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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: OPE 2009 ADMINISTRATIVO
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Título del Test:
OPE 2009 ADMINISTRATIVO

Descripción:
Preguntas 201-250

Autor:
Cybermakoki
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Fecha de Creación:
19/02/2009

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50
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Temario:
201.¿A quiénes son aplicables los principios generales de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? A las entidades privadas, en exclusiva. A los poderes públicos vascos, en exclusiva. A todas las entidades públicas y privadas. A todos los poderes públicos vascos, así como a las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de colaboración con cualquiera de ellos o sean beneficiarias de ayudas o subvenciones concedidas por ellos. .
202.¿Cuál de los siguientes principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres, cita la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? La igualdad de oportunidades. La igualdad de trato La integracion de la prespectiva de genero La coordinacion y colaboracion.
203.¿Cuál es el fin último de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres? Lograr una sociedad libre. Lograr una sociedad igualitaria. Lograr una sociedad justa Lograr una sociedad plural. .
204.El Consejo Superior de la Función Pública Se compone de un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y 5 vocales. Se compone de un/a Presidente/a y 7 vocales. Ha sido suprimido por el Estatuto Básico del Empleado Público. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
205.¿A quién puede dirigirse el ciudadano que no obtuviera respuesta de la Administración sobre su queja? A la Inspección General de Servicios del departamento correspondiente A la Inspección General de Servicios del Ministerio de Administraciones Publicas Al/a la Jefe/a de la Unidad correspondiente. A las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
206.El reconocimiento a la excelencia mediante certificación del Ministerio de Administraciones Públicas puede solicitarse Por las organizaciones que se hayan autoevaluado. Por el Jefe de la Unidad Administrativa cuando lo considere conveniente. Por las organizaciones que hayan cumplido sus objetivos en cualquier momento Por las organizaciones que hayan sido evaluadas de manera externa.
207.A los efectos de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se considera que existe una representación equilibrada en los órganos administrativos pluripersonales cuando los dos sexos están representados al menos Al 30% Al 35% Al 40% Al 45%.
208.La Carta de Derechos y Obligaciones de los Pacientes y Usuarios del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza contempla expresamente el derecho de los pacientes y usuarios a negarse a: Ser sujeto de investigación sanitaria y a rechazar cualquier cuidado o examen cuyo propósito primordial sea educativo o informativo y no terapéutico o diagnóstico. La tutela de los derechos individuales y sociales por las Autoridades sanitarias en el caso de pacientes con problemas de salud mental en los términos previstos en la Constitución Española. Colaborar, de acuerdo con las Autoridades Sanitarias, en actividades de voluntariado y apoyo al Servicio Vasco de Salud/Osakidetza. Disponer de la Tarjeta Individual Sanitaria del Servicio Vasco de Salud/ Osakidetza como documento de naturaleza personal e intransferible. .
209.No está entre los principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mu- jeres y hombres La igualdad de trato. La integración de la perspectiva de género. La eliminación de roles y estereotipos en función del sexo. La eliminación de la diversidad y de la diferencia.
210.¿Cómo se conoce el principio según el cual para promover la con- secución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, los poderes públicos deben adoptar medidas específicas y temporales destinadas a eli- minar o reducir las desigualdades de hecho por razón de sexo existentes en los diferentes ámbitos de la vida? Igualdad de oportunidades. Acción positiva. Representación equilibrada. Integración de la perspectiva de género.
211.Las medidas que planteen un tratamiento diferente para las mujeres y los hombres: Se considerarán constitutivas de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, según los casos. Se considerarán constitutivas de discriminación directa por razón de sexo, en todo caso. Se considerarán constitutivas de discriminación indirecta por razón de sexo, en todo caso. No se considerarán constitutivas de discriminación por razón de sexo si tienen una justificación objetiva y razonable.
