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EL SISTEMA DE LA SEG SOC. UNED TRABAJO SOCIAL. DCHO SSPPSS

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Título del Test:
EL SISTEMA DE LA SEG SOC. UNED TRABAJO SOCIAL. DCHO SSPPSS

Descripción:
INTRODUCCIÓN

Fecha de Creación: 2013/05/11

Categoría: UNED

Número Preguntas: 40

Valoración:(4)
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Antecedentes remotos de la Seguridad Social: 249. mutualismo obrero. beneficencia. ambas respuestas son correctas.

Antecedente más próximo de lo que hoy llamamos Seguridad Social: 249. seguro social obligatorio instaurado por Beveridge. mutualismo obrero. seguro social obligatorio instaurado por Bismarck.

Proyecto de ley sobre aseguramiento de los trabajadores contra los accidentes de trabajo… un proyecto de creación de un sistema, con base paritaria, de cajas de enfermedad. También se considerará la situación de quienes pierdan la capacidad de trabajo por edad o invalidez”: 249. Célebre mensaje dirigido al Reichstag el 17 de noviembre de 1881 por Beveridge. Célebre mensaje dirigido al Reichstag el 17 de noviembre de 1881 por Bismarck. ninguna de las anteriores es correcta.

El segundo episodio histórico lo constituye: 250. el informe de Beveridge que instaura el seguro social obligatorio. el informe de Beveridge que prevé un Plan de Seguridad social. el informe de Bismarck que prevé un plan de seguridad social.

El seguro social obligatorio instaurado por Bismark: 249 y 250. es un sistema universal. es un sistema profesional. es un sistema profesional y uniforme.

El Plan de seguridad social que preveía Beveridge: 250. está basado en un carácter universal y uniforme. está basado en un carácter profesional y uniforme. está basado en un carácter universal y profesional.

En España: 250. la trayectoria fue muy diferente a la experiencia alemana. la trayectoria fue muy similar a la experiencia alemana. no existen datos comparados al respecto.

Fechas cruciales del régimen moderno de Seguridad Social: 251. Ley 30 de enero de 1900, Ley 27 de febrero de 1958, Ley de Bases de Seguridad Social de 1963. Ley de 30 de enero de 1990, Ley de 27 de febrero de 1058, ley de Bases de Seguridad Social de 1963. Ley de 30 de enero de 1900, Ley de 27 de febrero de 1908, Ley de Bases de Seguridad Social de 1963.

El artículo de la CE que reconoce el derecho de los españoles a la seguridad social, y regulado por la LGSS son, respectivamente: 251. artículo 51 CE, artículo 1 LGSS. artículo 41, artículo 1 LGSS. artículo 31, artículo 1 LGSS.

Pilares sobre los que se asienta la LGSS: 252. regímenes, contingencias protegidas, modalidades de protección. regímenes y contingencias. ninguna de las anteriores.

El artículo 9 de la LGSS indica: 252. regímenes de protección, básico y específico. regímenes de protección, general y especiales. contingencias de protección, general y especiales.

En el Régimen general están incluidos: 252. los trabajadores por cuenta ajena. los trabajadores por cuenta ajena y los que la Ley denomina asimilados. ninguna de las anteriores.

Aquellas personas que presten sus servicios en las condiciones establecidas, cualesquiera que sean sus modalidades contractuales y especialidades: 252. artículo 11 ET. artículo 11 LGSS. artículo 1.1 ET.

A tenor del artículo … “en aquellos Regímenes de la Seguridad Social en que así resulte necesario, podrán establecerse sistemas especiales exclusivamente en alguna o algunas de las siguientes materias: encuadramiento, afiliación, forma de cotización o recaudación”: 252. artículo 11 ET. artículo 11 LGSS. artículo 1.1 LGSS.

Se consideran Regímenes especiales según el artículo 10.1 LGSS: 253. trabajadores por cuenta ajena o autónomos, trabajadores del mar, funcionarios públicos (civiles y militares), estudiantes, los demás grupos que determine el Ministerio de Trabajo e Inmigración. trabajadores por cuenta propia o autónomos, trabajadores del mar, funcionarios públicos (civiles y militares), los demás grupos que determine el MESS. (trabajadores por cuenta propia o autónomos, trabajadores del mar, funcionarios públicos civiles y militares), estudiantes, los demás grupos que determine el MESS.

