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Título del Test:
![]() TEST Descripción: CIVIL 5: La Familia |



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TEMA 1 1.¿Cuáles son los tres bloques temáticos principales del Derecho de Familia?. a) La regulación del matrimonio y sus efectos, el divorcio y sus consecuencias, y el régimen del patrimonio familiar conyugal. b) Las obligaciones alimenticias entre parientes, los derechos sucesorios de los familiares y las relaciones de convivencia more uxorio. c) Las personas físicas y jurídicas, las relaciones contractuales familiares y el patrimonio de la comunidad doméstica. d) El Matrimonio, la Filiación y la Patria Potestad, y las Instituciones Tutelares. 2.Una pareja de hecho con hijos se separa. ¿Qué normas se aplican respecto a los hijos?. a) Únicamente las normas de las Comunidades Autónomas que regulan las parejas de hecho en su territorio. b) Las normas sobre ruptura matrimonial, aplicadas por analogía por el Tribunal Supremo en lo referente a las medidas paterno-filiales y al uso del hogar familiar. c) No existe regulación aplicable, debiendo los tribunales resolver según su libre arbitrio. d) Exclusivamente las normas del Código Civil sobre obligaciones entre extraños. 3.¿Cuál de las siguientes NO es una fuente nacional del Derecho de Familia español?. a) La Constitución Española de 1978 y su desarrollo mediante los principios rectores de la política social y económica. b) Los reglamentos de la Unión Europea sobre competencia judicial en materia matrimonial. c) El Código Civil y las modificaciones introducidas por las sucesivas reformas legislativas en materia de familia. d) Las leyes especiales como la Ley de Enjuiciamiento Civil en lo relativo a los procedimientos de familia. 4.Un alimentante tiene varios hijos en diferentes circunstancias económicas. ¿Cómo se reparte su obligación alimenticia?. a) Cada hijo recibe una parte igual con independencia de sus necesidades particulares y circunstancias personales. b) La ley prohíbe la existencia de varios alimentistas frente al mismo obligado para evitar conflictos. c) Se pondera según la necesidad de cada hijo y los medios totales del alimentante, proporcionalmente. d) El juez decide discrecionalmente sin criterios legales preestablecidos sobre el reparto de la obligación. 5.Fallece el alimentante dejando herederos. ¿Cuál es el carácter de la obligación alimenticia respecto a su transmisión a herederos?. a) La obligación se transmite íntegramente a los herederos del alimentante que deben continuar satisfaciendo la pensión. b) Se extingue completamente; es personalísima y no se transmite. c) La obligación se transmite parcialmente a los herederos hasta el límite del activo hereditario. d) La transmisión depende de lo que disponga el alimentista en declaración ante el Registro Civil. 6.¿Dónde está la ubicación sistemática del Derecho de Familia?. a) Se integra exclusivamente en el Derecho Público por su regulación imperativa y la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos de familia. b) Constituye una rama autónoma del Derecho Mercantil dada la regulación de los regímenes económicos matrimoniales y su conexión con el tráfico jurídico. c) Forma parte del Derecho Privado, aunque destaca por su carácter imperativo (ius cogens). d) Pertenece al ámbito del Derecho Procesal por la centralidad del procedimiento judicial en la resolución de conflictos familiares. 7.¿Qué es el derecho de alimentos entre parientes?. a) La facultad jurídica que ostenta una persona en estado de necesidad de reclamar a determinados familiares lo indispensable para satisfacer sus necesidades vitales. b) Un derecho exclusivo de los menores de edad frente a sus progenitores regulado en las normas de patria potestad. c) Una prestación de la Seguridad Social para personas sin recursos económicos. d) Una obligación contractual derivada de pactos familiares de asistencia mutua. 