Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE4-5.2

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
4-5.2

Descripción:
Convenio

Autor:
otro
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
15/06/2021

Categoría:
Arte

Número preguntas: 51
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL TÉCNICO MEDIO. Análisis y detección de necesidades. Análisis y documentación de datos del Área funcional de su competencia. Dirección del personal, en su caso, de las Áreas funcionales de su competencia. Análisis de procesos de las distintas unidades que componen la estructura de Correos Y Análisis y diseño de procedimientos, métodos, documentación y sistemas de información. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL TÉCNICO MEDIO. Diseño, elaboración y desarrollo de proyectos. Desarrollo y ejecución de programas. Supervisar y coordinar la consecución de objetivos a través de planes de acción. Analizar y desarrollar sistemas de calidad y definir acciones de mejora en los procesos de trabajo de su competencia. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL TÉCNICO MEDIO. Realización de informes y Elaboración y control de cuentas de resultados en relación con los presupuestos asignados. Proponer medidas correctoras que mejoren la eficiencia general de la Empresa. Actuar como consultor interno en los análisis específicos de carácter técnico en que sea requerida su participación. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE SECTOR DISTRIBUCIÓN/CENTROS Cumplir los objetivos que le sean asignados vinculados a la producción, calidad y rendimiento. Dirigir, organizar y coordinar el trabajo de los jefes de las distintas unidades para que conozcan y consigan los objetivos marcados. Dirigir, organizar y gestionar Centros de Tratamiento. Implantar las acciones de mejora de los procesos operativos relacionados con su actividad laboral. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE SECTOR DISTRIBUCIÓN/CENTROS Proponer acciones para optimizar los costes (tanto en medios humanos como en medios materiales) y Gestionar y controlar el presupuesto de gastos de su ámbito de responsabilidad. Establecer mecanismos de coordinación con otros centros con los que esté directamente relacionado, bien en la misma localidad o en otros ámbitos geográficos, cuando sea necesario para la consecución de los objetivos de calidad marcados. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Establecer las acciones necesarias para conseguir la coordinación eficaz de las diferentes unidades ubicadas en el centro. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE SECTOR DE RED: Dirigir y coordinar la actividad de las oficinas bajo su responsabilidad, sobre la cuenta de resultados y por tanto, sobre la implantación de las medidas de mejora. Dirigir el personal a su cargo. Impulsar las ventas, realizando directamente las de productos más complejos y desarrollando las capacidades comerciales del personal de su unidad. Coordinar las estrategias comerciales y del plan de ventas en sus oficinas. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE SECTOR DE RED: Impulsar el cumplimiento de estándares de calidad. Participar en la resolución de problemas de los directores/as de oficinas. Implantar las acciones de mejora necesarias. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE SECTOR DE RED: Gestionar y controlar el presupuesto de gastos de su ámbito de responsabilidad. Establecer mecanismos de coordinación con otras Jefaturas de Sector, en otros ámbitos geográficos, cuando sea necesario para la consecución de los objetivos de calidad marcados. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: COORDINACIÓN DE VENTAS: Planificación y comunicación de objetivos comerciales a su equipo. Proponer acciones para optimizar los recursos (tanto en medios humanos como en medios materiales). Animación, coordinación y supervisión de las actividades comerciales del equipo. Implantar las acciones de mejora necesarias. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: COORDINACIÓN DE VENTAS: Potenciar la cartera, a través de la captación de nuevo negocio. Gestionar y controlar el presupuesto de gastos de su ámbito de responsabilidad. Responsabilizarse de la planificación, gestión y seguimiento de las cuentas/clientes asignadas. Ser intermediario/a entre el cliente y los servicios de la empresa con el fin de ofrecer soluciones adaptadas a sus necesidades. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: COORDINACIÓN DE VENTAS: Configurar una estrategia de desarrollo de negocio dentro de sus cuentas. Establecer y mantener relaciones comerciales con los grandes clientes. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL RESPONSABLE DE APOYO CORPORATIVO. Dirección y supervisión del personal adscrito al área de su competencia. Organizar y controlar las actividades en el ámbito de su competencia. Gestionar y organizar el trabajo de los recursos humanos adscritos, para conseguir los objetivos establecidos, así como su desarrollo y formación profesional. Gestionar y controlar los recursos asignados para la realización de las funciones encomendadas. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL RESPONSABLE DE APOYO CORPORATIVO. Analizar los procedimientos y procesos para proponer acciones de mejora. Desarrollar sistemas de calidad de los procesos y actividades que se desarrollan en el área de su competencia. Analizar y realizar acciones para optimizar los recursos. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PERSONAL RESPONSABLE DE APOYO CORPORATIVO. Analizar las quejas y reclamaciones presentadas por los clientes/proveedores y atenderlas en caso necesario. Asesorar a su jefatura en los aspectos de planificación operativa del área de su competencia. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE UNIDAD DE DISTRIBUCIÓN/CENTROS Dirección y supervisión del personal adscrito. Organizar y controlar las actividades de la unidad. Gestionar y controlar todos los medios materiales para realizar las funciones asignadas (vehículos, contenedores/envases, carretillas, jaulas, clasificadoras automáticas, etc.). Analizar los procesos operativos de sus funciones y actividades para proponer acciones de mejora. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE UNIDAD DE DISTRIBUCIÓN/CENTROS Analizar y proponer acciones para optimizar los recursos de la unidad (tanto en medios humanos como materiales). Realizar todas las actividades necesarias para mantener un buen clima laboral y una buena motivación (recogida de sugerencias, reuniones, etc.). Analizar las quejas y reclamaciones presentadas por los clientes y atenderlas en caso necesario. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: DIRECCIÓN/DIRECCIÓN ADJUNTA DE OFICINA Gestionar su oficina con responsabilidad sobre la cuenta de resultados y por tanto sobre la aplicación de las medidas de mejora. Ejercer como el principal comercial de la oficina. Analizar los procesos operativos de sus funciones y actividades para proponer acciones de mejora. Impulsar la orientación y capacidad comercial del personal de su oficina. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: DIRECCIÓN/DIRECCIÓN ADJUNTA DE OFICINA Dirigir el equipo de trabajo que integra la oficina. Realizar todas las actividades necesarias para mantener un buen clima laboral y una buena motivación (recogida de sugerencias, reuniones, etc.). Potenciar el cumplimiento de los niveles de calidad. Controlar el cumplimiento de los procesos operativos. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: DIRECCIÓN/DIRECCIÓN ADJUNTA DE OFICINA Analizar las quejas y reclamaciones presentadas por los clientes y atenderlas en caso necesario. Analizar y proponer acciones para optimizar los recursos de la oficina (tanto en medios humanos como materiales). Transmitir adecuadamente las necesidades de recursos a las áreas de apoyo. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE UNIDAD ADMINISTRATIVA Organiza, gestiona y controla todas las funciones encomendadas a la unidad, coordinando las actividades de los diferentes equipos adscritos a la misma, para conseguir el cumplimiento de sus objetivos. Dirigir y supervisar el personal adscrito a la unidad. Organizar y controlar las actividades de la unidad. Analizar los procedimientos y procesos de sus funciones y actividades, para proponer acciones de mejora. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE UNIDAD ADMINISTRATIVA Analizar y proponer acciones para optimizar los recursos de la unidad (tanto en medios humanos como materiales). Realizar todas las actividades necesarias para mantener un buen clima laboral y una buena motivación (recogida de sugerencias, reuniones, etc.). Realizar funciones de asesoría sobre los aspectos de planificación operativa de la unidad. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE EQUIPO Supervisar el trabajo de las personas que componen el equipo. Organizar y controlar todas las actividades del equipo. Gestionar y controlar todos los medios materiales asignados para realizar sus funciones (carros de reparto, vehículos, contenedores/envases postales, carretillas, jaulas, clasificadoras automáticas, equipos informáticos, etc.). Analizar los procesos operativos del equipo para proponer acciones de mejora. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE EQUIPO Realizar la gestión del personal bajo su supervisión para conseguir el máximo aprovechamiento de los recursos y mantener un buen clima laboral y una buena motivación de los empleados/as. Analizar las quejas y reclamaciones presentadas por los clientes y atenderlas en caso necesario. Realizar tareas susceptibles de utilización de medios técnicos que exija un conocimiento de los mismos y gestión de programas. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: JEFATURA DE EQUIPO Realizar la conservación básica de los medios técnicos y materiales necesarios para su trabajo. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: GESTIÓN BANCARIA Desarrollar el negocio bancario a través de la comercialización de productos y servicios bancarios de la entidad. Gestionar la cartera de clientes, ofreciendo atención personalizada y asesoramiento. Responsabilidad sobre la fidelización y aumento de la misma. Coordinar la gestión administrativa de las operaciones de venta efectuadas. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: GESTIÓN BANCARIA Resolver las posibles incidencias. Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de sus funciones. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: GESTIÓN DE VENTAS Responsabilizarse de la planificación, gestión y seguimiento de las cuentas/clientes asignadas. Venta de los productos y servicios de Correos. Recogida de información básica para la elaboración de análisis y estudios del mercado. Reflejar su actividad y resultados en las herramientas que se determinen. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: GESTIÓN DE VENTAS Propuesta de acciones concretas en caso de desviación del cumplimiento de objetivos. Atención personalizada, mantenimiento y mejora de su cartera de clientes. Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de las funciones propias de su puesto. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: GESTIÓN DE APOYO CORPORATIVO Gestionar proyectos y programas bajo dirección de los técnicos/as y/o la Jefatura de la Unidad. Analizar los procesos operativos y proponer acciones de mejora y Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de sus funciones. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas. Tratamiento de la información: búsqueda y sistematización de la misma. .
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: REPARTO Distribuir y entregar los productos postales, telegráficos y parapostales, o, de no ser posible, sus avisos sustitutivos, a los destinatarios en los domicilios que figuren en los envíos, manteniendo una relación directa con el cliente, atendiendo y dando respuesta a sus solicitudes de información. Realizar todas las tareas anteriores y posteriores, inherentes a la función anterior, tanto de clasificación manual y/o automática como las que se precisen a este fin, según líneas de productos. Realizar la recepción y liquidación, además del pago y cobro en los domicilios, de los productos en que así esté establecido. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: REPARTO Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de las funciones propias de su Puesto (vehículos, sistemas informáticos, etc.). Realizar la conservación básica de los medios técnicos y materiales necesarios para su trabajo, salvo que se requieran conocimientos específicos. El personal de reparto que preste sus servicios en oficinas y enlaces rurales procederá a la admisión de los productos postales, telegráficos, financieros y parapostales, así como las tareas anteriores y posteriores inherentes a esa función. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: AGENTE/CLASIFICACIÓN Realizar las tareas de clasificación manual y/o automática según líneas de productos, en las distintas unidades de Correos. Realizar todas las tareas inmediatamente previas y posteriores a los procesos de clasificación manual y/o automática. Realizar la recepción, pago, cobro y liquidación, en la oficina, de los productos en que así esté establecido. Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de las funciones propias de su puesto (máquinas, sistemas informáticos, vehículos, maquinarias, etcétera). Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: AGENTE/CLASIFICACIÓN Realizar la conservación básica de los medios técnicos y materiales necesarios para su trabajo, salvo que se requieran conocimientos específicos. Realizar las operaciones de carga y descarga. Tratamiento de los productos postales y telegráficos. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: AGENTE/CLASIFICACIÓN Realizar las tareas administrativas elementales (transportar objetos y envíos, hacer fotocopias, etc.). Realizar encargos encomendados por los distintos departamentos y recoger y entregar documentos internos y correspondencia. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: ATENCIÓN AL CLIENTE Atender a los clientes, informando y promocionando los productos y servicios de Correos. Vender los productos y servicios de Correos. Efectuar la clasificación y encaminamiento de los productos y servicios realizados, inherentes a su Puesto. Admitir los envíos postales, telegráficos, financieros y parapostales. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: ATENCIÓN AL CLIENTE Transmitir los servicios telegráficos y de telecomunicación. Entregar al destinatario los productos y servicios recibidos en la red de oficinas, de forma complementaria a las funciones de clasificación y/o tratamiento. Admitir y tramitar las quejas y reclamaciones de los clientes. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: ATENCIÓN AL CLIENTE Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de las funciones propias de su puesto tipo (maquinarias, sistemas informáticos, etc.). Realizar la conservación básica de los medios técnicos y materiales necesarios para su trabajo, salvo que se requieran conocimientos específicos. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: ADMINISTRACIÓN Realizar las tareas y procesos administrativos del área de su competencia. Organizar y actualizar el archivo de documentación del área de su competencia. Atención telefónica del clientes internos/externos. Realizar las tareas de ejecución, actualización de bases de datos, hojas de cálculo, procesadores de texto, etc. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: ADMINISTRACIÓN Atender las quejas y reclamaciones de los clientes internos/externos. Realizar la conservación básica de los medios técnicos y materiales necesarios para su trabajo, salvo que se requieran conocimientos específicos. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas. Utilizar todos los medios técnicos y materiales necesarios para el desempeño de las funciones propias de su puesto tipo (maquinarias, ordenadores, etc.). .
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: PEÓN/A A EXTINGUIR Realizar labores de carga y descarga que requieren un esfuerzo físico, así como ayudar al personal de mantenimiento en las tareas elementales que se le encomienden. Realizar funciones concretas y determinadas que sin constituir propiamente un oficio exigen, sin embargo, cierta práctica, especialidad o atención. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
Artículo 34. Contenido de los Puestos Tipo. Las principales funciones a desarrollar por los distintos Puesto Tipo son las siguientes: LIMPIADOR/A A EXTINGUIR Realizar la limpieza de los locales y dependencias anexas. Cualquier otra análoga que responda a los factores generales y de formación atribuidos a su Grupo Profesional inherentes a su Puesto. Todas son correctas.
CAPÍTULO III. Movilidad funcional y geográfica. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. En el ejercicio de sus facultades directivas la empresa podrá acordar la movilidad funcional, por el tiempo imprescindible, entre distintos puestos de trabajo. Dicha movilidad, en todos los casos, se ajustará a los siguientes principios generales: Señala la premisa errónea. La movilidad no podrá perjudicar la formación y promoción profesional del trabajador/a. El trabajador/a tendrá derecho a las retribuciones de las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones con superiores retribuciones, en cuyo caso se mantendrán las retribuciones de origen. No cabrá invocar ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto en los supuestos de realización de funciones distintas a las habituales.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. En el ejercicio de sus facultades directivas la empresa podrá acordar la movilidad funcional, por el tiempo imprescindible, entre distintos puestos de trabajo. Dicha movilidad, en todos los casos, se ajustará a los siguientes principios generales: Señala la premisa errónea. La movilidad deberá de estar basada en necesidades económicas, técnicas o sociolaborales. Se producirá comunicación escrita al trabajador/a siempre que así lo solicite. Se realizarán programas de formación y adaptación al puesto de trabajo, en caso de que resulte necesario.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. La movilidad funcional se aplicará con criterios voluntarios y, subsidiariamente, con criterios rotativos, objetivos y no discriminatorios. La movilidad funcional se aplicará con criterios obligatorios y, subsidiariamente, con criterios rotativos, objetivos y no discriminatorios. La movilidad funcional se aplicará con criterios voluntarios y, subsidiariamente, con criterios rotativos, subjetivos y no discriminatorios.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. Criterios específicos para la movilidad funcional: Cuando la empresa precise acudir a la movilidad funcional seguirá el siguiente orden que atiende a Puestos Tipo, Grupos y Áreas Funcionales: Señala la premisa errónea. a) En primer lugar aplicará la movilidad funcional al personal del mismo puesto y distinta ocupación. b) En defecto del anterior, al personal que pertenezca al mismo grupo profesional y área funcional. c) En defecto de las anteriores, al personal que pertenezca al mismo grupo profesional y área funcional.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. Cuando concurran las causas señaladas en el art. 39.2 del Estatuto de los Trabajadores la empresa podrá acordar, por el tiempo imprescindible, la realización de funciones no correspondientes al mismo grupo profesional o entre el mismo grupo profesional y distinta área funcional, de acuerdo con el siguiente régimen: 1. Cuando se trate de funciones correspondientes a un grupo profesional superior, dentro de los límites temporales previstos en el citado artículo 39.2 del Estatuto de los Trabajadores, salvo en supuestos de enfermedad, accidente de trabajo, excedencia u otras causas análogas con reserva de puesto, en cuyo caso se prolongará mientras subsistan las circunstancias que la hayan motivado. 2. La retribución, en tanto se esté desempeñando el trabajo del grupo profesional superior, será la del puesto de trabajo de este último. 3. Se trasladará comunicación escrita al trabajador/a cuando éste lo solicite. 4. Todas son correctas.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. Cuando concurran las causas señaladas en el art. 39.2 del Estatuto de los Trabajadores la empresa podrá acordar, por el tiempo imprescindible, la realización de funciones no correspondientes al mismo grupo profesional o entre el mismo grupo profesional y distinta área funcional, de acuerdo con el siguiente régimen: Cuando esta movilidad tenga por objeto la cobertura provisional de un puesto vacante, éste deberá incluirse de forma inmediata en convocatoria de provisión, o en su caso ingreso, mediante el procedimiento correspondiente de los previstos en el presente convenio, por lo que no generará un derecho de ascenso, por el simple transcurso del tiempo, al empleado/a afectado/a. Cuando esta movilidad tenga por objeto la cobertura provisional de un puesto vacante, éste deberá incluirse de forma inmediata en convocatoria de provisión, o en su caso ingreso, mediante el procedimiento correspondiente de los previstos en el presente convenio, por lo que generará un derecho de ascenso, por el simple transcurso del tiempo, al empleado/a afectado/a.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. Cuando concurran las causas señaladas en el art. 39.2 del Estatuto de los Trabajadores la empresa podrá acordar, por el tiempo imprescindible, la realización de funciones no correspondientes al mismo grupo profesional o entre el mismo grupo profesional y distinta área funcional, de acuerdo con el siguiente régimen: Cuando se trate de un grupo profesional inferior, esta situación podrá prolongarse por el tiempo imprescindible para su atención, dentro de los limites temporales legales del citado artículo 39.2 y el trabajador/a percibirá las retribuciones de su grupo de origen, salvo que el cambio se produjera a petición del trabajador/a, en cuyo caso su salario será el correspondiente al nuevo grupo profesional. Cuando se trate de un grupo profesional inferior, esta situación podrá prolongarse por el tiempo imprescindible para su atención, dentro de los limites temporales legales del citado artículo 39.2 y el trabajador/a percibirá las retribuciones de su grupo de origen en todo caso.
Artículo 35. Movilidad funcional. Principios generales. Cuando concurran las causas señaladas en el art. 39.2 del Estatuto de los Trabajadores la empresa podrá acordar, por el tiempo imprescindible, la realización de funciones no correspondientes al mismo grupo profesional o entre el mismo grupo profesional y distinta área funcional, de acuerdo con el siguiente régimen: Se trasladará comunicación escrita a los representantes de los trabajadores/as y al trabajador/a afectado/a cuando éste lo solicite. Se trasladará comunicación escrita a los representantes de los trabajadores/as. Se trasladará comunicación escrita al trabajador/a afectado/a cuando éste lo solicite.
Artículo 36. Movilidad intercentros. Cuando por necesidades organizativas, técnicas o productivas, la empresa precise acudir a la movilidad entre centros de trabajo dentro de una misma localidad, lo hará por el tiempo imprescindible y deberán respetarse los siguientes límites y garantías: Señale la premisa errónea. Comunicación al trabajador/a cuando éste lo solicite. En caso de ser varios los trabajadores/as afectados/as, se seguirá un criterio rotativo y no discriminatorio. Podrá variarse el turno de trabajo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38 sobre modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Artículo 36. Movilidad intercentros. Si concurriera al mismo tiempo la movilidad funcional, se estará adicionalmente a lo establecido en el artículo anterior. En cualquier caso, el recurso al cambio de centro de trabajo tendrá carácter subsidiario con respecto a la aplicación, dentro del mismo centro, de movilidades funcionales. Las dos son correctas.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso