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TEST 7

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Título del Test:
TEST 7

Descripción:
DERECHO ADMINISTRATIVO I

Fecha de Creación: 2026/09/13

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 10

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Temario:

1.¿En qué supuestos opera el silencio desestimatorio en procedimientos iniciados a solicitud del interesado?. a) En los procedimientos de responsabilidad patrimonial y en los que afecten a dominio público, así como en aquellos cuya estimación conlleve transferencia de facultades sobre bienes públicos. b) En todos los procedimientos que afecten a bienes de dominio público, con independencia de que una norma específica establezca régimen diferente. c) En aquellos procedimientos que impliquen el ejercicio del derecho de petición, con independencia de su objeto o finalidad específica. d) En los procedimientos donde una norma autonómica así lo establezca, pudiendo las Comunidades Autónomas configurar libremente el régimen del silencio.

2.¿Qué caracteriza al desistimiento como forma de terminación del procedimiento?. a) Supone el abandono del procedimiento pero no de la pretensión de fondo, pudiendo el interesado volver a solicitar lo mismo posteriormente. b) Implica la renuncia definitiva al derecho material ejercitado, sin posibilidad de volver a reclamarlo en procedimiento posterior. c) Solo procede cuando el interesado acredite haber perdido interés sobrevenido en el procedimiento por circunstancias objetivas verificables. d) Requiere autorización previa del órgano competente, quien valorará si la terminación anticipada perjudica el interés público.

3.¿En qué casos puede acordarse la suspensión de la ejecución del acto impugnado en recurso administrativo?. a) En todos los procedimientos sancionadores, operando la suspensión automática hasta la resolución firme del recurso interpuesto. b) Cuando el recurrente preste caución suficiente para garantizar el resarcimiento de los perjuicios que la suspensión pueda ocasionar. c) Cuando la cuantía económica del acto supere el umbral legalmente establecido, siendo la suspensión automática en los actos de mayor importe. d) Cuando la ejecución pueda causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o cuando la impugnación se fundamente en causas de nulidad de pleno derecho.

4.¿Qué plazo existe para interponer el recurso potestativo de reposición?. a) Quince días hábiles desde la notificación del acto, siendo el plazo más breve de los recursos administrativos. b) Un mes si el acto es expreso, pudiendo interponerse en cualquier momento si el acto fuera presunto por silencio administrativo. c) Dos meses desde la notificación, equiparándose al plazo del recurso contencioso-administrativo contra actos expresos. d) Tres meses desde que el acto produjo sus efectos, con independencia de la fecha de notificación al interesado.

5.¿Qué objeto tiene el recurso de alzada en el procedimiento administrativo?. a) Impugnar cualquier acto administrativo ante el órgano que lo dictó, solicitando su reconsideración antes de acudir a la vía judicial. b) Impugnar ante el superior jerárquico las resoluciones y actos de trámite cualificados que no pongan fin a la vía administrativa. c) Solicitar la revisión de actos firmes en vía administrativa cuando se descubran nuevos hechos o documentos relevantes. d) Impugnar disposiciones administrativas de carácter general ante el órgano que las aprobó, instando su modificación o derogación.

6.¿Cuándo procede la notificación por medio de anuncios y publicación?. a) En todos los procedimientos que afecten a una pluralidad de interesados, con independencia de que se conozcan sus domicilios. b) Cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o, intentada esta, no se hubiese podido practicar. c) Únicamente cuando el interesado lo solicite expresamente, prefiriendo la publicación a la notificación personal. d) En los procedimientos sancionadores como garantía de publicidad y transparencia de la actividad administrativa.

7.¿Qué ocurre cuando existen terceros interesados ante el desistimiento del interesado principal?. a) El desistimiento no produce efectos hasta que los terceros manifiesten su conformidad, quedando en suspenso el procedimiento mientras tanto. b) La Administración puede limitar los efectos del desistimiento al interesado que lo efectúe, continuando el procedimiento respecto de los demás interesados. c) El desistimiento del interesado principal vincula a todos los interesados, terminando el procedimiento con efectos generales. d) Los terceros interesados adquieren automáticamente la condición de interesado principal, asumiendo la posición procesal del que desiste.

8.¿Qué efectos tiene la participación en el trámite de información pública para quienes formulen alegaciones?. a) Atribuye automáticamente la condición de interesado a quien alegue, con todos los derechos procedimentales inherentes a dicha condición. b) Genera el derecho a obtener una resolución individualizada sobre las alegaciones formuladas, con independencia de la resolución general. c) Obliga a la Administración a estimar las alegaciones formuladas cuando se fundamenten en razones de interés general debidamente acreditadas. d) No otorga por sí sola la condición de interesado, aunque la Administración debe considerar las alegaciones formuladas al adoptar la resolución.

9.¿Qué requisitos debe cumplir la información pública como trámite del procedimiento?. a) Requiere publicación en al menos tres periódicos de ámbito nacional, garantizando así la máxima difusión del anuncio. b) Debe anunciarse en el diario oficial, señalando el lugar de exhibición del expediente y el plazo para formular alegaciones, que no puede ser inferior a veinte días. c) Exige comunicación individual a todas las personas que puedan resultar afectadas, con independencia de que hayan comparecido como interesados. d) Debe realizarse mediante exposición del expediente en el tablón de anuncios del órgano instructor durante un plazo mínimo de diez días.

10.¿Qué naturaleza tiene el recurso potestativo de reposición?. a) Es un recurso obligatorio que debe interponerse necesariamente antes de acudir a la vía contenciosa, siendo presupuesto procesal de la demanda. b) Es un recurso potestativo que puede interponerse contra actos que pongan fin a la vía administrativa, sin que su interposición impida el acceso directo a la vía judicial. c) Es un recurso extraordinario que procede únicamente cuando el acto adolezca de vicios de nulidad de pleno derecho expresamente tasados. d) Es un recurso que solo procede en materia de personal funcionario, quedando excluido en los demás ámbitos de la actividad administrativa.

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