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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEPFK

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Título del test:
PFK

Descripción:
test pfk

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
31/10/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 15
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Temario:
No figura entre los derechos de un voluntario según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado: Ser tratado sin discriminación. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participa. Obtener reconocimiento de la entidad, de voluntariado, por el valor social de su contribución y por las competencias, aptitudes y destrezas adquirido como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado. Estar cubierto, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos derivados de accidente de trabajo y enfermedad común.
Según el artículo 12 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, el acuerdo de incorporación de los voluntarios a las entidades se formalizará por escrito y deberá contener, como mínimo, el contenido siguiente : La formación que se requiera para el cumplimiento de las funciones que tengan asignadas los voluntarios y, en su caso, el itinerario que deba seguirse para obtenerla, La cuantía que se debe de percibir por como remuneración a su labor. El seguro de accidente o enfermedad que le corresponde. El reconocimiento social y condiciones de los beneficios que le aporta la condición de voluntario.
Señale, de entre las siguientes, cuáles son las características que definen la actividad del voluntariado, según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, e Voluntariado: Que se realice obligatoriamente a través de una organización privada. Que tenga un carácter individualista y solidario. Que su realización tenga su causa en un deber jurídico. Que se lleve a cabo sin contraprestación económica o material, sin perjuicio del abono de los gastos reembolsables que el desempeño de la acción voluntaria ocasione a los voluntarios.
¿ Cuál de las siguientes actividades no puede ser considerada como voluntariado a tenor de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado: Las que se desarrollan a través de entidades de voluntariado con arreglo a programas concretos y dentro o fuera del territorio español. La que se lleven a cabo sin contraprestación económica o material, sin perjuicio del abono de los gastos reembolsables que el desempeño de la acción voluntaria ocasione a los voluntarios Las que tengan su causa en un deber jurídico. Las que tengan carácter solidario.
En el artículo 12 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado se establece que la incorporación de los voluntarios a las entidades se formalizará por escrito mediante acuerdo en el que no será necesario que conste: La duración del compromiso y el tiempo de dedicación que se compromete a realizar el voluntario. La cuantía con la que a de ser compensado el voluntario por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades Las causas de desvinculación por ambas partes. Las formas de desvinculación por ambas partes.
Derechos del voluntario. No se encuentra entre los mismos: Ser reembolsadas por la entidad de voluntariado de los gastos realizados en el desempeño de sus actividades. Participar activamente en la organización en que se inserten, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas o proyectos de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación y, en la medida que éstas lo permitan, en el gobierno y administración de la entidad de voluntariado. Que la organización a que pertenezca respete los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria. Realizar su actividad de acuerdo con el principio de accesibilidad universal adaptado a la actividad que desarrollen.
Las entidades de voluntariado responderán frente a terceros por los daños y perjuicios causados por los voluntarios que participen en sus programas, como consecuencia de la realización de actuaciones de voluntariado, de acuerdo, con lo establecido en el : De acuerdo con lo establecido en el Código Civil y demás normativa de aplicación. De conformidad con lo previsto en el Título X de la bey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 7 del Código Penal. De acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. De conformidad con lo que resuelva, en cada caso, la jurisdicción contencioso-administrativa.
La Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, tiene por objeto: Impulsar la participación de todos los actores civiles de la sociedad, en actividades solidarias de distinta naturaleza. Incentivar la participación solidaria de los ciudadanos en actuaciones de voluntariado aisladas o esporádicas, en el seno de entidades con ánimo de lucro de naturaleza pública. Acompañar e incentivar el desarrollo de políticas públicas, a través de todas las entidades con ánimo de lucro privadas y públicas. Promover y facilitar la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado realizadas a través de entidades de voluntariado, dentro y fuera del territorio del Estado y de acuerdo con los valores y principios del voluntariado.
La incorporación de los voluntarios a las entidades se formaliza por escrito, en duplicado ejemplar, mediante acuerdo. Dentro del contenido mínimo del citado acuerdo no se exige : La formación que se requiera para el cumplimiento de las funciones que tengan asignadas los voluntarios y, en su caso, el itinerario que deba seguirse para obtenerla. La responsabilidad extracontractual frente a terceros. La descripción de las actividades y el tiempo de dedicación. Las causas y forma de desvinculación por ambas partes, que deberán respetar al máximo los derechos de las personas destinatarias de la acción voluntaria y el mejor desarrollo de los programas de voluntariado.
"Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria", según lo establecido en el artículo 11 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, es un: Deber de la organización. Deber del voluntario. Derecho de la organización. Derecho del voluntario.
los voluntarios tienen entre sus derechos: Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Participar en las tareas formativas previstas por la entidad del voluntariado para las actividades y funciones confiadas. Obtener diploma acreditativo de la entidad del voluntariado, donde conste el valor social de su contribución y las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado. Estar cubiertos, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil en los casos en los que la legislación sectorial lo exija, a través de un seguro u otra garantía financiera.
Según la Ley 45/2015, 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios están obligados a: Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participa. Comunicar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir, bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción voluntaria. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Aportar los recursos materiales que les requiera la entidad de voluntariado.
A tenor del artículo 10, de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios tienen derecho a: Solicitar la intervención de la entidad del voluntariado para solucionar los conflictos. Solicitar y obtener su sustitución, siempre que existan razones que así lo justifiquen. Realizar su actividad de acuerdo con el principio de accesibilidad universal adaptado a la actividad que desarrollan. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria.
El artículo 12 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, al regular las relaciones entre los voluntarios y la entidad de voluntariado, establece que: La duración del compromiso, así como las causas y forma de desvinculación por ambas partes, se revisará bianualmente. El acuerdo de incorporación debe formalizarse por escrito, en duplicado ejemplar, e Ir acompañado, cuando proceda, de la certificación positiva del Registro Central de Penados. Los conflictos que surjan entre voluntarios y las entidades de voluntariado en el ejercicio de las actividades propias de voluntariado, se dirimirán por vía administrativa. El acuerdo de incorporación deberá contener la formación que se requiera para el cumplimiento de las funciones que tengan asignadas los voluntarios y, en su caso, el itinerario que deba seguirse para obtenerla.
Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, tendrán la consideración de actividades de voluntariado: Las ejecutadas por razones de buena vecindad. Las que se realicen a través de las tecnologías de la información y comunicación y que no requieran la presencia física de los voluntarios en las entidades de voluntariado. Las prácticas no laborales en empresas. En todo caso, las becas con o sin prestación de servicios o cualquier otra actividad análoga cuyo objetivo principal sea la formación.
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