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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDE

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Título del test:
DE

Descripción:
ánimo valiente!

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
21/10/2021

Categoría:
Ocio

Número preguntas: 402
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Temario:
¿Durante cuánto tiempo está obligado el letrado designado de oficio a continuar con la ejecución de la sentencia? En la jurisdiccional penal hasta el cumplimiento de la pena impuesta. En el resto de las jurisdicciones durante los dos años siguientes al dictado de la resolución en la instancia. Hasta la ejecución completa de la sentencia. Durante los dos años siguientes al dictado de resolución judicial en la instancia. No se está obligado a continuar la ejecución. Se trata de un procedimiento nuevo y se designa a un nuevo letrado.
En el Juzgado de Instrucción nº 9 de Málaga se sigue un proceso penal contra Antonio, abogado en ejercicio, incoado en virtud de una denuncia por un presunto delito de apropiación indebida formulada por su cliente Rafael quien al mismo tiempo interpuso una queja en el Colegio de Abogados por los mismos hechos poniendo en conocimiento la existencia del procedimiento penal incoado. El Colegio de Abogados: Iniciará un procedimiento disciplinario y proseguirá hasta su resolución final imponiendo en su caso la sanción que corresponda. Se incoará procedimiento disciplinario cuando así lo ordene el juzgado que tramita la causa penal, en cuyo caso el Colegio lo iniciará y proseguirá hasta su resolución final quedando la misma en suspenso a resultas del procedimiento penal. Solo incoará procedimiento disciplinario cuando así lo solicite Rafael, en cuyo caso el Colegio lo iniciará pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal. Iniciará un procedimiento disciplinario cuando tenga conocimiento de los hechos objeto de la queja, pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal.
Vicente contrata los servicios profesionales de Enrique, abogado penalista, y le entrega determinada documentación original para su uso en el proceso. Enrique consigue obtener una sentencia por la que se absuelve a Vicente de los delitos por los que venía siendo acusado. Al cabo de un mes, y sin pagar previamente la minuta de honorarios que Enrique le había girado, Vicente le solicita a Enrique la devolución de los documentos que le entregó en su momento... Enrique está obligado a tener a disposición del cliente la documentación original que haya recibido, no pudiendo en ningún caso retenerla ni conservar copias de los mismos. Enrique no está obligado a la devolución porque los documentos quedaron unidos a las actuaciones judiciales. Enrique está obligado a la devolución, siempre y cuando haya cobrado completamente el importe de su minuta. Enrique está obligado a tener a disposición del cliente la documentación original que haya recibido, no pudiendo en ningún caso retenerla.
Un cliente encarga al Abogado Sr. Hernández iniciar acciones judiciales contra su anterior Abogado al considerar que este le había perjudicado con su intervención en un procedimiento penal. Para ello el Abogado Sr. Hernández deberá Proceder a formular una demanda de reclamación de cantidad por responsabilidad civil contra el Abogado. Proceder a formular una querella al entender que con su actuación el letrado ha podido incurrir en la comisión de un delito. Proceder a denunciar al letrado ante el Colegio de Abogados para la depuración de su responsabilidad deontológica. Proceder a comunicar previamente tal circunstancia al Colegio de Abogados por si considera oportuno realizar una labor de mediación.
Dª María fue la Abogada de D. Andrés y Dª Marta en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo seguido entre ellos para lo cual hubo de redactar el convenio regulador justificándose en él los ingresos que cada cónyuge percibía. Seis meses más tarde Dª Marta acude al despacho de Dª María para encargarle un procedimiento sobre reclamación de cantidad de una deuda que mantiene D. Andrés con la empresa que gerencia la nueva pareja de Dª Marta. Dª Marta le expresa a Dª María que el hecho de haber acudido a ella lo es en razón de que conoce con detalle la situación económica de D. Andrés por haber sido abogado de él en el procedimiento de familia. ¿Qué debe hacer Dª María? Dª María no puede aceptar el encargo profesional ya que implica actuaciones contra un anterior cliente, y existe riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente puede ser violado, o de ellas puede resultar beneficio para el nuevo cliente. Dª María, orgullosa del motivo de su elección, debe aceptar el asunto. Dª María, debe aceptar el asunto, advirtiendo a Dª Marta que no podrá hacer uso de la información que le consta acerca de la situación económica de D.Andrés por haberla obtenido en función de su antigua relación. Dª María debe aceptar el asunto ya que el anterior fue finalizado hace seis meses y la situación económica de Dª Andrés puede no ser la misma.
Según la Ley 10/2010, se considera blanqueo de capitales: Todas las anteriores. Aconsejar a alguien para encubrir el origen ilícito de los bienes. La transferencia de bienes para ocultar su origen ilícito La mera posesión de bienes sabiendo que proceden de una actividad ilícita.
En relación a los efectos de la mediación sobre los plazos de caducidad: La solicitud de inicio de la mediación suspende la caducidad de las acciones desde la fecha en la que conste la recepción de dicha solicitud por el mediador. La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la caducidad de acciones desde que conste la recepción de dicha solicitud por el mediador. La solicitud de inicio de la mediación no puede suspender ni interrumpir la caducidad de las acciones. Desde la firma del acta de la sesión constitutiva, se produce la suspensión de la caducidad de las acciones.
Elena acaba de iniciarse en el ejercicio de la profesión de abogado y para tratar de resolver un asunto de forma amistosa contacta con el abogado de la otra parte, un abogado veterano con una gran reputación. Ambos acuerdan la conveniencia de reunirse en alguno de sus despachos. ¿En qué despacho se deberá celebrar la reunión? En el despacho de Ana, al ser ella quien ha iniciado las conversaciones. En el despacho del abogado de la parte contraria, al tratarse del abogado con mayor antigüedad en el ejercicio profesional. En una dependencia del Colegio de Abogados. En el despacho de un tercer abogado para que no suponga una situación privilegiada para ninguno de los abogados intervinientes.
Juan es el abogado de Francisco en un procedimiento judicial y, tras ciertas desavenencias surgidas en el planteamiento de la estrategia de defensa, decide renunciar incondicionalmente mediante escrito que presenta al Juzgado facilitándole copia del mismo al cliente. Francisco contrata los servicios de otro letrado para que sustituya al anterior... La obligación que se impone en las normas deontológicas es solo de pedirla sin que sea exigible la concesión por parte del sustituido. No es preciso que el sustituto solicite la venia. Resulta necesario que el sustituto le pida la venia al sustituido y que éste se la conceda expresamente. Para que el Abogado sustituido conceda la venia resulta imprescindible que le hayan sido abonados los honorarios profesionales devengados hasta el momento de la sustitución.
El acuerdo alcanzado tras un procedimiento de mediación civil: Selecciona una: Sólo tiene carácter vinculante cuando ha sido homologado judicialmente o elevado a escritura pública. Debe ser firmado exclusivamente por las partes. Dado que nace de la voluntad de las partes no es susceptible de ser declarado ineficaz. Puede ser elevado a escritura pública siempre que lo soliciten las partes y lo consienta el medidor.
Señala la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles que la persona mediadora: Podrá actuar en interés de alguna de las partes cuando su pretensión sea conforme a las normas de derecho dispositivo. No podrá renunciar a desarrollar la mediación una vez iniciada ésta aunque concurran circunstancias que afecten a su imparcialidad. No puede realizar caucus, es decir, reuniones separadas con una de las partes del conflicto. Facilitará la comunicación entre las partes y velará porque dispongan de la información y el asesoramiento suficientes.
Para iniciarse en el ejercicio de la Abogacía por cuenta propia se exige formalizar el ingreso en el régimen especial de trabajadores autónomos o en una entidad o mutua de previsión social alternativa, pero... Es posible la adscripción en una entidad o mutua de previsión social alternativa, y posteriormente formalizar el alta en el RETA, siendo necesario para ello darse previamente de baja en la entidad o mutua de previsión social. Se puede formalizar el alta en el RETA para posteriormente tramitar la baja en dicho régimen y adscribirse a una entidad o mutua de previsión social de carácter alternativo. Si se formaliza al alta en la entidad de previsión social no se podrá llevar a cabo en el futuro el alta en el RETA. Es posible la adscripción en una entidad o mutua de previsión social alternativa, y posteriormente formalizar el alta en el RETA, manteniendo con carácter de complemento el alta en la mutua de previsión.
Cuando un Abogado tiene importantes diferencias con su cliente que le da instrucciones contrarias a su criterio: Debe rechazarlas y cesar en su defensa. Deberá ponerlo en conocimiento del Colegio de Abogados y esperar su decisión. Debe aceptarlas, porque el cliente es el dueño del asunto. Debe encargarle el asunto a un compañero.
Los Abogados están obligados a guardar el secreto de todos los hechos o noticias que conozcan por razón de cualquier modalidad de su actuación profesional Excepto que sea relevado por autorización judicial. Excepto en los casos de suma gravedad en los que su preservación pudiera causar perjuicios irreparables o flagrantes injusticias en los que la obligación será relevada por el Decano. Excepto en los supuestos establecidos en la Ley General Tributaria y en la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, así como en la defensa del abogado en un procedimiento disciplinario , proceso penal o civil. Excepto que sea relevado por autorización del cliente.
Antonio, abogado, ejerce la profesión en un despacho de abogados cuyo titular es Andrés mediante contrato laboral. ¿Estaría obligado Antonio a cumplir las instrucciones de Andrés sobre la forma en la que ha de prestar sus servicios profesionales? Sí, el abogado empleado debe cumplir las instrucciones del titular del despacho quedando por ello eximido de la responsabilidad disciplinaria que de su actuación profesional pudiera derivarse. Sí, incluso prevalecerá la decisión de Andrés aun cuando se trate de un caso en el que exista conflicto de intereses entre ambos. Sí, deberá Antonio cumplir las órdenes e instrucciones de Andrés, salvo que contravengan los valores y principios de la abogacía, o las obligaciones que impone a los abogados las normas que rigen la profesión. No, Antonio solo verificará el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
Las infracciones deontológicas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. El plazo de prescripción comenzará a contarse... Desde la fecha de presentación de la denuncia. Desde que se conozca la totalidad del perjuicio derivado de la infracción, ya que si no se conoce el perjuicio no puede reclamarse. Desde la fecha de su comisión. Desde que el perjudicado conozca la infracción cometida.
Cuando un Abogado que no forma parte de una Junta de Gobierno incurre durante su intervención en un juicio en alguna infracción deontológica... Podrá ser corregido, según los casos, por el propio órgano judicial en el que intervenga, por la Junta de Gobierno del Colegio de la localidad en la que tenga lugar la intervención y, en segunda instancia, por el Consejo autonómico respectivo. Solamente podrá ser corregido por la Junta de Gobierno del Colegio del partido al que pertenezca el Juzgado. Solamente puede ser corregido por la Junta de Gobierno del Colegio al que pertenezca el Abogado y, en segunda instancia, por el Consejo General de la Abogacía. Será corregido por el propio órgano judicial en el que intervenga.
Cualquier tipo de comunicación entre Abogados, recibida o remitida, está amparada por el secreto profesional y ... Pueden presentarse, pero sólo con autorización de los abogados o en defecto de la Junta de Gobierno. Pueden presentarse sólo cuando cuenta con el consentimiento del cliente contra el que pleitea. Pueden presentarse cuando son útiles para la defensa. Nunca pueden presentarse en un procedimiento judicial.
La libertad de expresión del Abogado: Solo afecta a las intervenciones ante los Juzgados y Tribunales Permite al Abogado realizar cualquier manifestación. No tiene especial diferencia con la que el artículo 20 de la Constitución Española consagra para todos. Resulta ser objeto de especial protección garantizándose la inmunidad por el ejercicio del derecho de defensa.
Los fondos que se reciben por y para el cliente... Se aplican en primer lugar al pago de honorarios y gastos. Deben estar siempre a disposición del cliente. El letrado decide el destino que aplica a los fondos. Se aplican al pago de honorarios y gastos, pero sólo una vez terminado el asunto.
Valentín discute con su abogada, Natalia, porque no está conforme con el modo en que está llevando su asunto y decide buscar otro abogado. Por ello reclama a Natalia la devolución de una documentación que le entregó para aportar al Juzgado pero que no ha sido presentada. Natalia se niega a la devolución alegando que lo hará cuando Valentín le abone su minuta de honorarios aún no satisfecha ¿Es correcta la actuación de Natalia? Indique la respuesta correcta: Sí, para obtener el cobro de los honorarios. No, salvo que el importe de los honorarios sea superior a 2.000 euros. No, nunca puede actuar de esa forma. Sí, pero sólo durante el plazo de seis meses.
Teresa y Carla, abogadas en ejercicio, están negociando extrajudicialmente en nombre de sus clientes un convenio regulador. Teresa dentro del secreto de las conversaciones entre abogados habla despectivamente a Carla de su propio cliente. ¿Es correcta la actuación de Teresa? No, porque el abogado en sus comunicaciones y manifestaciones con el abogado contrario no puede comprometer a su cliente con comentarios o manifestaciones que puedan causarle lesión o desprestigio. Sí, porque sus manifestaciones están amparadas en el secreto profesional. Sí, porque nada el impide expresar al abogado contrario lo que opina sobre su propio cliente. No, siempre que las manifestaciones respondan a la realidad.
Irene y Pablo han sido clientes del abogado Andrés en el 2012 con relación a la liquidación de una sociedad civil de la que eran los únicos socios. Hoy Irene acude al despacho de Andrés para interponer una denuncia contra Pablo por maltrato. ¿Andrés puede asumir la defensa? Sí, al haber trascurrido más de tres años desde el encargo anterior. No, porque vulneraría el secreto profesional al defender a Irene. Sí, porque no existen interés contrapuestos. No, nunca puede defender a ninguno de los dos a no ser que el otro lo autorice.
Lucas encarga a su abogada, Asunción, la tramitación de un procedimiento. Para ello firman una hoja de encargo. Lucas se empeña en indicar a Asunción lo que tiene que hacer e incluso llega a redactarle la demanda. A la hora de proponer la prueba Lucas insiste en ordenar a Asunción qué es lo que éste debe hacer. Asunción se niega a continuar con el procedimiento. ¿Puede renunciar a la defensa? Nunca puede un abogado renunciar a defender a su cliente si ha firmado una hoja de encargo. No puede renunciar porque el procedimiento ya está en la fase de proposición de prueba. Sí, siempre que lo comunique al cliente y al Juzgado donde se tramita el procedimiento para no producir indefensión. Sí, solo con comunicarlo al cliente.
Félix Abogados S.L.P, tiene una página web en la que informa de quienes son sus clientes, sin recabar previamente el consentimiento de los mismos para dicha publicación. ¿Actúa correctamente este despacho de abogados? Sí, porque los despachos de abogados pueden fijar libremente sus estrategias publicitarias siempre que no prometan la obtención de resultados que no dependan exclusivamente de su actividad. Sí, siempre que se trate de una información veraz al seguir siendo sus clientes, y no incluya clientes con los que ya no existe una relación. No, porque supone publicidad engañosa para los clientes futuros. No, en ningún caso.
Marta, abogada, recibe el encargo de un cliente de demandar al compañero Pablo al habérsele pasado a éste el plazo para contestar una demanda que fue estimada íntegramente con expresa imposición de costas. Marta presenta directamente la correspondiente demanda reclamando una indemnización por los daños y perjuicios causados. Indique la respuesta deontológicamente correcta: Marta no actúa correctamente puesto que debió acudir previamente al centro de mediación del Colegio de Abogados. Marta no actúa correctamente porque antes de presentar la demanda debería haber solicitado un acto de conciliación con el compañero. Marta no actúa correctamente porque debió comunicarlo previamente al decano del Colegio de Abogados por si éste considerase oportuno realizar una labor de mediación. Marta actúa correctamente, porque está obligada a atender al cliente.
Carmela es contratada por Antonia en un proceso de divorcio. En el transcurso del mismo Antonia le recrimina que no está llevando bien el asunto, que no ha aportado documentos que en su día le entregó y que si se pierde el asunto la va a denunciar al Colegio profesional. A la vista de ello, Carmela presenta un escrito al juzgado comunicando su decisión de dejar la defensa de Antonia por haber surgido graves discrepancias con su cliente y solicitando la interrupción de cualquier plazo hasta que se requiera a Antonia para que designe nuevo abogado que le asista. Indique la respuesta correcta: Carmela actúa correctamente porque no se ha producido indefensión a Antonia. Carmela no actúa correctamente porque debe continuar con la defensa de Antonia hasta la terminación del proceso. Carmela actúa correctamente porque puede dejar cualquier asunto que se le haya encomendado incluso sin comunicarlo al juzgado. Carmela no actúa correctamente porque no puede abstenerse o cesar en su intervención hasta que finalice la primera instancia.
Inés está llevando el asesoramiento jurídico de un cliente que ha sido condenado en un procedimiento mercantil. El cliente le insta a recurrir dicha sentencia cuando ya ha pasado el plazo pero aun así Inés decide presentar el recurso para atender las demandas de su cliente. ¿Es correcta la actuación de Inés? Indique la respuesta correcta: No, porque Inés ejerce su profesión con independencia en cuanto a las instrucciones que recibe de su cliente. Sí, porque Inés debe siempre seguir las instrucciones de su cliente, salvo que pueda causar un daño irreparable. No, porque Inés al presentar dicho recurso está cometiendo una falta muy grave y puede ser inhabilitada por ello. Sí, porque Inés debe siempre llevar cuantas acciones exija la defensa de su cliente, incluso contra su propio criterio personal.
Alejandro y Juan Carlos, ambos abogados en ejercicio, ejercen la asistencia letrada de partes contrarias en un procedimiento judicial. Durante el transcurso del mismo, ambos deciden asociarse y formar un único despacho profesional. ¿Pueden seguir con la representación de ambos clientes en ese mismo procedimiento? Sí, siempre y cuando guarden el debido secreto profesional en relación con dicho procedimiento. Sí, dado que la relación con sus clientes es anterior a la asociación entre ambos profesionales. No, porque nunca podrían haberse asociado dado que tenían intereses contrapuestos. No, porque al asociarse en un mismo despacho no pueden ostentar la representación de partes que son contrarias en el procedimiento.
Silvia, abogada, acaba de incorporarse al Colegio de Abogados de su territorio y para captar la confianza de potenciales clientes se le ocurre utilizar el escudo de su Colegio en unos pasquines y sus tarjetas de visita. ¿Es correcta la actuación de Silvia? No, porque sólo puede utilizarlo en la placa de su despacho profesional. No porque sólo puede usarlo en sus comunicaciones con otros compañeros. No, porque previamente debe requerir autorización de la Junta de Gobierno de su Colegio. No, porque en ningún caso se pueden utilizar los símbolos colegiales en documentación relacionada con la actividad privada profesional.
11. En el Colegio de Abogados de Las Palmas se quiere constituir una agrupación de abogados jóvenes que, entre otras funciones, tenga la misión de formar y asesorar a los abogados menores de 35 años que se colegien. ¿Quién debe aprobar la constitución de dicha agrupación? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Las Palmas. La Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía Española. El Decano del Colegio de Abogados de Las Palmas. La Asamblea colegial del Colegio de Abogados de Las Palmas.
Se convocan elecciones a presidente del Consejo General de la Abogacía Española. Xavier, abogado recién incorporado a la profesión se plantea si puede ser candidato a dicho cargo. ¿Xavier puede postularse? Sí, porque pueden ser candidatos todos los abogados de España. No, porque solo pueden ser candidatos los decanos de los colegios de abogados. No, porque para ser candidato tiene que haber estado colegiado como abogado al menos con tres meses de anterioridad. Sí, siempre que tenga autorización del decano de su colegio.
Enrique tiene dos despachos, uno en Salamanca y otro en Lugo. Está dado de alta en ambos Colegios de abogados porque cree que eso le ayudará en su profesión. Debe colegiarse en ambos colegios de abogados por tener abierto despacho en ambas ciudades. Debe incorporarse al colegio de abogados del lugar donde tenga su domicilio profesional principal. No puede estar colegiado en ambos colegios de abogados. Al tener despachos en demarcaciones colegiales distintos, debe cursar su alta colegial en el Consejo General de la Abogacía Española.
Álvaro encarga a la abogada Sofía la interposición de una demanda contencioso- administrativa ante el TSJ. A la hora de formalizar la hoja de encargo Sofía se plantea qué tipo de relación jurídica les une. Es un contrato de arrendamiento de obra. Es un contrato de representación. Es un contrato de mandato. Es un contrato de arrendamiento de servicios.
Antonio es un abogado que ejerce por cuenta propia, compartiendo despacho con su hermano y su pareja. En esas circunstancias, indique la respuesta correcta: Deberá darse de alta, como cobertura de previsión social, únicamente en RETA. Deberá darse de alta, como cobertura de previsión social, en una mutualidad de previsión social de abogados. Podrá darse de alta en el RETA o en una mutualidad de previsión social de abogados. Al trabajar con su hermano y su pareja deberá darse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Mercedes, abogada, contrata a otro compañero, Iván, acogiéndose a la relación laboral de carácter especial de los abogados, fijando un periodo de prueba. Ese periodo es de libre elección por las partes. No puede fijar periodo de pruebas porque el compañero Iván ya lleva tres años desde que se colegió. Ese periodo no podrá exceder los 6 meses para contratos indefinidos ni 2 meses para contratos temporales. Ese contrato debe regirse por los plazos contemplados en el Estatuto General de los Trabajadores.
Leticia acaba de ser fichada por un gran despacho de abogados, que le ofrece un contrato indefinido y una formación especializada a cambio, eso sí, de exigirle un tiempo mínimo de permanencia impuesto en el propio contrato. Leticia tiene dudas acerca de la validez de dicha cláusula, y decide consultar con un compañero. ¿Es posible establecer un pacto de permanencia en este tipo de relación laboral? No, porque los pactos de permanencia están expresamente prohibidos en el ámbito de las relaciones profesionales entre abogados. No, porque los pactos de permanencia están expresamente prohibidos en el ámbito de las relaciones profesionales de cualquier tipo. Sí, podrán imponerle a Leticia en su contrato el pacto de permanencia que se considere oportuno, sin limitación temporal más allá de lo razonable, y siempre y cuando lo permita el convenio colectivo aplicable al caso. Sí, podrán imponerle a Leticia en su contrato por escrito un tiempo de permanencia que no podrá tener una duración superior a dos años, y sólo será válido cuando concurran los requisitos que se establezcan en el convenio colectivo o en su caso, en el contrato de trabajo.
Marcos y Xavi quieren crear un despacho de abogados colectivo y quieren decidir qué forma societaria adoptarán. No puede ser una sociedad civil profesional. Deben constituirla con arreglo a cualquiera de las formas societarias previstas, pero cumpliendo los requisitos de la Ley de Sociedades profesionales. No pueden adoptar forma societaria alguna porque necesitarían un abogado más para alcanzar el número mínimo de socios previsto en la Ley de sociedades profesionales. Al ser únicamente dos socios solo pueden constituirse como sociedad limitada.
Eva, abogada en ejercicio, acaba de abrir su propio despacho individual. Para una mejor gestión de los datos de su cliente ha procedido a crear un fichero de datos de carácter personal. ¿Debe notificar la apertura de dicho fichero? No, no debe comunicar la creación de dicho fichero salvo a sus propios clientes. Sí, deberá comunicar la creación de dicho fichero al Consejo General de la Abogacía de España. Sí, deberá comunicar la creación de dicho fichero a la Agencia Española de Protección de Datos. No, no debe comunicar la creación de dicho fichero salvo que pretenda ceder los datos contenidos en el mismo a terceros.
Antonia ha sido objeto de una sanción disciplinaria firme consistente en suspensión en el ejercicio de la abogacía por un plazo de dos meses. Durante ese período se van a celebrar elecciones al decanato del Colegio de Abogados. ¿Puede Antonia presentarse como candidata a las mismas? Sí, siempre que se haya incorporado al colegio de abogados los tres meses anteriores a la celebración de las elecciones. Depende de lo que establezcan los estatutos particulares de su colegio. No, porque no pueden ser miembros de junta los colegiados a los que se haya impuesto sanción disciplinaria mientras no haya sido rehabilitado. Sí, porque la imposición de sanción no inhabilita para ser decano.
Juan, abogado en ejercicio, ejerce la asistencia letrada de una de las partes en un procedimiento civil. Sin embargo, sus malas formas y su falta de profesionalidad en su actividad ante el tribunal, llegando incluso a actuar de mala fe, ha provocado que el tribunal pretenda corregirle disciplinariamente. ¿Puede el tribunal actuar contra Juan? No, porque la responsabilidad disciplinaria únicamente puede ser ejercida por el Colegio profesional. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad, una multa que como máximo podrá ascender a seis mil euros. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad una multa que como máximo podrá ascender a tres mil euros. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad una multa que como máximo podrá ascender a cinco mil euros.
Iñaki, abogado en ejercicio, tiene conocimiento de que un compañero de despacho está ejerciendo como procurador de los tribunales sin reunir los requisitos para ello. ¿Qué tipo de infracción comete Iñaki encubriendo dicho comportamiento? Se trata de una infracción muy grave. Se trata de una infracción grave. Se trata de una infracción leve. No comete ninguna infracción dado que no es él quién incumple con los requisitos exigidos para ejercer la profesión.
Siguiendo con el caso anterior, ¿a qué tipo de sanción podría dar lugar? Podría dar lugar a la amonestación verbal. Podría imponérsele una multa con un máximo de 1500 euros. Podría imponérsele la suspensión en el ejercicio de la Abogacía por un plazo superior a tres meses sin exceder de dos años. No puede imponérsele ninguna sanción porque Iñaki no ha cometido ninguna infracción.
Usted ha sido sancionado por una infracción leve. Sin embargo, cree que ya ha transcurrido el tiempo de prescripción de la misma, pero tiene dudas acerca del mismo. ¿Cuál sería el tiempo de prescripción de las infracciones leves? El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de tres meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de seis meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de un año. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de dos años.
Adriana, abogada en ejercicio, ha sido citada en forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Sí, puede ser sancionado disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado.
Isabel, abogado, tiene en su poder 1000 euros que le ha entregado Fina, su cliente, para que abone los honorarios notariales derivados de la herencia de su padre. Isabel deposita ese dinero en una cuenta bancaria específica para los fondos que le entregan sus clientes. Fina debe a Isabel 800 euros en concepto de honorarios por la tramitación de la herencia que le ha llevado Isabel. ¿Puede Isabel detraer directamente la cantidad que le debe su cliente de los 1000 euros que le ha entregado? No, porque los honorarios notariales son un crédito preferente. Sí, porque es uno de los supuestos previstos en la normativa profesional. No, porque en ningún caso se puede disponer ese dinero para un fin distinto al ordenado. Sí, porque el cobro de los honorarios es un crédito preferente.
Javier es demandado en juicio ordinario y encarga a Pablo, abogado, la tramitación del procedimiento. Firman una hoja de encargo donde se determina que el 50% de los honorarios se pagará en la fecha de contestación de la demanda y el resto al finalizar el procedimiento. El mismo día de la audiencia previa Pablo presenta un escrito en el Juzgado renunciando a la defensa de Javier porque no le ha pagado cantidad alguna. ¿Es correcta la actuación de Pablo? Sí, porque la falta de pago de la provisión de fondos autoriza a Pablo a cesar en sus tareas profesionales. No podrá renunciar porque dejaría indefenso a Javier. Sí, siempre que se hubiese previsto en la hoja de encargo. No podría renunciar pues el Juez no lo admitiría.
Manuel gana un juicio en el que se percibe una indemnización de 4.500 €. Su cliente Juan le había hecho una provisión de fondos de 1.000 €. El procurador entrega a Manuel los referidos 4.500 €. La minuta de Manuel es de 5.000 €. Manuel lo comunica a su cliente para que pase por su despacho y hacerle entrega de los recibos correspondientes a su minuta y liquidación de las diferencias a su favor. Como su cliente no acude a la cita le hace llegar por transferencia el importe de 500 € tras descontar los 4.000 € pendientes de su minuta. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque comunicó al cliente el importe de la indemnización y el de su minuta. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque había recibido una provisión de fondos a cuenta de honorarios. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es incorrecta porque no tuvo el consentimiento expreso del cliente para descontar sus honorarios de la indemnización. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque se trataba de cantidades percibidas en concepto de indemnización.
Un abogado mantiene una relación profesional con un mismo cliente durante varios años, habiéndole encomendado éste un asunto, existiendo entre ambos un acuerdo, reflejado en hoja de encargo en la que se reflejan el modo de pago de los honorarios del Letrado. El acuerdo refleja el abono de una cantidad en concepto de provisión de fondos en el momento de iniciarse el procedimiento y un último pago al finalizar el procedimiento judicial. Por problemas económicos el cliente no llega a abonar la totalidad del primer pago, decidiendo el abogado continuar con la tramitación del asunto hasta obtener la sentencia. Iniciado el procedimiento la parte demandada se allana a las pretensiones del demandante procediendo a consignar judicialmente una cantidad que supera la cuantía de los honorarios adeudados al abogado. ¿Qué debe hacer el Letrado con este importe consignado? Deberá cobrar sus honorarios del importe consignado, entregando al cliente la cantidad sobrante. Deberá entregar al cliente el 100% de la cantidad consignada, continuando con la reclamación de sus honorarios. Podrá cobrar sus honorarios del importe de la cantidad consignada, entregando al cliente el importe sobrante siempre y cuando se haga a través del procurador. Sólo entregará a su cliente la cantidad consignada cuando éste haya abonado sus honorarios profesionales.
