Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETEMA 17. IGUALDAD Y VG

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
TEMA 17. IGUALDAD Y VG

Descripción:
TEST AY SEV

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
15/03/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 104
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Indique a cual de los siguientes objetivos estratégicos corresponde la medida "inclusión de formación en género en todos los programas de empleo" contemplada en el IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para la ciudad de Sevilla: Proyectar una imagen de igualdad en la ciudad de levilla. Fomentar la gobernanza local en igualdad. Impulsar la presencia de las mujeres en el ámbito público y su participación en los procesos de toma de decisiones. Fortalecer la transversalidad de género en la administración local.
Según la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en los procedimientos que la parte actora alegue discriminación por razón de sexo, ¿a quién corresponde probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas? Al Ministerio Fiscal AI órgano judicial que conozca del caso, previo informe del organismo público competente A la parte actora A la parte demandada.
En la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, se dispone que constituye acoso por razón de sexo: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que provoque una situación gravemente intimidatoria, hostil o humillante contra una mujer Cualquier atentado contra la libertad sexual de una mujer, realizado por razón de su sexo, con el propósito de crear un entorno intimidatoria degradante u ofensivo Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo .
Indique cual no es uno de los objetivos generales que se pretenden alcanzar con la puesta en marcha del IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para la ciudad de Sevilla: Difundir los valores de igualdad, justicia y respeto entre la ciudadanía, empresariado, juventud, asociacionismo y personal municipal del propio Ayuntamiento de Sevilla. Fomentar las políticas de diversidad y otras políticas de igualdad, incorporando la diversidad de género. Favorecer el desarrollo de una nueva filosofía de planificación urbana, desde una perspectiva de género. Diseñar actuaciones específicas con mujeres en especial dificultad y que se encuentren en situación de especial de vulnerabilidad social.
Según dispone la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en relación a la información sobre el contenido de los Planes de Igualdad, se garantiza el acceso: A la representación legal de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, de los propios trabajadores y trabajadoras. Exclusivamente a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras. Exclusivamente a los trabajadores y trabajadoras. A los propios trabajadores y trabajadoras del centro o, en su defecto, a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras.
El trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trata entre mujeres y hombres, se considera: Discriminación en el empleo. Acoso laboral. Discriminación por razón de sexo. Discriminación frente a represalias.
Según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria se considerarán justificadas: Siempre y cuando los períodos de ausencia de la trabajadora no superen el cincuenta por ciento de su jornada laboral mensual. En los términos que se determine en su legislación específica. Cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud. Siempre y en todo caso.
Indique cual de la siguientes es una medida contemplada en el IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para la ciudad de Sevilla para sensibilizar e implicar a la ciudadanía de Sevilla en la consecución de la igualdad: Inclusión de datos referidos a las personas desagregados por sexo, de manera sistemática, en todos los programas y proyectos. Impartir formación en materia de igualdad a profesionales de la educación no reglada que desarrollan talleres y acciones formativas dirigidas a la ciudadanía. Organizar foros, jornadas y encuentros que traten la representación de las mujeres en los medios de comunicación y la publicidad, y la transmisión de estereotipos que dificultan el avance hacia la igualdad. Dar difusión a todas las actuaciones del Ayuntamiento en materia de igualdad de oportunidades.
Las medidas de protección integral establecidas en la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género tienen como finalidad: Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a sus víctimas. Prevenir, sancionar, detectar y eliminar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos y a los demás parientes víctimas de esta violencia. Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia víctimas de esta violencia. Prevenir, detectar y sancionar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres víctimas de esta violencia y a sus hijos.
En virtud del artículo 12 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿quién estará legitimado para intervenir en los litigios sobre acoso sexual? El Ministerio Fiscal y los sindicatos de trabajadores en representación del acosado. La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual. El Ministerios Fiscal en todo caso. Cualquier persona que tenga conocimiento del hecho.
Las medidas de protección integral establecidas en la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género tienen como finalidad: Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de este violencia. Prevenir, detectar y sancionar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres víctimas de esta violencia y a sus hijos. Prevenir, sancionar, detectar y eliminar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos y a los demás parientes víctimas de esta violencia. Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a sus víctimas.
