option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

2022 Derecho Civil 1.2 Familia Uned Capítulo 3

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
2022 Derecho Civil 1.2 Familia Uned Capítulo 3

Descripción:
Preguntas basadas en el manual de Carlos Lasarte 19 edición

Fecha de Creación: 2022/05/08

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20

Valoración:(46)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Los dichos "Donde hay familia, no tiene cabida el Derecho" y "La aplicación del Derecho supone la desaparición de la familia" se refieren irónicamente a: Es una crítica popular hacia el Derecho y las leyes, normalmente por su desconocimiento y ulterior desconfianza. Que generalmente la regulación jurídica de la familia y las pautas de conducta seguidas por la generalidad, en el fondo coinciden. Se refiere a la superfluidad o futilidad del Derecho y su inaplicación a la totalidad de los aspectos que albergan los conflictos familiares. Ninguna de las anteriores.

Ley de "Autorización del matrimonio civil por los Alcaldes". la Ley 45/1992, de 2 septiembre. la Ley 30/1981, de 5 octubre. la Ley 35/1994, de 23 de diciembre. Ninguna de las anteriores.

Ley de Jurisdicción Voluntaria, que reformuló grandes aspectos, incluyendo la propia celebración del matrimonio. la Ley 15/2015, de 2 de julio. la Ley 18/2016, de 5 de julio. la Ley 5/2005, de 23 de abril. Ninguna de las anteriores.

En nuestro Código Civil, la celebración del matrimonio está regulado por los artículos... 62 en adelante. 51 en adelante. 73 en adelante. Ninguna de las anteriores.

La edad núbil. 18 años cumplidos, no menos. 18 años y menores emancipados, es decir 16. 14 los varones y 12 las mujeres. Ninguna de las anteriores.

Edad máxima para contraer matrimonio. 65 años. 60 años los varones, 65 las mujeres. 60 años. Ninguna de las anteriores.

Contrayentes con algún tipo de discapacidad de orden psíquico, el actual artículo 56.2 del Código civil indica, que para dar su consentimiento: No es posible, ni siquiera en momentos de lucidez. No pueden casarse, quienes no estén en pleno ejercicio de su razón al tiempo de contraer matrimonio. Se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento. Ninguna de las anteriores.

En materia matrimonial, cuando hablamos de "Libertad de los contrayentes", estamos hablando de: Que los esponsales no tienen otro vínculo matrimonial. La libertad al escoger su régimen matrimonial. Que los esponsales no están obligados a contraer matrimonio. Ninguna de las anteriores.

El artículo 47 de nuestro Código Civil pone varias prohibiciones para contraer matrimonio: "tampoco pueden contraer matrimonio entre sí": Quienes no tengan ciudadanía española. Quienes estén privados de libertad. Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción. Ninguna de las anteriores.

Una de las prohibiciones para contraer matrimonio es el impedimento por afinidad, es decir, incluso estando libres, no puedes casarte con quien era tu suegro, cuñado, etc. Sí, está estipulado en nuestro actual art 85 del código civil. Si, esto es debido que incluso luego del divorcio aún siguen estando ligados jurídicamente con tu ex consorte. No, tras la Ley 30/1981, el impedimento por afinidad desaparece. Ninguna de las anteriores.

Dentro de los impedimentos para contraer matrimonio descritos en el artículo 47.3 está el "Impedimento de crimen", que hace referencia a: Quienes han dado muerte a la pareja de quien se quieren casar. Cualquier delito de sangre que hayan tenido participación. Condenas de presidio durante la celebración del matrimonio. Ninguna de las anteriores.

Con respecto al consentimiento matrimonial, el Código Civil lo define como: No define nada, solo lo menciona como requisito para el matrimonio en el artículo 45.1 y lo reitera en el 73.1. Como animus nuptiae, el permiso propio y voluntad de contraer matrimonio. Artículo 9.2. El derecho libre y expedito que tiene cada ciudadano de contraer matrimonio. Artículo 44. Ninguna de las anteriores.

Uno de los requisitos formales del matrimonio civil (según el artículo 56 del Código Civil) es: La selección del régimen matrimonial dentro de las opciones disponibles firmada por ambos contrayentes. La promesa de matrimonio por escritura notarial, con los datos de ambos contrayentes y estipulación de fecha de celebración. Acreditar previamente en acta o expediente tramitado conforme a la la Legislación del RC, que reúnen los requisitos de capacidad. Ninguna de las anteriores.

¿A quien/es corresponde la competencia de constatar el acta o expediente de cumplimiento de los requisitos de capacidad de ambos contrayentes y la inexistencia de impedimentos, o su dispensa, o cualquier género de obstáculos para contraer matrimonio?. Al Secretario judicial. Al notario. Al Encargado del Registro Civil del lugar de domicilio de los contrayentes o funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en caso de residir en el extranjero. Todas las anteriores.

En cuanto a la celebración del matrimonio, el artículo 57 establece que: "el matrimonio deberá celebrarse ante... …el Juez, Alcalde o funcionario (...) y dos testigos. ...el Juez, Alcalde (…) y dos testigos. ...el Juez, funcionario estatal (...) y dos testigos. Ninguna de las anteriores.

El documento acreditativo en el matrimonio civil se encuentra representado por: El Acta firmada por el Juez, Alcalde, o funcionario, los dos contrayentes y dos testigos, entregada al RC. La escritura del Régimen matrimonial. El libro de Familia. Ninguna de las anteriores.

Con respecto a la inscripción del matrimonio, Según la ley del Registro Civil del 2011 se debe: Inscribir las capitulaciones por escritura pública. Art 1327 CC. Inscribir en los registros individuales de los contrayentes. Junto a la inscripción del matrimonio, también el régimen matrimonial económico, así como los pactos. Ninguna de las anteriores.

Respecto al Matrimonio Secreto: No existe, si bien existió como "matrimonio de conciencia", fue una institución del Derecho canónico que ya no es reconocida ni vigente. Se autoriza a un matrimonio secreto cuando concurra una causa grave solamente por el Ministro de Justicia. Se refiere a un matrimonio no inscrito con las formalidades correspondientes y que no tiene efectos en la sociedad actual. Si el matrimonio condiciona un estado civil, no puede ser secreto y no resulta justificado acoger en los tiempos actuales una forma de matrimonio secreto. Ninguna de las anteriores.

La celebración del matrimonio en forma religiosa, la Iglesia Católica. Después de la ley 20/2011 el matrimonio religioso no tiene efectos civiles. Tiene efectos civiles, ya que, el matrimonio canónico tiene un arraigo social que está fuera de toda duda. Tendrá efectos civiles si luego también se celebra un matrimonio Civil. Ninguna de las anteriores.

"Pueden celebrar el matrimonio del que se halle en peligro de muerte... (ojo tienes poco tiempo). El Juez de paz, Alcalde o Concejal en quien se delegue, Secretario judicial, Notario o funcionario. El oficial o jefe superior inmediato respecto de los militares en campaña. El Capitán o Comandante respecto de los matrimonios celebrados a bordo de nave o aeronave. Todas las anteriores.

Denunciar Test