Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEgest

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
gest

Descripción:
gengest

Autor:
cuore
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
25/08/2013

Categoría:
Otros

Número preguntas: 20
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
Temario:
Con fecha 9 de octubre de 2006, D. X presenta una solicitud dirigida a la Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía que contiene los siguientes datos: lugar y fecha, firma y apellidos del solicitante, hechos, razones y petición, lugar que se señala a efectos de notificaciones y órgano al que se dirige. Comprobada la documentación, la Delegación requiere al interesado la presentación del DNI, concediéndole un plazo de diez días hábiles para aportar la documentación requerida. El Sr.X, presenta escrito aportando el DNI en el plazo de once días hábiles, a partir del siguiente al de la recepción del escrito de subsanación. Recibida la documentación, la Delegación dicta resolución en la que tiene por desistido de su solicitud a D. X, indicándole que contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponer recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico. Dentro del plazo concedido D. Y presenta escrito de interposición de recurso de alzada en nombre de D. X., alegando que el último día del plazo concedido era festivo en su localidad. La Consejería de Salud, requiere a D. Y para que aporte la documentación que acredite la representación con que actúa en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación del requerimiento. D. Y aporta la documentación al mes del requerimiento, siendo esta documentación admitida y continuando el procedimiento. En la tramitación del recurso se solicita informe al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, que es recibido al mes de su solicitud en sentido contrario a la resolución que se ha adoptado, y que aún no se ha notificado al interesado, no obstante la Administración procede a notificar la resolución dictada al interesado. Contra la citada resolución D. Y presenta recurso de reposición ante la Consejería de Salud. 1.- ¿Contenía la solicitud presentada por D. X todos los datos obligatorios conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común? Sí, es suficiente con que contenga los apellidos del interesado. No, debe contener el nombre, apellidos y DNI del interesado. Sí. No, debe contener el nombre y apellidos del interesado.
Dado que el Sr. X no ha presentado la documentación requerida en el plazo de diez días ¿Cuál sería la actuación correcta? Dictar resolución teniendo al interesado por desistido de su petición. Transcurrido el plazo concedido, y al no haberse producido la presentación, la Administración podría haber acordado la ampliación del plazo concedido. Admitir la documentación presentada. Archivar sin más tramite el expediente.
¿Cómo se computan los plazos? El último día del plazo se computa como inhábil, si es inhábil en la sede del órgano administrativo, por el contrario si es inhábil en el municipio en el que reside el interesado, no se computa como inhábil. El último día del plazo se computa como inhábil, si es inhábil en el municipio en el que reside el interesado, pero no se computa como inhábil, si es inhábil en la sede del órgano administrativo, Si el último día del plazo es inhábil, tanto en el municipio donde reside el interesado, como en la sede del órgano administrativo, se computa como inhábil. Sólo se computan como inhábiles las fiestas de carácter nacional.
¿Cuál es la actuación correcta ante la interposición del recurso de Alzada por D. Y? Como en la solicitud de iniciación no hizo referencia a que actuaría a través de representante, el recurso de alzada no se debe entender interpuesto por el interesado. Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado, por lo que la Administración debería dictar resolución resolviendo el recurso, sin efectuar requerimiento. Debe de requerirse la acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración personal del interesado. No se puede efectuar otro requerimiento, porque la Administración ya efectúo requerimiento de subsanación de la solicitud, por lo que procede el archivo de las actuaciones.
¿Es correcta la actuación de la Administración al admitir la subsanación de la representación una vez transcurrido el plazo concedido para efectuar este tramite? No, porque los tramites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Sí, porque no se ha dictado resolución declarándole decaído al correspondiente trámite. No, porque la Consejería no había dictado acuerdo ampliando el plazo concedido. No, porque el representante no había solicitado ampliación del plazo concedido.
¿Puede la Administración notificar a D. Y la resolución, cuando se ha conocido un informe que ha sido emitido en sentido contrario a la resolución? No, porque la resolución se separa del criterio del órgano que emite el informe. No, porque las actuaciones efectuadas con anterioridad a la notificación al interesado deberán ser tenidas en cuenta por el órgano con competencia para resolver. No, porque salvo disposición expresa en contrario los informes serán vinculantes. Sí, porque podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la resolución.
¿Qué recurso puede interponer contra la resolución del recurso de alzada? Recurso de reposición. No cabe ningún recurso administrativo. Recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que ha dictado la resolución del recurso. Recurso extraordinario de revisión, en los supuestos en que proceda.
SUPUESTO 2: D. Z presenta en la Consejería de Empleo de la Comunidad Valenciana con fecha 1 de abril de 2006, un escrito en lengua valenciana dirigido a la Universidad de Granada, solicitando copia del expediente que se esta tramitando para la concesión de una beca a Dª Y. Dª Y es informada de esta presentación, y solicita copia del escrito presentado por D.Z. La Universidad dicta resolución denegando la copia solicitada por Dª Y, por lo que Dª Y interpone recurso de alzada contra esta resolución. Transcurrido el plazo de tres mes desde la interposición del recurso de alzada, Dª Y considera estimado el recurso de alzada, no obstante con posterioridad la Universidad dicta resolución por la que estima la solicitud. La citada resolución se notifica a Dª Y a través del tablón de edictos del Ayuntamiento de la localidad donde reside, ya que la interesada no había indicado en el escrito de solicitud ningún domicilio a efectos de notificaciones. 1.- ¿Tiene derecho D. Z, como ciudadano, sin que conste acreditada su condición de interesado en el procedimiento, a obtener copia del expediente que se está tramitando en la Universidad de Granada a instancia de Dª Y? Sí, todos los ciudadanos tienen derecho a obtener copia de los documentos que, formando parte de un expediente, consten en las Administraciones Públicas. Sí, aunque sólo de los documentos que no sean de carácter nominativo. No, no puede acceder a esta documentación, salvo que acredite su condición de interesado en el procedimiento. Sí, pero deberá indicar los documentos que solicita y el motivo de la solicitud.
¿Qué lengua puede utilizar D. Z en el escrito que dirige a la Universidad de Granada? El castellano. La lengua oficial de su Comunidad Autónoma. Los escritos ante la Administración se pueden presentar en cualquier lengua, y corresponderá a la Administración Pública instructora del expediente traducir al castellano los documentos. El procedimiento se tramitará en la lengua elegida por el interesado.
¿Puede presentar el escrito en la Consejería de Empleo de la Comunidad Valenciana? No, sólo puede efectuar la presentación en el Registro General de la Subdelegación del Gobierno en Valencia. Sí, puede presentarlo en cualquier registro de la Comunidad Autónoma Valenciana. Sí, pero sólo si esta Comunidad ha suscrito el correspondiente convenio con la Universidad. No, sólo puede presentarlo en el Registro General de la Universidad, en la Subdelegación del Gobierno en Valencia o en correos.
¿Tiene derecho Dª Y a obtener copia del escrito presentado por D.Z? Sí, porque los interesados tienen derecho a obtener copias de los documentos contenidos en los expedientes en los que tengan esta condición. No, porque sólo los solicitantes tienen derecho a obtener copia de los documentos que constan en el expediente por ellos iniciado. Sí, pero sólo podrá obtener copia cuando se le notifique el trámite de audiencia. Sí, pero previo trámite de audiencia al solicitante.
¿ Puede entender Dª Y estimada su solicitud por silencio administrativo y cuál de los motivos que se argumentan en las contestaciones es el correcto? Sí, porque en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa, legitima al interesado para entenderla estimada. No, porque este supuesto está exceptuado de la consideración del silencio como positivo. Sí, aunque tendrá que solicitar certificado acreditativo del silencio. Sí, pero la Universidad puede dictar resolución, con posterioridad, en sentido desestimatorio.
¿Está obligada la Universidad a resolver una vez transcurrido el plazo de tres meses? En cualquier caso. No está obligada a dictar resolución expresa. Sólo en el caso de que la resolución que se dicte sea contraria al sentido del silencio administrativo. Sólo si la resolución expresa posterior es desestimatoria del recurso.
¿Es correcta la notificación de la resolución a Dª Y? No, porque podía haberse efectuado la notificación al correo electrónico de Dª Y, que es conocido por la Universidad, ya que consta en la solicitud de beca, aunque ella no lo haya indicado en la solicitud. Sí, porque no había hecho constar ningún domicilio a efectos de notificaciones. No, porque debería haberse publicado la notificación en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o del Estado, según proceda. No, porque debería publicarse en el Tablón de anuncios de la Universidad.