La violencia de género a que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género comprende: Todo acto de violencia física y psicológica, excluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones a la privación arbitraria de libertad. Todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Los actos de violencia física y psicológica establecidos en la citada Ley. Únicamente actos de violencia física.
La atención multidisciplinar a las víctimas de violencia de género implicará especialmente: Información a las víctimas Apoyo a la formación e inserción laboral Atención psicológica Todas las respuestas son correctas .
Indique cuál de los siguientes no es un principio rector de la LO 1/2004 de medidas de Protección Integral contra la violencia de género: Garantizar derechos económicos para las mujeres victimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social. Promover la colaboración y participación de las entidades, asociaciones y organizaciones que desde la sociedad civil actúan contra la violencia de género. Establecer medidas eficaces para la reeducación de los autores de actos de violencia de género para garantizar su mejor adaptación a la sociedad. Fortalecer el marco penal y procesal vigente para asegurar una protección integral, desde las instancias jurisdiccionales, a las víctimas de violencia de género.
Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, ¿quiénes podrán adoptar medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres? Los Poderes Públicos. Las personas físicas. Las personas jurídicas privadas. Todas las respuestas anteriores son correctas.
La atención multidisciplinar a las victimas de violencia de género implicará especialmente: Atención psicológica. Ayuda económica. Apoyo moral. Todas las respuestas son correctas.
Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, los planes de igualdad de las empresas son: Un conjunto de decisiones adoptadas por parte de la empresa previas a realizar en diagnóstico de plantilla, tendentes a alcanzar en la empresa la paridad entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Un conjunto ordenado de medidas, adoptadas previas la realización de un diagnóstico de plantilla, tendentes a alcanzar en la empresa la paridad y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Un conjunto ordenado de decisiones adoptadas por parte de la empresa después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad integral entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
La funcionaria víctima de violencia de género tendrá derecho: A la extinción de su relación funcionarial con derecho a indemnización. A la movilidad funcional en los términos que determine su legislación específica. A la suspensión de la relación funcionarial con reserva de puesto de trabajo. A la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica.
Señale la respuesta correcta en relación con la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres: Incorpora al ordenamiento dos reglamentos comunitarios en materia de igualdad de trato. Se amplía a un año la duración máxima de la excedencia para el cuidado de familiares. Contempla el deber de negociar planes de igualdad en empresas de cincuenta o más trabajadores. Consagra el permiso de paternidad de 15 días de duración para los supuestos de hijo o hija con discapacidad.
Señale la respuesta correcta en relación con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a: Toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, siempre que su domicilio o residencia se halle en España. Toda persona Física que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, y a todo español que se halle en territorio extranjera. Toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúa en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, y a cualquier nacional español que se halle en territorio extranjero.
De conformidad con la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿qué se entiende por discriminación indirecta por razón de sexo? Cualquier comportamiento, verbal a físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona. Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro. La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
¿Cuál es la Ley que regula la igualdad efectiva de mujeres y hombres? La Ley 1/2004 La Ley 3/2007 La Ley Orgánica 1/2004 La Ley Orgánica 3/2007 .
¿Constituirá discriminación en el acceso al empleo una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante? Sí, salvo que la diferencia de trato sea consentida por el empleado. No, en ningún supuesto. No, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. Si siempre y en todo caso.
Según la LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la organización de las servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia de género por parte de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales responderá a los principios de: Atención continua, gratuidad, especialización y multidisciplinariedad. Atención permanente y actuación urgente. Atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional. Eficacia, eficiencia, atención permanente y especialización profesional.
Los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán: Inválidos y darán lugar a un acuerdo reparatorio e indemnizatorio a todos los efectos. Anulables y darán lugar a responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones que sean reales, efectivas y proporcionadas al perjuicio sufrido. Nulos y sin efecto. Todas las respuestas son incorrectas.
El medio ordinario de acreditación de las situaciones de violencia de género ejercida sobre las funcionarias será: La orden de protección a favor de la víctima. El informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. El informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos. Todas las respuestas son correctas.
El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, supone: Únicamente la ausencia de discriminación directa por razón de sexo La ausencia de toda diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo La ausencia de toda diferenciación, directa o indirecta La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.
