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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETest 4.5

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Título del test:
Test 4.5

Descripción:
Test 4.5

Autor:
otro
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Fecha de Creación:
15/06/2021

Categoría:
Arte

Número preguntas: 95
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Temario:
REENVÍO POSTAL. Señala la proposición incorrecta. 1. Se trata de un servicio que permite que un destinatario siga recibiendo su correspondencia, durante un período de tiempo limitado, cuando se cambia de domicilio. 2. Para su contratación, se le facilita al cliente el formulario que deberá cumplimentar para proceder posteriormente a su alta en IRIS. 3. Su ámbito es nacional e internacional. 4. El reenvío se hará efectivo a partir de la fecha indicada en el contrato (como mínimo un día hábil antes de la fecha de contratación). 5. Si la contratación del servicio es online, deberá hacerse con al menos 72 horas laborables de antelación.
REENVÍO POSTAL. Señala la proposición incorrecta. 1. Se trata de un servicio que permite que un destinatario siga recibiendo su correspondencia, durante un período de tiempo limitado, cuando se cambia de domicilio. 2. Para su contratación, se le facilita al cliente el formulario que deberá cumplimentar para proceder posteriormente a su alta en IRIS. 3. Su ámbito es nacional e internacional. 4. El plazo máximo con el que puede contratarse antes de empezar a prestarse es de un día hábil. 5. Si la contratación del servicio es online, deberá hacerse con al menos 72 horas laborables de antelación.
REENVÍO POSTAL. Señala la proposición incorrecta. El plazo máximo con el que puede contratarse antes de empezar a prestarse es de un mes. Los titulares que soliciten el servicio pueden ser tanto particulares (personas físicas) comp empresas (personas jurídicas). El formulario que debe cumplimentar el cliente recoge la duración elegida por el titular en cada caso así como las fechas de inicio y fin del servicio. La duración del servicio será de 1, 2 ó 3 meses. .
REENVÍO POSTAL. MODALIDAD CAMBIO DE DIRECCIÓN DEFINITIVO CAMBIO DE DIRECCIÓN TEMPORAL.
REENVÍO POSTAL. Señala la proposición incorrecta. El plazo máximo con el que puede contratarse antes de empezar a prestarse es de un mes. Si se desea contratar el servicio por un plazo distinto a los ofrecidos, se pueden combinar hasta conseguir el plazo deseado, por ejemplo, para un año, dos de 6 meses. Su ámbito es nacional e internacional. Se trata de un servicio que permite que un destinatario siga recibiendo su correspondencia, durante un período de tiempo ilimitado, cuando se cambia de domicilio.
REENVÍO POSTAL. PARA PARTICULARES (PERSONAS FÍSICAS). Señala la premisa errónea. Una misma solicitud podrá incluir un máximo de 6 titulares, siempre que compartan el mismo domicilio de origen y la misma dirección de reenvío. El servicio se prestará para toda la correspondencia dirigida a los titulares que figuren en la solicitud. Se presentará el formulario de suscripción cumplimentado y firmado por todos los que suscriben el servicio junto con el DNI original de la persona que presente dicha suscripción (sea titular o autorizado) y fotocopias del DNI del resto de titulares (las fotocopias para comprobar la firma, cotejar los datos y sean archivadas en la Oficina). Puede darse la circunstancia de que en una misma dirección postal solo algunos de los destinatarios hayan solicitado el servicio de Reenvío, debiendo reexpedirse únicamente la correspondencia dirigida a éstos. .
REENVÍO POSTAL. PARA PARTICULARES (PERSONAS FÍSICAS). Señala la premisa errónea. Una misma solicitud podrá incluir un máximo de 5 titulares, siempre que compartan el mismo domicilio de origen y la misma dirección de reenvío. El servicio se prestará para toda la correspondencia dirigida a los titulares que figuren en la solicitud. Se presentará el formulario de suscripción cumplimentado y firmado por todos los que suscriben el servicio junto con el DNI original de la persona que presente dicha suscripción (sea titular o autorizado) y fotocopias del DNI del resto de titulares (las fotocopias solo para comprobar la firma y cotejar los datos, no se quedan archivadas en la Oficina). Puede darse la circunstancia de que en una misma dirección postal solo algunos de los destinatarios hayan solicitado el servicio de Reenvío, debiendo reexpedirse únicamente la correspondencia dirigida a éstos. .
REENVÍO POSTAL. PARA EMPRESAS (PERSONAS JURÍDICAS). Señala la proposición incorrecta. 1. En el caso de personas jurídicas se contratará un servicio de Reenvío por cada entidad, excepto si dos o más entidades compartan la misma dirección de origen y destino. 2. El formulario irá cumplimentado y firmado por el representante de la empresa que suscribe el servicio. 3. Deberá aportar el CIF de la entidad o copia del título de constitución de la empresa y del documento que acredite la posesión del poder por el firmante así como su DOI.
REENVÍO POSTAL. PARA EMPRESAS (PERSONAS JURÍDICAS). O en sustitución del CIF, Certificación del Registro Mercantil que contenga: 1. Certificación del Registro Mercantil que contenga los datos identificativos de la persona apoderada, de la persona jurídica a la que representa y de los poderes otorgados. 2. Igualmente, si dicho certificado identifica a la persona que tiene la condición de Administrador único de una persona jurídica, al confluir en él las funciones de representación. 3. Si el interesado es una entidad u organismo público, la solicitud deberá llevar también el sello oficial de dicho organismo. 4. Todas son correctas.
REENVÍO POSTAL. PARA EMPRESAS (PERSONAS JURÍDICAS). Los documentos que habrán de acompañar a la solicitud para realizar las comprobaciones de representación son: Señala el incorrecto. El nombramiento en el cargo de la persona que la firma y la norma o documento acreditativos de que dicho cargo tiene capacidad para representar al organismo en cuestión. Copia del CIF del organismo y documento de identificación del representante. Copia del CIF del organismo y documento de identificación de la persona jurídica.
REENVÍO POSTAL. PRODUCTOS EXCLUIDOS DEL SERVICIO. Señala la premisa errónea. Notificaciones en las que se haya acordado expresamente con el cliente la no expedición. No se reexpedirán al extranjero los productos cuyo ámbito sea específicamente nacional, por ejemplo, Paquete Azul, Paq Premium, Paq Estándar, Notificaciones, Paq Ligero y Paq Today. No se reenviarán al extranjero certificados con Acuse de Recibo.
REENVÍO POSTAL. PRODUCTOS EXCLUIDOS DEL SERVICIO. Señala la premisa errónea. La correspondencia dirigida a un Apartado de FD que solo puede enviarse a otro Apartado FD. Los Giros y Servicios Telegráficos que están sujetos a normativa particular y devengan por la reexpedición la tarifa vigente en cada momento. La correspondencia urgente pierde su carácter de urgencia aunque deben cumplir con los plazos de entrega estipulados.
