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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE3/2018 - 2016/679 - 1

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Título del test:
3/2018 - 2016/679 - 1

Descripción:
LOPD + Reglamento UE 2016/679

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
14/11/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los ciudadanos, el uso de la infomnittica se ha limitado actualmente por: La Constitución. La Ley Orgánica de Regulación del tratamiento Aulomatizado de los Datos de Caracter Personal. La Ley Orgánica de Proteccion de Datos de Caracter Personal. El Reglamento de Proteccion de Datos de Caracter Personal.
La presente ley orgánica tiene por objeto adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016: relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. relativo a la protección de las personas físicas y jurídicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completar sus disposiciones. relativo a la protección de las personas físicas y jurídicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completar sus disposiciones.
La presente ley orgánica tiene por objeto garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato establecido en el artículo: 9.3 de la Constitución. 14 de la Constitución. 18.4 de la Constitución. 35.1 de la Constitución.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales NO es de aplicación: A cualquier tratamiento totalmente automatizado de datos personales. Al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. A cualquier tratamiento parcialmente automatizado de datos personales. A los tratamientos de datos personales sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.
Esta ley orgánica no será de aplicación: a los tratamientos excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento general de protección de datos por su artículo 2.2, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 3 y 4 de este artículo. a los tratamientos de datos de personas fallecidas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3. a los tratamientos sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas. todas son correctas.
Los tratamientos a los que no sea directamente aplicable el Reglamento (UE) 2016/679 por afectar a actividades no comprendidas en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión Europea, se regirán por lo dispuesto en: su legislación específica si la hubiere y supletoriamente por lo establecido en el citado reglamento y en la presente ley orgánica. lo establecido en el citado reglamento y en la presente ley orgánica y supletoriamente por su legislación específica si la hubiere. lo establecido en el citado reglamento y supletoriamente por la presente ley orgánica y su legislación específica si la hubiere. la presente ley orgánica y supletoriamente por lo establecido en el citado reglamento y su legislación específica si la hubiere.
Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: No podrán acceder a los datos del causante cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente. No podrán dirigirse en ningún caso al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales. Podrán acceder en cualquier caso a los datos personales del fallecido. No podrán acceder a los datos de carácter patrimonial del causante.
Podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales del fallecido y, en su caso, su rectificación o supresión: las personas vinculadas al fallecido por razones familiares. las personas vinculadas al fallecido por razones de hecho. sus herederos. todas son correctas.
En caso de fallecimiento de menores, el acceso a sus datos personales y, en su caso, su rectificación o supresión, podrá ejercerse también por: sus representantes legales. el Ministerio Fiscal, que podrá actuar de oficio. el Ministerio fiscal, que podrá actuar a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada. todas son correctas.
Conforme al artículo 5.1.d) del Reglamento (UE) 2016/679 los datos serán: exactos y, si fuere necesario, actualizados. aproximados y, en ningún caso, actualizados. exactos y, en ningún caso, actualizados. aproximados y, si fuere necesario, actualizados.
Según la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cómo casa el deber de secreto impuesto en esta Ley orgánica con el deber médico de secreto profesional? Prevalece el secreto médico profesional sobre la protección de datos de carácter personal. Prevalece la protección de datos de carácter personal sobre el secreto médico profesional. Ambos serán complementarios. No puede darse la confluencia entre ambos, ya que la Ley Orgánica 3/2018 no es de aplicación a datos personales relacionados con la salud.
El deber de confidencialidad y de secreto profesional de los responsables y encargados del tratamiento de datos: se mantendrán hasta que finalice la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento. se mantendrán hasta un año después de que finalice la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento. se mantendrán hasta diez años después de que finalice la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento. se mantendrán aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
Se entiende por consentimiento del afectado toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que este acepta: necesariamente mediante una declaración el tratamiento de datos personales que le conciernen. mediante una probable acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen. mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen. mediante una declaración o una probable acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen.
Cuando se pretenda fundar el tratamiento de los datos en el consentimiento del afectado para una pluralidad de finalidades será preciso que conste de manera específica e inequívoca que dicho consentimiento se otorga: para todas ellas. por un periodo de tiempo limitado. de manera irrevocable. debido al interés público.
El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea: mayor de 13 años. mayor de 14 años. mayor de 16 años. mayor de 18 años.
El tratamiento de los datos de los menores de catorce años, fundado en el consentimiento: será lícito por sí mismo. no será posible ningún caso. solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela. solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela y el del responsable del tratamiento.
El tratamiento de datos personales podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, cuando así lo prevea: Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley. Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley o de reglamento. Una decisión motivada del órgano administrativo competente. Una decisión motivada del órgano administrativo competente únicamente amparada en motivos de interés general.
El tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales, solo podrá llevarse a cabo cuando se encuentre amparado en: una norma de Derecho de la Unión. en esta ley orgánica. en normas de rango legal. todas son correctas.
Cuando los datos personales sean obtenidos del afectado el responsable del tratamiento podrá dar cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679: a) facilitando al afectado la información básica del tratamiento de esos datos. b) indicando al afectado una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la información no básica. c) a y b son correctas. d) ninguna es correcta.
La información básica del tratamiento de datos deberá contener, al menos: la identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso. la finalidad del tratamiento. la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. todas son correctas.
Los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, podrán ejercerse (señala la incorrecta): directamente. por medio de representante legal. por medio de representante voluntario. por medio de sustituto ocasional.
El encargado: no podrá tramitar, por cuenta del responsable, las solicitudes de ejercicio formuladas por los afectados de sus derechos. podrá tramitar, por cuenta del responsable, las solicitudes de ejercicio formuladas por los afectados de sus derechos solo si así se estableciere en el contrato que les vincule. podrá tramitar, por cuenta del responsable, las solicitudes de ejercicio formuladas por los afectados de sus derechos solo si así se estableciere en el acto jurídico que les vincule. podrá tramitar, por cuenta del responsable, las solicitudes de ejercicio formuladas por los afectados de sus derechos si así se estableciere en el contrato o acto jurídico que les vincule.
La prueba del cumplimiento del deber de responder a la solicitud de ejercicio de sus derechos formulado por el afectado recaerá sobre: el propio afectado. el responsable. el responsable o, en su defecto, sobre el propio afectado. el propio afectado o, en su defecto, sobre el responsable.
El derecho de acceso del afectado se ejercitara sin ninguna limitación: Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en mas de una ocasión durante el plazo de seis meses. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en mas de una ocasión durante el plazo de tres meses. Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado siempre que especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud. .
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 12.5 y 15.3 del Reglamento (UE) 2016/679 y en los apartados 3 y 4 del artículo 13 de esta ley orgánica, las actuaciones llevadas a cabo por el responsable del tratamiento para atender las solicitudes de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición: serán gratuitas. tendrán un coste reducido. serán de pago. serán tasas.
El derecho de acceso se entenderá otorgado si el responsable del tratamiento facilitara al afectado un sistema de acceso remoto, directo y seguro a los datos personales que garantice: de modo temporal, su acceso parcial. de modo temporal, el acceso a su totalidad. de modo permanente, su acceso parcial. de modo permanente, el acceso a su totalidad.
Al ejercer el derecho de rectificación, el afectado deberá indicar en su solicitud: únicamente a qué datos se refiere. únicamente la corrección que haya de realizarse. a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. a qué datos se refiere, la corrección que haya de realizarse y el lugar en el que haya de publicarse la corrección.
Salvo prueba en contrario, se presumirá amparado en lo dispuesto en el artículo 6.1.f) del Reglamento (UE) 2016/679 el tratamiento de los datos de contacto y en su caso los relativos a la función o puesto desempeñado de las personas físicas que presten servicios en una persona jurídica siempre que se cumpla: a) que el tratamiento se refiera únicamente a los datos necesarios para su localización profesional. b) que la finalidad del tratamiento sea únicamente mantener relaciones de cualquier índole con la persona jurídica en la que el afectado preste sus servicios. c) a) y b) son correctas. d) ninguna es correcta.
La entidad que mantenga el sistema de información crediticia con datos relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679: dentro de los 20 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos después de ese plazo. dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo. dentro de los 20 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo. dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos después de ese plazo.
Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito por sistemas comunes de información crediticia cuando se cumpla que los datos únicamente se mantengan en el sistema mientras persista el incumplimiento, con el límite máximo de: 1 año desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito. 2 años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito. 5 años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito. 10 años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito.
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