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Título del Test:
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Loading Haciendas Tributos

Fecha de Creación: 2018/05/03

Categoría: Personal

Número Preguntas: 49

Valoración:(4)
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¿Qué Ayuntamientos pueden imponer la prestación personal y de transporte para la realización de obras de competencia municipal?. Los que tengan población superior a 10.000 habitantes. Los que funcionen en régimen de Concejo Abierto, exclusivamente. Todos los que, previa solicitud razonada, sean autorizados por el órgano competente de la C.A. Los que tengan población no superior a 5.000 habitantes.

Las Entidades Locales podrán exigir las deudas por precio público: Por el procedimiento administrativo de apremio. Por el procedimiento específico regulado en la Ley 25/1998, de 13 de julio, de Modificación del Régimen legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público. Por cualquiera de los medios de ejecución forzosa regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ninguna respuesta anterior es correcta.

¿Pueden las Entidades Locales atribuir a sus Organismos Autónomos la fijación de los precios públicos, por ellas establecidos, correspondientes a los servicios que presten aquéllos?. En ningún caso. Sí, presentando dichos Organismos un informe justificativo de su cuantía. Sí, en todo caso. Sí, salvo cuando los precios no cubran el coste de los servicios.

Las Entidades Locales de ámbito territorial inferior al municipio: Podrán tener impuestos propios. No podrán tener impuestos propios, pero sí participación en los tributos del Estado. Podrán tener participación en los tributos del municipio a que pertenezcan. Podrán exigir recargos sobre los impuestos del municipio a que pertenezcan y que les sean autorizados por la C.A.

Las Diputaciones Provinciales podrán establecer un recargo sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas y su tipo no podrá ser superior a uno de los siguientes porcentajes: El 40% que recaerá sobre las cuotas mínimas del impuesto. El 25% que recaerá sobre las cuotas máximas del impuesto. El 60% que recaerá sobre las cuotas mínimas del impuesto. El que se fije anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con la coyuntura económica prevista para cada ejercicio.

¿A qué limitaciones estarán sujetas las transferencias de crédito de cualquier clase, que se lleven a cabo por las Entidades Locales?. No afectarán a los créditos ampliables, ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio. No se podrán minorar los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de ejercicios cerrados. No incrementarán créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Las Entidades Locales no podrán exigir tasas por uno de los servicios siguientes: Limpieza de la vía pública. Guardería rural. Conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local. Tránsito de ganados sobre vías públicas o terrenos de dominio público local.

Los Organismos Autónomos y las Sociedades Mercantiles locales, para la concertación de operaciones de crédito de largo plazo, precisarán: La previa autorización del Alcalde o Presidente de la Corporación e informe de la Intervención. La previa autorización del Pleno de la Corporación e informe de la Intervención. La previa autorización de la C.A., a petición del Alcalde o Presidente de la Corporación. La previa autorización del Ministerio de Economía y Hacienda, a petición del Alcalde o Presidente de la Corporación.

Si una persona que sea sujeto pasivo de una contribución especial establecida por una Entidad Local, otorga una subvención o auxilio para la realización de la obra que sea objeto de aquélla: Dicha Entidad la rechazará en todo caso. Su importe se destinará primeramente a compensar la cuota de la citada persona. Su importe se destinará a compensar, a prorrateo, la cuota de los demás sujetos pasivos. Su importe se incorporará al Presupuesto de Ingresos de dicha Entidad.

La base imponible de las contribuciones especiales está constituida, como máximo, por un porcentaje del coste que la Entidad Local soporte por la realización de las obras o por el establecimiento de los servicios, igual al: 90%. 70%. 125%. 50%.

No constituyen ingresos de derecho privado de las EE.LL.: Adquisiciones a título de herencia. Rendimientos de su patrimonio. Rendimientos de los derechos personales de que sean titulares. Lo son todos ellos.

La interposición del recurso de reposición frente a actos en materia tributaria: Suspenderá la ejecución del acto impugnado, siempre. No suspenderá la ejecución del acto impugnado, salvo en materias sancionadoras que quedarán automáticamente suspendidos. Suspenderá la ejecución del acto, salvo en materia sancionadora. Queda a disposición del órgano competente la suspensión o no del acto.

El recurso de reposición en materia de actos dictados por las CC.LL. en vía de gestión de sus tributos propios y de sus restantes ingresos de derecho público: No existe. Es obligatorio. Es potestativo. No está regulado en la Ley 2/2004.

Tendrán la consideración de interesados en orden a la impugnación de las ordenanzas Fiscales de las CC.LL.: Las propias EE.LL. Los vecinos. Las Cámaras oficiales. Los titulares de derechos.

Para atender a necesidades transitorias de Tesorería, las EE.LL. podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año siempre que: En su conjunto no superen el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior. Cada una de ellas no supere lo previsto en la letra a). La respuesta a) es correcta, pero no deben superar el 15%. Ninguna es correcta.

El I.B.I. es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible no está constituido: Por la titularidad sobre los servicios públicos a que estén afectados. Por la propiedad de un derecho de usufructo. Por la titularidad de una concesión administrativa. Por la propiedad de inmuebles de carácter rústico.

Las EE.LL. no deben: Someter a gravamen bienes situados fuera del territorio de su Entidad. Someter a gravamen actividades desarrolladas fuera de su territorio. Gravar actos o hechos realizados fuera del territorio de la Entidad. Todas son correctas.

Sólo se podrán reconocer beneficios fiscales en los tributos locales si están expresamente previstos: En normas con rango de Ley. En Tratados Internacionales. En sus ordenanzas Fiscales. a) y b) son correctas.

El recurso de reposición en materia tributaria, ha de ser resuelto en el plazo de: 1 mes con carácter general, salvo excepciones. 1 mes siempre. 2 meses. 6 meses como máximo.

Las Ordenanzas Fiscales reguladoras de los tributos propios, no será necesario que contengan: Los regímenes de declaración e ingreso. Las bases imponibles y liquidables. La determinación del hecho imponible, porque ya lo determina la Ley. Sujetos activo y pasivo.

Por beneficios Fiscales se entiende: Bonificaciones. Exenciones y reducciones. Desgravaciones. a) y b) son correctas.

Para la imposición de ingresos de carácter tributario por parte de las CC.LL., no comprendidos en la Ley 2/2004, ni en la Ley 7/85, será necesario: Acuerdo de imposición y ordenación. Sólo acuerdo de imposición. Basta acuerdo plenario. Las CC.LL. no pueden crear tributos distintos de los establecidos en la Ley.

Las ordenanzas Fiscales entrarán en vigor: Al día siguiente de su publicación en el B.O.E. Al día siguiente de su publicación en el B.O.P. Al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la C.A. respectiva. Al día siguiente de su aprobación.

Los acuerdos provisionales adoptados por las CC.LL. para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las cuotas tributarias, se volverán definitivos: Tras resolver las reclamaciones por acuerdo plenario. Tras finalizar el plazo de exposición pública automáticamente. Sin nuevo acuerdo plenario, si no ha habido reclamaciones. Todas son falsas.

El punto de partida actual sistema tributario y financiero de las EE.LL. se encuentra en: La Constitución de 1812. La Ley de Presupuestos de 1870. Los Estatutos Municipal y Provincial de 1924 y 1925. La Ley de Bases del Régimen Local de 1945.

Flores de Lemus, pionero de las Haciendas Locales, clasificó los ingresos de las EE.LL.: En cuatro grupos: ingresos privados, subvenciones, tributos y créditos. En cinco grupos: ingresos privados, ingresos públicos, subvenciones, tributos y créditos. En seis grupos: ingresos privados, ingresos públicos, subvenciones, contribuciones especiales, tributos y créditos. En siete grupos: ingresos privados, ingresos públicos, subvenciones, contribuciones especiales, tributos, empréstitos y créditos.

Flores de Lemus basó la reforma de las Haciendas Locales en la potenciación de: Las subvenciones. Los tributos. Los ingresos privados. Los créditos.

¿En qué artículo de la Constitución se proclama la autonomía financiera de las EE.LL.?. 142. 146. 149. 150.

¿En qué artículo de la LRBRL se proclama la autonomía financiera de las EE.LL.?. 102. 105. 111. 117.

De entre las que se citan, ¿cuál es la ley Reguladora de las Haciendas Locales?. 2/2004 de 5 de marzo. 39/1988, de 28 de diciembre. 4/2004 de 5 se marzo. 35/1989, de 15 de octubre.

De conformidad con la Constitución de 1978, las EE.LL.: En ningún caso podrán establecer tributos. En ningún caso podrán exigir tributos. Sólo pueden exigir tributos, pero no establecerlos. Pueden establecer y exigir tributos.

La potestad originaria para establecer tributos corresponde: Sólo al Estado. Al Estado y a las CC.AA. Al Estado, a las CC.AA. y a las EE.LL. A todo ente público, ya sea territorial o institucional.

Las EE.LL. tienen potestad tributaria: Originaria. Derivada. De primer grado. Preferente.

Los impuestos son tributos exigidos: Por prestación de servicios públicos. Por utilización privativa de bienes de uso público. Sin contraprestación. Por realización de actividades públicas que benefician al sujeto pasivo.

No es una actividad de la gestión tributaria de las EE.LL.: La investigación y comprobación del hecho imponible. La liquidación de la deuda tributaria. La regulación u ordenación de los tributos. Las sanciones.

No es un recurso de las EE.LL.: La participación en los tributos del Estado. El producto de las multas. Las subvenciones. Los ingresos por IVA.

Los ingresos provenientes de la enajenación de bienes patrimoniales de las EE.LL., ¿pueden destinarse a la financiación de gastos corrientes?. Sí, ya que no hay impedimento legal alguno. No, en ningún caso. No, salvo que se trate de parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales. Sí, salvo que se trate de parcelas sobrantes e vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales.

Bajo la denominación genérica de tributos se contemplan las siguientes figuras impositivas: Tasas e impuestos. Tasas, contribuciones especiales e impuestos. Tasas, multas, contribuciones especiales e impuestos. Cánones, tasas, multas, contribuciones especiales e impuestos.

Una Entidad Local (E.L.), ¿puede delegar en la C.A. a la que pertenezca las facultades de gestión tributaria que la LHL le atribuye?. Sí, en todo caso. No, en ningún caso. Sólo si se trata de tasas. Sólo si se trata de impuestos.

Las EE.LL., ¿pueden reconocer beneficios fiscales sobre sus propios tributos?. Sí, en todo caso. No, en ningún caso. Sólo los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los Tratados Internacionales. Sólo los expresamente previstos en las normas autonómicas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los Tratados Internacionales.

Si un Ayuntamiento exige un tributo en toda la población por recogida de basura a domicilio, el tributo en cesión es: Una tasa. Un precio público. Una contribución especial. Un impuesto.

En el caso de que un Ayuntamiento exija un tributo a los residentes de una urbanización por el establecimiento de un nuevo alumbrado público, ¿de qué clase de tributo estamos hablando?. Una tasa. Un precio público. Una contribución especial. Un impuesto.

Las exacciones por utilización de bienes de dominio público tienen la consideración de: Tasas. Contribuciones especiales. Impuestos. Precios públicos.

Los Ayuntamientos no pueden establecer: Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Las Diputaciones Provinciales no pueden establecer: Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Es procedente por parte de las EE.LL. la imposición de contribuciones especiales cuando el sujeto pasivo obtenga un beneficio a consecuencia de: La utilización privativa de bienes de uso público municipal. La utilización privativa de servicios públicos. La realización de obras públicas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Uno de los impuestos que se mencionan no es municipal: El Impuesto sobre el Patrimonio. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

En el supuesto de que un Ayuntamiento establezca determinada exacción para evitar el fraude, se dice que tiene finalidad: De fomento. De policía. Fiscal. No fiscal.

Una de las siguientes afirmaciones es falsa, referidas todas ellas a las Haciendas de las EE.LL.: Los Ayuntamientos no pueden exigir tasas de enseñanza en el ciclo de EGB. Es obligatoria la exigencia de tasas en la apertura de calles y plazas. Las Mancomunidades de Municipios no pueden establecer impuestos. Las CC.LL. pueden participar en algunos tributos propios de su C.A.

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