9.-LGPOLNAC
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Título del Test:
![]() 9.-LGPOLNAC Descripción: Derecho mercantil |



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1.- Condición mediante la cual el Estado mexicano garantiza que las actividades humanas en las ZMM se llevan a cabo en un entorno que vigila, protege y salvaguarda la vida humana y bienes en el mar; la Seguridad Marítima se encuentra regulada por un marco jurídico nacional armonizado con el derecho internacional. Seguridad marítima. Autoridad Maritima. Seguridad marina. 2.-Conjunto de actores, infraestructura y servicios establecidos en los puertos nacionales, para facilitar la transferencia de bienes desde los buques a los diversos modos de transporte y viceversa. Sistema portuario nacional. Autoridad Maritima. Sistema portuario internacional. 3.- Condición mediante la cual el Estado mexicano garantiza que las actividades relacionadas con el aprovechamiento económico del Sistema Portuario Nacional se lleven a cabo con un nivel de riesgo aceptable, dentro de un marco normativo nacional armonizado con los instrumentos jurídicos internacionales. Protección Marítima y Portuaria. Autoridad Maritima. Seguridad marina. 4.- Factor social que integra a la conciencia marítima nacional, la difusión del entorno marítimo, los conocimientos, las prácticas, las tradiciones, las competencias marítimas y los objetos tangibles vinculados con el mar, que constituyen la base de interacción y del desarrollo. Cultura Marítima. Cultura naval. Seguridad marina. 5.- Actividades económicas enfocadas en la investigación, diseño, construcción, reparación, mantenimiento, desguace y reciclaje de embarcaciones o artefactos navales, que involucra aspectos metalmecánicos, tecnológicos, logísticos, normativos y legales, que se llevan a cabo con infraestructura especializada y personal calificado. Industria Naval. Cultura naval. Seguridad marina. Industria marina. 6.- Recursos vivos y no vivos, presentes y potenciales, en las ZMM, susceptibles a su aprovechamiento con criterios sustentables, principalmente por las actividades generadoras de empleos y recursos económicos para el Estado mexicano. México ejerce soberanía o derechos soberanos sobre estos recursos en las distintas ZMM, de conformidad con el derecho internacional. Recursos Naturales Marinos. Cultura naval. Seguridad marina. Recursos Marítimos. 7.- Actividad económica que comprende el intercambio de mercancías, bienes y servicios por vía marítima, basada en criterios de facilitación, fortalecimiento, oferta y demanda, a través de embarcaciones e infraestructura portuaria, así como de conexiones complementarias con otros modos de transporte. Comercio Marítimo. Cultura naval. Seguridad marina. Recursos Marítimos. 8.- Conjunto formado por la gente de mar, las embarcaciones y artefactos navales de bandera mexicana, que intervienen tanto en el Comercio Marítimo como en la explotación económica de las ZMM. Marina Mercante. Marina Mexicana. Armada de México. 9.- Componentes, condiciones y factores físicos, químicos, geológicos y biológicos que interactúan y determinan la productividad, estado, condición y calidad del ecosistema marino y costero, las aguas de los mares y océano y el espacio aéreo sobre esas aguas, así como el fondo marino, el fondo oceánico y su subsuelo. Medio Ambiente Marino. Comercio Marítimo. Recursos Naturales Marinos. 10.- Actividades que se realizan en contacto con el entorno acuático, aprovechando el medio ambiente natural, los ecosistemas y los puertos mexicanos, mediante distintas formas de turismo con criterios de sustentabilidad y apego a la normatividad ambiental. Incluye la navegación que con fines recreativos o deportivos se realiza en las vías navegables con embarcaciones menores de recreo y deportivas, sea para uso particular o con fines comerciales para brindar servicios a terceros. Turismo Náutico. Turismo marítimo. Turismo nacional. 11.- Construcción social que relaciona el pensamiento con la materia, la reflexión y acción de la sociedad en su conjunto, para hacer del mar de forma sostenida un pilar del desarrollo, producto de una identidad nacional donde se busque resaltar el aspecto marítimo. Este proceso sociocultural es orientado por aspectos históricos, étnicos, geográficos, políticos, económicos,. Conciencia Marítima. Conciencia Marina. Intereses Maritimos. 1.- Fuentes de estabilidad, bienestar y prosperidad del Estado, que se deben al desarrollo marítimo relacionado con la flota mercante, infraestructura portuaria, industria de la construcción naval y todas aquellas que se generan en el mar. Intereses Marítimos. Intereses Nacionales. Intereses Marinos. 2.