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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEl municipio y la provincia en la Ley 5/2010

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Título del test:
El municipio y la provincia en la Ley 5/2010

Descripción:
Competencias municipales. Competencias Provinciales.

Autor:
jmrando
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Fecha de Creación:
05/03/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 39
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Temario:
¿Cuál es el objeto de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía, según el artículo 2 de la Ley? Con carácter general, determinar las competencias y potestades de los municipios y de los demás entes locales. Determinar el régimen económico de los bienes de las entidades locales. Regular las relaciones entre las entidades locales de Andalucía y las instituciones de la Junta de Andalucía, y de otras Comunidades Autónomas. Determinar las competencias y potestades de los municipios y de los demás entes locales, y las reglas por las que hayan de regirse las eventuales transferencias y delegaciones a estos de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Señale cuál de las siguientes se corresponde con la definición de Provincia, según dispone el artículo 3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía: La provincia es la entidad territorial básica de Andalucía, instancia de representación política y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos. La provincia es la entidad territorial básica de Andalucía. La provincia es una entidad local, determinada por la agrupación de municipios, cuya principal función, de conformidad con los mismos, es garantizar el ejercicio de competencias municipales y facilitar la articulación de las relaciones de los municipios entre sí y con la Comunidad Autónoma de Andalucía. La provincia es una entidad territorial con plena capacidad jurídica, plena y propia.
De las siguientes, ¿Cuál es competencia propia de los municipios según dispone el artículo 9 de Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Ordenación, gestión y prestación del servicio de alumbrado público. Promoción, defensa y protección de la salud general y municipal. Organización de las condiciones de seguridad de los servicios organizados en espacios oficiales. Protección del turismo.
¿En qué artículo de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía, se regula la Autonomía Local de los municipios y Provincias de Andalucía? En el artículo 2. En el artículo 3. En el artículo 6. En el artículo 4.
¿Qué competencias abarca, en materia de educación, el municipio conforme al artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? La vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y no obligatoria. La asistencia a la Consejería competente en materia de educación en la aplicación de los criterios de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. La protección de los edificios destinados a centros públicos de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria. La coordinación en los planes implantados en los centros públicos.
¿Cómo se determinan las competencias de los municipios y de las provincias según la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Por ley. Por Reglamento. Conforme a lo dispuesto en la Constitución Española. Por Ley Orgánica.
¿Qué dispone el artículo 3.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía, sobre las entidades locales complementarias? Las entidades locales complementarias podrán crearse por ley, o de acuerdo con la presente ley. Las entidades locales complementarias son entidades territoriales. Las entidades locales complementarias no alterarán, salvo autorización del Parlamento Andaluz, la estructura territorial de Andalucía. Las Entidades locales complementarias únicamente podrán crearse por acuerdo de otras entidades locales territoriales.
¿Cómo pueden ejercer sus competencias los municipios conforme al artículo 10 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Los municipios podrán asociarse entre sí o solo con otras entidades locales. La única manera de ejercer las competencias es mediante la asociación entre ellos. Los municipios podrán asociarse entre sí o con otras entidades locales, administraciones públicas o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. Los municipios podrán celebrar contratos con otras entidades para la obtención de un ejercicio de sus competencias más efectivo.
¿En qué artículos de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Administración Local de Andalucía se encuentran reguladas las competencias propias de las provincias? Se regulan en la Sección 3ª, Capítulo II, Título I en los artículos del 11 al 14. Se regulan en la Sección 2ª, Capítulo II, Título I en los artículos del 11 al 14. Se regulan en la Sección 3ª, Capítulo II, Título I en los artículos del 11 al 15. Se regulan en la Sección 4ª, Capítulo II, Título I en los artículos del 11 al 16.
¿Qué regula el artículo 4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? La Autonomía Local. La capacidad jurídica de los municipios y provincias. La Organización territorial de Andalucía. La Potestad de auto organización.
