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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEl Servicio público local.

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Título del test:
El Servicio público local.

Descripción:
Concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

Autor:
jmrando
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Fecha de Creación:
22/03/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 40
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Temario:
Según el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, "recaído acuerdo de la Corporación, se elevará el expediente completo al órgano competente de la Comunidad Autónoma. El Consejo de Gobierno de ésta deberá resolver sobre su aprobación, en el plazo de": Cuatro meses. Dos meses. Tres meses. Seis Meses.
Para los casos de prestación indirecta, el art.108 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, establece unas normas en los casos de prestación indirecta de la actividad, con la única excepción de los: Servicios de Alcantarillado. Servicios de Mercados Centrales. Servicios concedidos. Servicios de Extinción de incendios.
Señale las modalidades de gestión directa de los servicios, según el artículo 67 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales: Gestión por la Corporación con órgano especial de administración, y Sociedad municipal. Gestión por la Entidad Local con órgano de administración y gestión, y Sociedad Provincial. Gestión por la Corporación: sin y con órgano especial de administración; Fundación pública del servicio y Sociedad privada, municipal o provincial. Gestión por la Entidad Local sin órgano de administración y gestión y Sociedad Municipal.
¿Qué son los servicios públicos locales conforme al artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local? Son servicios públicos locales los que prestan las entidades locales en el ámbito de sus competencias y de las que les deleguen. Son servicios públicos locales los que prestan las entidades locales en el ámbito de sus competencias. Son servicios públicos locales los que prestan los ayuntamientos en el ámbito territorial de sus competencias. Son servicios públicos locales los que prestan todos los Organismos Públicos a los que le es de aplicación la presente ley en el ámbito territorial de sus competencias.
Según el artículo 71 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, ¿Quién estará a cargo de los servicios municipalizados o provincializados en régimen de gestión directa con órgano especial? Un Consejo de Administración. Un Consejo de Administración y de un Gerente. Un miembro de la Corporación elegido por el Pleno. El Presidente del Consejo de Administración.
¿A qué servicios provincializados se podrá aplicar el sistema de monopolio según dispone el artículo 49 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales? De modo extraordinario, a cualquier servicio provincializado, en las condiciones determinadas por el párrafo 3 del artículo 166 de la Ley. A la producción y suministro de energía eléctrica, con carácter excepcional. Al abastecimiento de aguas, cuando la iniciativa popular no fuere suficiente. A ferrocarriles, tranvías, autobuses y trolebuses interurbanos, en determinados casos.
Las funciones del Gerente en la modalidad de la gestión directa de los servicios, a través de la Gestión por la Corporación, son entre otras, según se encuentran regulados en el artículo 75 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, las siguientes: (señale la incorrecta) Ordenar todos los pagos que tengan consignación expresa. Las que el Consejo le confiera. Dirigir e inspeccionar los servicios. Asistir a las sesiones del Consejo con voz y voto.
Según dispone el artículo 73 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, el Consejo de Administración será nombrado por la Corporación interesada: Sin que exceda de tres el número de sus miembros en los Municipios de población inferior a 10.000 habitantes ni de nueve en los de población superior o en los casos de provincialización. Sin que exceda de cinco el número de sus miembros en los Municipios de población inferior a 10.000 habitantes ni de nueve en los de población superior o en los casos de provincialización. Sin que exceda de cinco el número de sus miembros en los Municipios de población inferior a 20.000 habitantes ni de nueve en los de población superior o en los casos de provincialización. Sin que exceda de siete el número de sus miembros en los Municipios de población inferior a 20.000 habitantes ni de nueve en los de población superior o en los casos de provincialización.
¿Cuándo calcularán las Entidades Locales el coste efectivo de los servicios que prestan, según el artículo 116 ter. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local? Antes del 1 de diciembre de cada año calcularán el coste efectivo, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general correspondiente al ejercicio inmediato anterior. Antes del 1 de diciembre de cada año calcularán el coste efectivo, partiendo de estimaciones del presupuesto general, teniendo en cuenta los datos contenidos en el precedente presupuesto. Antes del 1 de octubre de cada año calcularán el coste efectivo, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadas de las entidades vinculadas o dependientes, correspondiente al ejercicio inmediato anterior. Antes del 1 de noviembre de cada año calcularán el coste efectivo, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadas de las entidades vinculadas o dependientes, correspondiente al ejercicio inmediato anterior.
