El conjunto de normas por las que se rige una comunidad es el: Derecho objetivo Derecho subjetivo Derecho general. El derecho subjetivo es: El conjunto de principios universales de Derecho concebidos por la razón y fundados por la naturaleza humana El establecido en un momento histórico determinado La capacidad que la norma concede a una persona, es decir, el poder o facultad para exigir algo a los demás. El derecho natural se encuentra dentro del: Derecho Común Derecho Objetivo Derecho Subjetivo. El derecho que regula las relaciones entre el Estado, los entes y los particulares es el: Derecho General Derecho Público Derecho Privado. El derecho expresamente establecido e impuesto a una comunidad, mutable dependiendo del momento histórico y del país, es el Derecho privado Derecho especial Derecho positivo. El derecho que se dicta para toda clase de personas, cosas y relaciones jurídicas, sin distinción alguna, es el: Derecho Común Derecho General Derecho Público. El Derecho Civil es un Derecho: Privado Público Subjetivo. El derecho compuesto por normas imperativas es el: Derecho Privado Derecho dispositivo Derecho Público. No es Derecho privado: Derecho Civil Derecho Mercantil Derecho Fiscal o Tributario. El derecho natural es: Inmutable a lo largo del tiempo Mutable dependiendo del momento y del país El núcleo del ordenamiento jurídico. El derecho Particular es el que: Se aplica en determinados territorios del Estado Se dicta para determinadas clases de personas, cosas o relaciones No se puede modificar ni derogar. El derecho de familia es un ejemplo de derecho: Público Necesario o imperativo Dispositivo o voluntario. Un ejemplo de derecho Dispositivo o Voluntario es el: Derecho de matrimonio Derecho de los contratos Derecho Foral. El derecho foral es un derecho: Especial Particular General. No forma parte del Derecho Objetivo: Derecho Público Derecho Privado A y B son correctas.
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