Según dispone la Ley Orgánica 3/2007, las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente: En el acoso laboral y el acoso por razón de género. En las injurias y calumnias por razón de sexo, cometidas en el ámbito digital. En el acoso sexual y las coacciones y amenazas, incluidas las cometidas en el ámbito digital. En el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los sometidos en el ámbito digital.
La violencia de género a que se refiere la LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, comprende: Todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Todo acto de violencia física, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las lesiones, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Todo acto que, por su contenido o circunstancias constituya un ataque firme y manifiesto contra la vida, la integridad o la salud de las mujeres o de sus hijos menores. Todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, que suponga un peligro para la vida, integridad o salud de las personas.
La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres: Es un principio fundamental del ordenamiento jurídico Es en principio inspirador del ordenamiento jurídic No es un principio del ordenamiento jurídico Es un principio informador del ordenamiento jurídico.
Según el artículo 1.4 de la LO 1/2004, la violencia de género a que se refiere esta ley: También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad o con discapacidad de la mujer por parte de las personas Indicadas en el apartado primero de dicho artículo. No comprende la violencia que con et objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad de la mujer por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo.
Según la LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán: Garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sin menoscabo de la promoción profesional. Informar periódicamente la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación. Regular las medidas efectivas de protección frente al acoso sexual y el acoso por razón de género.
Indique cuál de la siguientes es una medida contemplada en el IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para la ciudad de Sevilla para promover nuevos modelos de organización social basados en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres: Elaboración de un documento de adhesión que logre la implicación de todos los agentes sociales y económicos en el compromiso por la igualdad. Programación de jornadas sobre género y urbanismo en las que se analicen buenas prácticas en este ámbito y se hagan propuestas participativas. Organización de talleres en los barrios que incluyan rutas a pie para diagnosticar necesidades reales y cotidianas contando con la participación de las mujeres. Potenciar la perspectiva de género en la comunicación institucional, tanto en la imagen corporativa como en los materiales que se editen, utilizando un lenguaje, imágenes y contenidos no sexistas e inclusivos.
En la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se dispone que constituye acoso sexual a los efectos de esta ley: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que provoque una situación gravemente intimatoria, hostil o humillante contra una mujer Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo Cualquier atentado contra la libertad sexual de una mujer, realizado por razón de su sexo, con el propósito de crear un entorno intimatorio, degradante u ofensivo.
Indique cual de la siguientes no es una medida contemplada en el IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para la ciudad de Sevilla para Proyectar una imagen de igualdad en la ciudad de Sevilla: Visibilizar a mujeres y hombres, de manera equilibrada, en actos públicos, jurados, comisiones. Campañas bajo el lema ’Sevilla, territorio de igualdad’ que transmitan a la ciudadanía el compromiso del ayuntamiento con la igualdad. Realizar recomendaciones para la eliminación de puntos críticos para la seguridad de las mujeres. Potenciar la perspectiva de género en la comunicación institucional, tanto en la imagen corporativa como en los materiales que se editen, utilizando un lenguaje, imágenes y contenidos no sexistas e inclusivos.
¿De qué fecha es la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género? De 30 de diciembre de 2004. De 29 enero de 2005. De 1 de enero de 2005. De 28 de diciembre de 2004.
Señale en cuál de los siguientes supuestos están las empresas obligadas a elaboración y aplicación de un plan de igualdad: En todo caso, cualquier empresa debe elaborar y aplicar obligatoriamente un plan de igualdad: En el caso de las empresas cuya plantilla esté integrada por más de un 10% de personas con discapacidad. En el caso de las empresas de 250 o más trabajadores. En el caso de las empresas de 50 o más trabajadores.
Las medidas de protección integral establecidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, tiene por finalidad prestar asistencia: A toda persona que sea o haya sido víctima de violencia de género. A las mujeres víctimas de v1olencia de género. A las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de violencia de género. A las mujeres y a sus hijos menores víctimas de violencia de género.
Según el artículo 3.4 de la LO 1/2004, la violencia de género a que se refiere esta ley: También comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. No comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad de la mujer por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad o con discapacidad de la mujer por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo.