En supuestos de gestión por empresa mixta y de acuerdo con los dispuesto en el artículo 107 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, para la adopción de una serie de acuerdos se exige un quórum de la mayoría de tres cuartas partes del número estatutario de votos, no afectando a: La aprobación de balances. El aumento o disminución del Capital Social. La modificación de los Estatutos de la Empresa. La aprobación de los proyectos generales de los servicios.
Respecto a la gestión directa de los servicios económicos en régimen de Empresa privada, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta según el artículo 89 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales? El capital de estas Empresas habrá de ser desembolsado antes o desde el momento de su constitución. Sólo podrá adoptar la forma de responsabilidad limitada. Adoptará la forma de responsabilidad limitada o de Sociedad anónima, y se constituirá y actuará con sujeción a las normas legales que regulen dichas Compañías mercantiles, sin perjuicio de las adaptaciones previstas por este Reglamento. Es preferible que adopten la forma de Sociedad anónima.
Señale la respuesta correcta respecto a la transformación y extinción de las municipalizaciones y provincializaciones a que se refiere Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales: Las municipalizaciones y provincializaciones serán por tiempo indefinido, salvo disposición o acuerdo en contrario. (Artículo 95). La Corporación podrá acordar la sustitución del régimen de monopolio por el de libre concurrencia, pero no a la inversa. (Artículo 96). Éstas cesarán como consecuencia de pérdidas que reduzcan el capital a la mitad. (Artículo 98). Éstas cesarán, en cualquier tiempo, por acuerdo de la Corporación interesada, adoptado con el quórum de las tres quintas partes del número legal de sus miembros. (Artículo 98).
Dispone el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, respecto a las obras comprendidas en los planes de obras y servicios locales, lo siguiente: Sólo en caso de los planes provinciales de cooperación, llevarán aneja la declaración de utilidad pública. Llevarán aneja la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios en ellos comprendidos a efectos de su expropiación forzosa. No es necesaria ninguna declaración de utilidad pública. No podrán ser objeto de expropiación forzosa, en caso de ocupación de terrenos y edificios.
Conforme al artículo 107 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, los acuerdos de los órganos de gobierno y administración de la Empresa mixta deberán, en una serie de casos, por: La mayoría absoluta del número de miembros de la sociedad. Las tres cuartas partes del número de miembros de la sociedad. La mayoría absoluta del número estatutario de votos. La mayoría de tres cuartas partes del número estatutario de votos.
Según establece el artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los servicios públicos de competencia local habrán de gestionarse de la forma más sostenible y eficiente, entre las enumeradas a continuación: Sólo a través de la gestión directa, por la propia Entidad Local. A través de la gestión directa e indirecta. A través de la gestión por delegación. Sólo a través de la gestión indirecta.
Entre los supuestos que contempla el Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, para que la Entidad Local pueda proceder al secuestro de un servicio público no se encuentra: La imposibilidad de llevarlo a cabo por quiebra del concesionario. La desobediencia del concesionario a las órdenes de modificación. Si el concesionario incurriera en infracción de carácter grave que pusiera en peligro la buena prestación del servicio público. Cuando el concesionario actuare de mala fe en ejecución de las órdenes de la Corporación sobre conservación de obras e instalaciones.
En el artículo 86. 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se declara la reserva a favor de las Entidades Locales de una serie de actividades o servicio esenciales, de entre los que se encuentran: Depuración de residuos. Recogida de aguas residuales. Transporte público y concertado de viajeros. Tratamiento y aprovechamiento de residuos.
¿Cuándo se entenderán aprobadas las tarifas de los servicios que deben ser autorizadas por las Comunidades autónomas u otra Administración competente, según el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local?: Las tarifas se entenderán aprobadas, cuando hayan transcurrido 2 meses desde la fecha de entrada del expediente en la Administración autorizante sin que haya recaído resolución. Transcurridos tres meses desde la fecha de entrada del expediente en la Administración autorizante sin que haya recaído resolución, las tarifas se entenderán aprobadas. Las tarifas se entenderán tácitamente aprobadas, cuando haya transcurrido 1 mes desde la fecha de entrada del expediente en la Administración autorizante sin que haya recaído resolución. Las tarifas se entenderán tácitamente aprobadas, cuando hayan transcurrido 2 meses desde la fecha de entrada del expediente en la Administración autorizante sin que haya recaído resolución.
