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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE40 tercera parte

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Título del test:
40 tercera parte

Descripción:
cuarenta tercera

Autor:
mikel agundez
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Fecha de Creación:
27/10/2023

Categoría:
Deportes

Número preguntas: 61
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Temario:
Artículo 140. Principios de las relaciones interadministrativas. 1. Las diferentes Administraciones Públicas actúan y se relacionan con otras Administraciones y entidades u organismos vinculados o dependientes de éstas de acuerdo con los siguientes principios: a) Lealtad institucional. b) Adecuación al orden de distribución de competencias establecido en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía y en la normativa del régimen local. c) Colaboración, entendido como................................... d) Cooperación, cuando ........................................... e) Coordinación, en virtud del cual una Administración Pública y, singularmente, la Administración General del Estado, tiene la obligación de ................................, cuando así lo prevé la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico. f) ....................en la gestión de los recursos públicos, compartiendo el uso de recursos comunes, salvo que no resulte posible o se justifique en términos de su mejor aprovechamiento. g) Responsabilidad de cada Administración Pública en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos. h) Garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos en sus relaciones con las diferentes Administraciones. i) Solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución. 2. En lo no previsto en el presente Título, las relaciones entre la Administración General del Estado o las Administraciones de las Comunidades Autónomas con las Entidades que integran la Administración Local se regirán por la legislación básica en materia de régimen local.
Principios de las relaciones interadministrativas entendido como el deber de actuar con el resto de Administraciones Públicas para el logro de fines comunes cuando dos o más Administraciones Públicas, de manera voluntaria y en ejercicio de sus competencias, asumen compromisos específicos en aras de una acción común , en virtud del cual una Administración Pública y, singularmente, la Administración General del Estado, tiene la obligación de garantizar la coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas afectadas por una misma materia para la consecución de un resultado común, cuando así lo prevé la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.
Artículo 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas. 1. Las Administraciones Públicas deberán: a) ................el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias. b) ................, en el ejercicio de las competencias .................., la totalidad de los intereses públicos implicados y, en concreto, aquellos cuya gestión esté encomendada a las otras Administraciones. c) .......................... la información que precisen sobre la actividad que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias o que sea necesaria para que los ciudadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia. d) Prestar, en el ámbito ..............., la .................que las otras Administraciones pudieran solicitar para el eficaz ejercicio de sus competencias. e) Cumplir con las obligaciones concretas derivadas .....................y las restantes que se establezcan normativamente.
2. La asistencia y colaboración requerida sólo podrá negarse cuando el organismo público o la entidad del que se solicita .........................de acuerdo con lo previsto en su normativa específica, no disponga de ...................... o cuando, de hacerlo, .......................cuya tutela tiene encomendada o al cumplimiento de sus propias funciones o cuando la información solicitada tenga ........................... La negativa a prestar la asistencia se comunicará motivadamente a la Administración solicitante.
3. La ................................deberán colaborar y auxiliarse para la ejecución de sus actos que hayan de realizarse o tengan efectos ......................... Los posibles costes que pueda generar el deber de colaboración .......................
a) El suministro de información, datos, documentos o medios probatorios que se hallen a disposición del organismo público o la entidad al que se dirige la solicitud y que la Administración solicitante precise disponer para el ejercicio de sus competencias Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
b) La colaboración a fin de proporcionar la inclusión en un sistema integrado de información de las respectivas áreas personalizadas o carpetas ciudadanas, o determinadas funcionalidades de las mismas, de forma que el interesado pueda acceder a sus contenidos, notificaciones o funcionalidades mediante procedimientos seguros que garanticen la integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, independientemente de cuál haya sido el punto de acceso Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
c) El desarrollo de la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas como instrumento destinado a facilitar las relaciones y el soporte electrónico de los órganos integrantes del sistema de Conferencias Sectoriales y en general de los órganos de cooperación, así como de otras de plataformas comunes para el intercambio de datos en el ámbito de todas las administraciones públicas Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
d) La creación y mantenimiento de sistemas integrados de información administrativa con el fin de disponer de datos actualizados, completos y permanentes referentes a los diferentes ámbitos de actividad administrativa en todo el territorio nacional Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
e) El deber de asistencia y auxilio, para atender las solicitudes formuladas por otras Administraciones para el mejor ejercicio de sus competencias, en especial cuando los efectos de su actividad administrativa se extiendan fuera de su ámbito territorial. Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
a) La participación en órganos de cooperación, con el fin de deliberar y, en su caso, acordar medidas en materias sobre las que tengan competencias diferentes Administraciones Públicas Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
b) La participación en órganos consultivos de otras Administraciones Públicas. Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
c) La participación de una Administración Pública en organismos públicos o entidades dependientes o vinculados a otra Administración diferente. Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
d) La prestación de medios materiales, económicos o personales a otras Administraciones Públicas Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
e) La cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora de una determinada materia Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
f) La emisión de informes no preceptivos con el fin de que las diferentes Administraciones expresen su criterio sobre propuestas o actuaciones que incidan en sus competencias Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
g) Las actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de titularidad y la cesión de bienes, previstas en la legislación patrimonial Técnicas de colaboración Técnicas de cooperación.
Técnica de ................. a) El ...............................que se hallen a disposición del organismo público o la entidad al que se dirige la solicitud y que la Administración solicitante precise disponer para el ejercicio de sus competencias.
b) La ..................a fin de proporcionar la inclusión en ........................ de las respectivas ............................. o determinadas funcionalidades de las mismas, de forma que el interesado pueda acceder a sus contenidos, notificaciones o funcionalidades mediante procedimientos seguros que garanticen la integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, independientemente de cuál haya sido el punto de acceso.
Técnica de ............... d) La creación y mantenimiento de ............................. con el fin de disponer de datos actualizados, completos y permanentes referentes a los diferentes ámbitos de actividad administrativa en todo el territorio nacional.
Técnica de ............... e) El deber ......................., para atender las solicitudes formuladas por otras Administraciones para el mejor ejercicio de sus competencias, en especial cuando los efectos de su actividad administrativa se extiendan fuera de su ámbito territorial.
3. Cada Administración Pública mantendrá actualizado .........................en los que participe y de ....................que haya suscrito.
Artículo 145. Órganos de cooperación. 1. Los órganos de cooperación son órganos de composición ................, de ámbito ................., constituidos por representantes de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades o Ciudades de Ceuta y Melilla o, en su caso, de las Entidades Locales, para acordar voluntariamente actuaciones que mejoren el ejercicio de las competencias que cada Administración Pública tiene. 2. Los órganos de cooperación se regirán por lo dispuesto en esta Ley y por las disposiciones específicas que les sean de aplicación.
3. Los órganos de cooperación entre distintas Administraciones Públicas en los que participe la Administración General del Estado, deberán .................................... para que .....................
4. Los órganos de cooperación, salvo ..................., podrán adoptar acuerdos a través de un ...................y por.....................de las partes, por cualquiera de las formas admitidas en Derecho, en los términos que se establezcan de común acuerdo.
Artículo 146. Conferencia de Presidentes. 1. La Conferencia de Presidentes es un órgano de cooperación ................entre ........................... y está formada por ......................, que la preside, y por ................................. 2. La Conferencia de Presidentes tiene por objeto la deliberación de asuntos y la adopción de acuerdos de interés para el ......................., estando asistida para la preparación de sus reuniones por .....................del que forman parte ..................., que lo preside, y un ..................... .
Artículo 147. Conferencias Sectoriales. 1. La Conferencia Sectorial es un órgano de cooperación, de composición .............. y ámbito sectorial .............., que reúne, como Presidente, ..........................y a los correspondientes ............................. 2. Las Conferencias Sectoriales, u órganos sometidos a su régimen jurídico con otra denominación, habrán de inscribirse en ..................... para su válida constitución. 3. Cada Conferencia Sectorial dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento interno aprobado por sus miembros.
Artículo 148. Funciones de las Conferencias Sectoriales. 1. Las Conferencias Sectoriales pueden ejercer funciones ............(3)..................orientadas a alcanzar acuerdos sobre materias comunes.
2. En particular, las Conferencias Sectoriales ejercerán, entre otras, las siguientes funciones: a) Ser informadas sobre ..................................... del .........................o de los..............................cuando afecten de manera directa al ámbito competencial de .......................... o cuando así esté previsto en la normativa sectorial aplicable, bien a través de su pleno o bien a través de la comisión o el grupo de trabajo mandatado al efecto. b) Establecer ..............entre................. en la materia sectorial correspondiente, procurando la supresión de duplicidades, y la consecución de una mejor eficiencia de los servicios públicos. c) Intercambiar................... sobre las actuaciones programadas por ......................, en ejercicio de sus competencias, y que puedan afectar a ................. .
2. En particular, las Conferencias Sectoriales ejercerán, entre otras, las siguientes funciones d) Establecer ............................., especialmente de contenido ....................... e) Acordar ......................de la Conferencia Sectorial y de su método de trabajo. f) Fijar los .................. que sirvan de base para la distribución territorial de ....................., así como su distribución al comienzo del ejercicio económico, de acuerdo con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Artículo 149. Convocatoria de las reuniones de las Conferencias Sectoriales. 1. Corresponde ............................ acordar la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia, al menos ................. o cuando lo soliciten, al menos, ........................... En este último caso, la solicitud deberá incluir la propuesta de orden del día.
Artículo 149. Convocatoria de las reuniones de las Conferencias Sectoriales. 2. La convocatoria, que deberá acompañarse de los documentos necesarios con la suficiente antelación, deberá contener el orden del día previsto para cada sesión, sin que puedan examinarse asuntos que no figuren en el mismo, salvo que ........................... El orden del día de cada reunión será propuesto por ................ y deberá especificar el carácter consultivo, decisorio o de coordinación de cada uno de los asuntos a tratar.
3. Cuando la conferencia sectorial hubiera de reunirse con el objeto exclusivo de .................., la convocatoria, la constitución y adopción de acuerdos ¿...........PODRÁ O DEBERÁ?............. efectuarse.................., telefónicos o audiovisuales, que garanticen la intercomunicación entre ellos y la unidad de acto, tales como la ............................, entendiéndose los acuerdos adoptados en ......................, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de funcionamiento interno de la conferencia sectorial. De conformidad con lo previsto en este apartado la elaboración y remisión de actas podrá realizarse a través de medios electrónicos.
Artículo 150. Secretaría de las Conferencias Sectoriales. 1. Cada Conferencia Sectorial tendrá un secretario que será ..........................
2. Corresponde al secretario de la Conferencia Sectorial, al menos, las siguientes funciones: a) Preparar las reuniones y asistir a ellas con voz pero sin voto. b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Conferencia Sectorial por orden del Presidente. c) Recibir los actos de comunicación de los miembros de la Conferencia Sectorial y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento. d) Redactar y autorizar las actas de las sesiones. e) Expedir certificaciones de las consultas, recomendaciones y acuerdos aprobados y custodiar la documentación generada con motivo de la celebración de sus reuniones. f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de secretario.
Artículo 151. Clases de decisiones de la Conferencia Sectorial. 1. La adopción de decisiones requerirá la previa votación de los miembros de la Conferencia Sectorial. Esta votación se producirá .....................y no por .........................
2. Las decisiones que adopte la Conferencia Sectorial podrán revestir la forma de: a) ..................: supone un ..................... en el ejercicio de las respectivas competencias. Son ........................ y directamente exigibles de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, salvo ................................. El acuerdo será certificado en acta.
Cuando la Administración General del Estado ejerza .................., de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias del ámbito material respectivo, el Acuerdo que se adopte en la Conferencia Sectorial, y en el que se incluirán los votos particulares que se hayan formulado, será........................., con independencia ........................., siendo exigibles conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio. El acuerdo será certificado en acta.
Las Conferencias Sectoriales podrán adoptar ................., de carácter ..............., entre ...................., para comprometer actuaciones conjuntas para la consecución de los objetivos comunes, que tendrán la naturaleza de ...............de la conferencia sectorial y se ................... El acuerdo aprobatorio de los planes deberá especificar, según su naturaleza, los siguientes elementos, de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria: 1.º Los objetivos de interés común a cumplir. 2.º Las actuaciones a desarrollar por cada Administración. 3.º Las aportaciones de medios personales y materiales de cada Administración. 4.º Los compromisos de aportación de recursos financieros. 5.º La duración, así como los mecanismos de seguimiento, evaluación y modificación.
b) .........................: tiene como finalidad .................. de la Conferencia Sectorial sobre un asunto que se somete a su consulta. Los miembros de la Conferencia Sectorial se comprometen a ....................... de conformidad con lo previsto salvo ....................... Si algún miembro se aparta, deberá motivarlo e incorporar dicha justificación en el correspondiente expediente.
Artículo 152. Comisiones Sectoriales y Grupos de trabajo. 1. La Comisión Sectorial es el órgano de trabajo y apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial, estando constituida por el ..........................., que la presidirá, y ....................., así como .................... El ejercicio de las funciones propias de la secretaría de la Comisión Sectorial corresponderá a ......................... Si así se prevé en el reglamento interno de funcionamiento de la Conferencia Sectorial, las comisiones sectoriales y grupos de trabajo podrán funcionar de forma electrónica o por medios telefónicos o audiovisuales, que garanticen la intercomunicación entre ellos y la unidad de acto, tales como la videoconferencia o el correo electrónico, entendiendo los acuerdos adoptados en ......................, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de funcionamiento interno de la Conferencia Sectorial.
2. La Comisión Sectorial ejercerá las siguientes funciones: a) La preparación de las reuniones de la Conferencia Sectorial, para lo que tratará los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. b) El seguimiento de los acuerdos adoptados por la Conferencia Sectorial. c) El seguimiento y evaluación de los Grupos de trabajo constituidos. d) Cualquier otra que le encomiende la Conferencia Sectorial.
3. Las Conferencias Sectoriales podrán crear .............., de carácter permanente o temporal, formados por ...........................de las diferentes Administraciones Públicas que formen parte de dicha Conferencia, para llevar a cabo las tareas técnicas que les asigne la Conferencia Sectorial o la Comisión Sectorial. A estos grupos de trabajo podrán ........................ El director del Grupo de trabajo, que será un representante .........................., podrá solicitar con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, la participación en el mismo de las organizaciones representativas de intereses afectados, con el fin de recabar propuestas o formular consultas.
Artículo 153. Comisiones Bilaterales de .................. 1. Las Comisiones Bilaterales de ..................son órganos de cooperación de composición bilateral que reúnen, por ..................., a miembros ........................
2. Las Comisiones Bilaterales de .................ejercen funciones de consulta y adopción de acuerdos que tengan por objeto ...........................entre las respectivas Administraciones en asuntos que afecten de forma singular ............................. 3. Para el desarrollo de su actividad, las Comisiones Bilaterales de ................podrán crear ....................y podrán convocarse y adoptar acuerdos por videoconferencia o por medios electrónicos. 4. Las decisiones adoptadas por las Comisiones Bilaterales de ................revestirán la forma de .............y serán ..................., cuando así se prevea expresamente, para las dos Administraciones que lo suscriban y en ese caso serán exigibles conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio. El acuerdo será certificado en acta. 5. Lo previsto en este artículo será de aplicación sin perjuicio de las peculiaridades que, de acuerdo con las finalidades básicas previstas, se establezcan en los Estatutos de Autonomía en materia de organización y funciones de las comisiones bilaterales.
Artículo 154. Comisiones Territoriales de Coordinación. 1. Cuando la ....................o...................... así lo requiera, podrán crearse Comisiones Territoriales de ................, de composición ............, entre Administraciones ..............................., para mejorar la coordinación de la prestación de servicios, prevenir duplicidades y mejorar la eficiencia y calidad de los servicios. En función de las Administraciones afectadas por razón de la materia, estas Comisiones podrán estar formadas por: a) b) c).
2. Las decisiones adoptadas por las Comisiones Territoriales de .................revestirán la forma de ................., que serán certificados en acta y ........................... 3. El régimen de las convocatorias y la secretaría será el mismo que el establecido para las Conferencias Sectoriales en los artículos 149 y 150, salvo la regla prevista sobre quién debe ejercer las funciones de secretario, que se designará según su reglamento interno de funcionamiento.
. Comisiones Bilaterales Comisiones Territoriales.
Artículo 155. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas. 1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, cada Administración .............................. a los datos relativos a los interesados que obren en su poder, especificando las condiciones, protocolos y criterios funcionales o técnicos necesarios para acceder a dichos datos con las máximas garantías de seguridad, integridad y disponibilidad.
2. En ningún caso podrá procederse a un tratamiento ulterior de los datos para .............................. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1.b) del Reglamento (UE) 2016/679, no se considerará incompatible con los fines iniciales el tratamiento ulterior de los datos personales con fines de .
3. Fuera del caso previsto en el apartado anterior y siempre que ........................................, cuando la Administración Pública cesionaria de los datos pretenda el tratamiento ulterior de los mismos para una finalidad que estime compatible con el fin inicial, deberá ..........................a los efectos de que esta pueda comprobar dicha compatibilidad. La Administración Pública ..............podrá, en el ........................ Cuando la Administración cedente sea ...........................podrá en este supuesto, excepcionalmente y de forma motivada, .............. la transmisión de datos .....................de forma cautelar por el tiempo estrictamente indispensable para su preservación. En tanto que la Administración Pública cedente no comunique su decisión a la cesionaria esta ....................... Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior los supuestos en que el tratamiento para otro fin distinto de aquel para el que se recogieron los datos personales ......................... de conformidad con lo previsto en el artículo 23.1 del Reglamento (UE) 2016/679.
Artículo 156. 1. El Esquema Nacional de .................comprende el conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación y normalización de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. 2. El Esquema Nacional de ...............tiene por objeto establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la presente Ley, y está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos que garanticen adecuadamente la seguridad de la información tratada. .
Artículo 157. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración. 1. Las Administraciones pondrán a disposición de ...................las aplicaciones, desarrolladas por ................ o que hayan sido objeto de ...................y de cuyos .........................sean titulares, salvo que la información a la que estén asociadas sea objeto de ........................ Las Administraciones cedentes y cesionarias podrán acordar............................ de las aplicaciones cedidas. 2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior podrán ser declaradas como de ..................., cuando de ello se derive una mayor transparencia en el funcionamiento de la Administración Pública o se fomente con ello la incorporación de los ciudadanos a la Sociedad de la información.
3. Las Administraciones Públicas, con carácter previo a la adquisición, desarrollo o al mantenimiento a lo largo de todo el ciclo de vida de una aplicación, tanto si se realiza con medios propios o por la contratación de los servicios correspondientes, deberán consultar en ......................, dependiente de la Administración General del Estado, si existen soluciones disponibles para su reutilización, que puedan satisfacer total o parcialmente las necesidades, mejoras o actualizaciones que se pretenden cubrir, y siempre que los requisitos tecnológicos de interoperabilidad y seguridad así lo permitan. En este directorio constarán tanto las aplicaciones disponibles de la Administración General del Estado como las disponibles en los directorios integrados de aplicaciones del resto de Administraciones. En el caso de existir una solución disponible para su reutilización total o parcial, las Administraciones Públicas ........................, salvo que la decisión de no reutilizarla se justifique en términos de eficiencia conforme al artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Artículo 158. Transferencia de tecnología entre Administraciones. 1. Las Administraciones Públicas mantendrán directorios actualizados de aplicaciones para su libre reutilización, de conformidad con lo dispuesto en el ......................... Estos directorios deberán ser plenamente interoperables con el directorio general de la Administración General del Estado, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión. 2. La ........................., mantendrá un directorio general de aplicaciones para su reutilización, prestará apoyo para la libre reutilización de aplicaciones e impulsará el desarrollo de aplicaciones, formatos y estándares comunes en el marco de los esquemas nacionales de interoperabilidad y seguridad. .
. proximidad territorial concurrencia de funciones territorios coincidentes o limítrofes 3 AD Mejorar la coordinación en asuntos que afecten de forma singular a la CA Ceuta o Melilla Igual número de representantes.
La Conferencia de Presidentes está asistida por .
Designación del Secretario de la Conferencia Sectorial.
Quien preside la Comisión Sectorial y quien más forma parte de ella.
quien es el secretario de la Comisión Sectorial.
Comisiones Territoriales de Coordinación que combinacion de las tres AAPP NO admite AGE Y EL CCAA Y EL AGE CCAA Y EL AGE Y CCAA.
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