Fernando prepara una demanda por un asunto que le ha encomendado su cliente Gervasio. Cuando la tiene preparada para ser presentada ante el Juzgado llama a Gervasio y le dice que debe abonar el 60% de sus honorarios estimados en concepto de provisión de fondos antes de presentar la demanda. Gervasio se niega y dice que abonará los honorarios al finalizar el pleito. A la vista de ello Fernando se plantea no presentar la demanda. ¿La provisión de fondos podrá condicionar el inicio o el cese de las actuaciones profesionales?: Sí, porque el abogado tiene prohibido financiar el pleito. No, porque una vez preparada la demanda no puede dejar la defensa. No, porque previamente debería resolverse judicialmente el contrato de arrendamiento de servicios. Sí, porque el abogado puede renunciar al asunto si no se paga la provisión de fondos.
En el procedimiento de reclamación de honorarios de abogado, si el deudor no paga ni formula oposición dentro del plazo de 10 días en el que es requerido de pago por el Letrado de la Administración de Justicia, ¿Qué ocurre? Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en el procedimiento declarativo que corresponda. Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en un proceso monitorio. Directamente se despachará ejecución por la cuantía a la que asciende la minuta, sin las costas. Directamente se despachará ejecución por la cuantía a la que asciende la minuta, más las costas.
Matilde, abogada, está confeccionando una minuta para su cliente Moldeados Arábigos S.L. Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente) y no descontar la retención por IRPF. Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente), y descontar la retención por IRPF solo si lleva más de tres años de ejercicio profesional. Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente) y descontar la retención por IRPF. Matilde tiene que descontar la retención por IRPF pero no adicionar el IVA (o impuesto equivalente).
Marcos quiere empezar a ejercer la abogacía por cuenta propia y tiene que cumplimentar su alta en Hacienda. ¿Le resulta de aplicación el régimen fiscal especial de los abogados? Sí, siempre que trabaje de forma individual por cuenta propia. Sí, siempre que ejerza a través de una sociedad. No, su régimen fiscal no se diferencia del de otros profesionales que trabajen por cuenta propia. No, siempre que haya renunciado expresamente a la aplicación de ese régimen fiscal especial.
El abogado de Luis formula una demanda civil en defensa de los intereses de su hija Olga reclamando la indemnización de las lesiones sufridas en un accidente, pero sin percatarse de que en el momento de presentarla Olga ya había cumplido 18 años. ¿Ostenta Luis legitimación activa? No. Sí Solo si presta su conformidad el Ministerio Fiscal. Solo si cuenta con autorización del defensor judicial.
35. Su cliente, Ramón, ha sido demandado en un procedimiento ordinario. A instancia del actor se ha despachado ejecución requiriéndole para que realice las obras de reparación a que fue condenado. Ramón acuerda con el ejecutante abonarle 25.000,00 € en lugar de efectuar la ejecución material de las obras. ¿Están facultadas las partes para disponer del objeto del proceso en este momento? Sí, porque el acuerdo no está prohibido o limitado por la ley. Sí, porque la cuantía es superior a 2.000 €. No, porque el acuerdo transaccional solo es posible durante la primera instancia, pero no en vía de ejecución. No, porque no es posible la transacción económica en la ejecución de obligaciones de hacer.
Sandra es parte acusada en un procedimiento penal abreviado y pretende ser representada por su abogado durante todo el procedimiento, con el objetivo de ahorrarse los honorarios del procurador de los tribunales. ¿Es posible dicha opción? No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde el inicio del procedimiento sin que pueda el abogado defensor ejercer labores de representación. No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde la apertura del juicio oral. No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde la fase de instrucción sin que pueda el abogado defensor ejercer labores de representación. Sí, porque no será necesaria la representación mediante procurador durante todo el procedimiento pudiendo ejercer la representación el abogado designado.
Agustín, abogado en ejercicio, ha ejercido la representación de un cliente en un procedimiento civil que concluye con la subasta pública de bienes. ¿Podría adquirir Agustín alguno de estos bienes? No, si los bienes subastados pertenecían a su cliente, pero sí si son de la parte contraria. Sí, si los bienes subastados pertenecían a su cliente, pero no si son de la parte contraria. Sí, Agustín podrá adquirir los bienes al margen de su pertenencia. No, Agustín no podrá comprar ningún bien que se subaste proveniente de un litigio en el que haya intervenido.
A su despacho acude un cliente que quiere interponer una demanda de divorcio pero tiene dudas acerca de qué tribunal sería competente para conocer la cuestión, dado que, además, su cliente y su cónyuge viven en partidos judiciales diferentes. ¿Qué tribunal sería competente para este tema? Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal en todo caso. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandado, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio del demandado en todo caso.
Jorge, abogado en ejercicio, debe interponer recurso de casación contra la resolución desfavorable dictada contra su cliente, al entender que existe una infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso. ¿Ante qué órgano debería interponer dicho recurso? Ante la Sala Primera del Tribunal Supremo. Ante el tribunal que haya dictado la resolución. Ante el tribunal inmediatamente superior de aquel que dictara la resolución. Ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde radique el procedimiento.
Lourdes, abogada en ejercicio, ha sido contratada por un cliente para interponer un recurso de amparo contra un acto administrativo, por entender que con él, se está violando un derecho fundamental. ¿Cuál sería el plazo para interponer dicho recurso? El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de un mes siguiente a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los diez días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los quince días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.
Siguiendo con el caso anterior, una vez interpuesto dicho recurso, ¿se suspendería la ejecución del acto impugnado? Sí, en cualquier caso se suspendería la ejecución del acto. Sí, pero únicamente si así lo solicita el interesado. Sí, pero sólo si la ejecución del acto o sentencia impugnados produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder al amparo su finalidad. Sí, pero únicamente si lo aprecia de oficio la Sala.
A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. De las opciones que se dan a continuación, ¿qué juzgado podría ser el competente para autorizar la ejecución del correspondiente acuerdo? El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que residan cualquiera de los afectados por el acuerdo de mediación. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que viva el interesado en la ejecución de dicho acuerdo.
Siguiendo con el caso anterior, ¿sería preceptiva la intervención de abogado? Sí, en todo caso. No, en ningún caso es preceptiva la intervención de abogado para la ejecución de un acuerdo de mediación. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea inferior a 1.000 euros. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea superior a 2.000 euros.
Leticia ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Abogados de Barcelona para asumir la representación de Iván en un procedimiento de divorcio contencioso dado la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, que el cliente decide no recurrir. ¿En qué situación queda Leticia? Está obligada a seguir interviniendo hasta la finalización del procedimiento y en cuanto los honorarios, abonará la Administración competente los devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria y el cliente los devengados partir de ese momento hasta la resolución que ponga fin al procedimiento. Queda automáticamente apartada del procedimiento en cualquier condición si bien la Administración competente le abonará los honorarios devengados hasta la fecha en que quede efectivamente apartada del procedimiento. Queda sin efecto su designación provisional pero no puede renunciar a la asistencia técnica, debiendo reclamar a su cliente los honorarios devengados hasta ese momento y los que se devenguen en lo sucesivo. La designación queda sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de Leticia.
Siguiendo con el caso anterior, si el cliente cambiase de opinión y quisiera impugnar la decisión definitiva de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, ¿podría realizar dicha impugnación? No, porque las decisiones definitivas de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita no son impugnables. Sí, se podrá impugnar en el plazo de cinco días desde la notificación de la resolución. Sí, se podrá impugnar en el plazo de diez desde la notificación de la resolución. Sí, se podrán impugnar en el plazo de veinte días desde la notificación de la resolución.
María, abogada de guardia para la asistencia a víctimas de violencia de género recibe el aviso para atender a Rosa. ¿Cómo se entrevistarán ambas? María puede mantener una entrevista reservada con Rosa antes de su primera declaración. Si la policía lo considera oportuno bastará con que María se entreviste con Rosa por teléfono. La policía trasladará a Rosa al despacho de María para que así se encuentre más segura. Rosa no tiene derecho a una entrevista reservada con María previa a su primera declaración.
Ángel ha defendido a Yolanda en su divorcio contencioso como abogado del turno de oficio. Tiempo después de la sentencia firme Yolanda le comunica que su ex marido no le paga la pensión de alimentos. ¿Le corresponde a Ángel llevar la ejecución de sentencia? Sí, porque el abogado de oficio siempre tiene que llevar la ejecución. No, porque la ejecución siempre debe llevarla otro abogado de oficio distinto. Sí, siempre que no haya transcurrido más de un año desde que fue dictada la sentencia. Sí, siempre que no hayan transcurrido más de dos años desde que fue dictada la sentencia.
En un procedimiento en el cual no es preceptiva la intervención de procurador, Alba decide no obstante contratar a uno por entender que podría conseguirle un mejor resultado durante el procedimiento judicial en el que está inmersa. Finalmente, Alba consigue la condena en costas de la parte contraria, y desea que en ésta se incluya los honorarios que debe abonar a su procurador. ¿Puede hacerlo Alba? Sí, deberá presentar ante el Letrado de la Administración de Justicia la minuta detallada de su procurador para que sea incluida en las costas, pudiendo no obstante, ser rechazada por la parte contraria. Sí, deberá presentar ante el juez la minuta detallada de su procurador para que sea incluida en las costas. No, dado que la regla general dicta que en los procedimientos en los que no sea perceptiva la intervención de procurador, en la condena en costas no se incluirá los honorarios devengados. No, dado que en la condena en costas nunca se incluye los honorarios devengados por los procurados y abogados, que deben ser abonados por cada una de las partes litigantes.
Un cliente de Luisa ha sido condenado en costas en un procedimiento ordinario. Consecuencia de ello se practica la tasación de costas. En caso de que Luisa impugne los honorarios del abogado contrario por indebidos, ¿quién es competente para resolver la impugnación? El Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto. El juez mediante providencia. La junta de gobierno del colegio de abogados mediante acuerdo. La comisión de honorarios del colegio de abogados mediante dictamen.
50. A su despacho acude un cliente interesado en la impugnación de la tasación de costas en un procedimiento civil. En concreto, quiere impugnar las costas tanto por excesivas como indebidas. ¿Puede impugnarse la minuta del abogado simultáneamente por excesiva y por indebida? Sí, pero solo cuando al mismo tiempo se impugne por ambos conceptos la minuta del procurador. Sí, en cuyo caso se tramitan ambas impugnaciones con arreglo a sus propias normas pero la resolución sobre si los honorarios son excesivos quedarán en suspenso hasta que se decida si la partida impugnada es o no debida. No. Es preciso impugnar en primer lugar por excesivos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrá impugnar por indebidos. No. Es preciso impugnar en primer lugar por indebidos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrá impugnar por excesivos.
Teresa, abogada en ejercicio, acaba de ser contratada por un despacho de abogados muy importante que le exige exclusividad. Ella ejerce como abogada del turno de oficio, pero ahora duda acerca de si debe o no renunciar a dicha labor. ¿Es compatible el régimen de exclusividad con la asistencia letrada del turno de oficio? Sí, es compatible con el régimen de exclusividad la prestación de asistencia letrada y defensa jurídica derivada del turno de oficio. Sí, siempre y cuando en el contrato donde viene reflejado el régimen de exclusividad se haya acordado esta compatibilidad. No, porque el régimen de exclusividad hace incompatible la prestación de cualquier otro servicio de carácter jurídico. No, salvo que expresamente le autorice para ello el Colegio de Abogado a cuyo servicio de turno de oficio esté inscrita Teresa.
Aurora acude a la policía para interponer una denuncia por haber sufrido una agresión por parte de su marido y solicita ser asistida por abogado de oficio. ¿Cuándo debe prestar el abogado de oficio asistencia a la víctima de violencia de género? Dispone del plazo máximo de ocho horas desde que recibe el aviso. Dispone del plazo máximo de tres horas desde que recibe el aviso. Debe acudir de inmediato cuando recibe el aviso. Inmediatamente después de la declaración policial de la víctima.
Marcos, joven abogado, desea inscribirse para prestar el servicio del turno de oficio. ¿A quién corresponde aprobar su solicitud? Al Consejo General de la Abogacía Española. A la comisión provincial de asistencia jurídica gratuita. Al colegio de abogados donde tiene su despacho. Al juez decano del lugar donde tiene su despacho.
Los abogados Juan y Pedro se reúnen para negociar un asunto de sus clientes, sin llegar a acuerdo alguno. Durante la reunión Juan graba las conversaciones mantenidas y las aporta al procedimiento como prueba. Juan puede aportar la grabación. Juan puede aportar la grabación siempre que no se mencione el nombre de los clientes. Juan no puede aportar la grabación a no ser que Pedro lo autorice. Juan nunca puede aportar la grabación.
La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Cáceres tiene en el orden del día de su reunión la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado durante un año a Manuel, abogado en ejercicio. Sin embargo, dada la gravedad de la sanción, dudan acercan de cuál sería la mayoría necesaria para acordar dicha medida. ¿Qué número de votos se exigiría para acordar la suspensión durante un año? La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con las dos terceras partes de sus componentes, estando obligados a asistir a la reunión todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con la mitad más uno de sus componentes, estando obligados a asistir a la reunión todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con las tres quintas partes de sus componentes, no siendo obligatoria la asistencia a la reunión de todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con mayoría simple de los miembros presentes, no siendo obligatoria la asistencia a la reunión de todos los componentes de la Junta.
Usted acaba de ser nombrada secretaria de su Colegio de Abogados de Albacete y, entre sus funciones, debe comunicar las altas que se produzcan en la corporación. ¿A quién debe comunicar dichas altas y bajas? Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo únicamente a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación y al Consejo General de la Abogacía de España pero sólo si éste lo solicita. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo al Consejo General de la Abogacía de España, con el objetivo de llevar el censo de profesionales actualizado. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación así como a los centros penitenciarios y de detención.
El letrado Javier, tras la correspondiente negociación extrajudicial, consigue que su cliente Ana sea indemnizada en una cantidad de 12.000€, cantidad que Javier recibe en su cuenta bancaria para posteriormente transferírsela a Ana. Ana recibe una transferencia de 10.000€, y pregunta a Javier, qué ha ocurrido con los 2.000€ que faltan, Javier le contesta que ha detraído sus honorarios de la indemnización. ¿Puede Javier cobrar sus honorarios de esta manera? Sí, debe cobrarlos de esta manera porque estando en su cuenta bancaria le capacita para ello. No, no se puede quedar con fondos que corresponden al cliente, salvo que tenga autorización para hacerlo recogida en la hoja de encargo o escrito posterior del cliente. No, nunca se pueden detraer honorarios de fondos ajenos. Sí, los honorarios se pueden cobrar de lo obtenido en una negociación extrajudicial.
Julián, abogado en ejercicio, está negociando el abono de una deuda que le deben a su cliente. Como quiera que no es capaz de llegar a una transacción factible, le comunica a Carlos, abogado de la parte contraria, que va a iniciar un procedimiento monitorio. Junto con la demanda adjunta todas las comunicaciones vía email que ha mantenido con Carlos para demostrar que se ha intentado la negociación del pago de la deuda y que ésta existe. ¿Ha actuado correctamente Julián aportando esas comunicaciones? Sí, porque está amparado por la libertad de defensa. No, porque nunca se deben aportar comunicaciones entre abogados en un procedimiento judicial. No, porque únicamente se pueden aportar comunicaciones entre compañeros, con su autorización expresa o por autorización expresa de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados. Sí, porque deben primar los intereses del cliente y su defensa por encima de todo.
A Marta, abogada en ejercicio, le afecta una causa de incompatibilidad establecida en el Estatuto General de la Abogacía, ¿qué actuación debe Marta llevar a cabo? Marta debe manifestarlo por escrito al tribunal donde lleve el procedimiento para que pueda seguir llevándolo. Marta debe acordar con su representado la continuación del proceso o abandonar la defensa. Marta debe comunicarlo sin excusa a la Junta de Gobierno del Colegio y cesar en la situación de incompatibilidad. Marta no debe hacer nada. .
Avisado el Colegio de Abogados de Zamora del registro en el despacho profesional del abogado Luis, el Colegio se plantea qué actuaciones debe llevar a cabo. Deberá ser avisado el juez Decano de la provincia donde radique el despacho, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. Deberá ser avisado el Decano del Colegio de Abogados de su residencia, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. Deberá ser avisado el Fiscal que forme parte de la causa correspondiente, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. En ningún caso se podrá proceder al registro de un despacho de abogados.
Marcos asume los intereses de Juan en un procedimiento judicial, firmando la correspondiente hoja de encargo. Durante la tramitación del procedimiento Juan se empeña en indicar a su abogado qué es lo que tiene que hacer incluso la prueba que tiene que proponer en el procedimiento. Marcos se niega a continuar con el procedimiento. ¿Puede Marcos renunciar a la defensa?. Nunca puede un abogado renunciar a defender a su cliente si ha firmado una hoja de encargo. No puede renunciar porque el procedimiento ya está iniciado. Sí, siempre que lo comunique al cliente y al Juzgado donde se tramita el procedimiento para no producir indefensión. Sí, pero debe comunicarlo al cliente.
Emilio, abogado en ejercicio, deja de pagar su cuota colegial durante un año. A pesar de los requerimientos que le efectúa el colegio no realiza el pago de la cantidad. ¿Puede el Colegio de Abogados darle de baja como colegiado? Nunca, porque la falta de pago de cuotas no es causa de pérdida de la condición de colegiado. No, porque se requiere una sentencia condenatoria en la que se reconozca la cantidad que se debe como paso previo a la pérdida de la condición de colegiado. Sí, siempre que se acuerde por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados mediante resolución motivada. Sí, previo acuerdo de la Junta General del Colegio de Abogados.
Filo, abogada en ejercicio, tramita un divorcio de mutuo acuerdo entre Ángela y Juan. Finalizado dicho procedimiento Juan le pide a Filo que presente una ejecución de sentencia de divorcio. ¿Filo puede aceptar el encargo? No, ya que existe riesgo de violación del secreto profesional y conflicto de intereses. No, salvo que haya pasado un año desde la firmeza de la sentencia. Sí, siempre que Juan le hubiera pagado los honorarios de divorcio. Sí, puede aceptar el encargo en todo caso.
José Luis tiene despacho en León, y además de estar dado de alta en el Colegio de Abogados de León, quiere colegiarse en el Colegio de Abogados de Madrid porque los cursos allí son muy interesantes. ¿Puede José Luis estar dado de alta en ambos colegios? No, tiene que elegir entre uno de los dos colegios. Sí, José Luis puede estar dado de alta en ambos pero uno de ellos debe ser el de la ciudad donde tenga el domicilio profesional único o principal. Sí, tiene que colegiarse en ambos Colegios para poder ejercer la profesión. No, porque los colegios pertenecen a Comunidades Autónomas diferentes.
Restituto, letrado en ejercicio del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, acude a un juicio que tenía señalado en Toledo, presentándose en el mismo en estado de ebriedad. Su cliente pone el hecho en conocimiento del Colegio de Abogados al que pertenece Restituto. ¿Cómo procederá la comisión de deontología del Colegio de Abogados de Madrid? Abrirá directamente expediente disciplinario al letrado. Abrirá una Información Previa y dará traslado al letrado denunciado para que presente alegaciones. Remitirá la queja presentada por el cliente a la Guardia Civil de Toledo, por si la misma considera oportuno abrir diligencias penales. Remitirá la queja al Colegio de Abogados de Toledo por ser el competente.
Julia, abogada en ejercicio, firma una Hoja de Encargo con su cliente en el que especifica que sus honorarios supondrán el 10% de lo que se obtenga en el procedimiento. ¿Es correcta esta forma de fijar los honorarios? Sí, existe libertad de pacto y pueden decidir, cliente y abogado, libremente. No, es preciso fijar una cuantía determinada. No, porque el pacto de cuota Litis está prohibido. Sí, siempre y cuando se indique expresamente el IVA aplicable.
María, abogada en ejercicio y colegiada en el Colegio de Abogados de Vigo, tiene que actuar en un juzgado de Madrid y así lo hace, sin haber comunicado tal intervención ni a su Colegio ni al Colegio de Abogados de Madrid. María ha actuado correctamente. María, con anterioridad a su primera intervención, debe comunicar al Colegio de Abogados de su residencia su actuación en el ámbito de otro colegio profesional. María debe participar su intervención al Colegio de Abogados en cuyo ámbito se encuentra la sede judicial en la que va a actuar. María debe comunicar en todo caso su intervención a ambos Colegios.
El abogado Cristino informa en su página web, que entre sus clientes se encuentran la Duquesa Rosa, la Baronesa Linda y el cantante Buenamente, sin el consentimiento de estos. ¿Es correcta la actuación de Cristino? Sí, pues los clientes que indica le dan prestigio a cualquier abogado. Sí, pues no es publicidad desleal mencionar personas que han sido clientes de abogado siempre que lo sigan siendo. No, pues han dejado de ser clientes del despacho. No, pues está incumpliendo el Código Deontológico.
El abogado Constantino presencia un choque entre dos vehículos, se acerca al lugar del siniestro en el que están gestionando los afectados los documentos relativos a los partes del seguro, y ofrece sus servicios jurídicos a uno de ellos (el que considera el agraviado) entregándole una tarjeta de visita con el fin de que se ponga en contacto con él para tramitar su asunto frente a la entidad aseguradora ¿Puede Constantino actuar así? Sí, hay libertad de publicidad y ofrecimiento de servicios sin ningún tipo de limitación. No, porque tenía que haber ofrecido los servicios a ambas partes, al no tener los suficientes datos del accidente. No, porque no podrá dirigirse por sí o mediante terceros a víctimas de accidentes o desgracias para hacer publicidad y ofrecimiento de servicios. Sí, porque le legitima el hecho de ser testigo presencial del accidente.
En un periódico de la localidad el despacho de letrados, denominado “La buena justicia”, inserta un anuncio en el que se dice: “La buena justicia abogados. Cláusula suelo, consulta gratuita. 100% éxito en asuntos judiciales”. La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados recibe una queja de otro compañero por tal anuncio. La Junta de Gobierno debe archivar la denuncia, toda vez que tal publicidad se ajusta a la legislación de la publicidad, sobre defensa de la competencia y competencia desleal. La Junta de Gobierno incoa un expediente disciplinario a los que integran el despacho “La buena justicia”, porque se promete la obtención de resultados favorables que no dependen exclusivamente de la actividad del abogado. La Junta de Gobierno únicamente dará traslado de la denuncia a la comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), órgano competente para resolver sobre estas cuestiones. La Junta de Gobierno solo podrá dirigirse al medio que publicó el anuncio solicitando su retirada.
15.- Amparo, letrada en ejercicio, también desempeña la profesión de agente de seguros que desarrolla en el mismo despacho de abogados, anunciando ambas actividades en el portal dónde tiene su oficina. El ejercicio de ambas profesiones resulta incompatible. Sólo se le podrá impedir el ejercicio de ambas profesiones si se desarrolla en el mismo despacho. El ejercicio de la abogacía es incompatible con el ejercicio de cualquier otra profesión. Solamente se podría limitar el ejercicio conjunto de dos o más profesiones si así se establece por Ley.
Los abogados Carlos y Oscar están negociando una solución extrajudicial, antes de la presentación de la reclamación judicial. Carlos habla con su cliente Sur S. A. y ésta le informa que no accede a la propuesta extrajudicial planteada. ¿Qué debe hacer Carlos con respecto a Oscar? No tiene que comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. Debe comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. Puede, o no, según le convenga, comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. La comunicación de la finalización de las negociaciones solo será necesaria si el asunto hacía preceptiva la intervención de abogado.
Laura, abogada que presta servicios para un despacho colectivo de abogados bajo el régimen de una relación laboral de carácter especial desconoce si le es de aplicación la normativa deontológica y estatutaria que afecta a la actividad profesional de los abogados. Consultada la normativa al respecto, ¿Cómo debe actuar Laura respecto de las normas que rigen la profesión? Debe actuar en todo momento atendiendo las órdenes o instrucciones de su empleador, sin valorar su adecuación a normas éticas de la profesión de abogado. Tiene derecho a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado, incluidas las éticas y deontológicas. Tiene derecho, si fuera socio del despacho, a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado , incluidas las éticas y deontológicas. Tiene derecho a no seguir las órdenes o instrucciones cuando éstas vulneren los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado, incluidas las éticas y deontológicas, salvo que se le haya comunicado por escrito.
Pepe no tiene confianza en su abogado Ramón, quien le asesora en materia mercantil, y rescinde por ello su contrato de iguala mensual solicitándole la devolución de todos los expedientes, pese a no haberle satisfecho las igualas correspondientes a los últimos seis meses. ¿Qué debe hacer Ramón con la documentación obrante en su poder? Puede negarse a devolver la documentación en tanto en cuanto no se le abone la deuda. Puede negarse a devolverle solamente aquella documentación relativa a los seis últimos meses adeudados. Debe devolverle toda la documentación, pudiéndose quedar en su despacho con copia de la misma. Debe devolverle toda la documentación sin conservar copia de la misma, ya que no es su cliente, e iniciar acciones legales para cobrar la deuda.
Diego es abogado de Martín, que le adeuda una provisión de fondos muy importante. A la vista de su falta de pago, Diego decide cesar en las tareas profesionales encomendadas. Diego no puede cesar en dichas tareas, sino que ha de finalizar el mandato de Martín, y luego ejercitar las acciones que correspondan para el cobro de las mismas. Diego puede cesar en las tareas encomendadas siempre que no cause indefensión a Martín. Para cesar en dichas tareas, Diego habrá de solicitar la autorización expresa de Martín. Para cesar en tales tareas, además de solicitar la autorización expresa de Martín deberá obtenerla también del Decano del Colegio de Abogados del lugar en el que tiene abierto el despacho profesional.
Jokin, abogado de Joanna, comparece en un programa de televisión, habiendo sido autorizado expresamente por su cliente para revelar que Joanna junto con Cholo, Stefano y Alain han coaccionado al alcalde de Parla para la concesión de licencias urbanísticas. Jokin ha actuado correctamente ya que su cliente le ha liberado expresamente de su secreto profesional. Jokin no ha actuado correctamente, ya que para revelar tales hechos debieran haber dado su consentimiento expreso no solamente Joanna, sino también Stefano y Alain, afectados por el secreto profesional. Jokin no queda relevado del deber de secreto profesional por la autorización de Joanna. Jokin puede revelar el secreto, ya que ha sido autorizado para ello, pero ocultando las identidades de Cholo, Stefano y Alain.
Juan es abogado de Mario y de Pedro en un procedimiento penal en el que ambos son acusados de un delito de estafa cometida de común acuerdo frente a la compañía aseguradora LA LUNA. En este proceso, Mario se ha apropiado de 100.000€, pero la compañía aseguradora les acusa a ambos de haberse apropiado de dicha suma en iguales partes. ¿Es correcta la actuación de Juan al ejercer la defensa de Mario y de Pedro en dicho procedimiento?. Sí, aunque la defensa de ambos implique un conflicto de intereses. No, en ningún caso. Solamente si Pedro le autoriza expresamente para ello. Solamente en el caso de que ambos, Mario y Pedro, le autoricen expresamente.
Juan, abogado, es contratado por Eva para ejercitar una acción penal contra Luís, otro compañero abogado porque no le entregó la cantidad correspondiente a una consignación judicial que recogió en nombre de su cliente Eva. ¿Qué actuaciones tiene que llevar a cabo Juan con relación a las normas que rigen la profesión?. Comunicarlo al otro Abogado para que quede enterado antes de iniciar el proceso penal contra él. Comunicarlo previamente al Decano por si éste considera oportuno realizar una labor de mediación. No debe comunicarlo al Decano para ver si considera oportuno realizar una labor de mediación, toda vez que ello sólo es necesario cuando la acción penal se ejerce por el abogado en nombre propio y no en nombre de un cliente. No debe hacer nada puesto que la comunicación al Decano sólo es obligatoria antes del ejercicio de acciones civiles, pero no penales.
El Abogado Olivier colabora con la abogada Patricia, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 80%-20%. ¿Es correcto este acuerdo? Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los Abogados. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el Abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. La actuación es correcta, puesto que hay una colaboración profesional. La actuación solo sería correcta si el reparto de honorarios fuera al 50% para cada abogado.
El Abogado que recibe cartas o comunicaciones del Abogado de la otra parte podrá entregarlas a su propio cliente: Sin autorización de ninguna clase. Previa autorización expresa del abogado de la otra parte. Previa autorización del Decano. En ningún caso se pueden entregar tales comunicaciones al cliente.