Existencia de regímenes distintos de protección: 253. tendencia a la especificación. tendencia a la homogeneidad. tendencia a la homogeneidad e integración.

Complete: (…) opera como ideal de cobertura de las contingencias y situaciones protegidas por el Sistema de Seguridad Social, inspirando la regulación de los (…), y aun regulándolos por las continuas remisiones al mismo: 253. régimen específico, régimen general. régimen general, régimen especial. régimen general, régimen específico.

La acción protectora del Sistema de Seguridad Social se concreta: 255. en el artículo 28 LGSS. en el artículo 38 LGSS. en el artículo 48 LGSS.

La acción protectora comprende: 255. la asistencia sanitaria, prestaciones económicas, prestaciones familiares, prestaciones de servicios sociales. la recuperación profesional, prestaciones económicas, prestaciones de del SAAD. la asistencia sanitaria, la recuperación profesional, las prestaciones económicas, prestaciones familiares, prestaciones de servicios sociales.

Las prestaciones que concede el sistema de la Seguridad Social, que constituye su acción protectora son: 255. sanitarias, económicas y de servicios sociales. Puede otorgar como complemento los beneficios de asistencia social (artículo 38.2 LGSS). económicas y de servicios sociales. sanitarias, económicas y de servicios sociales. No puede otorgar como complemento los beneficios de asistencia social, pues no pertenece a su ámbito de competencia (artículo 38.2 LGSS).

Mediante esta acción protectora el Estado garantiza una Seguridad Social: 255. pública, de máximos, voluntaria. pública, mínima y voluntaria. pública, mínima y obligatoria.

¿Qué significa mejora voluntaria? 255 - 256. establece la posibilidad de una seguridad social complementaria, al disponer que la asistencia y prestaciones complementarias serán libres y voluntario de ámbito universal y/o profesional de mejora de la protección mínima. el que, garantizado por la seguridad social un mínimo, por ejemplo, prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales un 75%, pueda ser ésta complementada, a través de las llamadas mejoras voluntarias, hasta un 100%; el 75% es el mínimo concedido por el Estado, el 25% el complemento a ese mínimo. ambas respuestas son correctas.

El nivel complementario de mejoras voluntarias está contemplado: 256. en el artículo 41 de la LGSS. en el artículo 41 de la CE. en el artículo 41 ET.

Rasgos de la Seguridad Social complementaria: 256. protección extraordinaria, beneficiarios, carácter voluntario. protección adicional, beneficiarios, carácter voluntario. protección obligatoria, protección adicional, carácter voluntario.

El nivel complementario por excelencia que establece la LGSS, que los empresarios pueden instaurar voluntariamente, se denomina: 256. mejora indirecta de las prestaciones. mejora complementaria de las prestaciones. mejora directa de las prestaciones.

La manera que tiene el empresario de instaurar las mejoras del nivel complementario son: 256. mediante acto unilateral y a través de la negociación colectiva. mediante acto unilateral. a través de la negociación colectiva.

Las fórmulas de gestión de las mejoras del nivel complementario son: 256. Fundaciones laborales, Mutualidades de previsión. Entidades aseguradoras, Mutualidades de previsión. Fundaciones laborales, Mutualidades de previsión y Entidades aseguradoras.

El nivel complementario al margen de la LGSS es el que regula el RD legislativo 1/2002: 256 -257. Planes y Fondos de pensiones. Prestaciones complementarias. Planes de contingencia profesional y/o común.

Planes de pensiones: 257. define el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a percibir el complemento específico de jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez. definen el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez. patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a la percepción por la persona que causa el derecho a los planes de pensiones.

Fondos de pensiones: 257. patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a los planes de pensiones. renta creada al exclusivo objeto de dar cumplimiento a los planes de pensiones. patrimonios y rentas creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a los planes de pensiones.

Clases de contingencias: 257. profesionales y comunes. profesionales y específicas. generales y comunes.

Contingencias profesionales: 257 – 258 - 259. las puede padecer el trabajador con independencia de su relación laboral o prestación de servicios. sólo son predicables respecto a los trabajadores por cuenta ajena y/o asimilados, pues sólo ellos pueden sufrir una lesión corporal con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuten por cuenta ajena o contraer una enfermedad a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena; son tales el accidente de trabajo y la enfermedad profesional. la protección frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales formará parte de la acción protectora obligatoria de todos los regímenes que integran el sistema de la seguridad social con respecto a los trabajadores que causen alta en cualquiera de los mismos a partir del 1 de enero de 2013.