Indique cuáles son las competencias materiales de la provincia según dispone el artículo 15 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía: Carreteras municipales, los archivos de interés provincial y los museos e instituciones culturales de interés provincial. Carreteras provinciales, los archivos de interés provincial y los museos e instituciones culturales de interés provincial. Fundamentalmente, los archivos de interés provincial y municipal. Los bienes artísticos de interés provincial.
¿Cómo se determinarán los requisitos de asistencia y las formas de financiación relativos a la asistencia técnica de la provincia al municipio regulada en el artículo 12 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Se determinarán a través de reglamentos municipales. Lo determinará la Comunidad Autónoma. Se determinará por norma provincial. Se determinará mediante acuerdo entre provincia y municipio.
¿Existe alguna condición en lo que a potestad de auto organización se refiere, regulada en el artículo 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Si, conforme al art. 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, los municipios y provincias habrán de contar con los órganos necesarios, previstos en la Constitución Española. No, conforme al art. 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, los municipios y provincias tendrán plena potestad de auto organización en cuanto a sus órganos y régimen se refieren. Si, conforme al art. 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, el funcionamiento, régimen de acuerdos y estatuto de miembros de los órganos de los municipios y de las provincias, se ajustarán a lo que la legislación básica establezca, conforme al principio de lealtad institucional. Si, conforme al art. 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, los municipios y provincias habrán de contar con los órganos necesarios, previstos en la legislación básica sobre régimen local, para su gobierno y administración.
¿Qué dispone el artículo 16 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía respecto a la Transferencia y Delegación de Competencias? La Junta de Andalucía podrá transferir competencias a los municipios, o delegarlas con carácter ordinario en estos o en las provincias. Las instituciones jurídicas de la transferencia y delegación de competencias servirán al principio de especificación y vendrán fundamentadas por características demográficas, geográficas, funcionales y sociales de los distintos entes locales. El ejercicio de las competencias objeto de transferencia o delegación podrá ser ejercido por otros entes locales cuando así lo prevea expresamente la provincia. En el marco de la normativa vigente y respetando la voluntad de las entidades afectadas, por razones de economía y transparencia, la Junta de Andalucía podrá transferir competencias a los municipios.
¿Cómo se transfieren las competencias a los municipios según dispone el artículo 17 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Mediante ley, a iniciativa del Parlamento Andaluz. A iniciativa del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante ley. A iniciativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A iniciativa del Consejo Andaluz de Concertación Local, mediante ley.
¿Cuáles son los criterios para determinar los requisitos de asistencia y las formas de financiación regulados en el artículo 12 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Criterios de atención preferente a los municipios de mayor población y a los que tengan suficiente capacidad económica. Criterios de atención preferente a los municipios de menor población y a los municipios de insuficiente capacidad económica y de gestión, así como la urgencia de la asistencia requerida. Atendiendo únicamente a criterios de capacidad económica. Atendiendo principalmente a la urgencia de la asistencia que es requerida.
¿Qué es necesario para que sea efectiva la delegación del ejercicio de competencias en los municipios y provincias por parte de la Comunidad Autónoma, según el artículo 19 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Se requiere la aceptación expresa de la entidad local delegada y la cesión de uso de todos los materiales y recursos necesarios. En caso de aceptación, no se podrá delegar en dicha entidad durante al menos, el año siguiente. Se requiere la aceptación expresa de la entidad local delegada y la cesión de uso de los medios materiales, las dotaciones económicas y financieras y, en su caso, la adscripción de los recursos humanos necesarios para su desempeño. Se requiere la aceptación expresa en el plazo determinado en la delegación, de la entidad local delegada y la cesión de uso de los medios materiales, las dotaciones económicas y financieras y, en su caso, la adscripción de los recursos humanos necesarios para su desempeño. Se requiere el respeto por parte de la entidad local de la competencia delegada, la cual se ejercerá respetando el principio de responsabilidad.