25.- Sandra es abogada de Laura en un procedimiento de reclamación de cantidad. Laura quiere que se aporte en el procedimiento una serie de documentación que Sandra considera que no es importante ya que lo que hará será confundir sobre el fondo del asunto. Ante la negativa de Sandra, comienzan a surgir fricciones con Laura por lo que Sandra se platea renunciar a la defensa del asunto. Sandra puede dejar la defensa en cualquier momento, absteniéndose por completo de cualquier actuación a partir de dicho momento. Sandra no puede renunciar al asunto una vez aceptado. Sandra solo puede renunciar al asunto si falta el pago de la provisión de fondos solicitada. Sandra puede renunciar al asunto cuando surjan discrepancias con el cliente, debiendo realizar cuantos actos sean necesarios para evitar la indefensión del mismo.
María solicita a Carlos una provisión de fondos para aceptar el encargo profesional de presentación de una demanda, acordando que dicho pago se efectuaría en el plazo de 20 días. Carlos no hace el pago y María no presenta la demanda. ¿Ha actuado María correctamente? No, porque ante todo debe presentar la demanda y luego, en su caso, exigir el pago de los honorarios por la vía que corresponda, incluso reclamándolos judicialmente. No, porque está prohibido solicitar provisiones de fondos. Sí. No, porque el plazo para el pago de las provisiones de fondos es de un mes.
La Junta de gobierno del Colegio de Abogados de Huesca ha impuesto a María una sanción al considerar que ha incumplido sus deberes profesionales. María quiere recurrir la sanción impuesta por lo que se plantea los pasos a seguir. María no puede recurrir la sanción ya que es obligado para los abogados el respeto a los acuerdos de la Junta de Gobierno y su consiguiente cumplimiento. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General de la Abogacía Española o el Consejo Autonómico correspondiente, en su caso, y posteriormente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General o Consejo Autonómico, pero éstos agotan las vías de recurso por tratarse de acuerdos internos de la abogacía. María puede recurrir la sanción ante la jurisdicción civil, en caso de que la sanción sea indebida y cause perjuicios económicos y morales al abogado sancionado. .
Juan recibe el encargo de llevar un asunto de un cliente que antes estaba defendiendo Pedro, otro abogado. Juan pide la venia a Pedro, el cual se la niega porque todavía no ha cobrado sus honorarios. No se puede dar la venia si no te han pagado los honorarios. La venia no se puede denegar. Ante una situación así, Juan debe pedir amparo al Juzgado decano del lugar. Juan debe hacer todas las gestiones que sean posibles sin poder sustituir al abogado anterior hasta que cobre los honorarios debidos.
Luis quiere incorporarse como abogado en el Colegio de Abogados de León para ejercer por cuenta propia y desconoce que obligaciones debe cumplir para cubrir su previsión social. Luis debe de darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad de la Abogacía. Luis debe darse de alta en la correspondiente Mutua o en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social. Luis debe de darse de alta únicamente en el régimen especial de trabajadores autónomos. Luis sólo debe de cumplir con sus obligaciones fiscales, y darse de alta previamente en un Colegio Profesional.
Ante sus desavenencias conyugales, Miguel y Patricia deciden de mutuo acuerdo poner fin a su matrimonio contratando los servicios profesionales de Carmen, abogada matrimonialista. Sin embargo, una vez elaborado el Convenio Regulador, Miguel le comunica a Carmen que "se ha buscado" otro abogado. ¿Cómo debería actuar Carmen? Debería renunciar a la defensa de ambos cónyuges por existir conflicto de intereses entre ellos, salvo que ambos le autorizaran expresamente para que continuara con la defensa de Patricia. Podría continuar con la defensa exclusivamente de Patricia desde el momento en que el otro abogado le solicitara la venia para defender a Miguel. Deberá comunicar a Miguel que renuncia a su defensa por falta de confianza. Continuaría con la defensa de Patricia siempre que se comprometa formalmente a no violar el secreto de las informaciones obtenidas por su anterior relación con Miguel.
Con fecha 10 de febrero de 2016, Sandra, abogada inscrita en el Colegio de abogados de Cáceres, interpone en defensa de los intereses de su cliente, Andrés, una demanda de reclamación de cantidad por impago de los arrendamientos de unos inmuebles por importe de 1.000 €, sin la intervención de procurador. ¿Está Sandra obligada a presentar la demanda vía lexnet? Sí, es obligatoria desde el 1 de enero de 2016. Sí, porque no está permitida la representación de procurador en procedimientos civiles de cuantía inferior a 2.000 €. No, se pueden seguir presentando escritos en papel hasta el 1 de enero de 2018. No, es potestativa al tratarse de un procedimiento iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2016.
Carlos, abogado, es el defensor de los intereses de Clara en un procedimiento laboral ¿Tiene Carlos la obligación de presentar la demanda vía Lexnet?. ANULADA Sí, es obligatorio en todos los procedimientos laborales. No, el abogado en ningún caso tiene obligación de presentar la demanda vía lexnet. No, sólo si el Letrado de la Administración de Justicia así se lo exige. No, solo tiene obligación en los procedimientos judiciales en los que intervenga el procurador.
33.- Ignacio, abogado, va a salir de vacaciones y quiere presentar un recurso contencioso administrativo con anterioridad. ¿Cuándo puede presentar válidamente el escrito vía lexnet? Puede presentar el recurso únicamente en días y horas hábiles. Todo escrito presentado en día u hora inhábil se tendrá a todos los efectos por no presentado. Puede presentar el recurso todos los días, las 24 horas, pero en caso de presentación en días u horas inhábiles, se entenderá presentado el primer día hábil siguiente. Únicamente puede presentar el recurso via lexnet en días inhábiles. Puede presentar válidamente escritos en días inhábiles solo en las jurisdicciones penal y laboral.
Laura tiene previsto irse al extranjero en el mes de agosto y tiene pendiente que el juzgado le notifique una resolución en un procedimiento laboral que se tramita vía lexnet. ¿ Puede el juzgado notificar a Laura durante el mes de agosto? No, no se realizarán comunicaciones en el mes de agosto, excepto en aquellos casos en que, dependiendo de la jurisdicción y procedimiento de que se trate, dicho mes sea hábil o por decisión judicial se habilitase algún día del mes de agosto. No, si avisa al juzgado que se marcha al extranjero. Sí, el mes de agosto siempre es mes hábil. No se realizarán comunicaciones en el mes de agosto.
Juan ha de presentar un recurso contencioso-administrativo pero tiene varios vencimientos pendientes y se pregunta si al entrar en vigor la obligatoriedad de la presentación electrónica de escritos, se mantiene el día de gracia que existía en la actualidad. No, al entrar en vigor la obligatoriedad de presentación electrónica de escritos, desaparece el día de gracia. Sí, pero se mantiene la hora límite de presentación de escritos hasta las 15:00h. Sí, hasta las 12 de la noche del día de gracia. El plazo de gracia solo se mantiene para los procedimientos laborales.
Luis, abogado, va a interponer una demanda en abril de 2018 contra la empresa Servicios S. A, por el despido de uno de sus trabajadores. ¿Cómo ha de presentar el escrito iniciador y la documentación? El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan por vía electrónica, debiendo además presentarse en soporte papel, en los 3 días siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes. El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan exclusivamente por vía electrónica sin posibilidad de presentar la documentación en soporte papel y el Juzgado se encarga de notificar a las partes. El escrito iniciador y la documentación ha de presentarse en papel en el registro general de los juzgados competentes. El escrito iniciador debe presentarse en soporte papel y los documentos que lo acompañan deben presentarse exclusivamente por vía electrónica.
Sara, abogada, necesita presentar un recurso de casación y desconoce el procedimiento a seguir para la presentación del recurso. ANULADA Se presenta por vía electrónica, debiendo además presentarse en soporte papel, en los 3 días siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes. Al tratarse de un recurso de casación se presenta exclusivamente por vía electrónica y la Sala se encarga de notificar a las partes. Los recursos han de presentarse en formato papel en el Juzgado Decano correspondiente quien se encarga de notificar a las partes. No es posible la presentación de recursos vía lexnet.
Pablo, Adrián y Jose ponen en marcha un gabinete jurídico bajo la fórmula de Sociedad Limitada Profesional. ¿Quién es el responsable de los ficheros de datos que se traten? El responsable será el administrador de la SLP. Las personas jurídicas no tienen responsabilidad desde el punto de vista de la Protección de Datos. La responsable será la SLP. El responsable sera el socio capitalista mayoritario de la SLP.
Elena tiene un despacho profesional y quiere lanzar una campaña publicitaria entre sus potenciales clientes a través de un correo electrónico. ¿Qué actuaciones ha de llevar a cabo Elena en este sentido? Elena puede enviar publicidad siempre que exista consentimiento previo. El consentimiento facilitado por el interesado es irrevocable. Elena puede enviar publicidad sin necesidad de consentimiento. Elena puede enviar publicidad sin necesidad de consentimiento, siempre que facilite un correo electrónico a través del cual los interesados puedan ejercer su derecho de cancelación u oposición. Elena no puede enviar publicidad por medio de comunicación electrónica sin consentimiento previo del destinatario.
Pascual es abogado. Decide asociarse con Carlos, creando el Gabinete Jurídico “ Lex”. Ambos deciden compartir desde ese momento sus clientes. ¿Qué actuaciones deben llevar a cabo en relación con los clientes con los que previamente contaba cada uno de ellos? Ambos deberán solicitar su consentimiento para la cesión de sus datos a fin de que el Gabinete Jurídico “Lex” pueda proceder al tratamiento de los mismos. Los clientes deberán consentir la cesión de datos forzosamente. Los clientes no tienen nada que decir al respecto, pues se trata de una relación entre responsable de fichero y encargado de tratamiento. Basta con que uno de los dos abogados solicite el consentimiento a sus clientes.
Profesionalmente se le encarga iniciar actuaciones para llevar a efecto un arbitraje en el cual se proceda a solicitar el reconocimiento de filiación de un menor de edad. No es posible realizar un arbitraje en este supuesto. Tendría que llevarse a efecto como un arbitraje de equidad. Tendría que llevarse a cabo como un arbitraje institucional. Tendría que llevarse a efecto como un arbitraje de derecho.
A Fernando, abogado en ejercicio, se le encarga realizar una reclamación en materia de consumo frente a una compañía de servicios de telecomunicaciones; ¿A qué vías extrajudiciales de resolución del citado conflicto puede acudir?: Sólo a un arbitraje. Sólo a una mediación. Un arbitraje y una mediación, indistintamente No es posible someter la cuestión ni a arbitraje ni a mediación.
Joaquín, abogado en ejercicio, no está conforme con un acuerdo de mediación, ¿puede impugnarlo? No, en ningún caso. Sí, ante el juzgado de primera instancia del lugar en que se haya firmado y mediante recurso de apelación. Sí, pero de forma indirecta, instando la nulidad del acuerdo por las causas que invalidan los contratos. Sí, ante el propio mediador mediante un recurso de revisión.
Juan ganó con costas un juicio ordinario y solicitó la tasación de las costas aportando una minuta en la que se invocan los “criterios de honorarios para costas” de su Colegio. ¿Es correcta la actuación de Juan? Sí, porque los criterios de honorarios solo existen para tasación de costas y jura de cuentas. No porque Juan puede fijar los honorarios que estime oportuno. No porque al ser las costas un crédito del cliente, Juan solo puede tasar las costas por la misma cantidad que haya cobrado a su cliente. Si, porque Juan ya ha cobrado de su cliente.
Ana, letrada de la parte condenada en costas en un procedimiento ordinario recibe la tasación de costas solicitada por la parte adversa ganadora del litigio, de la que discrepa por considerar mal aplicado los criterios de honorarios para las tasaciones de costas, que se contienen en la minuta del letrado. ANULADA Ana impugna los honorarios por indebidos, ya que considera que no se aplicaron bien los criterios de honorarios para las tasaciones de costas del Colegio. Ana impugna los honorarios por indebidos y excesivos ya que considera que no se aplicaron bien los criterios de honorarios para las tasaciones de costas del Colegio. Ana impugna los honorarios del letrado solamente por excesivos. Ana solicita del juzgado que se requiera al letrado minutante, para que confeccione una nueva minuta adaptada a los honorarios del Colegio. .
Manuel perdió un juicio ordinario, con condena en costas. La parte contraria solicita la tasación de costas y aporta la minuta de un letrado diferente al que llevó el procedimiento, por haber éste causado baja en el ejercicio profesional. Manuel impugna los honorarios por indebidos al no corresponder la minuta al letrado que llevó el procedimiento. Manuel impugna los honorarios por excesivos al no corresponder la minuta al letrado que llevo el procedimiento. Manuel decide no impugnar la minuta ya que el crédito de costas pertenece al cliente, con independencia del letrado que solicite la tasación. Manuel solicita del juzgado requiera al cliente para que aporte la minuta del anterior letrado.
A María, letrada adscrita al Turno de Oficio Penal Especial de su colegio, le han designado la defensa de un investigado por un supuesto delito de abusos sexuales a menores. Dado que María está muy sensibilizada en este tipo de asuntos, presenta un escrito en el Juzgado para que la aparten del procedimiento. ¿Ha actuado correctamente la letrada? Sí, ya que siempre es posible la renuncia en el Juzgado en los casos de delitos sexuales. No, ya que no cabe renuncia a la designación en ningún caso. No, deberá ponerlo en conocimiento del Decano del colegio de abogados, quién apreciará si concurre o no motivo personal y justo. Sí, y el Juzgado a la vista del escrito solicitará otro abogado para el procedimiento.
Antonio, soltero y sin cargas familiares, y con unos ingresos fijos de 6.000€ anuales, es demandante en un procedimiento ordinario, en el que actúa con procurador y letrado de su libre elección, obtiene una sentencia desestimatoria. Para interponer Recurso de Apelación solicita justicia gratuita y designación de oficio de profesionales y alega insuficiencia económica sobrevenida. ANULADA Se le concederá pues no excede de los ingresos fijados para su unidad familiar. Se le denegará por exceder de los ingresos. Se le denegará por no ser familia numerosa. Se le deniega porque sus circunstancias económicas no han sobrevenido con posterioridad a la interposición de la demanda.
En un procedimiento penal y tras sentencia condenatoria, Juan, el condenado, acude a solicitar justicia gratuita para interponer Recurso de Apelación. Lourdes, la letrada designada, tras el examen de la sentencia le informa que es prácticamente imposible que pueda estimarse el recurso. ¿Qué tiene que hacer Lourdes? Debe comunicar a su colegio que la defensa es insostenible. Debe presentar escrito al juzgado comunicando la insostenibilidad de la pretensión. Al tratarse de un procedimiento penal, Lourdes tiene la obligación de interponer el recurso. Puede renunciar a la designación si posteriormente se da de baja en el turno.
Aurora es una mujer víctima de violencia de género. Para la defensa de sus derechos e intereses en relación con esa condición ¿Tiene derecho al beneficio de justicia gratuita con independencia de sus ingresos? Sí, en todo caso. No, salvo que cumpla los requisitos de carencia de recursos económicos. No, ya que debe esperar a que se dicte sentencia. Sí, si bien el derecho se limita al de asistencia letrada.
Usted ha sido sancionado por una infracción leve. Sin embargo, cree que ya ha transcurrido el tiempo de prescripción de la misma, pero tiene dudas acerca del mismo. ¿Cuál sería el tiempo de prescripción de las infracciones leves? El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de tres meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de seis meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de un año. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de dos años.
Emma, abogada en ejercicio, ha sido citada en forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado.
A su despacho acude un cliente que quiere interponer una demanda de divorcio pero tiene dudas acerca de qué tribunal sería competente para conocer la cuestión, dado que además, su cliente y su cónyuge viven en partidos judiciales diferentes. ¿Qué tribunal sería competente para este tema? Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal en todo caso. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandado, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio del demandado en todo caso.
A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. ¿Qué juzgado sería el competente para autorizar la ejecución del correspondiente acuerdo? El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que residan cualquier de los afectados por el acuerdo de mediación. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que viva el interesado en la ejecución de dicho acuerdo.
Álvaro, abogado en ejercicio, quiere interponer recurso de casación contra la resolución desfavorable dictada contra su cliente, al entender que existe una infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso. ¿Qué plazo tiene Álvaro para interponer dicho recurso? Álvaro no puede interponer recurso de casación, debiendo interponerse recurso de revisión en el plazo de los diez días hábiles tras la notificación de dicha sentencia. Álvaro dispone de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución para la interposición del recurso. Álvaro debe solicitar en primer lugar escrito aclaratorio de sentencia, y sólo posteriormente podrá interponer recurso de casación en el plazo de veinte días desde el día siguiente al escrito aclaratorio. Álvaro dispone de quince días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución para la interposición del recurso.
1.- Jorge es abogado de Ana, quien le ha encargado formular una reclamación de cantidad contra Carmen. Antes de interponer la demanda, Jorge dirige una carta a Carmen para que pase por su despacho e intente llegar a un acuerdo que evite el litigio o bien, para el caso de que tenga abogado, éste se ponga en contacto con él. Carmen acude en solitario a la cita y se reúne con Jorge y con su compañero de despacho Miguel. Ante ambos Carmen reconoce que debe la cantidad reclamada, pero que no la puede pagar por problemas económicos. Al no alcanzarse un acuerdo Jorge presenta la demanda contra Carmen, quien se opone y niega la deuda. Jorge propone a Miguel como testigo y éste declara sobre lo ocurrido durante la reunión. ¿Es correcta la actuación de Miguel?: No, porque vulnera el secreto profesional. No, porque un abogado no puede declarar como testigo en un juicio. Sí, porque Carmen no es ni ha sido cliente suya. Sí, porque en juicio dijo la verdad de lo que había presenciado.
Antxon recibe el encargo de preparar una documentación de naturaleza contractual para un cliente que quiere llegar a un acuerdo con otro cliente suyo anterior. ¿Puede preparar dicha documentación Antxon?: No, dado que tendría una situación de conflicto de interés al tratarse de partes con intereses contrapuestos. No, salvo que expresamente lo autorice su cliente anterior. Sí, Antxon puede participar en la preparación de dichos documentos en interés de todas las partes, manteniendo una estricta objetividad. Sí, si lo autoriza previamente el Colegio de Abogados al que pertenezca.
La abogada Cristina recibe la visita de Juan, que es propietario de una lonja que ha sido afectada por la caída de agua desde la vivienda situada inmediatamente encima, que es propiedad del abogado Alberto. ¿Qué debe hacer Cristina, dada la condición de abogado de Alberto, antes de presentar la demanda en reclamación de daños y perjuicios?: Debe comunicarle su intención antes de poder demandarle. Debe comunicárselo al Decano del Colegio de Abogados al que pertenezca Alberto, por si éste entiende necesario realizar una mediación previa. No precisa hacer nada, ya que puede presentar directamente la demanda o reclamaciones previas que crea oportunas sin atender a la condición de abogado de Alberto. Debe realizar una comunicación previa a la Junta de gobierno del Colegio de Abogados al que pertenezca Alberto.
Álvaro, abogado, tiene en su poder 3.000 euros que le ha transferido su cliente para que proceda a la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales devengado por la compraventa de unos terrenos en la que ha intervenido profesionalmente. El cliente debe al abogado 1.500 euros en concepto de honorarios por su intervención profesional. ¿Puede el abogado detraer directamente la cantidad que le debe su cliente de los 3.000 euros que le ha entregado?: Sí, porque tiene derecho al cobro de sus honorarios. Sí, porque el cobro de los honorarios es un crédito preferente al pago de cualquier gestión encargada. No, porque la deuda generada en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un crédito preferente respecto a los honorarios adeudados al abogado. No, porque no puede disponer ese dinero para un fin distinto al ordenado por el cliente, salvo que éste lo autorice expresamente.
Montaña, abogada, está negociando con su compañero Simón el cumplimiento de un contrato de compraventa entre clientes de ambos y en concreto el pago de la cantidad de 1.200 euros. Las negociaciones se prolongan intentando evitar el juicio, pero Montaña sospecha que el ánimo de su compañero es dilatorio. El ejercicio de la acción de reclamación prescribe en breve por lo que el cliente de Montaña le ordena presentar la demanda, y ella así lo hace sin previo aviso a Simón ¿es correcta la actuación de Montaña?: Sí, porque está obedeciendo las indicaciones de su cliente. Sí, porque está próxima la posible prescripción de la acción. No, porque debe comunicarse el cese de las negociaciones al letrado contrario antes de demandar. No, porque en este caso la intervención del Letrado no es preceptiva y la demanda la presenta el cliente a su nombre.
.- En el transcurso de un juicio por delito leve la abogada del denunciado en su informe final como defensora manifiesta, refiriéndose al abogado del denunciante que “en toda su vida de ejercicio profesional no ha visto nunca tanta desvergüenza, ignorancia e indignidad como la mostrada por el abogado del denunciante en su actuación de este juicio”. ¿Puede ser sancionada por ello?: No, porque la libertad de defensa impide que ningún abogado pueda ser sancionado por sus manifestaciones cuando está ejerciendo la defensa en un juicio penal. Sí, puede ser sancionada por el propio órgano judicial y por el Colegio de Abogados. Sí, puede ser sancionada, pero solo por el órgano judicial. Sí, puede ser sancionada, pero solo por el Colegio de Abogados.
María fue la Abogada de Andrés y Marta en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo seguido entre ellos, para lo cual hubo de redactar el convenio regulador justificándose en él los ingresos que cada cónyuge percibía. Seis meses más tarde Marta acude al despacho de María para encargarle un procedimiento sobre reclamación de cantidad de una deuda que mantiene Andrés con la empresa que gerencia la nueva pareja de Marta. Marta indica a María que el hecho de haber acudido a ella lo es en razón de que conoce con detalle la situación económica de Andrés por haber sido abogada de él en el procedimiento de familia. ¿Qué debe hacer María?: María no puede aceptar el asunto, porque no ha transcurrido un año desde que finalizó el asunto anterior. María puede aceptar el asunto, ya que el anterior fue finalizado hace seis meses y la situación económica de Andrés puede no ser la misma. María no puede aceptar el encargo profesional, ya que implica actuaciones contra un anterior cliente y existe riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente pueda ser violado, o que de ellas pueda resultar beneficio para el nuevo cliente. María debe aceptar el asunto, advirtiendo a Marta que no podrá hacer uso de la información que le consta acerca de la situación económica de Andrés por haberla obtenido en función de su antigua relación.
Izaskun, asume la defensa de los intereses de Manuel en un procedimiento judicial. Durante la tramitación del procedimiento surgen graves discrepancias con el cliente y Manuel le insta a formular peticiones a las que Izaskun se niega según su criterio profesional. Ante la negativa, Manuel amenaza a Izaskun y esta renuncia a continuar con el procedimiento, comunicándolo al Juzgado y mediante burofax al cliente. ¿Es correcta la actuación de la abogada?: Sí, siempre que no cause indefensión al cliente puede renunciar a la dirección del asunto cuando surjan discrepancias con él. Sí, puede cesar en la defensa en cualquier circunstancia, salvo que esté señalado el juicio. No, no se puede abandonar la defensa por el mero hecho de que existan discrepancias entre abogado y cliente. No, nunca se puede abandonar la defensa de un cliente en un procedimiento o ir en contra de sus peticiones.
Ignasi, abogado, es hermano de Luis, pescadero. Ambos han llegado a un acuerdo por virtud del cual Luis capta entre los clientes de la pescadería asuntos para Ignasi, recibiendo a cambio Luis el 50 por ciento de los honorarios cobrados por Ignasi. ¿Está permitido por las normas deontológicas este pacto para compartir honorarios entre los dos hermanos?: Sí, siempre que el pacto de honorarios alcance sólo a los clientes captados por Luis. No, porque los abogados no pueden pagar comisiones a quien les envía clientes. Sí, porque se trata de un acuerdo en el ámbito familiar del que se benefician ambas partes. No, porque no consta por escrito.
Alfredo es cliente habitual de Lourdes, abogada de su plena confianza. Después de muchos años de relación profesional Alfredo encomienda a Lourdes que le lleve un nuevo asunto y le pide antes firmar una hoja de encargo para conocer con seguridad el importe de los honorarios y su forma de pago. ¿Cuál es la actuación que debería tener Lourdes ante esta solicitud de hoja de encargo?: Debe de negarse porque supone una desconfianza impropia en las relaciones entre abogado y cliente. Debe suscribirla porque es una obligación de los abogados en todos los casos, aunque no se lo hubiera solicitado Alfredo. Debe negarse porque para eso están los criterios orientadores para Tasaciones de Costas. Debe suscribir la hoja de encargo porque su cliente se lo pide.
.- Los abogados Sergi y Dolors están negociando un acuerdo para la solución extrajudicial de un conflicto entre sus respectivos clientes. Ante la sospecha de que Dolors no está trasladando a su cliente las propuestas que le ofrece Sergi, éste se dirige directamente al cliente de Dolors. ¿Es correcta la actuación de Sergi?: Sí, porque Sergi está obligado a actuar de cualquier forma útil para los intereses de su cliente. Sí, porque Dolors puede estar incurriendo en infracción deontológica. No, porque Sergi ha de abstenerse de toda relación y comunicación con la parte contraria cuando le conste que está representada o asistida por otro Abogado, como es el caso. No, porque comunicarse directamente con el contrario defrauda la confianza que Sergi debe mantener con su propio cliente.
En plenas negociaciones de un acuerdo extrajudicial, Xose, abogado, manifiesta a Uxia, abogada contraria, que la testarudez enfermiza del cliente de Xose está haciendo imposible llegar a un acuerdo. Uxia lo comenta con su propio cliente y éste se lo echa en cara al cliente de Xose, dado que se ven con frecuencia. ¿La actuación de Xose plantea algún problema?: Puede suponer infracción deontológica, porque los abogados no comprometerán a su propio cliente con comentarios o manifestaciones que puedan causarle desprestigio o lesión directa o indirecta. No supone infracción deontológica si sirve para que las negociaciones finalicen en acuerdo. Supone una infracción a la lealtad y respeto que los abogados se deben recíprocamente, pues puede tratarse de una mera excusa para dificultar las negociaciones. Es una actuación totalmente inocua a efectos deontológicos.
Pol pierde la confianza en su abogado y decide contratar los servicios de otro para que continúe con la defensa de un procedimiento judicial ya iniciado. El nuevo abogado, examinada la documentación que le ha traído Pol, observa la necesidad urgente de interponer un recurso de reposición contra la decisión judicial de inadmitir una prueba. Esa prueba es esencial, su pérdida conllevaría gran perjuicio para los intereses de Pol y sólo queda un día de plazo para su interposición. ¿Puede el nuevo abogado personarse e interponer el recurso de manera urgente?: No, porque el nuevo abogado no puede realizar actuación alguna hasta que el abogado sustituido le autorice. No, porque es imprescindible que conste la autorización y la satisfacción de los honorarios del abogado sustituido. Sí, porque la sustitución de abogado es una facultad no sujeta a condición de ninguna clase, derivada del derecho del cliente a la libre designación de abogado. Sí, porque si fuera precisa la adopción de medidas urgentes en interés del cliente, el abogado nuevo podrá adoptarlas, informando previamente a su predecesor y poniéndolo en conocimiento anticipado del Decano del Colegio en cuyo ámbito actúe.
.- La abogada Rosario ha sido citada en forma por un Juzgado de Primera Instancia para comparecer a fin de prestar declaración sobre un asunto en el que tuvo intervención profesional. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello por el Colegio de Abogados?: No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. .No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de las sanciones que pueda imponer el tribunal, puede ser sancionada disciplinariamente por el Colegio de Abogados. Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no puede ser sancionada por el tribunal.
16.- El juzgado de instrucción ordena el registro del despacho de Salvador, abogado, en el contexto de un procedimiento sobre blanqueo de capitales. Al registro podrá acudir: El decano del Colegio de abogados, si es requerido para ello, velando porque se respete el secreto profesional. Únicamente el secretario del Colegio de abogados, a los exclusivos efectos de levantar acta. No podrá acudir ningún letrado que no sea abogado de alguna de las partes Únicamente podrá acudir Salvador, si se lo autoriza el juez de instrucción.
Gaizka acude a una audiencia previa en sustitución de su compañera, Ane, a quien le coincide otro señalamiento, manifestándolo verbalmente. Pero la letrada de la Administración de Justicia le dice a Gaizka que si no acredita la causa por la que no comparece Ane, no podrá intervenir. ¿Es correcta la actuación de la Letrada de la Administración de Justicia?: Sí, pues su compañera debió avisar al juzgado al menos con 48 horas de antelación. No, porque Gaizka puede intervenir bajo su responsabilidad en sustitución de Ane, bastando su declaración a estos efectos. Sí, porque Gaizka solamente puede intervenir recabando la autorización de Ane por escrito. No, Gaizka puede intervenir, pero siempre y cuando en la siguiente vista intervenga Ane.
