2º PARCIAL 2
|
|
Título del Test:
![]() 2º PARCIAL 2 Descripción: derecho universidad |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
El solar. Aparece cuando se hace el PP. Aparece cuando se hace el proyecto de reparcelación. Aparece cuando se ejecuta el proyecto de urbanización. Ninguna o todas las demás. El suelo en estado urbanizado: Debe ser clasificado de urbano en el plan general. Debe ser clasificado de urbanizable. Debe ser clasificado de no urbanizable. Ninguna o todas las demás. La ocupación directa. Se hace para obtener gravámenes sobre la finca. Se hace para adscribir suelo. Se hace para obtener suelo adscrito. Ninguna o todas las demás. En la ocupación directa: Se indemniza al propietario por la privación de su finca por el tiempo que medie desde la ocupación y la reparcelación. Se extiende un certificado de unidades monetarias. Se indemniza por la privación definitiva de los derechos limitativos. Ninguna o todas las demás. Los sistemas generales no al servicio. No sirven directamente a la actuación. No sirven al término municipal. No sirven a nadie. Ninguna o todas las demás. La obra de construcción de los sistemas generales al servicio. La asume el urbanizador con cargo al proyecto de urbanización. La asume el Ayuntamiento. La asumen conjuntamente urbanizador y Ayuntamiento. Ninguna o todas las demás. El suelo exterior a la actuación que se adscribe: No consume aprovechamiento. Consume el mismo aprovechamiento unitario que la actuación de destino. Consume edificabilidad neta en parcela. Ninguna o todas las demás. Pasados 4 años desde la ocupación directa: El particular tiene derecho a un aumento de aprovechamiento. El particular puede exigir expropiación. El particular puede solicitar la certificación de unidades de aprovechamiento. Ninguna o todas las anteriores. La fuerza normativa de lo fáctico es. Una jurisprudencia sobre los hechos concretos del suelo no urbanizable. Una jurisprudencia que exige al plan general clasificar de suelo urbano el ya urbanizado. Una jurisprudencia que exige al plan parcial clasificar de suelo urbano el ya urbanizado. Ninguna o todas las demás. La gestión por el sistema de compensación significa: Que hay que compensar las unidades de actuación del sector. Que los propietarios delegan en la Administración la gestión del suelo. Que hay que compensar aprovechamiento y cesiones. Que los propietarios están legitimados para gestionar sin procedimiento selectivo. Si un propietario se incorpora a la junta de compensación: Se le expropia con cargo a los propietarios de la actuación. Se le puede girar una vía de apremio para que pague las cuotas. Se paraliza la gestión urbanística. Se puede aprobar el proyecto de reparcelación sin ese propietario. La obtención de suelo de los sistemas generales por el Ayuntamiento puede hacerse: Por virtud del proyecto de reparcelación. Por ocupación directa. Por expropiación. Ninguna o todas las anteriores. El proyecto de urbanización: hace la ordenación pormenorizada. mide, presupuesta y diseña la obra de urbanización. equidistribuye. diseña los edificios. En la malla urbana propia del suelo urbano: El ayuntamiento puede obtener gratuitamente dotaciones en todo caso a costa de los propietarios, delimitando unidades de actuación. El Ayuntamiento nunca puede obtener dotaciones. El Ayuntamiento puede obtener dotaciones expropiando al particular. El Ayuntamiento puede obtener dotaciones sólo si el propietario cede voluntariamente. La jurisprudencia de la fuerza normativa de lo fáctico: Se aplica a la calificación del suelo urbano, para distinguir entre consolidado y no consolidado. Se aplica a la clasificación del suelo para distinguir entre urbanizable y no urbanizable. Obliga al planeamiento general a clasificar y categorizar atendiendo al estado físico o realidad existente sobre el suelo. Ninguna o todas las anteriores. Las actuaciones de regeneración urbana: Son para piezas o partes importantes de la ciudad y deben tener una motivación reforzada. Son para operaciones que obedezcan a criterios simplemente estéticos, modernizadores o de mera oportunidad. Son para urbanizar suelo de primera urbanización. Ninguna o todas las anteriores. La malla urbana interna exige: Que haya una red de parcelas, viales y dotaciones. Que el suelo esté conectado territorialmente con el urbanizado o urbano convencional. Que el suelo tenga los servicios en red, dentro de la red municipal. Que el suelo tenga los servicios en cualquier modo. |