Están obligadas a elaborar un Plan de Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral: Las empresas de cincuenta o más trabajadores. Las empresas de treinta o más trabajadores. Las empresas de cien o más trabajadores. Las empresas de doscientos cincuenta o más trabajadores.
El artículo 2 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece que las obligaciones nacidas de esta ley se aplicarán: A toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia A toda persona física de nacionalidad española, que se encuentre o actúe en territorio español A todos los ciudadanos de la Unión Europea, que se encuentren o actúen en territorio español A toda persona, física o jurídica, de nacionalidad española que se actúe en territorio nacional.
Señale la respuesta incorrecta. A tenor de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, y, especialmente: Las derivadas del ámbito laboral. Las derivadas de la maternidad. Las derivadas de la asunción de obligaciones familiares. Las derivadas del estado civil.
Señale la respuesta incorrecta en relación con la discriminación directa e indirecta: Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. En cualquier caso, se considera discriminatorio toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo. En cualquier caso, se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro. Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
Todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad constituye: Acoso sexual Discriminación indirecta por razón de sexo Discriminación directa por razón de sexo Acoso por razón de sexo.
Tienen garantizados los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Todas las mujeres víctimas de violencia de género de nacionalidad española Todas las mujeres víctimas de violencia de género Todas las mujeres víctimas de violencia de género de nacionalidad española con independencia de su religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social Todas las mujeres víctimas de violencia de género de nacionalidad española o europea.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿cuál de los siguientes se considerará como un acto de discriminación por razón de sexo? El condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón de sexo. El acoso sexual. El acoso por razón de sexo. Todas las respuestas son correctas.
El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres recogido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/2007 supone: La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de raza, sexo, origen, nacionalidad o cualquier otra circunstancia de análoga entidad La ausencia de toda discriminación directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil La ausencia de toda discriminación, directa, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, el empleo, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta en cualquier ámbito de la vida pública o privada.
Las víctimas de violencia de género: Tienen derecho a la defensa jurídica, gratuita y especializada una vez demostrado que efectivamente son víctimas de violencia de género. Tienen derecho a la defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata, en todo caso. Tienen derecho a la defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata, en caso de acreditar insuficiencia de recursos. Ninguna respuesta es correcta.
Señale la opción incorrecta en relación a la asistencia jurídica a las víctimas de violencia de género: Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento pudiendo permitirse la reiteración de las actuaciones ya practicadas antes de su personación. Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia. Los Colegios de Abogados adoptarán las medidas necesarias para la designación urgente de letrado para asegurar su inmediata presencia y asistencia a las víctimas. Los Colegios de Procuradores adoptarán las medidas necesarias para la designación urgente de procurador cuando la víctima desee personarse como acusación particular.
En base a lo establecido en la LO 1/2004, se considerarán faltas justificadas al puesto de trabajo: Las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria. Las ausencias parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria. Las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria, siendo necesaria una acreditación posterior de las mismas. Las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física derivada de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria.
Señale la incorrecta. En base a lo establecido en la LO 1/2004, ¿cómo acreditan las funcionarias víctimas de violencia de género las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de los derechos de movilidad geográfica de centro de trabajo? Mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. Mediante declaración responsable de la propia funcionaria víctima de violencia de género. Mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género. Mediante informe de los servicios sociales.
De acuerdo con el artículo 25 de la LO 1/2004, se considerarán justificadas las faltas de asistencia al trabajo de la mujer funcionaria cuando: Sean motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género. Hayan sido víctimas de violencia de género. Obtengan una resolución judicial que acredite que son víctimas de violencia de género. Reciban autorización previa del órgano competente, independientemente de si la falta ha sido motivada como consecuencia de la situación física o psicológica de la víctima o no.
Señale la opción incorrecta. Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de: Apoyo. Recuperación parcial. Emergencia. Atención.
Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular: En cualquier momento del procedimiento si bien ello no podrá suponer una merma del derecho a la defensa del acusado. En cualquier momento del procedimiento si bien no se permitirá retrotraer las actuaciones. En cualquier momento del procedimiento si bien ello no permitirá reiterar las actuaciones ya practicadas antes de su personación. Todas son correctas. .