¿Qué dispone el artículo 18 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía sobre la suspensión y revocación de la transferencia hecha a los municipios? Por razones de interés general, en caso de grave incumplimiento de las obligaciones que los municipios afectados asumen en virtud de las transferencias de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía podrá suspender por tiempo determinado, no inferior a un año, el ejercicio de la competencia por el municipio, previa audiencia del Consejo Andaluz de Gobierno Locales y de la entidad o entidades locales afectadas. La Comunidad Autónoma, podrá proponer al Parlamento la revocación de la transferencia, que deberá aprobarse por ley, así como la devolución de bienes y el pago de costas. Por razones de interés general, en caso de grave incumplimiento de las obligaciones que los municipios afectados asumen en virtud de las transferencias de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía podrá suspender por tiempo determinado, no superior a un año, el ejercicio de la competencia por el municipio, previa audiencia del Consejo Andaluz de Gobierno Locales y de la entidad o entidades locales afectadas. Asimismo, la Provincia, podrá proponer al Parlamento la revocación de la transferencia, que deberá aprobarse por ley, así como la devolución de bienes y el pago de costas.
Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en los artículos 9, 11 y 14 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía: La planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida, es una competencia delegada de los municipios andaluces. La ordenación, gestión y prestación del servicio de limpieza viaria es una competencia propia de los municipios andaluces. La planificación y gestión de actividades culturales y promoción de la cultura es una competencia propia de las provincias andaluzas. El asesoramiento jurídico, técnico y económico, incluida la representación y defensa jurídica en vía administrativa y jurisdiccional, forma parte de los servicios materiales que le presta la provincia al municipio andaluz.
Se recogen en el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, las competencias de asistencia a los municipios, respecto a las cuales podemos afirmar lo siguiente: La asistencia provincial será siempre obligatoria. La asistencia provincial podrá ser obligatoria o voluntaria. La asistencia provincial podrá ser obligatoria, cuando la provincia deba prestarla a solicitud de los municipios, o concertada. La asistencia provincial será voluntaria a solicitud de los municipios.
¿Dónde se encuentran reguladas las relaciones financieras de la Comunidad Autónoma de Andalucía con las entidades locales? En el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Dichas relaciones se establecen mediante acuerdos privados entre ambas partes. En la Ley 5/2010 de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. No se encuentran reguladas expresamente.
Principios en los que se basa el procedimiento de la solicitud de asistencia técnica de la provincia al municipio: (artículo 12 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía) Eficacia, transparencia y celeridad. Eficiencia, eficacia y transparencia. Eficacia, publicidad y transparencia. Eficacia, transparencia y coordinación.
¿Cuál de las siguientes no es una competencia propia del municipio según el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Ejecución de las políticas de inmigración a través de la acreditación del arraigo para la integración social de inmigrantes, así como la acreditación de la adecuación de la vivienda para el reagrupamiento familiar de inmigrantes. Provisión de medios materiales y humanos para el ejercicio de las funciones de los juzgados de paz. Planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida. Elaboración del Plan y Mapa Regional de Servicios Sociales de Andalucía.
Señale la respuesta correcta respecto a la colaboración financiera a la que se refiere el artículo 24 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía: En ningún caso la Comunidad Autónoma podrá establecer programas de colaboración financiera específicas para materias concretas. La determinación de las entidades beneficiarias responderá a criterios subjetivos y objetivos y estará supeditada a su aceptación. La determinación de las entidades beneficiarias responderá a criterios objetivos y estará supeditada a su aceptación. La determinación de las entidades beneficiarias responderá únicamente a criterios objetivos y estará supeditada a su aceptación.
