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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEdp9

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Título del test:
dp9

Descripción:
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Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
21/02/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 116
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Temario:
Jurisdicción Penal Los Juzgados y Tribunales sentencian. Se extenderá a las Personas y Materias en el territorio español Las Administraciones y Estado legislan. Se extenderá a las Instituciones y Organismos en el territorio autonómico. Las Administraciones y Tribunales sentencian. Se extenderá a las Personas y Organismos en el territorio autonómico Los Juzgados y Estado legislan. Se extenderá a las Instituciones y Materias en el territorio español.
¿Cuales son los principios del Orden Jurisdicción Penal? Unidad Jurisdicional; Exclusividad e Independencia Unidad Estatal, Concierto y Dependencia Unidad Jurisdicional, Concierto e Independencia Unidad Estatal, Exclusividad y Dependencia.
¿Dónde vienen recogidos los principios de la Orden de Jurisdicción Penal? Título VI de la Constitución Española (Poder Judicial) Título VII de la LECrim Título VII de la Constitución Española (Poder Judicial) Título VI de la LECrim.
En referencia a la Unidad Jurisdiccional (Orden Jurisdicción Penal) Los juzgados son los mismos para toda España excepto la jurisdicción castrense (militar) Los tribunales son diferentes para toda España, excepto la jurisdicción castrense (militar) Los tribunales son diferentes para toda España, menos la jurisdicción castrense (militar) Los juzgados son los mismos para toda España, incluida la jurisdicción castrense (militar).
En referencia a la Exclusividad (Orden Jurisdicción Penal) Los jueces solo juzgan y ejecutan salvo los registros civiles y la jurisdicción voluntaria (no hay conflicto) Los jueces solo juzgan (pero no ejecutan), a excepción de los registros nacionales y la jurisdicción internacional Los jueces solo juzgan (pero no ejecutan), salvo los registros civiles y la jurisdicción voluntaria (sí hay conflicto) Los jueces solo juzgan y ejecutan, incluidos los registros nacionales y la jurisdicción internacional.
En referencia a la Independencia o Responsabilidad (Orden Jurisdicción Penal) Hay que proteger a los jueces para que sean imparciales: son separados o jubilados por ley + sin sindicación. Hay que proteger a los tribunales para que sean imparciales: son separados o jubilados por decreto + amparados por los sindicatos Hay que proteger a los tribunales para que sean imparciales: son separados o jubilados por ley + sin sindicación Hay que proteger a los jueces para que sean imparciales: son separados o jubilados por decreto + amparados por los sindicatos.
Competencias del Órgano Jurisdiccional Objetiva; Funcional y Territorial Subjetiva, Especial y Nacional Subjetiva, Especial y Territorial Objetiva, Funcional y Nacional.
En relación a la competencia objetiva del Órgano Jurisdiccional Se determina el tipo de juzgado según la gravedad de los hechos y las personas a quien se enjuicia Se mira quién es el superior jerárquico según la gravedad de la ley sin importar la persona a quien se enjuicia Se determina el ámbito territorial según la gravedad de la ley y las personas a quien enjuicia Se determina el ámbito del juzgado según la gravedad de los hechos y sin importar la persona a quien se enjuicia.
En relación a la competencia funcional del Órgano Jurisdiccional Se mira quién es el superior jerárquico, repartiéndose según las fases del proceso y la labor del Órgano Judicial Se determina el tipo de juzgado, determinándose según las fases de la sentencia y la labor de las administraciones. Se mira quién es el superior jerárquico, determinándose según las fases del proceso y la labor de las administraciones Se determina el tipo de juzgado, repartiéndose según las fases de la sentencia y la labor del Órgano Judicial.
En relación a la competencia territorial del Órgano Jurisdiccional Se determina el ámbito territorial, distribuyéndose según donde se hayan cometido los hechos. Se determina el tipo de juzgado, distribuyéndose según la residencia del encausado. Se determina el tipo de juzgado, distribuyéndose según donde se hayan cometido los hechos. Se determina el ámbito territorial, distribuyéndose según la residencia del encausado.
¿Cómo se determina la competencia de un delito o causa? A través del Artículo 15 de LECrim A través del Artículo 17 de LECrim A través del Artículo 15 de la Constitución Española A través del Artículo 17 de la Constitución Española.
Criterios y Prioridades para determinar el Juez o Tribunal competente para el delito o causa. 1º Donde se haya cometido el delito; 2º El término municipal donde haya pruebas materiales; 3º Dónde haya sido aprehendido el REO; 4º El lugar de residencia del REO y 5º cualquiera que hubiese tenido noticias del delito. 1º El término municipal donde haya pruebas materiales; 2º Donde se haya cometido el delito; 3º Dónde haya sido aprehendido el REO; 4º El lugar de residencia del REO y 5º cualquiera que hubiese tenido noticias del delito. 1º Donde se haya cometido el delito; 2º El término municipal donde haya pruebas materiales; 3º El lugar de residencia del REO; 4º Dónde haya sido aprehendido el REO y 5º cualquiera que hubiese tenido noticias del delito. 1º Donde se haya cometido el delito; 2º Dónde haya sido aprehendido el REO; 3º El término municipal donde haya pruebas materiales; 4º El lugar de residencia del REO y 5º cualquiera que hubiese tenido noticias del delito.
