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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETest 7.10

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Título del test:
Test 7.10

Descripción:
Test 7.10

Autor:
otro
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Fecha de Creación:
15/06/2021

Categoría:
Arte

Número preguntas: 94
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Temario:
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea La recepción de los envíos telegráficos y fax por parte de las Oficinas de referencia para su entrega pueden llegar por dos vías A través de las rutas establecidas desde las Unidades de Reparto que traen los envíos avisados. A través del buzón electrónico. A través del CTA.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea La recepción de los envíos telegráficos y fax por parte de las Oficinas de referencia para su entrega pueden llegar por dos vías: 1. En el caso del buzón electrónico la operativa se realiza igual que en las Unidades de Reparto. 2. Estos envíos se tendrán que imprimir y tratar dependiendo de su modalidad (telegramas, Burofax, AR) y destino Apartados, Lista de Correos. 3. Las Oficinas Mixtas recibirán, además de los destinados a Lista y Apartados de Correos, los envíos para el reparto, los cuales se tienen que imprimir y asignarlos a la sección correspondiente, como el resto de certificados.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea 1. Correos no presta el servicio de entrega de faxes recibidos desde un fax particular, por lo que si llega alguno a la Oficina, no se realizará la entrega del mismo. 2. A continuación se separarán los que vienen dirigidos para la UEO, bien a lista o Apartados, dándoles de alta en SGIE, como cualquier otro envío registrado en el almacén correspondiente, apartados o No domiciliaria y Lista. 3. La liquidación de estos envíos se hace como el resto de envíos registrados desde SGIE >> Liquidación >> Liquidación, leyendo el CB para que el cliente pueda firmar en la tableta digitalizadora. 4. Previa anotación por su parte de los datos y su documento de identificación.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea 1. En los Telegramas y Burofax que tengan PEF (PC) o PEE, se deberá asignar receptor. 2. Una vez entregados el sistema generará un Telegrama “AA” para los de entrega electrónica. 3. Y en la Unidad de Reparto, a través del buzón electrónico, se imprimirá el Telegrama “AA”, dirigido al remitente donde se le informará de la entrega del envío (hora, fecha, nombre y apellidos del receptor y número de documento con el que se identificó). 4. Si es PEE, el cliente recibirá un correo electrónico informándole del resultado de la entrega, en el email que indicó en el momento de su admisión.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea 1. Con la extensión del Buzón Electrónico a todas las Oficinas, el reencaminamiento a otra Unidad se realiza desde el propio buzón electrónico. 2. Excepto en los casos que esté asignado a un almacén, que se tiene que utilizar la Liquidación de Mal encaminado. 3. No es necesario postalizarlo ya que se recupera en destino a través del Buzón Electrónico.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea Se han activado una serie de controles para el Buzón Electrónico, que impiden cerrar la caja de SGIE si se detectan malas prácticas en la gestión del Buzón: NÚMERO MÁXIMO DE HORAS EN PENDIENTE: 1. Existe un máximo de horas que un Burofax puede estar en el Buzón Electrónico en situación de Pendiente. 2. Este máximo se ha establecido en 48 horas, transcurridas las cuales, si no se ha realizado ninguna acción, el punto de control impedirá cerrar la caja de SGIE.
ENTREGA DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS Y FAX. Señala la premisa errónea Se han activado una serie de controles para el Buzón Electrónico, que impiden cerrar la caja de SGIE si se detectan malas prácticas en la gestión del Buzón: NÚMERO DE HORAS PARA QUE UN ENVÍO EVOLUCIONE 1. Este control hace que un Burofax que ha sido impreso, pero sobre el que no se ha vuelto a realizar ninguna otra acción, evolucione al estado de Pendiente transcurridas 72 horas. 2. Esto no impide cerrar la caja de SGIE, pero si no se realiza ninguna otra acción, transcurridas otras 72 horas, se activa el punto de control descrito anteriormente (el punto de control posibilitará cerrar la caja en SGIE).
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Con la desaparición del Giro Electrónico y puesta en marcha del sistema SEDI, el pago en Oficinas se realiza desde: SGIE >> Control de Envío de Dinero >> Liquidación de envíos de dinero. IRIS >> Control de Envío de Dinero >> Liquidación de envíos de dinero. SGIE >> Liquidación >> Liquidación de envíos de dinero. SGIE >> Control de Envío de Dinero >> Pago de envíos de dinero.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea Los Giros que se pagan en Oficina son los siguientes: Giros dirigidos a Apartados de Correos. Giros inmediatos y UPU IFS. Giros Ordinarios y Giros urgentes avisados por ausencia del destinatario.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea GIROS DIRIGIDOS A APARTADOS DE CORREOS: 1. Estos Giros tienen que grabarse previamente en SGIE en el canal de No domiciliaria. Indicando el número de Apartado correspondiente. 2. Se deposita un aviso en el Apartado que corresponda para avisar al cliente que tiene a su disposición un Giro.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa correcta EUROGIROS (desaparecido) 1. Por motivo de PBC no tienen que ponerse a pago en domicilio, debiéndose entregar al destinatario desde la Oficina de referencia. 2. Por esto, los Eurogiros se tienen que clasificar en SGIE asignándolos a la UEO o reencaminándolos a la Oficina de referencia del destinatario en caso de no ser la misma. 3. Una vez clasificado, la Unidad de Reparto asignada imprime el M4. 4. A partir de ese momento, se convierte en giro avisado y quedan almacenados en un almacén nacional para poderse entregar en cualquier Oficina informatizada. 5. OJO QUE DESAPARECE .
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea LOS GIROS INMEDIATOS y UPU IFS 1. Se pagan con su correspondiente localizador. 2. El localizador es un identificador único de Giros que se envía por email y el remitente debe indicárselo al destinatario para su pago.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea 1. Cuando el cliente se persona en una Oficina de Correos y desea retirar una cantidad de dinero a su nombre tiene que aportar la documentación que le identifica y un aviso o el Nº de identificación del envío dependiendo de la modalidad. 2. Para comprobar que existe el servicio de Giro Internacional electrónico con el país, es necesario acceder a: Iris >> Gestión >> Negocio >> Envío de dinero >> Giro Internacional.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea 1. Con carácter general, los Giros deben abonarse al propio destinatario o persona autorizada por escrito. 2. No se efectuará el pago de un Giro a su destinatario cuando la autoridad judicial haya ordenado su suspensión o embargo. 3. La realización de un pago por medio de WU, deben abonarse al propio destinatario o persona autorizada por escrito. El destinatario debe ser siempre mayor de edad.
PAGO DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO. Señala la premisa errónea 1. El importe de los Giros es propiedad del remitente mientras no llegue a poder del destinatario, por los cual aquél puede solicitar la recuperación o modificación después de que se haya efectuado el pago. 2. El servicio de Giro se presta durante todo el horario de apertura de cada Oficina. 3. En caso de caída de la aplicación, no se puede realizar el pago de giros en tanto la aplicación permanezca inactiva o se haya cerrado la caja de la Oficina.
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa errónea GIRO AVISADO 1. El cliente se presenta en la Oficina de Correos para retirar una cantidad de dinero que viene a su nombre aportando el correspondiente Aviso de Llegada (M4). 2. El aviso informa al cliente que tiene a su disposición en la Oficina un pago de dinero. 3. Indicando en el propio aviso el horario y plazo, así como la documentación válida necesaria para poder efectuar el cobro. 4. También es válido presentar solo el código de envío, siempre que se verifique solo el importe.
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa errónea GIRO AVISADO E INTERNACIONAL (NO DOMICILIARIO) 1. Los Giros avisados son órdenes de pago que han salido a reparto y por no encontrarse el destinatario en el domicilio o bien, por no poder acceder a la finca, no se han podido entregar al destinatario. 2. Por lo que la Unidad de Reparto correspondiente ha dejado un aviso en el domicilio para que el destinatario pase a recogerlo por su Oficina de Referencia. 3. En SGIE, Control de envío de dinero >> Liquidación de envío de dinero, se marca la opción “Código de envío” y se introduce el código aportado por el cliente.
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa correcta GIRO AVISADO E INTERNACIONAL (NO DOMICILIARIO) 1. Por motivos de PBC, los Giros Internacionales, con criterio general, se pagan siempre en Oficina. 2. Para el cobro de un Giro internacional, el destinatario o autorizado debe aportar el aviso confeccionado que la URO/USE habrá depositado previamente en su casillero domiciliario. 3. También es válido presentar solo el código del envío, siempre que se verifique la identidad e importe. 4. En SGIE >> Control de Envío de Dinero >> Liquidación de envíos de dinero, se marca la opción “Localizador” y se introduce el código aportado por el cliente. 5. OJO QUE DESAPARECE .
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa errónea GIRO INMEDIATO 1. El envío de dinero nacional que de manera inmediata permite a su destinatario recoger el dinero en cualquier Oficina de Correos con la presentación de su documentación y el localizador del envío. 2. Siempre se abona en metálico. 3. Para realizar el pago de un Giro a Lista con localizador (Giro inmediato) se accede a Liquidación >> Liquidación de envíos de dinero. 4. Al seleccionar la opción “Localizador (Nacional e Internacional), aparece la pantalla para introducir el localizador. Este dato lo debe aportar el cliente y es imprescindible para el pago del Giro al igual que la identificación del destinatario.
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa errónea GIRO UPU ELECTRÓNICO 1. Es el envío de dinero internacional que de manera inmediata permite a su destinatario recoger el dinero en cualquier Oficina de Correos. 2. Aunque se puede hacer la búsqueda por nombre, lugar de origen y fecha de envío, debe exigirse el Nº secreto para el pago (alfanumérico, normalmente de 10 caracteres, sin una estructura determinada). 3. También debe exigirse la documentación necesaria como para cualquier otro Giro Internacional.
LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS DE DINERO. Señala la premisa errónea GIRO UPU ELECTRÓNICO 1. Se puede pagar en cualquier Oficina y siempre en metálico. 2. Desde SGIE >> Control de Envío de Dinero >> Liquidación de envíos de dinero. 3. Al seleccionar la opción “Localizador (Nacional e Internacional)”, aparece la pantalla para introducir el localizador. 4. Si la búsqueda se realiza por nombre y apellido (opción “Búsqueda por Nombre (Envíos UPU)”), se debe seleccionar la fecha exacta de su entrega y el nombre del remitente.
OPERATIVA EN SGIE PARA EL PAGO DE GIROS. Señala la premisa errónea 1. Leer el código del giro a entregar desde la pantalla de Liquidación de envíos de SGIE. 2. Introducir el tipo de DOI y el número del mismo. 3. Se informa los datos del receptor. A efectos de PBC, solo se consideran las operaciones realizadas por el destinatario real y por el autorizado. 4. Se pulsa el botón “Comprobar datos”.
OPERATIVA EN SGIE PARA EL PAGO DE GIROS. Señala la premisa errónea 1. Completar los datos del cliente o modificar si procede, después de digitaliza el DOI pulsando en el botón “Documento”. 2. La aplicación deriva a Gescan donde se seguirán todos los pasos descritos en el Manual de Digitalización de Documentos. 3. Existe el botón “Comprobar” para verificar que la imagen del DOI se ha cargado correctamente, si no fuera así, se vuelve a escanear. 4. En el caso de aparecer inhabilitado el botón “Visualizar”, se procede a la digitalización, ya que el cliente no lo tiene digitalizado.
OPERATIVA EN SGIE PARA EL PAGO DE GIROS. Señala la premisa errónea 1. Cuando el remitente se identifique con un CIF, se deberá digitalizar el documento soporte donde conste el CIF. 2. O, en su caso, parte del documento en que se informe su denominación, domicilio y número de identificación fiscal. 3. Siendo necesario guardar copias de la documentación específica de la persona jurídica aportada por el autorizado/apoderado. 4. No es necesario digitalizar el Pasaporte.
