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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE3.4 info y quejas

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Título del test:
3.4 info y quejas

Descripción:
apolilla

Autor:
aaswee
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Fecha de Creación:
14/12/2017

Categoría:
Arte

Número preguntas: 20
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Temario:
¿A quién corresponde la obligación de entregar al interno que ingrese, la cartilla o folleto informativo general?: Al funcionario de la Unidad de servicios de ingresos y salidas. Educador. Al Director. Al funcionario encargado del departamento al que se destine el interno.
El interno podrá formular peticiones y quejas, verbales o escritas, sobre materias que sean competencia de la Administración Penitenciaria, ante: El funcionario encargado de la dependencia que al interno corresponda, ante el Jefe de Servicios o ante el Director. El Director o ante quien legalmente le sustituya, exclusivamente. Cualquier funcionario del Centro. La opción a) debería excluir la posibilidad de formularlas ante el Jefe de Servicios (el funcionario encargado la tramitaría a través del Jefe de Servicios siempre).
El artículo 54 del Reglamento Penitenciario regula las quejas y recursos que pueden presentar los internos ante el Juez de Vigilancia. A este respecto, señale la respuesta incorrecta: Los internos podrán formular directamente peticiones o quejas o interponer recursos ante el Juez de Vigilancia en los supuestos a que se refiere el artículo 76 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Al interno se le entregará recibo o copia simple sellada y fechada de las quejas o recursos que formule. El escrito de queja o de recurso se puede presentar ante cualquier oficina de Registro de la Administración Penitenciaria. La Administración Penitenciaria, una vez entregado al interno el correspondiente recibo o copia, lo remitirá sin dilación y en todo caso en el plazo máximo de cinco días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
A disposición de los internos existirán varios ejemplares de la Ley Orgánica General Penitenciaria, del Reglamento Penitenciario y de las normas de régimen interior del centro Solamente en el Departamento de Ingresos. En cada departamento residencial y en la Biblioteca En el departamento de Ingresos y en la biblioteca En cada departamento y en el Área Socio-cultural.
¿Sobre qué funcionario recae la obligación de entregar al interno la cartilla o folleto general donde quedarán recogidos sus derechos y deberes, las normas disciplinarias y los medios para formular peticiones, quejas o recursos? El funcionario encargado del Servicio de Acceso. El Jefe de Servicios. El funcionario encargado del Servicio en Galerías. El funcionario encargado del Servicio de Ingresos y salidas.
Según el artículo 52 del Reglamento Penitenciario, los internos a su ingreso en el Establecimiento Penitenciario recibirán información escrita sobre: Las normas de régimen interior, únicamente. Sus derechos y deberes, el régimen del Establecimiento, las normas disciplinarias y los medios para formular quejas, peticiones y recursos. Los internos no reciben información escrita a su ingreso. La información escrita, únicamente las reciben los internos extranjeros y ésta va referida a la dirección y teléfono de su representación diplomática en España del país.
Según el artículo 53.2 del Reglamento Penitenciario, las peticiones y quejas de los internos sobre competencias de la Administración Penitenciaria, no podrán reglamentariamente ser formuladas ante: El funcionario encargado de la dependencia que al interno corresponda. El Jefe de Servicios El Educador El Director del Establecimiento Penitenciario.
De conformidad con lo establecido en el Capítulo V del Reglamento Penitenciario, las quejas y recursos, que presenten los internos en una oficina de Registro de la Administración Penitenciaria dirigidos al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, se remitirán al mismo en el plazo máximo de: Cuarenta y ocho horas. Tres días Veinticuatro horas Cinco días.
El sistema de protección de que gozan los internos en el ordenamiento penitenciario, prevé que: Los internos tienen derecho a dirigir quejas al Defensor del Pueblo, que no podrán ser objeto de censura de ningún tipo. Los internos deberán formular las quejas dirigidas al Juez de Vigilancia Penitenciarla, en todo caso, a través de la Dirección del Centro, quien las remitirá sin dilación en un plazo máximo de tres días. Las resoluciones dictadas por los Jueces de Vigilancia Penitenciaria resolutorias de recursos interpuestos por los internos contra acuerdos adoptados por órganos colegiados de la Administración Penitenciaria no son recurribles ante la Audiencia Provincial correspondiente. Las peticiones y quejas que presenten los internos ante la Administración Penitenciaria deberán ser formuladas ante el Director del Centro o quien Legalmente le sustituya.
Cuando un interno presente un escrito de queja dirigido al Juez de Vigilancia Penitenciaria, ante cualquier oficina de Registro de la ,Administración Penitenciaria Debe remitirse sin dilación y en todo caso, en el plazo máximo de cinco días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente Debe remitirse sin dilación y, en todo caso, en el plazo máximo de· tres días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente. Debe remitirse sin dilación, en el plazo más breve posible, al Juez de Vigilancia Penitenciaria, sin que en el Reglamento Penitenciario se establezca un plazo máximo Debe remitirse, en todo caso, en el plazo máximo de diez días al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
Según lo previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria, ¿quién debe informar a sus familiares del accidente grave sufrido por un interno?: El Trabajador Social. La Ley no recoge ninguna previsión con respecto a accidente grave sólo alude a Ja defunción o enfermedad grave del interno. El Director. El funcionario o trabajador que el Director designe.
Según el artículo 54.3 del RP la queja o recurso presentado por el interno en cualquier oficina o registro de la Administración Penitenciaria, una vez entregado al interno o a su representante el correspondiente recibo o copia simple fechada y sellada se remitirá: Sin dilación y en todo caso, en el plazo máximo de 1 día al Consejo de Dirección. En el plazo máximo de 2 días a la Comisión Disciplinaria. Sin dilación y en todo caso, en el plazo máximo de 3 días al JVP. En cualquier momento al Centro Directivo.
Los internos tienen derecho a formular peticiones y quejas y a utilizar los medios de defensa de sus derechos e intereses legítimos a que se refiere El Capítulo V del Título II del RP El Capítulo I del Título II del RP El Capítulo II del Título II del RP. El Capítulo IV del Título II del.
En relación con el sistema de protección del que gozan los internos en el ordenamiento penitenciario, señale la respuesta correcta: Los internos tienen derecho a dirigir quejas al Defensor del Pueblo, que no podrán ser objeto de censura de ningún tipo. Los internos deberán formular las quejas dirigidas al Juez de Vigilancia Penitenciaria, en todo caso, a través de la Dirección del Centro, quien las remitirá sin dilación en un plazo máximo de 5 días. Los autos en materia disciplinaria dictados por los Jueces de Vigilancia Penitenciaria son susceptibles de ser recurridos ante la Audiencia Provincial correspondiente. Las peticiones y quejas que presentan los internos ante la Administración Penitenciaria deberán formularse siempre ante el director del Centro o quien legalmente le sustituya.
A tenor de lo dispuesto en el Articulo 54 del vigente Reglamento Penitenciario, los escritos de queja o de recurso presentados ante cualquier Oficina de Registro de la Administración Penitenciaria se remitirán al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente Sin dilación, y en todo caso en el plazo máximo de tres días Sin dilación, en el mismo día o al siguiente hábil Sin dilación, y en todo caso en el plazo de diez días. En el plazo máximo de cinco días hábiles.
¿En qué artículo de la Ley General Penitenciaria y del Reglamento Penitenciario se recoge el derecho de los internos a ser informados por escrito, a su ingreso, de sus derechos y deberes? Artículo 47 de la Ley Orgánica Penitenciaria y Artículo 53 Reglamento Penitenciario. Artículo 50 de la Ley Orgánica Penitenciaria y Artículo 53 Reglamento Penitenciario. Artículo 3 de la Ley Orgánica Penitenciaria y Artículo 52 Reglamento Penitenciario. Artículo 49 de la Ley Orgánica Penitenciaria y Artículo 52 Reglamento Penitenciario.
El Reglamento penitenciario vigente prevé que los internos pueden formular peticiones y quejas ante: El Fiscal del Distrito. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Arbitraje y Mediación El Comisionado contra la Droga.
La notificación por escrito a los internos de las resoluciones que se adopten respecto a sus peticiones o quejas, con expresión de los recursos que procedan, plazos para interponerlos y órganos ante los que han de presentarse: Es opcional Es preceptiva. Es preceptiva pero no es preciso que se realice por escrito. Es opcional y puede realizarse verbalmente.
Cuando la Administración Penitenciaria ha rectificado una serie de datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios, a petición de un recluso, ¿qué plazo se establece para informar al interesado de la rectificación efectuada? Uno máximo de tres meses a contar desde que se efectúa la rectificación. El que resulte necesario para que la rectificación sea completa. Uno máximo de dos meses desde la solicitud de rectificación del recluso Uno máximo de tres me8es a contar desde que el recluso formula su petición.
¿Cuál es el plazo previsto reglamentariamente para remitir al Juez de Vigilancia Penitenciaria un escrito de queja o recurso presentado por un interno ante la Administración Penitenciaria? Como máximo tres días contados a partir de que se entrega al interno copia o recibo de dicha presentación. Como máximo cinco días hábiles contados a partir de la fecha de presentación. Debe remitirse al tercer día desde que el interno rubricó su escrito. Como mínimo cinco días hábiles a contar desde que se presentó el escrito.
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