En relación con las tarifas de los servicios públicos, reguladas en el Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, señale la respuesta incorrecta: Para la validez de las tarifas se requerirá que sean fijadas y aprobadas por la Corporación titular del servicio y, en su caso, además, cuando se tratare de servicios de carácter industrial o mercantil, por el Ministerio al que correspondiere la inspección del mismo. La cuantía de las tarifas de los servicios públicos de competencia municipal o provincial podrá ser igual, superior o inferior al coste del servicio, según aconsejaren las circunstancias sociales y económicas relevantes en orden a su prestación. Las tarifas por prestación de servicios de primera necesidad o relativos a la alimentación o vestido no suntuarios no excederán del costo necesario para la financiación de los mismos. La modificación de las tarifas habrá de ser aprobada por la Corporación, en todo caso.
¿Cuál de los siguientes es un requisito para el ejercicio de actividades económicas por las Entidades Locales, según dispone el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local? Acuerdo inicial de la Corporación, previa designación de una Comisión de estudio compuesta por miembros de la misma y por personal técnico. Exposición pública de la memoria antes de ser tomada en consideración por la Corporación. Aprobación del proyecto por mayoría simple del Pleno de la Entidad Local. Redacción por parte de una Comisión de investigación, de una memoria de los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la actividad económica de que se trate.
En relación con las retribuciones previstas para el concesionario, establece el artículo 129 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, que aquéllas deberán ser calculadas de modo que permitan: (Señale la respuesta incorrecta) Cubrir los gastos de explotación. Un margen normal de beneficio industrial. Amortizar durante el plazo concesional el coste del establecimiento del servicio. Cubrir los gastos iniciales de inversión.
¿Cómo se pueden efectuar la municipalización y provincialización de servicios según el artículo 47 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales? Sólo en régimen de libre concurrencia. En régimen de libre concurrencia o de monopolio. Sólo en régimen de monopolio. A través de Empresas Públicas.
Entre las funciones que posee el Gerente según el artículo 75 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, no se encuentra la de: Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo. Asistir a las sesiones del Consejo, con voz y voto. Dirigir e inspeccionar los servicios. Ordenar todos los pagos que tengan consignación expresa.
En el artículo 85 ter de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, vienen reguladas las sociedades mercantiles locales, según el cual: Se regirán íntegramente y sin excepciones, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado. Se regirán íntegramente, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en que les sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero, de control de eficacia y contratación. En la escritura de constitución constará el capital mínimo exigido por la Administraciones Públicas o entidades dependientes. Sus estatutos solo determinarán el funcionamiento de la Junta General.
¿Qué circunstancias tienen que concurrir para que proceda la municipalización o provincialización, según el artículo 46 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales? (señale la incorrecta) Que los servicios tengan naturaleza mercantil, industrial, extractiva, forestal o agraria. Que los servicios se presten dentro del correspondiente término municipal o provincial. Que los servicios tiendan a conseguir que su prestación reporte a los usuarios condiciones más ventajosas que las que pudiera ofrecerles la iniciativa popular y la gestión indirecta. Que los servicios sean de primera necesidad o de mera utilidad pública, teniendo que estar específicamente determinados en las enumeraciones de la competencia local.
Según el artículo 116 ter de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, todas las Entidades Locales, calcularán el coste efectivo de los servicios que prestan: Antes del día 15 de diciembre de cada año. Antes del día 1 de diciembre de cada año. Antes del día 31 de diciembre de cada año. Antes del día 1 de noviembre de cada año.
El artículo 103.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, prevé que será obligatoria la disolución de una Sociedad Mercantil creada para la gestión de un servicio público cuando las pérdidas: Excedan de una tercera parte del Capital Social. Excedan de la mitad del Capital Social. Se mantengan durante tres años consecutivos. Se mantengan durante dos años consecutivos.