OPERATIVA EN SGIE PARA EL PAGO DE GIROS. 1. Finalmente se informa el motivo de la operación y se pulsa el botón “Asignar”. 2. Se cierra la liquidación aceptando las sucesivas pantallas. 3. Las dos son correctas.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea GIROS OFICIALES DE CORREOS. 1. La razón social será Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, el CIF de Correos (A83052407). 2. El nombre del autorizado sería el cargo (Ej, director de Oficina). 3. En ningún caso podrá identificarse con su NIP.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea GIROS DIRIGIDOS A ORGANISMOS OFICIALES 1. La identificación se realizará por nombre del organismo y CIF. 2. El autorizado que actúe en nombre del organismo para el cobro del Giro, podrá identificarse con su NIP que será introducido en la categoría Pasaporte/Otros. 3. El resto de organizaciones, instituciones, fundaciones religiosas, benéficas o de cualquier índole deberán identificarse con su NIF como el resto de personas jurídicas. 4. Cualquier autorizado que actúe en representación de un organismo o institución de este tipo deberá identificarse con uno de los tipos de DOI válidos (NIF, NIE, Pasaporte/Otros).
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea MENORES DE EDAD 1. Para el pago de Giros a menores, estos habrán de actuar necesariamente representados por sus padres, tutores o representantes legales. 2. Es necesaria la presentación del DOI del menor con carácter previo a la realización de la operación. 3. Únicamente pueden pagarse giros a los mayores de 16 años, que habrán de actuar siempre representados por sus padres, tutores o representantes legales.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea MENORES DE EDAD 1. Es preciso tener en cuenta que según los estándares nacionales e internacionales, los menores presentan un riesgo más elevado en materia de PBC. 2. En este sentido se recomienda actuar con especial rigor en lo que a documentación se refiere, en las operaciones de este tipo de clientes. 3. En estos casos especiales, el sistema siempre aplica Medidas Normales de PBC, con lo que se deberá justificar la operación con la documentación pertinente (libro de familia, escritura de apoderamiento, tutoría legal...).
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea RETIRADA DE EFECTIVO CORREOS CASH 1. El cliente solicita la retirada de fondos de su cuenta corriente a través de una APP. La retirada siempre deberá ser en la entidad bancaria. 2. El banco traslada a SEDI la solicitud de retirada de fondos con las características que el cliente haya seleccionado en su registro a través de la APP. SEDI generará un localizador que hace llegar a la Entidad Financiera solicitante. 3. La modalidad será la de Giro Inmediato, que con el localizador, podrá ser cobrado en cualquier Oficina de Correos informatizada de España.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea RETIRADA DE EFECTIVO CORREOS CASH. PROCESO 1. La Entidad financiera hace llegar a su cliente el código localizador. Una vez recibido desde su Entidad Financiera, el cliente tiene que dirigirse a una Oficina de Correos para realizar la operación de retirada de fondos. 2. En la Oficina, el cliente informa del servicio deseado. En este caso, retirar efectivo en la cuenta de la Entidad Financiera de la que es titular. 3. El procedimiento en la Oficina es el de pago de un Giro inmediato, con la presentación de su documentación y el localizador del envío. 4. La única diferencia es que al introducir en el sistema el localizador del Giro inmediato, el empleado deberá completar los datos necesarios para el pago del Giro. El empleado de la Oficina no tendrá que informar de ningún dato al sistema.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea RETIRADA DE EFECTIVO CORREOS CASH. PROCESO 1. Estas operaciones, a pesar de realizarse a través de la aplicación de Envío de Dinero de Correos, no están sujetas a controles de PBC, ya que los fondos provienen de una CC y el ordenante del pago es el propio banco, por lo que es éste el sujeto obligado a efectos de PBC. 2. Tras realizar la operativa en SGIE, generamos el justificante para recoger la firma del cliente. 3. El empleado entrega el importe al destinatario junto con el formulario de pago con su firma. Una copia firmada queda en la Oficina. 4. Se aplica el Proceso de Archivo y Control de la Documentación. Los formularios de envío de dinero son enviados a CEDICO para su digitalización y posterior destrucción, por lo que se archivan en la Oficina.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea OPERACIONES DE ENVÍO DE DINERO A la hora de realizar operaciones de Envío de Dinero, sobre todo el pago de giros y la retirada de efectico de Correos Cash de los clientes del Banco Santander, se tiene que tener en cuenta, que solo se podrán realizar los reintegros de Correos Cash del Banco Santander por SGIE. A la hora de realizar operaciones de Envío de Dinero, sobre todo el pago de giros y la retirada de efectico de Correos Cash de los clientes del Banco Santander, se tiene que tener en cuenta, que no se podrán realizar los reintegros de Correos Cash del Banco Santander por SGIE.
ENTREGAS ESPECIALES. Señala la premisa errónea OPERACIONES DE ENVÍO DE DINERO PAGO DE GIROS: Todas las operaciones de pago de giros (inmediato, avisado,...) se realizan ÚNICAMENTE a través de SGIE por Control de Envío de Dinero >> Liquidación de envíos de dinero. RETIRADA DE EFECTIVO CORREOS CASH CLIENTES NO DIGITALES: Todas las operaciones de Correos Cash Banco Santander de clientes no digitales (aquellos que presentan su tarjeta bancaria) se realizan desde la opción del menú de Admisión de IRIS Caja Mágica (en caso de que la lectura del código no devuelva información, no realizar el pago). RETIRADA DE EFECTIVO CORREOS CASH CLIENTES DIGITALES: Todas las operaciones de Correos Cash Banco Santander de clientes digitales (aquellos que presentan código QR o de barras), se realizará desde la opción del menú de admisión de IRIS Caja Mágica (en caso de que la lectura del código no devuelva información, no realizar el pago).
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. WU se abona exclusivamente al destinatario y con el MTCN. 2. El beneficiario de la transacción siempre deberá ser persona física, aunque el remitente sea persona jurídica. 3. El cliente se persona en una Oficina de Correos con una identificación válida y un MTCN. 4. Si el cliente no aporta el MTCN, deberá presentar una identificación válida y en vigor para realizar la búsqueda de la transacción.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. Existen unos formularios para que el cliente incorpore una serie de datos básicos de la operación de pago de dinero. 2. Los datos necesarios para realizar la operación, los introduce directamente el empleado en la aplicación. 3. Pero es obligatorio solicitar al cliente que rellene el formulario a fin de evitar errores.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea DATOS DEL “FORMULARIO RÁPIDO PAGO”: Número de tarjeta Western. Nombre del remitente, si este fuese compuesto, debe incluirse el segundo nombre, separándolo del primero con un guión. Apellidos: si el remitente tiene dos apellidos, solo debe constar el primero. Ciudad de origen y país de donde procede el envío. Cantidad aproximada (+/- 10% a recibir en €). MTCN.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. Los impresos para el pago de dinero son de color amarillo y en su encabezamiento figura la frase “Formulario rápido. Pago”. 2. El origen de la transacción siempre debe ser el extranjero. 3. Una vez dentro del sistema operativo WUPOS, se hace clic en el icono de recibir dinero o se pulsa en F6, para localizar la transacción. 4. A continuación aparece la pantalla de “Búsqueda de pago de dinero”.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. En la pantalla de búsqueda de la transferencia introducimos el Nombre y apellidos del remitente y se pulsa en “Buscar”. 2. Si el MTCN es incorrecto, o el dinero no está en España, o ya está pagada la transacción, aparece un mensaje de advertencia. 3. Indicando que no se encontraron registros de la transferencia. 4. El empleado informará al cliente que se ponga en contacto con la persona que le envía el dinero para que le facilite el MTCN correcto.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. Si la búsqueda resulta satisfactoria, la ventana de pago informa de los datos necesarios para realizar el pago, se pulsa el botón de “Pago”. 2. Aparece una pantalla donde, antes de insertar cualquier dato en el sistema, se debe comprobar que la información proporcionada por el beneficiario coincide exactamente con la información que aparece en el sistema. 3. Comprobados todos los datos, se realiza la búsqueda del cliente beneficiario cumplimentando una de las opciones de “Búsqueda de destinatario”. 4. ID+ Información sobre ID // Número de My WU o tarjeta Silver Card // Correo electrónico.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea El sistema nos mostrará si el cliente está o no registrado: CLIENTE REGISTRADO: el sistema mostrará un desplegable con los datos del cliente para seleccionar. CLIENTE NO REGISTRADO: IRIS devuelve el mensaje: “No se encontró ningún beneficiario que coincida con los criterios de búsqueda; continúe o busque nuevamente”. Seleccionar nuevo beneficiario e insertar información.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. A continuación, el sistema realizará la pregunta: “¿envía el dinero en nombre de un 3º? No/Sí, siempre habrá que seleccionar “No”, debido a que WU no admite envíos a nombre de un tercero o autorizaciones. 2. Cumplimentados los datos del documento de identificación y siempre que el cliente acepte los términos y condiciones del servicio, se activa el check y se habilita la opción “Pagar ahora”. 3. En ese momento se activa la tableta digitalizadora WUPOS para que se proceda a validar la firma del empleado que está realizando la transacción y recoger la firma del cliente.
PAGO DE WESTERN UNION. Señala la premisa errónea 1. Cargada la firma al servidor WUPOS, automáticamente aparece “Captura de ID/Documento” para poder escanear el documento aportado por el cliente, desde GESCAN y seleccionando WUPOS. 2. Una vez escaneada y adjuntada la documentación, WUPOS devolverá el mensaje que se capturó correctamente. 3. También hay que pinchar en “El cliente ha aceptado los Términos y condiciones” después de pinchar en “Pagar ahora”.
PAGO DE WESTERN UNION. 1. Se deberá imprimir el impreso que se le entrega al cliente como justificante del pago en Oficina, junto con el dinero. 2. Una vez finalizada la operación de WU, se debe cerrar siempre la sesión del usuario en WUPOS. 3. A continuación se cierra la página del navegador pulsando sobre el aspa correspondiente. 4. Todas son correctas.
LIQUIDACIÓN. Señala la premisa errónea Al finalizar la jornada, el personal de entrega que haya realizado en la Oficina entregas de envíos con importes asociados, deberá realizar la liquidación de éstos a la persona designada por el responsable o persona encargada, en esta liquidación estarán incluidos todos los conceptos cobrados y se entregarán acompañados de la siguiente documentación: Reembolsos: listado de SGIE de reembolsos cobrados e importes cobrados asociados al C corporativo que ha realizado la entrega. Envío de dinero (Giros): justificantes de los giros pagados al destinatario y firmados por éste. Trámites aduaneros: DTA justificante para la Oficina y los importes cobrados. Envíos devueltos al destinatario con tasa de devolución, importes cobrados.
LIQUIDACIÓN. Señala la premisa errónea 1. Para verificar que la liquidación es correcta, el personal de ATC, tras liquidar los envíos o giros en SGIE como entregados, accederá a SGIE. 2. SGIE >> Control/Consultas, seleccionando su usuario y comprobando que los datos que figuran en este informa de SGIE y la documentación e importes a liquidar son coincidentes. 3. Después el responsable verificará a través de la utilidad Cuadre de la Unidad de SGIE, seleccionando el usuario correspondiente, que los importes liquidados corresponden con los datos recogidos en SGIE.
LIQUIDACIÓN. Señala la premisa errónea 1. Una vez realizada la liquidación de todos los usuarios, el responsable confirma la coincidencia del informe de SGIE con los importes liquidados. 2. Tras cerrar la caja de SGIE, a continuación se genera e imprime el CCC, cuyo importe deberá ser superior que el metálico recaudado por el responsable. 3. Las Unidades de Reparto liquidarán importes con la Oficina a través del CCC de reparto, mediante la entrega al responsable de la Oficina o persona encargada del CCC impreso en SGIE y los importes.
LIQUIDACIÓN. Señala la premisa errónea La cantidad indicada en el documento CCC de Reparto y el importe liquidado con la Oficina, deben ser coincidentes, en ningún caso se aceptarán liquidaciones si éstos conceptos no son coincidentes. Los conceptos recogidos en el CCC son: Reembolsos entregados Importes por tramitaciones aduaneras Factaje Importes por solicitud de entrega a domicilio Importes por devolución de cartas Giros pagados.
LIQUIDACIÓN. Señala la premisa errónea 1. Por último, el responsable o persona encargada, confirmará los CCC (UEO y reparto) en IRIS para su consolidación en el balance contable. 2. Mediante esta operación, es el propio sistema el que de manera automática generará los giros procedentes de reembolsos tanto nacionales como internacionales a sus destinatarios y consolida en el balance contable de la Oficina los importes descritos anteriormente. 3. Si durante la operación de confirmar el CCC en SGIE, surgieran incidencias o determinados importes no se volcaran correctamente, no se tiene que confirmar el código y se trasladará la incidencia al CAU.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea 1. Los envíos postales que no han sido retirados por los destinatarios o personas autorizadas serán declarados caducados en la Oficina de destino. 2. Una vez transcurridos los plazos de permanencia en la misma. 3. Y se devolverán a la de origen para su entrega al remitente.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea 1. Se devuelven inmediatamente a la Oficina de origen, siempre que conste el remitente, aquellos envíos (ordinarios o registrados) cuya entrega no pueda llevarse al efecto. 2. Por rehusado, por ser desconocido el destinatario, haber fallecido sin dejar herederos o haberse ausentado sin dejar señas. 3. Si no constara el remitente, los envíos serán declarados sobrantes y caducados en la Oficina de destino y pasarán al Almacén de Sobrantes.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea 1. Si tras la devolución de los envíos a la Oficina de referencia del remitente, no se pudiera realizar la entrega por agotarse el plazo de permanencia en la misma. 2. Estos envíos se declararán Sobrantes y deberán pasar al Almacén de Archivo.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS ORDINARIOS 1. Con criterio general, el plazo de permanencia en la Oficina para los envíos ordinarios es de 15 días naturales (en todos los casos). 2. Si transcurrido este tiempo no han sido retirados, se procede a su devolución a origen para su intento de entrega al remitente.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS ORDINARIOS. Diariamente se debe hacer la devolución de todos los envíos sobrantes de los almacenes de la Oficina: Almacén de Avisados: 15 días naturales. Almacén de No domiciliaria: 15 días naturales. Almacén de Lista: 15 días naturales. Almacén de Archivo: 15 días naturales.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS ORDINARIOS. Diariamente se debe hacer la devolución de todos los envíos sobrantes de los almacenes de la Oficina: Almacén de Archivo: permanecen en el archivo de la Oficina y se enviarán en la fecha y forma que en cada caso determine la Dirección de Operaciones correspondiente. Casilleros de Apartados (particulares y FD): deben permanecer en la Oficina a disposición del titular hasta la baja o no renovación del mismo y se procederá a su devolución al remitente.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS ORDINARIOS. 1. Para facilitar la posterior clasificación y rotulación de estos envíos de correspondencia ordinaria. 2. Se deben contenerizar las cartas nacionales e internacionales con los envíos de MKD nacional e impresos internacionales. 3. Al no ser registrados, no requieren ningún tratamiento especial en SGIE.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS 1. Diariamente se debe obtener el listado de envíos Sobrantes (SGIE permite su impresión), desde SGIE >> Liquidación >> Sobrantes Almacén. 2. Donde se puede seleccionar la fecha y los canales correspondientes, y también permite, activando la casilla correspondiente, diferenciar los envíos que deben ser tratados como sobrantes para devolver a origen y los sobrantes que deben pasar a archivo. 3. En este listado aparece el Nº de envío, la ubicación en el almacén y la fecha en que finaliza el plazo de permanencia en la Unidad de entrega y mostrando si el envío se debe devolver a origen (D) o pasar al archivo de la Oficina (A).
DEVOLUCIONES. ENVÍOS REGISTRADOS Con todos los envíos registrados sobrantes hay que grabar en SGIE el motivo de la devolución una vez retirados los envíos de los almacenes correspondientes. Con todos los envíos registrados sobrantes (excluidos Paq Estándar y Paq Premium) hay que grabar en SGIE el motivo de la devolución una vez retirados los envíos de los almacenes correspondientes. Con todos los envíos registrados sobrantes (excluidos Paq Estándar, Paq Premium y Paq Today) hay que grabar en SGIE el motivo de la devolución una vez retirados los envíos de los almacenes correspondientes.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. Los pasos a realizar son: 1. Acceder a SGIE >> Control/Consultas >> Sobrantes Almacén. 2. Elegir la fecha del día (por defecto siempre mostrará la del día en curso) y elegir si la liquidación será sobre algún canal concreto (por defecto aparecen “Todos los Canales”. 3. Canal de Apartados, Canal de Sobrantes, Canal de Lista, Canal de Avisados. 4. También aparecen los check “Sobrantes a pasar a archivo” y “Sobrantes a devolver a origen”.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. Los pasos a realizar son: 1. Una vez elegido el canal correspondiente se pulsa “Aceptar” y aparece un listado con todos los envíos registrados cuyo plazo de recogida ha vencido y deben ser declarados como sobrantes. 2. Al pulsar “Liquidación automática” el sistema cambiará todos los envíos que pasarán a estar en situación de sobrante (no retirado en Oficina). 3. Imprimiendo una etiqueta con la fecha, el motivo de la devolución, la firma e identificación de la persona que realiza la devolución. 4. Esta etiqueta se pegará en el anverso del envío sobre los datos del remitente y del destinatario.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. Los pasos a realizar son: 1. Si algún envío liquidado como Sobrante requiere ser reetiquetado se activará el botón “Reetiquetar”, y se pulsa para que el sistema genere la etiqueta de devolución. 2. Si algún envío no se liquida correctamente o se selecciona un día diferente al actual, el sistema no modifica estos envíos y aparecen como “Liquidados”. 3. Finalizada la liquidación se debe verificar que no existen más envíos sobrantes.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. DEVOLUCIÓN DE PAQ PREMIUM Y PAQ ESTÁNDAR. Se realiza de forma unitaria cuando se encuentran en alguna de las siguientes situaciones: Envíos avisados por cartería y no retirados por el destinatario (sobrantes). Envíos para entregar en Oficina (referencia o elegida) no retirados por el destinatario (caducados).
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. DEVOLUCIÓN DE PAQ PREMIUM Y PAQ ESTÁNDAR. En el caso de encontrarse en alguna de las situaciones anteriores se liquidarán de forma unitaria siguiendo los siguientes pasos: 1. SGIE >> Liquidación >> Se selecciona la causa en el desplegable (si hay que asignar la misma causa a varios envíos, se puede marcar la casilla “Fijar”). 2. La causa será “Sobrante (No retirado en Oficina)”, a continuación se lee el CB de los envíos. 3. Se reetiqueta el envío colocando junto a la etiqueta original del envío la nueva etiqueta generada por el sistema.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS REGISTRADOS. DEVOLUCIÓN DE PAQ PREMIUM Y PAQ ESTÁNDAR. En el caso de encontrarse en alguna de las situaciones anteriores se liquidarán de forma unitaria siguiendo los siguientes pasos: 1. Por defecto, al liquidar los envíos, el sistema genera la nueva etiqueta de devolución. 2. Si la aplicación, por algún error, no generara la nueva etiqueta, se puede reimprimir desde SGIE >> Control/Consultas >> Reetiquetar Envíos. 3. Se lee el CB de origen del envío y la aplicación imprime la nueva etiqueta para proceder a la devolución del envío. 4. Tras la liquidación como devueltos en SGIE de todos los envíos sobrantes, se debe verificar mediante el listado de sobrantes de SGIE que no quedan envíos pendientes de devolver.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea LIQUIDACIÓN DE ENVÍOS EN GESTIÓN DE ESTACIONADOS 1. Para los envíos Paq Premium, Paq Estándar, Paq Ligero y Paq Today. 2. Sobre los que se ordene su devolución desde la gestión de estacionados o cuando haya transcurrido el plazo estipulado de que dispone el remitente para la gestión, sin que se haya recibido instrucción al respecto. 3. Se deberá devolver desde “Gestión de Estacionados >> Liquidación”. 4. En ambos casos, tras realizar las tareas descritas, hay que reetiquetar los envíos.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea LIQUIDACIÓN DE NOTIFICACIONES “N3 NOTIFICACIÓN INFORMATIZADA TERCER INTENTO TARDE” 1. No entregada en Oficina, cuando finalice su periodo de permanencia en Lista, la Oficina liquida en SGIE de manera diferente, según exista o no USE en la localidad. 2. Localidad con USE: se liquidan como “Tercer intento de entrega”. 3. Localidad sin USE: se liquidan como “Devuelto a cliente. Sin información”. 4. Una vez liquidados, los envíos se cursan a la USE o al CCPC, según el caso.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea LIQUIDACIÓN DE NOTIFICACIONES “NE NOTIFICACIÓN INFORMATIZADA TERCER INTENTO BUZÓN” 1. Avisadas. Finalizado el plazo de permanencia en Lista (7 días naturales) se liquidan en SGIE como “Sobrante (No retirado en Oficina)”. 2. Una vez liquidadas se desprende el AR y se cumplimenta la casilla 09 “No entregado en Lista (No retirado)” y la casilla 13 “Sobrante”. 3. Los envíos sin sus AR se cursan a la Unidad de Reparto correspondiente para su depósito en buzón como correo ordinario, es decir, sin incluir en despacho alguno. 4. El control en SICER de los AR de estos envíos se realiza junto con el grupo de envíos entregados.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea LIQUIDACIÓN DE NOTIFICACIONES 1. Al resto de Notificaciones avisadas que, bien por haber transcurrido el plazo de permanencia en la Oficina a disposición del destinatario sin que hayan sido retiradas o bien por otras causas (rehusado, etc.). 2. Deberán ser devueltas a destino, aplicándose el mismo procedimiento que para el resto de envíos registrados.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS TELEGRÁFICOS 1. Aquellos Burofax y Telegramas no retirados por el destinatario o persona autorizada en el plazo de permanencia en Oficina. 2. 15 días naturales desde el día siguiente a la fecha del aviso. 3. Y aquellos sobre cuyo mensaje el remitente no haya dispuesto nada, se liquidan como Sobrantes y se han de mandar para su destrucción controlada. 4. En ningún caso se han de archivar con la documentación de la Oficina.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea BUZÓN DE VACACIONES 1. Los sobres colectores del Buzón de Vacaciones elaborados por la Oficina de referencia, una vez que la Unidad de reparto correspondiente haya intentado su entrega en el domicilio como un envío registrado. 2. Resultando fallido dicho intento y habiendo depositado el M4 en el buzón domiciliario, informando que los envíos estarán a disposición en la Oficina durante 30 días naturales. 3. Si no los recogiera se deben devolver al remitente. 4. Si se diera esta incidencia, entonces, se procederá abrir los sobres colectores, para realizar la devolución individualizada de los envíos a sus remitentes.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea REENVÍO POSTAL 1. Cuando desde las Unidades de reparto llegue devuelto a la Oficina un M4 de un envío, dirigido a un cliente que tenga solicitado el servicio de reenvío. 2. Tendrá que venir el mismo con la nueva dirección (reetiquetado) y acompañado de otra etiqueta (donde figure la nueva dirección del destinatario). 3. La Oficina adhiere la etiqueta al envío y lo cursará a la Oficina de origen correspondiente a la nueva dirección del destinatario.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea PAQ 10, 14 y 24 de CEX 1. Tras liquidar como Sobrante en SGIE los Paq 10, 14 y 24, el sistema genera una petición de recogida automática para la devolución de dicho envío. 2. Cuando el empleado de CEX se persone a recoger el envío devuelto, se priorizará su atención. 3. El proceso finaliza al firmar la entrega en el dispositivo del empleado de CEX. 4. Las Oficinas que no tengan recogida de CEX, cursarán los envíos declarados sobrantes de la filial, en el mismo contenedor que la paquetería admitida de Correos.
DEVOLUCIONES. ENVÍOS AVISADOS DE UN CITYPAQ Pasados los 15 días naturales en la Oficina de referencia, si el cliente no ha ido a recogerlo, se declara sobrante y se procede a su devolución: Envío sobrante remitido por una tienda asociada: la Oficina genera un DQ y se lo envían al remitente. Envío sobrante remitido por una tienda asociada: la Oficina genera un LI y se lo envían al remitente. Envío sobrante remitido por una tienda asociada: la Oficina genera un DX y se lo envían al remitente.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea ENVÍOS AVISADOS DE UN CITYPAQ Pasados los 15 días naturales en la Oficina de referencia, si el cliente no ha ido a recogerlo, se declara sobrante y se procede a su devolución: 1. Envío sobrante remitido por Correos u Otros operadores. 2. La Oficina genera un DQ y se lo envían a la Unidad de Distribución, para que si se trata de un cliente habitual se concierte un nuevo intento de entrega en otro terminal Citypaq. 3. Si el cliente no es habitual, la Unidad de reparto lo enviará a “Soporte Citypaq” C/ Vía Dublín 7, 3ª planta, 28042, Madrid.
DEVOLUCIONES. Señala la premisa errónea 1. Periódicamente y como mínimo cada 7 días, es necesario realizar el control de almacenes para detectar posibles errores o faltas de almacenaje de envíos registrados. 2. Esto es especialmente importante para los envíos con importes asociados. 3. SGIE permite llevar un control de los diferentes almacenes de la Oficina a través del “Cuadre de almacén”.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: ENVÍOS NACIONALES ORDINARIOS Y REGISTRADOS. 1ª OPCIÓN 1. Estampar en el anverso el sello de “Devuelto”, encima del nombre y dirección del remitente, teniendo cuidado para no inutilizar el CB del envío. 2. Si no se dispone de sello, se consigna a mano una “D” mayúscula de tamaño visible. 3. En el reverso debe reflejarse el sello de fechas, el motivo de la devolución (con sello o a mano si no se dispone de éste). 4. En los envíos “SOBRANTES” no serán necesarias más formalidades, sin embargo en los envíos “REHUSADO/DESCONOCIDO/AUSENTE SIN SEÑAS” además debe figurar la firma y NIP del empleado que realiza la devolución.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: ENVÍOS NACIONALES ORDINARIOS Y REGISTRADOS. 2ª OPCIÓN 1. Generar la etiqueta sobrante desde IRIS y adherirla en el anverso del envío. 2. Sin que tape los datos de remitente y destinatario. 3. Etiqueta sobrante que nunca tiene que pegarse en el AR, ni tapando datos o códigos en el anverso de las Notificaciones.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: NOTIFICACIONES 1. Estampar el sello de “Devuelto” encima del CB del envío, teniendo cuidado de no inutilizar el nombre y apellidos del destinatario. Si no se dispone de sello, a mano una “D” mayúscula de tamaño visible. 2. En el AR, que acompaña a la Notificación, en las partes habilitadas para ello. 3. Fecha en que se produce la devolución. El motivo de la devolución en las casillas correspondientes. Si no existieran estas casillas, con sello o a mano si no se dispone de éste.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: NOTIFICACIONES 1. En el AR, que acompaña a la Notificación, en las partes habilitadas para ello. 2. Codired de la Oficina y firma y NIP del empleado que realiza la devolución. 3. En algunos casos podemos encontrar ARs con otras casillas que hay que cumplimentar(“devuelto en Oficina”, etc.). 4. En estos casos, se deberá siempre cumplimentar todos los apartados referidos a la devolución.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: PAQ ESTÁNDAR, PAQ PREMIUM, PAQ LIGERO, PAQ TODAY, PAQ 24, 14 y 10. 1. Los envíos devueltos de estos productos se rotulan. 2. Tras realizar la devolución a través de SGIE, el sistema imprime una etiqueta con la dirección modificada, poniendo como destinatario al remitente del envío y viceversa.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: PAQ ESTÁNDAR, PAQ PREMIUM, PAQ LIGERO, PAQ TODAY, PAQ 24, 14 y 10. Cuando se reetiqueten estos envíos, se tiene que prestar especial atención a: Cuando se impriman varias etiquetas, verificar que se está reetiquetando el paquete con la etiqueta que le corresponde, evitando errores por intercambios involuntarios de etiquetas. Pegar la etiqueta nueva (DQ, DX, DH, DA, CEX según corresponda) junto a la anterior, impidiendo dobles lecturas. .
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea Con los envíos que tengan que ser devueltos a los remitentes se realizarán las siguientes operaciones: ENVÍOS INTERNACIONALES ORDINARIOS Y REGISTRADOS 1. Se devuelven con las mismas formalidades, pero siempre poniendo la firma y el NIP del empleado que realiza la devolución. 2. Además se adhiere la etiqueta CN-15 en el anverso del envío marcando con una cruz la incidencia que motiva su devolución y el sello de “Retour” en vez de “Devuelto” o “D”. 3. Si no se dispone de CN-15. Si no se dispone de etiqueta a mano una “R”mayúscula de tamaño visible.
ROTULACIÓN DE LOS ENVÍOS A DEVOLVER. Señala la premisa errónea 1. Una vez que se ha realizado la baja de todos los envíos sobrantes/caducados en SGIE y han sido rotulados para su devolución al remitente, se procede a su clasificación y contenerización siguiendo los criterios establecidos en procesos. 2. Para cursarlos al CT correspondiente en D+0 desde su liquidación como sobrantes. 3. En las oficinas que tengan asignada recogida de CEX, tras liquidar en SGIE el Paq 10, 14 ó 24, el sistema genera una petición de recogida automática para la devolución de dicho envío. 4. Cuando el empleado de Correos Express se persone a recoger el envío devuelto, se priorizará su atención. El proceso finaliza al firmar la entrega en el dispositivo del empleado de CEX. 5. En las oficinas que no tengan recogida de Correos Express los envíos se gestionan por la ruta de Correos, es decir en el mismo contenedor que la paquetería admitida de CEX.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Son envíos caducados los que no habiéndose podido entregar al destinatario, permanecerán en la Oficina de origen o destino, durante los plazos reglamentarios hasta su destrucción. Son envíos caducados los que no habiéndose podido entregar al destinatario, ni al remitente, permanecerán en la Oficina de origen o destino, durante los plazos reglamentarios hasta su destrucción. Son envíos caducados los que no habiéndose podido entregar al destinatario, ni al remitente, permanecerán en la Oficina de origen, durante los plazos reglamentarios hasta su destrucción.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea Del proceso de tratamiento de los envíos caducados se encargará una COMISIÓN que estará formada por: 1. Director de Zona o persona en quien delegue (ejercerá la presidencia). 2. Un empleado designado por el Presidente de entre los responsables de la Dirección de Zona. 3. Un representante de la Dirección de Operaciones de Zona que se encuentre especializado en materia de seguridad. 4. Podrá requerirse la participación del personal auxiliar que sea necesario en función del volumen de envíos a tratar.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea 1. No obstante, cuando en una misma Dirección de Zona concurran varios procesos de tratamiento de dichos envíos, podrán constituirse Comisiones diferentes para cada uno de ellos, en todo caso, tendrán la composición antes detallada. 2. El proceso de tratamiento de los envíos postales caducados se desarrollará en un único día, y se realizará en aquellas instalaciones que se encuentren dotadas de los medios apropiados para garantizar un desarrollo adecuado de las operaciones de destrucción. 3. Por ello, su periodicidad queda al criterio de la Comisión, en atención al volumen de la correspondencia a tratar, sin perjuicio que deba realizarse, al menos una vez al trimestre.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea 1. Se habrá que comunicar a la Secretaría General de Correos con al menos 30 días de antelación, la fecha, hora y lugar previsto para proceder al tratamiento de los envíos caducados, a fin de que se pueda informar con tiempo suficiente al Órgano Regulador, por si quisiera personarse en las actuaciones. 2. Dicho día habrá que confeccionar una acta, donde se especifiquen las actuaciones desarrolladas y los responsables intervinientes. 3. Una vez formalizada, deberá enviarse a la Secretaría General para su remisión al Órgano Regulador, salvo que se hubiera entregado el mismo día de las actuaciones, en cuyo caso habrá de remitirse una copia para archivo de la Secretaría General. 4. En todo caso, la comisión deberá custodiar también una copia del Acta.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea 1. En caso de que, por razones operativas, la Dirección de Zona optase porque la destrucción sea realizada por un tercero, éste deberá certificar de forma expresa que durante todo el proceso se preservarán rigurosamente las garantías de no violación en la apertura de las comunicaciones postales. 2. Pudiendo personarse en cualquier momento del proceso, funcionarios del órgano regulador encargados de la inspección postal o empleados de Correos para verificar el correcto cumplimiento de esta obligación.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS En el proceso de tratamiento de los envíos postales caducados habrá de distinguir en función de si tienen o no declaración de valor y, dentro de estos últimos, según tengan o no carácter actual y personal. En el proceso de tratamiento de los envíos postales caducados habrá de distinguir en función de si tienen o no AR y, dentro de estos últimos, según tengan o no carácter actual y personal. En el proceso de tratamiento de los envíos postales caducados habrá de distinguir en función de si tienen o no declaración de valor y, dentro de estos últimos, según tengan o no carácter AR.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea ENVÍOS POSTALES CADUCADOS SIN DECLARACIÓN DE VALOR, CON CARÁCTER ACTUAL Y PERSONAL. 1. Tarjetas postales, cartas y paquetes en cuya cubierta se manifiesta expresamente este carácter. 2. Estos envíos serán objeto de destrucción y de trituración de forma que queden inutilizables e ilegibles, adoptándose en todo caso las medidas necesarias para garantizar el secreto de las comunicaciones previsto en la normativa postal, así como la seguridad y salud de los intervinientes. 3. No obstante, queda a criterio de la Comisión, aplicar a dichos envíos medidas de inspección, tales como escáneres que, sin menoscabo del deber de garantizar la inviolabilidad y el secreto de las comunicaciones, permitan reconocer contenidos cuya naturaleza requiera un tratamiento específico para su destrucción. 4. Y, a su vez, detectar la posible existencia de algunas de las categorías de objetos prohibidos, previstos en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea ENVÍOS POSTALES CADUCADOS SIN DECLARACIÓN DE VALOR Y SIN CARÁCTER ACTUAL Y PERSONAL. 1. Serán abiertos cuando en atención a sus características se considere necesario para determinar la naturaleza de su contenido y así poder efectuar de manera adecuada su posterior destrucción y trituración. 2. Adoptándose en todo caso las medidas necesarias para garantizar el secreto de las comunicaciones previsto en la normativa postal, así como la seguridad y salud de los intervinientes. 3. Si apareciesen objetos cuya circulación postal no esté permitida, se procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de Prestación, procedimiento a seguir con los objetos prohibidos. 4. En todo caso, deben ser destruidos no siendo posible la donación del contenido de ningún envío sea cual sea la naturaleza del mismo.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea ENVÍOS POSTALES CADUCADOS CON VALOR DECLARADO 1. Según el artículo 25 del Reglamento de Prestación de los Servicios Postales (depósito y destrucción de los envíos postales) podrán enajenarse una vez transcurrido el plazo de 5 años en que habrá de permanecer a disposición de las personas que se consideren con derecho a ellos. 2. La enajenación del contenido de valor o interés aparecido en esos envíos postales caducados con declaración de valor se realizará mediante el procedimiento operativo que, en su caso, determine la Dirección de Planificación y Finanzas de conformidad con la normativa postal vigente.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. Señala la premisa errónea DESTRUCCIÓN DEL PAQ ESTÁNDAR Y PAQ PREMIUM A PETICIÓN DEL CLIENTE 1. En SGIE hay una funcionalidad creada expresamente para estos envíos, cuando el propio cliente, a través de la Gestión de Estacionados, solicita la destrucción del envío. 2. En estos casos, se procede igual que si se tratara de cualquier otra indicación (devolver a origen, etc.). 3. Se desestaciona el envío con las formalidades habituales y la diferencia, en este caso, es que el envío quedará en situación de "En destrucción" y resultado "Pendiente de Destrucción". 4. Quedando depositado en la Oficina en espera de las instrucciones de la Dirección Provincial, para su posterior envío y destrucción, de acuerdo al procedimiento establecido.
TRATAMIENTO DE LOS ENVÍOS CADUCADOS. En todos los casos, el tratamiento de los residuos generados por la destrucción de los envíos se tratará conforme a los requisitos de la norma ISO 14001:2004 y los procedimientos medioambientales vigentes, publicados en la Intranet de Correos. En todos los casos, el tratamiento de los residuos generados por la destrucción de los envíos se tratará conforme a los requisitos de la norma ISO 14001:2006 y los procedimientos medioambientales vigentes, publicados en la Intranet de Correos. En todos los casos, el tratamiento de los residuos generados por la destrucción de los envíos se tratará conforme a los requisitos de la norma ISO 14001:2008 y los procedimientos medioambientales vigentes, publicados en la Intranet de Correos.
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