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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESENPC

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Título del test:
NPC

Descripción:
test npc

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
07/11/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 50
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Temario:
El extranjero expulsado en el marco del artículo 89 del Código penal no podrá regresar a España en un plazo de: Cinco a diez años, contados desde la fecha de su expulsión. Tres a cinco años, contados desde la fecha de comisión de los hechos. Cinco a diez años, contados desde la fecha de comisión de los hechos. Tres a cinco años, contados desde la fecha de su expulsión.
En relación al seguimiento o supervisión de la ejecución de las medidas de seguridad, señale la respuesta correcta: El Juez de Vigilancia Penitenciaria podrá decretar su cese cuando desaparezca la peligrosidad criminal del sujeto, dando cuenta al Juez o Tribunal sentenciador, El Juez de Vigilancia Penitenciaria esta obligado a elevar al Juez Sentenciador propuesta de mantenimiento, cese, sustitución o suspensión de la medida, al menos anualmente. El Juez o Tribunal sentenciador recabara informe a los profesionales o facultativos que asistan al sometido a la medida, al menos anualmente. Transcurrido un año de ejecución, el Juez o Tribunal sentenciador deberá decretar el mantenimiento, sustitución o cese de la medida de seguridad, a propuesta del Ministerio Fiscal.
En caso de que el penado esté aquejado de enfermedad muy grave con padecimientos incurables, los Jueces y Tribunales Sentenciadores: Deben otorgar la suspensión de la ejecución de le pena sin estar sujetos a requisito alguno. Acordarán la suspensión de la ejecución de la pena, siempre que la dolencia se confirme por dictamen médico forense. Podrán otorgar la suspensión de la ejecución de la pena aunque ésta supere los dos años de condena. Deben otorgar la suspensión de la ejecución de la pena, salvo que en el momento de la comisión del delito el penado tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo. .
Las medidas de seguridad se fundamentan: En la peligrosidad social del sujeto al que se impongan. En la posibilidad de que el sujeto al que se impongan incurra en la comisión de un hecho previsto como delito. En la peligrosidad criminal del sujeto al que se impongan, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como delito. En la peligrosidad criminal del sujeto al que se impongan, aunque no se exteriorice en la comisión de un hecho previsto como delito.
Los Jueces y Tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad inferiores a 2 años, mediante resolución motivada siendo el plazo de suspensión: De 1 a 3 años. Las penas privativas inferiores a 2 años nunca pueden suspenderse. De 1 a 5 años. De 2 a 5 años.
En el supuesto que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimiento incurable, los jueces y Tribunales sentenciadores podrán otorgar la suspensión de la pena impuesta: Sin sujeción a requisito alguno aunque en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo. Sólo cuando se trate de pena privativa de libertad no superior a dos años, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo. Sólo cuando se trate de pena privativa de libertad no superior a dos años atendiendo a la peligrosidad criminal del sujeto, así como a la existencia de otros procedimientos penales contra éste. Cualquiera que sea su cuantía sin sujeción a requisito alguno, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo.
Indique la respuesta incorrecta. Según el artículo 106 del CP, la medida de libertad vigilada puede consistir en: La obligación de seguir tratamiento médico externo, o de someterse a un control médico periódico. La obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente. La prohibición de residir en determinados lugares. La obligación de residir en determinados lugares.
Según el artículo 83.4 del Código Penal relativo a la suspensión del cumplimiento de penas privativas de libertad, ¿Cuál de los siguientes deberes o prohibiciones no esta sujeto al control de la Administración Penitenciaria? : El cumplimiento de la regla de prohibición de conducir vehículos de motor que no dispongan de dispositivos tecnológicos que condicionen su encendido o funcionamiento a la comprobación previa de las condiciones físicas del conductor, cuando el sujeto haya sido condenado por un delito contra la seguridad vial y la media resulte necesaria para prevenir la posible comisión de nuevos delitos, La participación en programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de defensa del medio ambiente, de protección de o los animales, de igualdad de trato y no discriminación, y otros similares. La participación en programas de deshabituación a consumo de alcohol, drogas toxicas o sustancias estupefacientes, o de tratamiento de otros comportamientos adictivos. La prohibición de establecer contacto con personas determinadas o con miembros de un grupo determinado cuando existen indicios que permitan suponer fundadamente que tales sujetos pueden facilitarle la ocasión para cometer nuevos delitos.
Conforme a las previsiones del Art. 94 del Código Penal, tiene la consideración de reo habitual el que haya cometido tres o más delitos de los comprendidos: En un mismo título, en un plazo no superior a tres años, y haya sido condenado por ello. En un mismo capítulo, en un plazo no superior a tres años, y haya sido condenado por ello, En un mismo título en un plazo no superior a cinco años y haya sido condenado por ello. En un mismo capítulo, en un plazo no superior a cinco años, y haya sido condenado por ello.
El plazo de suspensión de una pena privativa de libertad no acordada en sentencia se comienza a computar • Desde la fecha de la notificación al penado de la resolución que la acuerde. Desde la fecha de la resolución que la acuerde. Desde la fecha en que se dicta la sentencia en la que no se acuerda la suspensión. Si no se acuerda en sentencia se tiene que cumplir necesariamente la pena privativa de libertad.
El que cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte: Será castigado con la pena de prisión de uno a seis años. Estará exento de responsabilidad criminal en el caso de que la víctima sea o haya sido cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente. Será castigado con las penas señaladas en los números 2 y 3 del articulo 143 del Código Penal en su mitad inferior. Será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 del artículo 143 del Código Penal.
El que impidiere a otro con violencia hacer lo que la Ley no prohíbe, o lo compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto: Comete un delito de coacciones. Será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses. No comete el delito tipificado en el párrafo primero del artículo 172.1 del Código Penal.
¿Qué pena se impondrá, según lo dispuesto en el Código Penal, al autor de un asesinato alevoso que ha actuado por precio? : La de prisión de 15 a 20 años. La señalada en el artículo 139 del Código Penal, en su mitad inferior. La superior en uno o dos grados a la señalada en el artículo 140. La pena en su mitad superior.
El autor del secuestro de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones que no de razón del paradero de éste: Será castigado, según los casos, con las penas superiores en grado a las señaladas en el articulo 164 del Código Penal, siempre que no acredite haberla puesto en libertad. Será castigado con una pena de prisión de 10 a 15 años. Será castigado con una pena de prisión de 15 a 20 años. Será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años.
La atenuación de la pena genérica del delito de detención ilegal se produce si el culpable diere libertad al encerrado sin haber logrado su objetivo: Dentro de los 5 primeros días de su detención. Dentro de la 76 primeras horas de su detención. Dentro de los 3 primeros días de su detención. Dentro de los 10 primeros días de su detención.
¿Qué diferencia literal establece el Código Penal en los artículos 22.5 y 139.3, entre el ensañamiento como agravante genérica y como circunstancia cualificadora del asesinato? : En el asesinato no se exige que el padecimiento sea innecesario para el delito. En la agravante genérica puede darse dolo directo e indirecto en el padecimiento y en el asesinato no. En el asesinato la víctima debe estar muerto cuando se ensañen con ella. En el asesinato no es preciso que el aumento del dolor del ofendido sea inhumano.
Aquella persona que indujera al suicidio de otra persona será castigada con: Pena de prisión de cuatro a seis año. Pena de prisión de seis a ocho años. Pena de prisión de seis a diez años. Pena de prisión de cuatro a ocho años.
El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohibe, o le competiere a efectuar lo que no quiere, será castigado, según el Código Penal, por el delito de: Amenazas. Lesiones. Coacciones. Agresiones.
Comete delito de coacciones el que: Aun estando legítimamente autorizado impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe. Sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, sea justo o injusto. Estando legítimamente autorizado, compeliere a otro a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto. Impidiere a otro con violencia realizar un acto ilegal.
Dentro del capitulo dedicado a las amenazas, el Código Penal castiga: Al que amenazare a otro con un mal no constitutivo de delito, aun cuando la amenaza no fuera condicional. Al que exigiere a otro una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar hechos referentes a su vida privada y que puedan afectar a su fama o crédito, salvo que consistiere en la amenaza de denunciar la comisión de algún delito. La amenaza de un mal que no constituya delito cuando sea condicional, y- la condición consistiere en y una conducta debida. El que amenazare a otro con causarle un mal que constituya delito contra el patrimonio, aun cuando la amenaza no haya sido condicional.
¿Qué pena corresponde según lo previsto en el Código Penal, a un delito de asesinato que se ha ejecutado por precio y con ensañamiento? : La pena en su mitad superior. La de prisión de diez a quince años. La de prisión de quince a veinte años. La de prisión de veinticinco a treinta años.
El art. 148 del Código Penal contiene una serie de circunstancias que agravan las lesiones, atendiendo al resultado causado o al riesgo producido. No se encuentra entre las mismas: Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía. Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor. Si hubiese mediado precio, recompensa o promesa. Si la víctima fuere menor de doce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
La provocación para cometer un delito de detención ilegal, ¿es Punible? ; en su caso, ¿qué pena le corresponde? : No es punible porque no está prevista expresamente en la Ley. Si, y le corresponde la pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate. Si, y le corresponde la misma pena que la señalada para el delito de que se trate. Si, y le corresponde siempre la pena inferior en un grado a la señalada al delito de que se trate.
Para que exista delito de asesinato, según el artículo 139 del CP, es necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias: Que se ejecute el hecho mediando disfraz y aprovechando las circunstancias del lugar y tiempo. Que se ejecute el hecho con abuso de superioridad y confianza. Que medie precio, recompensa o promesa. Que medie auxilio de otras personas que facilite la impunidad del delincuente.
Según el artículo 163.2 del CP, se impondrá la pena inferior en grado de culpable que diera libertad al encerrado o detenido: Dentro de los 2 primeros días, de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto. Dentro de los 2 primeros días de su detención, aunque haya logrado el objeto que se había propuesto. Dentro de los 3 primeros días de su detención, sin que haya logrado el objeto que se había propuesto. Dentro de los 3 primeros días de su detención, aunque haya logrado el objeto que se había propuesto.
Comete asesinato el que matare a otra persona concurriendo alguna de las siguientes circunstancias: Racismo Promesa Reincidencia Premeditación.
El que golpeare a otro, sin causarle lesión: Comete un delito menos grave. No es objeto de reproche penal ni de sanción administrativa. Comete un delito leve. Sólo da lugar a una sanción administrativa.
A tenor de las previsiones del Código Penal el que sin estar legítimamente autorizado compeliere a otro a efectuar lo que no quiere: Comete un delito de amenazas. Comete un delito de coacciones. No comete delito si lo que se le compeliere a realizar es justo. Comete un delito de amenazas solo si lo que se le compeliere a realizar es injusto.
La autoridad que, faltando a los deberes de su cargo, permita que una persona infligiere a otra un trato de degradante, menoscabando gravemente su integridad moral: Comete un delito de tortura previsto en el artículo 174 del Código Penal. Será castigado con la pena prevista para el delito de tortura en el artículo 174 del Código Penal. No incurre en ninguno de los delitos tipificados en el Título VII del Libro II del Código Penal. Será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 2 años.
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, sin que medie consentimiento y sin violencia o intimidación, mediante la introducción de miembros corporales u objetos por vía vaginal o anal, será castigado corno responsable de un delito: De agresión sexual, tipificado en el artículo 178 del Código Penal. De violación, tipificado en el artículo 179 del Código Penal. Agravado de agresión sexual, previsto en el artículo 180 del Código Penal. Agravado de abuso sexual, previsto en el artículo 181.4 del Código Penal.
De los requisitos que seguidamente se exponen cuál es de necesaria concurrencia en el delito de torturas del art. 174 del Código Penal: Estar la víctima detenida o presa. Sufrimientos físicos para la víctima. Tener la finalidad de obtener una confesión o una información. Ser el autor funcionario público o autoridad.
En los delitos de injurias y calumnias: Se procederá siempre en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos. Se procederá de oficio siempre que la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente sobre cualquier acto cometido por los mismos. Se procederá siempre de oficio.
Conforme a lo previsto en el artículo 174 del Código Penal el funcionario de 1.I.P.P., que abusando de su cargo, con el fin de obtener información de otra persona someta a un interno del C.P. donde preste su servicio a condiciones que por su naturaleza le supongan sufrimientos físicos o mentales que atenten contra su integridad moral, cometerá delito de: Coacciones. Cometerá delito, será castigado de acuerdo con el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios Públicos. Desobediencia. Tortura.
El acusado de injurias que pruebe la veracidad de las imputaciones: Quedará exento de responsabilidad en todo caso. No quedará exento de responsabilidad en ningún caso. Quedará exento de responsabilidad cuando aquellas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos. Nunca quedará exento de responsabilidad pero el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado.
La habitualidad en los delitos de violencia física recogidos en el artículo 173 del Código Penal se apreciará atendiendo: Al número de actos de violencia acreditados, proximidad temporal de los mismos y a que se produzcan sobre la misma víctima aunque se enjuicien en procesos anteriores. Al número de actos de violencia acreditados, proximidad temporal de los mismos aunque se produzcan sobre distintas víctimas siempre que no hayan sido objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores. Exclusivamente al número de actos de violencia acreditados sobre la misma víctima. Al número de actos de violencia acreditados, proximidad temporal de los mismos con independencia de que se produzcan sobre la misma o diferentes víctimas de las recogidas en el citado artículo, pudiendo haber sido o no objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores.
La autoridad o funcionario público culpable de tortura será castigado con la pena de: Prisión de dos a cuatro años, si el atentado fuera grave, y prisión de uno a dos, si no lo es. Además, se impondrá en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de cuatro a ocho años. Prisión de tres a seis años, si el atentado fuera grave, y prisión de uno a tres, si no lo es. Además, se impondrá en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de seis a ocho años. Prisión de dos a seis años, si el atentado fuera grave, y prisión de uno a tres, si no lo es. Además, se impondrá en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a doce años. Prisión de dos a seis años, si el atentado fuera grave, y prisión de uno a tres, si no lo es. Además, se impondrá en lodo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a diez años.
A tenor de lo dispuesto en el Art. 181 del Código Penal vigente, no se prevé en la regulación de la figura de abusos sexuales no consentidos: Que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto Que se ejecuten sobre personas que se hallen privados de sentido o abusando de su trastorno mental. Que el consentimiento no se obtenga prevaliéndose el culpable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima. Que se imponga la pena de prisión de uno a tres años o multa de 18 a 24 meses.
Según el artículo 214 del Código Penal, si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas: El Juez o Tribunal impondrá la pena inferior en dos grados y podrá dejar de imponer la de inhabilitación especial. El Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la de inhabilitación absoluta. El Juez o Tribunal podrá imponer la pena inmediatamente inferior en grado e impondrá la de inhabilitación especial. El Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado podrá dejar de imponer la de inhabilitación especial.
Es calumnia: La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad aunque no se propague con publicidad. La acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona. La imputación de un delito sin conocimiento de su falsedad. La imputación de un delito con temerario desprecio hacia la verdad, únicamente si se propagare con publicidad.
Según se establece en las disposiciones comunes a los delitos contra la Libertad e indemnidad sexuales: Para proceder por los delitos de agresiones sexuales será precisa en todo caso denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Es suficiente para proceder por los delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales que medie denuncia del Ministerio Fiscal. Para proceder por el delito de acoso sexual es suficiente querella del Ministerio Fiscal, salvo perdón del ofendido. En los cielitos de agresiones, acoso o abuso sexuales el perdón del ofendido no extingue la acción penal.
El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, comete un delito contemplado en el Código Penal en el Capitulo dedicado a los de : Exhibicionismo y provocación sexual. Acoso sexual. Abusos sexuales. Agresiones sexuales.
El funcionario de Instituciones Penitenciarias que comete un delito de tortura, atentando gravemente contra la integridad moral de un interno, será castigado: Sólo con la pena de prisión de uno a tres años. Con la pena de prisión de dos a seis años y con la pena de inhabilitación absoluta de ocho a doce años. Sólo con la pena de inhabilitación absoluta de ocho a doce años. Sólo con la pena de prisión de dos a seis años.
Qué requisito es necesario que concurra en el delito de torturas del art. 174.1 del CP?: Que el autor sea autoridad o funcionario público. Que se realicen de forma reiterada actos hostiles o humillantes. Significar un grave atentado a la integridad moral de la víctima. Estar la víctima detenida, internada o presa.
El que a través de Internet, teléfono o cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de 16 años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos previstos en los artículos 183 y 189 del CP Será castigado en todo caso. Será castigado sólo cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño. Será castigado sólo si se llegan a cometer los delitos propuestos. Será castigado siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento.
Según el articulo 208 del CP, constituye delito de injuria: Sólo las acciones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentado contra su propia estimación. Sólo las expresiones que menoscaban la fama de una persona o atentan contra su propia estimación. Las expresiones que lesionan la dignidad de una persona exclusivamente. Las acciones o expresiones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Es requisito necesario e indispensable para que exista delito de tortura: Que el sujeto activo sea funcionario de Instituciones Penitenciarias. Que el sujeto activo tenga la condición de autoridad o funcionario publico. Que la conducta no te a por finalidad la de castigar a alguien por cualquier hecho que haya cometido. Que el sufrimiento infringido a la victima del delito sea físico.
El que solicite favores de naturaleza sexual para un tercero en el ámbito de una relación laboral, ¿comete delito de acoso sexual? : Únicamente lo cometerá cuando el solicitante se hubiera prevalido de una situación de superioridad con respecto a la víctima. Solo lo cometerá cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación laboral. Lo cometerá cuando el que solicitare los favores sexuales, con su comportamiento, provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante. No cometerá delito de acoso sexual, ya que la solicitud de favores de naturaleza sexual debe ser para uno mismo y no para un tercero, por lo que dicho comportamiento será tipificado como otro delito de los contemplados en el Título VIII del Libro 11 del Código Penal.
El acusado de injuria quedara exento de responsabilidad: Si reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas. Si en el delito no ha existido precio, recompensa o promesa. Cuando la acción o expresión proferida lesione la dignidad de otra persona, atentando únicamente contra su propia estimación. Cuando el acusado pruebe la verdad de las imputaciones que se dirijan contra funcionarios públicos y sobre hechos referidos a la comisión de infracciones administrativas.
Teniendo en cuenta lo previsto en el CP, una de las siguientes afirmaciones no es correcta: Son reos del delito de hurto los que, con ánimo de lucro, toman cosas muebles ajenas de valor cultural sin la voluntad de su dueño. Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderan de las cosas muebles ajenas empleando una tarjeta perforada hurtada a su propietario. Dentro del Título XIII del Libro II se contempla, en el Capítulo V, la usurpación Comete extorsión el que obliga a otro con violencia o intimidación, a realizar un negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio.
El que con ánimo de lucro, sin violencia ni intimidación se apodere de un objeto mueble de su padre cuyo valor sea superior a 500 euros: Esta exento de todo tipo de responsabilidad al ser descendiente en línea directa. Está sujeto a responsabilidad civil y criminal. Está exento de responsabilidad criminal y sujeto únicamente a responsabilidad civil. Está exento de responsabilidad civil y sujeto únicamente a responsabilidad criminal.
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