Según la ley 6/2006, aprobar los reglamentos para el desarrollo y ejecución de las leyes corresponde: A los titulares de las diferentes Consejerías. Al Presidente de la Junta de Andalucía. Al Consejo de Gobierno. De conformidad con lo establecido en la Ley 6/2006: El ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde al Consejo de Gobierno de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las leyes. Las personas titulares de las Consejerías tienen potestad reglamentaria en lo relativo a la organización y todas las materias de cada una de ellas. Las personas titulares de las Consejerías no pueden dictar reglamentos.