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39/2015 T III

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Título del Test:
39/2015 T III

Descripción:
test repaso 2 ACTOS ADMINISTRATIVOS

Fecha de Creación: 2026/06/03

Categoría: Personal

Número Preguntas: 45

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En cuanto a las condiciones generales para la práctica de notificaciones: Se practicarán por cualquier medio elegido por el interesado. Se practicarán por medios electrónicos solo cuando el interesado esté obligado a recibirlas por esta vía. Se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.

Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes, menos en uno. Indica cuál: Los que tengan un contenido imposible. Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. Los que sean constitutivos de infracción civil o se dicten como consecuencia de ésta.

En relación a los actos administrativos, son nulos de pleno derecho: Los que constituyan infracción penal. Los que incurren en desviación de poder. Las notificaciones fuera de plazo.

¿Dónde se realizará la publicación de los actos administrativos?. En el Boletín Oficial del Estado, en cualquier caso. En los periódicos de mayor difusión. En el Diario Oficial que corresponda, según cual sea la Administración de la que procede el acto a notificar.

¿Podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos administrativos cuando se dicten en sustitución de actos anulados?. Sí, siempre que los supuestos de hecho necesario existiesen ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. Sí, excepcionalmente y siempre que los supuestos de hecho necesario existiesen ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. No, en ningún caso.

En relación a la forma de los actos administrativos, en aquellos casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, la constancia escrita del acto se efectuará y firmará: Cuando sea necesaria, por el titular del órgano inferior o funcionario que la reciba oralmente. En cualquier caso, por el funcionario que la reciba oralmente. En cualquier caso, por el órgano instructor.

Cuando una notificación se practique en el domicilio del interesado y nadie se haga cargo de la misma: Se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por dos veces y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los siete días siguientes.

¿Cómo se presumen los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo?. No ejecutivos. Válidos. Anulables.

Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación: Posteriormente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. Previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. Previamente y con carácter preceptivo, las Administraciones deberán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente.

Las normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser observadas por el resto de los órganos administrativos: Siempre que pertenezcan a la misma Administración y dependan jerárquicamente entre sí. Siempre y cuando dependan jerárquicamente entre sí. Aunque no dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración.

Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo producirán efectos: Desde la fecha en que se dicten, salvo que lesiones derechos subjetivos o intereses legítimos. Desde la fecha en que se dicte, salvo que se trate de actos que pongan fin a procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva. Desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.

El defecto de forma en un acto administrativo: Solo determinará la anulabilidad del acto cuando dé lugar la indefensión de los interesados o de la Administración. Solo determinará la anulabilidad del acto cuando éste carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Determinará, en cualquier caso, la anulabilidad del acto, sin posibilidad de convalidación.

Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados: Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho. Serán motivados, siempre que el rechazo de dichas pruebas ponga fin al procedimiento administrativo. No serán motivados, salvo que se trate de procedimientos iniciados de oficio.

Con respecto a la practica de las notificaciones en papel, ¿cuándo deberá realizarse el segundo intento, si el primero fue antes de las 15 horas?. Deberá realizarse después de las 15 horas dejando un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación. Deberá realizarse después de las 15 horas del día siguiente. Deberá realizarse a distinta hora dentro de los tres días siguientes.

¿En qué momento los interesados; no obligados por ley, podrán decidir comunicar a la Administración Pública que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos?. Siempre antes de recibir la primera de las notificaciones. En cualquier momento, en los modelos normalizados que se establezcan al efecto. Después de recibir la primera de las notificaciones, en todo caso.

Las Administraciones Públicas, para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios: Podrán establecer, reglamentariamente, la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones. No podrán establecer obligaciones acerca de cómo practicar las notificaciones. Deberán establecer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones.

Podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general: Las resoluciones administrativas de carácter particular, en cualquier caso. Las resoluciones administrativas de carácter particular cuando procedan de un órgano de superior jerarquía al que dictó la disposición general. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo: No implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado. No implicará la de las partes del mismo dependientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado. Implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.

Cuando los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, si se tratase de resoluciones: El titular de la competencia deberá autorizar una relación de las que haya dictado de forma verbal, con expresión de su contenido. No será necesario autorizar una relación de las que haya dictado de forma verbal. El titular de la competencia podrá, si así lo estima conveniente, autorizar una relación de las que haya dictado de forma verbal, con expresión de su contenido.

Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo: Se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, siempre que no se haya producido un recurso administrativo o jurisdiccional. Se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. Se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que adquieran firmeza.

Si el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos: Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. Se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto. Se limitará a publicarlas en el Diario oficial.

Cuando el interesado de un procedimiento administrativo accediera al contenido de la notificación en sede electrónica, la Ley 39/2015 establece: Que se le ofrece la posibilidad de que se puedan realizar el resto de notificaciones por medios electrónicos. Que el resto de notificaciones se practicarán por medios electrónicos. Todas las anteriores respuestas son incompletas.