¿En qué cosiste la Encomienda de gestión regulada en la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? La Administración de la Junta de Andalucía podrá acordar con las entidades locales y con sus entes dependientes o vinculados la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, en el marco de la legislación autonómica. La Administración de la Junta de Andalucía podrá acordar con los municipios la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, en el marco de la legislación autonómica. La Junta de Andalucía podrá acordar con las entidades locales y con sus entes dependientes o vinculados la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, en el marco de la legislación autonómica y estatal. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía podrá acordar con las entidades locales y con sus entes dependientes o vinculados la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, en el marco de la legislación autonómica y estatal.
¿Cuál de las siguientes no es una competencia material de la provincia según se regula en el artículo 15 de Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía?: Carreteras municipales. Los archivos de interés provincial. Los museos de interés provincial. Las instituciones culturales de interés provincial.
¿Cómo se consideran las competencias locales según el artículo 6 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Las competencias locales tienen la consideración de propias y mínimas, y no podrán ser ampliadas por las leyes sectoriales. Las competencias locales tienen la consideración de propias y mínimas, y podrán ser ampliadas por las leyes sectoriales. Las competencias locales tienen la consideración de mínimas. Las competencias locales tienen la consideración de máximas.
¿Qué principios rigen el procedimiento de elaboración de la asistencia económica de la provincia al municipio según la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía? Se regirá por los principios de transparencia y publicidad de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales y tendrá 8 fases. Se regirá por los principios de transparencia y eficiencia de las distintas actuaciones, informes y alegaciones de los Ayuntamientos. Se regirá por los principios de transparencia, publicidad y eficiencia de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales. Se regirá por el principio de transparencia de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales.
En relación con la potestad de auto organización, el artículo 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía dispone lo siguiente: Los municipios definen, con el apoyo de las provincias, las estructuras administrativas internas con las que pueden dotarse. Las entidades locales definen por sí mismas las estructuras administrativas internas con las que pueden dotarse, con objeto de poder adaptarlas a sus necesidades específicas y a fin de permitir una gestión eficaz. Las entidades locales complementarias también podrán definir sus propias estructuras administrativas. Todas las entidades locales definirán sus estructuras organizativas y administrativas.
Sobre la encomienda de gestión regulada en el artículo 23 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía: No existe dicha figura. La encomienda se formalizará mediante un acuerdo interadministrativo. La efectividad de la encomienda requerirá que vaya acompañada de la dotación económica o incremento de financiación, de los medios económicos para llevarla a cabo. La encomienda se formalizará mediante un convenio interadministrativo, que determinará, como mínimo, su alcance material y económico.
¿Qué dispone el artículo 25 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía respecto a la Financiación de nuevas atribuciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía a las entidades locales? Si la Comunidad Autónoma asigna servicios o actividades que entrañen nuevos gastos o la ampliación de los ya existentes, acordará la dotación de instrumentos financieros para realizar nuevas inversiones. En el caso de que la Comunidad Autónoma de Andalucía asigne a las entidades locales servicios o funciones que entrañen nuevos gastos o la ampliación de los ya existentes, acordará simultáneamente la dotación de los recursos económicos para hacer frente a las nuevas cargar financieras. No se acordará la dotación de recursos económicos a las entidades locales para hacer frente a las nuevas cargas financieras, salvo que dichas entidades demuestren su imposibilidad de autofinanciación. En ningún caso se podrá asignar por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, servicios o funciones que entrañen nuevos gastos a las entidades locales.
Conforme el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local en Andalucía, el contenido de la competencia de los municipios en materia de protección del turismo incluye: La promoción de sus recursos turísticos y fiestas de especial interés. El diseño de la política de infraestructuras turísticas de titularidad propia y ajena. La participación en la formulación de los instrumentos de planificación y promoción del sistema turístico en el Municipio correspondiente. Elaborar planes de actividades culturales.
