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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETest 4.Régimen Jurídico del Sector Público.

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Título del test:
Test 4.Régimen Jurídico del Sector Público.

Descripción:
Oposiciones

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
03/04/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 51
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Temario:
1. Según el artículo 3 de la Ley 40/2015, uno de los principios de acuerdo con los que actúa la Administración Pública es el de buena fe, confianza legítima y: Lealtad institucional. Proximidad a los ciudadanos. Servicio efectivo a los ciudadanos. Responsabilidad.
2. Según el artículo 3 de la Ley 40/2015, uno de los principios de acuerdo con los que actúa la Administración Pública es el de simplicidad, claridad y: Economía. Eficacia. Proximidad a los ciudadanos. Racionalización.
3. Según el artículo 3 de la Ley 40/2015, uno de los principios de acuerdo con los que actúa la Administración Pública es el de participación, objetividad y: Transparencia de la actuación administrativa. Evaluación de los resultados. Adecuación estricta de los medios a los fines institucionales. Colaboración.
4. Señala cuál de los siguientes no es uno de los objetivos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público: Regular las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Establecer los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora. Establecer la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público institucional para el desarrollo de sus actividades. Regular los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
5. Las Administraciones Públicas sirven con objetividad: Los intereses generales. Las políticas del Gobierno. Los valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales.
6. Las Administraciones Públicas actúan con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y a: Los Tratados Internacionales. Los Derechos Humanos. El Rey. El Derecho.
7. Las Administraciones Públicas que, en el ejercicio de sus respectivas competencias, establezcan medidas que imiten el ejercicio de derechos individuales o colectivos o exijan el cumplimiento de requisitos para el desarrollo de una actividad deberán aplicar el principio de: Reciprocidad. Imparcialidad. Proporcionalidad. Independencia.
8. De los siguientes, ¿cuál no es un requisito exigido para la creación de cualquier órgano administrativo?: Determinación de su forma de integración en la Administración Pública de que se trate y su dependencia jerárquica. Delimitación de sus funciones y competencias. Dotación de los créditos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento. Identificación de los órganos con los que vayan a causar duplicación de competencias.
9. En cuanto a la competencia de los órganos administrativos: La competencia es renunciable por los órganos que la tengan articulada. La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos no podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos. La encomienda de gestión, la delegación de firma y la suplencia no suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén. Si alguna disposición atribuye competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio.
10. En referencia a los órganos administrativos, podrán delegar competencias relativas a: Asuntos que se refieren a relaciones con la Jefatura del Estado. La adopción de disposiciones de carácter general. La resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso. El ejercicio de la potestad sancionadora.
11. En relación a la delegación de competencias entre órganos administrativos, no es cierto que: La delegación puede ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. La delegación de competencias atribuidas a órganos colegiados, para cuyo ejercicio ordinario se requiera un quórum especial, deberá adoptarse observando, en todo caso, dicho quórum. Las competencias que se ejercen por delegación pueden ser delegadas. No podrán ser delegadas aquellas materias en que así se determine por norma con rango de ley.
12. En cuanto a la delegación de firma, es cierto que: La delegación de firma altera la competencia del órgano delegante. Para su validez es necesaria su publicación. Solo puede delegarse la firma en materias que se ostenten por atribución. En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar la autoridad de procedencia.
13. En relación a los conflictos de atribuciones entre órganos administrativos, no es cierto que: El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente. Los interesados que sean parte en el procedimiento podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente. Los interesados podrán dirigirse al órgano que estimen competente para que requiera de inhibición al que esté conociendo del asunto. Los conflictos de atribuciones sólo podrán suscitarse entre órganos de una misma Administración relacionados jerárquicamente.
14. En relación a las instrucciones y órdenes de servicio, no es cierto que: El incumplimiento de las instrucciones u órdenes de servicio supone la invalidez de los actos dictados por los órganos administrativos. Son normas de carácter interno, que no han de afectar a los administrados. No requieren especial procedimiento de elaboración. Su cumplimiento se subordina al conocimiento de las mismas por sus destinatarios.
15. Según el artículo 7 de la LRJSP, la Administración consultiva podrá articularse a través de los servicios de la Administración activa que prestan asistencia jurídica. En tal caso, dichos servicios: Estarán sujetos a dependencia jerárquica orgánica pero no funcional. No podrán recibir instrucciones, directrices o cualquier clase de indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones o producido los actos objeto de consulta. Podrán actuar como órganos individuales o como órganos colegiados. Podrán suponer duplicación de otros ya existentes para tener la posibilidad de contrastar pareceres.
16. En el caso de los Organismos públicos o Entidades vinculados o dependientes, la delegación de competencias deberá ser aprobada previamente por: El titular del Ministerio o Consejería a la que se encuentren adscritos. El titular del Ministerio o Consejería competente en materia de Presidencia. El Consejo de Ministros o Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. El órgano máximo de dirección, de acuerdo con sus normas de creación.
17. Cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente y el delegante y el delegado pertenecen a diferentes Ministerios, ¿se podrá realizar una delegación de competencias?: Sí, siempre que el delegante tenga igual o mayor rango que el delegado. No, en ningún caso. Sí, previa aprobación del órgano superior de quien dependa el órgano delegado. Sí, previa aprobación del órgano superior común.
18. El acto que consiste en la transferencia del ejercicio de la competencia decisoria en un asunto concreto hecha mediante un acto de la Administración de contenido normativo a favor de un órgano superior a aquél que la tiene atribuida como propia o delegada, con carácter general por razón de la materia, la jerarquía o el territorio; se denomina: Invocación. Avocación. Derivación. Alzamiento.
19. En relación a la avocación, es cierto que: La avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad a la resolución final que de dicte. Contra el acuerdo de avocación cabrá recurso de alzada, con independencia del que se pueda interponer contra la resolución del procedimiento. En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante. Los órganos superiores no podrán avocar para sí el conocimiento de asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes.
20. En relación a la encomienda de gestión, es cierto que: Supone cesión de la titularidad de la competencia. Podrá efectuarse cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. Podrá tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público. Supone la cesión de los elementos sustantivos de su ejercicio.
21. En relación a la suplencia, es cierto que: Solo se producirá en casos de abstención o de recusación. Implica alteración de la competencia. Para su validez será necesaria su publicación. Si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa.
22. En relación a los órganos colegiados, NO es cierto que: Tendrán un Secretario que podrá ser un miembro del propio órgano o una persona al servicio de la Administración Pública correspondiente. Se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia, salvo que su reglamento interno recoja expresa y excepcionalmente lo contrario. Sus acuerdos serán adoptados por mayoría de votos. El acuerdo de creación y las normas de funcionamiento de todos los órganos colegiados deberán ser publicados en el Boletín o Diario Oficial de la Administración Pública en que se integran.
23. En el caso de creación de órganos colegiados interministeriales cuyo Presidente tenga rango superior al de Director general, la norma de creación deberá revestir la forma de: Ley. Real Decreto. Orden ministerial conjunta. Acuerdo del Consejo de Ministros.
24. Los miembros del órgano colegiado que discrepen del acuerdo mayoritario podrán formular voto particular por escrito en el plazo de: 24 horas. 2 días. 3 días. 4 días.
25. No corresponde al Presidente de cualquier órgano colegiado de la Administración General del Estado y de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella: Moderar el desarrollo de los debates. La fijación del orden del día. Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones. Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano.
26. Suele ser normal que la Administración Pública en las relaciones jurídicas administrativas: Se sujete al Derecho Privado. Actúe como sujeto de las mismas. Despliegue una serie de potestades legalmente reconocidas. Actúe representada por particulares.
27. Puede ser objeto de una relación jurídico-administrativa el/los/las: Dominio público. Potestades administrativas. Deberes de los ciudadanos. Nada de lo anterior.
28. Normalmente, la Administración Pública, en este tipo de relaciones: Se limita a una posición de espectadora de las mismas. Actúa como sujeto activo. Se encuentra en el lado pasivo de las mismas. Está en igualdad de circunstancias que el administrado.
29. Una característica esencia de las relaciones jurídico-administrativas es: Su regulación por el Derecho Privado. La situación de igualdad de la Administración Pública y el administrado. Su sujeción al Derecho Administrativo. Estar exenta de regulación jurídica de todo tipo.
30. La relación en la que la Administración Pública actúa como un particular y no como tal Administración Pública es de carácter: Privado. Jurídico-administrativa. No jurídica. Semipública.
31. El contenido de la relación jurídico-administrativa se descompone en: Actos humanos y cosas. Hechos no jurídicos. Derechos y obligaciones. Todo lo anterior.
32. Se produce una modificación del contenido de una relación jurídico-administrativa en el siguiente supuesto: La redención a metálico de una prestación personal de un vecino de un Municipio. El cambio de titularidad de una licencia de apertura de establecimiento. El ius variandi ejercido por la Administración Pública en un contrato administrativo. La muerte de un contratista individual.
33. Es ejemplo de administrado cualificado un: Ciudadano cualquiera. Vendedor ambulante. Concesionario de servicio público. Las respuestas b y c son ciertas.
34. Un funcionario tiene la condición de: Persona privada de interés social. Autoridad. Administrado simple. Administrado cualificado.
35. La actuación de un particular realizando una prestación personal a la Administración: Le convierte en administrado simple. Comporta un trato de favor al mismo. Le exime de pagar tasas judiciales. Le cualifica respecto de la misma.
36. El que realice un uso común general del dominio público: Requiere licencia. Ha de estar habilitado a través de la correspondiente concesión demanial. Tiene la condición de administrado cualificado. Nada de lo expuesto es correcto.
37. El ciudadano que regenta un quiosco en la vía pública, sin hacer por tanto un uso común general de la misma, respecto a la Administración Pública es un administrado: Simple. Cualificado, al adquirir condición de funcionamiento. Cualificado, al convertirse en un contratista. Cualificado.
38. En Derecho Administrativo, a diferencia del Derecho Privado, se puede reconocer a los menos de edad: Capacidad jurídica. Capacidad de obrar. Ambas capacidades. Ninguna de ellas.
39. La edad mínima para entablar por sí solo relaciones con la Administración Pública es de: Dieciocho años. Depende de los casos. Veintiún años la mujer casada. Nada de lo anterior es cierto.
40. ¿Quién puede obtener copias de documentos contenidos en un procedimiento que se esté tramitando?: Solo los interesados en él. Cualquier ciudadano. Nadie. Solo otro órgano administrativo.
41. Si un interesado de una Comunidad Autónoma con lengua oficial específica se dirige a un órgano de la Administración General del Estado sito en su Comunidad, ha de hacerlo en: Castellano necesariamente. Su lengua oficial exclusivamente. Cualquiera de las dos anteriores, a su opción. La que se le indique por la citada Administración.
42. Las alegaciones y aportación de documentos por parte de un interesado en un procedimiento, que no se refieran a defectos de tramitación, pueden realizarse: En cualquier momento. Antes del trámite de audiencia. Inmediatamente antes de la prueba. Solo cuando sea requerido al efecto por la Administración Pública actuante.
43. Por su parte, los defectos de tramitación pueden ser alegados: Antes del trámite de audiencia exclusivamente. Con motivo de la interposición del pertinente recurso necesariamente. En cualquier momento. Solo cuando vaya a exigirse responsabilidad.
44. La actuación por un funcionario que suponga discriminación de un interesado por razón de sexo le hace incurrir en responsabilidad: Política. Patrimonial. Disciplinaria. Social.
45. Si un interesado en un procedimiento conoce datos de otros que no han comparecido en el mismo: Puede dárselos a la Administración Pública actuante. Está obligado a proporcionárselos a la anterior. Para garantizar su intimidad, debe ocultarlos. No tiene obligación alguna al respecto.
46. Como regla general, una vez concluido un procedimiento administrativo: La Administración Pública queda exenta de dictar resolución expresa. El particular queda privado de la posibilidad de entablar recurso contencioso-administrativo. Debe Resolver expresamente la Administración Pública dicho procedimiento. Nada de lo expuesto es cierto.
47. La toma de posesión de un funcionario es un ejemplo de: Petición. Intimación. Opción. Aceptación.
48. ¿Cuál de las siguientes no es una característica de la relación jurídico-administrativa?: La Administración actúa normalmente como parte activa de la relación, es decir, ejercita en ella las potestades y prerrogativas que el ordenamiento jurídico le reconoce para el cumplimiento de sus fines. La Administración ha de intervenir en tal relación como tal, y no como persona de Derecho Privado. Esta relación está regulada por el Derecho Administrativo y el Derecho Civil. Presencia en ella de la Administración, como sujeto de la relación, normalmente en el lado activo de la misma, junto al Administrado, que suele situarse en el lado pasivo.
49. En cuanto a su nacimiento, toda relación jurídico-administrativa tiene punto de arranque en: Un negocio jurídico. Una disposición legal. Un hecho o un acto. Todas las respuestas son correctas.
50. ¿Cómo se denomina al administrado que se encuentra respecto de la Administración en un estado de sujeción general y que es tratado por la norma de una forma impersonal, siendo esta la posición normal?: Administrado general. Administrado común. Administrado simple. Administrado pasivo.
51. ¿Cómo se denomina al administrado que se encuentra respecto de la Administración en un estado de sujeción especial, es decir, especialmente vinculado a ella?: Administrado cualificado. Administrado especial. Administrado único. Administrado activo.
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