De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 1/2004, los programas y acciones que se lleven a cabo en relación con el derecho a la asistencia social integral de las mujeres víctimas de violencia de género estarán: Orientados por parte de los organismos de igualdad. Estructurados por parte de los organismos de igualdad. Aprobados por parte de los organismos de igualdad. Financiados por parte de los organismos de igualdad.
Según el artículo 19 de la LO 1/2004, los servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género actuarán coordinadamente y en colaboración con: Los Jueces de Violencia sobre la Mujer del ámbito geográfico correspondiente. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El Ministerio Fiscal. Las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas de todos los ámbitos.
En base a lo establecido en la LO 1/2004, la funcionaria víctima de violencia de género tiene derecho a: La reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo. La movilidad geográfica de centro de trabajo. Excedencia por violencia de género. Todas las anteriores son correctas. .
Señale la opción incorrecta. Según el artículo 17 de la LO 1/2004, contribuye a hacer reales y efectivos los derechos constitucionales de las víctimas de violencia de género, a la integridad física y moral, a la libertad y seguridad y a la igualdad y no discriminación por razón de sexo: La asistencia jurídica. La asistencia social integral. La intervención política. La información.
De acuerdo con el artículo 26 de la LO 1/2004, la acreditación de las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de la excedencia de víctima de violencia de género, se realizará: Mediante el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. Mediante un informe del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. Mediante un acuerdo con los servicios públicos. Mediante una declaración responsable de la víctima de violencia de género.
Señale la opción incorrecta. Según el artículo 18 de la LO 1/2004, las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, que comprenderá: La información referente al lugar de prestación de los servicios de atención. La información referente al lugar de prestación de los servicios de emergencia. La información referente al lugar de prestación de los servicios de coordinación. La información de las medidas relativas a su protección y seguridad.
Los Colegios de Abogados asegurarán una formación específica que coadyuve al ejercicio profesional de una defensa eficaz en materia de violencia de género: No la asegurarán, sino que la exigirán. En todo caso. Cuando existan menores maltratados en el proceso. Cuando exijan para el ejercicio del turno de oficio cursos de especialización. .
La atención multidisciplinar recogida en el artículo 19 de la Lo 1/2004, no implicará especialmente: Atención psicológica. Apoyo a la formación e inserción laboral. Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer. Atención educativa a la unidad familiar. .
En todo caso, cuando se trate de garantizar la defensa y asistencia jurídica a las víctimas de violencia de género, se procederá de conformidad con lo dispuesto en: El Código Penal. La Ley de Asistencia jurídica gratuita. La Ley de Enjuiciamiento Criminal. La Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
El artículo 24 de la Ley Orgánica 1/2004, en relación a los derechos de las funcionarias víctimas de violencia de género, no menciona: La flexibilización de la jornada laboral. La movilidad geográfica de su centro de trabajo. La excedencia por violencia de género. La reordenación de su tiempo de trabajo.
La información sobre sobre los recursos existentes para las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género, se ofrecerá en formato accesible y comprensible, tales como lengua de signos u otras modalidades u opciones de comunicación, incluidos los sistemas: Simultáneos y continuos. Alternativos y aumentativos. Especiales y constantes. Ininterrumpidos y obligatorios.
De acuerdo con el artículo 24 de la LO 1/2004, la funcionaria víctima de violencia de género tendrá derecho: A la excedencia, en los términos que se determinen en la presente ley. A la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica. A la excedencia voluntaria, previa acreditación de las situación de violencia de género. A la excedencia, en cualquier caso.
El abogado designado para la víctima de violencia de género tendrá también habilitación legal para la representación procesal de aquella hasta la designación del procurador: En cualquier momento del proceso. Durante todo el proceso. En tanto la víctima no se haya personado como acusación particular. En ningún caso tendrá habilitación legal para la representación procesal.
De acuerdo con el artículo 25 de la LO 1/2004, se entenderán justificadas las ausencias, totales o parciales, al trabajo de las funcionarias víctimas de violencia de género, siempre que vengas motivadas por: La situación física derivada de la violencia de género. La situación psicológica derivada de la violencia de género. La situación familiar derivada de la violencia de género. A y B son correctas. .