REENVÍO POSTAL. PERIODICIDAD. Los reenvíos se reexpiden diariamente, todos los días laborables. Los reenvíos se reexpiden diariamente, de Lunes a Domingo. Los reenvíos se reexpiden cada tres días, en días laborables.
REENVÍO POSTAL. PLAZO. Señala el incorrecto. Nacional: entre 1 (misma localidad) y 3 días (a otra provincia). Internacional: depende del país de destino. Internacional: entre 2 y 4 días.
REENVÍO POSTAL. SERVICIOS ADICIONALES. Señala el incorrecto. Cancelación. Anulación. Modificación. Supresión.
REENVÍO POSTAL. CANALES DE COMERCIALIZACIÓN. Señala la premosa errónea. Actualmente se podrá contratar en todas las Oficinas de Correos (Red de Oficinas) exlusivamente. La contratación puede hacerse por terceros debiendo aparecer la firma de los titulares del contrato en el espacio habilitado para ello. Los clientes que tengan contratado un Apartado postal y quieran que la correspondencia que reciban en su domicilio se deposite en el Apartado Postal, podrán contratar el servicio de Reenvío Postal.
REENVÍO POSTAL. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL REENVÍO EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Se comprueba que el formulario o autorización están correctamente cumplimentados y se coteja la documentación aportada por el cliente. 2. Es importante que el cliente especifique su teléfono de contacto, con el fin de poder solucionar rápidamente cualquier incidencia y que marque la casilla si no desea la cesión de sus datos. 3. El alta del Reenvío Postal en IRIS se realiza desde la ruta: Admisión >> Control de servicios >> Reenvío Postal. 4. Una vez dentro se selecciona el ámbito y la duración y se pulsa "Aceptar".
REENVÍO POSTAL. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL REENVÍO EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Posteriormente, se procede a la grabación del resto de datos a través de las pestañas que presenta la pantalla de IRIS. 2. Las pestañas que presenta IRIS son "Titulares", "Dirección Inicial" y "Dirección de Reenvío". 3. También se presenta las pestañas de tiempo por el que se contrata y modalidad del servicio contratado (temporal o parcial). 4. Una vez grabados todos los datos en IRIS, el sistema genera el contrato de reenvío.
REENVÍO POSTAL. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL REENVÍO EN IRIS. Señala el proceso erróneo. Una copia del documento de Reenvío generado por el sistema se le entregará al cliente o autorizado, junto a la documentación aportada para realizar el contrato. La copia del contrato ha de firmarla el empleado que también detallará su NIP, junto a la hoja del condicionado, una vez cobrado el importe del servicio (cobrar bolsa). Una copia del documento de Reenvío generado por el sistema se le entregará al cliente o autorizado, la documentación aportada para realizar el contrato se archiva en el mueble archivador.
REENVÍO POSTAL. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL REENVÍO EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Cuando se da de alta el contrato en IRIS, los datos de dicho contrato pasan a SGIE de la Unidad de Reparto a la que corresponde la dirección de origen del cliente que solicita el reenvío o a la Oficina en la que esté suscrito el Apartado, en caso de que la dirección de origen sea un Apartado. 2. El traslado a SGIE se realiza normalmente el mismo día de la contratación. 3. Las Oficinas deben atender las alarmas de SGIE para gestionar los posibles reenvíos que correspondan a Apartados de su Oficina.
REENVÍO POSTAL. ANULACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. La anulación de un contrato se produce cuando un cliente solicita que deje de prestarse el servicio de reenvío postal en una fecha determinada, no implica la devolución del importe abonado. 2. Solamente se podrá realizar el mismo día de la contratación y en la misma Oficina donde se ha realizado el alta, presentando la copia del contrato que se le ha entregado. 3. Se accede a IRIS >> Gestión >> Mantenimiento >> Reenvío Postal, se introduce el número de contrato, se pulsa "Buscar" y una vez IRIS devuelve el reenvío se selecciona y se cliquea en la opción "Anular".
REENVÍO POSTAL. ANULACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. Una vez anulado, el importe abonado se descarga de la caja y se le devuelve al cliente. 2. Se recoge el contrato de suscripción y el ticket o factura que se le hayan extendido, quedándose dichos documentos en la Oficina como prueba de la anulación (archivo). 3. Otra forma de anulación es por CADUCIDAD: una vez transcurrido el plazo de validez del contrato se procederá según el tipo de reenvío contratado; Reenvío Temporal o Reenvío Definitivo, este tipo de anulación, conlleva la devolución del importe cobrado al cliente.
REENVÍO POSTAL. CANCELACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. La cancelación anticipada de un contrato se produce cuando un cliente solicita que deje de prestarse el servicio de reenvío postal en una fecha determinada (con anterioridad a la finalización del contrato). 2. Dicha operación no conlleva la devolución del importe abonado. 3. Solo puede solicitarse por todos los titulares que solicitaron en su momento el servicio de reenvío aportando la documentación necesaria.
REENVÍO POSTAL. CANCELACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. La cancelación se realiza desde Gestión >> Mantenimiento >> Reenvío Postal, introduciendo el número de contrato a cancelar y una vez localizado se cliquea en "Cancelar". 2. El sistema imprime de nuevo el contrato (dos copias, una para el cliente y otra para la Oficina y una tercera con el condicionado que ha de entregarse al cliente que han de firmarse por el cliente y el operador). 3. En la validación que hace IRIS aparece la palabra CANCELADO, la fecha y oficina en la que se realizó el contrato.
REENVÍO POSTAL. CANCELACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. Si la solicitud se presenta en una Oficina distinta a la que se suscribió, se ha de enviar la documentación presentada por el cliente a la Oficina de origen del reenvío para que grabe la cancelación en IRIS y se refleje en los sistemas. 2. La comunicación ha de enviarse por la vía más rápida (e-mail, acompañada de la documentación escaneada) y a continuación se envía la documentación original por correo. 3. La comunicación ha de enviarse por la vía más rápida (burofax, acompañada de la documentación escaneada) y a continuación se envía la documentación original por correo.
REENVÍO POSTAL. MODIFICACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. Los datos de un contrato de reenvío podrán ser modificados, tanto si el error es imputable al cliente como a la propia Oficina. 2. Cuando el error sea imputable al cliente se podrán modificar los datos erróneos del contrato y la identidad de su(s) titular(es). 3. Puede solicitarse por todos los titulares que solicitaron en su momento el servicio de reenvío o alguno de los titulares aportando la documentación necesaria y antes de la finalización del contrato.
REENVÍO POSTAL. MODIFICACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. La grabación se realiza desde Gestión >> Mantenimiento >> Reenvío Postal, se busca el contrato a modificar y se cliquea en "Modificar". 2. En esta pantalla se realizan todos los cambios solicitados por el cliente. 3. Una vez realizados los cambios necesarios se pulsa en "Grabar" y todos los datos del contrato quedarán modificados.
REENVÍO POSTAL. MODIFICACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. El sistema imprime de nuevo 2 copias del contrato donde aparece la palabra MODIFICADO, la fecha y la Oficina que realiza la modificación. 2. Una copia del contrato firmada por el empleadonse le entrega al cliente, junto a la hoja del condicionado 3. A efectos de tarifas, la primera y segunda modificación están incluidas en el precio. 4. Cuando se efectúen cambios en los datos de la nueva dirección, en concepto de generación de la nueva documentación asociada, abonará una cantidad, reflejada en tarifas.
REENVÍO POSTAL. MODIFICACIÓN Y/O CANCELACIÓN. Señala la premisa errónea. 1. La efectividad de las modificaciones y/o cancelaciones solicitadas se llevará a cabo en el mismo momento de la grabación de las mismas en IRIS. 2. La otra copia de las dos que se generan se queda archivada en la Oficina, firmada por el cliente que solicita la cancelación o modificación y la firma y NIP del operador. 3. También se archiva el formulario del contrato original y la solicitud que presenta solicitando la cancelación o modificación, en el mueble archivador de la Oficina, según está descrito en el proceso de Archivo y Control de Documentos.
BUZÓN DE VACACIONES. Señala la premisa errónea. Se crea para dar un servicio a los clientes para la custodia de su correo durante ausencias temporales evitando las pérdidas y deterioro de los envíos en los buzones domiciliarios. Garantiza la confidencialidad y seguridad de los mismos. El servicio también incluye, de forma gratuita y con obligatorio, el envío de un SMS al titular cuando reciba un envío certificado, posibilitando que él mismo o las personas que hayan sido autorizadas pasen a retirarlos evitando su caducidad.
BUZÓN DE VACACIONES. Señala la premisa errónea. Su ámbito es exclusivamente nacional. La duración del servicio es por semanas, pudiendo contratar un mínimo de 1 semana y un máximo de 14. La contratación se puede formalizar desde 1 mes antes hasta 1 día hábil antes del comienzo del servicio.
BUZÓN DE VACACIONES. MODALIDADES. El cliente, al formalizar el contrato, elige el tipo de entrega que desea al finalizar el contrato y que podrá ser: Señala la premisa errónea. Entrega en domicilio por parte de Correos de todos los sobres colectores y los envíos registrados con las garantías de un envío certificado. Recogida en Oficina de Referencia de todos los sobres colectores por el propio cliente. En cuanto a los envíos registrados estarán en el canal avisados durante el plazo correspondiente (para recoger los envíos registrados dirigidos a otros titulares, necesitará autorización). También puede haber recogidas esporádicas.
BUZÓN DE VACACIONES. TITULARES. Señala la premisa errónea. 1. Particulares: hasta 5 titulares. 2. Empresas: una por contrato, aunque compartan el mismo domicilio varias empresas; en este caso tendrían que realizar tantos comtratos como compañías existan. 3. De igual modo, no podrán recibir correspondencia en el mismo Buzón de vacaciones, particulares y empresas, salvo que éstos reciban la correspondencia con denominación del cargo de la empresa. 4. En IRIS se debe informar obligatoriamente el nombre y DNI del representante, y el nombre y CIF de la empresa.
BUZÓN DE VACACIONES. TITULARES. Se puede nombrar a 2 personas como máximo autorizadas por Buzón, que podrán retirar los envíos de cualquiera de los titulares. Se puede nombrar a 1 persona como máximo autorizada por Buzón, que podrá retirar los envíos de cualquiera de los titulares. Se puede nombrar a 3 personas como máximo autorizadas por Buzón, que podrán retirar los envíos de cualquiera de los titulares. Se puede nombrar a 4 personas como máximo autorizadas por Buzón, que podrán retirar los envíos de cualquiera de los titulares.
BUZÓN DE VACACIONES. Señala la premisa errónea. La correspondencia ordinaria y los avisos de llegada se incluyen en sobres colectores cuya entrega se realiza a través de SGIE. La correspondencia registrada se entrega bajo firma del destinatario y está sujeta a las condiciones de tiempo de permanencia avisada según clase de envío y no se guardará en el Buzón de Vacaciones. La custodia de toda la correspondencia ordinaria y de los avisos de llegada de la correspondencia registrada se realizará en la oficina elegida por el contratante.
BUZÓN DE VACACIONES. SERVICIOS ADICIONALES. Señala la premisa errónea. ANULACIÓN MODIFICACIÓN CANCELACIÓN CONTRATACIÓN.
BUZÓN DE VACACIONES. CANALES DE COMERCIALIZACIÓN. Actualmente se podrá contratar en todas las Oficinas de Correos (Red de Oficinas) y en el canal online (Tienda Online de Correos). Actualmente se podrá contratar en todas las Oficinas de Correos (Red de Oficinas) exclusivamente. Actualmente se podrá contratar en el canal online (Tienda Online de Correos) exclusivamente.
BUZÓN DE VACACIONES. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL BUZÓN EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Cuando un cliente solicite en Oficinas este servicio se le facilitará un formulario para que presente cumplimentados todos sus epígrafes y pueda ser dado de alta en IRIS. 2. El empleado de ventanilla debe comprobar los datos cumplimentados y verificarlos con los datos del DOI. 3. El alta de Buzón de Vacaciones está en la ruta: Admisión >> Otros Servicios >> Buzón de Vacaciones. 4. Una vez dentro de esta opción se selecciona el ámbito, nacional o internacional, y la duración del servicio, que puede ser de 1 a 14 semanas.
BUZÓN DE VACACIONES. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL BUZÓN EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Una vez realizada esta selección, se pulsa "Aceptar" y en la siguiente pantalla se ha de grabar la información necesaria para completar el Buzon de Vacaciones, empezando por la pestaña "Titulares". 2. Se cliquea en el check "Empresa" o "Particular". 3. Si son particulares puede haber hasta 6 en un mismo buzón. 4. Si es empresa, 3 por buzón y además se ha de grabar el representante de la misma.
BUZÓN DE VACACIONES. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL BUZÓN EN IRIS. Asimismo en la pestaña de "Titulares" se ha de introducir: Señala el proceso erróneo. Tipo de entrega de la correspondencia al final del contrato que puede ser: En domicilio o recogida por el cliente en la Oficina de referencia. La duración del buzón. La fecha que se desea comenzar el servicio, siempre ha de solicitarse desde un día antes de la fecha deseada para comienzo y un mes antes. Si la contratación del servicio es online, deberá hacerse al menos con 48 horas laborables de antelación. Un número de móvil, para enviar mensajes referentes al buzón de vacaciones que se suscribe. .
BUZÓN DE VACACIONES. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL BUZÓN EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. En la pestaña "Autorizados" se han de introducir los datos de las personas autorizadas a recoger la correspondencia, si es que es persona diferente a la que figura en los datos de "Titulares". 2. En la pestaña de "Dirección" se han de introducir los datos de la dirección que indique el cliente y que figura en la solicitud. 3. Los datos que se introducen y que se transcriben de la solicitud, han de verificarse con los de los DOI's. 4. La documentación que han de presentar está detallada en el anverso del formulario del Buzón de vacaciones.
BUZÓN DE VACACIONES. FORMALIZACIÓN DEL ALTA DEL BUZÓN EN IRIS. Señala el proceso erróneo. 1. Terminada la grabación de los datos se pulsa en "Aceptar" y el contrato se imprime por la impresora del servicio, por duplicado, una copia para el cliente y otra para la Oficina. 2. Las dos han de ser firmadas por el cliente y por el empleado que además debe indicar su NIP (la copia de la Oficina, junto con el condicionado y la solicitud presentada por el cliente, se conservarán en el mueble archivador de la Oficina durante 2 años). 3. A continuación se cobra la bolsa, se entrega el contrato y la factura al cliente y queda dado de alta el buzón. 4. Una vez dado de alta el contrato, sus datos pasan automáticamente al SGIE de la Unidad de reparto del domicilio grabado.
BUZÓN DE VACACIONES. ANULACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. Implica dar de baja el servicio antes del inicio de la ejecución del mismo y, por tanto, conlleva la devolución del importe cobrado al cliente. 2. En este caso, es obligatorio que se solicite la anulación en la misma Oficina de contratación, el mismo día de la solicitud y que la devolución se practique del mismo modo en que se realizó el pago. 3. IRIS solo permite la anulación el mismo día antes del cierre de la contabilidad y devuelve la mitad del importe.
BUZÓN DE VACACIONES. ANULACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. La Anulación se realiza desde la opción de Gestión >> Mantenimiento >> Buzón de Vacaciones. 2. Se pulsa "Buscar" y se selecciona el Buzón de Vacaciones a anular pulsando el botón "Anular". 3. Automáticamente aparecerá "Activo" y el importe en negativo en bolsa. 4. A continuación, se devuelve el importe cobrado al cliente.
BUZÓN DE VACACIONES. CANCELACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. La cancelación se puede hacer cuando el servicio ya ha iniciado su ejecución y el cliente decide finalizarlo. 2. Se puede hacer en cualquier Oficina o en la web. 3. Conlleva la devolución del importe cobrado al cliente. 4. Se debe presentar relleno el impreso y la documentación que en él mismo se detalla.
BUZÓN DE VACACIONES. CANCELACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. Desde la pantalla de "Mantenimiento" de Buzón de Vacaciones, se selecciona el que se quiere cancelar y se pulsa el botón "Cancelar". 2. En este momento, el sistema imprime de nuevo el contrato cancelado, dos copias, que han de firmar el cliente y el empleado. 3.Una de ellas, junto con el condicionado, se quedará en la Oficina como justificante de la cancelación, y la otra se le dará al cliente, junto con la solicitud presentada por el cliente, como prueba de la solicitud realizada. 4. Se conservarán en el mueble archivador de la Oficina.
BUZÓN DE VACACIONES. MODIFICACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. Si el cliente que ha suscrito un contarto desea modificarlo, debe presentar relleno el impreso y la documentación que en el mismo se detalla. 2. Desde la opción de Gestión >> Mantenimiento >> Buzón de Vacaciones, en la pantalla se pulsa "Buscar". 3. Aparecen los Buzones de Vacaciones admitidos en la Oficina entre las fechas seleccionadas, se selecciona el que se desea y se pulsa el botón "Modificar". 4. El sistema lleva a la pantalla "Modificar datos del buzón" para rectificar, añadir o eliminar datos del Buzón de Vacaciones seleccionado y para finalizar se pulsa "Aceptar".
BUZÓN DE VACACIONES. MODIFICACIÓN. Señala el proceso erróneo. 1. Esta acción se puede realizar en cualquier momento de la vigencia del Buzón de Vacaciones, siempre comprobando los datos con el DOI del cliente. 2. Una vez modificados los datos indicados por el cliente, se acepta y el sistema imprime de nuevo el contrato modificado, dos copias, que han de firmar el cliente y el empleado. 3. Una de ellas, junto con el condicionado, se ha de entregar al cliente como justificante de la modificación, y la otra se quedará en la Oficina junto con la solicitud presentada, como prueba de la aceptación de que las operaciones realizadas son correctas. 4. Se conservarán en el Mueble archivador de la Oficina durante cinco años.
CERTIFICACIONES. Señala la premisa errónea. 1. Los clientes pueden solicitar el servicio adicional de certificaciones solo de los envíos registrados que comercializa Correos, dado que son los únicos de los que se tiene constancia de la admisión o entrega. 2. El plazo para solicitar una certificación es durante el plazo de permanencia de la documentación o información en la Oficina o en los Sistemas. Como norma general, 6 meses. 3. En el Burofax Premium y Premium Plus el plazo para solicitar la Copia Certificada es el periodo de custodia que se haya contratado.
CERTIFICACIONES. Las Oficinas pueden emitir 4 tipos de certificaciones. Certificación de Imposición Certificación de entrega Certificación de intento de entrega Copia Certificada.
CERTIFICACIONES. La solicitud de certificación sobre servicios o envíos, se podrá solicitar en cualquier Oficina de Correos aunque su información no se encuentre en los sistemas a los que accede la Oficina o en la documentación depositada en la misma. La solicitud de certificación sobre servicios o envíos, se podrá solicitar en cualquier Oficina de Correos aunque su información no se encuentre en la documentación depositada en la misma. La solicitud de certificación sobre servicios o envíos, se podrá solicitar en cualquier Oficina de Correos aunque su información no se encuentre en los sistemas a los que accede la Oficina. La solicitud de certificación se podrá solicitar en cualquier Oficina de Correos, ahora bien, nunca se extiende una certificación sobre servicios o envíos cuya información no se encuentre en los sistemas a los que accede la Oficina o en la documentación depositada en la misma. .
CERTIFICACIONES. Las solicitudes de certificación de imposición o de intento de entrega de un envío que tuvo lugar en otra Oficina distinta de la que admite la solicitud, serán enviadas a la de origen del envío, por fax o correo urgente, para que ésta, una vez examinados sus archivos, extienda la certificación y la remita por correo urgente a la Oficina que admitió la solicitud para su entrega al solicitante. Las solicitudes de certificación de imposición o de intento de entrega de un envío que tuvo lugar en otra Oficina distinta de la que admite la solicitud, serán enviadas a la de origen del envío, por burofax o correo urgente, para que ésta, una vez examinados sus archivos, extienda la certificación y la remita por correo urgente a la Oficina que admitió la solicitud para su entrega al solicitante. Las solicitudes de certificación de imposición o de entrega de un envío que tuvo lugar en otra Oficina distinta de la que admite la solicitud, serán enviadas a la de origen del envío, por fax o correo urgente, para que ésta, una vez examinados sus archivos, extienda la certificación y la remita por correo urgente a la Oficina que admitió la solicitud para su entrega al solicitante.
CERTIFICACIONES. No obstante a la pregunta anterior, la Oficina emitirá la certificación sin solicitarla a la de origen en caso de que disponga de información en cualquiera de las aplicaciones: IRIS, MERCURIO,SICER o SGIE, o la documentación necesaria para emitirla. No obstante a la pregunta anterior, la Oficina emitirá la certificación sin solicitarla a la de origen en caso de que disponga de información en cualquiera de las aplicaciones: IRIS, MERCURIO,SICER o SGIE. No obstante a la pregunta anterior, la Oficina emitirá la certificación sin solicitarla a la de origen en caso de que disponga de información en cualquiera de las aplicaciones: IRIS,SICER o SGIE, o la documentación necesaria para emitirla. No obstante a la pregunta anterior, la Oficina emitirá la certificación sin solicitarla a la de origen en caso de que disponga de información en cualquiera de las aplicaciones: IRIS, MERCURIO o SGIE, o la documentación necesaria para emitirla.
CERTIFICACIONES. En el caso de envíos dirigidos a otros países, solo se podrá emitir certificación de imposición, o copia certificada de Burofax y Telegramas impuestos en nuestras Oficinas en el momento de su admisión, no posteriormente. En el caso de envíos dirigidos a otros países, se podrá emitir certificación de imposición, o copia certificada de Burofax y Telegramas impuestos en nuestras Oficinas en el momento de su admisión y posteriormente. En el caso de envíos dirigidos a otros países, solo se podrá emitir certificación de imposición, certificación de entrega o copia certificada de Burofax y Telegramas impuestos en nuestras Oficinas en el momento de su admisión, no posteriormente. En el caso de envíos dirigidos a otros países, solo se podrá emitir certificación de imposición, o copia certificada de Carta Certificada, Burofax y Telegramas impuestos en nuestras Oficinas en el momento de su admisión, no posteriormente.
CERTIFICACIONES. En este caso, es necesario informar al cliente de que, para que la certificación tenga validez en el pais de destino, debe ir al consulado de dicho país en España y pedir que le visen la certificación expedida por nuestra Oficina. En este caso, es necesario informar al cliente de que, para que la certificación tenga validez en el pais de destino, debe ir a dicho país y pedir que le visen la certificación expedida por nuestra Oficina. En este caso, es necesario informar al cliente de que, para que la certificación tenga validez en el pais de destino, debe ir al consulado de dicho país en España y pedir que le firmen la certificación expedida por nuestra Oficina. En este caso, es necesario informar al cliente de que, para que la certificación tenga validez en el pais de destino, debe ir al consulado de dicho país en España y pedir que le visen la certificación expedida por el país de destino.
CERTIFICACIONES. En el caso de Notificaciones SICER, la Dirección Comercial o el CCPR de la provincia/zona, pueden solicitar directamente a la Oficina una certificación sobre el resultado obtenido en la entrega de una Notificación. En el caso de Notificaciones SICER, el CCPR de la provincia/zona, puede solicitar directamente a la Oficina una certificación sobre el resultado obtenido en la entrega de una Notificación. En el caso de Notificaciones SICER, la Dirección Comercial de la provincia/zona, puede solicitar directamente a la Oficina una certificación sobre el resultado obtenido en la entrega de una Notificación.
CERTIFICACIONES. En el caso anterior, si la documentación necesaria para emitir la certificación no está ya en poder de la Oficina, la certificación se emitirá única y exclusivamente en base a la información disponible en los sistemas de información de Correos (SGIE, SICER,...). En el caso anterior, si la documentación necesaria para emitir la certificación no está ya en poder de la Oficina, la certificación no podrá ser emitida. En el caso anterior, si la documentación necesaria para emitir la certificación está en poder de la Oficina, la certificación se emitirá única y exclusivamente en base a la información disponible en los sistemas de información de Correos (SGIE, SICER,...).
CERTIFICACIONES. Señala la premisa errónea. 1. Una vez emitida la certificación, debe ir firmada por la persona que la emite y sellada con el sello de fechas de la Oficina. 2. En caso de que la certificación esté compuesta de varios documentos, todos ellos deben estar rubricados. 3. Excepto en la Copia Certificada del Burofax Premium y Premium Plus, cuando se solicita posteriormente a su admisión, que ya está firmada digitalmente. 4. Cuando el Burofax haya sido puesto por el cliente a través de Mi Oficina, será el cliente quien deba solicitar la certificación desde Mi Oficina, entrando a la opción de "Servicios a posteriori". Las Oficinas no deben admitir ninguna certificación de estos Burofax, pues no tiene opción de poder emitirla.
CERTIFICACIONES. Señala la premisa errónea. 1. Una vez emitida la certificación, debe ir firmada por la persona que la emite y sellada con el sello de armas de la Oficina. 2. En caso de que la certificación esté compuesta de varios documentos, todos ellos deben estar rubricados. 3. Excepto en la Copia Certificada del Telegrama, cuando se solicita posteriormente a su admisión, que ya está firmada digitalmente. 4. Cuando el Burofax haya sido puesto por el cliente a través de Mi Oficina, será el cliente quien deba solicitar la certificación desde Mi Oficina, entrando a la opción de "Servicios a posteriori". Las Oficinas no deben admitir ninguna certificación de estos Burofax, pues no tiene opción de poder emitirla.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Si la solicitud de certificación se ha hecho en una Oficina que dispone de la información o documentación necesaria para emitir la certificación: Se debe localizar el envío en cualquiera de las aplicaciones o sistemas de información disponibles (IRIS, MERCURIO, SGIE, SICER). Localizada la situación del envío a certificar, se realiza la certificación que corresponda. Se debe localizar el envío en cualquiera de las aplicaciones o sistemas de información disponibles (IRIS, MERCURIO, SICER). Localizada la situación del envío a certificar, se realiza la certificación que corresponda. Se debe localizar el envío en cualquiera de las aplicaciones o sistemas de información disponibles (IRIS, MERCURIO, SGIE, ). Localizada la situación del envío a certificar, se realiza la certificación que corresponda. Se debe localizar el envío en cualquiera de las aplicaciones o sistemas de información disponibles (IRIS, SGIE, SICER). Localizada la situación del envío a certificar, se realiza la certificación que corresponda.
CERTIFICACIONES. PLAZOS DE ENTREGA Si la documentación está en poder de la Oficina Si la documentación está en otra dependencia (Jefatura Provincial o almacén general) Si se tienen que remitir a otra Oficina.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Si se solicita una certificación en una Oficina que no dispone de esta información en los sistemas porque estos eventos sucedieron en otra/s oficinas, es a estas Oficinas a las que se tiene que solicitar la certificación: Señala la premisa errónea. 1. La Oficina destinataria, con la petición de certificación recibida, accede al sistema IRIS >> Gestión >> Solicitud de Certificaciones y realiza la búsqueda de aquella/s que estén en situación de "Pendientes". 2. Consultará la documentación relativa a la entrega que obra en su poder y confeccionará la correspondiente certificación. 3. Después la remitirá a la Oficina de origen para su entrega, por la vía más rápida y segura posible para poder entregar posteriormente al cliente.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Si se trata de una Copia Certificada de Burofax, se puede hacer la solicitud desde cualquier Oficina a través de IRIS sin solicitarse a la Oficina de Origen. Todo Burofax Premium y Premium Plus enviado queda archivado digitalmente en e-documento. Si se trata de una Copia Certificada de Burofax, se puede hacer la solicitud desde cualquier Oficina a través de SGIE sin solicitarse a la Oficina de Origen. Todo Burofax Premium y Premium Plus enviado queda archivado digitalmente en e-documento. Si se trata de una Copia Certificada de Burofax, se puede hacer la solicitud desde cualquier Oficina a través de MERCURIO sin solicitarse a la Oficina de Origen. Todo Burofax Premium y Premium Plus enviado queda archivado digitalmente en e-documento.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. En todo caso, cuando la Oficina donde se ha efectuado la solicitud recibe la certificación emitida, debe acceder al sistema IRIS >> Gestión >> Tramitación de Certificaciones, y cambiar la situación de la solicitud a "Recibida". En todo caso, cuando la Oficina donde se ha efectuado la solicitud recibe la certificación emitida, debe acceder al sistema IRIS >> Admisión >> Tramitación de Certificaciones, y cambiar la situación de la solicitud a "Recibida". En todo caso, cuando la Oficina donde se ha efectuado la solicitud recibe la certificación emitida, debe acceder al sistema IRIS >> Gestión >> Tramitación de Certificaciones, y cambiar la situación de la solicitud a "Entregada". En todo caso, cuando la Oficina donde se ha efectuado la solicitud recibe la certificación emitida, debe acceder al sistema IRIS >> Admisión >> Tramitación de Certificaciones, y cambiar la situación de la solicitud a "Entregada".
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Para comprobar la situación del envío sobre el que hay que realizar la certificación se utilizarán las aplicaciones y sistemas de los que se dispone (IRIS, SGIE, MERCURIO). Para comprobar la situación del envío sobre el que hay que realizar la certificación se utilizarán las aplicaciones y sistemas de los que se dispone (IRIS, SGIE). Para comprobar la situación del envío sobre el que hay que realizar la certificación se utilizarán las aplicaciones y sistemas de los que se dispone (IRIS, MERCURIO).
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Las certificaciones se confeccionan desde IRIS, desde MERCURIO o desde SICER. Se accede a la tramitación de certificaciones desde MERCURIO: Señala la premisa errónea. Si se trata de certificaciones de envíos que se hayan entregado al destinatario. Si se trata de certificaciones de envíos que hayan sido devueltos al remitente. Si se trata de certificaciones de los intentos de entrega de un envío que finalmente ha sido entregado o devuelto. Si se trata de certificaciones de Imposición o de intentos de entrega si posteriormente la entrega no fue efectiva.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Las certificaciones de imposición o de intentos de entrega si posteriormente la entrega no fue efectiva, se hacen a través de IRIS como hasta ahora. Las certificaciones de imposición o de entrega si posteriormente la entrega no fue efectiva, se hacen a través de IRIS como hasta ahora. Las certificaciones de imposición o de intentos de entrega si posteriormente la entrega fue efectiva, se hacen a través de IRIS como hasta ahora. Las certificaciones de imposición o de intentos de entrega si posteriormente la entrega no fue efectiva, se hacen a través de MERCURIO como hasta ahora.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Señala la premisa errónea. La certificación en MERCURIO se realiza por un usuario que tenga habilitado el perfil de "certificador" en el sistema MERCURIO. La funcionalidad para la emisión de certificación se encuentra en el menú de la izquierda, una vez que se entra en MERCURIO. La certificación en IRIS se realiza por un usuario que tenga habilitado el perfil de "certificador" en el sistema IRIS.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. El procedimiento para hacer las certificaciones en IRIS (Menú Gestión >> Tramitación de Certificaciones) es el siguiente. Señala la premisa errónea. 1. Se pulsa "Buscar" para que el sistema nos muestre en pantalla aquellas certificaciones de rango de fecha y de producto seleccionado previamente que tenemos en situación de "Pendiente". 2. Se selecciona el envío a certificar del listado que aparece como resultado de la búsqueda. 3. Se selecciona aquel sobre el que se va a emitir la certificación (estará en estado "Pendiente") y se pulsa el botón "Emisión de Certificación". 4. La ventana que emerge de IRIS, está dividida en dos pestañas: "Solicitante" y "Envío", de las que deben cumplimentarse todos sus datos. También se deben rellenar los datos "Pestaña de datos adicionales" con los datos de la dirección del envío.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Si estamos ante Notificaciones SICER y no se dispone en la Oficina de la documentación necesaria para emitir la certificación: Se elaborará ésta en el Anexo 1 a partir, únicamente, de la información disponible en los sistemas de información de Correos (SICER, fundamentalmente). Se elaborará ésta en el Anexo 1 a partir, únicamente, de la información disponible en los sistemas de información de Correos (SGIE, fundamentalmente). Se elaborará ésta en el Anexo 2 a partir, únicamente, de la información disponible en los sistemas de información de Correos (SICER, fundamentalmente). Se elaborará ésta en el Anexo 2 a partir, únicamente, de la información disponible en los sistemas de información de Correos (SGIE, fundamentalmente).
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. En caso de Copia Certificada de Burofax Premium y Premium Plus solicitada con posterioridad a la admisión (esto no afecta a las solicitadas en la admisión) al pulsar "Emisión de Certificación" se genera un número de certificado en MERCURIO, al que se accede para su impresión: Señala el proceso erróneo. 1. Accedemos a "Certificación de envíos" de MERCURIO desde Conecta siguiendo la ruta: Aplicaciones >> Mercurio >> Certificación >> Gestión de Certificaciones. 2. En el campo "Tipo de certificación" se selecciona del desplegable la opción "Certificación de contenido", habiendo informado un intervalo de fechas , y pulsamos "Buscar". Aparecen las que aún no se han impreso. 3. Pulsamos el icono de la impresora y se genera un documento, en formato Word, con la certificación solicitada, la carátula del Burofax y los documentos que fueron enviados. 4.Si es necesario habilitar el perfil de certificador para algún responsable de la Oficina, debe hacerse desde SIGUA, solicitando el perfil "MERCURIO-Certificación".
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Señala la premisa errónea. En Mercurio, se pulsa el botón de "Generar Certificación", y el sistema presenta en pantalla el PDF de la certificación correspondiente lista para imprimir, a continuación procederemos a realizar una impresión de la misma que entregaremos al cliente. En IRIS, se pulsa el botón "Aceptar" y el sistema presenta en pantalla la certificación correspondiente y se procede a realizar una impresión de la misma para entregar al cliente. En SGIE, se pulsa el botón "Aceptar" y el sistema presenta en pantalla la certificación correspondiente y se procede a realizar una impresión de la misma para entregar al cliente.
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Al admitir la solicitud, se le da la posibilidad al cliente de solicitar que la Certificación se le entregue en su domicilio o que pase a recogerla por la Oficina. Si solicita que se le entregue a DOMICILIO: Señala el proceso erróneo. 1. Una vez emitida la Certificación, se introduce en el sobre prefranqueado previamente cumplimentado con los datos del destinatario de la Certificación, y se envía como correo ordinario al domicilio consignado en el sobre. 2. Las certificaciones de las Notificaciones SICER selladas con el sello de armas de la Oficina se remitirán al CCPR provincial/zonal o, en su caso, a la Unidad de la Dirección Comercial que la solicitó. 3. No es necesario quedarse con copia de la Certificación enviada por correo. 4. Una vez enviada por correo hay que acceder al sistema IRIS >> Gestión >> Tramitación de certificaciones, localizar la certificación y en el apartado "Estado" hay que marcar la situación "Enviada", pulsando el botón "Entregar Certificación".
CERTIFICACIONES. EMISIÓN Y ENVÍO DE CERTIFICACIONES. Al admitir la solicitud, se le da la posibilidad al cliente de solicitar que la Certificación se le entregue en su domicilio o que pase a recogerla por la Oficina. En caso de que el cliente haya optado por recoger la certificación en la Oficina: Señala la premisa errónea. 1. Una vez emitida, se archivará en la Oficina a la espera de ser recogida por el cliente. 2. En el momento de realizar la emisión de la certificación se le informa de cuándo puede venir a retirarla (que en condiciones normales debe ser el día siguiente). 3. Se le entrega la certificación (no es necesario quedarse con copia), presentando la copia de la solicitud o resguardo de imposición del producto, según se haya solicitado en el momento de la admisión o con posterioridad a la admisión respectivamente. 4. Personado el cliente en la Oficina, hay que marcar dicha situación en el sistema IRIS >> Gestión >> Tramitación de Certificaciones, localizar la certificación y en el apartado "Estado", marcar la situación de "Entregada", pulsando el botón "Entregar certificación".
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Servicio que consiste en facilitar a los clientes la compra de productos postales y no postales que posteriormente se entregarán en su domicilio. Servicio que consiste en facilitar a los clientes la compra de productos postales y no postales que posteriormente se recogerán en su Oficina de referencia. Servicio que consiste en facilitar a los clientes la compra de productos postales y no postales que posteriormente se recogerán en la Oficina elegida por él.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. El procedimiento es el siguiente. Señala el proceso erróneo. 1. El cliente se pone en contacto con la Oficina, solicitando la compra de productos de almacén (sellos, embalajes, etc.). 2. El cliente deberá rellenar una "Hoja de solicitud de venta a domicilio". 3. En caso de no realizar la solicitud en persona, se le envía la hoja por correo electrónico o postal, debiéndola devolver cumplimentada y firmada por correo electrónico o postal, o entregándole la hoja de su pedido al repartidor de su domicilio. 4. El importe del reembolso será el del valor de los productos solicitados. En la confección de giros procedentes de reembolso, no se generan gastos.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Señala la premisa errónea. 1. Cuando se reciba la solicitud del pedido, se preparará sin demora realizando la venta de productos solicitados a través de IRIS. 2. Hay que tener en cuenta si son productos susceptibles de tener descuentos, debe estar la caja a cero y no acumular estos productos con el resto, porque la bonificación o descuento solo se aplica a uno de ellos y no a la totalidad del gasto realizado por el cliente. 3. Siempre se deben emitir la o las facturas por triplicado, una copia de la o las facturas para enviarlas a domicilio y la o las otras se dejarán en la Oficina, junto con el o los tickets de caja, para justificar el descuadre producido en la caja de la oficina.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Señala la premisa errónea. 1. Es muy importante que el o los tickets de caja se conserven en la Oficina pues si hay que hacer una devolución hay que hacerla con el o los tickets. 2. Toda la documentación que genere la venta, deberá archivarse con la documentación de la serie 04. 3. Realizada la venta de productos en IRIS y embalados correctamente junto con la factura/s para que el pedido no sufra deterioro alguno en el transporte, se da de alta en IRIS como Paq Premium contra reembolso.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. OFICINAS CON CUENTA CORRIENTE. Señala la premisa errónea. 1. Se admite el envío con cargo al contrato que está establecido para las redistribuciones de productos. 2. La cantidad a cobrar, debe ser el importe de la factura y este será el importe del giro que se ha de realizar en la modalidad de Giro Ordinario. 3. Indicando el número de cuenta bancaria de la Oficina, para que, una vez entregado, cobrado y formalizado el giro, el importe de la venta se ingrese en la cuenta de la Oficina.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. OFICINAS SIN CUENTA CORRIENTE. Se admite el envío con prefranqueo y el reembolso deber ser de pago a domicilio para que una vez entregado, cobrado y formalizado el Giro, el importe llegue a la dirección indicada como remite, que ha de ser la de la Oficina que realiza la venta. Se admite el envío con prefranqueo y el reembolso deber ser de pago en Oficina para que una vez entregado, cobrado y formalizado el Giro, el importe llegue a la dirección indicada como remite, que ha de ser la de la Oficina que realiza la venta.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Señala la premisa errónea. 1. Para proceder a su curso y encaminar a destino, la Oficina debe asignar este envío/s a un despacho en SGIE, dirigido a la Unidad de Reparto que corresponda (URO o USE). 2. La entrega de este tipo de envíos a la Unidad de Reparto se realizará bajo firma en una copia de despacho realizado en SGIE. 3. Durante todo el proceso de tratamiento y entrega, los envíos serán tratados a todos los efectos como envíos con importes.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Señala la premisa errónea. 1. Cuando la Unidad correspondiente entregue el envío, lo incluirá en la liquidación correspondiente como cualquier otro envío, por lo que la Oficina liquidadora confirma el Código de Control de Cobros y cierra el balance. 2. De esta forma se genera el giro correspondiente cuyo importe aparecerá ingresado en la cuenta de la oficina que realizó la venta o pagado en metálico a la oficina, según la modalidad elegida en la admisión, que dependerá de si la oficina tiene o no cuenta corriente. 3. La Oficina que realiza la venta debe comprobar los movimientos de la cuenta de la Oficina para verificar la fecha en que aparece el ingreso en dicha cuenta y hacer la regulación contable, y si el importe se cobra en metálico se regulariza la caja de la Oficina. 4. Todas las opciones son correctas.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. Señala la premisa errónea. En el supuesto de que el envío no haya podido ser entregado, el director de la Oficina que generó el pedido y que figura además como remitente del envío, firmará la recepción cuando le sea entregado por la URO/USE. Si se recibe el envío como "Rehusado", se procede a anular la venta de los productos en IRIS, utilizando para ello los tickets que se generaron en la venta y que están en la Oficina. En el supuesto de que el envío no haya podido ser entregado, el empleado de admisión que generó el pedido y que figura además como remitente del envío, firmará la recepción cuando le sea entregado por la URO/USE.
VENTA DE PRODUCTOS MEDIANTE REEMBOLSO. POSIBLES INCIDENCIAS QUE SE PUEDEN PRODUCIR. Señala la premisa errónea. 1. Si el pedido que ha realizado el cliente no puede llevarse a domicilio, porque no haya reparto o porque los horarios en los que el cliente se encuentra en su domicilio no coinciden con los del reparto, ha de informársele de que no se le puede llevar a domicilio. 2. Si el valor del importe de la compra que realiza el cliente no excede del importe máximo de un reembolso con entrega a domicilio, también hay que informar al cliente de que no se le puede llevar a su domicilio. 3. Se debe informar al cliente de otras alternativas, como es el caso, que el cliente venga a retirarlos a la oficina durante el horario de apertura, teniéndole el envío preparado para que no tenga que esperar.
**CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. Señala la premisa errónea. Posibilita en canje de sellos en pesetas a sellos, estampillas u otros signos de franqueo en euros. Como ya es un servicio residual se ha centralizado y reducido el lugar y horario de canje. Este servicio dejará de prestarse el 30 de Diciembre de 2020. En la actualidad solo se efectuará en la Unidad Central de Canje de Correos, sita en la calle Hiedra s/n de Madrid, mediante dos sistemas de presentación de solicitud.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. Sistemas de presentación de solicitud. Señala la premisa errónea. UNIDAD CENTRAL DE CANJE. 1. Directamente, en la UCC, los canjes por valor mayor a 500 €, los lunes de 09:00 a 14:00 (en caso de festivo, el día de atención se trasladará al siguiente día hábil). 2. Asimismo, se canjearán directamente en esta Unidad los sobres, tarjetas y cartas-sobre con sellos previamente estampados cuyo valor facial esté denominado solo en pesetas. 3. Se excluyen de canje los efectos de las antiguas dependencias postales españolas, el importe de las sobretasas, así como lo ya utilizados, los manipulados y los que hunieran sido matasellados.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. Sistemas de presentación de solicitud. Señala la premisa errónea. OFICINAS POSTALES. A través de las Oficinas Postales de Correos, que se cursarán mediante correo certificado con Valor Filatélico, dirigido a la Unidad Central de Canje: solo hasta 600 €. A través de las Oficinas Postales de Correos, que se cursarán mediante correo ordinario con Valor Filatélico, dirigido a la Unidad Central de Canje: solo hasta 600 €. A través de las Oficinas Postales de Correos, que se cursarán mediante correo certificado con Valor Filatélico, dirigido a la Unidad Central de Canje: solo hasta 500 €. A través de las Oficinas Postales de Correos, que se cursarán mediante correo ordinario con Valor Filatélico, dirigido a la Unidad Central de Canje: solo hasta 500 €.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. Para poder llevar a cabo el canje en la Oficina, el cliente debe presentar: Señala la premisa errónea. Solicitud modelo D2-sellos-euro cumplimentado por duplicado. Este modelo se descarga desde Conecta, la intranet corporativa. Fotocopia del documento de identificación. Sobre apto para el envío del Valor Filatélico con la dirección de la Unidad Central de Canje y remite. Todos los sellos a canjear.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. Si el cliente no trae relleno el impreso D2, el empleado que va a cursar el canje debe descargarlo de Conecta y rellenar los campos correspondientes a: Señala el error. Datos del solicitante y datos de la Oficina que admite el canje. Detalle de los sellos a canjear agrupados por valor facial y nº de unidades, la aplicación devolverá el importe total en pesetas y el contravalor en € del total de los sellos a canjear. Indicar nombre y cargo del empleado. Documento de identidad del empleado.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. A continuación se imprime por triplicado, se firma y sella, con el sello de fechas y se entrega al cliente para que lo firme. Una vez comprobados todos los datos, la persona de atc introduce en el sobre: Indica la premisa errónea. Copia cotejada del modelo D2-sellos-euro. Todos los sellos a canjear. Copia cotejada del documento de identidad.
CANJE DE SELLOS, ESTAMPILLAS Y OTROS SIGNOS DE FRANQUEO. A continuación cierra el sobre y lo cursa como Valor Filatélico. Señala el proceso erróneo. 1. En el sobre indicará, como declaración de valor, el total del contravalor en euros de los sellos, le adhiere una etiqueta de código de barras de Valor declarado y precinta el sobre. 2. El envío es gratuito para el cliente, por lo que al registrar la admisión en el sistema, se debe indicar como franqueo inicial el total del valor del mismo. 3. Al cliente se le entrega la segunda copia del modelo D2-sellos-euro y el resguardo de admisión. 4. La tercera copia del modelo D2-sellos-euro se envía a destrucción controlada.
CANJE DE VALES UPU. Señala la premisa errónea. 1. Los Vales UPU son efectos emitidos por la Oficina Internacional de la UPU. 2. Son expedidos por los países miembros que hayan aceptado encargarse de los mismos. 3. Su plazo de validez es ilimitado. 4. Se adquieren en un país y pueden canjearse en otro país de la UPU.
CANJE DE VALES UPU. Señala la premisa errónea. 1. Su venta y canje se efectúa en todas las Oficinas donde exista venta de sellos. 2. Para realizar el canje de Vales UPU es necesario que en el almacén de la Oficina existan suficientes sellos cargados por ese valor. 3. El precio del canje de un Vale UPU será el equivalente al franqueo mínimo de una carta ordinaria (normalizada), dirigida al extranjero (país de origen del Vale Respuesta) y se canjea por sellos, estampillas u otros sistemas de franqueo.
CANJE DE VALES UPU. Señala la premisa errónea. 1. Para realizar el canje, se sigue la ruta: IRIS >> Admisión >> Venta de Productos. 2. En la pantalla de "Selección de productos", se introduce en el campo "Código" el sello por el que quiere canjear el Vale UPU. 3. En el campo "Cantidad", el número de vales que van a ser necesarios para poder realizar el canje. 4. La pantalla muestra por defecto el valor de un Vale UPU pero se puede modificar el campo "Número de Vales".
CANJE DE VALES UPU. Señala la premisa errónea. 1. Si el cliente presenta más de un Vale, el sistema hace el cálculo. 2. Cuando los dos campos "Total" coinciden, se pulsa el botón "Aceptar" del apartado "Selección de Productos", y el producto pasa al apartado "Lista de Productos seleccionados". 3. Una vez hecho eso, se pulsa el botón "Aceptar" de este último apartado, para finalizar el proceso el proceso el empleado de la Oficina entregará a cliente los sellos que se han canjeado por los vales. 4. Los Vales UPU canjeados se enviarán al final del día para su control, a la siguiente dirección: Subdirección de Red de Oficinas, Unidad de Control (VALES UPU), Vía Dublín 7, 2ª planta. 28042 Madrid.
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