¿Dónde se rompe la competencia de prioridades de competencias? En la competencia territorial que corresponda al Juez de Vigilancia sobre la mujer, ya que vendrá determinada por el lugar de domicilio de la víctima En la competencia funcional que corresponda al Tribunal sobre delitos de violencia, ya que vendrá determinada por el lugar de nacimiento del sospechoso. En la competencia territorial que corresponda al Juez de Vigilancia sobre la mujer, ya que vendrá determinada por el lugar de nacimiento del sospechoso. En la competencia funcional que corresponda al Tribunal sobre delitos de violencia, ya que vendrá determinada por el lugar de domicilio de la víctima.
Procesos según LECrim (14 Sept 1882) Procesos Ordinarios: Procedimientos Ordinario y Juicio de Delitos Leves + Procesos Especiales: Procedimiento Abreviado, "Habeas Corpus", Resto del Libro IV, Tribunal del Jurado, Juicio por aceptación por decreto y Juicio por delitos autónomos. Procesos Ordinarios: Procedimiento Abreviado, "Habeas Corpus", Resto del Libro IV, Tribunal del Jurado, Juicio por aceptación por decreto y Juicio por delitos autónomos + Procesos Especiales: Procedimientos Ordinario y Juicio de Delitos Leves Procesos Ordinarios: Procedimientos Abreviado y Juicio de Delitos Leves + Procesos Especiales: Procedimiento Ordinario, "Habeas Corpus", Resto del Libro IV, Tribunal del Jurado, Juicio por aceptación por decreto y Juicio por delitos autónomos. Procesos Ordinarios: Procedimiento Abreviado, "Habeas Corpus", Resto del Libro IV, Tribunal del Jurado, Juicio por aceptación por decreto y Juicio por delitos Leves + Procesos Especiales: Procedimientos Ordinario y Juicio de Delitos Graves.
¿Cuántos Libros tiene LECrim? 6 7 8 9.
¿Cuál es el Libro I (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Cuál es el Libro II (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Cuál es el Libro III (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Cuál es el Libro IV (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Cuál es el Libro V (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Cuál es el Libro VI (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Qué Libro determina las Disposiciones Generales? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Cuál es el Libro VII (LECrim? Disposiciones Generales Sumario del PO Juicio Oral del PO PA Casación y Revisión Procedimiento para Jucio Delitos Leves Ejecución de Sentencia.
¿Qué Libro determina el Sumario del PO? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Qué Libro determina el Juicio Oral del PO? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Qué Libro determina el PA? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Qué Libro determina la Casación y Revisión? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Qué Libro determina el Procedimiento para Juicio Delitos Leves? (LECrim) I II III IV V VI VII.
¿Qué Libro determina la Ejecución de Sentencia? (LECrim) I II III IV V VI VII.
Inhibición & Declinación de Competencia Inhibitoria: le piden al juez que inhiba su propia competencia // Declinatoria: el mismo juez declina la competencia Inhibitoria: el mismo juez inhibe la competencia // Declinatoria: le piden al juez que decline su propia competencia.
Definición Proceso Penal Instrumento del Estado para declarar la existencia de un delito y así imponer una pena o medida de seguridad Proceso del Estado para declarar la existencia de un delito o situación y así imponer una pena, multa o medida de seguridad Proceso del Estado para declarar la existencia de un delito y así imponer una pena, multa o medida de seguridad Instrumento del Estado para declarar la existencia de un delito o situación y así imponer una pena o medida de seguridad.
Sistemas Penales Procesales Inquisitorio (Edad Media); Acusatoria (Grecia & Roma) y Mixto (Francia) Inquisitorio (Grecia & Roma); Acusatoria (Edad Media) y Mixto (Francia) Inquisitivo (Edad Media); Cuestionador (Grecia & Roma) y Especial (Francia) Inquisitivo (Grecia & Roma); Cuestionador (Edad Media) y Especial (Francia).
¿En qué consiste el Sistema Penal Inquisitorio? 1 Órgano para acusar, juzgar y defender; secreto; escrito; contradictoria (no se enfrentan las partes) y es en doble instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender), público, oral, presencial (se enfrentan las partes) y a única instancia 3 Órganos (Juez/juzgado + Defiende + Acusa). Es en única Instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender y acusar). Es en doble Instancia Una mezcla de todo lo anterior.
¿En qué consiste el Sistema Penal Acusatorio? 1 Órgano para acusar, juzgar y defender; secreto; escrito; contradictoria (no se enfrentan las partes) y es en doble instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender), público, oral, presencial (se enfrentan las partes) y a única instancia 3 Órganos (Juez/juzgado + Defiende + Acusa). Es en única Instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender y acusar). Es en doble Instancia Una mezcla de todo lo anterior.
¿En qué consiste el Sistema Penal Mixto? 1 Órgano para acusar, juzgar y defender; secreto; escrito; contradictoria (no se enfrentan las partes) y es en doble instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender), público, oral, presencial (se enfrentan las partes) y a única instancia 3 Órganos (Juez/juzgado + Defiende + Acusa). Es en única Instancia 2 Órganos (1 para acusar y juzgar + otro para defender y acusar). Es en doble Instancia Una mezcla de todo lo anterior.