Contingencias comunes: 257. accidente o enfermedad que no puede ser calificada como profesional, las puede padecer el trabajador con independencia de su relación laboral o prestación de servicios; son tales el accidente no laboral y la enfermedad común. accidente o enfermedad que no puede ser calificada como profesional, las puede padecer el trabajador con independencia de su relación laboral o prestación de servicios; son tales el accidente laboral y la enfermedad profesional. la protección frente a las contingencias comunes formará parte de la acción protectora de todas aquellas personas que hayan cotizado el mínimo establecido por la normativa legal, a partir del 1 de enero de 2013.

La protección dispensada por el Sistema de la seguridad social se realiza a través de varias modalidades: 259. modalidad contributiva de base común, siguiendo el esquema bismarckiano y modalidad de base no contributiva de base profesional, siguiendo el modelo beverigiano. modalidad no contributiva de base profesional siguiendo el esquema bismarckiano, y modalidad contributiva de base no profesional, sino común, siguiendo el esquema beverigiano. modalidad contributiva, de base profesional siguiendo el esquema bismarckiano, que se financia con los presupuestos de la seguridad social; modalidad no contributiva, asistencial, de base universal, siguiendo el modelo beverigiano, que se financia a través de los Presupuestos Generales del Estado.

Señale la opción correcta: 260. todas las situaciones están protegidas por la modalidad no contributiva: prestaciones sanitarias y prestaciones económicas en las situaciones de desempleo, invalidez, jubilación, prestaciones familiares así como los complementos por mínimos. no todas las situaciones están protegidas por la modalidad contributiva, sino que actualmente lo están sólo: prestaciones sanitarias y prestaciones económicas en las situaciones de desempleo, invalidez, jubilación, prestaciones familiares así como los complementos por mínimos. no todas las situaciones están protegidas por la modalidad no contributiva, sino que actualmente lo están sólo: prestaciones sanitarias y prestaciones económicas en las situaciones de desempleo, invalidez, jubilación, prestaciones familiares así como los complementos por mínimos.

La LGSS se estructura: 261. en cuatro títulos. en tres títulos. en cuatro títulos y dos capítulos.

El título I de la LGSS está destinado: 261. a regular las normas comunes de aplicación a todo el sistema: estructura, campo de aplicación, actos que conforman la relación jurídica, acción protectora, gestión y régimen económico. está dedicado al régimen general de la seguridad social: campo de aplicación, relación jurídica y acción protectora, regulación del nivel complementario, gestión, régimen financiero y a declarar como derecho supletorio el Título I de la LGSS. ninguna de las anteriores.

El Título II de la LGSS está destinado: 262. a la protección por desempleo. está dedicado al régimen general de la seguridad social: campo de aplicación, relación jurídica y acción protectora, regulación del nivel complementario, gestión, régimen financiero y a declarar como derecho supletorio el Título I de la LGSS. a regular las normas comunes de aplicación a todo el sistema: estructura, campo de aplicación, actos que conforman la relación jurídica, acción protectora, gestión y régimen económico.

El Título III lleva por rúbrica: 263. Régimen especial de la seguridad social: campo de aplicación, relación jurídica y acción protectora, regulación del nivel complementario, gestión, régimen financiero y a declarar como derecho supletorio el Título I de la LGSS. Protección por desempleo. a regular las normas comunes de aplicación a todo el sistema: estructura, campo de aplicación, actos que conforman la relación jurídica, acción protectora, gestión y régimen económico.

Concepto de seguridad social: artículo 2 LGSS, sistema arbitrado por los poderes públicos para garantizar a las personas incluidas en su ámbito y a sus familiares y asimilados, la protección adecuada frente a las contingencias y situaciones legalmente previstas, de acuerdo con los requisitos fijados por el legislador. doctrinalmente definida como conjunto integrado de medidas públicas de ordenación de un sistema de solidaridad para la prevención y remedio de riesgos personales mediante prestaciones individualizadas y económicamente evaluables añadiendo que tales medidas se encaminan hacia la protección general de todos los residentes contra las situaciones de necesidad, garantizando un nivel mínimo de rentas. ambas son correctas.

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