Protocolo
Tipos de acoso según el protocolo Acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo
Acoso discriminatorio
Acoso sexual Acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo
Acoso social
Acoso sexual Acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo
Acoso discriminatorio
Acoso ambiental Acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo
Acoso ambiental
Acoso sexual. Protocolo
se considera Acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo a La exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder, no necesariamente jerárquica La exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada o puntual en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder, no necesariamente jerárquica La exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder jerárquica La exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada o puntual en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder jerárquica. Protocolo
la presión ejercida de manera sistemática y prolongada en el tiempo por un o una superior sobre una o más personas trabajadoras es Acoso descendente Acoso horizontal Acoso ascendente. Protocolo
la presión ejercida de manera sistemática y prolongada en el tiempo por un trabajador, una trabajadora o un grupo de personas trabajadoras sobre uno de sus compañeros o compañeras es Acoso descendente Acoso horizontal Acoso ascendente. Protocolo
la presión ejercida de manera sistemática y prolongada en el tiempo por un trabajador, una trabajadora o un grupo de personas trabajadoras sobre una persona superior jerárquica es Acoso descendente Acoso horizontal Acoso ascendente. Protocolo
las conductas que impliquen un conflicto, acaecido en el marco de las relaciones humanas no son acoso laboral, sin perjuicio de que puedan ser constitutivas de otras infracciones son acoso laboral. Protocolo
aquellas situaciones donde no existan acciones de violencia en el trabajo realizadas de forma reiterada y/o prolongada en el tiempo no tienen la consideración de acoso laboral tienen la consideración de acoso laboral. Protocolo
un hecho de violencia psicológica aislado y de carácter puntual no tiene la consideración de acoso laboral tiene la consideración de acoso laboral. Protocolo
El acoso, como situación de violencia en el trabajo que se prolonga en el tiempo, es
un proceso en el que pueden distinguirse varias fases: Fase de conflicto
Fase de estigmatización
Fase de intervención desde la organización
Fase de marginación o exclusión de la vida laboral Fase de conflicto
Fase de estigmatización
Fase de discriminación
Fase de marginación o exclusión de la vida laboral Fase de conflicto
Fase de estigmatización
Fase de intervención desde la organización
Fase de discriminación Fase de conflicto
Fase de estigmatización
Fase de denuncia
Fase de marginación o exclusión de la vida laboral. Protocolo
la adopción por una de las partes en conflicto de una o varias de las distintas conductas definitorias de acoso se da en la Fase de estigmatización Fase de conflicto Fase de intervención desde la organización Fase de marginación o exclusión de la vida laboral. Protocolo
en este periodo el trabajador o la trabajadora compatibiliza su prestación de servicios con bajas de larga duración. La persona subsiste con distintas patologías como consecuencia de su anterior experiencia de hostigamiento con los consiguientes efectos físicos, psíquicos y sociales Fase de estigmatización Fase de conflicto Fase de intervención desde la organización Fase de marginación o exclusión de la vida laboral. Protocolo
resulta difícil poder eludir los ataques y humillaciones de las que se es objeto y, en consecuencia, el mantenimiento o reincorporación a su puesto de trabajo es más costosa segundo grado primer grado tercer grado. Protocolo
la reincorporación al trabajo es prácticamente imposible y los daños que padece la víctima requieren de tratamiento psicológico, médico o psiquiátrico segundo grado primer grado tercer grado. Protocolo
la víctima es capaz de hacer frente a los ataques y de mantenerse en su puesto de trabajo. Hasta este momento, las relaciones personales de la víctima no suelen verse afectadas segundo grado primer grado tercer grado. Protocolo
Tipos de acoso discriminatorio directo
indirecto
orden de discriminar
represalia discriminatoria directo
indirecto
orden de discriminar
marginación directo
indirecto
exclusión
represalia discriminatoria directo
indirecto
aislamiento
hostigamiento. Protocolo
Un único episodio no deseado de naturaleza sexual puede ser constitutivo de acoso sexual no tiene la consideración de acoso sexual. Protocolo
la negativa o la sumisión de una persona a una conducta sexual se utiliza, implícita o explícitamente, como fundamento de una decisión que repercute sobre el acceso a la formación profesional, a la continuidad del trabajo, la promoción profesional o el salario, entre otras Chantaje sexual Acoso sexual ambiental. Protocolo
los sujetos activos mantienen una conducta de naturaleza sexual, de cualquier tipo, que tiene como consecuencia, buscada o no, producir un contexto intimidatorio, hostil, ofensivo o humillante Chantaje sexual Acoso sexual ambiental. Protocolo
en el chantaje sexual Solo son sujetos activos aquellas personas que tengan poder de decidir sobre la relación laboral, es decir, personas jerárquicamente superiores Pueden ser sujetos activos personas jerárquicamente superiores, y también los compañeros y las compañeras de trabajo o terceras personas relacionadas con la organización. Protocolo
en el acoso sexual ambiental Solo son sujetos activos aquellas personas que tengan poder de decidir sobre la relación laboral, es decir, personas jerárquicamente superiores Pueden ser sujetos activos personas jerárquicamente superiores, y también los compañeros y las compañeras de trabajo o terceras personas relacionadas con la organización. Protocolo
el órgano que recibe la solicitud, decide sobre su tramitación o archivo, y, en su caso, llevará a cabo la investigación y elaborará un informe con las conclusiones y propuesta de medidas a adoptar es El Comité de investigación interna para situaciones de acoso La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de cada Consejería o Agencia El Comité de Seguridad y Salud La Inspección General de Servicios. Protocolo
en relación al Comité de investigación interna para situaciones de acoso, es cierto que: para cada provincia se constituirán los Comités de Administración Educativa, de Administración Sanitaria, Administración de Justicia y Administración General para cada provincia se constituirá un Comité para cada Consejería se constituirá un Comité para toda Andalucía se constituirán los Comités de Administración Educativa, de Administración Sanitaria, Administración de Justicia y Administración General. Protocolo
Cada Comité de investigación interna para situaciones de acoso estará compuesto por Dos personas en representación de la Administración de la Junta de Andalucía
Dos personas de entre quienes ostenten la condición de Delegada o Delegado de Prevención en el ámbito del Comité de Investigación interna para situaciones de acoso, que posean formación en ergonomía y psicosociología Tres personas en representación de la Administración de la Junta de Andalucía
Tres personas de entre quienes ostenten la condición de Delegada o Delegado de Prevención en el ámbito del Comité de Investigación interna para situaciones de acoso, que posean formación en ergonomía y psicosociología Cuatro personas en representación de la Administración de la Junta de Andalucía
Cuatro personas de entre quienes ostenten la condición de Delegada o Delegado de Prevención en el ámbito del Comité de Investigación interna para situaciones de acoso, que posean formación en ergonomía y psicosociología . Protocolo
La prevención secundaria es la detección precoz, poniéndose en práctica cuando la situación de acoso está comenzando a suceder la anticipación a la situación de acoso antes de que ésta suceda la sensibilización ante el acoso, creando un ambiente que favorezca que no se produzcan dichas situaciones. Protocolo
Prevención que tiene lugar antes de que se produzca cualquier situación de acoso; es, por tanto, la auténtica prevención prevención primaria prevención secundaria . Protocolo
El procedimiento de actuación se inicia con una solicitud de intervención por escrito y registrada que se dirige a la presidencia del Comité de Investigación Interna para las situaciones de acoso con una solicitud de intervención oral o escrita dirigida al Comité de Investigación Interna para las situaciones de acoso con una solicitud de intervención oral o escrita dirigida al Comité de Seguridad y Salud con una solicitud de intervención por escrito y registrada que se dirige al Comité de Seguridad y Salud. Protocolo
La solicitud de inicio solo puede provenir de la persona presuntamente acosada falso verdadero. Protocolo
La solicitud de inicio puede provenir Todas son correctas De la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería, Agencia o Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, donde preste sus servicios la persona presuntamente acosada Del Centro de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente De los miembros de las Unidades de Igualdad de Género. Protocolo
En caso de que la solicitud de intervención no la presente directamente la persona afectada se pondrá en su conocimiento y se deberá contar con su consentimiento expreso para iniciar las actuaciones señaladas en este Protocolo se pondrá en su conocimiento que se van a iniciar de oficio las actuaciones señaladas en este Protocolo . Protocolo
