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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETest 4 procesal

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Título del test:
Test 4 procesal

Descripción:
derecho procesal i

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
18/06/2021

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 49
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Temario:
Don Ignacio remite carta a Don Alberto, reclamándole el pago de una deuda. Pasados treinta días de su recepción y como quiera que Don Alberto hizo caso omiso del requerimiento de pago, Don Ignacio presenta demanda en el Juzgado reclamando el pago de la deuda. Cuando el Juzgado no9fica la demanda a Don Alberto, éste, dentro del plazo para contestarla, reconoce adeudar a Don Ignacio la totalidad de la suma reclamada. Como consecuencia de tal actuación, qué resolución dictará el juzgado. Diligencia de Ordenación Sentencia Decreto Providencia Auto.
Don Antonio es vecino de Córdoba y propietario de un piso en Málaga cuyo arriendo concierta con su vecino de edificio, Don Manuel, que ha sido destinado temporalmente a Málaga. Se pacta una renta de 1.500 euros al mes y una duración del arrendamiento por espacio de 18 meses, finalmente las partes pactan en el contrato el sometimiento al fuero de los tribunales de Córdoba. A los dos meses de iniciarse el arrendamiento, Don Manuel deja de pagar la renta, y cuando se adeudan cinco meses, Don Antonio decide demandar para desahuciar a Don Manuel y obtener el pago de lo adeudado. Determinar el Órgano competente para resolver el recurso de apelación. Audiencia Provincial de Córdoba Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Audiencia Provincial de Málaga.
Don Pedro vive y trabaja en Madrid, pero es propietario de un apartamento turístico en Benidorm, que se encuentra integrado en la Comunidad de Propietarios del edificio Azul cuya Junta general celebrada el día 25 de Marzo, adoptó un acuerdo que aprobaba una cuota extraordinaria de contribución al mantenimiento del edificio, cuyo importe, en función de la cuota de participación en los elementos comunes de su propiedad le supone el desembolso de 5.500 euros. Don Pedro no está conforme con el acuerdo porque entiende que el dinero se destinará a cubrir desfases presupuestarios por desviación de la administración del edificio. Determinar: Orden jurisdiccional competente. Civil penal social C-A.
Pedro tiene en Ávila una fábrica de quesos y con la intermediación de su agente de ventas, concierta un contrato de compraventa de 1.000 quesos con Alberto que es propietario de una charcutería en Málaga, por un importe de 12.000 euros que serán abonados al mes de entregar la mercancía. Para cumplir con el compromiso y entrega de la mercancía Pedro contrata a Ricardo, industrial de Ávila, que es propietario de un vehículo de transporte refrigerado, que se ocupa de recoger la mercancía en la fábrica de Pedro y transportarlo hasta Málaga hasta la charcutería de Alberto donde realiza la entrega. Llegado el vencimiento de la obligación de pago de los quesos, Alberto no puede hacer frente a ella. Como consecuencia, Pedro tampoco puede pagar a Ricardo el transporte. Determinar qué órgano será competente para resolver el proceso en caso de Reclamación de Pedro. Determinar el Órgano territorial y obje9vamente competente en primera instancia. Juzgado de lo Mercantil de Málaga Juzgado de Primera Instancia de Málaga Juzgado de lo Mercantil de Ávila. Juzgado de Primera Instancia de Ávila.
Don Antonio es vecino de Córdoba y propietario de un piso en Málaga cuyo arriendo concierta con su vecino de edificio, Don Manuel, que ha sido destinado temporalmente a Málaga. Se pacta una renta de 1.500 euros al mes y una duración del arrendamiento por espacio de 18 meses, finalmente las partes pactan en el contrato el sometimiento al fuero de los tribunales de Córdoba. A los dos meses de iniciarse el arrendamiento, Don Manuel deja de pagar la renta, y cuando se adeudan cinco meses, Don Antonio decide demandar para desahuciar a Don Manuel y obtener el pago de lo adeudado. Determinar el Órgano competente para resolver el asunto en primera instancia. Juzgado de Primera Instancia de Málaga Juzgado de Primera Instancia de Córdoba.
Don Antonio es vecino de Córdoba y propietario de un piso en Málaga cuyo arriendo concierta con su vecino de edificio, Don Manuel, que ha sido destinado temporalmente a Málaga. Se pacta una renta de 1.500 euros al mes y una duración del arrendamiento por espacio de 18 meses, finalmente las partes pactan en el contrato el sometimiento al fuero de los tribunales de Córdoba. A los dos meses de iniciarse el arrendamiento, Don Manuel deja de pagar la renta, y cuando se adeudan cinco meses, Don Antonio decide demandar para desahuciar a Don Manuel y obtener el pago de lo adeudado. Determinar el Procedimiento legalmente adecuado Juicio Ordinario por razón de la materia Juicio Ordinario por razón de la cuantía Juicio Verbal por razón de la materia Juicio Verbal por razón de la cuantía.
Pedro tiene en Ávila una fábrica de quesos y con la intermediación de su agente de ventas, concierta un contrato de compraventa de 1.000 quesos con Alberto que es propietario de una charcutería en Málaga, por un importe de 12.000 euros que serán abonados al mes de entregar la mercancía. Para cumplir con el compromiso y entrega de la mercancía Pedro contrata a Ricardo, industrial de Ávila, que es propietario de un vehículo de transporte refrigerado, que se ocupa de recoger la mercancía en la fábrica de Pedro y transportarlo hasta Málaga hasta la charcutería de Alberto donde realiza la entrega. Llegado el vencimiento de la obligación de pago de los quesos, Alberto no puede hacer frente a ella. Como consecuencia, Pedro tampoco puede pagar a Ricardo el transporte. Determinar qué órgano será competente para resolver el proceso en caso de Reclamación de Ricardo Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Audiencia Provincial de Málaga Audiencia Provincial de Ávila Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
A los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. 1ª Instancia de Málaga - Jdo. Social Málaga. Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala de Conflictos del Tribunal Supremo Audiencia Provincial de Málaga Sala de Conflictos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
A los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. 1ª Instancia de Málaga - Jdo. 1ª Instancia Archidona. Audiencia Provincial de Málaga Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala de Conflictos del Tribunal Supremo Sala de Conflictos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Don Pedro vive y trabaja en Madrid, pero es propietario de un apartamento turístico en Benidorm, que se encuentra integrado en la Comunidad de Propietarios del edificio Azul cuya Junta general celebrada el día 25 de Marzo, adoptó un acuerdo que aprobaba una cuota extraordinaria de contribución al mantenimiento del edificio, cuyo importe, en función de la cuota de participación en los elementos comunes de su propiedad le supone el desembolso de 5.500 euros. Don Pedro no está conforme con el acuerdo porque entiende que el dinero se destinará a cubrir desfases presupuestarios por desviación de la administración del edificio. Establecer el procedimiento adecuado para la sustanciación del proceso Juicio Ordinario por razón de la cuantía Juicio Verbal por razón de la materia Juicio Verbal por razón de la cuantía Juicio Ordinario por razón de la materia.
los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes: Sala Cont-Advo. TSJAndalucia - Sala Cont-Advo TSJValencia Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala 3ª del Tribunal Supremo Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo.
los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes: Jdo. Contencioso Huelva - Sala de lo Cont- Advo. de la Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo Audiencia Provincial de Huelva Sala de Conflictos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional.
A los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. 1ª Instancia de Málaga - Jdo. 1ª Instancia de Soria: . Sala 1ª del Tribunal Supremo Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo Audiencia Provincial de Málaga Audiencia Provincial de Soria.
A los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes: Jdo. de Instrucción de Málaga - Jdo. Instrucción Pamplona Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala 2ª del Tribunal Supremo Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional.
Don Pedro vive y trabaja en Madrid, pero es propietario de un apartamento turístico en Benidorm, que se encuentra integrado en la Comunidad de Propietarios del edificio Azul cuya Junta general celebrada el día 25 de Marzo, adoptó un acuerdo que aprobaba una cuota extraordinaria de contribución al mantenimiento del edificio, cuyo importe, en función de la cuota de participación en los elementos comunes de su propiedad le supone el desembolso de 5.500 euros. Don Pedro no está conforme con el acuerdo porque entiende que el dinero se destinará a cubrir desfases presupuestarios por desviación de la administración del edificio. Órgano competente para el conocimiento del asunto en primera instancia Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante Juzgado de lo Mercantil de Madrid Juzgado de Primera Instancia de Benidorm Juzgado de lo Mercantil de Alicante Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid.
A los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes: Jdo. Social Málaga - Jdo. Social Ávila. Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo Sala 4ª del Tribunal Supremo Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
Don Pedro vive y trabaja en Madrid, pero es propietario de un apartamento turístico en Benidorm, que se encuentra integrado en la Comunidad de Propietarios del edificio Azul cuya Junta general celebrada el día 25 de Marzo, adoptó un acuerdo que aprobaba una cuota extraordinaria de contribución al mantenimiento del edificio, cuyo importe, en función de la cuota de participación en los elementos comunes de su propiedad le supone el desembolso de 5.500 euros. Don Pedro no está conforme con el acuerdo porque entiende que el dinero se destinará a cubrir desfases presupuestarios por desviación de la administración del edificio. Determinar: Órgano competente para resolver el recuso de apelación. Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Audiencia Provincial de Alicante Audiencia Provincial de Madrid Sala 1ª del Tribunal Supremo Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. Instrucción Málaga - Jdo. Togado Militar territorial de Málaga Sala de Conflictos de Jurisdicción del Tribunal Supremo Sala 5ª del Tribunal Supremo Audiencia Provincial de Málaga Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional.
Pedro tiene en Ávila una fábrica de quesos y con la intermediación de su agente de ventas, concierta un contrato de compraventa de 1.000 quesos con Alberto que es propietario de una charcutería en Málaga, por un importe de 12.000 euros que serán abonados al mes de entregar la mercancía. Para cumplir con el compromiso y entrega de la mercancía Pedro contrata a Ricardo, industrial de Ávila, que es propietario de un vehículo de transporte refrigerado, que se ocupa de recoger la mercancía en la fábrica de Pedro y transportarlo hasta Málaga hasta la charcutería de Alberto donde realiza la entrega. Llegado el vencimiento de la obligación de pago de los quesos, Alberto no puede hacer frente a ella. Como consecuencia, Pedro tampoco puede pagar a Ricardo el transporte. Determinar qué órgano será competente para resolver el proceso en caso de Reclamación de Ricardo: Determinar el Órgano territorial y obje9vamente competente en primera instancia Juzgado de Primera Instancia de Ávila Juzgado de lo Mercantil de Málaga Juzgado de lo Mercantil de Ávila Juzgado de Primera Instancia de Málaga.
los efectos de resolver sobre un hipotético conflicto de competencia y/o jurisdicción, determinar el Tribunal superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. 1ª Instancia de Málaga -Jdo. 1ª Instancia de Sevilla. Audiencia Provincial de Sevilla Sala 1ª del Tribunal Supremo Audiencia Provincial de Málaga Sala de Conflictos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo Sala de Conflictos de la Audiencia Nacional.
Pedro tiene en Ávila una fábrica de quesos y con la intermediación de su agente de ventas, concierta un contrato de compraventa de 1.000 quesos con Alberto que es propietario de una charcutería en Málaga, por un importe de 12.000 euros que serán abonados al mes de entregar la mercancía. Para cumplir con el compromiso y entrega de la mercancía Pedro contrata a Ricardo, industrial de Ávila, que es propietario de un vehículo de transporte refrigerado, que se ocupa de recoger la mercancía en la fábrica de Pedro y transportarlo hasta Málaga hasta a charcutería de Alberto donde realiza la entrega. Llegado el vencimiento de la obligación de pago de los quesos, Alberto no puede hacer frente a ella. Como consecuencia, Pedro tampoco puede pagar a Ricardo el transporte. Determinar, en el caso de la Reclamación de Pedro. El órgano competente para el recurso de Apelación Audiencia Provincial de Ávila Audiencia Provincial de Málaga Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA: Establecer las relaciones jurídicas de derecho material que el supuesto de hecho refiere Contrato de arrendamiento Contrato de sociedad Comunidad de Propietarios Contrato de opción de compra Sucesión hereditaria Contrato de compraventa Comunidad de bienes.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA: Determinar el Juzgado competente ante el que la sociedad "El Sauce S.L.” ha de interponer la demanda Juzgado de Primera Instancia de Trujillo Juzgado de Primera Instancia de Ronda Juzgado de Primera Instancia de Alicante.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA: La sociedad "El Sauce S.L.” 9ene capacidad de obrar procesal? Sí No.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA: Por La sociedad "El Sauce S.L.”, en su caso, quién comparecerá en juicio ejercitando la acción correspondiente? El Administrador Único o Consejero delegado del Consejo de Administración Un apoderado de la Sociedad Nadie, pues no tiene capacidad de obrar.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA.- Enumerar los sujetos que estarán legitimados para intervenir en el proceso al que se refiere el supuesto de hecho, para que quede correctamente constituido. Alonso Pedro Un apoderado de El SAUCE Ignacio Rocío El Administrador Único o Consejero Delegado del Consejo de Administración de EL SAUCE. Mercedes Pedro, Martín, Alonso y Rocío - Mancomunadamente La Mercantil EL SAUCE S.L.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. PREGUNTA.- El proceso que se iniciara a instancias de la Sociedad EL SAUCE, daría lugar a un litisconsorcio? Clasificarlo en su caso (activo o pasivo; voluntario o necesario). Sí, activo y necesario Si, activo y voluntario No daría lugar a litisconsorcio Si, pasivo y voluntario Sí, pasivo y necesario.
Pedro, Martín, Alonso y Rocío vecinos de la localidad de Ronda (Málaga), al fallecimiento de su padre Ignacio que hasta dicha fecha residía en Alicante, se adjudican por partes iguales la finca "El Recreo” situada en la localidad de Trujillo (Cáceres). Ignacio había comprado la finca tres años atrás a la entidad mercantil "El Sauce S.L.” y en el momento de su fallecimiento adeudaba a la sociedad vendedora la cantidad de 300.000 euros, quien le había dirigido un requerimiento para que pagara la cantidad adeudada, bajo apercibimiento de dar por resuelto el contrato de compraventa poniendo a su disposición el importe abonado hasta la fecha y exigiendo la devolución de la finca vendida. Al tiempo de recibir Ignacio el requerimiento, la finca se encontraba arrendada a Mercedes mediante un contrato cuya duración se debía prolongar aún por cuatro años. Un mes después del fallecimiento de Ignacio e ignorando esta circunstancia, la sociedad "El Sauce S.L.” interpone demanda para resolver el contrato. En su caso, definir la participación que en el proceso que interpusiera la Sociedad el SAUCE, tendría Mercedes Podría intervenir en el proceso de forma voluntaria de forma adhesiva litisconsorcial Podría intervenir voluntariamente en el proceso de forma adhesiva simple Debería ser necesariamente demandada para la adecuada constitución del proceso No tendría intervención, ni voluntaria, ni necesaria.
Determinar la naturaleza procesal o material de la siguiente norma: Cuando se transmita mor9s causa lo que sea objeto del juicio, la persona o personas que sucedan al causante podrán con9nuar ocupando en dicho juicio la misma posición que éste, a todos los efectos. procesal material.
Determinar la naturaleza procesal o material de la siguiente norma: La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor. Material Procesal.
Determinar la naturaleza procesal o material de la siguiente norma. El poderdante está obligado a proveer de fondos al procurador, conforme a lo establecido por la legislación civil aplicable para el contrato de mandato. Material Procesal.
Determinar la naturaleza procesal o material de la siguiente norma: Cuando el actor manifieste su renuncia a la acción ejercitada o al derecho en que funde su pretensión, el tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado, salvo que la renuncia fuese legalmente inadmisible. En este caso, se dictará auto mandando seguir el proceso adelante. Procesal Material.
Identificar los órganos del orden jurisdiccional penal cuya competencia territorial abarque a todo el territorio del Estado Juzgado Central de Instrucción Juzgado de Menores Juzgado Central de Violencia sobre la Mujer Jugado de Instrucción Juzgado Central de lo Penal Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional Sala 2ª Tribunal Supremo Sala Penal Audiencia Nacional Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia Sala 5ª Tribunal Supremo.
Determinar el Tribunal Superior jerárquico común de los siguientes: Jdo. 1ª Instancia de Málaga - Jdo. Mercan9l Málaga. Audiencia Provincial de Málaga Sala de lo Civil y Penal del TSJA Sala Especial de Conflictos de Competencia del TS.
Determinar el Tribunal Superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. 1ª Instancia de Málaga - Jdo. Mercan9l Alicante Audiencia Provincial de Málaga Audiencia Provincial de Alicante Sala 1ª TS Sala de lo Civil y Penal del TSJ C. Valenciana Sala de lo Civil y Penal del TSJ Andalucía.
Determinar el Tribunal Superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. Social de Málaga -Jdo. Mercantil de Malaga. Audiencia Provincial de Málaga Sala de Conflictos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sala Especial de Conflictos de Competencia del TS.
Determinar el Tribunal Superior jerárquico común de los siguientes:. Jdo. Instrucción de Málaga - Jdo. Instrucción de Mallorca. Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Sala Especial de Conflictos de Competencia del TS Sala 2ª del TS. Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional.
«Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador señor C. G.- D. en nombre y representación de doña Patricia N. M., contra María Teresa G. M., representada por la Procuradora señora A. A.; debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.500.000 ptas.; constando que ya se le ofreció a la demandante, otorgándose a su favor cheque por tal importe el 9 de septiembre de 1999. Con imposición de las costas procesales devengadas en esta primera instancia a la demandante, en base a lo razonado en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución». El segundo motivo del recurso versa sobre la condena en costas que impuso la sentencia recurrida a pesar de ser estimada en parte la demanda. El argumento para imponerlas fue el fraude procesal que suponía pedir la cantidad de 5.000.000 de ptas. siendo así que únicamente se cuestionaba 2.500.000 ptas., ya que el resto había sido ofertado reiteradamente a la actora. Definir el criterio que determinó en este caso la imposición de las costas. Vencimiento objetivo Dudas de hecho o de dercho Mala fe o temeridad.
En cuanto a las costas teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 394 de la L.E.C. no ha lugar a su imposición a ninguna de las partes, por entender que se ha producido una estimación parcial de la demanda dado que las cuantías reclamadas como indemnización por daños morales se han reducido notoriamente. Definir el criterio que determinó en este caso el pronunciamiento sobre las costas. Temeridad o mala fe Vencimiento objetivo Existencia de dudas de hecho o de derecho.
Indicar la forma que revestirá la resolución que dicte el Juzgado que resuelva la cuestión Declinatoria de competencia. Decreto Deligencia de Ordenación Auto providencia sentencia.
Determinar los efectos que produce el Acta de Conciliación cuando ésta finaliza con acuerdo de las partes. El mismo efecto que un contrato privado No impide iniciar un proceso sobre el objeto de la conciliación. Efecto de Cosa Juzgada El mismo efecto que un contrato contenido en escritura pública intervenida por Notario. Título suficiente para proceder a la ejecución de lo convenido.
Establecer las causas de impugnación de lo convenido en la Conciliación. Por incumplimiento de lo convenido en la Conciliación Por realizarse bajo coacción Por ausencia de capacidad de obrar de una de las partes Por no ser disponible el objeto de la Conciliación y comprometer el interés público Por ausencia de representación suficiente de una de las partes.
La función desarrollada por los árbitros tiene naturaleza jurisdiccional: No. La función desarrollada por los árbitros no tiene naturaleza jurisdiccional. El arbitraje constituye un mecanismo de carácter autocompositivo de solución de conflictos. No. La vinculación de los sujetos a la decisión del árbitro -laudo- trae causa de un contrato privado por el cual los sujetos se comprometieron a dirimir sus controversias y a aceptar la decisión del tercero Si. En nuestro Ordenamiento Jurídico, la función que desarrollan los árbitros participa de las mismas características que la que desarrollan los Jueces y Magistrados.
Las sentencias del Tribunal Constitucional que establecen la única interpretación constitucional de una norma: Ni derogan dicha norma, ni vinculan a jueces y magistrados que podrán interpretarla conforme a su criterio No derogan dicha norma, pero vinculan a jueces y magistrados que sólo podrán aplicarla de acuerdo con la interpretación establecida en la sentencia del TC Derogan dicha norma.
Cuando la solución del conflicto ha sido autocompositiva, la función jurisdiccional se desarrollará: Siempre, incluso de oficio es necesario revisar la corrección formal y material de dichos acuerdos Solo cuando alguno de los interesados incumple los términos del acuerdo o cuando surgen nuevos conflictos sobre la aplicación, interpretación o eficacia de dicho acuerdo. En ningún caso, independientemente de que los interesados cumplan o no el acuerdo al que han llegado.
Si un Juez suizo se desplaza a España para presenciar e intervenir en la declaración de un testigo, la actuación procesal se regirá por la ley procesal Suiza o española, a elección del Juez español, teniendo en cuenta los intereses en conflicto Suiza, si esa declaración debe surtir efecto en un proceso seguido en ese país Española, independientemente de su eficacia en procesos seguidos en el extranjero.
Partiendo de que la aplicación espacial de las normas procesales francesas se rige por los mismos principios que las españolas: Si en Francia se practica una actuación procesal a petición de un Juez español y en relación a un proceso que se sigue en España, esa actuación se realizará conforme a la norma procesal Española Francesa Francesa o española, según resulte más favorable para el demandante.
Las sentencias del tribunal constitucional que declaran la inconstitucionalidad de una norma Derogan la norma afectada de inconstitucionalidad No derogan dicha norma, pero vinculan a los Jueces y Magistrados que no podrán volver a aplicarla Ni derogan dicha norma, ni vinculan a los Jueces y Magistrados que podrán aplicarla si, a su juicio, no es inconstitucional.
Las normas relativas a los derechos básicos de los sujetos ante la Administración de Justicia son parte del contenido del Derecho Procesal verdadero falso.
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