Carlota es abogada con despacho abierto y colegiada en Madrid, pero actúa habitualmente en varias provincias. En una ocasión aislada comete una infracción deontológica en relación a un procedimiento que se lleva en Burgos, por lo que resulta denunciada por su cliente de ese asunto judicial. ¿Qué institución es competente para sancionarla?: El Colegio de Abogados de Madrid, dado que es al que pertenece El Colegio de Abogados de Burgos, por ser el del lugar donde se desarrollaba el procedimiento judicial del asunto El Juzgado de Burgos, al haber un procedimiento judicial iniciado y en tramitación ante el mismo. El Colegio de Abogados ante el que formule la denuncia la cliente, que puede hacerlo ante el de Burgos o ante el de Madrid.
Esteban resulta sancionado por el Colegio de Abogados por haber cometido una infracción deontológica grave. ¿Qué sanción puede corresponderle por ella?: Amonestación. Suspensión en el ejercicio de la abogacía de 15 a 30 días. Suspensión en el ejercicio de la abogacía por tiempo máximo de 3 meses. Suspensión en el ejercicio de la abogacía por tiempo máximo de 2 años.
Triana, abogada principiante en la profesión, propone a uno de sus primeros clientes cobrar los honorarios por su labor en función de horas de trabajo. ¿Si el cliente está de acuerdo, es correcta esa forma de fijar sus honorarios?: Sí. No. Depende de si el asunto encomendado es judicial o extrajudicial. Sí, pero a condición de que se establezca un precio máximo por todo el asunto para que el cliente lo conozca desde el principio.
Una persona de nacionalidad australiana, que vive en Salamanca, es emplazada por el Juzgado de Primera Instancia para contestar a una demanda de juicio ordinario en reclamación de 10.000 €. Si tramita la Asistencia Jurídica Gratuita, ¿le sería designado abogado del Turno de Oficio en caso de cumplir los requisitos económicos?: No, porque sólo se designaría en caso de existir convenio al respecto entre España y Australia. Sí, porque los extranjeros que se encuentran en España y acreditan insuficiencia de recursos para litigar tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la designación de profesionales del Turno de Oficio. No, porque es extranjera no comunitaria No, porque sólo tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita los ciudadanos españoles. .
Iker, incorporado como abogado al colegio de abogados de Zaragoza el 15 de septiembre de 2018, quiere votar para elegir al nuevo Decano de su colegio en las elecciones convocadas el 1 de diciembre de 2018. ¿Puede Iker votar en las elecciones al Decanato conforme a lo que dispone el Estatuto General de la Abogacía?: No, porque los colegiados no pueden participar en las primeras elecciones a Decanato que se convoquen tras su incorporación al Colegio. No, porque no lleva tres meses aún colegiado al convocarse las elecciones. Sí, puede participar como elector desde el mismo día de la colegiación. Sí, puede participar como elector porque lleva más de un mes colegiado al convocarse las elecciones.
Ramón, abogado, adscrito al turno civil de su Colegio es turnado para llevar un asunto de la citada materia el 30 de enero de 2018. Tras un par de reuniones con el cliente designado y examinada toda la documentación que este le aporta, presenta el 8 de febrero una insostenibilidad ante el Colegio: No, debe presentarla ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita Sí, el Colegio es el órgano competente para resolverla. No, Ramon deberá llevar el asunto puesto que es designado por turno. No, debe presentar la insostenibilidad ante el Juzgado.
Una abogada incorporada al turno de oficio de su Colegio, recibe una designación del mismo para tramitar un procedimiento de divorcio. ¿Qué labor profesional debe desarrollar?: Debe tramitar el divorcio hasta que recaiga sentencia del Juzgado, absteniéndose de cualquier otra intervención procesal. Debe tramitar el procedimiento de divorcio hasta la firmeza de la sentencia y las medidas provisionales si fuesen necesarias. Debe informar al cliente de la necesidad de acudir a conciliación previa. Debe tramitar el procedimiento de divorcio íntegro, incluidas las medidas provisionales si fuesen necesarias, el recurso contra la sentencia que ponga fin a la instancia y la ejecución de la sentencia firme durante los dos años siguientes a su firmeza.
Una persona condenada por sentencia ante el Juzgado de lo Penal pretende que su Abogado, designado de oficio, interponga recurso de apelación contra la sentencia, pero el Letrado considera que el recurso no puede prosperar y no considera apropiado interponerlo ¿Qué debe hacer el abogado?: Exponerlo mediante escrito razonado ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita en el plazo de 15 días. Exponerlo mediante escrito razonado ante el Juzgado que ha conocido del asunto antes de que concluya el plazo para recurrir, para que lo traslade a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Exponerlo mediante escrito razonado ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita antes de que concluya el plazo para recurrir y pedir al Juzgado que suspenda dicho plazo hasta que se resuelva sobre la insostenibilidad planteada. Tiene que interponer el recurso porque en el orden penal no cabe la insostenibilidad de la pretensión cuando quiere recurrir el condenado.
Azucena y Alejandro, abogados, son socios en el mismo despacho. Como Letrada del turno de oficio penal, Azucena recibe la designación colegial para defender los intereses de una persona que en esos momentos es parte contraria en un divorcio de un cliente de Alejandro. ¿Puede hacer algo Azucena para no llevar ese asunto del turno?: Tiene libertad para renunciar a la defensa exponiendo lo que ocurre ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Tiene que llevar obligatoriamente la defensa del asunto del turno de oficio para el que ha sido designada. Debe explicar con claridad lo que ocurre a su cliente del turno de oficio y a continuación abstenerse de toda intervención. Puede formular excusa de la defensa de ese asunto ante el Decano del Colegio.
Igor acude al despacho de la Abogada Rosa para su defensa en la reclamación de una deuda que la empresa Martel mantiene con él. Respecto del abono de los honorarios por su actuación, Rosa le indica que le cobrará un 20% del beneficio que se obtenga como resultado del pleito. Igor se pregunta si es lícito y legal pactar, como forma de remuneración de los honorarios del abogado la “cuota litis”, es decir, un tanto por ciento sobre el beneficio que resulte del asunto. No es lícito y es deontológicamente reprobable. Es únicamente lícito si lo prevé la Ley expresamente. Depende de la cuantía del asunto. Es completamente lícito y legal.
Los abogados, en caso de impago de la minuta por parte del cliente, sólo podemos acudir con carácter exclusivo y excluyente para su reclamación judicial al procedimiento de jura de cuentas establecido en el artículo 35 y concordantes de la LEC. Es cierto, por cuanto que tenemos ese procedimiento privilegiado especialmente pensado para los profesionales del derecho, incluso para la reclamación de honorarios en asuntos extrajudiciales. Es cierto si se trata de la reclamación de una minuta por actuaciones ante un tribunal. Es parcialmente cierto, pues depende de la opinión del Juez en cada caso. No es cierto, porque además de la Jura de cuentas se puede acudir a otros procedimientos judiciales.
Josep contrata los servicios de la abogada Merçe con la finalidad de interponer una acción judicial contra un tercero, para lo cual deciden formalizar una hoja de encargo profesional pactando los honorarios. Finalizado el procedimiento el cliente no abona los honorarios de la Letrada. Merçe interpone Jura de Cuentas, pero el cliente se opone a dicha reclamación por considerar excesivos los honorarios. ¿Es preceptivo en este caso que el colegio de abogados correspondiente emita informe de honorarios?: Sí, porque el colegio de abogados siempre ha de pronunciarse sobre esta materia. Sólo si lo solicita el impugnante. Sólo si lo solicita el impugnado. No, habida cuenta que existe presupuesto previo en el que se fija la cuantía de los honorarios profesionales.
30.- Iago contrata los servicios de la abogada Antía con la finalidad de interponer una acción judicial contra un tercero, sin formalizar una hoja de encargo profesional ni pacto sobre honorarios. Finalizado el procedimiento, el cliente no abona los honorarios de la Letrada y Antía decide interponer Jura de Cuentas, pero el cliente se opone a dicha reclamación por considerar excesivos los honorarios. Dado que Antía no acepta la reducción de honorarios que le propone Iago, ¿es preceptivo para el Tribunal que el colegio de abogados correspondiente emita informe de honorarios?: No, es voluntario. Sí, es preceptivo y además el dictamen es vinculante Sólo es preceptivo si lo pide el impugnante. Sí, es preceptivo, pero el dictamen no es vinculante para el Tribunal.
Tras aprobar el examen nacional y obtener el título profesional de abogada, Macarena pretende ejercer la profesión montando un despacho con varios antiguos compañeros de facultad. Macarena vive con sus padres en Toledo, pero pretende abrir despacho en Madrid con sus compañeros. ¿Dónde debe colegiarse para ejercer su actividad?: En Toledo, porque es el lugar de su residencia habitual. En los Colegios de Toledo y de Madrid, uno por corresponder a su residencia habitual y el otro al lugar de su despacho. Debe colegiarse en Madrid, que es donde va a establecer su despacho profesional, y con eso puede ejercer en toda España. Debe colegiarse en Madrid, pero si luego interviene en otra provincia tendrá que colegiarse también en el Colegio correspondiente del lugar donde vaya a actuar.
Pedro, abogado, tiene su despacho en Sevilla donde está colegiado y recibe el encargo de asumir la defensa de un asunto judicial que se tramita en los Juzgados de Barcelona. ¿Puede Pedro asumir, sin más trámites colegiales, la defensa de este asunto fuera del ámbito territorial de su colegio?: Sí, puede llevar sin más trámites la defensa jurídica del asunto judicial de Barcelona. Sí, puede llevar la defensa de este asunto, pero para ello deberá comunicar previamente su actuación profesional al Colegio de Abogados de Barcelona. No puede asumir la defensa de este asunto, ya que se encuentra fuera del ámbito territorial de su propio colegio de abogados, salvo que se colegie en el de Barcelona. No, debe pedir previamente autorización al Decano de su Colegio.
Candela acaba de obtener el título profesional de abogada y quiere incorporarse al colegio de abogados de Valladolid. Su hija, estudiante del grado en derecho, le pregunta si los colegios de abogados son entidades privadas cuyo único objetivo es la defensa de la profesión de abogado y obtener beneficios y buenas condiciones para sus colegiados. Indique cuál es la respuesta correcta que le debe dar Candela a su hija: Sí, un colegio de abogados es una asociación de derecho privado. Solo algunos colegios, dependiendo de lo que establezcan sus estatutos colegiales. No, son corporaciones de derecho público, con fines públicos y privados. Depende de donde esté situado territorialmente el colegio será públicos o privados.
.- Fernando es un abogado incorporado al Colegio de Abogados de Zaragoza y tiene la intención de asumir en Francia los intereses de Miguel ante un Tribunal de Burdeos. ¿Puede hacerlo?: Sí, siempre que acredite que es abogado español. Sí, siempre que actúe concertadamente con un abogado colegiado en un Colegio de Abogados de Francia. Sí, siempre que se inscriba en el Colegio de Abogados correspondiente a Burdeos. Sí, si ya actuó en otras ocasiones como abogado en Tribunales extranjeros.
Santiago y Elvira han aprobado el examen de acceso a la profesión de abogado. Se plantean su futuro y están considerando las diferentes formas en la cuales pueden ejercer la profesión. Pueden ejercer la profesión de manera individual, por cuenta propia o por cuenta ajena. Pueden ejercer la profesión por cuenta propia o por cuenta ajena, de manera individual o de manera colectiva. Pueden ejercer de manera individual por cuenta propia o por cuenta ajena, y de manera colectiva agrupados en sociedad, pero en este caso lo tienen que hacer por medio de una Sociedad Profesional. Pueden ejercer de manera colectiva o de manera individual, por cuenta propia o por cuenta ajena, y en este último caso, su relación laboral será a tenor de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores ya que no existe una regulación especial.
Ángela tiene claro que quiere ejercer como abogada tras aprobar la prueba de acceso a la profesión y va a ejercer de manera individual, por cuenta propia, dado que su abuela tiene un local que le va a donar para comenzar la profesión, pero se plantea una duda sobre cómo cubrir sus posibles contingencias de enfermedad, accidente, invalidez, jubilación y muerte. Para ello debe de darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad General de la Abogacía. Para ello sólo debe de cumplir con sus obligaciones fiscales. Para ello debe de darse de alta en autónomos. Para ello debe de darse de alta en la correspondiente Mutua o en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social.
Jordi, abogado, ha comenzado recientemente el ejercicio profesional y a la hora de solicitar una tasación de costas se pregunta si puede incluir sus honorarios. Se pueden incluir solo si no es preceptiva la intervención letrada en este asunto. No se pueden incluir ya que los honorarios son una retribución independiente a los otros gastos del procedimiento. Se pueden incluir siempre que sea preceptiva la intervención letrada en este asunto. No se pueden incluir y tienen que ser pagados siempre por el cliente.
Silvia interpone demanda contra Amparo en reclamación de una cantidad dineraria, sin haberle requerido previamente de pago. Una vez recibida la demanda, Amparo se allana a la demanda al día siguiente de haber recibido el emplazamiento. En este caso, ¿Amparo será condenada por el tribunal al pago de las costas judiciales?: No, porque el allanamiento a la demanda siempre supone la no condena en costas del demandado. No, porque no hubo requerimiento de pago previo al pleito y el allanamiento se ha hecho dentro del período de contestación a la demanda. Sí, el allanamiento a la demanda no evita la condena en costas. No, el tribunal declarará a Amparo en rebeldía y acordará el sobreseimiento del proceso y no hará ningún pronunciamiento sobre las costas judiciales.
Oliver quiere interponer acción reivindicatoria de un bien inmueble contra Isabel. Antes de emprender cualquier acción judicial, el abogado de Oliver se desplaza a visitar la finca para hacerse una idea de la configuración de la misma. Finalmente interpone demanda y la demandada se opone, dictándose sentencia en la que se admiten totalmente las pretensiones de la demanda. ¿Puede incluir Oliver en la tasación de costas los honorarios que le ha girado su abogado por ir a visitar la finca y hacer varias gestiones previas a la acción judicial?: Sí, dado que la visita a la finca y las gestiones eran necesarias para la interposición de la demanda. Depende del subjetivo criterio del tribunal. No, pues no se pueden minutar a la parte condenada en costas actuaciones devengadas fuera del procedimiento judicial. Depende, sólo si se constata que era totalmente necesaria esta visita de la finca por parte del letrado dada la complejidad del asunto.
Laura acude al despacho de Esther a fin de que presente una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al considerar que el Estado español ha vulnerado su derecho de igualdad y a la no discriminación previsto en la Constitución Española. Laura no ha iniciado ninguna otra reclamación ante los tribunales españoles. Esther le informa: Que presentará la demanda en cuanto tenga toda la documentación necesaria. Que presentará la demanda, pero es preciso presentar paralelamente una demanda ante los tribunales nacionales. Que no puede presentar la demanda ya que no se ha presentado el asunto previamente ante los tribunales nacionales. Que no puede presentar la demanda porque ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos solo pueden acudir los Estados y no los particulares.
Inés tiene un despacho profesional especializado en laboral, formado por Inés y dos asociados más. Dada la sensibilidad de los datos tratados deciden nombrar un Delegado de Protección de datos (DPO). ¿Quién debe ser el DPO?: Inés, como socia principal, al ser la responsable del fichero. El DPO debe ser externo a la organización. Un profesional con conocimientos especializados en Derecho y en la materia, pudiendo formar parte de la plantilla del responsable o del encargado o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios. El DPO es el Colegio profesional en que esté colegiado el socio principal.
La Agencia Española de protección de datos nos ha sancionado por no atender debidamente una solicitud de derecho de acceso de un interesado. ¿Cuál puede ser el importe de la sanción?: De 3.000 a 5.000€. El 3% del volumen total de negocio del despacho como máximo. No atender el derecho de acceso no conlleva sanción económica. 20.000.000€ como máximo o el 4% como máximo, del volumen total de negocio del despacho, optándose por el de mayor cuantía.
Alberto es abogado dedicado a asuntos laborales y cuenta con un empleado en su despacho. ¿Cuál de las siguientes alternativas no constituye una obligación de Alberto respecto a los datos personales de los clientes de su despacho?: Aplicar las medidas técnicas y organizativas precisas para garantizar que se cumple con la normativa de protección de datos Inscribir los ficheros en que consten esos datos ante la Agencia Española de Protección de Datos, indicando su condición de Encargado de Tratamiento. Responder motivadamente a las solicitudes de acceso a esos datos por sus clientes. Tratar lícitamente los datos en su poder.
Rafael y Gemma deciden acudir a un arbitraje en su colegio de abogados para que un árbitro del mismo y en base a las normas propias del ordenamiento jurídico, resuelva un conflicto surgido tras la firma de un contrato firmado en Marbella. ¿De qué tipo de arbitraje se trata?: De un arbitraje institucional. De un arbitraje de equidad De un arbitraje jurisdiccional. De un arbitraje internacional.
Sara y Lidia han sido partes en un procedimiento de mediación previo a un proceso judicial. Una vez obtenido el acuerdo de mediación se preguntan cómo pueden convertir dicho acuerdo en un título ejecutivo. Homologando el acuerdo enel Juzgado de 1ª Instancia del partido judicial donde se haya realizado la mediación Elevándolo en escritura pública ante notario El acuerdo firmado por las partes intervinientes, así como por el mediador o mediadores, será suficiente. El acuerdo nunca será un título ejecutivo.
En la Comunidad de propietarios del edificio sito en la c/Antracita, sometida a la Ley de Propiedad Horizontal, Assumpció, propietaria del 10-2ª, estudia piano, practicando todos los días de la semana, lo que provoca molestias a los demás vecinos al no estar aislada acústicamente la vivienda. Ante esta situación, los demás comuneros solicitan al Presidente de la Comunidad de propietarios la convocatoria de Junta extraordinaria; celebrada dicha Junta, se acuerda instar un procedimiento de mediación a los efectos de conseguir que Assumpció proceda al aislamiento acústico de su vivienda. El Presidente contacta con un mediador para que inicie el proceso. Recibido el encargo, el mediador contacta con Assumpció para proponerle iniciar dicho proceso ¿Qué actitud puede adoptar Assumpció ante dicha propuesta de mediación?: Assumpció está obligada a aceptar el inicio de la mediación, pero no a llegar a un acuerdo. Assumpció está obligada a llegar a un acuerdo con la Comunidad a través de la mediación. Assumpció debe negarse a la mediación ya que no es posible iniciarla en estos casos. Assumpció puede aceptar libremente iniciar la mediación o no, así como desistir en cualquier momento, ya que la mediación es voluntaria tanto en su inicio como en su continuación.
La sociedad mercantil “Limpieza, S.L.” decide subcontratar al empresario individual Sr. Posada, determinados servicios que presta a algunos de sus clientes, para lo cual firman un contrato en el que recoge una cláusula de sumisión a arbitraje en caso de conflicto ante las partes. El Sr. Posada, ante el impago de las 3 últimas facturas presentadas al cobro, insta un procedimiento ordinario ante el juzgado. ¿Puede oponer alguna excepción procesal la citada sociedad mercantil por no haber acudido el Sr. Posada a instar el proceso arbitral con anterioridad?: Sí, puede oponer la falta de jurisdicción e instar declinatoria ante el tribunal. No, aunque exista cláusula de sometimiento a arbitraje, éste es voluntario y dicha cláusula no es vinculante, por lo que no puede excepcionar nada. Sí, puede oponer pluspetición al haberse dirigido al tribunal habiéndose pactado sumisión al a arbitraje. No, pero puede reconvenir obligándole a cumplir la cláusula de sumisión arbitral.
.- Una vez dictado un laudo arbitral, una de las partes en conflicto que no se halla conforme con lo resuelto en el mismo, decide al cabo de un año reproducir la misma controversia ante el juzgado ¿Es viable jurídicamente dicha reclamación judicial? Sí, al haber transcurrido un año desde que se dictó el laudo. Sí, en cualquier caso, porque el laudo, al no ser una resolución jurisdiccional, no tiene valor de cosa juzgada. Depende de la opinión del Juez en cada caso. No, ya que el laudo arbitral tiene valor de cosa juzgada.
50. La letrada Estefanía está gestionando una operación de la cual se desprenden indicios de que se pueda estar utilizando para blanquear capitales. ¿Debe la Letrada realizar algún tipo de comunicación?: Sí, debe informar al Colegio de Abogados al que pertenece. Sí, debe informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. No, basta con la realización de un informe que señale el riesgo y se adjunte al expediente junto con la identificación formal del cliente. Sí, debe informar a la Cámara de Prevención de Blanqueo de Capitales Española.
A Laia, abogada, se le ha dado traslado de los honorarios del letrado contrario incluidos en la tasación de costas de un asunto. Laia, que no está conforme con los honorarios al considerarlos excesivos, los impugna y el Juzgado le da traslado al Colegio de Abogados a fin de que se emita dictamen. ¿Los dictámenes de honorarios de los colegios de abogados son vinculantes para el órgano judicial en caso de impugnación de tasación de costas por honorarios excesivos? Sí, el tribunal se ha de atener a lo que dictamine en este sentido el colegio de abogados. No, ya que los dictámenes de honorarios emitidos en el incidente de impugnación de costas por honorarios excesivos, son preceptivos pero no son vinculantes para el órgano judicial. Sí, solo son preceptivos en el supuesto de impugnación por honorarios excesivos en sede de jura de cuentas, pero no en tasación de costas. No, sólo son vinculantes cuando la impugnación de la tasación de costas es por honorarios indebidos y no por excesivos.
Monserrat, abogada de Lluís, lleva requiriendo a su cliente un año para que le abone los honorarios del último pleito que le llevó, sin conseguir cobrar la deuda. Un día le remite el procurador que intervino en ese último pleito un mandamiento de devolución del juzgado a favor de su cliente Lluís. ¿Cómo debe proceder Monserrat?: Puede cobrarse sus honorarios de ese dinero, devolviéndole al cliente el resto. Puede aplazar la entrega del mandamiento al cliente mientras negocia para el cobro de sus honorarios aprovechando la ventaja de tener el mandamiento de devolución judicial. Debe entregar el mandamiento de devolución al cliente y seguir reclamándole la deuda de sus honorarios, salvo que el cliente le haya autorizado expresamente a autoliquidarse. Debe poner el asunto en conocimiento del juzgado para que realice una mediación con el cliente.
Silvia es demandada por su esposo en un procedimiento de divorcio, quedándose muy afectada por la situación y viéndose incapaz de adoptar ninguna decisión sobre cómo actuar. Ante ello, su hermana Margarita, que es empresaria, acude a su abogado habitual, Marcos, para encargarle que defienda los intereses de su hermana en el divorcio. Ante esta petición, ¿qué debe hacer Marcos?: Puede aceptar el asunto y actuar en defensa de Silvia. No puede actuar sin el consentimiento de la demandada, porque faltaría el mandato de Silvia como cliente. Puede actuar porque se lo encarga la hermana de la interesada. No puede actuar hasta que Margarita le provea de fondos.
Clara, abogada de Soledad, recibe de esta el encargo de recurrir en apelación una sentencia dictada en un proceso civil en el que Soledad ha estado defendida por otro Abogado. Clara se comunica con éste y queda designada como nueva abogada defensora en el juzgado. Transcurridos unos días, y próximo el vencimiento del plazo, Clara ve muy difícil que el recurso pueda ser estimado y decide no interponerlo sin realizar ninguna actuación más. ¿Ha actuado Clara correctamente?: No, la abogada es libre de rechazar el asunto, pero si renuncia tiene que realizar los actos necesarios para evitar la indefensión de su cliente. Si, porque la abogada tiene plena libertad para aceptar o rechazar en cualquier momento el asunto en que se solicite su intervención, sin necesidad de justificar su decisión. Si, siempre que informe a Soledad antes del último día del plazo de vencimiento. No, porque el abogado viene obligado a aceptar el asunto si el plazo está corriendo.
Asier comparte despacho con Garbiñe como una sociedad limitada profesional. Asier ha tramitado el divorcio de mutuo acuerdo de dos personas. Tras varios meses uno de los ex cónyuges comienza a incumplir la pensión de alimentos y la otra parte decide demandar por ese impago acudiendo para ello a contratar los servicios del despacho. ¿Quién puede asumir como abogado la defensa de los intereses de la demandante? Asier, que tiene pleno conocimiento del asunto, es el más adecuado para interponer la nueva demanda. Deberá ser Garbiñe quien interponga la nueva demanda pues Asier tiene incompatibilidad por haber sido antes abogado de ambos cónyuges. Indistintamente Asier o Garbiñe. Ninguno de los dos podrá llevar el procedimiento, pues la incompatibilidad de Asier afecta a todo el despacho.
María Belén es una abogada dedicada exclusivamente a la defensa de asuntos civiles y ha asumido la defensa de una parte en un procedimiento judicial que enfrenta judicialmente a dos vecinos de chalets colindantes de una urbanización: Héctor, el cliente de María Belén, y Eugenia, la vecina colindante de Héctor, defendida en el pleito por el abogado Florindo José. María Belén quiere tratar de negociar una posible solución pactada al asunto, pero no consigue que el abogado contrario, Florindo José, se ponga al teléfono pese a reiteradas llamadas a su despacho ¿Puede llamar a Eugenia para tratar de la posible solución amistosa del asunto?: Sí, puede hacerlo libremente. No, debe abstenerse de todo contacto con Eugenia. Sí, puede hacerlo, pero a condición de que antes de tratar del fondo del asunto con Eugenia le explique que no puede localizar a su abogado. No, no puede telefonear a Eugenia, aunque sí puede comunicarse por escrito con ella, a fin de que quede constancia de lo que le ha transmitido y propuesto.
La empresa Playmusic, S.L, contrata al abogado Jaime para que se querelle contra un antiguo empleado, Manuel, quién se ha llevado documentos internos de la empresa y los ha entregado a otro empresario. Antes de formular la querella, Jaime negocia un acuerdo con Emelina, la abogada de Manuel, a fin de que éste reconozca los hechos, devuelva la documentación e indemnice a Playmusic. El acuerdo lo redacta Isabel, empleada de Emelina, pero el día de la firma Manuel no lo acepta, por lo que Emelina renuncia a representarlo. Por su parte, Jaime se aparta del caso y se lo cede a una compañera de despacho Helena, quien presenta una querella contra Manuel y pide como diligencias de investigación la declaración testifical de Emelina e Isabel y el documento que iba a firmar Manuel. ¿Puede Helena proponer esas pruebas con arreglo a los criterios deontológicos profesionales? Sí, porque se trata de la investigación de un hecho delictivo y Manuel no es ni ha sido nunca su cliente ni ha tenido relación con él. Sí la prueba documental y la declaración testifical de Isabel, pero no la declaración de Emelina, porque ha sido la letrada de Manuel. No, porque esa acción vulnera el deber de guardar secreto profesional. Sí, porque no es la letrada que mantuvo las conversaciones con la parte contraria, ya que Jaime se ha apartado del litigio.
.- Estrella defiende a Miguel en un procedimiento penal seguido por malos tratos en violencia de género. Estrella sabe que el juez instructor, Francisco Manuel, es un ardiente defensor de los derechos de las mujeres y sospecha que no va a ser sensible a los argumentos de su cliente, pero sabe que la juez de violencia que le sustituye, Candela, tiene opiniones escépticas sobre la violencia de género. Con la finalidad de que su cliente tenga un trato más equitativo, interpone un recurso de reforma contra el auto de incoación de las diligencias previas en el cual tacha de “ignorante”, “lego en derecho” y “parcial” al juez instructor. A consecuencia de estos reproches, Francisco Manuel incoa un expediente separado para una posible sanción a Estrella, quien de forma inmediata presenta una recusación contra el juez instructor. ¿Es deontológicamente correcta esta actuación? No, porque vulnera la obligación de relacionarse con los órganos judiciales bajo los principios de respeto en las formas y buena fe procesal. Sí, porque el primer deber del abogado es el de lealtad con su cliente, cumpliendo su función de defensa con celo y diligencia. Sí, porque las expresiones vertidas por el letrado forman parte de su libertad de expresión y la actuación del instructor no está justificada. No, porque al recusar al juez lo predispone contra su cliente.
Carmen interviene de abogada única en un juicio de divorcio tramitado de mutuo acuerdo. Posteriormente dirige la demanda de ejecución del decreto contra el incumplidor. ¿Es correcta la intervención de Carmen contra el que fue inicialmente su cliente? No, Carmen no puede defender a uno de los ex cónyuges en perjuicio del otro. Sí, pero la Letrada de la Administración de Justicia tendrá que solicitar del ejecutado que designe nuevo abogado. Sí, podrá defender a cualquiera de los dos porque actuó en nombre de ambos en el juicio principal. No, Carmen debe pedir autorización al que también fue su cliente para dirigir la demanda ejecutiva contra él.
Imanol recibe el encargo de defender a Carmentxu, quien es acusada en un procedimiento abreviado por haber causado lesiones a su vecina Iratxe, en una discusión en el vestíbulo del inmueble en el que residen. Carmentxu le propone a Imanol que declare como testigo su amiga Conrada, quien está dispuesta a asegurar que Carmentxu no ha tocado a Iratxe, pero admite ante Imanol que Conrada no estaba presente en el incidente y que lo hace para favorecerla. ¿Puede incurrir en responsabilidad penal Imanol si propone en su escrito de defensa como testigo a Conrada y ésta declara en el sentido que le ha comentado Carmentxu? Sí, puede cometer un delito e incurrir en las penas señaladas en la ley para los autores de falso testimonio, agravadas por su condición de letrado. No, porque el delito lo comete únicamente el testigo, al tratarse de una acción personal de quien declara. Sí, pero solo si finalmente el juez tiene en cuenta el testimonio de Conrada al dictar sentencia. No, dado que se trata de una iniciativa de Carmentxu, si bien Imanol podría incurrir en responsabilidad disciplinaria ante el Colegio de Abogados.
Andrea ha superado el master de acceso a la profesión de abogado y la prueba de aptitud profesional de la abogacía, teniendo intención de ejercer como abogada en un despacho pero sin acudir a tribunales, por lo que ha decidido no colegiarse en un Colegio de Abogados. ¿Es ello posible? No, porque para el ejercicio de la abogacía es obligatoria la colegiación en un Colegio de Abogados, salvo en los casos determinados expresamente por la Ley o por el Estatuto General de la Abogacía Española. No, aunque podrá colegiarse como no ejerciente. Sí, porque la colegiación es obligatoria únicamente si se quiere ejercer ante cualquier clase de Tribunales. Sí, porque la colegiación es voluntaria.
Carmelo recibe en su despacho a Juan Fernández Galindo, quien le explica que quiere adquirir un inmueble en la Costa del Sol. En un momento dado, ante las imprecisiones en que incurre a las preguntas de Carmelo, le reconoce que en realidad el comprador es un ciudadano ruso del que solo sabe que se llama Anatoly, pero que él se compromete a firmar los contratos de compraventa y hacer los pagos por la compra del inmueble, con la condición de que Anatoly no figure en ningún documento. Carmelo se pregunta si en estas condiciones puede seguir asesorando a Juan: No, ya que la legislación de blanqueo de capitales le obliga a recabar la información precisa a fin de determinar la exacta identidad de la persona por cuenta de la cual actúa Juan. Sí, ya que Juan está dispuesto a figurar como parte contratante, siendo Carmelo ajeno a las obligaciones que tenga suscritas con el tal Anatoly. No, ya que la legislación de blanqueo de capitales prohíbe a los abogados participar en el asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles. Sí, porque los abogados no son sujetos obligados por la legislación de blanqueo, al estar amparados por el derecho al secreto profesional.
Antonio, abogado, está intermediando en la compraventa de un inmueble. A fin de que comparezca en su nombre un día concreto a hacer efectivos 5.000 euros en concepto de arras, su clienta María Fernanda le entrega un cheque al portador por ese importe. Como quedan varios días para firmar las arras, Antonio ingresa el cheque en la cuenta de facturación general del bufete y anota el concepto en un cuaderno que lleva para depósitos de los clientes. ¿Es correcta la actuación de Antonio?: Sí, siempre que el día de la firma haga efectivo el pago de las arras Sí, porque lleva una contabilidad separada de la suma ingresada. No, porque debería depositar el dinero en una cuenta específica. No, porque el abogado no puede hacerse cargo de fondos propiedad de un cliente. .
Martín acaba de colegiarse como abogado y pide ayuda a Blanca, abogada ejerciente desde hace muchos años, para que le aconseje y le guíe en unas dudas que tiene en relación con un procedimiento civil de reclamación de cantidad. Blanca le dice que lo siente, pero que ella no está para enseñar a otros abogados que le hacen competencia. ¿Es correcta la actuación de Blanca? Sí, porque el abogado que acepta un asunto debe saber defenderlo. Sí, porque si los abogados experimentados ayudan a los noveles se crea un conflicto de intereses. No, porque el abogado de mayor antigüedad debe prestar desinteresadamente orientación, guía y consejo de modo amplio y eficaz a los de reciente colegiación que lo soliciten. No, porque cualquier abogado debe ayudar a un compañero que le pida ayuda.
El abogado Patricio envía a su cliente el correo electrónico recibido de la abogada Margaret, con quien está negociando un asunto. ¿Es correcta la actuación de Patricio? Sí, siempre y cuando dicha comunicación no se aporte a un procedimiento judicial. No, ya que el abogado no puede nunca facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte. No, ya que el abogado no puede facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresa autorización del mismo. Sí, ya que el abogado puede facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresa prohibición del mismo.
.- La abogada Elvira recibe el encargo, en nombre de su cliente Clara, de presentar demanda de divorcio frente a su esposo Eduardo, abogado de profesión. ¿Qué debe hacer Elvira antes de presentar la demanda? Debe comunicarlo a Eduardo, por si entiende oportuno entablar una negociación previa. Debe comunicarlo al Decano del Colegio de Abogados al que pertenezca Eduardo, por si éste entiende necesario realizar una mediación previa. Debe realizar una comunicación previa a la Junta de gobierno del Colegio de Abogados al que pertenezca Eduardo. Puede presentar directamente la demanda.
.- Izaskun, abogada, llega a un acuerdo con Francisco para presentar una demanda de reclamación de daños y perjuicios sufridos como consecuencia de un accidente laboral. Izaskun elabora una hoja de encargo en el cual se pactan los siguientes honorarios: una cantidad inicial de 3.000 euros en concepto de gastos fijos por estudio del asunto y preparación de la demanda, que no se devolverán, y un porcentaje del 15 % de la cantidad que resulte en caso de sentencia favorable, incluyendo los 3000 euros iniciales. Asimismo, pactan que Izaskun queda autorizada no solo para recibir pagos que se deriven de la reclamación, sino para aplicar dichos fondos al pago de la parte proporcional pactada como honorarios. ¿Es correcto este pacto de honorarios? No, porque el pacto de cuota Litis está estrictamente prohibido. Sí, pero el cliente puede impugnar los honorarios por excesivos si la cuantía final supera los baremos del Colegio de Abogados. Sí, porque existe libertad de pactos y no hay ninguno que contravenga normas imperativas. No, ya que el pacto es abusivo al establecer una cantidad fija y un porcentaje y por autorizar a Izaskun a detraer sus honorarios de las cantidades percibidas en interés del cliente.
Justino se hace cargo de la defensa de Mariano en un procedimiento civil de reclamación de cantidad en el que éste es demandado. Finalmente, Mariano pierde el pleito y además es condenado al pago de las costas de la parte contraria. Justino, que no le había planteado a Mariano a cuánto ascenderían sus honorarios, le presenta una minuta detallada que, sin embargo, Mariano rechaza. ¿Puede Justino reclamar judicialmente el pago de sus honorarios profesionales? Sí, porque tiene derecho a percibir honorarios por su actuación. No, porque al no haber concretado el importe de sus honorarios y haber perdido el pleito, no tiene derecho a reclamar la minuta. Sí, pero previamente tiene que solicitar al Colegio de Abogados que fije la cuantía de la minuta. No, dado que al haber sido Mariano condenado a pagar las costas de la parte contraria, Justino no puede minutar a su cliente.
Francesca defiende a Evaristo en un proceso penal que se sigue por delito de estafa agravada y que está pendiente de juicio en la Audiencia Provincial. El procurador le remite un auto citando a las partes a juicio, firmado por el Presidente de la sección, D. Manuel. Al llegar a la sala, el día del juicio, D. Manuel no está presente, puesto que se encuentra enfermo y así se lo comunican verbalmente a Francesca. Preside la vista Dª Rosa, siendo el ponente D. José y la tercera magistrada doña Maria Fernanda, todos ellos integrantes de la sección. Tras la vista oral, descontenta por el desconocimiento de la composición del tribunal antes del juicio, Francesca se plantea por ese motivo pedir la nulidad del juicio por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. ¿Puede prosperar su petición?: Sí, pues en ningún momento se le ha comunicado con antelación la composición del tribunal antes de la vista ni los motivos por los que intervienen unos magistrados y no otros. No porque, aunque se haya incumplido la ley, Francesca no tiene motivos para recusar a ninguno de los integrantes del tribunal. Sí en lo relativo al cambio en la presidencia, pues no se le acredita documentalmente en el acto la enfermedad del presidente de la sección. No, porque la lesión del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley no comporta la nulidad del juicio, sino de la sentencia.
María, abogada de oficio de Juan en un proceso matrimonial terminado por sentencia del Juzgado de Familia de 26 de enero de 2018, recibe, en febrero de 2019, la llamada de Juan para que le asista al haber recibido una demanda de ejecución de la sentencia en lo relativo a la guardia y custodia de los hijos menores. ¿Puede María asistir a Juan con el nombramiento de letrada de oficio original?: No, Juan debe solicitar una nueva designación de abogado de oficio para la ejecución, ya que la primera designación era solo para la fase declarativa. Si, ya que la designación del turno de oficio comporta que el letrado habrá de llevar el asunto cada vez que se plantee algún incidente de ejecución. No, ya que transcurrido un año desde la sentencia se extingue la designación y ha de solicitarse una nueva. Sí, ya que la asistencia jurídica gratuita comprende el trámite de ejecución, si se produce dentro de los dos años de la sentencia de la instancia.
Federico es designado abogado de Juana, quien quiere entablar una demanda de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Mataró por haber sufrido lesiones al resbalarse en la plaza del mercado. Federico analiza la documentación y alegaciones de Juana y llega a la conclusión de que la pretensión es insostenible y lo expone a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que pide informe al Colegio de Abogados, el cual, por el contrario, informa que la pretensión es sostenible. En consecuencia, Federico tendrá que asumir la asistencia jurídica que reclama Juana. La comisión de asistencia jurídica gratuita designará un nuevo abogado, que no podrá alegar la insostenibilidad de la pretensión. Se solicitará un informe adicional al Ministerio Fiscal, y solo si coincide con el del colegio, Federico tendrá que continuar con la defensa de Juana. Federico tiene que asumir la defensa de Juana, pero puede renunciar a la designación exponiendo motivadamente la inconveniencia de que continúe con la defensa.
Joana, Pere y Joan Francesc quieren ejercer colectivamente la abogacía, constituyendo una sociedad mercantil. ¿Deben constituirse como sociedad profesional?: Sí, independientemente de la forma social que adopten. No, ya que pueden acogerse a cualquiera de las formas mercantiles existentes. Sí, siempre que vayan a tener colaboradores o pasantes en régimen de derecho laboral. No, ya que los abogados están exentos de la obligación de constituirse como sociedad profesional.
Joan, Pere y Joan Francesc deciden finalmente constituir una sociedad profesional e integrar en ella un procurador para ofertar y prestar a los clientes un servicio integral de defensa y representación. ¿Es esto posible? No, porque las sociedades formadas para realizar actividades profesionales nunca pueden integrar a socios que se dediquen a otra actividad. Sí, ya que es posible que la actividad de la sociedad sea multidisciplinar. No, ya que el desempeño de la actividad de abogado y procurador es incompatible según la ley. Sí, ya que la legislación mercantil no establece ninguna limitación en función de la actividad a la que se dediquen los socios.
Perfecto recibe el encargo de un cliente, Marcelo, de iniciar una reclamación por responsabilidad extracontractual contra una entidad mercantil. Tras contactar con la parte contraria, llegan al pacto de someter la cuestión a mediación a fin de evitar el litigio, por lo que firman un documento y Perfecto queda encargado materialmente de presenter la solicitud de mediación. Sin embargo, Perfecto se da cuenta de que el plazo de prescripción (1 año) podría transcurrir sin que se resolviera la mediación, por lo que se plantea qué debe hacer con la mediación, siendo lo correcto: Interponer demanda judicial para que se interrumpa el plazo de prescripción, sin perjuicio de instar la mediación al mismo tiempo y pedir la suspensión del proceso. Desistir de llevar a cabo la mediación, pues dada la naturaleza del asunto nunca se resolverá antes de que transcurra el plazo de prescripción. Acudir a la mediación antes de que se cumpla el plazo de prescripción, pues la presentación de la solicitud de mediación suspenderá el plazo de prescripción desde su recepción por el mediador o depósito en la institución de mediación. Olvidarse del tema de la prescripción, pues al someterse el asunto a mediación se va a llegar a un acuerdo vinculante para las partes.
Juan Manuel acude a pedir asistencia letrada a Marta porque ha recibido la notificación de un laudo arbitral y no está conforme con la decisión de los árbitros, queriendo información de qué tipo de recursos podrían ejercitarse. Marta le informa que: Mientras no se homologue el laudo arbitral por un juez de primera instancia, no tiene que preocuparse del contenido del laudo, ya que lo que se recurriría es el auto de homologación. Puede interponer recurso de apelación contra el laudo en el plazo establecido por la ley para recurrir una sentencia de primera instancia. Puede ejercitar la acción de anulación por cualquiera de los motivos señalados en la ley de enjuiciamiento civil para la revisión de las sentencias de primera instancia. Puede ejercitar la acción de anulación por motivos tasados y, además, pedir la revisión del laudo en los mismos términos previstos en la ley para las sentencias firmes.
.- En una sentencia penal firme, Juan es absuelto de un delito de estafa por el que venía siendo acusado exclusivamente por la acusación particular, sin que la sentencia contenga un pronunciamiento expreso sobre las costas y habiendo transcurrido ya el plazo para solicitar aclaración o ampliación de la sentencia. Fernando, abogado de Juan, se plantea solicitar la imposición de las costas de la acusación particular. ¿Es posible?: Sí, ya que ha de aplicarse el criterio del vencimiento objetivo de la jurisdicción civil e imponerse las costas a la única acusación formulada, pues se han desestimado íntegramente sus pretensiones. No, porque la sentencia no tiene un pronunciamiento expreso sobre imposición de costas a la acusación. Sí, pero tendrá que ser a través de un incidente de ejecución de sentencia, presentando la minuta y sometiéndola a la impugnación de la misma por costas indebidas o excesivas. No, porque en el proceso penal las costas únicamente se imponen al acusado en caso de condena o se declaran de oficio en caso de absolución, no pudiendo imponerse a ninguna de las acusaciones.
.- Ernesto es designado como letrado del turno de oficio para defender a Marcelo, quien se encuentra detenido en dependencias policiales por un supuesto delito de agresión sexual. Ernesto asiste a su declaración y demás diligencias de guardia y además le tramita la asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, a Marcelo se le deniega tal derecho por no cumplir los requisitos legales. ¿Puede Ernesto cobrar alguna retribución del turno de oficio por su trabajo con arreglo a la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita?: Sí, puede cobrar del turno de oficio hasta que se le denegó la asistencia jurídica gratuita, ya que lo hizo por designación colegial para unas diligencias inaplazables, pero a partir de entonces debe minutar al cliente o renunciar a la defensa. Sí, mientras no se revoque la designación Ernesto tiene derecho a cobrar sus honorarios como letrado de oficio, sin perjuicio de que la administración reclame a Marcelo el reintegro de lo abonado. No, no puede cobrar por el turno de oficio, pero Marcelo tendrá que abonarle los honorarios devengados por su actuación profesional. No, no puede cobrar en ningún caso, porque no fue contratado por Marcelo ya que su intervención fue por obligación legal y la administración solo pagará si se tiene derecho a asistencia jurídica gratuita.
Clara solicita el reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita y obtiene una resolución favorable de la Comisión de Asistencia Jurídica competente. Sin embargo, Clara quiere hacerle un favor a su sobrino Antonio, que acaba de colegiarse como procurador, y quiere que le represente, por lo que lo comunica a la comisión para que solamente le asista un abogado del turno de oficio. ¿Es ello posible?: No, ya que el reconocimiento del derecho implica aceptar que todos los profesionales pertenecerán al turno de oficio. Sí, ya que el interesado con derecho a la asistencia jurídica gratuita tiene libertad para decidir si quiere un profesional privado y si le va a pagar o no sus honorarios, en función del pacto que alcance con él. Sí, pero Antonio no podrá facturarle ninguna cantidad a Clara sin incurrir en una infracción disciplinaria. No, salvo que Antonio renuncie por escrito a percibir sus derechos ante Clara y ante el Colegio en el que se halle inscrito.
En el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Majadahonda se sigue un pleito por demanda interpuesta por Francisco, dueño de un chalet, contra la constructora Edificaciones Fernando SLU, por defectos de construcción. Durante el proceso, la representación de Edificaciones Fernando SLU se entera de que en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Majadahonda se sigue un pleito en el que Francisco es demandado por la promotora Promociones Majariegas, SA., que solicita la resolución del contrato de compraventa del chalet por impago de precio aplazado. Edificaciones Fernando SLU pone en conocimiento del Juzgado nº 1 esta circunstancia para que se suspenda el curso del proceso. ¿Qué decisión debe tomar el juzgado nº 1?: Debe acordar la acumulación de autos, ya que lo que se decida en el Juzgado nº 2 afecta a la legitimación del actor en el pleito seguido en el nº 1. Debe acordar la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelva por sentencia firme el pleito seguido en el Juzgado nº 2 de Majadahonda. No debe suspender el proceso, ya que no está en cuestión la legitimación del actor para presentar la demanda ni es cuestión que sea necesario decidir en el juicio seguido en el nº 1. Debe suspender el proceso, pero solo cuando queden las actuaciones vistas para dictar sentencia.
25.- En un procedimiento civil por incumplimiento de contrato en materia de edificación, la parte demandada alega, tras la práctica de la prueba, que la licencia de obra es ilegal y que dicha cuestión va a plantearla ante la administración y, en su caso, formular una demanda contenciosa para que se declare la nulidad, ya que afecta a la decisión de fondo del pleito. Tras esta alegación, ambas partes solicitan, de común acuerdo al tribunal, que suspenda el curso de la causa antes de dictar sentencia mientras se resuelve por la administración pública competente o los órganos jurisdiccionales la cuestión de la legalidad de la licencia. ¿Es posible esta actuación de las partes?: Sí, y el tribunal quedará vinculado por la decisión que se adopte, sobre el tema concreto de la licencia, por el órgano competente en materia administrativa. No, ya que a efectos prejudiciales los tribunales civiles pueden conocer de asuntos que estén atribuidos a los tribunales del orden contencioso-administrativo. Sí, pero el tribunal civil tendrá luego libertad para aceptar lo que se haya resuelto en vía administrativa. No, ya que la suspensión del proceso y la posible vinculación o no del tribunal civil a lo que se resuelva en vía administrativa o contenciosa no puede depender de una actuación de las partes.
A consecuencia de la caída de un árbol en la finca colindante del chalet de Ramón y Francisca, sito en la localidad de Collado Villalba, su vivienda sufre daños en el tejado y una pared, cuya reparación asciende a 85.000 euros. Como no tienen seguro de vivienda que cubra esos daños, se ponen en contacto con un abogado, Raimundo, para que demande al dueño del terreno donde estaba el árbol, Jaime, cuyo domicilio está en Madrid, a fin de que repare la vivienda o pague el importe de la reparación. Dado que Raimundo no consigue que Jaime le atienda, decide formular una diligencia preliminar de juicio, a fin de que Jaime exhiba el contrato de seguro de la vivienda, si lo tuviera, con el objeto también de demandar a la compañía aseguradora. ¿Quién es competente para resolver sobre esta petición: El juez Decano de Collado Villalba. El juez Decano de Madrid. El juez de primera instancia de Collado Villalba. El juez de primera instancia de Madrid.
.- La Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia en primera instancia por la que absolvió al acusado Endrino del delito de estafa, al entender que los hechos por los que era acusado constituían un mero incumplimiento de obligaciones civiles, sin voluntad de fraude. La Sentencia fue recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia por parte del fiscal Tomás, quien consigue que en segunda instancia el tribunal de apelación revise el material probatorio y concluya que Endrino tenía la clara intención de estafar a sus víctimas. Contra la sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley. El abogado Inocencio advierte que la revocación de la resolución de instancia podría vulnerar normas procesales y sobre todo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. ¿Qué trámites debe seguir para llevar la cuestión a dicho tribunal? Tiene que recurrir en casación y luego en amparo ante el Tribunal Constitucional antes de presentar demanda ante el Tribunal Europeo, a fin de agotar todos los recursos internos. Tiene que recurrir en casación pero no es necesario acudir al amparo antes de acudir al Tribunal Europeo por tratarse de jurisdicción constitucional. No tiene que recurrir ni en casación ni en amparo, al tratarse de recursos extraordinarios. No puede llevar la cuestión al Tribunal Europeo, pues solo pueden acudir los estados y la resolución que se dicte solo obliga a modificar la legislación interna.
Casimiro es detenido por la supuesta comisión de un delito de robo con fuerza en las cosas. Como no está de acuerdo con la detención, Casimiro solicita un “habeas corpus” ya que considera que ha sido detenido arbitraria e ilegalmente porque no había cometido ningún delito de robo, a lo sumo un delito leve de hurto que no justifica la detención. El juez de instrucción, a la vista del escrito y, sin tramitar el hábeas corpus, dicta resolución inadmitiéndolo por entender que la privación de libertad fue correcta. Dos días después, Casimiro pasa a disposición judicial y queda en libertad con obligación de comparecencia apud acta. El abogado de Casimiro intenta que se declare la nulidad de actuaciones, por no haberse tramitado el procedimiento de habeas corpus, pero el juez de instrucción la rechaza. ¿Puede interponer Casimiro recurso de amparo para que se revise la decisión de inadmisión de habeas corpus? Sí, por vulneración del art. 17.4 de la Constitución. No, pues al haberse inadmitido a trámite el hábeas corpus, no cabe recurso alguno. Sí, pero solo después de que se dicte resolución definitiva en el proceso judicial en el que se acordó la privación de libertad. No, ya que ha quedado en libertad a los dos días y por tanto el recurso de amparo carece de objeto.
El ciudadano John Smith, británico y residente en una localidad de la Costa del Sol, realiza un viaje a Tailandia donde mantiene relaciones sexuales de pago con menores de edad del país de destino. Al llegar a España, la fiscalía, informada por un familiar de John, presenta denuncia por supuesto delito contra la libertad sexual de menores de edad. ¿Sería competente la jurisdicción española para conocer de esa investigación?: No, ya que los hechos han ocurrido en el extranjero y ni la víctima ni el autor son españoles. Sí, ya que el supuesto autor es residente en España y el delito es contra la libertad sexual de menores de edad. Sí, porque la jurisdicción española es competente para conocer de todos los delitos cometidos por españoles o residentes en el extranjero. No, ya que los hechos solo podrían perseguirse en el lugar de su comisión (Tailandia) o en el país del que es nacional John (Reino Unido).
.- Los Juzgados de lo Mercantil y Salas de Audiencia Provincial, con sede en Alicante, especializados en marca comunitaria, en relación con dicha materia tienen competencia: Sobre todo el territorio de la Unión Europea. Sobre todo el territorio nacional. Sobre el territorio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sobre el territorio del partido judicial de Alicante.
.- Emiliano demandó a María Luz y Juan José, reclamando la rescisión del contrato de compraventa del piso que le habían vendido, con arreglo al art. 1469 del Código Civil, dado que el inmueble tenía menos metros cuadrados que los que aparecían en la escritura. No obstante, perdió el pleito porque los jueces entendieron que la venta no se había hecho en función del número de metros cuadrados de la vivienda, como exigiría ese artículo. Descontento con el resultado, Emiliano acude a un nuevo abogado, que plantea una nueva demanda en la que solicita la nulidad del contrato por vicio de consentimiento de Emiliano, al haber incurrido en error esencial sobre el número de metros cuadrados del piso con arreglo a los arts. 1.300 y ss. del Código Civil. En ambos casos, Emiliano sigue pidiendo lo mismo, es decir, que las partes se devuelvan las prestaciones del contrato. ¿Puede el tribunal examinar las alegaciones de fondo de esta segunda demanda?: Sí, ya que el primer pleito se fundamentaba en la rescisión y ahora se basa en la nulidad del contrato, por lo que no se trata de la misma pretensión. No, ya que la demanda recae sobre el mismo bien inmueble, por lo que debieron ejercitarse todas las acciones posibles sobre el mismo que existieran entre las partes. Sí, porque ni los hechos ni los fundamentos jurídicos que se alegan en el segundo pleito son los mismos que los del primero. No, porque lo que se pide en la demanda es lo mismo, y los nuevos hechos y fundamentos pudieron y debieron haberse alegado en el primer pleito.
.- El letrado Mario presentó en la tasación de costas del Juzgado de Primera Instancia 77 de Madrid una minuta de honorarios por importe de 4.500 euros. La parte vencida en costas impugnó los honorarios por excesivos, al estimar que no debían rebasar la suma de 4.000 euros. Al dársele traslado de la impugnación, Mario aceptó que se redujera la minuta a la suma de 4.000 euros renunciando a lo demás y pidió el archivo del incidente. Sin embargo, el juzgado no se dio cuenta de ese escrito y tramitó un incidente de impugnación de costas dando traslado al Colegio de Abogados, que informó que la minuta era correcta con arreglo a los baremos colegiales, por lo que dictó resolución firme ratificando la tasación de costas creyendo que se mantenía la reclamación de 4.500 euros. Tanto Mario como la parte obligada al pago piden la nulidad del auto por haber incurrido en error sobre las pretensiones de las partes, pero el juzgado la rechaza afirmando que es una decisión firme. ¿Puede la parte perjudicada formular recurso de amparo constitucional?: Sí, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la resolución dictada se basa en un error manifiesto del juzgado y no cabe otro recurso contra ella. No, porque la resolución es firme y no hay comprometido ningún derecho constitucional susceptible de recurso de amparo. Sí, porque el Tribunal Constitucional es la última instancia para revisar cualquier resolución judicial firme, sea cual sea su contenido. No, porque en materia de tasación de costas no cabe interponer recurso de amparo en ningún caso.
El Consejo de Administración de Gentesana S.A., dedicada al seguro médico privado, acuerda conceder a su administrador único, D. Enrique, una retribución del 2%, como comisión de cartera por el total de cuotas anual de los asegurados. En realidad, D. Enrique nunca fue agente de seguros y el Consejo de Administración solo pretendía compensarle por su dedicación a la gestión de la sociedad. Al incorporarse, años después, un accionista minoritario, plantea que el citado acuerdo vulnera los art. 24 y 218 de la Ley de Sociedades de Capital, que exigen que la retribución del administrador se fije en los estatutos y que, si consiste en una participación en las ganancias, esta solo pueda ser detraída de los beneficios líquidos, tras cubrirse las reservas legales y estatutarias y un dividendo mínimo a los accionistas. Sin embargo, el Consejo de Administración desestima su petición y se niega a revisar su decisión aduciendo que obedece a un contrato o cuasicontrato celebrado con el administrador. ¿Puede cuestionar judicialmente el accionista minoritario este pacto?: ANULADA No, ya que se trata de un contrato válidamente celebrado entre el administrador y la sociedad, en el que concurren todos los requisitos que hacen que el consentimiento de las partes sea válido y no recae directamente sobre las ganancias de la sociedad. Sí, ya que los nuevos socios pueden impugnar los acuerdos sociales en cualquier momento desde su entrada en la sociedad y sin sujeción a plazo alguno. No, ya que el acuerdo es meramente anulable y ha transcurrido el plazo de caducidad de la acción de un año. Sí, ya que el acuerdo puede constituir un fraude de ley para evitar las normas imperativas sobre retribución de los administradores y por tanto puede pedirse su nulidad radical.
En el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) se sigue un procedimiento judicial por la reclamación de Francesc contra Montserrat y la Compañía aseguradora ASEGURA, como consecuencia de un supuesto accidente de tráfico en el que se vieron implicados Francesc y Montserrat. Paralelamente, al llegar un parte de lesiones al Juzgado de Instrucción nº 1 de Vilanova i la Geltrú, se incoan unas actuaciones penales en las que los Mossos d’Esquadra deducen que el accidente constituye una simulación para defraudar a la compañía aseguradora ASEGURA, y podría constituir un supuesto de estafa cometido por Francesc y Montserrat, que son imputados. El Abogado de Francesc, al enterarse de lo sucedido, insta al Juez de Primera Instancia para que plantee un conflicto de competencia con el orden jurisdiccional penal. ¿Puede plantearse dicho conflicto y ante qué órgano?: Sí, puede plantearse, y será resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona, órgano superior común a los dos juzgados. No, ya que los jueces civiles no pueden plantear cuestiones de competencia al orden penal. Sí, puede plantearse, y será resuelto por una sala especial del Tribunal Supremo. No, ya que no es posible suscitar conflictos de competencia entre órganos judiciales de distintos órdenes jurisdiccionales, sino únicamente cuestiones prejudiciales.
