Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESENPD

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
NPD

Descripción:
test npd

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
08/11/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 50
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Siempre que no concurra violencia o intimidación, los descendientes que cometan delitos patrimoniales sobre sus ascendientes: Estarán exentos de responsabilidad civil y criminal. Estarán sujetos a responsabilidad criminal pero no civil. Estarán exentos de responsabilidad criminal y sujetos a responsabilidad civil. Estarán sujetos a responsabilidad criminal y civil.
El que con ánimo de lucro tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño, si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros: Será castigado como reo de hurto a la pena de prisión de 6 a 18 meses. Será castigado como reo de robo con la pena de prisión de 6 a 18 meses. Será castigado con la pena de prisión de 18 meses. Será castigado con una multa de 3 a 12 meses.
El artículo 235 del Código Penal establece un subtipo agravado del delito de hurto sirviéndose de alguna de las siguientes circunstancias: Cuando se trate de cosas de primera necesidad y se cause una situación de desabastecimiento. Que recaiga sobre cosas de primera necesidad viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social. Que se realice con simulación de pleito o empleo de otro fraude procesal. Que se realice mediante cheque, pagaré, letra de cambio en blanco o negocio o cambiario.
Señale la tipificación correcta del articulo 244.1 del Código Penal : El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos sin ánimo de apropiárselo, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 48 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos sin ánimo de apropiárselo, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 24 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos con ánimo de apropiárselo, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 48 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos con ánimo de apropiárselo, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 72 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo.
La excusa absolutoria del artículo 268 del Código Penal exige en todos los casos: Que los parientes vivan juntos. Que se haya producido la restitución. Que el pariente excusado sea el único responsable del deli Siempre que no concurra violencia o intimidación.
Señale la respuesta correcta de acuerdo con lo establecido en el artículo 269 del C.P: La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de hurto, robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, serán castigadas con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, serán castigadas con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de hurto, robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, serán castigadas con la pena señala en la ley para el delito correspondiente en su mitad inferior. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos de hurto, robo, daños, estafa o apropiación indebida, serán castigadas con la pena señala en la ley para el delito correspondiente en su mitad inferior.
¿Quién puede ser sujeto activo del delito de prevaricación del Artículo 404 del Código Penal?: El Juez o Magistrado. La autoridad o funcionario público. Las autoridades y los abogados exclusivamente. Autoridades judiciales y federatarios públicos.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 468.3 del Código Penal, no llevar consigo el dispositivo técnico que hubiera sido dispuesto para controlar el cumplimiento de la pena: No es constitutivo de delito. Es constitutivo de un delito de Quebrantamiento de condena. Es constitutivo de un delito de Desobediencia. Es constitutivo de un delito de Obstrucción a la Justicia.
La conspiración se castiga: Entre otros casos, en todos los delitos contra el patrimonio y contra el orden socio-económico. Nunca si el delito es menos grave o perseguible a instancia de parte. Además de en otros supuestos, en los delitos de robo, extorsión, estafa o apropiación indebida. En los casos expresamente previstos en la Ley y, en todo caso, con la pena inferior en un grado a la del delito correspondiente.
Según el Código Penal, no constituyen delitos de defraudación: Algunos tipos de estafa. La presentación en un juicio de un documento falso. Las apropiaciones indebidas. El uso de cualquier Terminal de telecomunicaciones sin consentimiento de su titular, ocasionándole un perjuicio superior a 400 euros.
Comete un delito de extorsión: El que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena. El que alterare términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado. El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero. El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero.
Según el artículo 237 del CP, son reos de robo: Los que, con ánimo de lucro, U se apoderan de cosas inmuebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar dónde éstas se encuentren o violencia e intimidación en las personas, Los que, sin ánimo de lucro, se apoderaren de cosas muebles ajenas con violencia e intimidación en las personas. Los que se apoderaren de cosas inmuebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde se encuentran o violencia e Intimidación en las personas. Los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde se encuentran o violencia e Intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren. .
Comete delito de hurto el que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño: Unicamente cuando el valor de lo sustraído exceda los 400 euros. Cuando se utilice a menores de 16 años para la comisión del delito, aunque la cuantía de lo sustraído no exceda de 400 euros. Cuando el culpable al delinquir hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por dos delitos comprendidos en el mismo capítulo y se utilice la violencia. Cuando emplee fuerza para sustraer las cosas muebles.