212.Entre el objeto de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres, de 18 de febrero, está: La creación y regulación de la Agencia Vasca de Protección de Datos La regulación de los ficheros de datos de carácter personal creados o gestionados por la Comunidad Autónoma del País Vasco. Regular un conjunto de medidas dirigidas a promover la autonomía y a fortalecer la posición social, económica y política de las mujeres. Establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públi- cos incluidos en su ámbito de aplicación.
213.Según el Decreto 175/1989, de 18 de julio, en la aplicación de analgesia durante el parto, una paciente del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza tiene derecho: A ser informada y a poder decidir cuando no sea estrictamente nece-saria desde un punto de vista clínico, y pueda obviarse sin perjuicio para su salud o la del niño. Solo a ser informada, pues la aplicación de analgesia durante el parto depende exclusivamente de la decisión del médico responsable. A la máxima rapidez y confidencialidad durante todo el proceso. No se ha establecido ni reconocido ningún derecho de las usuarias del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza respecto a la aplicación de analgesia durante el parto. .
214.A la hora de requerir y/o recibir servicios sanitarios, no es obligación de los pacientes y usuarios del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza: Llevar la Tarjeta Individual Sanitaria. Colaborar en el cumplimiento de las normas e instrucciones estableci- das en las instituciones sanitarias. Acudir preferentemente a los circuitos de servicios de urgencia. Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habita- bilidad de las instituciones sanitarias.
215.Es falso que Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Se rija por los preceptos de la Ley 8/1997, de 26 de junio y por las disposiciones reglamentarias emanadas del Gobierno español, al que corresponderá establecer sus estatutos sociales. Esté adscrito al Departamento de Sanidad. Se sujetará al Derecho público cuando ejerza potestades administrati- vas por atribución directa o delegación. Tenga la finalidad de desempeñar la provisión de servicios sanitarios me- diante las organizaciones públicas de servicios dependientes del mismo.
216.Es falso, en la relación de empleo estatutaria del/de la empleado/a público/a en el régimen que establece la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que haya obligación: Al fiel desempeño de su función o cargo conforme a la dirección y objetivos que por el ente público se establezcan. De prestación de servicios en contraprestación al salario en términos de efectividad y presencia física o virtual por medios telemáticos. A la cooperación en la mejora de los servicios. A la cooperación en el ejercicio de las funciones de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, profesionalidad e imparcialidad.
217.De acuerdo con la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en los procedimientos selectivos en los que se establezca el mecanismo de pro- moción interna, ¿qué porcentaje máximo de los destinos ofertados podrá proveerse preferentemente por personal perteneciente a grupos de titula- ción o profesionales distintos, siempre que los/as interesados/as sean per- sonal fijo y reúnan los requisitos exigidos en cada caso? El 40% El 45% El 50% El 70%.
218.Al personal sujeto al régimen estatutario que establece la Ley Orde- nación Sanitaria de Euskadi, le serán de aplicación los estatutos jurídicos que en desarrollo de sus normas comunes se dispongan para cada uno de los siguientes estamentos: Personal facultativo médico, personal sanitario enfermero y personal no sanitario. Personal facultativo y personal no facultativo. Personal sanitario y personal no sanitario. Personal facultativo médico, personal sanitario no facultativo y perso-nal no sanitario.
219.Entre las funciones de los Servicios de Atención al Paciente y Usuario del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza no se encuentra una de las siguientes: Realizar encuestas de usuarios comunicando sus resultados a la Direc- ción del Centro. Velar por el cumplimiento de las obligaciones y de las normas dictadas por la Dirección del centro respecto a los pacientes y familiares. Atender, tramitar, impulsar y resolver todas las quejas, reclamaciones y sugerencias que se presenten por los usuarios. Tutelar el cumplimiento de los derechos de los pacientes y usuarios regulados en la Ley General de Sanidad y el Decreto 175/1989, de 18 de julio.