Respecto a la gestión indirecta de los servicios, en concreto, a través del arrendamiento, según regula Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, no es correcto afirmar: Las Corporaciones locales podrán disponer la prestación de los servicios mediante arrendamiento de las instalaciones de su pertenencia. Siempre será utilizable la forma de gestión indirecta. Serán utilizables cuando se hubieren de tener primordialmente en cuenta los intereses económicos de la Corporación contratante en orden a la disminución de los costos o al aumento de los ingresos. No podrán ser prestados a través del arrendamiento los servicios de beneficencia y asistencia sanitaria, incendios y Establecimientos de Crédito.
Señale la respuesta correcta, según lo regulado en el artículo 101 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local: Cuando la gestión directa de los servicios se realice mediante una organización especializada, habrá de constituirse un Consejo de Administración que será presidido por quienes designen los miembros de la Corporación por unanimidad. A propuesta de dicho Consejo, el Alcalde designará al Gerente. Cuando la gestión indirecta de los servicios se realice mediante una organización especializada, habrá de constituirse un Consejo de Administración que será presidido por quienes designen los miembros de la Corporación por unanimidad. A propuesta de dicho Consejo, el Alcalde designará al Gerente. Cuando la gestión indirecta de los servicios se realice mediante una organización especializada, habrá de constituirse un Consejo de Administración que será presidido por un miembro de la Corporación. A propuesta de dicho Consejo, el Alcalde designará al Gerente. Cuando la gestión directa de los servicios se realice mediante una organización especializada, habrá de constituirse un Consejo de Administración que será presidido por un miembro de la Corporación. A propuesta de dicho Consejo, el Alcalde o Presidente designará al Gerente.
Respecto del concierto, como forma de gestión indirecta de los servicios, dispone el Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, lo siguiente: El concierto puede originar una nueva persona jurídica. La duración de los conciertos no podrá exceder de diez años, sin posibilidad de prórrogas. El concierto podrá establecerse con personas o entidades radicantes dentro o fuera del territorio de la Entidad local. El concierto en cualquier caso, requerirá prestación de garantía.
La gestión directa de los servicios de la competencia local mediante las formas de organismos autónomos locales y de entidades públicas empresariales locales tendrán las siguientes especialidades, de acuerdo al artículo 85 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Indique cuál de las siguientes es una de ellas: En los organismos autónomos locales deberá existir un consejo rector, cuya composición se determinará por Reglamento. Su inventario de bienes y derechos se remitirá semestralmente a la concejalía, área u órgano equivalente de la entidad local. Estarán sometidos a un control de eficacia por la concejalía, área u órgano equivalente de la entidad local a la que estén adscritos. La determinación y modificación de las condiciones retributivas, deberán remitirse anualmente.
Fases del procedimiento por el que quedan instituidas las Empresas Mixtas, en el caso de los servicios gestionados por Empresa mixta, según se regula en el artículo 104 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales: Previo expediente de municipalización o provincialización; adquisición de participaciones o acciones de empresas ya constituidas; fundación de la Sociedad a través de la suscripción pública de acciones o concurso de iniciativas y Convenio con Empresa única ya existente, en el que se fijará el Estatuto por el que hubiere de regirse en lo sucesivo. Adquisición de participaciones o acciones de empresas ya constituidas; fundación de la Sociedad a través de la suscripción pública de acciones o concurso de iniciativas y Convenio con Empresa única ya existente, en el que se fijará el Estatuto. Previo expediente de municipalización o provincialización; adquisición de participaciones o acciones de empresas ya constituidas; fundación de la Sociedad a través de la suscripción pública de acciones o concurso de iniciativas; Redacción del Estatuto y Convenio con Empresa única ya existente. Previo expediente de municipalización o provincialización; adquisición de participaciones o acciones de empresas ya constituidas y Convenio con Empresa única ya existente, en el que se fijará el Estatuto.
¿Qué consecuencias tiene el cese definitivo de la municipalización o provincialización según dispone el artículo 100 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales? En todo caso, se determinará su transformación en servicio gestionado por concesión o arrendamiento. En ningún caso se transformaría la gestión de dicho servicio. Determinará su trasformación en servicio gestionado por concesión o arrendamiento, o con, la enajenación en pública subasta de los elementos e instalaciones que no fueren útiles para otras funciones de la Corporación, la devolución a la iniciativa privada del cometido de satisfacer las necesidades atendidas por el servicio. Directamente, se produciría la devolución a la iniciativa privada el cometido de satisfacer las necesidades atendidas por el servicio.