De acuerdo con el artículo 25 de la LO 1/2004, las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género sufrida por una mujer funcionaria se considerarán justificadas: En los términos que se determinen en la presente ley. En todo caso. En los términos que se determinen en su legislación específica. En los términos que se determine en su legislación específica, previo informe del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
Para garantizar la efectividad de los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional del derecho social integral de las mujeres víctimas de violencia de género, los servicios sociales adoptarán: Fórmulas organizativas que garanticen la efectividad de los indicados principios. Fórmulas especializadas que aseguren la efectividad de los indicados principios. Fórmulas administrativas que avalen la efectividad de los indicados principios. Ninguna de las opciones anteriores es correcta.
Tienen garantizados los derechos recogidos en la LO 1/2004: Todas las mujeres con independencia de su origen. Todas las mujeres españolas víctimas de violencia de género. Todas las mujeres con independencia de cualquier circunstancia personal o social. Todas las mujeres víctimas de violencia de género con independencia de su origen y religión.
De acuerdo con el artículo 24 de la LO 1/2004, la funcionaria víctima de violencia de género tendrá derecho a la reducción: De su jornada laboral, siempre que acredite la situación de violencia de género ante el Instituto de la Mujer y Para la Igualdad de Oportunidades. De su tiempo de trabajo. De su jornada laboral, siempre que acredite la situación de violencia de género ante la Conferencia Sectorial de Igualdad. De su tiempo de trabajo, siempre que así lo determine su legislación específica.
Señale la opción incorrecta. Según el artículo 19 de la LO 1/2004, las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. La organización de estos servicios responderá al principio de: Atención permanente. Multidisciplinariedad social. Actuación urgente. Especialización de prestaciones.
Según el artículo 19 de la LO 1/2004, en los instrumentos y procedimientos de cooperación entre la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas en las materias relativas al derecho a la asistencia social integral de las víctimas de violencia de género, se incluirán compromisos de aportación de: Recursos administrativos referidos específicamente a la prestación de los servicios. Recursos económicos referidos específicamente a la prestación de los servicios. Recursos educativos referidos específicamente a la prestación de los servicios. Recursos financieros referidos específicamente a la prestación de los servicios. .
Según el artículo 1.4 de la LO 1/2004, la violencia de género a que se refiere esta ley: No comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad de la mujer por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo. También comprende la violencia que se ejerza sobre los familiares o allegados menores de edad o con discapacidad de la mujer por parte de las personas indicadas en el apartado primero de dicho artículo.
El artículo 2 de la LO 1/2004 establece que la ley articula un conjunto integral de medidas encaminadas a alcanzar uno de los siguientes fines: Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana de prevención, dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático. Garantizar derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social. Fortalecer el marco penal y procesal vigente para asegurar una protección integral, desde las instancias jurisdiccionales, a las víctimas de violencia de género. Todas las anteriores son correctas. .
¿Cuál de los siguientes no es uno de los principios rectores recogidos en el artículo 2 de la LO 1/2004? Garantizar el principio de eficacia de las medidas, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de género. Fomentar la especialización de los colectivos profesionales que intervienen en el proceso de información, atención y protección a las víctimas. Consagrar derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, exigibles ante las Administraciones Públicas, y así asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios establecidos al efecto. Coordinar los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género y, en su caso, la sanción adecuada a los culpables de los mismos.
Mediante la Ley Orgánica 1/2004, se establecen medidas de protección integral, ¿cuál es su finalidad? Prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. Prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los mayores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia. Prevenir y adoptar las medidas necesarias para la protección de las mujeres víctimas de violencia de género. Todas las anteriores son correctas.
En base a lo establecido en la LO 1/2004, la violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende: Todo acto de violencia física y psicológica, sin incluir las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Todo acto de violencia física, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual. Todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. .
¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica 1/2004? Actuar contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres, cualquiera que sea el la persona que la provoca. Actuar contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, siempre que exista convivencia. Actuar contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. Actuar contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean sus cónyuges.