Inés y Álvaro se encuentran al frente de un despacho de abogados especializado en derecho penal, en el que prestan sus servicios una empleada administrativa y un pasante. Dado que tratan datos de los clientes que se relacionan con el despacho, ¿deben nombrar a un delegado de protección de datos? No, ya que no tratan datos a gran escala ni se encuentran dentro de los supuestos de obligación legal de nombramiento de delegado, pero pueden hacerlo voluntariamente. Sí, ya que deben nombrar un delegado siempre que traten datos personales. No, dado que un despacho de abogados no está sujeto a las obligaciones de la legislación de protección de datos, sino a los deberes deontológicos y legales de confidencialidad. Sí, ya que es la persona que se va a responsabilizar de las medidas técnicas y organizativas apropiadas para el tratamiento de los datos, pudiendo ser cualquiera de los dos abogados o la administrativa.
El Despacho Bermúdez&Pérez que cuenta con 300 abogados en toda España, lleva a cabo tratamientos de datos de sus clientes y proveedores. ¿Qué obligaciones tiene con respecto a estos tratamientos? Debe eliminar todos los datos que tengan más de dos años de antigüedad. Inscribir los ficheros en que consten esos datos ante la Agencia Española de Protección de Datos. Comunicar los tratamientos realizados a su Colegio de Abogados. Elaborar un Registro de Actividades de Tratamiento y tenerlo a disposición de la Agencia Española de Protección de datos.
.- El abogado Juan Carlos ha renunciado a seguir defendiendo a Manuel en un tema penal por motivos económicos, al no haber abonado la provisión de fondos solicitada. Manuel acude a tu despacho y te encarga continuar con la defensa de dicho asunto. ¿Qué deberéis hacer? Solicitar a Juan Carlos la venia profesional antes de la primera actuación, que no podrá negarla. Podéis personaros en el procedimiento en nombre de Manuel. Necesariamente firmar hoja de encargo y presupuesto de honorarios antes de realizar cualquier actuación. Comunicar a Juan Carlos el encargo realizado por Manuel antes de realizar la primera actuación.
.- Isabel es contratada por un despacho de abogados bajo el régimen del Real Decreto 1331/2006 sobre la prestación de la actividad profesional de abogado en despachos de abogados. En su contrato se incluye un pacto de permanencia de dos años y durante su relación se le da formación especializada por parte del despacho. Al cabo de once meses, Isabel comunica su intención de dejar voluntariamente el despacho. ¿Puede obligarle el despacho a permanecer en su puesto de trabajo hasta cumplirse los dos años pactados? No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, que en ningún caso podrá ser superior a los gastos que hubiera soportado el despacho como consecuencia de la formación o especialización. Sí, pero Isabel tendrá derecho a una reducción de jornada en los términos que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. No, pero el despacho podrá exigirle que finalice los asuntos encomendados que tenga.
Se está tramitando un procedimiento penal frente al abogado Miguel por, presuntamente, haberse apropiado indebidamente de fondos de su cliente. ¿Cuál debe ser la actuación del Colegio de Abogados donde se cometieron los hechos al tener conocimiento de los mismos? No deberá llevar a cabo ninguna actuación hasta la terminación del procedimiento penal por los mismos hechos. El Colegio de Abogados podrá incoar un procedimiento sancionador por dichos hechos y suspender su tramitación hasta la terminación del procedimiento penal. El Colegio de Abogados no podrá llevar a cabo ninguna actuación en virtud del principio non bis in ídem. El Colegio de Abogados deberá incoar obligatoriamente el procedimiento sancionador y deberá suspender su tramitación hasta que recaiga pronunciamiento firme de la autoridad judicial.
Carlos es un abogado que interviene en un proceso penal como acusación en nombre de su cliente Marcos, y consigue una condena de prisión de 3 años para Esteban. Una vez firme la sentencia y, con Esteban en prisión cumpliendo condena, Carlos tiene noticias de que una de las pruebas utilizadas, la más fundamental para la condena de Esteban, es falsa y se debía a una falsificación realizada por su cliente Marcos. ¿Cuál debe ser el comportamiento de Carlos? Comunicar la existencia de dicha falsificación al abogado de Esteban para que interponga recurso de revisión. Hacer pública dicha circunstancia a los efectos que procedan dada la gravedad de la situación. No comunicar nada de cuanto ha tenido conocimiento al encontrarse sometido al secreto profesional. Comunicárselo al abogado contrario, pero previamente avisarle a su cliente Marcos de las consecuencias de dicha comunicación.
La abogada Amanda colabora con el abogado Alejandro en la tramitación de diversos asuntos judiciales, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 75% para la primera y 25% para el segundo ¿Es correcto este acuerdo? Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los abogados. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. Dicha actuación será correcta si el cliente conoce el pacto de honorarios y lo acepta de manera expresa. El acuerdo es correcto puesto que hay una colaboración profesional.
Isabel, cliente de Marta, a quién le ha encomendado la defensa de sus intereses en el procedimiento judicial de separación que ha iniciado frente a ella su marido David, tiene sospechas de que su letrada, Marta, pudiera tener relaciones de amistad con el abogado de David, y así se lo expone a Marta. ¿Qué debe hacer Marta? Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta no tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel ninguna situación que aparentemente pudiera afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia pero no las referidas a sus relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con los representantes de la parte contraria. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, incluso por escrito si Isabel se lo solicitara del mismo modo, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes.
.- Andrea y Luis están divorciados. Andrea se fue a vivir a Francia por lo que la custodia de los hijos menores quedó a cargo de Luis, manteniendo la patria potestad compartida. Tras unos meses, Luis acude al despacho de su abogada Ana y le comunica que está pasando un mal momento económico al carecer de ingresos y para que sus hijos no queden desasistidos ha solicitado la custodia temporal de la Diputación para los menores. Luis le pide a Ana que no comunique esa circunstancia al abogado de su ex mujer. Ana, tras informarle de que la madre debería conocer la situación, respeta la petición de Luis. ¿Ha sido correcta su actuación? No, porque la patria potestad es compartida y por tanto una situación así debe ser conocida y consensuada por ambos progenitores. Sí, porque la abogada está obligada por el secreto profesional. No, porque el deber de secreto profesional no es ilimitado y absoluto y debe primar el interés del menor y derecho del cónyuge no custodio a conocer la situación. Sí, porque la abogada de Luis solo debe defender los intereses de su cliente.
Marta defiende a dos demandados en un procedimiento de responsabilidad civil, planteando uno de ellos que la responsabilidad es del otro. ¿Qué debería hacer Marta? Debería renunciar a la defensa de ambos clientes en todo caso. Debería renunciar a la defensa de ambos clientes, salvo autorización expresa de los dos para intervenir en defensa de uno de ellos. Debería renunciar a la defensa de uno de ellos, el último que le encomendó su defensa. Debería seguir con el procedimiento hasta que se dicte sentencia para no generar indefensión a ninguno de ellos.
Maite es clienta habitual de Sandro, abogado de su confianza con el que lleva trabajando muchos años. En fecha reciente, Maite encomienda a Sandro que le lleve un nuevo asunto y le pide firmar, con anterioridad, una hoja de encargo para conocer con seguridad el importe de los honorarios y su forma de pago. ¿Cuál es la actuación que debería tener Sandro ante esta solicitud de hoja de encargo?: Debe de negarse porque supone una desconfianza impropia en las relaciones entre abogado y cliente. Debe suscribir la hoja de encargo porque su cliente se lo pide. Debe suscribirla porque es una obligación de los abogados en todos los casos firmar una hoja de encargo, aunque no se lo hubiera solicitado Maite. Debe negarse porque para eso están los criterios orientadores para tasaciones de costas.
Juan, letrado de León, es titular de un despacho profesional individual en el que colabora, con relación laboral, Aitor, abogado también colegiado y ejerciente. En uno de los asuntos en los que Aitor colaboraba con Juan, y debido exclusivamente a unas gestiones llevadas a cabo personalmente por el propio Aitor, se genera un perjuicio al cliente. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sin perjuicio de la facultad de repetir contra él si procediera. Juan en ningún caso responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sólo en el caso de que las mismas fueran constitutivas de delito. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sólo en el caso de que así lo estableciera expresamente la Junta del Colegio de Abogados.
Asier es graduado en derecho, habiendo superado en 2017 el Master de acceso a la profesión de abogado y la prueba de estado para acceso a la abogacía convocada por el Ministerio de Justicia, si bien no se ha incorporado a ningún Colegio de Abogados. En fechas recientes ha recibido demanda de divorcio de su esposa y se está planteando defenderse a sí mismo. ¿Es ello posible si no está colegiado? No, porque para poder actuar en cualquier juzgado necesariamente se ha de estar colegiado en un Colegio de abogados. Sí, porque cumpliendo los requisitos para incorporarse a un Colegio de abogados no se necesita dicha incorporación para la defensa de asuntos propios, aunque sí tiene que solicitar una habilitación al Decano del Colegio de Abogados para dicha intervención. Sí, porque en los procedimientos de divorcio puede actuar cualquier licenciado o graduado en derecho que sea parte aunque no esté colegiado. Sí, ya que ha superado un Master de acceso a la profesión de abogado y aprobado la prueba de estado convocada por el Ministerio de Justicia.
.- Felipe quiere incorporarse al ejercicio profesional dándose de alta en el Colegio de Abogados de Sevilla y teniendo su despacho profesional en Vigo, ¿puede hacerlo? Si, porque hay libertad de elección de Colegio. Si, porque el domicilio sólo es relevante a efectos fiscales. Si, porque su domicilio profesional situado en localidad distinta a la del territorio del Colegio, sólo le impediría su incorporación al Turno de Oficio en dicho Colegio. No, tiene obligación de incorporarse al Colegio dónde radique su domicilio profesional único o principal.
Izaskun asume, como abogada, la defensa de los intereses de Olga en un procedimiento de despido contra ella formulada por la empresa Palacios Gómez, SL. Izaskun había defendido en el pasado a Palacios Gómez SL frente a la demanda presentada por otro empleado en un juicio celebrado cuatro años antes, y entonces había obtenido documentación interna de la empresa de la que se desprendía la existencia de anomalías contractuales en sus relaciones con los empleados. Olga pide a Izaskun que presente dicha documentación, junto con la demanda. ¿Qué debe hacer Izaskun?: Presentar el documento, ya que el deber de secreto profesional solo permanece por un plazo de tres años después de haber finalizado la prestación de servicios al cliente. Presentar el documento, ya que la petición de su actual cliente Olga es suficiente para que se vea excusada de sus deberes de secreto profesional. No presentar el documento ya que no ha transcurrido el plazo de 5 años después de haber finalizado la prestación de servicios al cliente. No presentar el documento ya que el deber de secreto permanece en el tiempo ilimitadamente.
. Carla y Roberto trabajan como abogados en el despacho de abogados del que es titular Lucas, habiendo firmado un contrato laboral. Carla desconoce hasta qué punto está obligada a cumplir las indicaciones de Lucas respecto de la forma de prestar sus servicios profesionales por lo que pregunta al respecto a su compañero Roberto. Roberto le informa: Que debe cumplir las indicaciones de Lucas, incluso cuando se trate de un caso en el que exista conflicto de intereses entre ambos. Que no debe cumplir las indicaciones de Lucas ya que éste sólo verificará el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Que debe cumplir las indicaciones de Lucas, salvo que contravengan los principios y valores de la abogacía o las obligaciones que imponen a los abogados las normas que rigen la profesión. Que debe cumplir las indicaciones de Lucas ya que es el titular del despacho, quedando por ello eximido de la responsabilidad disciplinaria que de su actuación profesional pudiera derivarse.
Carla, abogada italiana incorporada a la Orden de los Abogados de Florencia, tiene como cliente habitual a Sergio, que se encuentra en una cárcel española por un asunto de tráfico de drogas. Carla recibe la llamada de Sergio, que le explica su situación y le pide que le defienda ante los tribunales españoles. ¿Qué requisitos tiene que cumplir Carla para poder defender a Sergio en España? Carla tiene que presentar el carnet de colegiada en la Orden de los Abogados de Florencia cuando intervenga en defensa de Sergio en cualquier instancia. Carla tiene que solicitar la habilitación en el ámbito territorial del Colegio en donde se encuentren los órganos judiciales competentes. Carla tiene que actuar concertadamente con un abogado colegiado en un colegio de abogados de España. Carla tiene que pedir una autorización al Consejo General de la Abogacía Española. .
África, abogada, está negociando con su compañero Pedro el cumplimiento de un contrato mercantil entre clientes de ambos y, en concreto, el pago de la cantidad de 1.200 euros. Las negociaciones se prolongan intentando evitar el juicio, pero África sospecha que el ánimo de su compañero es dilatorio. El ejercicio de la acción de reclamación prescribe en breve por lo que el cliente de África le ordena presentar la demanda, y ella así lo hace, sin previo aviso a Pedro ¿es correcta la actuación de África?: Sí, porque está obedeciendo las indicaciones de su cliente Sí, porque está próxima la posible prescripción de la acción. No, porque debe comunicarse el cese de las negociaciones al letrado contrario antes de demandar. No, porque en este caso la intervención del Letrado no es preceptiva y la demanda la presenta el cliente a su nombre.
Agustí, que vive en Sevilla ha interpuesto una demanda de juicio verbal en Madrid en reclamación de 1.900 euros , habiéndose valido para su representación y defensa de abogado y procurador. La sentencia dictada en el procedimiento estima íntegramente la reclamación con expresa condena en costas. ¿Puede Agustí reclamar las costas causadas por su abogado y procurador? No, porque en los procedimientos de juicio verbal de menos de 2.000 euros no es preceptiva la intervención de abogado y procurador. No, sólo puede reclamar las costas derivadas de su letrado. Sí, porque presentó su demanda con abogado y procurador. Sí, porque el domicilio de Agustí está en lugar distinto de donde se ha presentado la demanda.
En un contrato de compraventa ambas partes establecen expresamente en una cláusula que, para el caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, será al infractor a quien se le impongan las costas judiciales del pleito que se produzca. En cumplimiento de lo establecido en esta cláusula, que vincula al tribunal, siempre la parte incumplidora será condenada en costas. Sólo será condenada en costas la parte que litigue con temeridad, no vinculando esta cláusula al tribunal. Sólo será condenada en costas la parte que litigue con mala fe, no vinculando esta cláusula al tribunal. Esta cláusula no vincula en absoluto al tribunal que establecerá la condena en costas que estime oportuna en aplicación de la LEC, dado que las disposiciones sobre condena en costas son imperativas y no disponibles para las partes.
Nuria tiene una cuenta corriente en Berna (Suiza) y le pide a Antonio, abogado, que realice las gestiones necesarias para traer el dinero a España, manifestándole que el dinero proviene de la venta de una casa en dicha ciudad que acaba de heredar de una tía. ¿Qué debe hacer Antonio? Abstenerse de llevar el asunto dado que los fondos se encuentran en un paraíso fiscal. Debe extremar la cautela y hacer un examen especial al tratarse de fondos provenientes de un paraíso fiscal. Debe informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias por ser una operación sospechosa. Debe aceptar el encargo y confiar en lo manifestado por Nuria.
Luis va a tener la semana que viene una vista en la Audiencia Provincial de Barcelona que resulta muy importante para él y, por ello, quiere que ese día Manuel, compañero de despacho, le auxilie en el acto del juicio. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando se trate de una causa compleja y/o de un volumen superior a los 1.000 folios. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando Manuel lleve colegiado más de diez años. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando Manuel pueda acreditar estar especializado en la materia en la que va a auxiliar a Luis.
En el arbitraje rigen los principios de : No rige ningún principio procesal, puesto que no es un proceso. Audiencia, dualidad e igualdad En principio de oficialidad y de proporcionalidad Los principios propios de la contratación.
Si en un conflicto se necesitan determinados conocimientos técnicos para poder valorar de manera correcta la causa, y elegimos un arbitraje, ¿cual sería el arbitraje más efectivo? Un arbitraje de equidad que no exije conocimientos jurídicos, y donde encajaría como árbitro un especialista en la materia. Arbitraje de derecho en el que el árbitro fuese un jurista.  Un arbitraje de derecho en que el técnico fuese el árbitro Siempre es más efectivo un arbitraje de derecho.
Si una vez convenido un arbitraje, en el convenio no se establece quienes son los árbitros, ¿Cómo puede solventarse dicho problema cuando ya existe el conflicto y se quiere comenzar un arbitraje? El árbitro puede ser nombrado por un Notario. Si en el convenio no se incluye la determinación de los árbitros las partes o bien pueden acordarlo a posteriori o bien pueden utilizar el procedimiento judicial de nombramiento de árbitros. El árbitro puede ser nombrado por el Juez de Primera Instancia. Si en el convenio no se ha nombrado a los árbitros el arbitraje es nulo.
¿Quién es competente para adoptar medidas cautelares durante el proceso arbitral? Sólo los árbitros como conocedores del objeto del litigio Tanto los árbitros como el Juez de primera Instancia a elección del actor. Ninguna de las repuestas es correcta. Sólo los jueces y tribunales, por suponer ejercicio de potestad jurisdiccional de la que carecen los árbitros.
Una vez dictado un laudo, las partes perjudicadas pueden recurrir el mismo a través de: Se puede utilizar el llamado recurso de anulación o en su caso la revisión de sentencias firmes de la LEC. Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, ya que al proceso arbitral se le da tratamiento de primera instancia. Ante el Tribunal Supremo en casación. Los laudos no son recurribles ni revisables en ningún caso, esa es una de las ventajas del arbitraje.
Un cláusula Med-ARb es: Un cláusula por la que se concierta entre partes que se intente un arbitraje primero y después una mediación Una cláusula por la que se concierta entre partes que el conflicto sea resuelto por árbitros mediante una mediación Una cláusula incorporada a un contrato en la que se prohíbe que el conflicto se sometido a mediación o a arbitraje Una cláusula por la que se concierta entre partes que se intente una mediación, y si no se obtiene el acuerdo pasar a un arbitraje.
Si hablamos de cláusulas escalonadas MEDALOA nos estamos refiriendo a: A una cláusula Arb-Med. A una especie de arbitraje de equidad específico A un supuesto en el que las partes acuerdan unn mediación por un árbitro. Un cláusula Med-Arb en la que el árbitro resuelve eligiendo de entre aquellas propuestas formuladas en la mediación, la que estime más justa.
El arbitraje es un método de resolución de conflictos: Con resultado incierto Heterocompositivo Judicial Autocompositivo.
"Para la solución de cualquier cuestión litigiosa derivada de este contrato o acto jurídico, las partes se someterán al arbitraje institucional del Tribunal Arbitral de Málaga, de la Fundación Tribunal Arbitral del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, a quien se le encomienda la designación del árbitro o árbitros y la administración del arbitraje". ¿A que tipo de arbitraje nos sometemos si firmamos esta cláusula arbitral? A un arbitraje ad hoc A un arbitraje institucional Es una cláusula nula, pues deriva el nombramiento de árbitros a un tercero A un arbitraje judicial.
Un tipo de arbitraje es el testamentario por el que el testador puede decidir que todos los conflictos derivados de la herencia se resulevan por arbitraje. Verdadero Falso .
Los honorarios del Abogado Deben siempre pactarse por escrito Debe percibirlos siempre quien lleve la dirección del asunto Corresponden al titular del despacho aunque no haya llevado el asunto Sólo se pueden exigir si hay hoja de encargo.
Los honorarios del Abogado Deben siempre pactarse por escrito Debe percibirlos siempre quien lleve la dirección del asunto Corresponden al titular del despacho aunque no haya llevado el asunto Sólo se pueden exigir si hay hoja de encargo.
En relación a los honorarios profesionales Los Colegios pueden fijar mínimos Los Colegios deben fijar máximos Los Colegios pueden fijar criterios para las tasaciones de costas Los Colegios no tienen intervención debido a la libre competencia.
Las costas Pertenecen al Abogado que haya llevado el asunto Perteneces al Abogado que haya ganado el pleito Pertenecen al cliente No es éste un problema deontológico.
Los Abogados pueden compensar honorarios con cantidades que cobren para el cliente Siempre Nunca Cuando han sido autorizados por el cliente Cuando hayan ganado el pleito.
El Abogado puede retener documentación del cliente Cuando se le adeudan honorarios Hasta que se concede la venia a un compañero En todo caso . En ningún caso.
El blanqueo de capitales Es un delito Puede tener como antecedente el delito fiscal Ambas respuestas son correctas.
El blanqueo de capitales es La introducción en el mercado de bienes de procedencia ilícita La utilización y posesión de esos bienes La ocultación de esos bienes para que no sean descubiertos Todas las respuestas son correctas.
Los Abogados son sujetos obligados a la prevención del blanqueo Cuando desarrollan determinadas actuaciones Cuando se inscriben en el SEPBLAC Siempre ya que el blanqueo debe erradicarse en todo caso.
Cuando además del Abogado interviene otro sujeto obligado Las obligaciones del Abogado siguen siendo las mismas Por el contrario, se reducen El Abogado queda exento de toda obligación.
Las medidas reforzadas de diligencia debida Deben aplicarse en todo caso Sólo a las personas con responsabilidad pública Deben aplicarse a las situaciones que prevé la ley y a las que reglamentariamente se establezcan por su alto riesgo.
Los objetivos que se plantean en las reuniones se dividen en: Generales y simples Generales y oficiales Generales y específicos Ninguna de las anteriores es correcta.
La Mesa rectangular en las reuniones, señale la correcta Lleva consigo una disposición diferencial y discriminativa de posiciones No conlleva una disposición diferencial y discriminativa de las posiciones Todos los participantes tienen la misma consideración . Este tipo de mesas no se usan en las reuniones.
En la mesa redonda en las reuniones se produce un efecto particular denominado efecto Steinzor que consiste en que: Sin la existencia de diferencia de estatus ni de relaciones de amistad se origina una mayor interacción entre los participantes que ocupan posiciones contiguas. Sin la existencia de diferencia de estatus ni de relaciones de amistad se origina una mayor interacción entre los participantes que ocupan posiciones que están enfrente Sin la existencia de diferencia de estatus ni de relaciones de amistad se origina una mayor interacción entre los participantes que ocupan posiciones que están en diagonal Ninguna de las anteriores es correcta.
Los asuntos sobre los que va a tratar la reunión se recogen en: El orden del pleno. El orden del día. A y b son correctas. La agenda particular del director de la reunión.
Al programar los horarios (comienzo y final), de una reunión hay que considerar ciertas «holguras» para evitar imprevistos: Fijando la hora estimada de finalización 30 minutos antes del hito considerado. Fijando la hora estimada de finalización 45 minutos antes del hito considerado. Fijando la hora estimada de finalización 60 minutos antes del hito considerado. Fijando la hora estimada de finalización 15 minutos antes del hito considerado.
El sujeto que en las reuniones se comporta como objetivo, calculador, lógico e interpreta lo que le llega. Distante, seco, desapegado y sin sentimientos. Paternalista, impresión de tranquilo se corresponde con el tipo Analítico. Evitador. Distractor. Acusador.
El mediador, conforme a la regulación contenida en la Ley 5/2012, de 6 de julio.... todas son verdaderas. incurre en responsabilidad si incumple sus deberes. tiene un deber de confidencialidad del que solo le pueden relevar las partes o mediante resolución motivada del juez. ha de ser imparcial.
La figura del "conciliador" a la que se refiere el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público... Puede y debe formular soluciones a las partes. Todas son falsas. Es completamente equiparable a la figura del mediador de la Ley 5/2012. No puede tener formación jurídica. .
En el ámbito de aplicación de la Ley 5/2012, de 6 de julio.... se excluye la mediación penal, de consumo ,laboral y mediación con las Administraciones Públicas. todas son incorrectas. se incluye la mediación penal, labora y mediación con las Administraciones Públicas. se excluye la mediación penal, laboral y mediación con las Administraciones Públicas.
En la mediación, es el mediador el que ha de proponer soluciones y alternativas jurídicas a las partes. Verdadero Falso .
La deontología Es un conjunto de normas jurídicas Es un catálogo de normas éticas Es una recopilación de normas de buena conducta Todas las respuestas son correctas.
El Abogado Es un profesional dedicado a la defensa y al asesoramiento jurídicos Es un profesional que puede dedicarse a la mediación, gestión, administración, arbitraje Es un profesional cuyas funciones están previstas en la ley Todas las respuesta son correctas.
La colegiación de los Abogados Es obligatoria Es recomendable Es voluntaria Es posible a partir de los tres años de obtenerse la licenciatura.
Un Abogado debe colegiarse En las corporaciones en cuyo ámbito actúa En el Colegio que le ofrezca mejores condiciones En todas las corporaciones de su Comunidad Autónoma En la corporación en cuyo ámbito radique su despacho único o principal.
Se puede actuar por dos clientes diferentes en el mismo asunto Cuando no hay conflicto de intereses En divorcios de común acuerdo En la preparación de documentos con determinadas exigencias Todas las respuestas son correctas.
El secreto profesional Es recomendable guardarlo Cede ante la obligación de colaborar con la Justicia Cubre todas las actividades del Abogado Cubre los hechos que conoce defendiendo o asesorando.
El secreto profesional Es un deber y un derecho del Abogado Cubre los hechos de conocimiento público Incluye las condiciones económicos del cliente de turno de oficio Todas las respuestas son correctas.
Puede relevar de la obligación de guardar el secreto profesional El Juez El Decano El cliente Nadie.
La entrada y registro del bufete Exige la presencia del Decano Nunca puede practicarse Está prevista en la LECr Obliga al Decano a asistir si es avisado.
La correspondencia con otros Abogados Puede presentarse al Juzgado si interesa para la defensa Puede presentarse al Juzgado si lo autoriza el compañero Nunca puede presentarse al Juzgado Puede entregarse al cliente.
D. Alfonso y D. Juan son dos abogados titulares de una sociedad profesional dedicada a la defensa jurídica. Confeccionan unos pasquines publicitarios en los que insertan el siguiente contenido “ Tras el éxito obtenido por los letrados de este despacho en la defensa de los intereses de los afectados por los desbordamientos de la presa de Moulinsart y de los afectados por el accidente aéreo del avión de la compañía Aerostar que tuvo lugar en el aeropuerto de Sykdaviam, ofrecemos nuestros servicios en reclamaciones masivas en las que aseguramos el resultado favorable a través de la formulación de reclamaciones judiciales inmediatas”. Cuentan con autorización verbal de dichos clientes para la inclusión de las mencionadas referencias en la publicidad. Una mañana conocen a través de los medios de comunicación la ocurrencia de un accidente de tren en la estación de la localidad en la que tienen el despacho. Los abogados acuden inmediatamente al lugar procediendo a repartir los pasquines publicitarios, llevando consigo incluso hojas de encargo para tratar de que sean firmadas sobre la marcha por los perjudicados. ¿Es correcta la actuación de D. Alfonso y D. Juan? La publicidad realizada vulnera el articulo 25.2 del Estatuto general de la abogacía y el artículo 6 del código deontológico de la abogacía española, ya que, aun contando con la autorización verbal de los clientes a los que hacen mención, incitan al pleito o al conflicto y prometen la obtención de resultados que no dependen exclusivamente de la actividad del abogado. Resulta correcta la actuación de los abogados ya que la actual normativa sobre defensa de la competencia ha acabado con las restricciones a la publicidad de los abogados. La publicidad de estos abogados no vulnera norma alguna ya que cuentan con la autorización de los clientes afectados por las tragedias referidas en la publicidad para su inclusión en ella La publicidad realizada vulnera el articulo 25.2 Del estatuto general de la abogacía y el artículo 6 del código deontológico de la abogacía española, ya que, no se puede hacer referencia directa o indirecta a clientes del despacho sin contar con la autorización escrita de los mismos, además de ello su publicidad incita al pleito o al conflicto, prometen la obtención de resultados que no dependen exclusivamente de la actividad del abogado, y, por último, se disponen a ofrecer sus servicios a victimas de accidentes en el momento en que carecen de plena y serena libertad para la elección de abogado.
Se ha formulado una queja contra Luis, abogado en ejercicio, y se procede por parte de la junta de gobierno, tras cumplir los tramites del periodo de información previa, a acordar la apertura de un expediente disciplinario que finaliza con la resolución por la que se le impone a Luis una sanción. Luis, que no esta conforme, y una vez transcurrido dos meses desde la notificación de la resolución, presenta recurso de alzada… Dentro de los diez días siguientes, el colegio de abogados remitirá el recurso al consejo autonómico de colegios de abogados para su resolución, junto con su informe y las alegaciones que en su caso se hayan formulado. El recurso de alzada se inadmitirá por extemporáneo Si el consejo autonómico de colegios de abogados no resuelve en el plazo de tres meses se podrá entender desestimado el recurso. El consejo autonómico de colegios de abogados deberá resolver sobre el fondo del recurso en el plazo de tres meses.
Cuando un abogado comparece ante un medio de comunicación ha de asegurarse de que: No perciba ni el ni su cliente cantidad económica alguna por ello No se vulnere el secreto profesional, el derecho fundamental a la defensa de los clientes y las normas procesales sobre el secreto interno y externo de las actuaciones judiciales Cuenta con la autorización del cliente Cuenta con la autorización colegial para el caso de que no obtenga la de su cliente.
En el juzgado de instrucción nº9 de Málaga se sigue un proceso penal contra Antonio, abogado en ejercicio, incoado en virtud de una denuncia de un presunto delito de apropiación indebida formulada por su cliente Rafael quien al mismo tiempo interpuso una queja en el colegio de abogados por los mismos hechos poniendo en conocimiento la existencia de un procedimiento penal incoado. El colegio de abogados: Iniciará un procedimiento disciplinario cuando tenga conocimiento de los hechos objeto de la queja, pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal. Se incoará el procedimiento disciplinario cuando así lo ordene el juzgado que tramita la causa penal, en cuyo caso el colegio lo iniciará y proseguirá hasta su resolución final quedando la misma en suspenso a resultas del procedimiento penal. Iniciara un procedimiento disciplinario y proseguirá hasta su resolución final imponiendo en su caso la sanción que corresponda. Solo incoará procedimiento disciplinario cuando así lo solicite Rafael, en cuyo caso el colegio lo iniciará, pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal.
Juan acaba de aprobar el examen de acceso a la profesión y decide incorporarse al colegio de abogados de Málaga. Durante los dos años que estuvo estudiando el máster de la abogacía lo compagino con otros estudios sobre la protección de los derechos de las personas ante el uso de internet, reputación on line y redes sociales, además de realzar practicas de abogado en un despacho colectivo del capital especializado en derecho sobre propiedad intelectual y nuevas tecnologías. Para adquirir clientes propios edita un perfil en LinkedIn haciendo mención a su experiencia profesional, y se posiciona como un experto en derecho sobre las nuevas tecnologías. ¿es correcta la actuación de juan? No, porque debe guardar secreto profesional sobre toda su actividad como abogado, no pudiendo hacer mención a especialidad alguna. No, porque debe pedir autorización al colegio de abogados para abrir un perfil profesional en LinkedIn o llevar colegiado más de 3 años. No, porque los abogados tienen prohibido hacer publicidad en portales de internet y redes sociales. Si, porque esta realizando una publicidad de sus servicios digna, leal y veraz, respetando la dignidad de las personas, las normas sobre publicidad y competencia desleal y deontología de los abogados, contando además con la experiencia de una practica profesional que avala la especialidad anunciada.
Las mutualidades de previsión social: Son sociedades cooperativas que tienen como finalidad poner al alcance de los abogados aquellos productos de primera necesidad para el desarrollo de la profesión. Son organizaciones creadas por los colegios de abogados para combatir el intrusismo profesional Es un sistema financiero de reparto que consiste en un sistema piramidal en el que las prestaciones que perciben los pasivos se financian con las cotizaciones corrientes de los activos. Son entidades aseguradoras con características muy especiales, por estar formuladas por un conjunto de individuos que comparten un patrimonio destinado a cubrir los riesgos de la vida cotidiana.
Las personas que ejercen la abogacía por cuenta ajena para una empresa... Pueden hacerlo a través de un contrato de arrendamiento de servicios, dada la naturaleza jurídica de nuestra profesión Solo pueden hacerlo a través de la relación laboral especial contenida en el RD 1331/2006, de 17 de noviembre Si la empresa es de su familia no necesita contrato alguno Deben hacerlo a través de una relación laboral común.
El derecho a la defensa: La autodefensa excluye de forma automática la defensa técnica Incluye el derecho a defenderse a si mismo, el derecho a defenderse mediante asistencia letrada de su elección y en determinados casos recibir asistencia letrada gratuita Supone el ejercicio del mismo en todos los ordenes jurisdiccionales Supone el ejercicio del mismo en todos los ordenes jurisdiccionales y en cualquier administración.
Cuando un abogado incurre durante su intervención en un juicio en alguna infracción deontológica: Podrá ser corregido, según los casos, por el propio órgano de judicial en el que intervenga Solamente puede ser corregido por la junta de gobierno del colegio al que pertenezca el abogado Solamente podrá ser corregido por la junta de gobierno del colegio del partido al que pertenezca el juzgado Podrá ser corregido por la junta de gobierno al que pertenezca y en segunda instancia por el consejo general de la abogacía.
Son sujetos de la relación laboral especial: Todos los abogados que presten sus servicio profesionales en un mismo despacho. Aquellos abogados que ejerzan la profesión en el seno de una empresa y los empresarios que la gerencian. Quienes, de acuerdo a la normativa aplicable, se encuentren habilitados para ejercer la profesión de abogado y los titulares de despachos de abogados individuales o colectivos. Los abogados y los clientes del despacho.
Dª maría fue la abogada de D. Andres y Dª Marta en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo seguido entre ellos para lo cual hubo de redactar el convenio regulador justificándose los ingresos que cada cónyuge percibía. Seis meses mas tarde Dª Marta acude al despacho de Dª Maria para encargarle un procedimiento sobre reclamación de cantidad de una deuda que mantiene D. Andres con la empresa que gerencia la nueva pareja de D. Marta, Dª Marta le expresa a Dª Maria que el hecho de haber acudido a ella lo es en razón de que conoce con detalle la situación económica de D. Andres por haber sido abogado de el en el procedimiento de familia. ¿Qué debe hacer Dª Maria? Dª Maria debe aceptar el asunto ya que el anterior fue finalizado hace seis meses y la situación económica de D. andres puede no ser la misma. Dª Maria no puede aceptar el encargo profesional ya que implica actuaciones contra un anterior cliente, y existe riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente puede ser violad, o de ellas puede resultar un beneficio para el nuevo cliente. D. Maria, debe aceptar el asunto advirtiendo a Dª Marta que no podrá hacer uso de la información que le consta acerca de la situación económica de D. Andres por haberla obtenido en función de su antigua relación. Dª. Maria, orgullosa del motivo de su elección, debe aceptar el asunto.
Cuando un abogado que no forma parte de una junta de gobierno incurre durante su intervención en un juicio en alguna infracción deontológica. Podrá ser corregido, según los casos por el propio órgano judicial en el que intervenga, por la junta de gobierno del colegio de la localidad en la que tenga lugar la intervención y, en segunda instancia, por el consejo autonómico respectivo. Solamente podrá ser corregido por la junta de gobierno del colegio del partido al que pertenezca el juzgado. Será corregido por el propio órgano judicial en el que intervenga. Solamente puede ser corregido por la junta de gobierno del colegio al que pertenezca el abogado y, en segunda instancia, por el consejo general de la abogacía.
Las infracciones deontológicas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, el plazo de prescripción comenzara a contarse Desde la fecha de su comisión Desde que se conozca la totalidad del perjuicio derivado de la infracción, ya que si no se conoce el perjuicio no puede reclamarse Desde que el perjudicado conozca la infracción cometida Desde la fecha de presentación de la denuncia.
En el juzgado de instrucción nº 9 de Málaga se sigue un proceso penal contra Antonio, abogado en ejercicio incoado en virtud de una denuncia por un presunto delito de apropiación indebida formulada por su cliente Rafael quien al mismo tiempo interpuso una queja en el colegio de abogados por los mismos hechos poniendo en conocimiento la existencia del procedimiento penal incoado. El colegio de abogados: d) Iniciara un procedimiento disciplinario cuando tenga conocimiento de los hechos objeto de la queja, pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal. Se incoara procedimiento disciplinario cuando así lo ordene el juzgado que tramitara la causa penal, en cuyo caso el colegio lo iniciara y proseguirá hasta su resolución final quedando la misma en suspenso a resultas del procedimiento penal. Solo incoara procedimiento disciplinario cuando así lo solicite Rafael, en cuyo caso el colegio lo iniciara pero lo suspenderá hasta la terminación del procedimiento penal. Iniciara un procedimiento disciplinario y proseguirá hasta su resolución final imponiendo en su caso la sanción que corresponda.
El abogado, como trabajador autónomo, tiene obligación de llevar contabilidad formal Si y las sociedades profesionales, además, también tiene la obligación de llevar determinados libros registros Solo si es trabajador por cuenta ajena Nunca, ni siquiera las sociedades profesionales Solo esta obligado a llevar determinados libros de registro.
La declaración censal de inicio de actividad se hace mediante la presentación ante hacienda del modelo 047 Siempre Ese modelo es erróneo No siempre. A veces es en el modelo 046.
La responsabilidad del abogado como trabajador autónomo No tiene ninguna responsabilidad porque para ellos existe un seguro colegial Es ilimitada, responde con todos sus bienes Esa responsabilidad se encuentra limitada a la cantidad de 600.000€ Se limita al capital aportado en su despacho.
El inicio de actividad necesita licencia municipal de apertura del piso o local donde se va a desarrollar la actividad de abogado. Solo cuando la actividad va a ser realizada en un despacho colectivo Siempre No siempre Nunca.
Los elementos del conflicto son El problema, el conflicto, las personas Las personas, el proceso, el problema El conflicto, el problema y el proceso.
En mediación y negociación tenemos que tener en cuenta fundamentalmente Las posiciones, los intereses y las necesidades Las posiciones, las necesidades y los objetivos Las necesidades, los intereses y las personas.
Cual de estas características de la mediación no es correcta: Neutralidad Carácter impersonal Confidencialidad y buena fe Voluntariedad.
En su rol facilitador, la persona mediadora: Habla con los abogados para que entiendan el acuerdo de mediación Promueve que las partes recuperen la capacidad para utilizar sus propios recursos en el abordaje del conflicto Ofrece información legal y psicológica que evite esfuerzos innecesarios a los participantes Reduce los esfuerzos de las partes para encontrar una solución ofreciendo alternativas viables.
En la mediación La función del mediador es introducir un espacio diferente de dialogo y comunicación entre las partes. La mediación reactiva el protagonismo del mediador en su capacidad de generar opciones, siendo este el que gestione sus soluciones. Todos los conflictos pueden ser mediados. La mediación y la justicia no son opcionales: hay que decidirse necesariamente por una de estas dos formas de gestionar los conflictos.
Momento en el que es posible llevar a cabo la mediación En cualquier momento Antes de comenzar el procedimiento judicial Solamente, una vez interpuesto el procedimiento judicial, en la comparecencia de medidas provisionales, en el caso de los procedimientos de familia Solo una vez finalizado el proceso judicial.
Las condiciones para la suspensión del proceso son las siguientes, aplicadas a un proceso de mediación Que sean ambas partes las que acuerden la suspensión del procedimiento y la soliciten del tribunal que esta conociendo de su asunto Ninguna es correcta Que sea acordada por decreto y no puede exceder de 60 dias. Transcurrido el plazo de suspensión, las partes pueden solicitar la reanudación del proceso, que sigue el transcurso propio del procedimiento Todas son correctas. Que esta suspensión no perjudique un interés general de terceros.
La confidencialidad es un principio que: No esta recogido en la ley 5/2012 Obliga solo a la persona mediadora Obliga solo a las partes Obliga a la persona mediadora, a las partes y a las instituciones de mediación.
Con fecha 10 de febrero de 2016, Sandra, abogada inscrita en el colegio de abogados de Cáceres, interpone en defensa de los intereses de su cliente, Andrés, una demanda de reclamación de cantidad por impago de los arrendamientos de unos inmuebles por importe de 1.000 €, sin la intervención de procurador. ¿esta Sandra obligada a presentar la demanda vía Lexnet? Indique la respuesta correcta: No, es potestativa al tratarse de un procedimiento por importe inferior a 2.000 € Si, porque no esta permitida la representación de procurador en procedimientos de cuantía inferior a 2.000€ Si, es obligatoria desde el 1 de enero de 2016. No, se pueden seguir presentando escritos en papel cuando la reclamación es inferior a 2.000€.
Carlos, abogado, es el defensor de los intereses de clara en un procedimiento laboral ¿tiene Carlos la obligación de presentar la demanda via Lexnet?. Indique la respuesta correcta: No, el abogado en ningún caso tiene obligación de presentar la demanda via Lexnet Si, es obligatorio en todos los procedimientos laborales. No, solo si el letrado de la administración de justicia así se lo exige. No, solo tiene obligación en los procedimientos judiciales en los que intervenga el procurador.
Ignacio, abogado, va a salir de vacaciones y quiere presentar un recurso contencioso administrativo con anterioridad. ¿Cuándo puede presentar válidamente el escrito via Lexnet? Puede presentar válidamente escritos en días inhábiles solo en las jurisdicciones penal y laboral. Puede presentar el recurso únicamente en días y horas hábiles. Todo escrito presentado en día u hora inhábiles se tendrá a todos los efectos por no presentado. Únicamente puede presentar el recurso via Lexnet en días inhábiles Puede presentar el recurso todos los días, las 24 horas, pero en caso de presentación en días u horas inhábiles, se entenderá presentado el primer día hábil siguiente.
En unas diligencias previas, en las que hay seis investigados, de los cuales tres están representados por procuradores y otros tres, entre ellos su cliente, no. ¿Cuándo presente usted un escrito por Lexnet, a quien debe de dar traslado? Solamente a los abogados, ya que a los procuradores solo le puede notificar el juzgado. A todas las partes personadas Solamente a las partes que no están representadas por procurador A ninguna de las partes, lo debe de realizar el juzgado.
Usted tiene previsto irse de vacaciones en el mes de agosto y tiene pendiente que el juzgado le notifique una resolución. ¿puede el juzgado notificarle durante el mes de agosto? Si, cuando se trate de procedimientos en los que agosto es hábil No se hacen notificaciones por Lexnet en el mes de agosto Si, desde la implantación de Lexnet, se puede notificar en el mes de agosto No, si se presenta escrito en el juzgado solicitando que no le notifiquen en agosto.
Soledad, demanda en un juicio civil, es declarada en rebeldía, a pesar de que tiene domicilio conocido, por no comparecer en forma en el plazo señalado en el primer emplazamiento. ¿Cómo se le debe notificar la resolución que acuerda la rebeldía? No se le debe notificar, pues una vez declarada la rebeldía no se notificara ninguna resolución hasta que se dicte la que ponga fin al proceso. Por Lexnet Por edictos Por correo.
Por parte del juzgado de instrucción se le remite el lunes 8 de marzo de 2021 a las 12:15 horas una notificación por Lexnet. En caso de no abrir usted la notificación, ¿Cuándo se entenderá notificada? Se entenderá notificada el lunes 15 de marzo de 2021 Se entenderá notificada el jueves 11 de marzo de 2021 Se entenderá notificada el viernes 12 de marzo de 2021 Se entenderá notificada el martes 9 de marzo de 2019.
Juan ha de presentar un recurso contencioso-administrativo pero tiene varios vencimientos pendientes y se pregunta si al ser obligatoria la presentación electrónica de escritos, se mantiene el día de gracia. El plazo de gracia solo se mantiene para los procedimientos penales Si, hasta las 12 de la noche del día de gracia Si, pero se mantiene la hora limite de presentación de escritos hasta las 15:00h No, desde que entro en vigor la obligatoriedad de presentación electrónica de escritos, desapareció el día de gracia.
Sara, abogada, necesita presentar un recurso de casación y desconoce el procedimiento a seguir para la presentación del recurso. Al tratarse de un recurso de casación se presenta exclusivamente por via electrónica y la sala se encarga de notificar a las partes. Los recursos han de presentarse en formato papel en el juzgado decano correspondiente quien se encarga de notificar a las partes. No es posible la presentación de recursos vía Lexnet Se presenta por via electrónica, debiendo además presentarse en soporte papel, en los 3 dias siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes.
Usted tiene que interponer un recurso contencioso-administrativo. ¿Cómo ha de presentar el escrito iniciador y la documentación? El escrito iniciador debe presentarse en soporte papel y los documentos que lo acompañan deben presentarse exclusivamente por vía electrónica. El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan exclusivamente por vía electrónica. El escrito iniciador y la documentación ha de presentarse siempre en papel en el registro general de los juzgados competentes. El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan por vía electrónica y debiendo además presentarse en soporte papel, en los 3 días siguientes, tantas copias como contrarios haya.
El testamento digital El testador puede prohibir el acceso de los herederos a determinados contenidos Todas son correctas Esta regulado en la ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Es documento por el que el causante dispone su ultima voluntad sobre el conjunto de datos que tiene en internet y posesiones digitales.
Los incidentes o brechas de seguridad Si se han producido en el ámbito del encargado del tratamiento, el responsable no tiene responsabilidad alguna Supone el deber de indemnizar al interesado, pero en ningún caso sanción para el responsable del tratamiento si se comuniza en plazo No tienen que comunicarse a la agencia de protección de datos Como regla general deben comunicarse por el responsable a la agencia española de protección de datos en el plazo de 72 horas desde su conocimiento.
La transferencia internacional de datos tributarios Se realiza en base a la normativa sobre asistencia mutua entre los estados miembros o en el marco de los tratados para evitar la doble imposición. La normativa sobre asistencia mutua entre los estados de la unión europea, o en el marco de los convenios para evitar la doble imposición o de otros convenios internacionales Puede realizarse por resolución motivada de la agencia estatal de la administración tributaria No esta permitida fuera del ámbito del espacio económico europeo Puede realizarse con los países en base a la reciprocidad.
La constitución española Contempla la protección de datos como derecho fundamental como elemento del derecho a la intimidad. Establece que se debe regular por ley ordinaria. No se recoge el derecho a la protección de datos de carácter personal. Recoge el derecho a la protección de datos integrado dentro de su artículo 14.
El encargado del tratamiento es Es persona que establece las medidas de seguridad en la empresa Quien responde de los datos y todos los tratamientos que se puedan realizar En las sociedades de capital es el órgano de administración El encargado de gestionar el fichero de datos para uno o varios tratamientos.
Las cesiones de datos: Se permiten dentro de los países del espacio económico europeo Suponen el traspaso de datos a una tercera persona Hay que documentarlas y recogerlas en contrato Todas son correctas.
Sobre el órgano de supervisión en materia de protección de datos Es una tarea reservada a la agencia europea de protección de datos Es competencia exclusiva de las comunidades autónomas En España es la agencia estatal para la administración tributaria quien se encarga de la supervisión En España, con carácter general, el órgano de supervisión es la agencia española de protección de datos.
En relación con el consentimiento del titular de los datos, Una vez otorgado el consentimiento no se puede revocar Hay que recoger el consentimiento siempre No hace falta recoger el consentimiento si es para una reclamación administrativa Ninguna es correcta.
Si el titular de los datos es menor, el consentimiento Si lo ha prestado el padre o tutor en su propio nombre, no hace falta que lo haga en representación del menor Solo en este caso se admite el consentimiento tácito No hace falta que preste su consentimiento Debe prestarlo su padre o tutor.
La normativa de protección de datos No regula los derechos de los titulares de los datos Recoge solamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición Se limita a establecer una serie de derechos en favor del titular de los derechos en favor del titular de los datos Ninguna es correcta.
La infracción de la normativa de protección de datos puede suponer Todas son correctas Responsabilidades de carácter penal Responsabilidades de carácter administrativo Responsabilidades de carácter laboral.
Las medidas de protección de los datos a adoptar por el responsable de los datos... Vienen determinadas por la agencia europea de protección de datos. No se establece ningún criterio concreto sobre las medidas a adoptar. Son las que establece anualmente la agencia española de protección de datos. Deben ser adecuadas a los niveles de protección que requieren los datos del fichero.
Las comunidades autónomas Tienen competencias en materia de protección de datos compartidas con las corporaciones locales. Podrán crear autoridades económicas de protección de datos que estarán coordinadas por la agencia española de protección de datos. No tienen ninguna competencia en materia de protección de datos. Tienen competencias exclusivas en materia de protección de datos en su ámbito territorial.
El régimen jurídico en materia de protección de datos No existe una regulación específica sobre la materia Se regula por el derecho interno de los estados miembros Se regula por el derecho de la unión europea Se regula por el derecho de la unión europea y de los estados miembros.
El reglamento general de protección de datos No entra en vigor hasta el año 2022 Convive con la directiva 95/46/ce que establecida los principios a aplicar en materia de protección de datos Es el marco regulatorio del derecho de la unión europea en materia de protección de datos No es de obligado cumplimiento ya que es necesario su transposición a los ordenamientos jurídicos de los estados miembros.
En España La regulación sobre protección de datos debe hacerse siempre por ley ordinaria No hay nada establecido respecto a la forma de su desarrollo normativo La protección de datos se regula solo por el código penal Como norma general, la regulación sobre protección de datos debe hacerse por ley orgánica al desarrollar un derecho fundamental.
La cesión de datos a terceros países sin convenio Es necesario una declaración responsable del emisor Necesita autorización, como regla general No se exigen requisitos si el receptor es una administración publica Se puede realizar previa declaración responsable del receptor de los datos.
La normativa de protección de datos A) No es de aplicación a empresas e instituciones extranjeras B) Obliga a todos los que recojan y traten datos de carácter personal C) No es de obligado cumplimiento D) Obliga a un numero tasado de sujetos recogidos por la normativa.
La protección de datos para el abogado Supondrá, en algunos casos, la posibilidad de ejercer el cargo de delegado de protección de datos Es de aplicación en los despachos de abogados Supone una posible fuente de ingresos profesionales Todas son correctas.
El tratamiento de datos de naturaleza penal No requiere autorización en ningún caso Necesita de autorización judicial para poder ser tratados por el abogado, abogados y procuradores Puede realizarse por abogados y procuradores si tiene por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones Para realizarlo el abogado debe estar dado de alta en la agencia española de protección de datos.
El derecho de acceso Implica que el responsable debe rectificar los datos del interesado si están equivocados Supone que el interesado puede conocer todos los datos que están siendo tratados junto con los suyos Supone que el interesado podrá conocer del responsable si sus datos están siendo tratados Ninguna es correcta.
El derecho a la portabilidad de datos No se reconoce por la legislación española Supone que el interesado tendrá derecho a recibir del encargado del tratamiento sus datos en un formato de su elección y transmitirlo a otro responsable de tratamiento Supone que el interesado tendrá derecho a recibir del encargado del tratamiento sus datos en un formato de uso común y lectura mecánica y transmitirlo a otro responsable de tratamiento Implica que los datos se tienen que transmitir de un responsable de tratamiento a otro a través de la agencia española de protección de datos.
El responsable del tratamiento Debe de tener una acreditación profesional Será responsable de todas las incidencias que puedan ocurrir a consecuencia del tratamiento de los datos Será responsable de todas las incidencias que puedan ocurrir a consecuencia del tratamiento de los datos, excepto si ha nombrado un encargado de tratamiento Debe de estar dado de alta en la agencia española de protección de datos.
El régimen sancionador administrativo en materia de protección de datos Se establece en la ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales Se establece en el código penal Se establece en la legislación administrativa común Es competencia de las comunidades autónomas.
Almudena, madre del menor Aurelio, le ha denunciado ante la Fiscalía de Menores por maltrato habitual frente a ella y contra el resto de hermanos. Los ingresos de los progenitores superan los límites establecidos para acceder al beneficio de justicia gratuita y por tanto tener derecho a un abogado que defienda a Aurelio. ¿En que situación se encuentra Aurelio en lo que se refiere a su defensa? A Aurelio se le designará abogado de oficio ya que existen intereses familiares contrapuestos. Se tiene que hacer cargo de los gastos de defensa el padre, ya que él no es denunciante y tiene ingresos superiores a los requeridos para el acceso a la justicia gratuita Los padres de Aurelio al superar la unidad familiar los límites de ingresos para tener derecho a la justicia gratuita, asumirán los costes de la defensa. En la jurisdicción de menores, Aurelio se puede defender solo, ya que se tramitará como delito leve, no siendo preceptiva la intervención de abogado.
José Luis, soltero, es piloto de la compañía área Mediterranean Air y ha sido despedido por la empresa por reiteradas faltas de puntualidad que han supuesto el retraso de la salida de los vuelos que tenía asignados, y consecuentemente perjuicios económicos a la empresa que ha debido de pagar horas extras al personas e incluso indemnizar a pasajeros. José Luis no está de acuerdo con el despido, y tras no haber llegado a acuerdo en el acto de conciliación previa ha decidido acudir a la vía judicial, solicitando justicia gratuita. Su último salario anual ha sido de 175.000 €. Tiene en propiedad un chalet con un valor de mercado de 1.500.000 €, y se acaba de comprar un Ferrari que le ha costado 115.000 € ¿Tiene José Luis derecho a la asistencia jurídica gratuita? No tiene derecho porque en la jurisdicción social no es preceptiva la intervención de abogado. No porque sus ingresos superan el doble del IPREM, que está fijado en 13.557,60 € para el año 2021. No porque manifiesta evidentes signos externos de riqueza al poseer un chalet y un vehículo deportivo. En la jurisdicción social se reconoce siempre el derecho a la asistencia jurídica gratuita a los trabajadores.
La figura del “conciliador” a la que se refiere el anteproyecto de ley de medidas de eficiencia procesal del servicio publico… Puede y debe formular soluciones a las partes Todas son falsas Es completamente equiparable a la figura del mediador de la ley 5/2012 No puede tener formación jurídica.
El mediador, conforme a la regulación contenida en la ley 5/2012, de 6 de julio… Todas son verdaderas Incurre en responsabilidad si incumple sus deberes Tiene un deber de confidencialidad del que solo le pueden relevar las partes o mediante resolución motivada del juez Ha de ser imparcial.
En el ámbito de aplicación del la ley 5/2012, de 6 de julio… Se excluye la mediación penal, de consumo, laboral y mediación con las administraciones publicas. Todas son incorrectas Se incluye la mediación penal, laboral y mediación con las administraciones publicas. Se excluye la mediación penal, laboral y mediación con las administraciones publicas.
En la mediación, es el mediador el que ha de proponer soluciones y alternativas jurídicas a las partes. Verdadero Falso.
Conforme a los principios reguladores de la mediación en el ley 5/2012 de 6 de julio, en materia de mediación familiar… La mediación es voluntaria. Pero, si bien no existe obligatoriedad de acudir a mediación, una vez iniciada las partes deben continuar la misma. Los menores son imperativamente parte en los procesos de mediación La mediación intrajudicial, siempre y en cualquier caso, es obligatoria La mediación es siempre voluntaria. No existe obligatoriedad de acudir a mediación y mantenerse en un procedimiento de mediación.
El inicio de una mediación conforme a los principios y fases establecidos en la ley 5/2012… Tiene un efecto suspensivo de los plazos de prescripción y caducidad Todas son falsas Tiene un efecto suspensivo solo de los plazos de prescripción. No produce efectos civiles ni procesales alguno. A ello se debe la escasa implantación de la mediación en España.
En cuanto a la mediación con relación al derecho privado en general… Solo se permite la mediación con relación al derecho de familia Pueden iniciarse procesos de mediación con relación a todas aquellas materias que tengan el carácter de derecho dispositivo y el legislador admita la autonomía de la voluntad. No se permite que se puede desarrollar de modo online. Se excluye con relación al derecho de sucesiones.
El acuerdo de mediación puede ser objeto de acciones civiles en orden a su ineficacia como figura negocial atípica Verdadero Falso.
A Víctor se le reconoció la asistencia jurídica gratuita durante la instrucción de unas diligencias previas en la que se le acusaba de un delito contra la seguridad vial. Tras la celebración del juicio en el juzgado de lo penal, fue condenado, recurriéndose la sentencia por el letrado ante la audiencia provincial, que desestimo el recurso. Ahora, Víctor quiere acudir al tribunal constitucional en amparo. ¿La justicia gratuita contempla esta posibilidad? No, no se contempla dentro del contenido material del derecho el acceso al tribunal constitucional. Si, pero es preceptivo un informe del tribunal que haya dictado la ultima sentencia en el que indique que el recurso de amparo puede tener interés constitucional a la vista de lo dilucidado en el pleito. Si, el reconocimiento se extiende a la interposición de cualquier tipo de recuso, incluido el de amparo ante el tribunal constitucional. No. Para acudir al tribunal constitucional tiene que instar de nuevo el reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita y se le nombrara nuevo abogado.
¿Qué prestaciones, entre otras, comprende la asistencia jurídica gratuita? La asistencia pericial gratuita y la reducción de aranceles notariales del 80% en el otorgamiento de escrituras La exención del pago de tasas y depósitos, y la publicación de anuncios en los periodos oficiales. Todas las respuestas son correctas La designación de abogado y procurador cuando su intervención sea preceptiva.
Lourdes ha presentado denuncia ante la comisaría de policía contra su expareja con la que finalizo la relación hace dos años, por un presunto delito de malos tratos. Lourdes y su expareja, Petro, de nacionalidad ucraniana, son citados en el juzgado de violencia sobre la mujer a fin de celebrar un juicio inmediato por delitos leves. Lourdes es abogada, soltera, sin hijos, y con unos ingresos anuales de 50.000 euros. Por su parte, Petro, que habla mal el castellano, es jardinero, con unos ingresos que le hacen merecedor de justicia gratuita. Ambos han solicitado el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita. ¿Qué decisión adoptara el colegio de abogados al respecto? Designara abogado a Petro por no superar el nivel de ingresos Designara abogado a Lourdes y no a Petro No designara abogado a ninguno por no ser preceptiva la intervención en un juicio por delito leve. Designara abogado a ambos.
Roberto ha decidido presentar demanda de divorcio frente a su mujer. El matrimonio no tiene hijos. Los ingresos anuales de Roberto se limitan a una pensión de 430 euros mensuales. Por su parte, la esposa tiene unos ingresos de 40.000 € como médico en el servicio andaluz de salud. Tras solicitar asistencia jurídica gratuita, el colegio se la ha denegado ¿ha actuado bien el colegio? A) Si, porque para la concesión del beneficio se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar. Si, porque en los casos de divorcio sin hijos no hace falta la intervención de abogado C) No, porque en los casos de divorcio solo se tienen en cuenta los ingresos del solicitante Si, porque los divorcios sin hijos se tramitan notarialmente sin intervención de abogados.
El reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita se solicita en… En el colegio de abogados o en el juzgado decano que dará traslado al colegio de abogados El juzgado que conoce o va a conocer del asunto Ante la comisión provincial de asistencia jurídica gratuita Todas las respuestas son correctas.
Samuel presento demanda acción de deslinde, de una finca rustica frente a varios vecinos colindantes. En la primera instancia acudió dirigido por abogado particular de su confianza. La sentencia de primera instancia ha desestimado su demanda con condena en costas, que suponen aproximadamente 12.000€. Samuel quiere recurrir la sentencia, pero quiere solicitar justicia gratuita para evitar una nueva condena en costas. Por sus ingresos, Samuel tendría derecho a la asistencia jurídica gratuita. ¿puede solicitar justicia gratuita? SE PERMITEN VARIAS RESPUESTAS CORRECTAS No, si en la primera instancia no ha gozado de beneficio de justicia gratuita no puede solicitarlo para apelar. Si tiene derecho, y si bien la ley exige insuficiencia económica sobrevenida, el tribunal constitucional ha reconocido en diversas resoluciones este derecho Si, pero tendrá que justificar ante la comisión provincial de asistencia jurídica gratuita las circunstancias que acreditan una insuficiencia de medios sobrevenida. Nada impide solicitar justicia gratuita cuando uno quiera. .
La mercantil “lavanderías la mas blanca s.a” ha sido imputada como responsable de un delito de blanqueo de capitales. La sociedad carece de cualquier tipo de recursos económicos y no ha sido designado abogado le defienda. Por el juzgado de instrucción se ha solicitado al colegio de abogados la designación de abogado de oficio que se encargue de su defensa. ¿tiene el colegio que designar abogado? No, el abogado (colegio) no tiene que designar abogado porque no es beneficiaria de justicia gratuita. Si, el colegio tiene que designar abogado de oficio, aunque no tiene derecho a justicia gratuita y los honorarios serán a cargo de la mercantil. No, las personas jurídicas al no poder ser condenadas penalmente no necesitan la defensa de un abogado. Si, tiene que designar abogado pues en la jurisdicción penal es preceptiva la asistencia letrada y se le reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Abdel Hassan, de nacionalidad marroquí, y residente ilegal en España, ha estado trabajando sin dar de alta en una empresa de construcción, que, tras varias semanas de trabajo, no le ha abonado cantidad alguna. ¿Puede solicitar Abdel abogado y procurador para acudir a la vía social a fin de reclamar las cantidades adeudadas? DUDA Tiene derecho a la asistencia de abogado, pero no de procurador No tiene derecho por no ser preceptiva la intervención de abogado y procurador en la jurisdicción social. No tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita al ser no ser(al no ser) residente legal en España. Tiene derecho a la asistencia tanto de abogado como de procurador.
Olegario inicio un pleito reclamando el pago de sus honorarios como experto en marketing y publicidad, para lo cual, siguiendo el consejo de un amigo, contrato los servicios de una abogada. Después de formulada la demanda sucedieron una serie de acontecimientos en la vida personal y familiar de Olegario que primero trajeron consigo el cese de sus ingresos, y que luego terminaron por mermar casi por entero su patrimonio. Ante esta situación se plantea solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para poder continuar con el proceso judicial sin tener que abonar los honorarios de la abogada devengados desde el comienzo de la sustanciación del mismo. ¿procede reconocer ese derecho? No porque, pese a que la ley prevé el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita cuando se acredite que las circunstancias y condiciones necesarias para esta declaración sobrevinieron con posterioridad a la demanda, tal reconocimiento no puede tener carácter retroactivo y solo alcanza a las actuaciones devengadas desde su solicitud. Si, porque la ley prevé que se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita, incluso con carácter retroactivo, cuando se acredite que las circunstancias y condiciones necesarias para obtener aquel sobrevinieron con posterioridad a la demanda o contestación. Si, porque la ley prevé que se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita en cualquier estado de tramitación del procedimiento, y ello con independencia del momento en que se hubieren dado las condiciones económicas que hagan acreedor de ese derecho al solicitante. No, porque la ley prevé que no se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita el actor una vez presentada la demanda.
Laura, que cuenta con unos ingresos brutos anuales cercanos a los 70.000 euros, sufre un desgraciado accidente que le ocasiona graves secuelas permanentes y le impide totalmente la realización de las tareas de la que, hasta ese momento, había sido su profesión habitual, incluso necesita la ayuda de otras personas para poder realizar las actividades mas esenciales de su vida diaria. Laura esta convencida de la responsabilidad en el siniestro de la empresa para la que venia trabajando, por lo que se propone reclamar a esta una indemnización por los daños personales y morales sufridos. En tales circunstancias, ¿tendría derecho a la asistencia jurídica gratuita? Si, por las consecuencias del accidente, y ello con independencia de los recursos que tuviere para litigar. Si, porque en todas las reclamaciones de indemnización por los daños personales y morales se tienen siempre derecho a la asistencia jurídica gratuita. No tiene derecho al reconocimiento del derecho, pero sí estará exenta del pago de tasas judiciales y de los depósitos necesarios para la interposición de recursos. No porque, a pesar de las consecuencias del accidente, los ingresos de Laura superan con creces el máximo permitido para acceder a este derecho.
Tras haber sido designado Manuel como abogado de José, después de que a este le hubiere sido reconocido su derecho a la asistencia jurídica gratuita, recibe de su cliente toda la documentación necesaria para organizar la defensa y dedica los siguientes tres meses a estudiar el asunto con todo detalle. Finalmente, llega a la conclusión de que no puede defender la tesis de José, y que la pretensión es insostenible, por lo que se plantea renunciar al caso. ¿Cómo podrá hacerlo? Comunicándoselo a su cliente para que proceda a instar una nueva solicitud. Comunicándoselo a la comisión de asistencia jurídica gratuita para que archive las actuaciones. No podrá renunciar, estando obligado a asumir la defensa, pues no ha efectuado la renuncia dentro del plazo previsto en la ley. comunicándoselo al juzgado, para que continúe el procedimiento sin el.
Inmaculada, incorporada al turno de oficio del colegio de Zamora, recibió una designación de un beneficiario de justicia gratuita para interponer demanda por una intromisión ilegitima en el derecho al honor. Inmaculada presento demanda reclamando una indemnización por daños morales de 500.000 €. Dictada sentencia, se estima demanda, rebajando la indemnización en 30.000€, sin condena en costas. Inmaculada y el procurador calculan las minutas de sus honorarios que ascienden a 13.500€. ¿puede inmaculada reclamar la minuta al beneficiario de justicia gratuita? Si, el beneficiario al haber obtenido un beneficio viene obligado a pagar las minutas integras de los honorarios profesionales causados en su defensa. No, porque no ha habido condena en costas por haber solicitado la letrada una indemnización desorbitada aprovechando que su clienta al ser beneficiaria de justicia gratuita no pagaría las costas en caso de condena. No, ella percibe sus honorarios de la administración con independencia del resultado del procedimiento. Si, pero con el limite de la tercera parte de lo que se haya obtenido en el pleito.
Si en un proceso judicial en el que el abogado designado del turno de oficio hubiese percibido de la administración competente el pago de sus honorarios profesionales y posteriormente se abonasen las costas por la parte contraria, que fue condenada por sentencia firme a su pago, ¿Qué se debería hacer con ese importe? Habiendo percibido ya el abogado sus honorarios por la administración competente, el importe de las costas debe ser percibido por su defendido, único acreedor de las mismas. La ley prevé que en estos casos la parte condenada al pago de las costas abone directamente los honorarios del abogado de oficio a la administración competente. Habiendo percibido ya el abogado sus honorarios por la administración competente, ya no procede reclamar su importe y, por tanto, el mismo debería ser reintegrado a la parte que fue condenada a su pago. La ley establece que, obtenido el pago, los profesionales designados de oficio deben devolver las cantidades que, eventualmente, hubieren percibido por su participación en el proceso con cargo a fondos públicos.
Auxiliadora, abogada del colegio de Lanzarote estando prestando el servicio de asistencia a detenidos recibe una llamada para acudir en comisaria de la policía nacional a un detenido. En el momento de la lectura de derechos, el detenido manifiesta que solicito la asistencia de José Manuel, que es su abogado de confianza. La policía le indica que su señoría ha dictado un auto por el que se acuerda que le asista el de guardia. ¿Qué debe de hacer auxiliadora como abogado de guardia? Negarse a asistir al detenido ya que se esta vulnerando el derecho a la libre elección de abogado Asistir al detenido como en cualquier otro caso pues los jueces pueden privar del derecho a designar abogado de su confianza a un detenido. Asistir al detenido indicándose que se acoja a su derecho a no declarar. Llamar al compañero José Manuel a fin de que comparezca en el centro de detención a la mayor brevedad posible para asistir a su cliente.
Yolanda, abogada del colegio de Málaga recibe el 18 de abril de 2019 una designación provisional de turno de oficio para presentar demanda en nombre de pedro para reclamar determinadas cantidades. Consta que pedro solicito la justicia gratuita el 14 de enero de 2019, cinco días antes de la prescripción de la acción. ¿esta prescrita la acción? No, porque la solicitud de justicia gratuita interrumpe en todo caso los plazos de prescripción hasta que se resuelva definitivamente la petición. Si, porque la solicitud del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita interrumpe únicamente el plazo como máximo 2 meses, haya o no resolución. No, porque la solicitud de justicia gratuita interrumpe en todo caso los plazos de prescripción hasta que se resuelva provisionalmente la petición. Si, porque la solicitud justicia gratuita no interrumpe en ningún caso la prescripción de acciones.
Marta, abogada en el turno de oficio, ha sido designada para defender a un detenido, a quien la policía investiga como presunto autor de un delito de abuso de menores. Nada mas conocer su designación, marta solicita excusar su intervención profesional por motivos personales, ya que hace años vivió en el seno de su propia familia una situación similar. ¿podrá obtener dicha excusa? Si, es posible la excusa en el orden penal, y para ello deberá concurrir un motivo personal y justo que será apreciado por el decano de su colegio profesional. Si, siempre que el cliente muestre su conformidad No, dado que en el ejercicio de su cargo y para asegurar el derecho a la defensa, la letrada esta obligada a asistir al investigado Si, es posible la excusa en el orden penal, siempre que concurra un motivo personal y justo, que deberá ser apreciado por el juzgado que este conociendo o vaya a conocer del asunto.
Lucia, abogada del colegio de Cádiz, fue designada para defender los intereses de José Luis, beneficiario de justicia gratuita, para interponer una demanda contra una entidad bancaria por una “cláusula suelo”. La entidad bancaria fue condenada al pago de las costas del procedimiento, lo cual hizo efectivo. ¿a quien pertenece el importe de las costas pagadas por el banco? A José Luis, ya que las costas son siempre del cliente y nunca de los profesionales que han intervenido en el proceso. En los casos en los que el beneficiario de justicia gratuita es el beneficiario de las costas, el condenado a ellas no viene obligado a pagar ya que habría un enriquecimiento injusto por la parte contraria que no ha pagado profesionales. A la administración, ya que ha sido quien ha pagado al abogado y procurador y ha de resarcirse del gasto efectuado. A los profesionales, abogada y procurador que han intervenido en el pleito.
Marta, abogada adscrita a los servicios del turno de oficio del colegio de alicante, recibe una designación de oficio. Tras quedar citada en el despacho con su cliente, este le manifiesta que desea interponer una demanda para instar la partición de la herencia de sus padres, fallecidos los dos hace mas de diez años. En ese mismo instante le entrega documentación de la que se desprende que la herencia fue aceptada y repartida hace 8 años, figurando así en las escrituras otorgadas ante notario. Intenta explicarle que no existe acción alguna que se pueda realizar, pero su cliente insiste en que “tiene que hacer algo” porque quiere que se anule lo que firmo. Ante esta situación, ¿Qué puede hacer marta? Presentar ante la comisión de asistencia jurídica gratuita en el plazo de quince días un escrito fundamentado, poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión. Presentar ante el juzgado decano del partido judicial competente, en el plazo de diez días, un escrito fundamentado poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión Indefectiblemente, tiene que presentar demanda ejercitando las pretensiones del cliente ya que al ser una designación del turno de oficio es obligatoria su intervención en los términos que aquel le indique. Presentar ante la junta de gobierno de su colegio en el plazo de veinte días un escrito fundamentado poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión.
Un matrimonio acude al Abogado D. Cirilo para encargarle la tramitación de un divorcio de mutuo acuerdo, pero en el transcurso de las negociaciones surge una desavenencia entre los cónyuges que impide llegar a acuerdo alguno solicitándole la esposa a D. Cirilo que siga siendo su Abogado. ¿Qué debe hacer D. Cirilo? Debe aceptar el encargo en función de la confianza depositada Para poder aceptar el encargo de la esposa debe recabar el consentimiento expreso de ambos cónyuges Para poder aceptar el encargo debe obtener la autorización expresa de la esposa Para poder aceptar el encargo debe recabar la autorización expresa del esposo.
Para que un Abogado sustituya a otro, que previamente ha renunciado de forma escrita, en la intervención en defensa de los intereses de un mismo cliente Resulta necesario que el sustituto le pida la venia al sustituido y que éste se la conceda expresamente Para que el Abogado sustituido conceda la venia resulta imprescindible que le hayan sido abonados los honorarios profesionales devengados hasta el momento de la sustitución No es preciso que el sustituto solicite la venia La obligación que se impone en las normas deontológicas es solo de pedirla sin que sea exigible la concesión por parte del sustituido.
Las infracciones deontológicas muy graves prescribirán a los 3 años, las graves a los 2 y las leves a los 6 meses. El plazo de prescripción comenzará a contarse: Desde que el perjudicado conozca la infracción cometida Desde que se conozca la totalidad del perjuicio derivado de la infracción, ya que si no se conoce el perjuicio no puede reclamarse Desde la fecha de su comisión Desde la fecha de presentación de la denuncia.
La retribución de los Abogados Está sujeta a arancel No puede ser inferior a un mínimo fijado Debe ser establecida necesariamente en la hoja de encargo Puede ser convenida con el cliente en cualquier momento.
Durante el procedimiento de mediación, las fases habituales son: Análisis del conflicto, búsqueda de intereses, generación de opciones, exploración de opciones y consecución de acuerdos Análisis del conflicto, generación de opciones y consecución de acuerdos Análisis del conflicto, generación de opciones, exploración de las opciones, búsqueda de intereses y consecución de acuerdos Exposición de reglas, orientación a las partes y consecución de acuerdos.
Las cláusulas de mediación donde las partes se comprometen por escrito a someter a mediación las controversias surgidas o que puedan surgir entre ellas: Están prohibidas por atentar al principio de voluntariedad Obligan a las partes a finalizar el procedimiento de mediación No surtirán efectos cuando la controversia verse sobre la validez o existencia del contrato en el que consten dichas cláusulas Obligan a las partes a acudir a la mediación de buena fe, antes de acudir a la jurisdicción o a otra solución extrajudicial.
Según la legislación fiscal, para un Abogado que ejerce por cuenta propia, y cuyo rendimiento se determina en método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades, ¿es obligatoria la llevanza de un Libro Registro de Bienes de Inversión y un Libro de Provisiones de Fondos y Suplidos? Sí, pero solo lo es el de Previsión de Fondos y Suplidos Sí, pero solo lo es el Libro Registro de Bienes de Inversión No, ninguno es obligatorio Sí, ambos son obligatorios.
Luis, acaba de colegiarse como Abogado y decide compartir los gastos de despacho con otros jóvenes compañeros, actuando cada uno como Abogado independiente y teniendo sus propios clientes, adquiere un programa informático donde procede a incluir los datos de clientes y colaboradores. Dado que desea cumplir con la LOPD te pregunta ¿Tiene que notificar a la Agencia Española de Protección de Datos la creación de los ficheros de clientes y colaboradores? No. Solo es exigible a los abogados con más de 5 años de ejercicio Sí. Luis, como cualquier empresa y/o profesional debe notificar a la AEPD los ficheros donde recoja datos de carácter personal previamente a la creación de los ficheros, y se inscribirán por el Registro General de Protección de Datos si cumple los requisitos legales No. Porque otro compañero de despacho ya ha inscrito sus ficheros y basta con que un compañero de despacho los inscriba No, porque solo es exigible a las empresas y sociedades profesionales.
Mónica, Andrés y Julia son abogados que llevan 15 años compartiendo los gastos del mismo despacho que tienen arrendado y desde el que cada uno viene ejercitando como abogado independiente. Dada la buena compenetración existente deciden construir una sociedad mercantil a través de la que atender y facturar a sus clientes. ¿Tienen obligación de inscribirla en el Colegio de Abogados? Sí, tienen que inscribirla en el Registro Mercantil de la provincia y en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio de Abogados que corresponda. No, porque es una sociedad mercantil y no tiene por qué regirse por la Ley de sociedades profesionales. No, porque los 3 abogados ya están incorporadas al mismo Colegio de Abogados. No. La Ley de Sociedades Profesionales solo afecta a los abogados que se incorporen y constituyan una sociedad después de su entrada en vigor.
Por parte del Juzgado de Instrucción se le remite el lunes 4 de marzo de 2019 a las 12:15 horas una notificación por Lexnet. En caso de no abrir usted la notificación, ¿cuándo se entenderá notificada? Se entenderá notificada el martes 5 de marzo de 2019 Se entenderá notificada el jueves 7 de marzo de 2019 Se entenderá notificada el viernes 8 de marzo de 2019 Se entenderá notificada el lunes 12 de marzo de 2019.
Ha recibido usted una notificación del Juzgado de Instrucción, remitida por un procurador, en la que se le indica que ha sido designado conforme al artículo 21 de la Ley 1/1996 para asumir la defensa de un imputado por robo con fuerza, dándole traslado de las actuaciones por diez días para que presente escrito de defensa. No le consta teléfono del cliente para contactar con él. ¿Qué debe realizar? Presentar escrito ante la Comisión Provincial de Justicia Gratuita solicitando se requiera al imputado la documentación necesaria para presentar escrito de defensa. Presentar en el Juzgado escrito solicitando la suspensión del plazo para la formulación de escrito de defensa hasta que pueda contactar con el justiciable. Presentar escrito de defensa con la documentación que consta en autos. Renunciar ante el Decano del Colegio de Abogados ante la falta de contacto con el cliente, y que hace imposible la defensa efectiva del mismo.
María, abogada adscrita al Turno de Oficio Penal, fue hace unos años víctima de violencia de género, y le ha sido asignada la defensa de Manuel que es acusado como presunto autor de un delito de homicidio en grado de tentativa que se tramita en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torremolinos. Dada su situación, ha presentado un escrito en el Juzgado para que la aparten del procedimiento. ¿Ha actuado correctamente? Sí, ya que siempre es posible la renuncia en el Juzgado en estos casos. No, ya que no cabe renuncia a la designación en ningún caso. No, deberá renunciar ante el Decano del Colegio, quién apreciará si concurre o no motivo personal y justo. Sí, y el Juzgado a la vista del escrito solicitará otro abogado para el procedimiento.
A Luisa, adscrita al turno civil se le turna un asunto el 30 de diciembre de 2018, para contestar a una demanda. Tras un par de reuniones con el cliente y examinada la documentación, decide presentar el 14 de enero de 2019 escrito de insostenibilidad. ¿Dónde ha de presentar el escrito? Ante el Colegio. Ante la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita Ante el Juzgado que conoce el asunto No cabe presentar insostenibilidad porque se le ha pasado el plazo para hacerlo.
Un nigeriano es detenido por infracción a la Ley de Extranjería, abriéndose un expediente de expulsión que lo tramita la Subdelegación del Gobierno. ¿Tiene derecho a la designación de abogado para recurrir el expediente? No, porque no existe convenio con Nigeria. Sí, si cumple los requisitos económicos. No, porque es extranjero no comunitario. No, porque no es preceptiva la intervención de abogado en vía administrativa. .
Según la concepción ____, lo esencial de una argumentación es que la conclusión pueda justificarse a partir de las premisas Material Jurídica Retórica Lógica.
La corrección formal o lógica de un razonamiento es: Condición necesaria y suficiente para la corrección del razonamiento. Condición necesaria, pero no suficiente para la corrección del razonamiento. No es condición necesaria ni suficiente para la corrección del razonamiento. Condición suficiente, pero no necesaria, para la corrección del razonamiento.
En la siguiente argumentación: Sacerdotisa [a su hijo]: “No conviene arengar al pueblo, porque si hablas con justicia te odiarán los hombres; y si hablas con injusticia te odiarán los dioses”. Hijo [a su madre]: “Según esto, conviene entonces arengar al pueblo, porque si hablo con justicia me amarán los dioses; y si lo hago con injusticia, los hombres” (Aristóteles, Retórica). Las premisas dan por probado aquello que se quiere concluir (petitio principii). Se produce una retorsión del argumento. Las premisas son falsas y, por tanto, también lo es la conclusión. La conclusión no se infiere de las premisas.
En la siguiente argumentación: (1) Lo que dicen las Sagradas Escrituras en verdad, puesto que es la palabra de Dios. (2) Por tanto, Dios existe, como está escrito en las Sagradas Escrituras. La conclusión no se infiere de las premisas. Las premisas dan por probado aquello que se quiere concluir (petitio principii). Las premisas son falsas (aunque se dan por buenas) y, por tanto, también lo es la conclusión. Se produce una retorsión del argumento.
La analogía iegis es: Un argumento interpretativo Una regla de la interpretación Un argumento que permite resolver un conflicto de normas Un esquema argumentativo que permite obtener normas implícitas.
El argumento a fortiori es: .Un esquema argumentativo que permite obtener normas implícitas .Una regla de la interpretación Un argumento interpretativo Un argumento que permite resolver un conflicto de normas.
La analogía iuris es: Un esquema argumentativo que permite obtener normas implícitas Un argumento interpretativo Una regla de la interpretación Un argumento que permite resolver un conflicto de normas.
La afirmación: "El conocimiento, por parte del orador, de aquellos cuya adhesión piensa obtener es una condición previa a toda argumentación", es válido para.... Todas las concepciones de la argumentación. La concepción material de la argumentación La concepción lógica de la argumentación La concepción retórica de la argumentación.
Asocie las distintas teorías del derecho con las concepciones o dimensiones de la argumentación Iusnaturalismo iusmoralismo.
. Indique qué recurso interpretativo está utilizando el Tribunal en el siguiente razonamiento: “En la doctrina, la discusión acerca de la noción de “tercero” en el art. 5.3 de la Ley de la Propiedad Horizontal se ha planteado principalmente en relación con los nuevos adquirentes de pisos o locales frente a los estatutos redactados originariamente, o bien frente a modificaciones posteriores, pero en los que no intervinieron en su aprobación, cuando tales modificaciones no constan inscritos en el Registro de la Propiedad. Como venimos indicando, procede sostener que los terceros a que alude el artículo 5.3 LPH son aquellas personas extrañas a la Comunidad, por lo que no puede ser tercero: ni el ocupante de la vivienda o local, ni el que se convierte en copropietario posteriormente. Por tanto, un copropietario transmite su piso o local y el adquirente hace suyo lo que aquél tenía y como lo tenía, no más, ni menos: nemo plus iuris ad alium transferre potest, quam ipse habet. El nuevo copropietario quedará, en todo caso, sometido a los Estatutos que afectaban a su transmitente, pues la opinión contraria conduciría a la consecuencia absurda de que por la mera falta de inscripción de una modificación de estatutos que el nuevo copropietario estuviera absolutamente fuera de todo control o norma de convivencia u organización…”. Argumento interpretativo (interpretación literal del art. 5.3 LPH) Regla de la interpretación (positiva o comparativa) Argumento interpretativo (interpretación teleológica del art. 5.3 LPH) Regla de la interpretación (negativa o inhibitoria).
Indique qué recurso interpretativo expresa la siguiente afirmación: “La causa de desheredación del art. 853.2 del Código Civil [maltrato de obra] no debe ser interpretadas conforme a su literalidad estricta, sino que debe ser objeto de una interpretación flexible conforme a la realidad social”. Argumento interpretativo (interpretación sociológica) Regla de la interpretación (positiva o comparativa) Ninguna de las anteriores Regla de la interpretación (negativa o inhibitoria).
Inmaculada, abogada en ejercicio, ejerce la asistencia letrada en un procedimiento penal muy mediático en el que una de las partes es un famoso deportista. Ante la curiosidad de sus compañeros de despacho, decide compartir algunos detalles del caso, que por otro lado ya han sido publicados en algunos medios de comunicación. ¿Es correcta dicha actitud? Sí, porque Inmaculada puede desvelar informaciones si éstas ya han sido publicadas previamente. No, porque Inmaculada no puede desvelar ningún detalle del procedimiento dado el deber de secreto profesional. Sí, porque Inmaculada puede compartir detalles del procedimiento si es a compañeros de su despacho. No, salvo que se traten de detalles menores del procedimiento, como por ejemplo, posibles estrategias o propuestas realizadas por el contrario.
Iván es socio de un despacho de abogados especializado en procedimientos de responsabilidad civil derivados de accidentes de transporte. Ante una reciente catástrofe de avión, Iván decide acudir al aeropuerto donde se ha producido el accidente y, aprovechando la confusión, repartir tarjetas profesionales entre las víctimas como medio de publicitarse. ¿Es conforme al Código Deontológico dicha publicidad? No, porque este tipo de publicidad vulnera el Código Deontológico al dirigirse a las víctimas de accidentes que carecen de plena y serena libertad para la elección del abogado. Sí, porque la publicidad de los servicios profesionales de un abogado no está sujeta a ninguna limitación. No, porque los despachos de abogados no pueden realizar ningún tipo de publicidad dado que vulneraría lo establecido en el Código Deontológico. Sí, siempre y cuando dicha publicidad no la realice Iván de forma personal, sino mediante un tercero.
María ejerce de abogada de una de las partes en un procedimiento de divorcio. A su despacho acude el abogado de la parte contraria, con el objetivo de intentar lograr un acuerdo extrajudicial. Sin embargo, en ese mismo momento, en el despacho espera un potencial cliente y otro cliente de María. ¿A quién debe atender primero María? A su cliente, dado que es con quien tiene una relación de contratación de servicios. Al potencial cliente, dado que de otra forma podría perder a un cliente. A quien hubiera llegado primero, sin ningún tipo de preferencia entre ellos. Al abogado de la parte contraria, con preferencia a cualquier otra persona.
Javier acaba de lograr el título profesional de abogado. Para ejercer la profesión, ha decidido abrir un despacho propio. Sin embargo, y para dotar dicho despacho de mayor seriedad – dada su juventud y falta de experiencia – decide usar en sus tarjetas profesionales el logo de su Colegio de Abogados. ¿Es correcto dicho uso? Sí, siempre y cuando esté colegiado en dicho Colegio profesional. Sí, siempre que cuente con la autorización de dicho Colegio. No, porque los símbolos colegiales están reservados únicamente a la publicidad institucional Sí, porque los abogados pueden usar los símbolos de los colegios profesionales libremente.
Jimena, abogada, recibe el encargo de un cliente de demandar a su compañero de profesión Pablo al habérsele pasado a éste el plazo para contestar una demanda que fue estimada íntegramente a la parte contraria con expresa imposición de costas. Jimena presenta directamente la correspondiente demanda reclamando una indemnización por los daños y perjuicios causados. Jimena no actúa correctamente puesto que debió acudir previamente al centro de mediación del colegio de abogados. Jimena no actúa correctamente porque antes de presentar la demanda debería haber solicitado un acto de conciliación con el compañero. Jimena no actúa correctamente porque debió comunicarlo previamente al Decano del Colegio de Abogados por si éste considerase oportuno realizar una labor de mediación. Jimena actúa correctamente, porque está obligada a atender a los encargos del cliente en todo caso.
La fuerza de un argumento depende de Sus consecuencias Su aceptabilidad Su corrección moral.
El argumento ad absurdum es: Un argumento interpretativo. Un esquema argumentativo que permite obtener normas implícitas. Una regla de interpretación Un argumento que permite resolver un conflicto de normas.
El argumento sistemático según el cual deben rechazarse las interpretaciones que introduzcan una antinomia en el ordenamiento es: Una regla de la interpretación. Un argumento interpretativo. Un esquema argumentativo que permite obtener normas implícitas. Un argumento que permite resolver un conflicto de normas.
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