Partes del Proceso Penal Necesaria: inculpado; ministerio fiscal y acusador privado // Contingente: acusador particular, actor civil y responsable civil Necesaria:acusador particular, actor civil y responsable civil // Contingente: inculpado; ministerio fiscal y acusador privado Necesaria: inculpado; ministerio fiscal y acusador particular // Contingente: acusador privado, actor civil y responsable civil Necesaria: acusador particular, y responsable civil // Contingente: inculpado; ministerio fiscal, actor particular y acusador privado.
El Ministerio Fiscal es... Un árbitro que busca que no se pasen con el acusado y que no salga indemne Un árbitro que busca que la pena sea lo más alta posible Un árbitro que busca que la pena sea la más leve posible Un árbitro que busca que no se pasen con la indemnización pero que salga acusado.
Principios del Ministerio Fiscal Actuación, Dependencia, Legalidad e Imparcialidad Acción, Independencia, Transparencia y Parcialidad Acción, Dependencia, Legalidad e Imparcialidad Actuación, Independencia, Transparencia y Parcialidad.
Acusador Popular Aquel que se presenta pero no es parte perjudicada (apoyo moral) Aquel que interpone querella pero solo está perjudicado indirectamente (Junta de Andalucía) Abogado de delitos privados (injurias y calumnias) Aquel que ejerce la acción civil además de ser el perjudicado o sujeto pasivo del daño (el que se cayó por el puente roto) Aquel que es autor del delito, el cual puede ser un tercer (constructor del puente mandado por la Junta de Andalucía).
Acusador Particular Aquel que se presenta pero no es parte perjudicada (apoyo moral) Aquel que interpone querella pero solo está perjudicado indirectamente (Junta de Andalucía) Abogado de delitos privados (injurias y calumnias) Aquel que ejerce la acción civil además de ser el perjudicado o sujeto pasivo del daño (el que se cayó por el puente roto) Aquel que es autor del delito, el cual puede ser un tercer (constructor del puente mandado por la Junta de Andalucía).
Acusador Privado Aquel que se presenta pero no es parte perjudicada (apoyo moral) Aquel que interpone querella pero solo está perjudicado indirectamente (Junta de Andalucía) Abogado de delitos privados (injurias y calumnias) Aquel que ejerce la acción civil además de ser el perjudicado o sujeto pasivo del daño (el que se cayó por el puente roto) Aquel que es autor del delito, el cual puede ser un tercer (constructor del puente mandado por la Junta de Andalucía).
Actor Civil Aquel que se presenta pero no es parte perjudicada (apoyo moral) Aquel que interpone querella pero solo está perjudicado indirectamente (Junta de Andalucía) Abogado de delitos privados (injurias y calumnias) Aquel que ejerce la acción civil además de ser el perjudicado o sujeto pasivo del daño (el que se cayó por el puente roto) Aquel que es autor del delito, el cual puede ser un tercer (constructor del puente mandado por la Junta de Andalucía).
Responsable Civil Aquel que se presenta pero no es parte perjudicada (apoyo moral) Aquel que interpone querella pero solo está perjudicado indirectamente (Junta de Andalucía) Abogado de delitos privados (injurias y calumnias) Aquel que ejerce la acción civil además de ser el perjudicado o sujeto pasivo del daño (el que se cayó por el puente roto) Aquel que es autor del delito, el cual puede ser un tercer (constructor del puente mandado por la Junta de Andalucía).
¿Quién es el Procesado? Aquel que tiene un procedimiento de sumario en contra suya (PO) Aquel que tiene una acusación formalizada contra él (PA).
¿Quién es el investigado? Aquel al que están investigando y buscando pruebas Aquel del que tienen pruebas suficientes.
¿Quién es el Acusado? Aquel que tiene un procedimiento de sumario en contra suya (PO) Aquel que tiene una acusación formalizada contra él (PA).
¿Quién es el encausado? Aquel al que están investigando y buscando pruebas Aquel del que tienen pruebas suficientes.
Actos Procesales según Repercusión Iniciación (denuncia/querella/iliciación de oficio) + desarrollo + conclusión (sentencia/sobreseimiento) Comienzo (denuncia/querella/iliciación de oficio) + proceso + finalización (sentencia/sobreseimiento) Iniciación + desarrollo (denuncia/querella/iliciación de oficio) + conclusión (sentencia/sobreseimiento) Comienzo (denuncia/querella) + proceso (iliciación de oficio) + finalización (sentencia/sobreseimiento).
Debe presentarse a la Autoridad Judicial, Funcionario, Ministerio Fiscal o Policía Denuncia Querella.
Es un deber Denuncia Querella.
Se presenta de vía oral, escrita o mandatario con poder judicial Denuncia Querella.
No requiere fianza Denuncia Querella.
Participación de conocimiento Denuncia Querella.
No es necesario probar los hechos Denuncia Querella.
Una vez realizada no se necesitas ningún acto adicional Denuncia Querella.
Quien la lleva a cabo no es parte del proceso Denuncia Querella.
Debe presentarse a un Órgano Jurisdiccional competente Denuncia Querella.
Es un derecho Denuncia Querella.
Debe presentarse de forma escrita únicamente Denuncia Querella.
Requiere fianza para ser admitida Denuncia Querella.
Es una declaración de voluntad Denuncia Querella.