- Este proceso sociocultural es orientado por aspectos históricos, étnicos, geográficos, políticos, económicos, pero centrado en la apreciación de la relación del hombre o las conexiones humanas con el mar, así como la expresión o capacidades de una sociedad para hacer uso del mar. Cultura naval. Cultura marítima. Intereses Marinos. Conciencia marítima. 3.-Capacidad bélica del Estado en la mar, expresada principalmente por los recursos de la Marina de Guerra o Armada de México, para alcanzar y/o preservar los Objetivos Nacionales derivados de los Objetivos Militares. Poder Naval. Poder Maritimo. Poder Marino. 4.-Capacidad del Estado que resulta de la suma del Poder Naval y de todos los recursos del ámbito marítimo (flota mercante, infraestructura portuaria, industria de la construcción naval, entre otras) que permite alcanzar y/o mantener los Objetivos Marítimos. Poder Naval. Poder Maritimo. Poder Marino. 5.- Se refiere a la capacidad de mantener o sostener una actividad o proceso a largo plazo sin agotar los recursos naturales disponibles a través de la implementación de técnicas de manejo. Es decir, busca encontrar un equilibrio entre las necesidades presentes y las futuras, asegurando que las generaciones venideras también puedan satisfacer sus necesidades y posibilitar un desarrollo social, ambiental y económico. Sostenible. Sustentable. Desarrollo sostenible. 6.- Uso, aprovechamiento responsable y protección de los recursos naturales mediante instrumentos de conservación y preservación que eviten su agotamiento o degradación y permitan el bienestar social, económico y cultural. Sostenible. Sustentable. Desarrollo sostenible. Conciencia Marítima. 7.- El Estado Mexicano tiene la obligación de salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional, este incluye esta area que alcanza los 5'120,679 kilómetros cuadrados. Área Marítima. Zona Económica Exclusiva. Zona Contigua. Zonas Marinas Mexicanas. 8.- Esta área de 3'149,920 kilómetros cuadrados, corresponden a : Zona Económica Exclusiva, Zona Contigua, Mar territorial, Plataforma Continental y Plataformas Insulares mismas que incluyen a las islas, cayos, arrecifes, etcétera, por lo que cuenta con múltiples variedades y grandes cantidades de recursos naturales, tanto vivos como no vivos. Área Marítima. Zona Económica Exclusiva. Zona Contigua. Zonas Marinas Mexicanas. 9.- Con base a este sistema la Secretaría de Marina se encontró con la necesidad de establecer criterios normativos para el personal naval en funciones de Guardia Costera, en coadyuvancia con las dependencias del ejecutivo federal, como lo pueden ser las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia, entre otras. Sistema Procesal Penal Acusatorio. Sistema Penal Acusatorio. Sistema Legal Procesal Penal Acusatorio. 10.- Sujetos del Protocolo. Personal de la Armada de México que interviene ante un hecho probablemente constitutivo de delito para contribuir a mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 11.- Sujetos del Protocolo.- Autoridad perteneciente a la Armada de México, que ejerce como superior jerárquico del Personal Naval con funciones de Guardia Costera. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 12.- Sujetos del Protocolo. Es quien ejerce la conducción y el mando de la investigación de los delitos que le competen a la Federación. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 13.- Sujetos del Protocolo. Personal perteneciente a las unidades de investigación de los delitos, de las instituciones de procuración de justicia o bien, de las instituciones policiales. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 14.- Principales roles del Protocolo. La detención en flagrancia. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 15.- Principales roles del Protocolo. Determina el plan de acción a seguir por el personal naval en funciones de Guardia Costera, así como la coordinación con el Ministerio Público de la Federación para el traslado de las personas detenidas, víctimas, indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo y la puesta a disposición. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 16.- Principales roles del Protocolo. conduce la investigación de los delitos, para lo cual debe coordinar con el Mando Naval las acciones urgentes que realice el personal naval en funciones de Guardia Costera; así como a la Policía Ministerial/de Investigación; a la Policía con Capacidades para Procesar y al Perito. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. 17.- Principales Roles: Realiza los actos de investigación conducentes y en su caso, acude, recibe y se hace cargo del lugar de los hechos o hallazgo. Personal Naval en funciones de Guardia Costera. Mando Naval. Ministerio Público de la Federación. Policía Ministerial/de Investigación. |