SUPUESTO RECURSOS HUMANOS (8): Dª María funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada, con destino en un Centro Universitario y tres trienios reconocidos, solicita con motivo de la adopción de un hijo la concesión de una excedencia por un periodo de diez meses. A los ocho meses de incorporarse la funcionaria al puesto de trabajo que desempeñaba, se aprueba una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal de Administración y Servicios del Centro, desapareciendo el puesto que desempeñaba, motivo por el cual se le asigna el desempeño provisional de un puesto de trabajo de nivel inferior al que anteriormente ocupaba, incluyéndose en nómina con las retribuciones básicas y complemento de destino del puesto desempeñado provisionalmente. A los siete meses de desempeñar el puesto asignado con carácter provisional, Dª María participa en un concurso de provisión de puestos de trabajo y obtiene un puesto de trabajo de nivel 22. Transcurridos nueve meses de desempeño en el nuevo puesto, solicita al haber consolidado el grado personal de nivel 20, se le reconozca la consolidación del nivel 22 del nuevo puesto, dado que en el puesto del cual fue removido por la alteración de la Relación de Puestos de Trabajo, de nivel 23 de complemento de destino, había permanecido durante dieciocho meses. Su petición es denegada . En enero de 2002, Dª María es sometida a un expediente disciplinario por la presunta comisión de una falta reglamentariamente prevista como grave. El instructor del expediente propone con carácter provisional la suspensión de empleo y sueldo de la citada funcionaria. Finalmente le es impuesta una sanción de suspensión firme, y tras su cumplimiento Dª María solicita el reingreso al servicio activo, el cuál le es denegado por no existir plaza vacante, produciéndose su pase a la excedencia forzosa. 1.- ¿Son correctas las retribuciones abonadas a Dª María en el puesto desempeñado provisionalmente? No, dado que le correspondería percibir las retribuciones básicas correspondientes a su Escala y las retribuciones complementarias del puesto de adscripción provisional. No, ya que sería procedente la percepción de las retribuciones básicas correspondientes al puesto suprimido y las retribuciones complementarias del puesto de adscripción provisional. No, le correspondería la percepción del complemento de destino del puesto suprimido durante un máximo de tres meses, y el complemento especifico del puesto de adscripción provisional. No, percibiría en todo caso el complemento de destino correspondiente a su grado personal.
¿Considera ajustada a derecho la denegación de la solicitud de consolidación de grado personal instada por Dª María? Sí, dado que se produce una interrupción en el proceso de consolidación del grado personal por tiempo superior a seis meses, generada por su remoción del puesto de trabajo. No, por cuanto que el tiempo afectado por la supresión del puesto de trabajo ha de ser computado a los efectos de la referida consolidación. Sí, ya que la funcionaria está considerando indebidamente en su petición de consolidación los servicios prestados en el puesto de nivel inferior al puesto de trabajo suprimido. Ninguna de las tres respuestas anteriores es correcta.
Respecto a las relaciones de puestos de trabajo, indicar cual de las siguientes afirmaciones es correcta. Las relaciones de puestos de trabajo sólo comprenderán los puestos de trabajo del personal funcionario. Las relaciones de puestos de trabajo comprenderán los puestos que puedan desempeñarse por personal laboral. Las relaciones de puestos de trabajo comprenderán conjuntamente los puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario o personal laboral y separadamente los que puedan ser ocupados por personal laboral. Las relaciones de puestos de trabajo comprenderán los puestos de trabajo, con la debida separación del número y las características de los que puedan desempeñarse por personal laboral.
En el expediente disciplinario en cuestión, el expedientado podrá solicitar la práctica de pruebas: Tras la formulación de la propuesta de resolución. En cualquier momento. En el trámite de vista del expediente disciplinario. En el momento de contestar el pliego de cargos, dentro de los diez días siguientes a la notificación del pliego de cargos.
En situación de excedencia forzosa, Dª María: Solo percibirá sueldo, trienios y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo. Será computable su situación a efectos de ascensos, trienios y derechos pasivos. Percibirá, al menos, sueldo, trienios y pagas extraordinarias. Estará obligada a participar en los cursos de capacitación que se convoquen.
En el supuesto de que Dª María se presentase candidata a la Junta de Personal y no resultase elegida: Dicha circunstancia no tendría ninguna consecuencia sobre el expediente disciplinario. Repercutiría en el expediente disciplinario, incluso si éste se incoa en el año siguiente a la celebración del proceso electoral. Solo nacería la obligación de notificar a la Junta de Personal la incoación del expediente disciplinario. Ninguna de las anteriores respuestas es cierta.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso