El Subadministrador identifica en forma mensual los casos que pudieran encuadrar en
alguno de los casos penales y elabora Atenta Nota informando al Jefe de Departamento
de Procedimientos Legales. El Jefe de Departamento de Procedimientos Legales revisará los registros depositados
en el Módulo de Seguimiento de Querellas en ARCA, a fin de determinar la viabilidad para
presentar ante la ADJ la solicitud de querella. El analista verifica en el expediente si la conducta del probable responsable encuadra
en las conductas previstas en alguno de los artículos 41 último párrafo, 110, fracciones II, IV
y V, 112, del CFF y 388 BIS del CPF. Verifica los requisitos de procedencia y que la conducta delictiva no se encuentre
prescrita. Verifica cuantía. Lo anterior, no aplica para los casos en que se analiza la procedencia
para solicitar querella por el tipo penal del artículo 112 del CFF. En caso de que no reúna los requisitos de procedencia, elabora Dictamen de
Improcedencia de solicitud de querella. En caso de que reúna los requisitos de procedencia, elabora Dictamen de Procedencia. Lleva a cabo acciones de coordinación con la ADJ. Elaborar solicitudes de información y/o documentación y demás constancias
necesarias para la integración de la solicitud de querella. Recaba las documentales solicitadas a las autoridades para acreditar la conducta
delictiva. Verifica que las documentales solicitadas a diversas autoridades, contengan los
requisitos y elementos establecidos para cada supuesto de delito. Elaborar solicitud de querella y certifica pruebas. Remite las documentales junto con la solicitud de querella a la ADJ. Registrar el caso en la aplicación denominada ARCA Módulo de “Seguimiento a
Querellas”. Afectará en MAT cobranza la solicitud de querella efectuada a la ADJ que corresponda. Dara seguimiento a las solicitudes de querella presentadas hasta su total conclusión.
Esta actividad se ejecuta con una periodicidad de un mes, contados a partir de la
presentación de la solicitud y hasta su total conclusión.
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