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Título del test:
f

Descripción:
3654787412

Autor:
a
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Fecha de Creación:
28/05/2022

Categoría:
Deportes

Número preguntas: 39
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Temario:
El Programa PROA se concreta en cinco actuaciones diferentes, que son * Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Primaria Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Secundaria Acompañamiento escolar Acompañamiento escolar domiciliario Acompañamiento lingüístico para alumnado inmigrante * Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Infantil Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Primaria Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Secundaria Acompañamiento escolar Acompañamiento lingüístico para alumnado inmigrante *Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Primaria Plan de apoyo y refuerzo en centros de Educación Secundaria Plan de apoyo y refuerzo en centros de Bachillerato Acompañamiento escolar Acompañamiento escolar domiciliario.
El programa que tiene la finalidad de paliar y prevenir el fracaso y el abandono escolar temprano del alumnado escolarizado en centros públicos de zonas socio-económicas vulnerables se llama Programa Impulsa Programa PROA.
El Programa Impulsa está dirigido al alumnado de 5º y 6º de Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de zonas desfavorecidas al alumnado de Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de zonas desfavorecidas al alumnado de Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) al alumnado de 3º y 4º de Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de zonas desfavorecidas.
El programa dirigido a mejorar el grado de adquisición de las competencias básicas por parte del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se denomina Programa PROA Programa Impulsa.
El Programa Impulsa se compone de tres actuaciones diferenciadas: Formación, Proyectos para la Innovación Educativa y Proyectos Socio-Educativos Formación, Proyectos para la Innovación Educativa y Acompañamiento escolar Formación, Proyectos para la Innovación Educativa y Proyectos de integración.
Según la Orden de 19 de 9 de 2002, la evaluación psicopedagógica todas son correctas se realizará con el fin de recabar la información relevante para delimitar las necesidades educativas especiales del alumno/a y para fundamentar las decisiones que, con respecto a las ayudas y apoyos, sean necesarias para desarrollar, en el mayor grado posible, las capacidades establecidas en el currículo se define como el conjunto de actuaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la información sobre las condiciones personales del alumno o alumna, su interacción con el contexto escolar y familiar y su competencia curricular se realizará en cualquier momento de la escolarización, especialmente al inicio de la misma, cuando se detecten necesidades educativas especiales.
Según la Orden de 19 de 9 de 2002, la evaluación psicopedagógica será realizada por todas son correctas los departamentos de orientación de los institutos de educación secundaria en el caso de los centros privados concertados, por los profesionales que desarrollan las labores de orientación educativa en los mismos los equipos de orientación educativa.
Según la Orden de 19 de 9 de 2002, la coordinación del proceso de evaluación y la elaboración del informe de evaluación psicopedagógica corresponde a) en los equipos de orientación educativa a los profesionales con la titulación de Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía c) a y b son correctas b) en los departamentos de orientación a los profesores o profesoras de educación secundaria de la especialidad de Psicología y Pedagogía.
Según la Orden de 19 de 9 de 2002, el dictamen de escolarización se realizará como resultado de la evaluación psicopedagógica la evaluación psicopedagógica se realizará como resultado del dictamen de escolarización.
Según la Orden de 19 de 9 de 2002, la evaluación psicopedagógica se realizará en cualquier momento de la escolarización, especialmente al inicio de la misma, cuando se detecten necesidades educativas especiales se realizará al inicio de la escolarización, cuando se detecten necesidades educativas especiales.
orden treinta 5 23 las diferentes actuaciones de carácter ordinario que, definidas por el centro en su proyecto educativo, se orientan a lograr el desarrollo integral, a la promoción del aprendizaje y del éxito escolar de todo el alumnado a través de la utilización de recursos tanto personales como materiales con un enfoque global e inclusivo son medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales medidas específicas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.
orden treinta 5 23 las diferentes medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales para su alumnado podrán ser utilizadas en cualquier momento de la etapa podrán ser utilizadas al principio de cada curso escolar.
orden treinta 5 23 Entre las medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales en PRIMARIA se encuentra Actuaciones de prevención y control del absentismo que contribuyan a la prevención del abandono escolar temprano Las adaptaciones curriculares significativas de los elementos del currículo El apoyo dentro del aula por profesorado especialista de Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje, personal complementario u otro personal.
orden treinta 5 23 Entre las medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales en PRIMARIA se encuentra Acción tutorial como estrategia de seguimiento individualizado y de toma de decisiones en relación con la evolución académica del proceso de aprendizaje Agrupación de materias en ámbitos La atención educativa al alumnado por situaciones personales de hospitalización o de convalecencia domiciliaria Las adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado con altas capacidades intelectuales.
orden treinta 5 23 Los centros docentes establecerán los siguientes programas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales en los centros de Educación Primaria programas de refuerzo del aprendizaje y programas de profundización programas de refuerzo del aprendizaje y programas de motivación programas de consolidación y programas de motivación.
orden treinta 5 23 se establecerán programas de refuerzo del aprendizaje cuando el progreso del alumno o la alumna no sea adecuado para el alumnado especialmente motivado para el aprendizaje o para aquel que presente altas capacidades intelectuales.
orden treinta 5 23 los programas de refuerzo del aprendizaje se aplicarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades a principio de cada curso escolar.
orden treinta 5 23 Los programas de refuerzo del aprendizaje en PRIMARIA estarán dirigidos al alumnado que todas son correctas no haya promocionado de curso que, aun promocionando de curso, no supere alguna de las áreas del curso anterior que a juicio de la persona que ejerza la tutoría, el equipo de orientación educativa y/o el equipo docente presente dificultades en el aprendizaje que justifique su inclusión presente necesidades específicas de apoyo educativo que le impidan seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje.
orden treinta 5 23 Los programas de profundización consistirán en un enriquecimiento de los saberes básicos del currículo ordinario sin modificación de los criterios de evaluación establecidos un enriquecimiento de los saberes básicos del currículo ordinario con la modificación de los criterios de evaluación establecidos.
orden treinta 5 23 acordarán la aplicación de los programas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales el tutor y el equipo docente en la correspondiente sesión de evaluación del curso anterior, con la colaboración, en su caso, del orientador adscrito al centro, siendo comunicado a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado el tutor, y los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado, con la colaboración, en su caso, del orientador adscrito al centro, siendo comunicado al equipo docente el equipo docente en la correspondiente sesión de evaluación del curso anterior, con la colaboración, en su caso, del orientador adscrito al centro el orientador y el equipo docente en la correspondiente sesión de evaluación del curso anterior, con la colaboración, en su caso, del tutor.
orden treinta 5 23 Asimismo, podrá incorporarse a los programas de atención a la diversidad el alumnado y a las diferencias individuales, una vez analizados los resultados de la evaluación inicial, o dentro de los procesos de evaluación continua, que sea propuesto por el tutor y el equipo docente en la correspondiente sesión de evaluación del curso anterior, con la colaboración, en su caso, del orientador adscrito al centro que sea propuesto por el equipo docente que sea propuesto por el tutor que sea propuesto por el orientador.
orden treinta 5 23 Los programas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales serán incompatibles con el desarrollo de otras medidas organizativas y curriculares que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización de las enseñanzas adecuada a las características del alumnado serán compatibles con el desarrollo de otras medidas organizativas y curriculares que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización de las enseñanzas adecuada a las características del alumnado.
orden treinta 5 23 todas aquellas propuestas y modificaciones en los elementos organizativos , metodológicos y curriculares, así como aquellas actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que no haya obtenido una respuesta eficaz a través de las medidas generales de carácter ordinario son medidas específicas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.
orden treinta 5 23 Las medidas específicas de atención a la diversidad metodológicos son aquellas que pueden implicar, entre otras todas son correctas la modificación significativa de los elementos del currículo para su adecuación a las necesidades de los alumnos y alumnas la intervención educativa impartida por profesorado especialista y personal complementario la escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria .
orden treinta 5 23 Entre las medidas específicas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales en PRIMARIA se encuentra Adaptaciones de acceso de los elementos del currículo Metodologías didácticas basadas en el trabajo colaborativo en grupos heterogéneos, tutoría entre iguales y aprendizaje por proyectos que promuevan la inclusión de todo el alumnado Agrupamientos flexibles Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula Todas son correctas.
orden treinta 5 23 El apoyo dentro del aula por profesorado especialista de Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje, personal complementario u otro personal se podrá realizar el apoyo fuera del aula en sesiones de intervención especializada Excepcionalmente, siempre que dicha intervención no pueda realizarse en ella y esté convenientemente justificada En todo caso En ningún caso.
orden treinta 5 23 Las adaptaciones curriculares se realizarán para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y requerirán una evaluación psicopedagógica previa una evaluación psicopedagógica posterior.
orden treinta 5 23 Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo preferentemente fuera del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, dentro del mismo.
orden treinta 5 23 Las adaptaciones de acceso al currículo suponen modificaciones en los elementos para la accesibilidad a la información, a la comunicación y a la participación suponen la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa, las competencias específicas y los criterios de evaluación.
orden treinta 5 23 La aplicación y seguimiento de las adaptaciones de acceso al currículo serán compartidas por el equipo docente y, en su caso, por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales serán realizadas por el equipo docente serán realizadas por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.
orden treinta 5 23 Las adaptaciones curriculares significativas suponen modificaciones en los elementos para la accesibilidad a la información, a la comunicación y a la participación suponen la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa, las competencias específicas y los criterios de evaluación.
orden treinta 5 23 Las adaptaciones curriculares significativas podrán aplicarse cuando el alumnado presente un desfase curricular de al menos dos cursos en el área objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentre escolarizado cuando el alumnado presente un desfase curricular de al menos dos asignaturas en el área objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentre escolarizado cuando el alumnado presente un desfase curricular de al menos tres asignaturas en el área objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentre escolarizado cuando el alumnado presente un desfase curricular de al menos tres cursos en el área objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentre escolarizado.
orden treinta 5 23 la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas corresponderá al profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, con la colaboración del profesorado del área encargado de su impartición, y contará con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa al profesorado del área encargado de su impartición, con la colaboración del profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, y contará con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa al profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, con la colaboración de los equipos de orientación educativa, y contará con el asesoramiento del profesorado del área encargado de su impartición.
orden treinta 5 23 La aplicación, seguimiento, así como la evaluación de las áreas con adaptaciones curriculares significativas serán compartidas por el profesorado que las imparta y por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales serán compartidas por el orientador y por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales serán compartidas por el profesorado que las imparta y por el orientador.
orden treinta 5 23 La propuesta curricular de ampliación de un área para el alumnado con altas capacidades intelectuales supondrá la modificación de la programación didáctica con la inclusión de criterios de evaluación de niveles educativos superiores supondrá la modificación de la programación didáctica sin la variación de criterios de evaluación de su nivel educativos.
orden treinta 5 23 La elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales (excepto en Primaria) serán responsabilidad del profesor del área correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa y la coordinación del tutor serán compartidas por profesor del área correspondiente y el tutor, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa .
orden treinta 5 23 Entre las medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales en SECUNDARIA se encuentra Oferta de materias específicas Programas específicos para el tratamiento personalizado del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo Ninguna es correcta Las adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado con altas capacidades intelectuales.
orden treinta 5 23 Los centros docentes establecerán los siguientes programas de atención a la diversidad en los centros de SECUNDARIA programas de refuerzo del aprendizaje y programas de profundización programas de refuerzo del aprendizaje, programas de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales de primero y cuarto curso y programas de profundización programas de refuerzo del aprendizaje, programas de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales de primero y segundo curso y programas de profundización.
orden treinta 5 23 La elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales en Primaria serán responsabilidad del profesor del área correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa y la coordinación del tutor serán compartidas por profesor del área correspondiente y el tutor, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa serán responsabilidad del tutor, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa.
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