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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPartidos Políticos

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Título del test:
Partidos Políticos

Descripción:
Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos

Autor:
Factotum
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
15/06/2016

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 19
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Temario:
Los partidos políticos se regulan por: Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos Ley 6/2001, de 27 de junio, de Partidos Políticos Ley Orgánica 6/2000, de 7 de junio, de Partidos Políticos Ley Orgánica 6/2002, de 17 de junio, de Partidos Políticos.
Podrán crear libremente partidos políticos conforme a lo dispuesto en la Constitución y en la presente ley orgánica. Los ciudadanos de la Unión Europea Los españoles Los españoles y los extranjeros.
La afiliación a un partido político es libre y voluntaria. Nadie puede ser obligado a constituir un partido a integrarse en un partido a permanecer en un partido todas las respuestas son correctas.
Los partidos políticos podrán constituir e inscribir federaciones, confederaciones y uniones de partidos mediante el cumplimiento de lo previsto en el presente título y previo acuerdo expreso de sus órganos competentes. mediante el cumplimiento de lo previsto en el presente capítulo y previo acuerdo expreso de sus órganos competentes. mediante el cumplimiento de lo previsto en el presente título y previo acuerdo tácito de sus órganos competentes. mediante el cumplimiento de lo previsto en el presente capítulo y previo acuerdo expreso de sus órganos colegiados.
Los promotores de un partido político deben ser personas físicas, mayores de edad, que (señala la incorrecta) no hayan sido penalmente condenados por asociación ilícita, o por alguno de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Civil no estén sujetos a ninguna condición legal para el ejercicio de los mismos y se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos, todas son corretas.
El acuerdo de constitución habrá de formalizarse mediante acta fundacional, que deberá constar en documento público y contener, en todo caso, (señala la incorrecta) la identificación personal de los promotores, la denominación del partido que se propone constituir, los integrantes de los órganos directivos permanentes, el domicilio y los estatutos por los que habrá de regirse el partido que trata de constituirse.
El acuerdo de constitución habrá de formalizarse mediante acta fundacional, que deberá constar en documento público y contener, en todo caso, (señala la incorrecta) la identificación personal y el domicilio de los promotores, la denominación del partido que se propone constituir, los integrantes de los órganos directivos provisionales, el domicilio y los estatutos por los que habrá de regirse el partido que trata de constituirse.
La denominación de los partidos no podrá incluir términos o expresiones que induzcan a error o confusión sobre su identidad que sean contrarias a las leyes o los derechos fundamentales de las personas todas son correctas.
La denominación de los partidos no podrá coincidir, asemejarse o identificarse, aun fonéticamente, con la de ningún otro partido previamente inscrito en el Registro, con la de algún partido integrante, como resultado de una fusión, de un partido inscrito cuando ello se encuentre acreditado por cualquier medio de prueba válido en derecho, con la de algún partido declarado ilegal, disuelto o suspendido por decisión judicial. todas son correctas.
La denominación de los partidos no podrá coincidir, asemejarse o identificarse, aun fonéticamente, con la identificación de personas físicas con la denominación de entidades preexistentes con la denominación de marcas registradas todas son correctas.
La renovación de los órganos de gobierno y representación de los partidos habrá de efectuarse como máximo no es necesaria su renovación cada cuatro años cada seis años cada ocho años.
Los estatutos de los partidos políticos tendrán, al menos, el siguiente contenido: Su denominación y siglas. El símbolo, con su descripción y representación gráfica. El domicilio, con indicación de la localidad, provincia, calle y código postal. Su sitio web y dirección electrónica. Todas son correctas.
Los estatutos de los partidos políticos tendrán, al menos, el siguiente contenido: El ámbito de actuación: estatal, autonómico, provincial o local. Sus fines. Los requisitos y modalidades de admisión y baja de los afiliados. Los derechos y deberes de los afiliados y su régimen disciplinario de acuerdo con lo previsto en el artículo 8. Todas son correctas.
Los partidos deberán comunicar al Registro cualquier modificación de sus estatutos y de la composición de sus órganos de gobierno y representación en el plazo máximo de tres meses desde dicha modificación y, en todo caso, durante el primer trimestre de cada año. en el plazo máximo de un mes desde dicha modificación y, en todo caso, durante el primer trimestre de cada año. en el plazo máximo de tres meses desde dicha modificación y, en todo caso, hasta el tercer trimestre de cada año. en el plazo máximo de dos meses desde dicha modificación y, en todo caso, durante el primer trimestre de cada año.
Inscripción en el Registro Los partidos políticos adquieren personalidad jurídica por la inscripción en el Registro de Partidos Políticos que, a estos efectos, existirá en el Ministerio del Interior. Los promotores de los partidos políticos realizarán las actuaciones necesarias para su inscripción. Los promotores de partidos no inscritos responderán personal y solidariamente de las obligaciones contraídas con terceros, cuando hubieren manifestado actuar en nombre del partido. Todas son correctas.
El Ministerio del Interior procederá a practicar la inscripción del partido Dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos Dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos Dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos Dentro de los 5 días siguientes a la presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos.
Principios democrático y de legalidad Los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes. Los partidos políticos tienen libertad organizativa para establecer su estructura, organización y funcionamiento, con los únicos límites establecidos en el ordenamiento jurídico. Ambas afirmaciones son correctas.
Los partidos deberán tener una asamblea general del conjunto de sus miembros, que podrán actuar solo directamente. que podrán actuar solo por medio de compromisarios. que podrán actuar directamente o por medio de compromisarios.
Los partidos deberán tener una asamblea general del conjunto de sus miembros, a la que corresponderá, en todo caso, en cuanto órgano superior de gobierno del partido, la adopción de los acuerdos más importantes del mismo, incluida su disolución. la adopción de los acuerdos más importantes del mismo, salvo su disolución.
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