El que ilegítimamente diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, atribuyéndose carácter oficial, comete un delito de: Prevaricación. Nombramientos ilegal. Prevaricación administrativa. Usurpación de funciones públicas.
A efectos penales, una de las siguientes afirmaciones no es correcta: Tendrán la consideración de autoridad los miembros del Parlamento Europeo, de conformidad con lo prevenido en el articulo 24.1 del Código Penal. Se considera documento todo soporte material o virtual que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier tipo de relevancia jurídica, conforme a lo prevenido en el artículo 26 del Código Penal. Se considera persona con discapacidad necesitada de especial protección a toda persona, haya sido o no declarada su incapacitación, que padezca una enfermedad de carácter persistente que le impida gobernar su persona o bienes por si misma, de conformidad con lo prevenido en el artículo 25 del Código Penal. Se considerará funcionario público todo el que por elección participe en el ejercicio de funciones públicas, conforme a lo previsto en el artículo 24.2 del Código Penal.
Una de las siguientes no figura entre las circunstancias contempladas en el artículo 369.1 del Código Penal, cuya concurrencia supone la imposición de penas superiores a las indicadas en el artículo 368 (cultivo, elaboración y tráfico de drogas): El culpable empleare violencia o exhibiere o hiciese uso de armas para cometer el hecho. Se utilice a menores de 18 años o disminuidos psíquicos para cometer estos delitos. Los hechos fueren realizados en establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos. Las referidas sustancias se adulteren, manipulen o mezclen entre sí o con otras, incrementando el posible daño a la salud.
Faltar por parte de una autoridad o funcionario público a la verdad en la narración de los hechos en el ejercicio de sus funciones, es un delito de: Falsedad documental previsto en el Título XVIII, Capítulo II. Usurpación de funciones del Título XVIII, Capítulo V. Estafa del Título IX, Capítulo VIII. Calumnia del Título XI, Capítulo I.
El sacerdote que durante el ejercicio de su confesión religiosa falte a la verdad en la narración de los hechos respecto de actos y documentos que puedan producir efectos en el estado de las personas o en el orden civil: No comete delito puesto que se trata del ámbito propio de la confesión religiosa. Comete delito de falsedad en documento público u oficial. Sólo comete delito si se trata de un acto público. Comete delito de falsificación en documento privado.
De acuerdo con el Art. 390 del Código Penal, uno de los siguientes actos no se produce en la comisión de un delito de falsedad documental cometido por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos: Simular un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad. Consentir la inutilización de documentos que tuviere a su cargo. Suponer, en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuir a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho. Faltar a la verdad en la narración de los hechos.
Faltar a la verdad en la narración de los hechos consignados en un documento representa una acción típica delictiva: Si es realizada por un particular sobre documento público, oficial o de comercio. Si es realizada por autoridad o funcionario público, en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, sobre documento público, oficial o mercantil. Si es realizada por autoridad o funcionario público, en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, sobre documento privado. Si es realizada por un particular sobre documento privado.
La tenencia de útiles para la falsificación en el vigente Código Penal: No se castiga al considerarse actos preparatorios de la comisión del delito no habiéndose comenzado aún la ejecución del delito. Se castiga únicamente si existe una anterior sentencia condenatoria firme por delito de falsedad. Se castiga con la misma pena señalada en cada caso para los autores de los delitos de falsificación. Se aplica la pena inferior en uno o dos grados del respectivo tipo delictivo.
El artículo 376 del Código Penal dice que los jueces o tribunales podrán imponer la pena inferior en uno o dos grados en los delitos de tráfico de drogas, siempre que el sujeto cumpla determinadas condiciones. Señale qué condición no está expresada en el mencionado artículo: Presentarse ante las autoridades confesando los hechos en que se hubiera intervenido. El abandono voluntario de las actividades delictivas. Colaborar activamente con las autoridades para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables. Colaborar activamente con las autoridades para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones a las que haya pertenecido. .
Los pagos que se efectúen por el penado por la comisión de delitos de tráfico de sustancias o drogas toxicas se imputarán en primer lugar, según el Código Penal: Al abono de la multa impuesta. A la indemnizacion del Estado por el importe de los gastos que se hayan hecho por su cuenta en la causa. A las costas procesales. A la reparación del daño causado.
No concurre el tipo de intrusismo profesional cuando: Se ejerce una actividad profesional sin haber ingresado en el correspondiente colegio profesional. Se ejerce una actividad profesional sin poseer el título oficial que acredite la capacitación necesaria para su ejercicio, si así se exige. Se ejerce una actividad profesional sin poseer el título oficial que acredite la habilitación legal para su ejercicio. Se ejerce una actividad profesional sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España conforme a la legislación vigente.