Señale cuál de los siguientes es uno de los principios rectores de la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Fomentar la especialización de los colectivos profesionales que intervienen en el proceso de información, atención y protección a las víctimas. Fortalecer derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social. Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana de prevención, dotando a los poderes públicos y privados de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático. Establecer los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género y, en su caso, la sanción adecuada a los culpables de los mismos.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres fue sancionada: Por el Rey Juan Carlos I. Por el Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad. Por el Rey Felipe VI. Por el Ministro de Justicia.
¿De qué forma se hará efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres según indica el objeto de la ley? En particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida. En la forma establecida en la legislación. De forma específica mediante la creación del Instituto de la Mujer. En general mediante el fomento de la igualdad de trato entre mujeres y hombres a través de las políticas públicas establecidas al efecto.
La Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene fecha de: 22 de marzo 22 de mayo 23 de mayo 23 de marzo.
¿Qué tiene por objeto la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres? Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Conseguir el fomento del derecho de igualdad absoluta entre mujeres y hombres. Concienciar a la ciudadanía del derecho de igualdad de trato, oportunidades, educación y valores entre mujeres y hombres. Fomentar la eliminación de la desigualdad social entre mujeres y hombres.
Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Establece principios de actuación de los Poderes Públicos. Regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas. Prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo. Todas son correctas.
La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece los principios de actuación: De la sociedad civil. De los poderes públicos. Del sector económico. Del sector privado.
Según la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición: Es un criterio específico de actuación. Forma parte del ámbito subjetivo de la ley. Forma parte del objeto de la ley. Es un principio general de actuación.
La igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre unos y otros son un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión Europea y de sus miembros: Desde la entrada en vigor del Tratado de Utrech. Desde la entrada en vigor del Tratado de Roma. Desde la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam. Desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa.
Según la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las obligaciones establecidas en la misma serán de aplicación: A todos los ciudadanos de nacionalidad española. A toda persona física que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. A toda persona jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Las respuestas b y c son correctas. .
¿Quiénes gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo? Todas las mujeres que se encuentren o actúen en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Principalmente las mujeres en situación de desigualdad o vulnerabilidad tanto social como económica. Todas las personas. Todos los hombres y mujeres de nacionalidad española.
El derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, se hará efectivo, en particular, mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas: Laboral, económica. Social y cultural. Política y civil. En todas las anteriores. .
¿En qué artículo de la Constitución Española encuentra su fundamento jurídico la igualdad por razón de sexo, o igualdad de género?: 16 15 12 14.
¿Qué artículos de la Constitución desarrolla la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres según su artículo 1? 14 y 16. 14 y 18.1. 9.2 y 14. 8.1 y 14.
¿A quiénes será de aplicación las obligaciones establecidas en la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres? A toda persona, física o jurídica. Exclusivamente a las personas jurídicas. Exclusivamente a las personas físicas. Exclusivamente a las mujeres.
La ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular: Mediante el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, y especialmente en las esferas laboral y económica. Mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural. Mediante la creación de instituciones públicas encargadas de velar por el cumplimiento de la ley. Mediante la enseñanza en valores de igualdad de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, especialmente, en las esferas civil, social y cultural.
La ley que regula la igualdad efectiva de mujeres y hombres es: La Ley Orgánica 39/2006, de 14 de diciembre. La Ley Ordinaria 5/2009, de 21 de marzo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente: En el ámbito formativo y académico. En las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural. En el ámbito de la comunicación social. En las esferas internacionales.
Según el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las mujeres y los hombres: Son iguales en derechos y obligaciones, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de sexo. Son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Son iguales antes la ley, e iguales en derechos y obligaciones. Son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
¿Qué se pretende alcanzar con la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres? Una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. La eliminación de la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La igualdad en dignidad social, en derechos y deberes. Todas son correctas.
Según la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las mujeres y los hombres son iguales: En dignidad humana. Iguales en derechos. Iguales en deberes. Todas son correctas. .
Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer es el objeto: De los derechos fundamentales de la Constitución Española. De la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. De la Declaración Universal de Derechos Humanos. De la ley 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
La Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres entró en vigor: 24 de marzo de 2007 1 de abril de 2007 23 de marzo de 2007 22 de marzo de 2007.
¿En qué fecha se publicó en el BOE la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres? 23 de marzo 23 de mayo 22 de marzo 22 de mayo.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso