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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE29- TR. Ley Andaluza de Universidades. Título III.

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Título del test:
29- TR. Ley Andaluza de Universidades. Título III.

Descripción:
Capítulo I Capítulo II

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
22/05/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 15
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Temario:
Art.55. Las Universidades andaluzas fomentarán el estudio, la docencia y la investigación como actividades encaminadas a lograr: ELIGE LAS INCORRECTAS. La formación integral de los estudiantes. La continua transferencia de conocimientos desde la institución universitaria. La creación de conocimiento. El desarrollo del espíritu crítico y emprendedor en todos los ámbitos de la actividad social. La libre elección de los estudios.
La Comunidad Autónoma de Andalucía reconocerá como de especial valor y de financiación preferente en sus planes de investigación, innovación y desarrollo tecnológico: La investigación universitaria encaminada a plantear y resolver problemas científicos que tengan relación singular con Andalucía. La investigación universitaria encaminada a plantear y resolver problemas médicos que tengan relación singular con España. La investigación universitaria encaminada a plantear problemas de naturaleza que tengan relación singular con Andalucía. La investigación universitaria encaminada a plantear y resolver problemas de cualquier naturaleza que tengan relación singular con Andalucía. .
Conforme al art.56. La política universitaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con las Universidades andaluzas, perseguirá como objetivo prioritario: La equiparación y plena inserción de la actividad universitaria en Andalucía con el espacio español y europeo de enseñanza superior. A tal fin, se fomentará la organización de enseñanzas conjuntas con otras Universidades de dichos ámbitos. La homologación y plena inserción de la actividad universitaria en Andalucía con el espacio español y europeo de enseñanza superior. A tal fin, se fomentará la organización de enseñanzas conjuntas con otras Universidades de dichos ámbitos. La superación y plena inclusión de la actividad universitaria en Andalucía con el espacio español y europeo de enseñanza superior. A tal fin, se fomentará la organización de enseñanzas conjuntas con otras Universidades de dichos ámbitos. La mediación y plena inserción de la actividad universitaria en Andalucía con el espacio español y europeo de enseñanza superior. A tal fin, se fomentará la organización de enseñanzas conjuntas con otras Universidades de dichos ámbitos. .
Las Universidades, en el marco del Consejo Andaluz de Universidades, adoptarán, en relación con sus enseñanzas y títulos, las medidas necesarias con el fin de facilitar la movilidad de estudiantes y titulados en el Espacio Europeo de Educación Superior. En este sentido: ELIGE LA INCORRECTA. Contribuir a eliminar los obstáculos sociales por los que se puedan ver afectados los estudiantes extranjeros. La Comunidad Autónoma y las Universidades fomentarán programas de becas, ayudas y créditos al estudio y, en su caso, complementarán los programas de becas, ayudas de la Unión Europea y de otras entidades internacionales. En todo caso, modularán su cuantía en función del país de destino, la calidad acreditada de la institución receptora y la capacidad económica del beneficiario. Fomentarán el acceso de estudiantes internacionales a las Universidades andaluzas. Facilitarán que los estudiantes puedan continuar sus estudios en otras Universidades de Europa, propiciando criterios de acceso y permanencia que sean reconocidos y aceptados por las Universidades del Espacio Europeo de Educación Superior, así como mecanismos para facilitar la información necesaria a estos fines.
Art. 57. Las enseñanzas universitarias se estructurarán en ciclos: Además de la marcada con * el doctorado se considera un ciclo aparte. Grado, máster y doctorado. Grado y máster.* 1º,2º,3º y 4º año de grado.
Corresponde a las Universidades, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente: La evaluación de los planes de estudios universitarios creados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma. El desarrollo de los planes de estudios universitarios diseñados por el Gobierno de la Nación. El diseño de los planes de estudios universitarios. La adaptación de los planes de estudios universitarios nacionales.
Una vez elaborados los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales, deberán ser verificados, la Consejería competente en materia de Universidades deberá emitir informe favorable sobre la adecuación de los planes de estudios a los objetivos y criterios establecidos en la programación universitaria de Andalucía para que los planes de estudios puedan ser remitidos para su verificación por parte: Del Consejo de Universidades de acuerdo con las normas establecidas. Del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con las normas establecidas. Del Ministerio de Educación, de acuerdo con las normas establecidas. El Consejo de Ministros, de acuerdo con las normas establecidas.
Los planes de estudios universitarios: Podrán contener las garantías suficientes de conocimiento de otros idiomas, con un nivel de interlocución suficiente, así como la formación requerida en la legislación estatal y autonómica vigente. Deberán contener las garantías suficientes de conocimiento de otros idiomas, con un nivel de interlocución alto, así como la formación requerida en la legislación estatal y autonómica vigente. Deberán contener las garantías suficientes de conocimiento de otros idiomas, con un nivel de interlocución suficiente, así como la formación requerida en la legislación estatal y autonómica vigente. Podrán contener las garantías suficientes de conocimiento de otros idiomas, con un nivel de interlocución alto, así como la formación requerida en la legislación estatal y autonómica vigente.
Las Universidades fomentarán: Las dos son falsas. El desarrollo de estudios y conocimientos transversales, orientados al mejor conocimiento del entorno andaluz. Los intercambios de estudiantes y profesores a otros centros de estudio y las actividades interuniversitarias de todo tipo. Las dos son correctas.
Las Universidades intensificarán: El fomento del bilingüismo, favoreciendo la impartición de estudios en otras lenguas a los que tendrán acceso estudiantes de las propias Universidades andaluzas o de otras Universidades españolas o internacionales. El fomento del plurilingüismo, favoreciendo los viajes a los que tendrán acceso estudiantes de las propias Universidades andaluzas o de otras Universidades españolas o internacionales. El fomento del plurilingüismo, favoreciendo la impartición de estudios en otras lenguas a los que tendrán acceso estudiantes de las propias Universidades andaluzas o de otras Universidades españolas o internacionales. el fomento del bilingüismo, favoreciendo los viajes a los que tendrán acceso estudiantes de las propias Universidades andaluzas o de otras Universidades españolas o internacionales. .
Art.58 acordar la implantación, suspensión y supresión de enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirán en las Universidades andaluzas corresponde: Al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Al Ministerio de Educación. Al Consejo de Universidades. Al Rector.
Corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordar la implantación, suspensión y supresión de enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirán en las Universidades andaluzas. El plazo máximo para dictar y notificar las resoluciones correspondientes será de: Tres meses, transcurrido este plazo sin que se notifique resolución expresa se entenderán desestimadas. Seis meses, transcurrido este plazo sin que se notifique resolución expresa se entenderán estimadas. Seis meses, transcurrido este plazo sin que se notifique resolución expresa se entenderán desestimadas. Tres meses, transcurrido este plazo sin que se notifique resolución expresa se entenderán estimadas. .
Para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional, las Universidades deberán poseer la autorización pertinente otorgada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previo cumplimiento de los siguientes trámites que, en todo caso, deberán preservar la autonomía académica de las Universidades: Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del sistema universitario andaluz y de cada Universidad. La iniciativa podrá ser de la Consejería competente en materia de Universidades, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, o bien por iniciativa del Consejo de Gobierno de las Universidades públicas o de los órganos que se establezcan en las normas de organización y funcionamiento de las Universidades privadas. En ambos casos será necesario informe previo favorable del Consejo Social o del órgano competente de las Universidades privadas.+ Además de la marcada con +, en el caso de creación de nuevas titulaciones, exigirá, al menos, la previa presencia de la misma en el plan estratégico de la Universidad en cuestión; el estudio de costes y beneficios monetarios y no monetarios, incluyendo la previsión de incremento de ingresos privados y públicos, tanto básicos como afectos a resultados, que la Universidad espera obtener como consecuencia de su implantación; el estudio de la demanda efectiva de la titulación en el sistema universitario, que incluya los efectos sobre el entorno provincial y andaluz y las posibilidades de inserción laboral de los egresados; la valoración de requerimientos de calidad de la titulación, y el estudio de la complementariedad con otras titulaciones de la propia Universidad y de las economías de alcance y de integración que la nueva titulación genere. Todas son correctas.
Para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional, las Universidades deberán poseer la autorización pertinente otorgada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previo cumplimiento de los siguientes trámites que, en todo caso, deberán preservar la autonomía académica de las Universidades: Se exigirá también informe del Consejo de Universidades y del Consejo Andaluz de Universidades en los que se verifique que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas reglamentariamente. El plazo para resolver la solicitud de autorización será de tres meses desde el inicio del procedimiento, transcurrido dicho plazo sin resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud. Una vez aprobado el título oficial será informada la Conferencia General de Política Universitaria. Asimismo, el Rector ordenará publicar el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Todas son correctas.
La creación, suspensión o supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en las Universidades andaluzas deberá responder en todo caso a los siguientes principios de actuación: ELIGE LAS CORRECTAS. Adecuación a la demanda social que se realiza desde el entorno cultural, productivo y empresarial y a la demanda vocacional de los estudiantes. En este sentido se potenciarán las dobles titulaciones. Implantación selectiva de las titulaciones de alta especialización. Eficiencia, que evite la sobreoferta de plazas de estudio, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios. Eficacia, que evite la sobreoferta de plazas de grado, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios. Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del sistema universitario andaluz y de cada Universidad. Calidad, que garantice que las enseñanzas impartidas conducen a la formación científica, humana y técnica necesarias para el desarrollo personal y profesional del estudiante. Promoción de las titulaciones propias universitarias e interuniversitarias. Promoción de las titulaciones propias nacionales e internacionales. Proximidad de los estudios de alta demanda.
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