8.Unos padres ancianos reclaman alimentos a sus hijos mayores de edad. ¿Es recíproca la obligación de alimentos?. a) No, la obligación alimenticia opera exclusivamente de padres a hijos sin reciprocidad. b) La reciprocidad existe únicamente entre cónyuges durante la vigencia del matrimonio. c) Sí, conforme al art. 143 CC; quien hoy es alimentista puede ser alimentante mañana. d) La reciprocidad no existe en el ordenamiento jurídico español en materia alimenticia. 9.Un alimentista desea renunciar al derecho de alimentos que le reconoce la ley. ¿Es posible dicha renuncia?. a) No, el derecho es irrenunciable conforme al art. 151 CC. b) Sí, el alimentista puede renunciar libremente en cualquier momento mediante declaración de voluntad. c) La renuncia es válida únicamente cuando se formaliza ante notario con la presencia de testigos. d) Es posible renunciar pero el juez puede anular la renuncia si considera que perjudica al alimentista. 10.En un caso de crisis familiar con menores implicados, el juez debe aplicar el principio fundamental del Derecho de Familia. ¿Cuál es ese principio?. a) El carácter tuitivo que busca salvaguardar a las partes más vulnerables, especialmente a los menores y personas dependientes. b) La prevalencia absoluta del principio de autonomía de la voluntad para que los cónyuges regulen libremente todos los aspectos de su convivencia matrimonial. c) La primacía del patrimonio familiar sobre los derechos personales de los miembros de la unidad familiar para garantizar su estabilidad económica. d) La aplicación preferente del criterio de culpabilidad para atribuir las consecuencias jurídicas derivadas del incumplimiento de los deberes conyugales. TEMA 2 1.Uno de los novios ocultó su verdadera situación económica antes de casarse. ¿Es suficiente una simple mentira para causar nulidad matrimonial por error?. a) Cualquier falsedad comunicada antes del matrimonio constituye causa automática de nulidad del vínculo. b) Las mentiras sobre aspectos patrimoniales generan siempre la nulidad del matrimonio con independencia de su entidad. c) La regulación legal no contempla el error como causa de nulidad matrimonial en el ordenamiento español. d) No, el error debe ser de tal magnitud que resulte determinante para la prestación del consentimiento. 2.Una mujer contrajo matrimonio bajo amenazas graves de su familia. ¿Qué es la coacción o miedo grave como causa de nulidad matrimonial?. a) Un desacuerdo significativo entre los contrayentes sobre aspectos esenciales de la vida matrimonial futura. b) Cuando uno de los contrayentes emite el "sí" bajo una amenaza o coacción que anula su libertad de decisión (art. 73.5 CC). c) El temor fundado a sufrir pérdidas económicas derivadas de la no celebración del matrimonio acordado. d) La presión social ejercida por el entorno familiar y de amistades de los contrayentes sobre la conveniencia del enlace. 3.Un hombre finge ser millonario para conseguir que una mujer se case con él. ¿Constituye esto error determinante del consentimiento matrimonial?. a) El engaño sobre la edad exacta del contrayente sin relevancia sustancial para la vida matrimonial. b) Una falsa declaración sobre la profesión ejercida que no afecta a la esencia del vínculo matrimonial. c) La ocultación del estado civil anterior sin consecuencias jurídicas para el nuevo matrimonio contraído. d) Fingir ser un multimillonario para que la otra persona se case constituye error en cualidades determinantes que causa nulidad. 4.Una pareja consulta ante qué autoridades pueden contraer matrimonio civil en España. a) Exclusivamente ante los jueces de Primera Instancia del partido judicial correspondiente. b) Únicamente ante notarios con protocolo en la localidad de residencia de los contrayentes. c) Juez de Paz, Alcalde, Concejal delegado, Letrado de Administración de Justicia y Notario libremente elegido. d) Cualquier funcionario público con capacidad general de fe pública en actos civiles. 5.Las autoridades detectan un matrimonio de conveniencia para obtener la nacionalidad. ¿Cuál es la consecuencia legal?. a) El matrimonio es válido pero rescindible a instancia del Ministerio Fiscal en el plazo de cuatro años. b) El matrimonio produce plenos efectos civiles tras su inscripción en el Registro Civil correspondiente. c) La nulidad requiere confirmación previa de los ascendientes de ambos contrayentes para ser declarada. d) Es totalmente nulo por simulación, ausencia de verdadero consentimiento matrimonial. 6.Unos cónyuges se plantean no inscribir su matrimonio. ¿Cuál es la importancia vital de la inscripción en el Registro Civil?. a) Gracias a ella pueden exigirse recíprocamente los derechos y obligaciones del matrimonio. b) La inscripción solo tiene relevancia para las actuaciones del Ministerio Fiscal en procedimientos de familia. c) La inscripción carece de importancia práctica para las relaciones entre los cónyuges. d) La inscripción solo afecta a terceros sin repercusión en la relación conyugal interna. 7.¿Sin qué elemento no puede existir un matrimonio válido, aunque se cumplan todos los demás requisitos?. a) La publicación de edictos matrimoniales en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente. b) El consentimiento matrimonial libre y consciente de ambos contrayentes. c) La asistencia de un mínimo de cuatro testigos a la ceremonia de celebración. d) La entrega de arras y anillos según la costumbre tradicional del lugar. 8.Dos personas quieren casarse estando ambas en el extranjero. ¿Es posible casarse por poder en ambas partes?. a) La ley no establece limitación alguna a la representación de ambos contrayentes por apoderados. b) Esta modalidad solo está permitida cuando el matrimonio se celebra en forma religiosa canónica. c) La posibilidad depende exclusivamente de la voluntad manifestada por las partes contrayentes. d) No, debe asistir personalmente al menos uno de los contrayentes según artículo 55 CC. 9.En la celebración de un matrimonio, el funcionario debe verificar la validez del consentimiento. ¿Cómo se define el consentimiento matrimonial según el artículo 45.1 del Código Civil?. a) La declaración unilateral de voluntad de uno de los contrayentes que vincula a ambas partes en la relación matrimonial. b) Una promesa solemne de futuro matrimonio condicionada al cumplimiento de determinados requisitos formales. c) La aceptación por parte de los padres o representantes legales de los contrayentes al enlace matrimonial. d) El acuerdo de voluntades mediante el cual cada una manifiesta su voluntad inequívoca de contraer matrimonio con la otra. 10.¿Qué requisito fundamental debe cumplir el consentimiento matrimonial?. a) Debe manifestarse de forma tácita mediante actos concluyentes que evidencien la voluntad de contraer matrimonio. b) Debe emitirse de forma consciente y libre. c) Debe expresarse públicamente aunque concurran circunstancias de presión externa sobre los contrayentes. d) Puede delegarse íntegramente en terceros autorizados sin necesidad de comparecencia personal. TEMA 3 1.¿Cuál es la naturaleza jurídica de la sociedad de gananciales?. a) Se configura como una copropiedad ordinaria por cuotas donde cada cónyuge ostenta el 50% sobre cada bien concreto. b) Constituye una sociedad mercantil irregular con participaciones sociales transmisibles a terceros. c) Opera como un fideicomiso patrimonial donde los cónyuges actúan como beneficiarios de la gestión fiduciaria. d) Es una comunidad germánica o "en mano común" sin cuotas sobre cada bien. 2.Un cónyuge sufre un accidente y recibe una indemnización. ¿Cómo se trata la indemnización por daños personales o a bienes privativos?. a) Las indemnizaciones percibidas durante el matrimonio tienen siempre carácter ganancial. b) La indemnización se reparte por mitad entre el patrimonio ganancial y el privativo del afectado. c) Se integra en un fondo común inembargable hasta la liquidación del régimen económico matrimonial. d) Privativa del cónyuge lesionado o del titular del bien privativo. 3.La esposa necesita comprar comida para la familia sin esperar a su marido. ¿Qué actos puede realizar un cónyuge individualmente pese a la regla de gestión conjunta?. a) Ningún acto puede realizarse individualmente sin el consentimiento expreso del otro cónyuge. b) Potestad doméstica, defensa del patrimonio, actos necesarios para su profesión, administración de frutos de privativos, disposición mortis causa de su mitad y gastos urgentes necesarios. c) Puede realizar donaciones de inmuebles comunes sin consentimiento del consorte. d) Puede hipotecar la vivienda familiar sin la intervención del otro cónyuge. 4.Una pareja catalana no ha pactado régimen económico. ¿Cuál es la idea-fuerza del régimen de separación de bienes?. a) Cada cónyuge conserva propiedad, disfrute, administración y disposición de sus bienes e ingresos, contribuyendo a las cargas matrimoniales. b) Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se hacen comunes con independencia del título. c) El cónyuge con mayor patrimonio administra los bienes de ambos con exclusión del otro. d) No existe obligación de contribuir al sostenimiento de la familia ni a las cargas del matrimonio. 5.Los cónyuges no logran acordar el destino de la vivienda familiar indivisible. ¿Cómo se liquidan bienes indivisibles, como la vivienda familiar?. a) Los bienes indivisibles no pueden liquidarse y permanecen en comunidad indefinidamente. b) Se procede a la destrucción física del bien y reparto proporcional de los materiales. c) Copropiedad al 50%, adjudicación a uno compensando al otro, o venta y reparto del precio. d) Se asignan por turno anual de uso alternativo a cada uno de los cónyuges. 6.Los cónyuges inician la liquidación del régimen. ¿Cuál es el primer paso de la liquidación?. a) Repartir directamente los bienes por mitades iguales sin operaciones previas. b) Formar inventario detallado de activo y pasivo con valoración actualizada. c) Vender inmediatamente todos los bienes y repartir el dinero obtenido. d) Adjudicar la vivienda familiar al cónyuge custodio y prescindir del resto. 7.Un cónyuge tiene acciones heredadas que generan dividendos durante el matrimonio. ¿Cuál NO es bien privativo ex art. 1346 CC?. a) Los bienes que cada cónyuge adquirió antes de la celebración del matrimonio. b) Los bienes adquiridos a título gratuito por herencia o donación durante el matrimonio. c) Los frutos y rentas de un bien privativo percibidos durante la sociedad. d) Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio de cada cónyuge. 8.Un cónyuge vende un inmueble privativo y con el precio compra otro bien. En subrogación real, si se usa dinero privativo para adquirir un bien durante el matrimonio... a) El bien es privativo por sustituir a otro privativo. b) El bien adquirido es siempre ganancial por adquirirse constante matrimonio. c) La naturaleza del bien depende de la voluntad declarada por el vendedor. d) Se requiere autorización judicial para mantener la privatividad del bien adquirido. 9.¿Cuándo puede comenzar la sociedad de gananciales?. a) Al celebrarse el matrimonio por regla supletoria, o después si se pacta en capitulaciones. b) Exclusivamente al momento de contraer matrimonio sin posibilidad de inicio posterior. c) Únicamente cuando lo dispone un juez mediante resolución judicial firme. d) Solo cuando los contrayentes otorgan capitulaciones matrimoniales antes de la celebración de la boda. 10.En un matrimonio en separación de bienes, la esposa percibe su salario mensual. ¿Los salarios siguen siendo...?. a) Los salarios son gananciales por defecto al devengarse durante la vigencia del matrimonio. b) Privativos de quien los percibe, sin perjuicio de contribuir a las cargas comunes. c) Los ingresos de ambos cónyuges se reparten por mitades iguales con independencia del régimen. d) Los salarios pertenecen al Estado hasta que se liquide el régimen económico matrimonial. TEMA 4 1.Si los padres no logran acordar el orden de apellidos antes de inscribir a su primer hijo, ¿qué sucede?. a) Se retrasa indefinidamente la inscripción hasta que alcancen un acuerdo. b) Los apellidos se determinan mediante sorteo ante el Encargado del Registro. c) Se aplica el criterio legal supletorio (primer apellido de cada progenitor en el orden previsto) y ese orden regirá para los hermanos. d) El hospital donde nace el niño decide el orden de los apellidos. 2.¿Qué exige la posesión de estado como medio de acreditación de la filiación?. a) Únicamente el trato familiar continuado entre el presunto progenitor y el hijo. b) Nomen, tractus y fama de forma pública y constante. c) Una fotografía conjunta que acredite la relación familiar entre las partes. d) La designación de un padrino común en ceremonias religiosas familiares. 3.¿Qué efecto tiene la adopción del hijo respecto de la patria potestad biológica?. a) Extingue la patria potestad de los progenitores biológicos. b) La adopción no afecta a la patria potestad de los progenitores biológicos. c) Solo suspende temporalmente el régimen de visitas sin otros efectos. d) Únicamente produce el cambio de apellidos del adoptado. 4.¿Qué presume el artículo 116 del Código Civil en la filiación matrimonial?. a) Que los nacidos constante matrimonio o dentro de los 300 días tras su disolución son hijos del marido (iuris tantum). b) Que no existe padre legal hasta que se practique prueba biológica de paternidad. c) Que el padre es el varón que conviva con la madre al momento del alumbramiento. d) Que solo vale la prueba testifical para determinar la paternidad matrimonial. 5.Si el hijo nace transcurridos más de 300 días desde la separación judicial, ¿cabe inscribirlo como matrimonial?. a) En ningún caso puede inscribirse como matrimonial tras ese plazo legal. b) Sí, si ambos progenitores consienten (art. 118 CC). c) Solo cabe inscripción matrimonial con autorización expresa del Alcalde. d) Únicamente procede la inscripción matrimonial si concurren testigos presenciales. 6.¿Cuál es la clasificación legal básica de la filiación?. a) La filiación se clasifica exclusivamente en matrimonial sin otras modalidades. b) Solo existe la filiación adoptiva como categoría reconocida en el ordenamiento español. c) Por naturaleza o por adopción; y la de naturaleza puede ser matrimonial o no matrimonial. d) La filiación se clasifica únicamente en no matrimonial sin otras categorías legales. 7.En la determinación de los apellidos del hijo, si ambos progenitores constan, ¿qué pueden decidir?. a) No cabe decisión: rige siempre el apellido paterno en primer lugar por disposición legal. b) Los progenitores solo pueden decidir sobre el segundo apellido del hijo y no sobre el primero. c) El orden de sus primeros apellidos de común acuerdo antes de la inscripción. d) Pueden decidir eliminar uno de los apellidos mediante solicitud al Registro Civil. 8.¿Puede establecerse judicialmente el derecho de relación a favor de los abuelos?. a) En ningún caso pueden los abuelos obtener un régimen de visitas con sus nietos. b) Sí, un juez puede fijar un régimen de comunicación si es beneficioso para el menor. c) Solo procede el régimen de visitas si conviven en el mismo edificio que el menor. d) Únicamente si el centro educativo del menor aprueba expresamente las visitas. 9.¿Puede el hijo mayor de edad cambiar el orden de sus apellidos?. a) El orden de apellidos es inmutable una vez inscrito el nacimiento en el Registro. b) Solo puede modificarse mediante sentencia firme dictada en proceso penal. c) El cambio solo es posible si el interesado cambia de domicilio a otra demarcación registral. d) Sí, puede solicitar invertir el orden al alcanzar la mayoría de edad. 10.Si los progenitores no están casados, ¿cómo se determina la filiación paterna?. a) Solo puede determinarse mediante sentencia firme dictada en proceso penal. b) Basta con la publicación de fotografías en redes sociales con el hijo. c) Por declaración en la inscripción, reconocimiento posterior en documento público/registro/testamento, expediente o sentencia. d) La convivencia con la madre determina automáticamente la paternidad no matrimonial. TEMA 5 1.¿Cuál es la causa nuclear de nulidad por ausencia de consentimiento válido?. a) La falta de tramitación del expediente matrimonial previo ante el Registro Civil. b) La incompatibilidad de caracteres manifestada durante la convivencia conyugal. c) Error en la identidad, coacción o miedo grave. d) Las discusiones económicas entre los contrayentes previas al matrimonio. 2.¿Cuándo queda convalidado un matrimonio nulo por coacción?. a) El matrimonio queda convalidado si el cónyuge coaccionado pide perdón al otro. b) La convalidación se produce mediante carta de amor que acredite el afecto mutuo. c) Si cesa el miedo y conviven un año tras el cese. d) El matrimonio solo puede convalidarse con autorización expresa del párroco. 3.¿Qué requisito objetivo exige el matrimonio putativo?. a) La realización de un viaje de luna de miel como evidencia de la intención matrimonial. b) Apariencia matrimonial válida en las formas mínimas. c) Haber convivido durante un periodo mínimo de tres años como pareja. d) Disponer de certificado escolar que acredite la capacidad de los contrayentes. 4.¿Cuáles son los efectos nucleares del divorcio sobre el vínculo y el régimen económico?. a) El divorcio mantiene el vínculo matrimonial y el régimen económico hasta la liquidación. b) El divorcio solo produce el cambio de apellidos sin otros efectos jurídicos. c) Extingue vínculo y disuelve automáticamente el régimen económico. d) El divorcio suspende las obligaciones matrimoniales durante un periodo de seis meses. 5.¿Qué diferencia esencial tiene la separación respecto del divorcio en términos de reversibilidad?. a) La separación admite reconciliación con efectos; el divorcio no, exige nuevo matrimonio. b) No existe diferencia alguna entre separación y divorcio en cuanto a reversibilidad. c) El divorcio puede revocarse mediante carta dirigida al Juzgado competente. d) La separación se convierte en nula automáticamente con el transcurso del tiempo. 6.Con custodia compartida, ¿existe regla automática de atribución del uso de la vivienda?. a) Siempre se atribuye a la madre o al padre en función de la titularidad del inmueble. b) No; el juez decide según el interés más necesitado de protección (alternativas: atribución a uno, "casa nido", venta). c) Se atribuye por turno semanal alternativo a cada progenitor obligatoriamente. d) Se atribuye al progenitor que tenga más amigos en el vecindario. 7.¿Puede haber responsabilidad penal por obstruir las visitas del otro progenitor?. a) No existe responsabilidad penal por impedir las visitas del otro progenitor. b) Solo cabe una multa administrativa impuesta por el Ayuntamiento. c) La consecuencia es únicamente la pérdida de puntos del carné de conducir. d) Sí, por sustracción de menores en supuestos de traslado/retención ilícita. 8.¿Qué es el matrimonio putativo?. a) Un matrimonio simulado celebrado sin cumplir las formas legales establecidas. b) Un pacto de convivencia entre personas sin vínculo matrimonial formal. c) Un noviazgo formal con promesa de futuro matrimonio entre las partes. d) Matrimonio nulo que produce efectos civiles por buena fe y apariencia matrimonial. 9.¿Cuál es el requisito temporal para solicitar la separación o el divorcio en el régimen común actual?. a) Tres meses desde la boda, salvo riesgo para cónyuge o hijos. b) Un año completo de matrimonio como mínimo para solicitar la separación. c) No existe plazo alguno y puede solicitarse en cualquier momento desde la boda. d) Cinco años de convivencia matrimonial continuada como requisito previo. 10.En la atribución del uso de la vivienda familiar, ¿qué se decide realmente?. a) El derecho de uso, no la propiedad. b) La propiedad de la vivienda cambia automáticamente a favor del progenitor custodio. c) Se decide el color de las paredes y la decoración del inmueble. d) Se determina la futura herencia de los hijos sobre la vivienda familiar. |