Según el artículo 376 del Código Penal pueden los jueces o tribunales imponer la pena inferior en uno o dos grados al reo que, siendo drogodependiente en el momento de comisión de un delito contra la salud pública previsto en los artículos 368 a 372 del mismo texto legal, acredite suficientemente que ha finalizado con éxito un tratamiento de deshabituación?: Si, en todo caso, ya que ello es consecuente con el principio de reinserción social previsto en el artículo 25.2 de la CE. Siempre que exista una propuesta de la .Junta de Tratamiento del (establecimiento donde estuviese en calidad de preventivo. Siempre que la cantidad de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas no fuese de notoria importancia o de extrema gravedad. Ninguna respuesta es válida.
Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro, modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, tupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados: Distinguiendo si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud o no causen este efecto. Con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito. Con las penas de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo del valor de la droga objeto del delito. Con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al cuádruplo del valor de la droga objeto del delito.
El funcionario de Instituciones Penitenciarias que, con referencia a un informe sobre un incidente acaecido en el Centro Penitenciario en el que trabaja, falta a la verdad en la narración de los hechos, ¿comete un delito de falsedad?: Si, comete un delito previsto en el artículo 390 del Código Penal. No, sólo lo cometería si altera el informe en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial. No, sólo lo cometería suponiendo en el incidente la intervención de personas que no la han tenido. No, la indicada en la pregunta es una acción atípica.
El que legítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial: Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. No comete delito alguno. Comete un delito de intrusismo. Comete un delito de usurpación de funciones públicas.
¿Puede ser un particular sujeto activo de un delito de falsedad en documento público, oficial o mercantil? : No, sólo pueden serlo funcionarios públicos. Sí, pero sólo si ejerce de jurado, árbitro o perito. Sí, pero sólo si, de alguna forma, participa en el ejercicio de funciones públicas. Sí, puede serlo.
Tras la reforma del CP operada por la LO 5/2010 de 22 de junio, al culpable de un hecho descrito en el artículo 368, será castigado con pena de prisión de : 6 meses a 3 años si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud. 3 a 6 años si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud. 6 meses a 2 años si se trata de sustancias o productos que no causen grave daño a la salud. 2 a 6 años si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud.
No incurre en delito de falsedad en documento público, oficial o mercantil, el particular que: Simule un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad. Falte a la verdad en la narración de los hechos. Altere un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial. Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 378 del CP, el pago que efectúe el penado por un delito de tráfico de drogas se imputarán en primer orden a: Las costas procesales. La reparación del daño causado e indemnización de perjuicios. La multa. La indemnización al Estado.
El que ilegítimamente ejerciera actos propios de una autoridad o funcionario público: Cometerá delito de intrusismo en su forma agravada. Cometerá delito de usurpación de funciones públicas si se atribuye carácter oficial. Cometerá delito de usurpación de funciones públicas aunque no se atribuya carácter oficial. Solo cometerá delito si ejerciera actos para los que se necesitase título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente.
El funcionario público que, habiendo suspendido la ejecución de una orden de su superior por constituir una infracción manifiesta, clara y terminante de una disposición general, la desobedeciere después de que aquel hubiese desaprobado la suspensión: Incurrirá en la pena de multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 1 a 3 años. Incurrirá en la pena de multa de 3 a 12 meses. No incurrirá en responsabilidad criminal. Incurrirá en la pena de multa de 6 a 12 meses.
La conducta del funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones comete falsedad suponiendo en un acto la intervencion de personas que no la han tenido, es punible: Solo cuando actúa con dolo directo. Tanto si actúa de forma dolosa como por imprudencia grave. Tanto si actúa de forma dolosa como por imprudencia leve. Solo si actúa por imprudencia grave.
La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, deje intencionadamente de promover la persecución de delitos de que tenga noticia, comete delito de: Omisión del deber de perseguir delitos. Abandono del cargo. Desobediencia. Obstrucción a la justicia.
No incurre en prevaricación o comportamiento injusto: La Autoridad o funcionario público que a sabiendas de su injusticia dictase una resolución arbitraria en un asunto administrativo. La Autoridad o funcionario público que en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad propusiere, nombrare o diere posesión para un cargo público a una persona sin que concurran los requisitos establecidos para ello. La persona que acepta la propuesta de nombramiento o toma de posesión para el ejercicio de un cargo público sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello. El que dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia.
