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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE70 2004

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Título del test:
70 2004

Descripción:
control int

Autor:
ayaya
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Fecha de Creación:
17/11/2021

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 54
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Temario:
El control interno de la gestión económico-financiero del Principado lo lleva a cabo la IG, en los términos establecidos en .
El control interno de la gestión económico-financiera del Pdo. y del sector público se lleva a cabo mediante el ejercicio de ......(3)............
La IG, en el ejercicio de sus funciones de control interno, está sometida a los principios de .........(3).............
3. La Intervención General dará cuenta a ........................... y, en su caso, a aquéllos a los que figuren adscritos, en los términos que se establezca en este Decreto, de los resultados más relevantes de las comprobaciones efectuadas y recomendará las actuaciones que resulten aconsejables. De igual modo, dará cuenta ......................., a través .........................., de los resultados que, por su especial trascendencia, considere adecuado, o cuando los responsables de la gestión no adopten las medidas correctoras propuestas.
1. Los funcionarios o funcionarias que ejerzan la función interventora o realicen el control financiero deberán ..................... con relación a los asuntos que conozcan en el desempeño de sus funciones. Los datos, informes o antecedentes obtenidos en el ejercicio del control interno sólo podrán utilizarse para los fines asignados, y en su caso, para instar la correspondiente denuncia de hechos que puedan ser constitutivos de ...........(3).................. Asimismo, las Comisiones Parlamentarias podrán tener acceso a dichos datos, informes o antecedentes, en los términos previstos en el Reglamento de la Junta General del Principado de Asturias.
1. La función interventora tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, todos los actos de la Administración del Principado de Asturias y de sus organismos autónomos susceptibles de producir derechos y obligaciones de contenido económico, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de los fondos públicos, con el fin de asegurar que su administración se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso. 2. No obstante, la fiscalización previa e intervención de los DERECHOS E INGRESOS de la Hacienda del Principado, se sustituirá por .......................................y por ............................................. .
2. .................a propuesta de...................... podrá acordar la aplicación del control financiero permanente en sustitución de la función interventora, respecto de toda la actividad del organismo autónomo o de alguna de sus áreas de gestión.
Artículo 10.—De las distintas fases de la intervención: 1. El ejercicio de la función interventora comprenderá: a) La intervención .............................. b) La intervención ........................
2. El ejercicio de la intervención crítica o previa de todo gasto comprende las siguientes fases: a) La fiscalización previa de los actos que reconozcan derechos de contenido económico, .................... acuerden movimientos de fondos y valores o aquellos que sean susceptibles de producirlos. b) La fiscalización previa del ........................ c) La intervención de ....................y de la inversión.
3. El ejercicio de la intervención previa del pago comprende las siguientes fases: a) La intervención .......................... b) La intervención .........................
Artículo 11.—Del contenido de la función interventora: 1. Se entiende por FISCALIZACIÓN PREVIA la facultad que compete a la Intervención General para .................., antes de que se dicte la correspondiente resolución, ............................. con el fin de asegurar, según el procedimiento legalmente establecido, ................................... 2. La INTERVENCIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL GASTO O RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES es la facultad de la Intervención General para comprobar, antes de que se dicte la correspondiente resolución, que ....................................y que el .............................. La intervención de la comprobación material de la inversión se ajustará a lo establecido en el artículo 23 de este Decreto.
3. La intervención formal de la ordenación del pago es la facultad atribuida a la Intervención General para ............................... a cargo de la Tesorería General y, en su caso, de las tesorerías delegadas. 4. La intervención material del pago es la facultad que compete a la Intervención General para verificar que dicho pago se ha dispuesto ......................(3)........................
2. La Intervención General fiscalizará el expediente en el plazo ........................., a contar desde el siguiente a la fecha de recepción. Este plazo se reducirá a .................... computados de igual forma, cuando se haya declarado urgente la tramitación del expediente o se aplique el régimen especial de fiscalización regulado por el artículo 18 y siguientes de este Decreto.
3. Cuando la Intervención General haga uso de la facultad de recabar ...................(3)...................., se SUSPENDERÁ el plazo mencionado en el apartado anterior, según lo dispuesto en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, quedando obligada a dar cuenta de dicha circunstancia al órgano gestor.
Artículo 13.—Fiscalización de conformidad: Si la Intervención General considera que el expediente objeto de fiscalización se ajusta a la legalidad, hará constar su conformidad mediante ...................... Artículo 14.—Reparos: 1. Si la Intervención General SE MANIFIESTA EN DESACUERDO con el fondo o la forma de los actos, documentos o expedientes examinados, deberá ...................... Los reparos deberán estar motivados en razonamientos fundados en las normas en las que se apoye el criterio sustentado, y deberán comprender todas las objeciones observadas en el expediente. Cuando el órgano al que se dirija el reparo LO ACEPTE, deberá subsanar las deficiencias observadas y remitir de nuevo las actuaciones a la Intervención General en el plazo de ........................ Cuando el órgano al que se dirija el reparo no lo acepte, se iniciará el procedimiento descrito en el artículo siguiente.
2. Con arreglo al artículo 57.3 del texto refundido del régimen económico y presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, en la fase de intervención previa, el reparo suspenderá la tramitación del expediente, hasta que sea solventado, en los siguientes casos:.
Artículo 15.—Discrepancias: 1. Cuando el órgano gestor NO ACEPTE EL REPARO formulado, planteará a .....................discrepancia por conducto de ......................... correspondiente, en el plazo de........................, de conformidad con el procedimiento previsto en este artículo. La discrepancia deberá ser necesariamente motivada, con cita de los preceptos legales en los que sustente su criterio.
2. Cuando el reparo haya sido formulado por una Intervención Delegada corresponderá a la Intervención General conocer de la discrepancia, que resolverá en el plazo de ............ La decisión que adopte la Intervención General será vinculante para aquélla. 3. Cuando el reparo haya sido formulado por la Intervención General o ésta haya confirmado el de una Intervención Delegada, subsistiendo la discrepancia, corresponderá al Consejo de Gobierno adoptar la resolución definitiva.
Si quien ostente la titularidad de la Consejería correspondiente acordara someter el expediente a la decisión del Consejo de Gobierno, por existir discrepancia con la Intervención General, lo comunicará, con .............................., al ..................................., por conducto de ........................., la cual unirá los informes relacionados con la discrepancia planteada.
Artículo 18.—No sujeción a la intervención previa: No estarán sometidos a intervención previa:.
Artículo 19.—Régimen especial de intervención previa de requisitos básicos: 1. El Consejo de Gobierno podrá acordar, previo informe de la Intervención General, que la fiscalización e intervención previa se limite a comprobar para los expedientes de gasto en los que así se determine, los extremos siguientes: IGUAL QUE EL TREPPA .
3. En este régimen especial, sólo procederá la formulación de reparo cuando ....................................... No obstante, las Intervenciones Delegadas podrán formular las observaciones complementarias que consideren convenientes, sin que las mismas tengan efectos suspensivos en la tramitación de los expedientes y sin que resulte de aplicación la posibilidad contenida en el apartado 3 del artículo 14 del presente Decreto, salvo en el supuesto de que la observación formulada se refiera a extremos objeto de necesaria comprobación.
Artículo 20.—Control posterior: El grado de cumplimiento de la legalidad de los extremos no comprobados en la intervención previa a que se refiere el artículo anterior se verificará .......................... en los términos previstos en el artículo 32 de este Decreto. Dicho control se ejercerá sobre una muestra representativa de los actos, documentos o expedientes que dieron origen a la referida fiscalización, mediante la aplicación de técnicas de muestreo o auditoría, con el fin de verificar que se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso y determinar el grado de cumplimiento de la legalidad en la gestión de créditos.
2. Se entiende por APROBACIÓN de un gasto el acto por el que, de acuerdo con el procedimiento establecido, el órgano competente adopta la decisión de ................................. El ejercicio de la función interventora en esta fase tiene por objeto verificar el cumplimiento de .........................establecidos por el ordenamiento jurídico, previos a la aprobación de un gasto, salvo en los casos contemplados en el artículo 19 de este Decreto. Los gastos que hayan de dar lugar a un solo acto o contrato administrativo se acumularán en la aprobación sin que puedan fraccionarse en distintos expedientes.
3. El COMPROMISO DE GASTO O DISPOSICIÓN es el acto administrativo en virtud del cual la autoridad competente ..................................... que previamente hubieran sido autorizados. El ejercicio de la función interventora, en esta fase, comprende la verificación del cumplimiento de los trámites que conforme a la normativa vigente procedan para la disposición de gastos, salvo en los casos contemplados en el artículo 19 de este Decreto.
. El reconocimiento de la obligación es el acto administrativo en virtud del cual el órgano competente ................................, o bien, en el caso de obligaciones no recíprocas, como consecuencia del nacimiento del derecho de dicha persona en virtud de la ley o de un acto administrativo que lo genere.
Artículo 24.—De la comprobación material de la inversión: 1. Antes de liquidar el gasto o reconocer la obligación se verificará materialmente, en la forma prevista en el presente artículo, la efectiva realización de las obras, servicios y adquisiciones financiados con fondos públicos y su adecuación al contenido del correspondiente contrato. 2. La intervención de la comprobación material se realizará por ....................... que designe ........................ La designación de los funcionarios o funcionarias que se encarguen de esta comprobación podrá hacerse, ........................, para una inversión determinada, como ......................., para todas aquéllas que afecten a una Consejería u organismo autónomo, o que afecten a centros y servicios dependientes de los anteriores, en que se realice la función, o para la comprobación de un tipo o clase de inversión.
3. La designación de delegado o delegada por la Intervención General se efectuará entre ........................, asesorado, cuando sea necesaria la posesión de conocimientos técnicos para realizar la comprobación material, por funcionariado de la especialidad a que corresponda la adquisición, obra o servicio. La designación del personal asesor se efectuará, en su caso, por ......................, preferentemente entre funcionarios o funcionarias ......................... y, EN SU DEFECTO, entre funcionarios o funcionarias que ..............................y, siempre que sea posible, dependientes de Consejerías u organismos ............................ o, al menos, de centro directivo u organismo que ............................ Cuando no existan Cuerpos o Escalas de funcionarios o funcionarias para el desempeño de esta función, el asesor o asesora podrá ser nombrado entre ..............................
1. La función interventora tiene por objeto controlar,.......................... , todos los actos de la Administración del Principado de Asturias y de sus organismos autónomos susceptibles de producir derechos y obligaciones de contenido económico, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de los fondos públicos, con el fin de asegurar que su administración se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso.
4. Los órganos gestores deberán solicitar de la Intervención General la designación del delegado o delegada para su asistencia a la comprobación material de la inversión cuando el importe de ésta ..........................., con una antelación de, al menos,.................. a la fecha prevista para la recepción de la inversión de que se trate.
ART 11 DEL CONTENIDO DE LA FUNCION INTERVENTORA FISCALIZACIÓN PREVIA INTERVENCIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL GASTO O RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES INTERVENCIÓN FORMAL DE LA ORDENACIÓN DEL PAGO LA INTERVENCIÓN MATERIAL DEL PAGO .
INFORME ANUAL DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE SE REMITE A CONSEJO DE GOBIERNO INTERVENCION GENERAL CEP TITULAR CONSEJERIA DE ADSCRIPCIÓN.
MODALIDADES DE AUDITORIA PUBLICA LA AUDITORÍA DE REGULARIDAD CONTABLE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO LA AUDITORÍA OPERATIVA La AUDITORÍA DE CONTRATOS PROGRAMAS Y DE SEGUIMIENTO DE PLANES DE EQUILIBRIO FINANCIERO.
A cual de estos no se envía un informe definitivo de CFP gestor directo titular consejeria CEP Consejo de Gobierno .
QUIEN AUTORIZA LA REALIZACION DE AUDITORIAS CON EMPRESAS PRIVADAS LA IG EL CONSEJO DE GOBIERNO LA CEP EL TITULAR DE LA CONSEJERIA.
Artículo 30.—Definición: El control financiero permanente tendrá por objeto la verificación de una forma continua realizada a través de la correspondiente .......................o.........................., de la situación y el funcionamiento de los sujetos a que se refiere el artículo 31 del presente Decreto, en el aspecto económico-financiero, para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de ...........(3)..................
Artículo 31.—Ámbito de aplicación: El control financiero permanente se ejercerá sobre: a) Los actos, documentos o expedientes de la Administración del Principado de Asturias y sus organismos autónomos ................................ b) Los actos, documentos o expedientes de ......................... en los supuestos en el que el Consejo de Gobierno acuerde ............................... c) Los actos, documentos o expedientes de ..................y................... previstos en el artículo 4 del texto refundido del régimen económico y presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, que ..............................
Artículo 33.—Informes provisionales y definitivos: 1. La Intervención Delegada o las Unidades de Control Financiero Permanente que hayan desarrollado el control deberán emitir informe escrito comprensivo de los hechos puestos de manifiesto y de las conclusiones y recomendaciones que se deduzcan del mismo. Para la elaboración del referido informe se podrán analizar cuantos documentos y antecedentes resulten necesarios en la aplicación de los procedimientos de análisis que se hayan considerado, abarcando la totalidad o las partes de actividad e información que se determinen por los responsables de la realización de los controles. El ORGANO, ENTE O ENTIDAD CONTROLADO deberá proporcionar la documentación e información solicitada en el plazo máximo de ................. 2. Este informe tendrá carácter provisional y se remitirá por el órgano que haya efectuado el control AL GESTOR DIRECTO de la actividad controlada para que, en el plazo máximo ..................... desde la recepción del mismo, formule las alegaciones que estime oportunas o manifieste su conformidad. En el caso de existir deficiencias admitidas por dicho órgano gestor, éste indicará las medidas necesarias y el calendario previsto para solucionarlas.
5. El INFORME DEFINITIVO incluirá las alegaciones del gestor y, en su caso, las observaciones del órgano de control sobre dichas alegaciones. Los referidos informes definitivos (DE CFP) serán remitidos a..........................., a quien sea .........................y a quien sea ..................................
Artículo 34.—Informes de actuación y seguimiento de medidas correctoras: 1. La Intervención General podrá formular informes de actuación derivados de las recomendaciones y de las propuestas de actuación para los órganos gestores contenidas en los informes de control financiero permanente, cuando se den algunas de las circunstancias siguientes: a) Que se hayan apreciado deficiencias y el gestor directo cuya gestión sea objeto de control no indique las medidas necesarias y el plazo previsto para su solución. b) Que el gestor directo manifieste discrepancias con las conclusiones y recomendaciones y no sean aceptadas por el órgano de control. c) Que habiendo manifestado su conformidad, el gestor directo no adopte las medidas para solucionar las deficiencias puestas de manifiesto. 2. Los INFORMES DE ACTUACIÓN se dirigirán a quien sea ........................., y, en caso de disconformidad, se elevarán ...................... a través de quien ostente la titularidad de ............................. Las decisiones que en este sentido adopte ...................... serán vinculantes tanto para los órganos de gestión como de control.
Artículo 35.—INFORME ANUAL Anualmente se elaborará un informe comprensivo de los resultados de las actuaciones de control financiero permanente realizadas durante el ejercicio, que será remitido ....................... Artículo 36.—PLANES ANUALES DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE Las actuaciones de control financiero permanente a efectuar en cada ejercicio, su alcance específico y la periodicidad de los informes se determinarán en el Plan anual de control financiero permanente que será elaborado por ........................y aprobado por ...................... El referido Plan podrá ser modificado cuando se produzcan circunstancias que lo justifiquen.
. INFORME ANUAL DE CFP PLAN ANUAL DE CONTROL CFP.
Artículo 37.—Definición: La auditoría pública consistirá en la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de que la actividad económico-financiera del sector público autonómico se adecua a los principios de .........(4)............... mediante la aplicación de procedimientos de revisión selectivos.
Artículo 39.—Formas de ejercicio: 1. La auditoría pública adoptará las siguientes modalidades: a) La auditoría DE REGULARIDAD CONTABLE, consistente en la revisión y verificación de ......................... con el objeto de comprobar ........................................... b) La auditoría DE CUMPLIMIENTO, cuyo objeto consiste en la verificación de que.................................. se han desarrollado de conformidad con ............................
c) La auditoría OPERATIVA, que constituye el examen sistemático y objetivo de ............................... con el objeto de proporcionar una valoración independiente de su racionalidad económico-financiera y su adecuación a los principios de la buena gestión, a fin de detectar sus posibles deficiencias y proponer las recomendaciones oportunas en orden a la corrección de aquéllas. d) La auditoría de contratos programas y de seguimiento de planes de equilibrio financiero, que tendrá por objeto los contratos-programa u otros convenios en los que las aportaciones a realizar por el Principado se encuentren condicionadas en su importe al cumplimiento de determinados objetivos, al importe o evolución de determinadas magnitudes financieras o al cumplimiento de determinadas hipótesis macroeconómicas, con el fin de verificar la adecuación de la propuesta de liquidación formulada por el órgano previsto en el convenio al cumplimiento de las referidas condiciones.
Artículo 41.—INFORME ANUAL Anualmente se elaborará un informe comprensivo de los resultados de las actuaciones de auditoría realizadas durante el ejercicio, que será remitido al .......................... En dicho informe se incluirá un resumen de las auditorías de cuentas anuales realizadas, en las que se reflejarán las salvedades contenidas en los respectivos informes. Artículo 42.—PLANES ANUALES DE AUDITORIA 1. Las auditorías a efectuar en cada ejercicio se determinarán en el Plan anual de auditorías que será aprobado por ...................................a propuesta de ........................ El referido Plan podrá ser modificado cuando se produzcan circunstancias que lo justifiquen. .
2. Para la ejecución de los Planes anuales de auditorías, la Intervención General podrá, en caso de ...............................disponibles, ............................., que deberán ajustarse a las normas e instrucciones que se determinen por la Intervención General, que podrá efectuar las revisiones y controles de calidad que considere oportunos. Los auditores externos estarán obligados a poner a disposición de la Intervención General toda la información que haya servido para elaborar los informes emitidos.
Artículo 43.—Autorización de la Intervención General de controles de eficacia y eficiencia: 1. ............................. deberá .....................la realización de auditorías con empresas privadas; la resolución se emitirá en el plazo .....................a contar desde la recepción del expediente, previo informe preceptivo de .......................... .
CAPITULO III.—DE LA AUDITORIA DE LAS SUBVENCIONES Y AYUDAS PUBLICAS Artículo 45.—Procedimiento de auditoría: 1. La iniciación de las actuaciones de auditoría sobre beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras, se efectuará mediante notificación a los mismos, en la que se indicará la naturaleza y alcance de las actuaciones a desarrollar, la fecha de personación del equipo de control que vaya a realizarlas, la documentación que, en un principio, debe ponerse a disposición del mismo y demás elementos que se consideren necesarios. Los beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras deberán ser informados, al inicio de las actuaciones, de sus derechos y obligaciones en el curso de las mismas. Estas actuaciones serán comunicadas, igualmente, a los órganos gestores de las subvenciones. 2. El órgano que haya desarrollado el control emitirá un informe comprensivo de los hechos puestos de manifiesto en el mismo o de las conclusiones que de aquéllos se deriven respecto al cumplimiento o incumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos por la normativa aplicable, así como de la verificación de la correcta aplicación o empleo de las ayudas o subvenciones concedidas. En este informe NO se incluirán referencias a las debilidades detectadas en el procedimiento de gestión de las subvenciones o ayudas ni a las recomendaciones que puedan afectar al órgano gestor. Este primer informe tendrá carácter PROVISIONAL y se remitirá a la entidad colaboradora o al beneficiario de la subvención o ayuda, a fin de que el mismo pueda formular durante un plazo de ................ las ALEGACIONES que considere conveniente.
3. Sobre la base del informe provisional relativo a la entidad colaboradora o beneficiario de la subvención o ayuda y, en su caso, de las alegaciones recibidas, se emitirá un informe provisional que se remitirá al órgano gestor de las subvenciones o ayudas. No obstante, cuando se hayan efectuado distintos controles sobre beneficiarios en relación con una misma línea de subvención o ayuda, se podrá emitir para el órgano gestor un único informe provisional que resuma los resultados de los controles efectuados. 4. Sobre la base de las alegaciones recibidas de la entidad colaboradora o del beneficiario de la subvención o ayuda y del órgano gestor se emitirá UN INFORME DEFINITIVO que será remitido a ..................... al que se refiere el control, así como ......................
Artículo 47. Efectos de los informes de auditoría: 1. Cuando en el informe emitido por la Intervención General  se recoja la procedencia de reintegrar la totalidad o parte de la subvención,  el ................. deberá acordar, en su caso, en base al referido informe y en el plazo de .....................  el inicio del expediente de reintegro,  notificándolo así .................................  que dispondrá de ...................para alegar cuanto considere conveniente en su defensa. .
2. El órgano gestor deberá comunicar a la Intervención General en el plazo de .................. a partir de la recepción del informe de auditoría  la incoación del expediente de reintegro o  la discrepancia con su incoación, que deberá ser motivada. .
En este último caso (DISCREPANCIA DEL ORGANO GESTOR CON LA INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE DE REINTEGRO), la Intervención General podrá emitir informe de actuación dirigido a quien ostente la titularidad de ...............................de la subvención, del que dará traslado asimismo al órgano gestor. 3. Quien ostente la titularidad de la Consejería, una vez recibido dicho informe, manifestará a la Intervención General en el plazo máximo de............................, su conformidad o disconformidad con el contenido del mismo. La conformidad con el informe de actuación vinculará al órgano gestor para la incoación del expediente de reintegro. 4. En caso de disconformidad (DE LA CONSEJERÍA), la Intervención General podrá elevar, a través de quien ostente ........................... el referido informe a la consideración ........................ La decisión adoptada por éste órgano resolverá la discrepancia. .
Disposición transitoria Única. Aplicación supletoria: En tanto no se dicten normas específicas por la Intervención General, serán de aplicación las normas de auditoría e instrucciones dictadas por .............................. .
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