Estás obligado a probar los hechos Denuncia Querella.
Exige actos posteriores Denuncia Querella.
Quien la lleva a cabo es parte del proceso Denuncia Querella.
Privaciones Indebidas Según el Tribunal Supremo, es el despojo como el impedimento a utilizar los derechos y facultades que los reclusos tienen Según la Constitución Española, es el acceso como el deber a utilizar los derechos y facultades que los reclusos tienen Según el Tribunal Supremo, es el despojo como el deber a utilizar los derechos y facultades que los reclusos tienen Según la Constitución Española, es el acceso como el impedimento a utilizar los derechos y facultades que los reclusos tienen.
Rigor Innecesario Dureza o severidad desproporcionada en la aplicación de la normativa sobre régimen penitenciario Gravedad e importancia en la aplicación de la ley sobre el código civil Gravedad e importancia en la aplicación de la normativa sobre el régimen penitenciario Dureza o severidad desproporcionada en la aplicación de la ley sobre el código civil.
Orden Jerárquico Penal 1º Tribunal Supremo o Audiencia Nacional (En caso de terrorismo o delito internacional) 2º Tribunal Superior de Justicia 3º Audiencia Provincial 4º Jueces de lo Penal 5º Juez de Instrucción 6º Juez de Paz (localidades pequeñas) 1º Tribunal Constitucional o Audiencia Nacional (En caso de terrorismo o delito internacional) 2º Tribunal Supremo 3º Tribunal Superior de Justicia 4º Jueces de lo Penal 5º Audiencia Provincial 6º Juez de Paz (localidades pequeñas) 1º Tribunal Constitucional o Audiencia Nacional (En caso de terrorismo o delito internacional) 2º Tribunal Superior de Justicia 3º Tribunal Tribunal Supremo 4º Jueces de lo Penal 5º Audiencia Provincial 6º Juez de Paz (localidades pequeñas) 1º Tribunal Tribunal Supremo o Audiencia Nacional (En caso de terrorismo o delito internacional) 2º Tribunal Constitucional 3º Tribunal Superior de Justicia 4º Jueces de lo Penal 5º Audiencia Provincial 6º Juez de Paz (localidades pequeñas).
Tipos de Delito (Penal) Público (de oficio); Semipúblicos (denuncias) y Privados (querellas). Todos los delitos conllevan responsabilidad civil Público (denuncias); Semipúblicos (de oficio) y Privados (querellas). Todos los delitos conllevan responsabilidad penal Público (de oficio); Semipúblicos (de oficio y denuncias) y Privados (querellas). Todos los delitos conllevan responsabilidad penal Público (denuncias); Semipúblicos (de oficio) y Privado (querellas). Todos los delitos conllevan responsabilidad civil.
Medidas Cautelares Personales: detención y prisión provisional (para asegurar la presencia del investigado en el juicio) // Reales: embargo y fianza (para garantizar los derechos del perjudicado frente a la insolvencia del acusado) Reales: detención y prisión provisional (para asegurar la presencia del investigado en el juicio) // Personales: embargo y fianza (para garantizar los derechos del perjudicado frente a la insolvencia del acusado) Personales: detención y embargo (para asegurar la presencia del investigado en el juicio) // Reales: prisión provisional y fianza (para garantizar los derechos del perjudicado frente a la insolvencia del acusado) Reales: detención y fianza (para asegurar la presencia del investigado en el juicio) // Personales: embargo y prisión provisional (para garantizar los derechos del perjudicado frente a la insolvencia del acusado).
Principios de las Medidas Cautelares Provisionalidad (no es definitiva) // Instrumentalidad (no es un fin, es un medio) Instrumentalidad (no es definitiva) // Provisionalidad (no es un fin, es un medio) Temporalidad (no es definitiva) // Mediabilidad (no es un fin, es un medio) Temporalidad (no es definitiva) // Instrumentalidad (no es un fin, es un medio).
Tipos de Detención Por Particular; Policial y Judicial Público, Privado o Semiprivado.
¿Quién detiene por particular? El particular puede detener si intentan cometer un delito (antes de cometerlo), in fraganti, se fugue de la cárcel, durante el traslado, se fugue estando detenido o procesado/condenado por rebeldía. El particular puede detener en base a cualquier caso del artículo 400, a los procesados por delito (pena superior correcional), procesados por delito inferior si hay riesgo de no presentarse al juez al igual que si hay sospecha de delito o participación en él. El particular puede detener en base a cualquier caso del artículo 400, si intentan cometer un delito (antes de cometerlo), in fraganti, durante el traslado, se fugue estando detenido o procesado/condenado por rebeldía. El particular puede detener durante el traslado de un preso, a los procesados por delito (pena superior correcional), procesados por delito inferior si hay riesgo de no presentarse al juez al igual que si hay sospecha de delito o participación en él.
Detención Policial Los Agentes de la Autoridad pueden detener si intentan cometer un delito (antes de cometerlo), in fraganti, se fugue de la cárcel, durante el traslado, se fugue estando detenido o procesado/condenado por rebeldía. Los Agentes de la Autoridad deben detener en base a cualquier caso del artículo 400, a los procesados por delito (pena superior correcional), procesados por delito inferior si hay riesgo de no presentarse al juez al igual que si hay sospecha de delito o participación en él. Los Agentes de la Autoridad pueden detener en base a cualquier caso del artículo 400, si intentan cometer un delito (antes de cometerlo), in fraganti, durante el traslado, se fugue estando detenido o procesado/condenado por rebeldía. Los Agentes de la Autoridad deben detener durante el traslado de un preso, a los procesados por delito (pena superior correcional), procesados por delito inferior si hay riesgo de no presentarse al juez al igual que si hay sospecha de delito o participación en él.