220.Es falso, en relación con la adquisición del vínculo estatutario y de acuerdo con la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que: El procedimiento selectivo se ajustará a los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. Las convocatorias determinarán los destinos y puestos funcionales ob- jeto de cobertura. Las pruebas selectivas constarán, con carácter excepcional, de las fases de concurso y de oposición. Las pruebas selectivas podrán constar sólo de oposición cuando se refieran a categorías respecto a las que lo aconsejen las funciones a realizar o el previsible número de aspirantes.
221.Es falso, en relación con el Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que: Los órganos rectores del Ente son el Consejo de Administración y el/la presidente/a. El cargo de presidente o presidenta del Ente lo ejercerá el/la Conseje- ro/a del Departamento de Sanidad. El consejo de administración del Ente estará integrado por el/la presi-dente/a y por un número no superior a cinco miembros en representa-ción de la Administración de del Estado. Está comprendida entre las atribuciones del consejo de administra- ción la planificación estratégica de medios adscritos al Ente.
222.Es falso que la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, para la adquisición del vínculo estatutario y salvo excepciones, mencione expresamente como requisito: Acto de acatamiento de la Constitución, así como del Estatuto de Au-tonomía y del resto del Ordenamiento Jurídico. Superación del procedimiento selectivo correspondiente. Nombramiento conferido por autoridad competente. Toma de posesión dentro del plazo reglamentario.
223.Es falso que el sistema sanitario de Euskadi: Esté informado por los principios de universalidad, solidaridad, equi- dad, calidad de los servicios y participación ciudadana. Se creó para llevar a cabo una adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la Administración sanitaria vasca Esté configurado con un carácter integral por todos los recursos sani-tarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tenga como objetivo último el mantenimiento, la recuperación y me- jora del nivel de salud de la población.
224.Es falso que las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Realizarán su actividad bajo el principio de dependencia económico- financiera y de gestión. Se podrán configurar como instituciones sanitarias del ente sin perso- nalidad jurídica propia, o bien como entidades sanitarias dependientes del mismo, de titularidad pública y con personalidad jurídica propia. Su creación se realizará mediante Decreto Ley del Gobierno. Tendrán aprobados, en el marco consolidado del ente público, su presupuesto individualizado y sus planes de gestión a corto y medio plazo.
225.Es falso que la composición de los consejos de participación comunitaria para el ámbito de toda la Comunidad Autónoma Vasca y para el ámbito de cada área de salud deberá incorporar a representantes de: Los sindicatos y organizaciones empresariales. Las asociaciones de consumidores y usuarios. Los colegios profesionales sanitarios. La Administración del Estado.
226.El régimen estatutario de personal que establece la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi resultará de aplicación: A todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud, sin excepciones. A todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, sin perjuicio de las excepciones que deriven de los correspondientes procesos de integración. Al personal funcionario de carrera de las organizaciones de servicios de Osakidetza, exclusivamente. Al personal funcionario de carrera de las organizaciones de servicios de Osakidetza y al personal estatutario fijo, exclusivamente.
227.En relación al Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, es falso que: En casos extraordinarios de alta especialización, podrán vincularse profesionales en régimen de contratación laboral permanente a las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente. Las plantillas de personal serán aprobadas por su consejo de adminis- tración. Cada organización del ente establecerá la planificación interna y de- terminación de sus necesidades de recursos humanos a través de sus planes estratégicos y de gestión. Las necesidades de efectivos que respondan a la realización de tareas de duración determinada podrán dar lugar, siempre que exista dota- ción económica suficiente, a una relación de empleo estatutaria de carácter eventual.
228.Informan el sistema sanitario de Euskadi los principios de: Universalidad, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y partici-pación ciudadana. Capacidad de autoorganización, racionalización y mejora. Eficiencia, eficacia, responsabilidad, participación y objetividad. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
229.¿A qué Institución le corresponde establecer los estatutos sociales del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud? Al Gobierno español. Al Parlamento Vasco. A las Cortes Generales. Al Gobierno vasco.
230.Es falso que sea un principio programático de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi: La consideración de la persona como objetivo fundamental del sistema. La progresiva incorporación del euskera a las relaciones orales y es-critas que con carácter habitual Osakidetza-Servicio vasco de salud mantiene con la población en la prestación de servicios sanitarios. La orientación prioritaria de los medios y actuaciones a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. El incremento de los niveles de competencia entre los centros públicos, con observancia de los principios de la gestión eficiente y de calidad.
231.Las necesidades de efectivos en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud que respondan a la realización de tareas de duración determinada y den lugar a una relación de empleo estatutaria de carácter eventual y con régimen de dedicación a tiempo completo, podrán tener una duración de: Hasta 6 meses, improrrogables. Hasta 6 meses, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Hasta 3 años, prorrogable hasta un máximo de 6 meses. Hasta 3 años, improrrogable.
232.Al objeto de posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi, reglamentariamente se crearán consejos de participación comunitaria para el ámbito: De toda la Comunidad Autónoma y de cada área de salud. De cada área de salud y de cada comarca sanitaria. De cada comarca sanitaria. De cada centro de salud.
233.Las plantillas del personal del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud serán aprobadas por: Su Presidente/a. Su Consejo de Administración. El/la Consejero/a de Sanidad. El Consejo de Gobierno.
234.De acuerdo con la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la creación, modificación o supresión de grupos y categorías se realizará por: Orden. Decreto del Gobierno Vasco Ley del Parlamento Vasco. Ley de las Cortes Generales.
235.Respecto a los Servicios de Atención al Paciente y Usuario del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, sólo una de las siguientes afirmaciones es correcta: El Servicio de Atención al Paciente y Usuario actúa únicamente a petición de pacientes, familiares o usuarios, que pueden en todo mo- mento recabar la actuación de estos servicios. Los Servicios de Atención al Paciente y Usuario registrarán todas las reclamaciones que ante ellos se formulen, con independencia del centro destinatario de la queja, al que será remitido por éstos con posterioridad. Los Servicios de Atención al Paciente enviarán el informe final sobre cada queja o reclamación a la Dirección del Servicio Vasco de Salud- Osakidetza, quien contestará a todas las partes implicadas. La interposición de quejas o reclamaciones en los Servicios de Aten- ción al Paciente y Usuario suspenderá el transcurso de los plazos le- gales fijados para la utilización de cualquier otra vía de reclamación contra el hecho denunciado que disponga la legislación vigente.
236.Es falso, en relación con la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi, que: Corresponda a todos los poderes públicos vascos la misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica. La Ley tenga por objeto la ordenación sanitaria de la Comunidad Au- tónoma de Euskadi. El Gobierno Vasco podrá ampliar, en el territorio de Euskadi, el catálo- go de prestaciones sanitarias a que se hace referencia en el art. 4.2 El sistema sanitario de Euskadi, en los términos previstos en la Ley, garantizará las prestaciones sociales colectivas.
237.Respecto del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, es falso que: Las organizaciones dependientes del ente público tendrán la conside-ración de órganos administrativos. Se sujetará al Derecho público, agotando, en su caso, sus actos la vía administrativa, cuando ejerza potestades administrativas por atribu- ción directa o delegación. Se sujetará al Derecho público en cuanto a su régimen de patrimonio y en materia de responsabilidad patrimonial ante terceros por el fun- cionamiento de sus servicios. Su control económico se ejercerá en la modalidad de control económi- co-financiero y de gestión de carácter permanente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/1994, de 30 de junio.
238.Es falso que, entre los derechos, obligaciones y garantías que constituyen la relación de empleo estatutaria del/de la empleado/a público/a en el régimen que establece Ley Ordenación sanitaria de Euskadi, esté: La obligación a la cooperación en la mejora de los servicios. La obligación al ejercicio de las funciones de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, profesionalidad e imparcialidad. El derecho al Régimen General de Seguridad Social. La posibilidad de la prolongación de la permanencia voluntaria en la situación de servicio activo hasta, como máximo, los 71 años. .
239.Es falso, conforme a la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi, que constituya un principio programático de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi: La orientación prioritaria de los medios y actuaciones a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. La suficiencia del marco de financiación pública del catálogo de pres- taciones sanitarias que asegura la Comunidad Autónoma de Euskadi. El incremento de los niveles de competencia entre los centros privados, con observancia de los principios de la gestión eficiente y de calidad. La responsabilización y participación de los profesionales sanitarios en las decisiones de organización y gestión de los recursos que tengan asignados.
240.Se considera como el cargo directivo superior de gestión de la organización central del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Al/a la Presidente/a. Al/a la Director/a-Gerente. Al/a la Director/a General. Al/a la Director/a Médico.
241.No corresponde al Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud la función de: Elaborar el Plan Estratégico del Ente Público. Nombrar y separar al/a la Director/a General. Aprobar la propuesta de Presupuestos, Estados Financieros Previsio- nales y Memoria anual de actividades del Ente Público. Nombrar y separar, a propuesta del/de la Director/a General, a los/ las Directores/as de División de la organización central del Ente Público.
242.No corresponde al Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Aprobar los Presupuestos del Ente Público. Aprobar, a propuesta del/de la Director/a General, el Plan Estratégico del Ente Público. Aprobar, a propuesta del/de la Presidente/a, los criterios y líneas gene- rales de actuación del Ente Público. Establecer el régimen retributivo de los directivos en el Ente Público, conforme a lo que dispone el artículo 27.3 de la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi.
243.No es función del Presidente o Presidenta del Ente Público Osakidetza- Servicio vasco de salud: Supervisar las operaciones del Ente Público. Ejercer la representación del Ente Público, sin perjuicio de la que corresponde a los directivos superiores de todas las organizaciones dependientes del Ente. Convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones del Consejo de Administración. Adoptar medidas de intervención y acordar, en su caso, la suspen- sión total o parcial de las facultades de gestión que tengan atribui- das las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del Ente Público. .
244.Es falso que, al/a la Directora/a General de la organización central del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, le corresponda: Ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración. Ejercer la dirección de todos los servicios del Ente Público Ejercer la dirección de todo el personal del Ente Público. Aprobar la estructura orgánica y normas de funcionamiento que re- quiera la organización central del Ente Público.
245.El/la Directora/a General de la organización central del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud asistirá a las reuniones del Consejo de Administración: Sin voz ni voto. Con voz y sin voto. Sin voz y con voto. Con voz y voto.
246.Osakidetza es un: Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Organismo Autónomo. Ente Privado. Ente Público de Derecho Privado.
247.De los miembros del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, son nombrados: 3 a propuesta del/de la Consejero/a de Hacienda y Administración Pública. 3 a propuesta del/de la Consejero/a de Sanidad. 2 a propuesta del/de la Consejero/a de Sanidad. 2 a propuesta del/de la Lehendakari.
248.En materia específica de gestión asistencial, no corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza Servicio Vasco de Salud: Proponer los criterios de clasificación de los Puestos Funcionales. Supervisar el cumplimiento de las políticas generales de calidad y realizar auditorías. Autorizar la incorporación de nuevos dispositivos tecnológicos. Promover protocolos de interés general.
249.En materia específica de gestión económico-financiera, no corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Informar el Presupuesto y Plan de Gestión anual de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público. Elaborar la propuesta consolidada de Presupuesto y Estados Previsio- nales del Ente Público. Definir los criterios generales de contratación en el Ente Público. Establecer criterios generales para la aplicación de Contabilidad Analítica.
250.Las Mesas de Contratación que cree la Dirección General del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud estarán compuestas por los si- guientes miembros: Presidente/a, tres vocales y un/a vocal-secretario/a. Presidente/a, dos vocales y un/a vocal-secretario/a. Presidente/a, un vocal y un/a vocal-secretario/a. Vocal-Presidente/a y un/a vocal-secretario/a.
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