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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE4 R.G, C.P

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Título del test:
4 R.G, C.P

Descripción:
PREGUNTAS DOPAZO

Autor:
MTMRAD
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Fecha de Creación:
23/01/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 30
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Temario:
(SEÑALE LA FALSA) Los Delitos Militares se clasifican en: Contra la Seguridad y Defensa nacionales y contra los deberes del servicio. Contra la disciplina. Contra el patrimonio en el ámbito militar. Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas por los militares. Contra la Administración de Justicia Militar.
(Art. 27 a 29) (SEÑALE LA FALSA)¿Quién comete Atentado contra los medios o recursos de la Defensa Nacional? El que denunciara falsamente la existencia en lugares afectos a las FAS de aparatos explosivos. El que permaneciera en un establecimiento militar contra la voluntad expresa de su Jefe. El que ejerciera coacción sobre el que ostenta el mando de una Fuerza. El que entorpezca intencionadamente el transporte, aprovisionamiento, transmisiones o cualquier de misión militar. El que vulnere las medidas de seguridad establecidas para la protección de un establecimiento militar.
(Art. 36 y 37) ¿Quién comete ultraje a la Nación o a sus símbolos e injurias a los ejércitos? El que ofendiere las insignias o emblemas militares. El que ofenda o ultraje a la Nación, su Bandera, Himno o alguno de sus símbolos o emblemas militares. El que injuriare a la Guardia Civil. a y b son ciertas a, b y c son ciertas.
(Art. 38 a 41) ¿Cuál de los siguientes casos se considera Sedición Militar? Cuando en número de 4 o más no obedezcan las ordenes legítimas recibidas, incumplan los deberes del servicio, amenacen, ofendan o ultrajen a un superior. Cuando sin llegar al número de cuatro o más y constituyan al menos la mitad de la fuerza, y no obedezcan las ordenes legítimas recibidas, incumplan deberes del servicio, amenacen, ofendan o ultrajen a un superior. Cuando en número de cuatro o más hagan reclamaciones o peticiones colectivas en tumulto, con las armas en la mano o con publicidad. Todas las anteriores. La b) y la c) son correctas.
(Art. 34 y 35)¿Cuál de las siguientes es un delito contra el centinela? El que desobedezca al centinela. El que maltrate de obra a un centinela, El que en tiempo de paz, maltrate de obra o desobedezca orden de la Policía Militar. El que se resista a obedecer al centinela. Todas son correctas.
(Art. 51 a 80) ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta al numerar los Delitos contra los deberes del servicio? Cobardía, abandono del servicio, delito contra los deberes del centinela. Abandono del destino o residencia. Embriaguez en acto de servicio, omisión del deber de socorro. Todas las anteriores. La a) y la b) con correctas.
(Art. 51 a 54) ¿Quién comete acto de Cobardía? El que por temor o riesgo personal, viola algún deber militar que exija afrontar peligros y superar el miedo. El que por temor a un riesgo personal rehúse a permanecer o situarse, lo abandone, o incumpla la misión encomendada. El que por temor a un riesgo personal rindiera al enemigo un establecimiento militar. El que en situación de estado de sitio, para excusarse de su puesto o misión, simule enfermedad o lesión. Todas las anteriores.
(Art. 67 a 70) ¿Cuál de los siguientes es un delito contra el quebrantamiento del servicio? Abandono del servicio. Contra los deberes del centinela. Embriaguez en actos de servicio. Intoxicación por drogas tóxicas en actos de servicio. Todas las anteriores.
(Art. 11) Las penas principales que se pueden imponer por delitos comprendidos en el Código Penal Militar (señale la falsa): Pérdida de empleo. Prisión. Inhabilitación absoluta. Multa. Destierro.
(Art. 51 a 80) No es un delito contra los deberes del servicio: Cobardía. Delito contra el patrimonio en el ámbito militar. Delito contra los deberes de presencia Delito de omisión del deber de socorro. Deslealtad.
Art. 5) Las faltas se clasifican en: Sanciones y Notificaciones. Reprensiones y Sanciones. Leves, graves y muy graves. Reprensiones y Notificaciones. Leves y Sanciones.
(Art. 6.20) Es falta leve la ausencia injustificada del destino por un plazo inferior a: 12 horas. 48 horas. 2 días. 72 horas. 24 horas.
(Art. 6.28) Promover o tomar parte en riñas entre compañeros es: Falta de respeto. Falta leve. Falta grave. Falta de subordinación. Falta de actitud.
(Art. 7.12) No es una falta leve: El descuido en la conservación del material. La inexactitud en el cumplimiento de las órdenes de la Policía Militar. Incumplir los deberes militares propios del destino o puesto. El trato incorrecto con la población civil en el desempeño de sus funciones. La inexactitud en el cumplimiento de las normas sobre baja temporal para el servicio.
Art. 6.26) No es una falta grave: Incumplir las obligaciones del centinela. Ofender a un compañero con palabras indecorosas o indignas. Dar órdenes ajenas al servicio. El descuido en la instrucción cuando ocasione perjuicio al servicio. Incumplir las normas reglamentarias relativas al armamento.
(Art. 32) Un Jefe de Batallón puede sancionar una falta leve como máximo: 10 días de arresto. 5 días de arresto. 3 meses y un día de arresto. No puede sancionar. 14 días de arresto.
(Art. 32) Un Jefe de Compañía puede sancionar una falta leve como máximo: 5 días de arresto. 3 días de arresto. 3 meses y un día de arresto. No puede sancionar. 14 días de arresto.
(Art. 32) Un Jefe de Sección puede sancionar una falta leve como máximo: Reprensión. Sanción económica hasta tres días. 3 meses y un día de arresto. No puede sancionar. a y b son correctas.
(Art. 65) Las sanciones por faltas leves se pueden cancelar pasado el plazo de: 1 año. 2 años. 3 años. seis meses. 9 meses.
(Art. 65) Las sanciones por faltas graves se pueden cancelar pasado el plazo de: 1 año. 2 años. 3 años. seis meses. 9 meses.
(Art. 65) Las sanciones por faltas muy graves se pueden cancelar pasado el plazo de: 1 año. 2 años. 4 años. No se cancelan. 9 meses. .
(Art. 23) La responsabilidad disciplinaria se extingue por: Cambio de destino. Pérdida de la condición de militar. Pase a retiro. a, b y c son ciertas. b y c son ciertas.
(Art. 24) Las faltas leves prescribirán a: Los dos meses. Los tres meses. Los seis meses. Al año. A los dos años.
(Art. 24) Las faltas graves prescribirán a: Los seis meses. Al año. A los dos años. A los tres años. A los cuatro años.
(Art. 24) Las faltas muy graves prescribirán a: Al año. A los dos años. A los tres años. A los cuatro años. No prescriben.
(Art. 64) Las sanciones disciplinarias se anotan en la hoja de servicios del sancionado: Todas las que sean definitivas en vía disciplinaria. Todas las que sean definitivas en vía disciplinaria excepto la de reprensión. Todas las que sean definitivas en vía disciplinaria excepto la reprensión y la sanción económica. a, b y c son ciertas. No se anotan si así lo decide la autoridad sancionadora.
(Art. 11) Entre las sanciones que pueden imponerse por falta leve: Sanción económica de 8 a 15 días. Arresto de 1 a 14 días. Sanción económica de 1 a 8 días. Pérdida de destino. b y c son ciertas.
(Art. 11) Entre las sanciones que pueden imponerse por falta grave: Arresto de 15 a 30 días. Sanción económica de 8 a 15 días. Separación del servicio. a y b son ciertas. a, b y c son ciertas.
Art. 11) Entre las sanciones que pueden imponerse por falta muy grave: Arresto de 15 a 30 días. Arresto de 30 a 90 días. Suspensión de empleo. Pérdida de destino. c y d son ciertas.
Art. 10) Una conducta es reiterada cuando: Se realiza en tres ocasiones o más en el periodo de dos años.. Se realiza en tres ocasiones o más en el periodo de un año. Se realiza en tres ocasiones o más en el periodo de 6 meses. Cuando el hecho haya sido sancionado y se vuelva a repetir. Cuando así lo considere la autoridad con potestad disciplinaria.
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