Medio ambiente y ecología Legislación penitenciaria.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno dentro de las normas del presente estatuto Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de sus competencias y sistema de responsabilidad de la admón del PV Legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta actualment el estado respecto a las relaciones laborales, también la facultad de organizar, dirigir y tutelar, con la alta inspección del estado, los servicios de este para la ejecución de la legislación laboral, procurando que las condiciones de trabajo se adecúen al nivel de desarrollo y progreso social. promoviendo la cualificación de los trabajadores y su formación integral.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Legislación electoral interior que afecte al Parlamento Vasco, juntas Generales y diputaciones forales, en los términos previstos por el presente estatuto y sin prejuicio de las factultades correspondientes a los TH de acuerdo con lo dipuesto en el art 38 del presente estatuto. Ordenación del sector pesquero del PV Nombramiento de los registradores de la propiedad, agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio. Intervención en la fijación de las demarcaciones correspondientes en su caso.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Regimen local y estatuto de los funcionarios del País Vasco y de su administración local, sin perjuicio de lo establecido en el art 149.1.18 de la CE ordenación del crédito, banca o seguros Propiedad intelectual e industrial.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Conservación, modificación y desarrollo del derecho civil foral y especial, escrito o consuetudinario propio de los TH que integran el PV y la fijación del ámbito territorial de su vigencia. reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Pesas y medidas. Contraste de metales.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Normas procesales y de procedimientos administrativos y económico admvos que se deriven de las especialidades del derecho sustantivo y de la organización propia del PV Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. ferias internacionales celebradas en el país vasco.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Bienes de dominio público y patrimoniales cuya titularidad corresponda a la CA así como las servidumbre públicas en materias de sus competencias Regimen minero y energético. Recursos geotérmicos. sector público estatal en el ámbito territorial de la CAPV, la que tendrá pariticpación en los casos y actividades que proceda.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Montes, aprovechamiento forestal y servicios forestales, vías pecuarias y pastos, sin perjuicio de lo dispuesto en el art 149.1.23 de la CE reserva al sector público de recursos y servicios esenciales especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el estado no se reserve su gestión directa.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación grl de la economía Medio ambiente y ecología Ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro de la comunidad autónoma, aunque discurran sobre las infraestructuras de titularidad estatal a que hace referencia el número 21 del apartado 1 del artículo 149 de la CE, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el estado.
Corresponde a la CAPV la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del estado en: Pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, caza y pesca fluvial y lacuestre. Ordenación del sector pesquero del PV Salvamento marítimo y vertidos industriales y contamienantes de las aguas territoriales del EStado correspondientes al litoral vasco.
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