Respecto a la colaboración financiera de la Comunidad autónoma de Andalucía a la financiación de competencias, señale la correcta: Se regula exclusivamente en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. La aportación a la financiación se realizará únicamente a través del mecanismo de participación en los tributos de la Comunidad autónoma previsto en el Artículo 192.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. La aportación a la financiación de las competencias locales propias y transferidas se realizará fundamentalmente a través del mecanismo de participación en los tributos de la Comunidad autónoma previsto en el Artículo 192.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Los requisitos de la colaboración financiera viene n regulados en el artículo 191 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
¿Se puede, y en caso afirmativo de qué forma, renunciar a la delegación de competencias que regula la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. No se puede renunciar, salvo imposibilidad de su desempeño sin menoscabo. Las entidades locales delegadas podrán renunciar sólo en los casos que se les permita por parte del delegante. Las entidades locales delegadas podrán renunciar a la delegación en los casos establecidos en el decreto o cuando, por circunstancias sobrevenidas, se justifique suficientemente la imposibilidad de su desempeño sin menoscabo del ejercicio de sus competencias propias o, en su caso, de las transferidas. En ningún caso se puede renunciar.
Respecto de la asistencia económica de la provincia al municipio, regulada en el artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, podemos afirmar lo siguiente: La aplicación del plan aprobado estará sujeta a seguimiento y control de la diputación provincial y de los ayuntamientos. Cada municipio está obligado a aplicar la asistencia económica a los proyectos específicos aprobados en el plan o programa provincial. La diputación provincial efectuará una evaluación anual de los efectos sociales, económicos, ambientales y territoriales del plan o programa de asistencia económica. A las entidades locales que sean destinatarias y beneficiarias de los planes y programas provinciales, se les exigirá estar al corriente en sus obligaciones tributarias con cualquier Administración o con la Seguridad Social.
Según el artículo 22 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, ¿Quién establecerá los mecanismos de liquidación de los recursos y cargas provocados por la delegación, previa instrucción del correspondiente expediente administrativo? El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. La Comunidad Autónoma de Andalucía. La Consejería competente en dicha competencia. La provincia y Comunidad Autónoma.
¿Cuál de las siguientes facultades de dirección y control podrá reservarse la Comunidad Autónoma en el decreto de delegación, al que se refiere el artículo 20 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía? La potestad normativa sobre la materia. El establecimiento de recurso de reposición ante los órganos de la Comunidad Autónoma que se determinen. Elaborar programas y dictar directrices sobre la gestión de las competencias, así como dictar instrucciones técnicas de carácter general. Formular los requerimientos pertinentes para la subsanación de defectos y de las deficiencias observadas y alegadas.
El procedimiento de elaboración de los planes y programas de asistencia económica se compondrá de las siguientes fases, (artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía): Recabar información, Fijar criterios básicos, Formular propuesta por cada ayuntamiento, Formular un proyecto de plan o programa de asistencia económica por la Diputación Provincial, Someter el proyecto a un trámite de consulta o audiencia, Introducir modificaciones, Aprobación definitiva y Ejecución del plan. Recabar información, Fijar criterios básicos, Formular propuesta por cada municipio, Formular un proyecto de plan o programa de asistencia económica por el Ayuntamiento, Someter el proyecto a un trámite de consulta o audiencia, Introducir modificaciones, Aprobación definitiva y Ejecución del plan. Recabar información, Fijar criterios básicos, Formular propuesta por cada ayuntamiento, Formular un proyecto de plan o programa de asistencia económica por la Diputación Provincial, Someter el proyecto a un trámite de consulta o audiencia, Aprobación definitiva y Ejecución del plan. Recabar información, Fijar criterios básicos, Formular un proyecto de plan o programa de asistencia económica por la Diputación Provincial, Someter el proyecto a un trámite de consulta o audiencia, Introducir modificaciones, Aprobación definitiva y Ejecución del plan.
¿En qué podrán consistir las competencias de asistencia a los municipios por parte de las provincias reguladas en el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía? Asistencia material de prestación de servicios municipales. Asistencia financiera para ejecutar inversiones y actividades. Asistencia de apoyo informático. Asistencia de prestación de servicios a entes locales.
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