Detención Judicial Los jueces pueden detener de oficio en el curso del procedimiento. Los jueces pueden detener de oficio al final del procedimiento. Los jueces pueden detener de oficio antes de que se inicie el procedimiento.
Duración de la detención Máximo 72 horas (Prórroga de 48 horas). La detención preventiva no podrá durar más de lo estrictamente necesario // La policía tiene máximo 24 horas para ponerlo ante el juez Máximo 48 horas (Prórroga de 24 horas). La detención preventiva no podrá durar más de 24 horas // La policía tiene máximo 48 horas para ponerlo ante el juez Máximo 72 horas (Prórroga de 24 horas). La detención preventiva no podrá durar más de 24 horas // La policía tiene máximo 48 horas para ponerlo ante el juez Máximo 48 horas (Prórroga de 48 horas). La detención preventiva no podrá durar más de lo estrictamente necesario // La policía tiene máximo 24 horas para ponerlo ante el juez.
Tiempo que el juez puede tener detenido a alguien: Si es una detención por particular/policía: 72 horas desde que se le entregó // Si es una detención por orden judicial: 72 horas desde que es detenido. Si es una detención por particular/policía: 72 horas desde que es detenido // Si es una detención por orden judicial: 72 horas desde que se le entregó Si es una detención por particular/policía: 48 horas desde que se le entregó // Si es una detención por orden judicial: 72 horas desde que es detenido. Si es una detención por particular/policía: 48 horas desde que es detenido // Si es una detención por orden judicial: 72 horas desde que se le entregó.
¿Qué artículo recoge las Garantías y Derechos del detenido? Artículo 520 LECrim Artículo 250 LECrim Artículo 520 Código Penal Artículo 250 Código Penal.
Garantías y derechos del detenido (520 LECrim) Guardar silencio, no declarar contra sí mismo, derecho a un abogado (que sea de oficio), informar a un familiar o persona que desee, derecho a comunicarse telefónicamente con un 3º, ser reconocido por un médico forense, ser visitado por las autoridades del consulado de su país y derecho a un intérprete. Guardar silencio, declarar contra sí mismo, derecho a un abogado (de oficio o particular), informar a un familiar o persona que desee, derecho a comunicarse telefónicamente con su abogado, ser reconocido por un médico forense, ser visitado por las autoridades del consulado de su país y derecho a un intérprete. Guardar silencio, declarar contra sí mismo, derecho a un abogado (que sea de oficio), informar a un familiar o persona que desee, derecho a comunicarse telefónicamente con un 3º, ser reconocido por un médico forense, ser visitado por las autoridades del consulado de su país y derecho a un intérprete. Guardar silencio, no declarar contra sí mismo, derecho a un abogado (que sea de oficio), informar solo a un familiar, derecho a comunicarse telefónicamente con su abogado, ser reconocido por un médico forense, ser visitado por las autoridades del consulado de su país y derecho a un intérprete.
Principios de la Prisión Provisional Excepcionalidad y Proporcionalidad Excepcionalidad y Provisionalidad Especificidad y Proporcionalidad Especificidad y Provisionalidad.
¿Quién decreta la prisión provisional? Juez o Magistrado Instructor + Juez de lo Penal o Tribunal que conozca la causa Juez o Magistrado Penal + Juez Instructor o Tribunal que conozca la causa Juez o Magistrado Instructor + Tribunal Jurado que conozca la causa Juez o Magistrado Penal + Tribunal Jurado que conozca la causa.
Finalidad de la Prisión Provisional Riesgo de fuga, evitar la ocultación/alteración/destrucción de pruebas, evitar que el investigado o encausado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima Riesgo de agresión, la localización de pruebas, vigilancia permanente del penado Riesgo de agresión, la localización de pruebas, vigilancia permanente del investigado o encausado Riesgo de fuga, evitar la ocultación/alteración/destrucción de pruebas, evitar que el penado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima.
Duración Máxima de la Pena provisional: fuga/actuar contra bienes máximo 1 año de prisión (prórroga 6 meses) si le correspondieran 3 años o menos de prisión // máximo 2 años de prisión (prórroga 2 años) si le correspondieran más de 3 años de prisión máximo 6 meses de prisión (prórroga 6 meses) si le correspondieran 3 años o menos de prisión // máximo 2 años de prisión (prórroga 1 año) si le correspondieran más de 3 años de prisión máximo 2 años de prisión (prórroga 1 año) si le correspondieran 3 años o menos de prisión // máximo 3 años de prisión (prórroga 3 años) si le correspondieran más de 3 años de prisión máximo 1 año de prisión (prórroga 1 año) si le correspondieran 3 años o menos de prisión // máximo 3 años de prisión (prórroga 2 años) si le correspondieran más de 3 años de prisión.
Duración Máxima de la Pena provisional: ocultación/destrucción/alteración de pruebas Máximo 6 meses Máximo 1 año Máximo 2 años Máximo 3 años.
Si la Sentencia NO es firme, se puede prorrogar Hasta 1/3 de la pena impuesta Hasta 1/2 de la pena impuesta Hasta la misma duración de la pena impuesta Ante una Sentencia NO firme no se puede imponer pena provisional.
¿Qué Artículo de LECrim habla sobre la "vistilla"? Pasar a disposición judicial para después: prisión provisional o a su casa 520 505 530 535.
Máximo tiempo que una persona puede estar detenida 6 días (144 horas): 72 (hasta que está a disposición del juez) + 72 (hasta que el juez decide) 3 días (72 horas): 48 (hasta que está a disposición del juez) + 24 (hasta que el juez decide) 4 días (96 horas): 48 (hasta que está a disposición del juez) + 48 (hasta que el juez decide) 2 días (48 horas): 24 (hasta que está a disposición del juez) + 24 (hasta que el juez decide).
¿Qué recurso cabe contra los Autos de Prisión Provisional? Recurso de Apelación (artículo 766), el cual debe resolverse en un plazo máximo de 30 días Recurso de Apelación (artículo 745), el cual debe resolverse en un plazo máximo de 1 mes Recurso de Casación (artículo 745), el cual debe resolverse en un plazo máximo de 1 mes Recurso de Casación (artículo 766), el cual debe resolverse en un plazo máximo de 30 días.
Duración de la Incomunicación (Modalidad de Prisión Provisional) Durará el tiempo estrictamente necesario (no superior a 5 días) // Los menores de 16 años no pueden ser comunicados // Ante terrorismo/mafias se prorrogará 5 días máximo Durará el tiempo estrictamente necesario (no superior a 2 días) // Los menores de 18 años no pueden ser comunicados // Ante terrorismo/mafias se prorrogará 2 días máximo Durará el tiempo estrictamente necesario (no superior a 5 días) // Los menores de 18 años no pueden ser comunicados // Ante terrorismo/mafias se prorrogará 5 días máximo Durará el tiempo estrictamente necesario (no superior a 2 días) // Los menores de 16 años no pueden ser comunicados // Ante terrorismo/mafias se prorrogará 2 días máximo.
Efectos de la incomunicación Podrá asistir a las diligencias (si no desvirtúa el objeto de la incomunicación) + podrá contar con los efectos que él se proporciona (y que el juez autorice) + no podrá recibir/realizar comunicaciones + ante supervisión del juez tendrá derecho a solicitar un 2º médico forense. No podrá asistir a las diligencias (ya que desvirtúa el objeto de la incomunicación) + podrá contar con los efectos que le proporcione el establecimiento (y que el juez autorice) + solo podrá recibir comunicaciones + ante imposición del juez tendrá derecho a solicitar un 2º médico forense. Podrá asistir a las diligencias (si no desvirtúa el objeto de la incomunicación) + podrá contar con los efectos que le proporcione el establecimiento (y que el juez autorice) + no podrá recibir/realizar comunicaciones + ante supervisión del juez tendrá derecho a solicitar un 2º médico forense. No podrá asistir a las diligencias (ya que desvirtúa el objeto de la incomunicación) + podrá contar con los efectos que él se proporciona (y que el juez autorice) + solo podrá recibir comunicaciones + ante imposición del juez tendrá derecho a solicitar un 2º médico forense.
Incomunicación Judicial Se le privará de: designar el abogado de confianza, comunicarte con todas o algunas personas (salvo Autoridad Judicial, Ministerio Fiscal y Médico Forense), entrevistarse en privado con el abogado, acceder ya sea él o su abogado a las actuaciones. Los reconocimientos médicos serán al menos 2 veces al día y todo estará acordado por auto. Se le privará de: abogado de oficio, solo comunicarse con Autoridad Judicial, Ministerio Fiscal y Médico Forense, entrevistarse con su abogado, acceder a las actuaciones. Los reconocimientos médicos serán al menos 1 vez al día y todo estará acordado por diligencia. Se le privará de: designar el abogado de confianza, solo comunicarse con Autoridad Judicial, Ministerio Fiscal y Médico Forense, entrevistarse en privado con el abogado, acceder a las actuaciones. Los reconocimientos médicos serán al menos 2 veces al día y todo estará acordado por diligencia. Se le privará de: abogado de oficio, comunicarte con todas o algunas personas (salvo Autoridad Judicial, Ministerio Fiscal y Médico Forense), entrevistarse con su abogado, acceder ya sea él o su abogado a las actuaciones. Los reconocimientos médicos serán al menos 2 veces al día y todo estará acordado por auto.
¿Qué es el Apud Acta? Acto jurídico que se plasma en un documento mediante el cual damos a un procurador la facultad de que nos represente y realice por nosotros todos los actos que hay que hacer a lo largo de un procedimiento judicial. Se puede realizar mediante un notario (pagando) o ante un letrado de la administración de justicia (gratuito) Acto burocrático que se plasma en un documento mediante el cual damos a un abogado la facultad de que nos represente a lo largo de un procedimiento judicial. Se puede realizar mediante un notario (gratuito) o ante un letrado de la administración de justicia (pagando) Acto jurídico que se plasma en un documento mediante el cual damos a un abogado la facultad de que nos represente y realice por nosotros todos los actos que hay que hacer a lo largo de un procedimiento judicial. Se puede realizar mediante un notario (pagando) o ante un letrado de la administración de justicia (gratuito) Acto burocrático que se plasma en un documento mediante el cual damos a un procurador la facultad de que nos represente y realice por nosotros todos los actos que hay que hacer a lo largo de un procedimiento judicial. Se puede realizar mediante un notario (gratuito) o ante un letrado de la administración de justicia (pagando).
Actos de Comunicación (Cooperación Jurisdiccional) Suplicatorio: se dirige a un juez/tribunal superior (se comunica) + Exhorto: se dirige a un juez/tribunal del mismo grado (se pide) + Mandamiento: se dirige a un subordinado o autoridad judicial Suplicatorio: se dirige a un subordinado o autoridad judicial + Exhorto: se dirige a un juez/tribunal superior (se comunica) + Mandamiento: se dirige a un juez/tribunal del mismo grado (se pide) Suplicatorio: se dirige a un juez/tribunal de la misma categoría (se comunica) + Exhorto: se dirige a un juez/tribunal de grado superior (se pide) + Mandamiento: se dirige a un subordinado o autoridad judicial inferior. Suplicatorio: se dirige a un subordinado o autoridad judicial superior + Exhorto: se dirige a un juez/tribunal del mismo grado (se comunica) + Mandamiento: se dirige a un juez/tribunal de grado inferior (se pide).
Actos de Comunicación (Particulares y Partes) Notificación, Emplazamientos, Citaciones // Cédula de citación: si no se acude a un llamamiento: 200€-5000€ (primer intento) y perseguido por obstrucción a la justicia (segundo intento) Notificación, Vista, Concertación // Cédula de citación: si no se acude a un llamamiento: 500€-6000€ (primer intento) y perseguido por obstrucción a la justicia (segundo intento) Suplica, Exhorta, Mandamiento // Cédula de citación: si no se acude a un llamamiento: 200€-5000€ (primer intento) y perseguido por obstrucción a la justicia (segundo intento) Suplica, Exhorta, Mandamiento // Cédula de citación: si no se acude a un llamamiento: 500€-6000€ (primer intento) y perseguido por obstrucción a la justicia (segundo intento).
Acuerdos Son fuera de Sala // Se resuelven por: Tribunales (Fuera de sala) + Salas de Gobierno + Jueces Decanos y Presidentes + Juntas de Jueces Son dentro de Sala // Se resuelven por: Tribunales + Salas de Gobiernos + Juntas de Jueces + Ayuntamientos. Son dentro de Sala // Se resuelven por: Tribunales + Salas de Gobiernos + Jueces Decanos y Presidentes + Juntas de Jueces Son fiera de Sala // Se resuelven por Tribunales (Fuera de Sala) + Juntas Decanos y Presidentes + Juntas de Jueces + Ayuntamientos.
Sentencias firmes Deciden la cuestión criminal y no puede haber recurso alguno salvo el de revisión (excepeción: rehabilitación por fallecimiento) Deciden la cuestión legal y no puede haber recurso alguno salvo el de apelación (excepeción: revisión por fallecimiento) Deciden la cuestión legal y no puede haber recurso alguno salvo el de apelación (excepeción: rehabilitación por fallecimiento) Deciden la cuestión criminal y no puede haber recurso alguno salvo el de revisión (excepeción: revisión por fallecimiento).
Sentencia Ejecutoria Documento público donde se consigna la sentencia firme Documento privado donde se consigna la sentencia definitiva Documento público donde se consigna la sentencia definitiva Documento privado donde se consigna la sentencia firme.
¿Providencia o Auto? Providencia: ordenación material del proceso // Auto: resolución del juez Auto: ordenación material del proceso // Providencia: resolución del juez.
Partes de un Auto Hechos, Fundamentos y Dispongo/Parte dispositiva Encabezado, Hechos y Dispongo/Parte dispositiva Hechos, Fundamentos y Resolución/Parte dispositiva Encabezado, Hechos y Resolución/Parte dispositiva.
Partes de una Sentencia Hechos, Fundamentos y Dispongo/Parte dispositiva Encabezamiento, Hechos, Fundamentos y Dispongo/Parte dispositiva Hechos, Fundamentos y Fallos/Parte dispositiva Encabezamiento, Hechos, Fundamentos y Fallos/Parte dispositiva.
Magistrados necesarios para: Tribunal Supremo Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 7 magistrados Providencias: 3 magistrados / Autos: 7 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 3 magistrados / Autos: 2 magistrados / Sentencias: 3 magistrados.
Magistrados necesarios para: Audiencia Provincial y Nacional Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 3 magistrados Providencias: 7 magistrados / Autos: 2 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 3 magistrados / Autos: 2 magistrados / Sentencias: 3 magistrados.
Magistrados necesarios para: Tribunal Superior de Justicia Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 3 magistrados Providencias: 7 magistrados / Autos: 2 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 2 magistrados / Autos: 3 magistrados / Sentencias: 2 magistrados Providencias: 3 magistrados / Autos: 2 magistrados / Sentencias: 3 magistrados.
Resoluciones del Secretario Judicial: Diligencias Dan a los Autos el curso que la ley establezca Documentan la decisión. Contiene antecedentes y fundamentos de derecho.