La decisión de las resoluciones será motivada: En los casos a que se refiere el artículo 36 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En los casos a que se refiere el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En los casos a que se refiere el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando el interesado o su representante rechace la notificación de una actuación administrativa: Se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y se tendrá por efectuado el trámite siguiendose el procedimiento. Se repetirá el intento por una sola vez, y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Se repetirá el intento por una sola vez, y en una hora distinta dentro de los cinco días siguientes.

¿Qué actos y trámites se conservarán cuando se declare la nulidad o se anulen las actuaciones en el procedimiento administrativo común?. Aquellos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. Aquellos que sean obligatorios por la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Ninguno.

¿Cómo se practicarán las notificaciones de resoluciones y actos administrativos?. Por medios electrónicos o no electrónicos, indistintamente. Por medio electrónicos preferentemente y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Por medios electrónicos en todo caso.

La publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria deba practicarse en tablón de anuncios o edictos, se entenderá cumplida: Por su publicación en el Diario oficial correspondiente. Por su publicación en los medios de difusión más significativos. Únicamente por su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en: La Constitución y las leyes. La Ley. La Ley 39/2015, de 1 de octubre.

¿En qué supuestos podrá realizarse la convalidación de un acto anulable por el órgano competente que sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado?. Cuando el vicio consista en incompetencia no determinante de anulabilidad. Cuando el vicio consista únicamente en incompetencia determinante de nulidad. Cuando el vicio consista en incompetencia no determinante de nulidad.

¿Quién producirá los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas?. Los órganos competentes ajustándose a los requisitos y procedimiento establecido. El superior jerárquico de los órganos correspondientes según las normas establecidas por la propia Administración. El personal que designe la propia Administración bajo su normativa.

¿Cuándo se entenderá rechazada una notificación que deba ser practicada obligatoriamente por medios electrónicos?. Cuando hayan transcurrido diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando hayan transcurrido quince días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

La notificación que contenga el texto íntegro de la resolución y el intento de notificación debidamente acreditado: Tendrá la consideración de notificación infructuosa. Será suficiente, a los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos. Deberá ser publicada en el diario oficial que corresponda.

¿Implicará la anulabilidad del acto administrativo la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas?. No, salvo que el acto se haya dictado en el ejercicio de poderes discrecionales. Solo cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo. No, en ningún caso.

En cuanto a los límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos, es correcto afirmar que: La anulabilidad de un acto implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero. La nulidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, en ningún caso. La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.

¿Qué órgano será el encargado de notificar a los interesados cuyos derechos se vean afectados de acuerdo con la Ley 39/2015?. El órgano que dicte las resoluciones y actos administrativos. El órgano que tramite la resolución de los actos administrativos. El órgano competente según la materia a tratar.

Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas: Serán producidos por el órgano competente, ajustándose exclusivamente a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se producirán por el órgano competente, bien de oficio o a instancia del interesado. Se producirán por el órgano competente solamente cuando hayan sido dictados de oficio.

¿La motivación de qué actos administrativos se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias?. La de los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. La de los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales. La de los actos que limiten derechos subjetivos.

Según la Ley del Procedimiento Administrativo Común, ¿qué se entiende por conversión de actos viciados?. Los actos nulos que, sin embargo, contengan los elementos constitutivos de otro distinto producirán los efectos de éste. El órgano que declare la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre la conservación de aquellos actos cuyo contenido se hubiera mantenido igual. Los actos anulables que, sin embargo, contengan los elementos constitutivos de otro distinto se conservarán para la reproducción de la parte no viciada.

La realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas: Solo implicará la nulidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo. Solo determinará la nulidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Solo implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.

Los supuestos de nulidad absoluta de actos administrativos: Pueden señalarse expresamente en una disposición con rango de Ley. Son los recogidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común, exclusivamente. Son los de otras Leyes formales.

A los efectos de lo articulado en la Ley 39/2015, se entiende por inderogabilidad singular del reglamento, el que: Las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general. Un reglamento no puede vulnerar las disposiciones de otro reglamento de superior jerarquía. Un reglamento no puede excepcionar singularmente las disposiciones de otro reglamento anterior.

Cuando la notificación de un acto administrativo sea infructuosa: Las Administraciones Públicas, con carácter facultativo y con carácter previo a la publicación en el Boletín Oficial del Estado podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Toda notificación de un acto administrativo debe ser cursada: Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. A los diez días de la fecha en que el acto haya sido dictado. Dentro del plazo de quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.

¿Cómo será el contenido de los actos administrativos en relación a los fines de los mismos?. Determinado y adecuado. Proporcional y veraz. Real y progresivo.

En los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal: La constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano superior o funcionario que la reciba oralmente, expresando en la comunicación del mismo la autoridad de la que procede. La constancia escrita del acto, siempre necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano superior o funcionario que la reciba oralmente, expresando en la comunicación del mismo la autoridad de la que procede. La constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano inferior o funcionario que la reciba oralmente, expresando en la comunicación del mismo la autoridad de la que procede.

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