Incurre en denegación de auxilio el funcionario público que: No tramite la denuncia de un ciudadano. No ejecute las órdenes de sus superiores. Requerido por la Autoridad competente no prestare el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público. Incumpla un mandato que constituya la infracción de un precepto de ley.
Señale la respuesta incorrecta. Según el Artículo 180 del Código Penal, se agravará la pena impuesta en los delitos de agresión sexual cuando: La violencia o intimidación revista revista un carácter particularmente degradante o vejatorio. Los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas. Para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima. Interviniere engaño o se abusare de una posición reconocida de confianza o influencia sobre la víctima. .
La autoridad o funcionario público que dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo, a tenor de las previsiones del artículo 404 del Código Penal: Comete delito de prevaricación administrativa. No comete ningún delito. Comete delito de cohecho. Comete delito de fraude administrativo.
No constituye delito contra la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en el Título XIX del Código Penal vigente: La falsedad documental. El tráfico de influencias. La malversación. Los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales.
El funcionario público que meramente tomare parte en el abandono colectivo de un servicio público, comete delito de abandono de destino: En ningún caso. Solo si se trata de un servicio público esencial, aunque no baya ningún perjuicio. Sólo si hay perjuicio para la causa pública pudiendose tratarse de cualquier servicio. Solo si se trata de un servicio público esencial y con grave perjuicio para la comunidad o para el servicio.
Comete delito de denegación de auxilio: Quien pudiendo hacerlo no acuda a la autoridad para que impida, un delito contra la integridad de las personas de cuya comisión tenga noticias. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, pudiendo hacerlo sin riesgo propio o ajeno. El profesional que, estando obligado a ello, denegare asistencia sanitaria, derivándose grave riesgo para la salud de las personas. El funcionario público que, requerido por un particular a prestar algún auxilio al que venga obligado por razón de su cargo para evitar un delito contra la vida de las personas, se abstuviera de prestarlo.
¿Incurre en un delito de denegación de auxilio tipificado en el artículo 412 del Código Penal el funcionario que se abstuviera de prestarlo a requerimiento de un particular? : Sólo si está obligado a prestarlo por razón de su cargo y para evitar un delito contra la vida de las personas. Sólo si está obligado a prestarlo por razón de su cargo y para evitar un delito contra la vida, integridad, libertad sexual, salud o libertad de las personas. Si, aunque no esté obligado a prestarlo por razón de su cargo, siempre que se trate de evitar un delito contra las personas. Sólo si está obligado a prestarlo por razón de su cargo y para evitar un delito u otro mal.
Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tornaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de: Multa de ocho a doce meses. Inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. Multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. Inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
La autoridad o funcionario público que meramente tomare parte en el abandono colectivo de un servicio público, cornete delito de abandono de destino: Si se trata de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad. No comete ningún delito, únicamente se castiga a los promotores. Si se trata de un servicio público esencial sin grave perjuicio de este o la comunidad. No comete ningún delito, sólo se castiga a los que promueven , dirigen y organicen el abandono colectivo.
Incurren en delito de desobediencia, las autoridades o funcionarios públicos: Que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a las decisiones y órdenes de la autoridad superior dictadas fuera del ámbito de su respectiva competencia. Que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales dictadas sin las formalidades legales. Que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a un mandato que constituya una Infracción manifiesta clara y terminante de un precepto de ley. Que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a decisiones de la autoridad superior dictada dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestida de las formalidades legales.
El CP castiga a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, con pena de: 6 meses a 1 año de prisión. 6 meses a 1 años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. 3 a 6 meses de prisión. Inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de nueve a quince años.
A tenor de las previsiones del Código Penal, comete prevaricación el funcionario público que dictare una resolución: Infundada y con perjuicio para terceros o para la Administración. Injusta cuando medie imprudencia y con perjuicio para terceros. Arbitraria, a sabiendas de su injusticia. Injusta por ignorancia.
Comete delito el funcionario público que requerido por particular a prestar algún auxilio a que venga obligado por razón de su cargo, se abstuviera de prestarlo cuando dicha petición tenga por objeto evitar: Cualquier delito u otro mal. Exclusivamente delitos contra la integridad física de las personas. Exclusivamente cualquier delito contra la libertad sexual. Exclusivamente cualquier delito contra la vida de las personas.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso