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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETest 11. La sede electrónica.

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Título del test:
Test 11. La sede electrónica.

Descripción:
Oposiciones

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
17/05/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
1. Comunicarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos es: Un deber de los ciudadanos. Un derecho de las Administraciones Públicas. Un derecho de los ciudadanos. Un derecho fundamental de los españoles, recogido por la Constitución; y, a la vez, un deber.
2. Se define como ``dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias´´: Sede electrónica. Administración electrónica. Página web de una Administración Pública. Estándar abierto.
3. El artículo 26.2 de la Ley 39/2015 (LPACAP), exige para ser válidos ``contener información de cualquier naturaleza en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado´´, a: Las notificaciones administrativas. Las comunicaciones electrónicas. Los documentos electrónicos. Los certificados electrónicos.
4. El conjunto de datos en forma electrónica, consiguiendo juntos a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante, es: La firma electrónica. El certificado electrónico. El expediente electrónico. El documento electrónico.
5. La sede electrónica a través de la cual se facilita el acceso a los servicios y procedimientos de las distintas sedes electrónicas de la Administración Pública correspondiente, se conoce en la LPACAP como: Punto general de acceso. Oficina virtual de referencia. Registro general electrónico. Portal-sede.
6. En relación con el tipo de comunicación de interesado con la Administración, no es cierto que: Las personas físicas pueden elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las Administraciones puedan establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas. Las personas jurídicas estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas no puede ser modificado a lo largo del procedimiento. .
7. No están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: Las entidades sin personalidad jurídica. Todo aquel que ostente la representación de un interesado. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. Las personas jurídicas.
8. ¿Qué calendario de días inhábiles se aplicará en los registros electrónicos a efectos del cómputo de plazos?: El que se publique al efecto en el Boletín Oficial del Estado para todos los registros. El que se publique al efecto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para todos los registros ubicados en ella. El que determine la sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo. El que determine la sede electrónica del ayuntamiento en cuyo municipio se ubique el registro.
9. Cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizando el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos: Estarán obligados a utilizar siempre medios electrónicos para comunicarse con la Administración. Podrán elegir el medio con el que comunicarse con la Administración. Las Administraciones Púbicas podrán establecer reglamentariamente la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando solo medios electrónicos. Tendrán las mismas obligaciones que cualquier persona física en su relación con la Administración.
10. El acceso por el interesado, debidamente identificado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la sede electrónica del órgano u organismo pública actuante: Es una manera válida de notificar, por comparecencia electrónica. No es un medio de notificación autorizado reglamentariamente. Tendrá efectos de notificación si el interesado manifiesta expresamente su consentimiento. Siempre se entenderá como practicada la notificación, aunque no quede constancia de dicho acceso.
11. En relación con los documentos electrónicos administrativos, no es cierto que: Para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán disponer de los datos de identificación que permitan su individualización, sin perjuicio de su posible incorporación a un expediente electrónico. A menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia, las Administraciones Públicas emitirán los documentos administrativos por escrito, a través de medios electrónicos. Los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas que se publiquen con carácter meramente informativo requieren firma electrónica para ser considerados documentos administrativos. Cualquier documento electrónico emitido por una Administración Pública requerirá que se identifique su origen aunque no forme parte de un expediente administrativo.
12. A menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia, los actos administrativos se producirán: Por escrito a través de medios electrónicos. Oralmente. Por escrito en papel. Oralmente a través de medios electrónicos.
13. Aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a que la información intercambiada pueda ser interpretable de forma automática y reutilizable por aplicaciones que no intervinieron en su creación, se denomina: Interoperabilidad semántica. Interoperabilidad técnica. Interoperabilidad en el tiempo. Interoperabilidad organizativa.
14. Según el artículo 21.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP), las Administraciones Públicas debe publicar y mantener actualizadas en el portal web, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos de su competencia, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de: Los órganos que los tramitan. Los efectos que produzca el silencio administrativo. Los modelos de petición de información. Los requisitos para la iniciación de los procedimientos a instancia de los interesados.
15. Cuando en virtud de una norma sea preciso remitir el expediente electrónico, se enviará completo, foliado, autentificado y acompañados de: La información auxiliar o de apoyo. La norma que lo sustenta. Un recibo del Registro General. Un índice de los documentos que contenga. .
16. En las conciliaciones y con las garantías que se determinen reglamentariamente, la publicación del <<Boletín Oficial del Estado>> en la sede electrónica del Organismo competente tendrá carácter: Voluntario y consultivo. Discrecional e informativo. General y sustitutorio. Oficial y auténtico. .
17. Las condiciones y las garantías por las que se regirá la transmisión de documentos electrónicos en entornos cerrados de comunicaciones entre distintas Administraciones públicas se establecerán: Por ley. Por Real Decreto. Mediante convenio suscrito entre aquellas. En una Conferencia Sectorial.
18. ¿Cuál de las siguientes en relación con la autentificación de copia es cierta?: Las copias auténticas tienen la misma validez que los documentos originales pero distinta eficacia. Las copias auténticas de documentos privados no pueden surtir efectos administrativos. Las copias auténticas realizadas por una Administración Pública solo tienen validez en su ámbito funcional. Los interesados podrán solicitar, en cualquier momento, la expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas. .
19. En relación con el expediente administrativo, no es cierto que: Los expedientes deban tener formato electrónico. Deban constar en el expediente copia electrónica certificada de la resolución adoptada. Los juicios de valor emitidos por las Administraciones Públicas siempre deban formar parte del expediente. Cuando se remita deba contener un índice numerado de todos los documentos que contenga.
20. ¿Qué norma regula en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia?: El Decreto 302/2011, de 25 de noviembre. El Decreto 198/2014, de 5 de septiembre. El Decreto 8/2006, de 17 de febrero. El Decreto 359/2009, de 30 de octubre. .
21. La sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia está accesible directamente desde la dirección: www.administracionmurcia.es. www.gobiernodemurcia.es. www.admonmurcia.gob.es. www.carm.es. .
22. En la actualidad, la gestión de la sede electrónica de la Administración Pública corresponde a: La Consejería de Presidencia. La Consejería de Hacienda y Administración Pública. La Consejería de Fomento e Infraestructuras. La Consejería de Cultura y Portavocía.
23. Las actuaciones que se realicen a través de la sede electrónica se entenderán efectuadas en la fecha y la hora oficial: En la capital del Estado. En el meridiano de Greenwich. En la Comunidad de Madrid. En la Región de Murcia. .
24. La publicación de los actos administrativos en el Tablón de Anuncios Electrónico: No tiene efectos jurídicos. Sustituirá, en todo caso, la publicación oficial que se ha de realizar en los tablones presenciales de la Administración Regional. Tendrá, en cualquier caso, carácter complementario a la publicación en el Boletín Oficial. Sustituirá la publicación oficial que se ha de realizar en los tablones presenciales de la Administración Regional, salvo en aquellos supuestos en que sea preceptiva la publicación en un diario oficial o en los tablones de anuncios de otras Administraciones. .
25. ¿Pueden crearse en la sede electrónica de la Administración de la Región de Murcia tablones de ámbito sectorial?: No, en ningún caso. Sí, mediante ley autonómica. Sí, mediante Decreto del Consejo de Gobierno. Sí, mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de innovación de los servicios públicos. .
26. Señala la opción incorrecta. Las Administraciones Públicas requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para: Formular solicitudes. Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. Interponer quejas. Desistir de acciones.
27. El certificado de sede electrónica tendrá como finalidad exclusiva: La garantía de veracidad de sus contenidos. La identificación de la sede. La oficialidad de lo allí recogido. La protección de datos.
28. En los supuestos en que la actuación administrativa se realice de forma automatizada debe utilizarse el sello electrónico correspondiente al órgano administrativo que tenga atribuida la competencia para llevarla a cabo. A tales efectos, el certificado de sello electrónico incorporará, al menos, los siguientes contenidos (señala la opción incorrecta): Descripción del tipo de certificado, con la denominación de ``sello electrónico´´. Una referencia específica con la denominación completa del órgano y la indicación de la entidad a la que pertenece. Una referencia a las personas físicas que realizan el acto. Número de identificación fiscal.
29. La administración del sistema de altas de nuevos procedimientos en la plataforma de interoperabilidad se basa en la asignación de perfiles de autorización a los distintos usuarios de acuerdo con las funciones desempeñadas por los mismos. El Jefe de Servicios, Jefe de Sección o asimilados encargados de la tramitación de uno o varios procedimientos concretos autorizados, pertenecen al perfil: Usuario administrador. Usuario inicial. Usuario intermedio. Usuario final.
30. Se procederá a comunicar en el sistema la baja del usuario, ya sea administrador, inicial, intermedio o final, y a la cancelación de las autorizaciones concedidas, cuando su inactividad en la plataforma de interoperabilidad supere: Los 3 meses. Los 6 meses. Los 9 meses. Los 12 meses.
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