Resoluciones del Secretario Judicial: Tipos de Diligencias Constancia, Comunicación y Ejecución Recapitulación, Notificación y Resolución Recapitulación, Comunicación y Ejecución Constancia, Notificación y Resolución.
Resoluciones del Secretario Judicial: Recurrir una Diligencia Ante el mismo secretario y debe ir escrito con firma de abogado. Plazo son 3 días desde la notificación y se tramitará en 2 días. Ante el mismo juez y debe ir escrito con firma de abogado. Plazo son 2 días desde la notificación y se tramitará en 3 días. Ante el mismo secretario (Reposición) y ante el juez de quien dependa el secretario (Revisión). Plazo son 3 días desde la notificación y se tramitará en 2 días. Ante el juez de quien dependa el secretario (Reposición) y ante el mismo secretario (Revisión). Plazo son 2 días desde la notificación y se tramitará en 3 días.
Resoluciones del Secretario Judicial: Recurrir un Decreto Ante el mismo secretario y debe ir escrito con firma de abogado. Plazo son 3 días desde la notificación y se tramitará en 2 días. Ante el mismo juez y debe ir escrito con firma de abogado. Plazo son 2 días desde la notificación y se tramitará en 3 días. Ante el mismo secretario (Reposición) y ante el juez de quien dependa el secretario (Revisión). Plazo son 3 días desde la notificación y se tramitará en 2 días. Ante el juez de quien dependa el secretario (Reposición) y ante el mismo secretario (Revisión). Plazo son 2 días desde la notificación y se tramitará en 3 días.
Reembolso de Gastos La víctima tiene derecho a obtener reembolso de los gastos de: ejercicio de sus derechos + costas procesales El encausado tiene derecho a obtener reembolso de los gastos de: ejercicio de su deber + costas procesales El encausado tiene derecho a obtener reembolso de los gastos de: ejercicio de sus derechos + costas procesales La víctima tiene derecho a obtener reembolso de los gastos de: ejercicio de su deber + costas procesales.
Tribunal de Conflictos de Jurisdicción Es aquel que resuelve los conflictos entre Jueces/Tribunales y Administraciones Es aquel que resuelve los conflictos entre Jueces y Tribunales Es aquel que resuelve los conflictos entre diferentes Administraciones Es aquel que resuelve los conflictos entre Administraciones y Autoridades.
Juzgados de Paz Donde no existen los juzgados de 1ª Instancia e instrucción. No hace falta carrera judicial. Son nombrados cada 4 años por la Sala de Gobierno del TSJ y lo eligen los ayuntamientos. Donde no existen los juzgados de Instrucción. Hace falta carrera judicial. Son nombrados cada 2 años por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y lo eligen los ministros. Donde no existen los juzgados de Instrucción. No hace falta carrera judicial. Son nombrados cada 4 años por la Sala de Gobierno del TSJ y lo eligen los ayuntamientos. Donde no existen los juzgados de 1ª instancia e instrucción. Hace falta carrera judicial. Son nombrados cada 2 años por la Sala de los Penal de la Audiencia Nacional y lo eligen los ministros.
¿En qué Ley Orgánica se añadieron competencias a los juzgados? LO 13/2015 LO 12/2015 LO 13/2011 LO 12/2011.
Competencias de los Juzgados: De los procesos por aceptación por decreto: Juez de Instrucción // De los procedimientos de decomiso autónomos: Juez de Instrucción, Audiencia Provincial y Tribunal Supremo De los procedimientos de decomiso autónomos: Juez de Instrucción // De los procesos por aceptación por decreto: Juez de Instrucción, Audiencia Provincial y Tribunal Supremo De los procesos por aceptación por decreto: Audiencia Provincial // De los procedimientos de decomiso autónomos: Juez de Instrucción, Audiencia Provincial y Tribunal Supremo De los procedimientos de decomiso autónomos: Audiencia Provincial // De los procesos por aceptación por decreto: Juez de Instrucción, Audiencia Provincial y Tribunal Supremo.
Composición de los Juzgados: Audiencia Nacional 4 Salas 5 Salas 3 Salas 7 Salas.
Composición de los Juzgados: Tribunal Supremo 4 Salas 5 Salas 3 Salas 7 Salas.
Composición de los Juzgados: Tribunal Superior de Justicia 4 Salas 5 Salas 3 Salas 7 Salas.
Composición de los Juzgados: Tribunal del Jurado 9 Miembros del Jurado + 1 Magistrado (Presidente) + 2 Suplentes (no cuentan). Son elegidos entre 20 7 Miembros del Jurado + 2 Magistrados (Presidente) + 3 Suplentes (sí cuentan). Son elegidos entre 21 7 Miembros del Jurado + 2 Magistrados (Presidente) + 2 Suplentes (sí cuentan). Son elegidos entre 21 9 Miembros del Jurado + 1 Magistrado (Presidente) + 3 Suplentes (no cuentan). Son elegidos entre 20.
Votos para los veredictos Culpabilidad: 7 de 9 // Inocencia: 5 de 9 Culpabilidad: 5 de 9 // Inocencia: 7 de 9 Culpabilidad: 6 de 9 // Inocencia: 4 de 9 Culpabilidad: 4 de 9 // Inocencia: 6 de 9.
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