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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE206

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Título del test:
206

Descripción:
Loading personal (Ley 2/2015) Test 1 - Artículo 86 a 104

Autor:
***
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Fecha de Creación:
25/04/2022

Categoría:
Personal

Número preguntas: 37
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Temario:
El artículo 86 de la Ley 2/2015, del empleo público de Galicia, garantiza el derecho a la movilidad voluntaria del personal: Del personal al servicio de la Administración general de la comunidad autónoma de Galicia. Del personal funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley. Del personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación de la Ley. Del personal funcionario de carrera e interino incluido en el ámbito de aplicación de la Ley.
De acuerdo con el artículo 86 de la Ley 2/2015, las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley fomentarán: La movilidad voluntaria del personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación de esta ley. En especial, el acceso de las mujeres a los puestos de grado superior. Una planificación de la evaluación periódica de sus unidades administrativas. La organización y gestión administrativas a través de la participación en procesos de innovación y de buenas prácticas. .
Conforme al artículo 87 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, la movilidad forzosa, fundamentada en las necesidades del servicio, deberá: Respetar las retribuciones y condiciones esenciales de trabajo del personal funcionario, así como las demás garantías que para la misma se establecen. Hacerse efectiva mediante los procedimientos de provisión de puestos de trabajo previstos en la Ley 2/2015. Fomentar el acceso de las mujeres a los puestos de grado superior, en los términos establecidos en la legislación sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Establece el artículo 88 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, los puestos de trabajo reservados al personal funcionario de carrera se proveerán de forma ordinaria por: El procedimiento de concurso. El procedimiento de concurso, ordinario o específico. El procedimiento de concurso, ordinario o específico, o de libre designación con convocatoria pública. La movilidad voluntaria o forzosa.
Es el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: El concurso. La libre designación. El concurso oposición. La movilidad voluntaria.
Señalar la opción incorrecta. Los concursos para la provisión de puestos de trabajo: Pueden convocarse para la generalidad de los puestos de trabajo vacantes. Pueden convocarse para puestos de trabajo concretos. Pueden convocarse para puestos de trabajo de un determinado ámbito. En todo caso, se incluirán en los mismos los puestos de trabajo que tengan adscrito personal funcionario de carrera por motivos de salud.
El personal funcionario de carrera que ocupe con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido por concurso debe permanecer en el mismo: Un mínimo de tres años para poder participar en los concursos ordinarios. Un máximo de dos años para poder participar en los concursos ordinarios. Un mínimo de dos años para poder participar en los concursos ordinarios. Un mínimo de cinco años para poder participar en los concursos ordinarios.
En el supuesto del personal funcionario de nuevo ingreso, es requisito necesario para poder participar en los concursos ordinarios, en todo caso: Una antigüedad mínima de tres años desde el nombramiento como personal funcionario de carrera. Una antigüedad mínima de seis meses desde el nombramiento como personal funcionario de carrera. No se exige una antigüedad mínima desde el nombramiento como personal funcionario de carrera. Una antigüedad mínima de dos años desde el nombramiento como personal funcionario de carrera.
De acuerdo con el artículo 91 de la Ley 2/2015, las jefaturas de servicio o puestos de nivel equivalente se proveerán, salvo excepciones, por el sistema: De libre designación. De concurso ordinario. De concurso específico. De nombramiento legal.
En el concurso específico regulado por la Ley del empleo público de Galicia, la valoración global de los méritos, generales y específicos, supondrá sobre la puntuación máxima alcanzable: Como mínimo el 50% Como máximo el 55% Como máximo el 50% Como mínimo el 55%.
Para participar en los concursos específicos regulados en el artículo 91 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, es requisito necesario una antigüedad: Mínima de dos años como personal funcionario de carrera. Mínima de tres años como personal funcionario de carrera. Mínima de cinco años como personal funcionario de carrera. Mínima de diez años como personal funcionario de carrera.
Los puestos de trabajo obtenidos por el procedimiento de concurso específico serán objeto de una valoración cada: Año Diez años Cinco años Dos años.
De acuerdo con el artículo 92 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto: El concurso específico. El concurso ordinario. La libre designación. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Conforme a la Ley 2/2015 de Galicia, de 29 de abril, solamente pueden proveerse por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública entre personal funcionario de carrera: Las subdirecciones generales o equivalentes y, excepcionalmente, aquellos puestos de trabajo de especial responsabilidad o cualificación profesional que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. Las vicesecretarías generales, las subdirecciones generales o equivalentes, las secretarías de altos cargos y, excepcionalmente, aquellos puestos de trabajo de especial responsabilidad o cualificación profesional que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. Las secretarías generales técnicas, las vicesecretarías generales, las subdirecciones generales o equivalentes, las secretarías de altos cargos y, excepcionalmente, aquellos puestos de trabajo de especial responsabilidad o cualificación profesional que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. Las secretarías generales, las subdirecciones generales o equivalentes, las secretarías de altos cargos y, excepcionalmente, las jefaturas de servicio que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo.
Las convocatorias para la provisión de puestos por libre designación incluirán los siguientes datos: Los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Los requisitos necesarios para participar en la convocatoria. El perfil del puesto de trabajo a proveer. La puntuación mínima para la adjudicación del puesto.
De acuerdo con el artículo 92 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, en los supuestos de provisión por el procedimiento de libre designación de puestos de trabajo abiertos a personal funcionario docente en las relaciones de puestos de trabajo, cualquiera que sea el cuerpo al que pertenezca, o al cuerpo de inspectores al servicio de la Administración educativa: Este personal tendrá derecho a reserva del puesto de trabajo docente o de la función inspectora de procedencia, aunque no lo haya ocupado con carácter definitivo. Este personal tendrá derecho a reserva del puesto de trabajo docente o de la función inspectora de procedencia, siempre que lo haya ocupado con carácter definitivo. Este personal tendrá derecho a reserva del puesto de trabajo docente o de la función inspectora de procedencia, siempre que no lo haya ocupado con carácter definitivo. Este personal no tendrá derecho a reserva del puesto de trabajo docente o de la función inspectora de procedencia en ningún caso.
Señalar la opción incorrecta de acuerdo con el artículo 94 de la Ley 2/2015, de 29 de abril. El personal funcionario de carrera que accedió a su puesto de trabajo por el procedimiento de concurso, sea ordinario o específico, solo puede ser removido del mismo por las siguientes causas: Cumplimiento inadecuado de las funciones atribuidas al puesto o rendimiento insuficiente que impida realizar con eficacia dichas funciones. Valoración del desempeño del puesto provisto por concurso ordinario o específico. Causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el contenido del puesto de trabajo realizada a través de la relación de puestos de trabajo que modifique los supuestos que sirvieron de base a la convocatoria de provisión. Evaluación negativa del desempeño del puesto.
En que supuestos la remoción se efectuará previo expediente contradictorio, oído el órgano de representación del personal: Causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el contenido del puesto de trabajo realizada a través de la relación de puestos de trabajo que modifique los supuestos que sirvieron de base a la convocatoria de provisión. Evaluación negativa del desempeño del puesto. Cumplimiento inadecuado de las funciones atribuidas al puesto o rendimiento insuficiente que impida realizar con eficacia dichas funciones. En los supuestos de las letras b) y c) se realizará la remoción previo expediente contradictorio, oído el órgano de representación del personal.
En la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, la competencia para la remoción corresponde a: El órgano competente en materia de personal de la consejería o entidad en la que esté destinada la persona afectada, a propuesta de la consejería competente en materia de función pública. La consejería competente en materia de función pública, a propuesta del órgano competente en materia de personal de la consejería o entidad en la que esté destinada la persona afectada, que tramitará el expediente. El consello de la Xunta a propuesta del órgano competente en materia de personal de la consejería o entidad en la que esté destinada la persona afectada. La consejería competente en materia de función pública, oída la consejería competente en materia de Administraciones públicas a iniciativa de la consejería o entidad en la que esté destinada la persona afectada, que tramitará el expediente.
El personal funcionario de carrera que no tome posesión del puesto de trabajo adjudicado por concurso o por libre designación en el plazo establecido: Será declarado en la situación de excedencia voluntaria por interés particular. Será declarado en la situación de excedencia forzosa. La respuesta a) es correcta pero sólo para los que accedan al puesto por concurso ordinario. La respuesta a) es correcta pero sólo para los que accedan al puesto por concurso ordinario o específico.
De acuerdo con el artículo 96 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, los puestos de trabajo reservados al personal funcionario de carrera pueden proveerse excepcionalmente y de manera temporal mediante comisión de servicios voluntaria en los siguientes casos: Cuando los puestos estén vacantes, mientras no se proceda a su provisión provisional. Cuando los puestos estén sujetos a reserva legal de la persona titular de los mismos, incluidos los casos en los que el personal funcionario de carrera sea autorizado para realizar una misión por período superior a seis meses en programas de cooperación internacional. Cuando los puestos estén ocupados por personal funcionario de carrera que ostente la condición de representante del personal y tenga reconocido un crédito de horas para el desempeño de esa función equivalente a la jornada de trabajo completa. Cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 2/2015.
De acuerdo con el artículo 97 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, el personal funcionario de carrera que cese en un puesto de trabajo sin obtener otro por los procedimientos ordinarios de provisión quedará a disposición de: La consejería competente en materia de función pública, quien procederá a su adscripción provisional a un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala en la misma localidad del puesto que haya ocupado con carácter definitivo y con efectos del día del cese. Del órgano competente en materia de personal de la Administración pública en la que esté destinado, quien procederá a su adscripción definitiva a un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala en la misma localidad del puesto que haya ocupado con carácter definitivo y con efectos del día del cese. Del órgano competente en materia de personal de la Administración pública en la que esté destinado, quien procederá a su adscripción provisional a un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala en la misma localidad del puesto que haya ocupado con carácter definitivo y con efectos del día siguiente a la fecha del cese. La consejería competente en materia de función pública, quien procederá a su adscripción provisional a un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala en la misma localidad del puesto que haya ocupado con carácter definitivo y con efectos del día siguiente a la fecha del cese.
El personal funcionario que cese en un puesto de trabajo provisto por libre designación o por supresión del puesto que haya ocupado con carácter definitivo o por alteración del contenido del mismo en la relación puestos de trabajo de, o que sea removido de un puesto provisto por concurso, mientras no obtenga otro puesto con carácter definitivo por los procedimientos ordinarios de provisión: Durante un plazo máximo de tres meses, percibirá las retribuciones complementarias correspondientes al puesto que haya ocupado con carácter definitivo. Durante un plazo máximo de tres meses, percibirá las retribuciones que le correspondan por el grado de progresión que se haya alcanzado en la carrera profesional. Durante un plazo máximo de seis meses, percibirá las retribuciones complementarias correspondientes al puesto que haya ocupado con carácter definitivo. Durante un plazo máximo de seis meses, percibirá las retribuciones que le correspondan por el grado de progresión que se haya alcanzado en la carrera profesional.
Señalar la opción incorrecta conforme al artículo 97 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: El personal funcionario de carrera que se encuentre a disposición del órgano competente o adscrito provisionalmente a un puesto de trabajo está obligado a participar en los concursos de provisión que se convoquen para puestos adecuados a su cuerpo o escala. El personal funcionario de carrera que se encuentre a disposición del órgano competente o adscrito provisionalmente a un puesto de trabajo está obligado, en todo caso, a solicitar todos los puestos ubicados en localidades que se hallen a la distancia que se determine reglamentariamente de la localidad del último puesto que haya ocupado con carácter definitivo. Reglamentariamente se determinarán los requisitos y el procedimiento para la realización de las adscripciones provisionales. En todo caso, para el desempeño en adscripción provisional de un puesto de trabajo, el personal funcionario de carrera debe pertenecer al cuerpo o escala y reunir los demás requisitos que establezca la correspondiente relación de puestos de trabajo.
Las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, pueden adscribir al personal funcionario de carrera a puestos de trabajo en distinta unidad o localidad, previa solicitud basada en motivos de salud o rehabilitación de la persona solicitante, de su cónyuge o pareja de hecho o de un familiar de primer grado de consanguinidad a su cargo, cuando concurran los siguientes requisitos. Señalar la opción incorrecta: Existencia de puestos vacantes con asignación presupuestaria. Informe previo favorable del servicio médico oficial correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable a la persona interesada. Que el complemento retributivo del puesto de destino no sea inferior al del puesto de origen. Que el solicitante reúna los requisitos para el desempeño del puesto.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la adscripción por motivos de salud o rehabilitación no es correcta de acuerdo con lo establecido en el artículo 98 de la Ley 2/2015, de 29 de abril?: Esta adscripción tiene carácter provisional. Reglamentariamente se determinará el procedimiento para la realización de las adscripciones por motivos de salud o rehabilitación, así como para la comprobación periódica y, en todo caso, trimestral, de que persisten las circunstancias que las justificaron. El puesto de trabajo de origen se reservará, siempre que se ocupara con carácter definitivo, mientras se mantenga la causa que motiva la adscripción. La denegación de la adscripción deberá motivarse.
De acuerdo con el artículo 99 de la Ley del empleo público de Galicia, pueden autorizarse permutas de puestos de trabajo entre personal funcionario de carrera, siempre que, entre otros requisitos: Que las personas que pretendan la permuta hayan prestado un mínimo de cinco años de servicios efectivos como personal al servicio de la Administración. Que las personas que pretendan la permuta hayan prestado un mínimo de cinco años de servicios efectivos como personal funcionario de carrera. Que las personas que pretendan la permuta hayan prestado un mínimo de diez años de servicios efectivos como personal al servicio de la Administración. Que las personas que pretendan la permuta hayan prestado un mínimo de diez años de servicios efectivos como personal funcionario de carrera.
Otro de los requisitos para autorizar permutas de puestos de trabajo entre personal funcionario de carrera de la misma Administración pública o de entidades públicas instrumentales dependientes de esta, es que a ninguna de las personas que pretendan la permuta le falte para cumplir la edad de jubilación forzosa: Menos de cinco años Menos de seis años Menos de cuatro años Menos de tres años.
El personal funcionario de carrera al que le fuese autorizada una permuta de puestos de trabajo deberá permanecer en el puesto obtenido por permuta: Un mínimo de cinco años para poder participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo. En el plazo de dos años a partir de la concesión de una permuta no se autorizará otra a ninguna de las personas interesadas. Las respuestas a) y b) son correctas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
El traslado voluntario a sectores prioritarios de actividad pública con necesidades específicas de efectivos regulado en el artículo 100 de la Ley del empleo público de Galicia, tendrá una duración de: Seis meses no prorrogables. Un año prorrogable excepcionalmente por otro año. Tres meses prorrogables excepcionalmente por otros tres, hasta un máximo de seis meses. Seis meses, prorrogables excepcionalmente por otros seis.
El personal funcionario de carrera que ocupe un puesto de trabajo que sea objeto de supresión a consecuencia de un plan de ordenación de recursos humanos puede ser destinado a otro puesto de trabajo por: Uno de los procedimientos de provisión de puestos. El procedimiento de reasignación de efectivos. Por concurso. Adscripción provisional.
La adscripción en comisión de servicios forzosa regulada en el artículo 101 de la Ley del empleo público de Galicia establece unos criterios de preferencia para la misma. Señalar la opción incorrecta: La prioridad del personal sin cargas familiares sobre el que sí las tenga. La prioridad del personal funcionario que desempeñe el puesto de trabajo en la misma localidad sobre el que lo desempeñe en distinta localidad. La prioridad del personal de menor antigüedad sobre el de mayor antigüedad. La prioridad del personal de mayor edad sobre el de menor edad.
De acuerdo con el artículo 103 de la Ley de empleo público de Galicia, si el puesto de trabajo asignado por reasignación estuviese ubicado en otra localidad y a consecuencia de ello el personal funcionario afectado trasladara su lugar de residencia, se percibirán las siguientes cantidades, sin perjuicio de otras ayudas que el plan de ordenación de recursos humanos pueda establecer: El abono de los gastos de viaje, incluidos los de los integrantes de la unidad familiar, una indemnización de tres dietas de la persona afectada y de cada miembro de su familia que efectivamente se traslade, el abono de los gastos de transporte de muebles y equipamiento y una indemnización de tres mensualidades de la totalidad de las retribuciones, salvo las retribuciones que le correspondan por el grado de progresión que se haya alcanzado en la carrera profesional. El abono de los gastos de viaje, incluidos los de los integrantes de la unidad familiar, una indemnización de tres dietas de la persona afectada y de cada miembro de su familia que efectivamente se traslade, el abono de los gastos de transporte de muebles y equipamiento y una indemnización de tres mensualidades de la totalidad de las retribuciones, salvo el complemento de desempeño. El abono de los gastos de viaje, incluidos los de los integrantes de la unidad familiar, una indemnización de tres dietas de la persona afectada y de cada miembro de su familia que efectivamente se traslade, el abono de los gastos de transporte de muebles y equipamiento y una indemnización de dos mensualidades de la totalidad de las retribuciones, salvo el complemento de desempeño. El abono de los gastos de viaje, incluidos los de los integrantes de la unidad familiar, una indemnización de dos dietas de la persona afectada y de cada miembro de su familia que efectivamente se traslade, el abono de los gastos de transporte de muebles y equipamiento y una indemnización de tres mensualidades de la totalidad de las retribuciones, salvo el complemento de desempeño.
En las adscripciones de personal funcionario en comisión de servicios forzosa en el ámbito de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico será oída: La consejería competente en materia de función pública. La Junta de Personal. La Comisión de Personal. La consejería competente en materia de administración pública.
El traslado por motivos de violencia de género regulado en el artículo 102 de la Ley del empleo público de Galicia, tendrá la consideración de: Adscripción definitiva Adscripción provisional Traslado forzoso Traslado voluntario.
El personal funcionario de carrera puede ser adscrito a un puesto de trabajo en comisión de servicios forzosa cuando por necesidades del servicio sea urgente su provisión y no sea posible su cobertura por alguno de los sistemas de movilidad voluntaria, por un plazo: Mínimo de seis meses Mínimo de tres meses Máximo de seis meses Máximo de tres meses.
De acuerdo con el artículo 103 de la Ley del empleo público de Galicia, el personal funcionario que a consecuencia de un proceso de reasignación de efectivos sea asignado a un puesto de trabajo con menor complemento retributivo del que correspondía al último puesto que hubiera obtenido por concurso tendrá derecho a: Una indemnización de tres mensualidades de la totalidad de las retribuciones, salvo el complemento de desempeño. Una indemnización de tres dietas. Un complemento personal y transitorio equivalente a la diferencia de retribuciones entre ambos puestos. Un incremento del complemento de desempeño, hasta que obtenga otro puesto de trabajo con carácter definitivo por los procedimientos ordinarios de provisión.
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