Tal y como dispone el artículo 108 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la prestación indirecta de la actividad, no podrá exceder de: Cincuenta Años. Cien años. No se establece ningún límite máximo de duración. Diez años.
Respecto a los servicios prestados mediante una organización especializada a los que se refiere el artículo 102 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local: Llevarán, con independencia de la contabilidad general de la Entidad Local, una contabilidad especial, debiendo publicarse los balances y liquidaciones. Llevarán, con independencia de la contabilidad general de la Entidad Local, una contabilidad especial, debiendo publicarse casa seis meses los balances y liquidaciones. La liquidación o compensación de las pérdidas se hará en la forma que determine la propia entidad Local. Las Ordenanzas podrán prohibir constituir fondos de reserva con cargo a las ganancias, en el caso de que hubieran.
De acuerdo con el artículo 85.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señale la respuesta correcta: La Gestión directa de los servicios públicos podrá realizarse de alguna de las siguientes formas: Gestión por la propia Entidad Local, Organismo autónomo local, Entidad pública empresarial local y Sociedad Mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad concertada. Se recabará informe del interventor local quien valorará la sostenibilidad financiera de las propuestas planteadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la LO 2/20112, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Solo podrá hacerse uso de la entidad Pública empresarial local y de la Sociedad Mercantil local cuando quede acreditado mediante memoria justificativa elaborada al efecto que resultan más sostenibles y eficientes que las formas de Gestión por la propia Entidad Local y Organismo autónomo local, para lo que se deberán tener en cuenta los criterios de eficiencia financiera y amortización de la inversión. La Gestión directa sólo podrá llevarse a cabo por la propia Entidad Local.
¿Cómo define el Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales por gestión directa de servicios? Se entenderá por gestión directa la que para prestar los servicios de su competencia realicen las Corporaciones locales por sí mismas. Se entenderá por gestión directa la que para prestar los servicios de su competencia o las que le puedan delegar, realicen las Corporaciones locales por sí mismas. Se entenderá por gestión directa la que para prestar los servicios de su competencia realicen las Corporaciones locales por sí mismas o mediante Organismos que en su mayoría podrán ser dependientes de ellas. Se entenderá por gestión directa la que para prestar los servicios de su competencia realicen las Corporaciones locales por sí mismas o mediante Organismos exclusivamente dependientes de ellas.
¿Qué dispone con carácter general, el artículo 30 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales por gestión directa de servicios? Las Corporaciones locales tendrán plena potestad para constituir, organizar modificar y suprimir los servicios de su competencia, tanto en el orden personal como en el económico o en cualesquiera otros aspectos, con arreglo a la Ley de Régimen local y a sus reglamentos y demás disposiciones de aplicación. Las Corporaciones locales tendrán plena potestad para constituir, organizar, modificar y suprimir los servicios de su competencia, tanto en el orden personal como en el económico o en cualesquiera otros aspectos, únicamente con arreglo a la Ley de Régimen local. Las Corporaciones locales tendrán plena potestad para constituir, organizar modificar y suprimir los servicios de su competencia, sólo en el orden económico, con arreglo a la Ley de Régimen local y a sus reglamentos y demás disposiciones de aplicación. Las Corporaciones locales podrán tener potestad para constituir, organizar modificar y suprimir los servicios de su competencia, tanto en el orden personal como en el económico o en cualesquiera otros aspectos, con arreglo a la Ley de Régimen local y a sus reglamentos y demás disposiciones de aplicación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, los servicios públicos locales: Podrán ser gestionados solo de manera directa. Podrán ser gestionados solo de manera indirecta. Podrán ser gestionados directa o indirectamente. Los servicios que impliquen ejercicio de autoridad sólo podrán ser ejercidos por gestión indirecta.
Para la efectiva ejecución de estas actividades en régimen de monopolio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 86.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se requiere: Además del acuerdo de aprobación del pleno de la correspondiente Corporación local, la aprobación por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Aprobación del acuerdo por el Parlamento de Andalucía. Aprobación del acuerdo por el Consejero/a de Gobernación. Aprobación del acuerdo por Junta de Gobierno.
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