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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE15.3

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Título del test:
15.3

Descripción:
PENAL. PENAS PERS JURIDICA

Autor:
A
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Fecha de Creación:
20/02/2018

Categoría:
Otros

Número preguntas: 13
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Temario:
la responsabilidad persona subsidiaria por impago de multa proporcional: podrá tener una duración superior a un año no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a 3 años ninguna es correcta.
¿cual de las siguientes penas impuestas a las personas jurídicas no podrá exceder de cinco años? suspensión de actividades prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido favorecido o encubierto el delito inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas.
¿cual de las siguientes multas impuestas a las personas jurídicas no podrá exceder quince años? intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores prohibición de realizar en un futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito clausura de los locales o establecimientos o suspensión de sus activiadades.
señala la respuesta correcta referente a las penas aplicables a las personas jurídicas la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y gozar de beneficios e incentivos fiscales no podrá exceder cinco años la prohibición para realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito tendrá una duración máxima de quince años la intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores no podrá exceder de quince años.
la intervención judicial impuesta a las personas jurídicas: podrá afectar a la totalidad o limitarse a alguna de sus instalaciones secciones o unidades de negocio se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del interventor y del ministerio fiscal a y b.
intervención judicial impuesta a las personas jurídicas: el juez o tribunal, en la sentencia o posteriormente mediante auto, determinará quién se hará cargo de la intervención y en que plazos podrá realizarse la intervención se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del ministerio fiscal la intervención no podrá tener una duración superior a 10 años.
trabajos en beneficio de la comunidad: se podrá imponer cuando así lo dictamine el juez o tribunal no se podrá imponer sin el consentimiento del penado su duración no podrá exceder de 3 meses .
la ejecución de los trabajos en beneficio de la comunidad se desarrollaran por el juez o tribunal previo informe del ministerio fiscal se desarrollarán bajo el control del juez de vigilancia penitenciaria se desarrollará por el ministerio fiscal previo informe del juez de vigilancia penitenciaria.
la ejecución de los trabajos en beneficio de la comunidad que desarrolle el juez de vigilancia penitenciaria necesitará informes sobre el desempeño del trabajo de la administración, entidad pública o asociación de interés general en que se prestes los servicios los servicios sociales del ministerio fiscal y de aquellos otros organismos donde preste sus servicios los servicios públicos de empleo estatal y aquellos organismos a los que preste sus servicios.
en caso de que el penado a trabajos en beneficios a la comunidad se ausentase de estos, se opusiera o su conducta no fuese la adecuada... los servicios sociales penitenciarios lo comunicarán al juez de vigilancia penitenciaria aquella entidad pública o asociación de interés general donde preste sus servicios lo comunicará al juez de vigilancia penitenciaria la entidad pública estatal donde preste sus servicios se lo comunicará al ministerio fiscal y al juez de vigilancia penitenciaria.
los servicios sociales penitenciarios hechas las comprobaciones oportunas, comunicarán al juez de vigilancia penitenciaria las incidencias relevantes y en todo caso: si se ausenta del trabajo al menos una jornada laboral sin justificación si su rendimiento no fuese el adecuado se opusiera o incumpliera de forma reiterada y manifiesta las instrucciones .
los servicios sociales penitenciarios hechas las comprobaciones oportunas, comunicarán al juez de vigilancia penitenciaria las incidencias relevantes y en todo caso: se ausenta del trabajo durante al menos dos jornadas laborales consecutivas se ausenta del trabajo durante más de dos jornadas laborales se ausenta del trabajo durante al menos dos jornadas laborales.
una vez valorado el informe, que los servicios sociales penitenciarios emiten al juez de vigilancia penitenciaria por el comportamiento del culpable en la realización de los trabajos en beneficio de la comunidad el juez de vigilancia penitenciaria podrá acordar su ejecución en el mismo centro, enviar al penado para que finalice su ejecución de la misma en toro centro o entender que el penado ha incumplido la pena el juez de vigilancia penitenciaria podrá acordar enviar al penado para que finalice su ejecución de la misma en otro centro o bajo la custodia de otras personas en caso de no cumplir las órdenes dadas el juez de vigilancia penitenciaria podrá acordar enviar al penado para que finalice su ejecución de la misma a otro centro .
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