serán objeto de tramitación solicitudes anónimas En ningún caso En todo caso En los casos en los que por la gravedad de los hechos denunciados, se estime conveniente iniciar la investigación. Protocolo
serán objeto de tramitación solicitudes en las que la persona afectada NO dé su consentimiento para la puesta en marcha del procedimiento de actuación En ningún caso En todo caso En los casos en los que por la gravedad de los hechos denunciados, se estime conveniente iniciar la investigación. El Comité de Investigación Interna para los casos de acoso se reunirá en el plazo de ¿cuánto tiempo desde la recepción del escrito de solicitud de intervención?. Protocolo
En el caso de que la situación en un primer momento no pudiera ser calificada como acoso laboral, sexual o por razón de sexo u otra discriminación, pero se diera la circunstancia de que si no se actuase podría acabar deteriorándose el clima laboral, el Comité de Investigación Interna podrá intervenir mediando en el conflicto, siempre que exista aceptación expresa por ambas partes el Comité de Investigación Interna podrá intervenir mediando en el conflicto, en todo caso el Comité de Investigación Interna desestimará el caso. Protocolo
Para facilitar la investigación, el Comité de Investigación Interna podrá utilizar, si procede Todas son correctas el LIPT 60 de Rivera la Escala Breve de Acoso Laboral (EBAL). Protocolo
se tomará declaración a la persona presuntamente acosada y a la persona frente a la que se presenta la solicitud con la presencia de al menos dos miembros del Comité de Investigación, uno de la parte social y otro de la Administración al menos dos miembros cualesquiera del Comité de Investigación al menos tres miembros del Comité de Investigación todos los miembros del Comité de Investigación. Protocolo
tendrá derecho a conocer el contenido de la declaración de la otra parte, la de los y las testigos y de la documentación que obre en el expediente Todas las partes la persona presuntamente acosada y la que solicita intervención, en el supuesto de que no coincidan la persona presuntamente acosada . El Comité de Investigación Interna emitirá un informe de conclusiones en el plazo máximo de ¿cuánto tiempo desde su primera reunión? . Protocolo
El Comité de Investigación Interna emitirá un informe de conclusiones en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de su primera reunión en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud de intervención en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de su primera reunión en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud de intervención. Protocolo
El Comité de Investigación Interna emitirá un informe de conclusiones en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de su primera reunión, que elevará a la Jefatura de Personal del ámbito correspondiente que elevará a la Inspección General de Servicios que elevará al Comité de Seguridad y Salud que elevará a la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral. Protocolo
El Comité de Investigación Interna emitirá un informe de conclusiones en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de su primera reunión. Excepcionalmente, podrá ampliar el plazo durante otros quince días hábiles. en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de su primera reunión. Excepcionalmente, podrá ampliar el plazo durante otro mes más en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de su primera reunión. Excepcionalmente, podrá ampliar el plazo durante otros diez días hábiles. Protocolo En el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde la recepción del informe de conclusiones del Comité de Investigación Interna, la Jefatura de Personal correspondiente dictará resolución motivada En el plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde la recepción del informe de conclusiones del Comité de Investigación Interna, la Jefatura de Personal correspondiente dictará resolución motivada En el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde la recepción del informe de conclusiones del Comité de Investigación Interna, la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral dictará resolución motivada En el plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde la recepción del informe de conclusiones del Comité de Investigación Interna, la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral dictará resolución motivada . Protocolo
el seguimiento de la ejecución y eficacia de las medidas preventivas las realiza Cada Unidad de Prevención Los Centros de Prevención de Riesgos Laborales y las Unidades responsables de Vigilancia de la Salud del Servicio Andaluz de Salud La Inspección General de Servicios El Comité de Seguridad y Salud. la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral presentará ante la Mesa Técnica de Prevención de Riesgos Laborales un balance de la aplicación de este Protocolo ¿cada cuánto tiempo?.
|